SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES

rectorado

1.- Convocatoria y calendario electoral de las elecciones a la Junta de la Facultad de Educación

Secretaría General

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 99.1 k) y 250 de los Estatutos de la UNED (R.D. 1239/2011 de 8 de septiembre - BOE n.º 228 de 22 de septiembre, modificado por el R.D. 968/2021 de 8 de noviembre – BOE n.º 288 de 2 de diciembre) y en el artículo 53 del Reglamento de Régimen Interior de la Facultad de Educación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2010), se convocan elecciones a la Junta de Facultad conforme al siguiente calendario electoral:

 

19 de septiembre de 2022.

Convocatoria de Elecciones.

Publicación del censo electoral provisional.

Del 20 al 26 de septiembre.

Plazo de presentación de reclamaciones al censo provisional.

27 de septiembre.

Resolución de reclamaciones al censo provisional.

Publicación del censo electoral definitivo.

Del 28 de septiembre al 7 de octubre.

Plazo de presentación de candidaturas.

10 de octubre.

Proclamación provisional de candidatos.

Del 11 al 13 de octubre.

Plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de candidatos.

17 de octubre.

Resolución de reclamaciones a la lista provisional de candidatos.

Proclamación definitiva de candidaturas.

Sorteo para la composición de la mesa electoral.

Desde el 18 de octubre hasta las 00:00 horas del 10 de noviembre.

Campaña electoral.

Del 31 de octubre al 4 de noviembre.

Plazo para ejercer el voto por anticipado.

10 de noviembre.

Votaciones.

Proclamación provisional de candidatos electos.

Del 11 al 14 de noviembre.

Plazo de presentación de reclamaciones a la lista de candidatos electos.

15 de noviembre.

Resolución de reclamaciones.

Proclamación definitiva de miembros electos de la Junta de Facultad.

 

                                                                                                                                                                                                        Madrid, 19 de septiembre de 2022. El RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 

 

 

 

 

2.- Convocatoria y calendario electoral de las elecciones a la Junta de la Facultad de Derecho

Secretaría General

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 99.1 k) y 250 de los Estatutos de la UNED (R.D. 1239/2011 de 8 de septiembre - BOE n.º 228 de 22 de septiembre, modificado por el R.D. 968/2021 de 8 de noviembre – BOE n.º 288 de 2 de diciembre) y en el artículo 51 del Reglamento de Régimen Interior de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (aprobado en Consejo de Gobierno de 7 de marzo de 2011), se convocan elecciones a la Junta de Facultad conforme al siguiente calendario electoral:

19 de septiembre de 2022.

Convocatoria de Elecciones.

Publicación del censo electoral provisional.

Del 20 al 27 de septiembre.

Plazo de presentación de reclamaciones al censo provisional.

28 de septiembre.

Resolución de reclamaciones al censo provisional.

Publicación del censo electoral definitivo.

Del 29 de septiembre al 10 de octubre.

Plazo de presentación de candidaturas.

11 de octubre.

Proclamación provisional de candidatos.

Del 13 al 14 de octubre.

Plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de candidatos.

18 de octubre.

Resolución de reclamaciones a la lista provisional de candidatos.

Proclamación definitiva de candidaturas.

Sorteo para la composición de la mesa electoral.

Desde el 19 de octubre hasta las 00:00 horas del 16 de noviembre.

Campaña electoral.

Del 2 al 8 de noviembre.

Plazo para ejercer el voto por anticipado.

16 de noviembre.

Votaciones.

Proclamación provisional de candidatos electos.

Del 17 al 18 de noviembre.

Plazo de presentación de reclamaciones a la lista de candidatos electos.

21 de noviembre.

Resolución de reclamaciones.

Proclamación definitiva de miembros electos de la Junta de Facultad.

 

									Madrid, 19 de septiembre de 2022. El RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 

 

3.- Convocatoria y calendario electoral de las elecciones a Decano/a de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales

Secretaría General

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 99.1 k) y 250 de los Estatutos de la UNED (R.D. 1239/2011 de 8 de septiembre - BOE n.º 228 de 22 de septiembre, modificado por el R.D. 968/2021 de 8 de noviembre – BOE n.º 288 de 2 de diciembre) y en el artículo 53 del Reglamento de Régimen Interior de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (aprobado en Consejo de Gobierno de 7 de marzo de 2011), se convocan elecciones al Decanato de la Facultad, conforme al siguiente calendario electoral:

19 de septiembre de 2022.

Convocatoria de Elecciones.

Publicación del censo electoral provisional.

Del 20 al 26 de septiembre.

Plazo de presentación de reclamaciones al censo electoral provisional.

28 de septiembre.

Resolución de reclamaciones al censo provisional.

Publicación del censo electoral definitivo.

Del 26 de septiembre al 7 de octubre.

Plazo de presentación de candidaturas.

11 de octubre.

Proclamación provisional de candidatos.

Del 13 al 14 de octubre.

Plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de candidatos.

17 de octubre.

Resolución de reclamaciones a la lista provisional de candidatos.

Proclamación definitiva de candidatos.

Sorteo para la composición de la mesa electoral.

Del 18 de octubre hasta las 00:00 horas del 8 de noviembre.

Campaña electoral.

Del 20 al 28 de octubre.

Plazo para ejercer el voto por anticipado.

8 de noviembre.

Votación primera vuelta.

Proclamación provisional de candidato electo o candidatos que pasan a la segunda vuelta.

Del 10 al 11 de noviembre.

Plazo de presentación de reclamaciones (1.ª vuelta).

15 de noviembre.

Resolución de reclamaciones.

Proclamación definitiva del candidato electo o candidatos que pasan a la segunda vuelta.

16 de noviembre.

Votación segunda vuelta, en su caso.

Publicación del acta electoral.

Proclamación provisional del candidato electo.

Del 17 al 18 de noviembre.

Plazo de presentación de reclamaciones (2.ª vuelta).

21 de noviembre.

Resolución de reclamaciones.

Proclamación definitiva del candidato electo (2.ª vuelta).

 

Madrid, 19 de septiembre de 2022. El RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

4.- Cese

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. MANUEL ARIAS ZUGASTI, a petición propia, como Secretario del Programa de Doctorado Interuniversitario en “Mecánica de Fluidos” de esta Universidad, con efectos de 6 de julio de 2022, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 15 de septiembre de 2022. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 

 

 

5.- Nombramiento

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta del Sr. Director de la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED, vengo en nombrar Secretario del Programa de Doctorado Interuniversitario en “Mecánica de Fluidos” de esta Universidad a D. PABLO MARTÍNEZ-LEGAZPI AGUILÓ, cargo asimilado a Secretario de Departamento, con efectos de 7 de julio de 2022.

Madrid, 15 de septiembre de 2022. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 

 

 

6.- Centro de Prevención, Resolución de Conflictos e Inspección

Sección de Inspección

Decisiones adoptadas en las Resoluciones de los siguientes expedientes disciplinarios:

Estudiantes del CURSO DE ACCESO

ED. 171/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/a la alumno/a de Acceso para mayores de 25 y 45 años autor/a disciplinariamente responsable de falta “grave”, tipificada en el artículo 12.d) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de junio en la asignatura “Geografía” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

ED. 172/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/a la alumno/a de Acceso para mayores de 25 y 45 años autor/a disciplinariamente responsable de falta “grave”, tipificada en el artículo 12 d) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de junio en la asignatura “Lengua Extranjera: Inglés” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

Estudiantes de la FACULTAD DE DERECHO

ED. 022/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/a la alumno/a de la Facultad de Derecho autor/a disciplinariamente responsable de una falta “muy grave” tipificada en el artículo 11.b) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de expulsión de dos años de la UNED, que deberá materializarse en los Cursos 2022-2023 y 2023-2024.

Considerar al/la alumno/a de la Facultad de Derecho autor/a disciplinariamente responsable de una falta “grave” tipificada en el artículo 12.d) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de febrero en la asignatura “Derecho financiero y tributario I. 1: Introducción” del curso académico 2021-2022 que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

E.D. 024/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/a la alumno/a de la Facultad de Derecho autor/a disciplinariamente responsable de falta “grave”, tipificada en el artículo 12 d) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de febrero en la asignatura “Derecho Administrativo IV” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

ED. 031/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/a la alumno/a de la Facultad de Derecho autor/a disciplinariamente responsable de una falta “grave” tipificada en el artículo 12.d) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de febrero en la asignatura “Psicología de la Adolescencia y Juventud” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

ED.114/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/a la alumno/a de la Facultad de Derecho autor/a disciplinariamente responsable de falta “muy grave”, tipificada en el artículo 11 g) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho de matrícula en la asignatura “Trabajo Fin de Máster” en todas las convocatorias del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en la misma durante el Curso citado.

ED. 148/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al alumno/a de la Facultad de Derecho autor/a disciplinariamente responsable de falta “muy grave”, tipificada en el artículo 11 g) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho de matrícula en la asignatura “Trabajo Fin de Máster en Acceso a la Abogacía” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

Estudiantes de la FACULTAD DE EDUCACIÓN

ED. 042/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/la alumno/a de la Facultad de Educación (Grado en Pedagogía) autor/a disciplinariamente responsable de una falta “grave” tipificada en el artículo 12 d) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de febrero en la asignatura “Diseño, Desarrollo e Innovación del Currículo” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

Estudiantes de la FACULTAD DE FILOLOGÍA

ED. 109/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/la alumno/a de la Facultad de Filología autor/a disciplinariamente responsable de una falta “muy grave” tipificada en el artículo 11 g) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de expulsión durante dos cursos académicos, 2021/2022 y 2022/2023, de la UNED.

Estudiantes de la FACULTAD DE PSICOLOGÍA

ED. 017/22

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al/la alumno/a de la Facultad de Psicología autor/a disciplinariamente responsable de una falta “grave”, tipificada en el artículo 12 f) de la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria, imponiéndole la sanción de pérdida del derecho a la convocatoria de junio en la asignatura “Prácticas Externas (Psicología)” del curso académico 2021/2022, que deberá materializarse en dejar sin efecto la calificación obtenida en dicha asignatura.

 

 

 

 

 

 

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

7.- Convocatoria de un contrato indefinido al amparo del artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, para el Proyecto Nacional del MCIN-FUSUSCHEM

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

Dentro del Proyecto Nacional “CATALIZADORES PARA EL RECICLADO DE RESIDUOS DE CARBONO EN CICLOS PRODUCTIVOS A TRAVÉS DEL ACETILENO”, del Departamento de Química Inorgánica y Química Técnica con ref.: PID2020-119160RB-C22, del que es investigador principal (IP) el profesor D. Antonio Guerrero Ruiz, se convoca un contrato para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria, bajo las siguientes cláusulas:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria busca la atracción de talento joven para su incorporación en el proyecto y para su formación investigadora mediante la contratación de un titulado superior a tiempo completo, para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto PID2020-119160RB-C22:

Preparación y caracterización de materiales catalíticos a escala de laboratorio, principalmente nanopartículas metálicas soportadas en materiales carbonosos.

Realización de los experimentos con las técnicas espectroscópicas instaladas en nuestros laboratorios en un equipo UHV: Espectroscopia Fotoelectrónica de Rayos X (XPS), Espectrometría de masas de iones secundarios (SIMS), Espectroscopia de Difusión de Iones (ISS).

Ejecución de la experimentación relativa al proyecto sobre determinaciones de propiedades catalíticas.

Preparación de informes, análisis de los datos obtenidos y colaboración en la interpretación de estos.

2.- DESTINATARIOS

Titulados universitarios en Química o en Ingeniería Química, valorándose disponer de un Máster de investigación habilitante relacionado con ciencia y tecnologías químicas.

3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.

b) Estar en posesión de la titulación correspondiente.

c) Tener experiencia y conocimientos en los temas específicos del proyecto.

3.2. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar homologadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DE LAS AYUDAS

4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.

4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del proyecto de investigación que lo sustenta, cuya finalización está prevista el 30 de agosto de 2024, y a la existencia de crédito suficiente.

4.3. El lugar de trabajo será la Facultad de Ciencias de la UNED, Edificio Las Rozas 1, Av. de Esparta 9, 28232. Las Rozas de Madrid.

4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia a la ayuda y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.

4.5. El contrato de investigación que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica máxima de 46.000 euros, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social y la indemnización a que dé lugar su eventual finalización. En consecuencia, la retribución neta que percibirá el contratado será la que resulte de descontar del importe citado la cantidad correspondiente a la cuota patronal de la Seguridad Social y la indemnización y las cargas fiscales y de Seguridad Social que, de acuerdo con la legislación vigente, corran a cargo del trabajador contratado.

4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria dará lugar a que los mismos tengan duración indefinida, ni implica compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.

5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:

Fotocopia compulsada del DNI, NIE o pasaporte en vigor.

Fotocopia compulsada de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.

Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por: la Vicerrectora de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que ésta delegue, el investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la persona en la que éste delegue, y la Jefa de Área de Investigación y Transferencia de la UNED o persona en quien delegue.

6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos y candidatas de conformidad con los siguientes criterios:

6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:

Titulaciones aportadas (hasta 40 %).

Estar matriculado o preinscrito en un programa de doctorado (hasta 10 %).

Otros méritos, tales como instalación y manejo de equipos de UHV, realización de determinaciones y análisis de datos (especialmente relativos a las espectroscopías XPS, ISS, SIMS), experiencia en manejo de bases de datos científicas, formación demostrable en redacción de informes (hasta 20 %).

6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.

7.- RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación. No obstante, las evaluaciones científicas serán inapelables, en el sentido de que el interesado no podrá instar una nueva evaluación por desacuerdo con el contenido de la misma.

Madrid, 14 de septiembre de 2022. EL RECTOR, P.D. Resolución de 16 de octubre de 2020 (BOE 292, de 5 de noviembre de 2020), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

ANEXO: Impreso de solicitud

 

 

 

 

 

 

VICERRECTORADO DE DIGITALIZACIÓN E INNOVACIÓN

8.- Novedades Editoriales

Dirección Editorial. Sección de Difusión y Distribución

Les informamos de las últimas novedades que ha publicado la Editorial.

 

COLECCIÓN VARIA

·        0137441PB01A01 LOS RESTOS DE LA FIESTA.

IV PREMIO DE POESÍA DE LA FACULTAD DE FILOLOGÍA DE LA UNED 2022

ESTEBAN BECEDAS, María.

P.V.P.: 6,00 €.

También en formato e-book.

 

MÁSTER

·        2115303MR01A01 ESTADÍSTICA APLICADA AVANZADA CON R

GARCÍA PÉREZ, Alfonso.

P.V.P.: 25,00 €.

También en formato e-book.

 

 

 

 

gerencia

9.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Grupo III, nivel B, de la plantilla de Personal laboral de Administración y Servicios, en la Unidad Servicios Generales I. Correos

Sección PAS Laboral

Por Resolución rectoral de 10 de diciembre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 21 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2020 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2020, prevista en el artículo 19.Uno.3.I de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al Acuerdo de la Comisión Paritaria de 5 de marzo de 2021, y lo dispuesto en el artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de Personal Laboral de Administración y Servicios, por el sistema de promoción interna, en Servicios Generales I. Correos, Grupo III, nivel B, con sujeción a las siguientes bases.

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante, BICI), por vía electrónica haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda online interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/ .

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y, cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es  , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado, lo siguiente:

Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

El pago de tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “Servicios Generales I. Correos. Grupo III. P. Interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera, el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 10 euros y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación, en aquellos casos en los que el aspirante no consienta la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, esta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).

4.9. En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionados con los temas del programa.

Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas, y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar cada ejercicio. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: En esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1 Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

- De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

- De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

- De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

- De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

- De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

- De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra “U” de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 9 de mayo de 2022, (Boletín Oficial del Estado de 13 de mayo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de mayo.

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 6 de septiembre de 2022. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.

 

Primera. Descripción de la plaza

Código plaza: LCOM0002.

Grupo profesional III, nivel B.

Adscripción: Servicios Generales I. Correos.

Funciones principales del puesto: Gestión del correo recibido y remitido por la Universidad (recepción, comprobación, clasificación, facturación y puesta a disposición para su reparto o entrega). Comprobación de la facturación. Atención a usuarios.

Segunda. Programa

1. Estructura académica y administrativa de la UNED. El Rectorado y la Gerencia. Facultades y Servicios Centrales. Campus y edificios universitarios. 

2. El servicio de correos de la UNED. Organización.

3. El servicio de correos de la UNED. Funciones y tareas.

4. El correo recibido en la UNED. Operativa de manipulación y distribución.

5. El correo remitido por la UNED. Operativa de manipulación y distribución.

6. Franqueo pagado. Normalización. Envíos prohibidos.

7. La carta ordinaria. Elementos diferenciadores del producto.

8. La carta certificada. Elementos diferenciadores del producto.

9. Notificaciones administrativas. Operativa de envío.

10. Paquetería. Aspectos generales.

11. El contrato centralizado de servicios postales de carta certificada y ordinaria. Pliego de condiciones técnicas.

12. Gestión de albaranes y facturas mediante MERCURIO-GANES. 

13. Nociones básicas del funcionamiento de máquinas ensobradoras.

14. La información y la comunicación en la UNED. La atención al público.

15. Organización de equipos de trabajo. 

16. La web de la UNED. El portal del empleado. Gestión de solicitudes: control horario, permisos y ausencias. Formación. La sede electrónica de la UNED.

17. La web de la UNED. Información institucional y gestión postal.

18. Outlook 365. Principales utilidades: correo, calendario, contactos, listas de distribución, archivo y tareas.

19. Identificación de riesgos laborales y medidas preventivas asociadas a la categoría laboral.

20. Gestión integral de Equipos de protección individual (EPIS).

 

 

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

Dña. Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Dña. María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretario: D. Álvaro Martín Herrera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Suplentes

Presidenta: Dña. Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales:

Dña. Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Dña. María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria: Dña. María Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

 

ANEXO III: Documentación acreditativa de los méritos

 

 

 

 

 

10.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Grupo III, nivel B, de la plantilla de Personal laboral de Administración y Servicios, en la unidad de Reprografía del Servicio de Gestión Editorial

Sección PAS Laboral

Por Resolución rectoral de 25 de noviembre de 2019, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 5 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2019 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2019, prevista en el artículo 19.Uno.3.I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogada para el ejercicio 2019.

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y conforme al Acuerdo de la Comisión Paritaria de 5 de marzo de 2021, y lo dispuesto en el artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de Personal laboral de Administración y Servicios, por el sistema de promoción interna, en la unidad de Reprografía del Servicio de Gestión Editorial, Grupo III, nivel B, con sujeción a las siguientes bases.

 

Bases de la convocatoria

 

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante, BICI), por vía electrónica haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es, al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y, cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado, lo siguiente:

Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

El pago de tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “Reprografía. Grupo III. P. Interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera, el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 10 euros y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación, en aquellos casos en los que el aspirante no consienta la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, esta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es ).

4.9. En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionados con los temas del programa.

Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas, y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar cada ejercicio. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: En esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1 Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

- De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

- De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

- De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

- De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

- De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

- De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra “U” de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 9 de mayo de 2022, (Boletín Oficial del Estado de 13 de mayo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de mayo.

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 6 de septiembre de 2022. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.

Primera. Descripción de la plaza

Código plaza: LMIA0018.

Grupo profesional III, nivel B.

Adscripción: Departamento de Producción y Distribución de Materiales Digitales e Impresos. Servicio de Gestión Editorial. Reprografía.

Funciones principales del puesto:

Atender los requerimientos técnicos del trabajo de Reprografía. 

Dar respuesta técnica concreta a las necesidades demandadas por el Servicio de Gestión Editorial, así como por el personal docente e investigador.

 

Segunda. Programa

1. Departamento de Producción y Distribución de Materiales Digitales e Impresos, estructura, competencias y funciones.

2. Seguridad y salud laboral. Introducción. Trabajo y salud. Riesgos laborales y sus consecuencias. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

3. La carga del trabajo. La carga física. La carga mental. La fatiga. Medidas preventivas. La insatisfacción laboral.

4. Prevención de incendios. El Fuego: Conceptos básicos. Métodos de extinción. Tipos de fuego. Protección contra incendios.

5. Condiciones de seguridad en el trabajo. El lugar y la superficie de trabajo. Las herramientas. Las máquinas. La electricidad. El almacenamiento, manipulación y transporte. Señalización.

6. Sujeto, objeto y contenido de la Ley de Propiedad Intelectual.

7. Compensación equitativa por copia privada.

8. Límites a la propiedad intelectual.

9. La Reprografía.

10. Fases del proceso reprográfico. Preimpresión, Impresión.

11. Operaciones de postimpresión: Guillotinado. Plegado. Alzado. Embuchado. Hendido.

12. Encuadernación manual.

13. Encuadernación mecánica.

14. Máquinas de reprografía para la reproducción de documentos, manejo, cuidados y puesta a punto.

15. Fotocopiadora: Fotocopiadora Xerográfica. Fotocopiadora Electroestática. Fotocopiadora a color.

16. Tratamiento de la imagen por ordenador.

17. La impresión láser.

18. El papel: Estucados, no estucados, gramaje.

19. La atención al público, presencial y virtual.

20. La comunicación. Elementos, eficacia y resolución de conflictos.

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

Dña. Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Dña. María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretario: D. Álvaro Martín Herrera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Suplentes

Presidenta: Dña. Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales:

Dña. Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Dña. María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria: Dña. María Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

ANEXO III: Documentación acreditativa de los méritos

 

 

 

 

 

11.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Grupo III, nivel B, de la plantilla de Personal laboral de Administración y Servicios, en el Departamento de Producción y Distribución de Materiales Digitales e Impresos. Servicio de Gestión Editorial. Diseño y dibujo

Sección PAS Laboral

Por Resolución rectoral de 25 de noviembre de 2019, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 5 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2019 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2019, prevista en el artículo 19.Uno.3.I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogada para el ejercicio 2019.

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al Acuerdo de la Comisión Paritaria de 5 de marzo de 2021, y lo dispuesto en el artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir dos plazas de Personal laboral de Administración y Servicios, por el sistema de promoción interna, en el Departamento de Producción y Distribución de Materiales Digitales e Impresos. Servicio de Gestión Editorial. Diseño y dibujo, Grupo III, nivel B, con sujeción a las siguientes bases.

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante, BICI), por vía electrónica haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/ .

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y, cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado, lo siguiente:

Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

El pago de tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “Diseño y Dibujo. Grupo III. P. Interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera, el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 10 euros y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.

 

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación, en aquellos casos en los que el aspirante no consienta la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, esta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).

4.9. En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas que versarán sobre el contenido del programa, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionados con los temas del programa.

Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas, y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar cada ejercicio. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: En esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1 Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

- De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

- De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

- De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

- De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

- De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

- De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra “U” de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 9 de mayo de 2022, (Boletín Oficial del Estado de 13 de mayo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de mayo.

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de las plazas convocadas e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 6 de septiembre de 2022. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a dos plazas de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.

Primera. Descripción de las plazas

Código plazas: LMIA0008.

Grupo profesional III, nivel B.

Adscripción: Departamento de Producción y Distribución de Materiales Digitales e Impresos. Servicio de Gestión Editorial. Diseño y dibujo.

Funciones principales del puesto: Atender los requerimientos técnicos indicados por la Jefa de Sección. Dar respuesta técnica concreta a las necesidades demandadas, configurando el trabajo de sus colaboradores y colaborando con otras unidades productoras de contenidos educativos en la UNED, según las instrucciones definidas.

Segunda. Programa

1. El diseño gráfico: ámbitos, aplicaciones, particularidades y finalidad comunicativa. El producto impreso y el soporte. Particularidades y condicionamientos técnicos del soporte impreso.

2. Fundamentos teóricos y prácticos del color: Sistemas de color. Gestión del color: tono, saturación, equilibrio, curvas, niveles, etc. Digitalización. Vectorización. OCR.

3. Producción y tratamiento de imágenes: formatos de imagen, resolución y tamaño para la producción de información gráfica impresa. Características, tipos y diferencias fundamentales entre formatos de imagen digital vectorial y mapa de bits.

4. El carácter. Anatomía del tipo. Estilos y familias tipográficas. Tipografía digital. Manipulación y creación de tipos de fuentes. La diacrisis tipográfica. Signos y reglas básicas de la corrección. La corrección en PDF. El párrafo: Tipos de párrafos.

5. Adobe Photoshop: área de trabajo. Preferencias. Herramientas. Edición. Imagen. Recursos artísticos.

6. Las capas en Adobe Photoshop: Crear, enlazar, combinar, modificar. Estilos de capa. Capas de ajustes y capas de relleno. Máscara de capa.

7. El texto en Adobe Photoshop: carácter y párrafo. Texto como objeto o como párrafo. Deformar y transformar texto. Colorear y rellenar texto.

8. Adobe Illustrator: área de trabajo. Preferencias y su configuración. Herramientas. Unidades de medida. Regla y guías. Paneles de color y matices, capas, estilos, objeto y documento.

9. El dibujo en Adobe Illustrator: Herramientas. Formas básicas. El trazo y sus tipos. Efectos vectoriales. Efectos ráster. Rellenos y tipos de relleno.

10. El color en Adobe Illustrator: Mezclador de colores. Muestras. Matices. Aplicación del color. Capas: crear, añadir, duplicar, activar, bloquear, combinar.

11. Adobe InDesign: área de trabajo. Preferencias. Herramientas. El documento: valores y ajustes. Unidades de medida. Márgenes, sangrados y anotaciones. Importar y exportar. Valores de impresión.

12. El tratamiento de la imagen en InDesign. Efectos. El empaquetado final: opciones.

13. Las nuevas tecnologías en los procesos productivos industriales y artísticos. Comunicación entre diferentes entornos.

14. Importación y exportación de archivos. Tipos de archivos para la distribución y salida. Organización de la información.

15. La industria gráfica actual y el proceso de reproducción gráfica. Sistemas de reproducción gráfica y digitales.

16. Preimpresión: El original gráfico y tipos de originales. Características. Color: directos y cuatricromía.

17. Impresión: soportes más utilizados en diseño gráfico. El papel y las tintas. Formatos y normalizaciones.

18. Archivos para la impresión. Tipos y características. Gestión del color. Gestión de fuentes e imágenes vinculadas.

19. Interrelación de archivos. Importación y exportación de formatos de archivos.

20. Información digital para la impresión. Preparación de archivos para imprenta, archivos de composición de página. Formatos y configuraciones.

 

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

Dña. Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Dña. María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretario: D. Álvaro Martín Herrera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Suplentes

Presidenta: Dña. Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales:

Dña. Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Dña. María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria: Dña. María Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

ANEXO III: Documentación acreditativa de los méritos

 

 

 

 

 

 

 

12.- Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Grupo I, nivel B, de la plantilla de personal laboral de administración y servicios, en la facultad de Ciencias, Departamento de Física Fundamental

Sección PAS Laboral

Por Resolución rectoral de 10 de diciembre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 21 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2020 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2020, prevista en el artículo 19.Uno.3.I de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al Acuerdo de la Comisión Paritaria de 5 de marzo de 2021, y lo dispuesto en el artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de Personal laboral de Administración y Servicios, por el sistema de promoción interna, en la Facultad de Ciencias, Departamento de Física Fundamental, Grupo I, nivel B, con sujeción a las siguientes bases.

 

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, de conformidad con lo previsto en el III Convenio Colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED, publicado por Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo (BOCM 20 de junio), y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante, BICI), por vía electrónica haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/ .

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y, cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado, lo siguiente:

Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

El pago de tasas.

El registro electrónico de la solicitud.

Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “Física Fundamental. Grupo I. P. Interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera, el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 17 euros y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación, en aquellos casos en los que el aspirante no consienta la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, esta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a) Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b) Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).

4.9. En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.

Este ejercicio se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionados con los temas del programa.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar cada ejercicio. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: En esta fase, que solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1 Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

- De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

- De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

- De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

- De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

- De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

- De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra “U” de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 9 de mayo de 2022, (Boletín Oficial del Estado de 13 de mayo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de mayo.

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 6 de septiembre de 2022. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.

Primera. Descripción de la plaza

Código plaza: LCIE0017

Grupo profesional I, nivel B.

Adscripción: Facultad de Ciencias. Departamento de Física Fundamental.

Funciones principales del puesto: Se deberán desarrollar tareas de apoyo informático en dos aspectos de interés estratégico para el departamento que se detallan a continuación:

1. Desarrollo de programas en la plataforma LabVIEW para el control de los equipos de los laboratorios de investigación y docencia del departamento, así como de tratamiento de los datos adquiridos, tanto en el ámbito de las actividades estándar investigadoras y docentes del departamento como en los posibles contratos que surjan de acuerdos oficiales con entidades externas a la UNED.

2. Tareas de soporte, mantenimiento y renovación de los equipos de supercomputación del departamento, con el apoyo del personal adscrito a estas actividades. Atención y asistencia a los usuarios del sistema de supercomputación que pertenezcan al departamento, incluyendo la optimización, la automatización y el envío de cálculos científicos al sistema de supercomputación.

 

Segunda. Programa

Parte I: Desarrollo de programas en la plataforma LabVIEW

Tema 1.- Principios de programación de LabVIEW.

Tema 2.- Entorno de LabVIEW.

Tema 3.- Tipos de datos.

Tema 4.- Arreglos y clusters.

Tema 5.- Gestión de errores.

Tema 6.- Documentación.

Tema 7.- Depuración.

Tema 8.- Bucles.

Tema 9.- Estructuras Case.

Tema 10.- Estructuras Secuenciales.

Tema 11.- Estructuras de eventos.

Tema 12.- E/S de ficheros.

Tema 13.- Temporización.

Tema 14.- Servidor VI.

Tema 15.- Sincronización y Comunicación de Datos.

Tema 16.- Patrones de diseño.

Tema 17.- Gráficos y Tablas.

Tema 18.- Acciones Mecánicas de los Booleanos.

Tema 19.- Nodos de Propiedad.

Tema 20.- Variables locales y Variables globales funcionales.

 

Parte II: Administración y soporte a usuarios en sistemas de Supercomputación

Tema 21.- Ejemplos de diseño físico de redes basadas en Gigabit Ethernet para interconectar equipos informáticos.

Tema 22.- Introducción a arquitecturas de almacenamiento: DAS, RAID y NAS. Diferencias básicas entre tecnologías de disco SATA, SAS y NMVe. Ejemplos de configuraciones RAID: ventajas y desventajas.

Tema 23.- Nociones básicas sobre hardware para servidores HPC: procesadores Intel y AMD. Comparativas entre procesadores: frecuencia de reloj y conceptos de CPU, core y thread.

Tema 24.- Nociones básicas sobre hardware para servidores HPC: dispositivos de computación gráfica de Nvidia. Evolución de las arquitecturas GPGPU: de Kepler a Ampere.

Tema 25.- Introducción a Linux: nivel usuario. Comandos básicos. Variables de entorno usuales. Estructura de ficheros. Conexiones remotas con SSH.

Tema 26.- Linux: administración de sistemas. Archivos usuales de configuración. Creación de usuarios y grupos.

Tema 27.- Linux: instalación de software. Comandos usuales para el uso de repositorios basados en CentOS (yum) y Debian (apt-get).

Tema 28.- Linux: compilación e instalación de software desde código fuente. Comandos básicos y opciones de configuración e instalación.

Tema 29.- Linux: sistemas de seguridad y protección frente a ataques. Gestión de permisos en archivos y directorios. Introducción a Iptables. Estructura de los archivos de registro en /var/log.

Tema 30.- Introducción a shell scripting: bash, awk, sed, head, tail. Usos básicos.

Tema 31.- Automatización de procesos con cron. Estructura de crontab.

Tema 32.- Copias de seguridad: usos básicos de rsync.

Tema 33.- Fundamentos de servidores web: uso de Apache, SQL y SSL. Nociones básicas de HTML, CSS y JavaScript.

Tema 34.- Sistemas de gestión de contenidos: sitios web basados en Wordpress y soporte a usuarios en OsTicket. Requisitos de instalación y funcionamiento básico.

Tema 35.- Gestión eléctrica en servidores de computación: monitorización de SAI y PDU. Usos básicos de ViewPower y NUT.

Tema 36.- Conceptos básicos de programación en entornos HPC: MPI, OpenMP. CUDA, OpenCL. Diferencias, instalación y soporte.

Tema 37.- Gestores de recursos en entornos HPC: Grid Engine y SLURM. Variables de entorno, colas de trabajo, creación de usuarios y grupos, sistema de cuotas. Envío de trabajos.

Tema 38.- Sistemas de monitorización en entornos HPC: Ganglia. Diferencias entre los demonios gmetad y gmond.

Tema 39.- Software optimizado para entornos HPC: LAMMPS, SIESTA y GAUSSIAN. Fundamentos básicos del software y flujo de trabajo.

Tema 40.- Análisis de datos en Python. Elementos del lenguaje y sintaxis.

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente: D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

Dña. Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Dña. María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretario: D. Álvaro Martín Herrera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

 

 

Suplentes

Presidenta: Dña. Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales:

Dña. Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Dña. María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria: Dña. María Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

 

 

ANEXO III: Documentación acreditativa de los méritos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS

facultad de derecho

13.- Convocatoria de ayudas de viaje para la asistencia y participación en el Congreso a realizar en el Centro de la UNED de Bruselas el 7 y 8 de noviembre de 2022

Decanato de la Facultad

La Comisión de del Máster Universitario en Unión Europea, como ha venido haciendo en ocasiones anteriores, convoca ayudas de viaje para estudiantes del Máster y Doctorado en Unión Europea, para asistir al Congreso que periódicamente organiza en el Centro de la UNED de Bruselas.

1. Objetivo de las ayudas:

Ayudas de viaje para estudiantes del Máster en Unión Europea y Doctorado en Unión Europea, con cargo al presupuesto del Máster en Unión Europea.

2. Requisitos de los solicitantes:

Podrá solicitar estas ayudas las y los estudiantes del Máster en Unión Europea y el Doctorado en Unión Europea que vayan a participar y a presentar una comunicación en el Congreso organizado por el Máster en Bruselas, los días 7 y 8 de noviembre de 2022.

3. Características y cuantía de las ayudas:

Las ayudas se dirigen a financiar los gastos de desplazamiento en avión a Bruselas para participar en el Congreso.

La gestión se efectuará a través del Administrador de la Facultad y los viajes se tramitarán a través de la agencia de viajes de la UNED.

La cuantía individual no será superior a cuatrocientos cincuenta euros (450 €).

La cuantía total de las ayudas concedidas por el Máster en Unión Europea no podrá exceder de 10.000 euros, dentro de los límites de su partida presupuestaria correspondiente.

4. Publicidad de la convocatoria:

La convocatoria se remite a todos los estudiantes de Máster y Doctorado, a través de los foros de la plataforma virtual, de manera que les llega por correo electrónico a todas/os las/os estudiantes.

Asimismo, el anuncio de la convocatoria se publicará en el BICI.

5. Plazo y presentación de las solicitudes:

Las solicitudes se presentarán ante la Coordinación del Máster, desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BICI y en la plataforma virtual, hasta el 30 de septiembre de 2022. Se acompañará a la solicitud una breve memoria con el resumen de la comunicación a presentar.

6. Méritos para la evaluación de ayudas:

En la resolución de la convocatoria se tendrá en cuenta el interés del tema escogido para la comunicación y su vinculación a la temática del Congreso: el principio de Estado de Derecho en la Unión Europea y la Política Europea de Seguridad y Defensa.

7. Evaluación de las solicitudes:

La Coordinación del Máster examinará las solicitudes, siguiendo, para la valoración de los méritos, los criterios que la propia Comisión determine para esta convocatoria.

8. Obligaciones de los beneficiarios:

En el plazo máximo de un mes desde la finalización de la actividad que dio origen a la concesión de la ayuda, el beneficiario remitirá:

A la Coordinación del Máster, una breve memoria explicativa de la actividad realizada y el texto de la Comunicación presentada.

A la Administración de la Facultad, los justificantes originales de los gastos en que se haya incurrido, siguiendo para ello las normas de procedimiento presupuestario de la UNED.

Madrid, 14 de septiembre de 2022. LA DECANA DE LA FACULTAD DE DERECHO, Ana Loreto Mohino Manrique.

 

 

 

 

 

facultad de educación

14.- Resolución de 8 de septiembre de 2022, del decano de la Facultad de Educación de la UNED, por la que se conceden ayudas correspondientes al Plan 2022 para el fomento de la investigación, de la calidad docente y de la transferencia de la Facultad de Educación

Vicedecanato de Investigación, Internacionalización y Postgrados

Primera.- Con arreglo a los criterios de valoración establecidos en la convocatoria Código 02 del Plan 2022 para el fomento de la investigación, de la calidad docente y de la transferencia de la Facultad de Educación (publicado en BICI n.º 26, Anexo I, de 27 de abril de 2022), la Comisión de Investigación de la Facultad ha acordado la concesión de ayuda a las siguientes personas beneficiarias:

Convocatoria Código 02: Ayudas para la cofinanciación de proyectos de investigación y transferencia.

Beneficiarios: D.ª Andrea OTERO MAYER (por el proyecto “La calidad de la educación infantil en España: evaluación de ambientes de aprendizaje en la etapa 3-6”), D.ª Encarnación HERNÁNDEZ PÉREZ (por el proyecto “Neurodesarrollo, competencia lingüística y cognitiva, y promoción de un entorno inclusivo y equitativo de aprendizaje”), y D. Miguel MELENDRO ESTEFANÍA (por el proyecto “Investigación sobre ciberacoso y ciberodio en estudiantes de educación secundaria en Francia y España”), con una dotación de 1.333,33 euros en cada caso.

Madrid, 8 de septiembre de 2022. EL DECANO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN, Arturo Galán González.

 

 

 

 

 

 

facultad de ciencias económicas y empresariales

15.- Comunicado para los estudiantes de varias asignaturas del Departamento de Economía Aplicada y Estadística. Modificación del horario de asistencia al estudiante

Decanato de la Facultad

Se comunican a los estudiantes del Departamento de Economía Aplicada y Estadística las siguientes modificaciones en el horario de asistencia al estudiante de las siguientes asignaturas:

Inferencia Estadística (Cód. 65013108) (Grado en Economía).

Cristina Sánchez Figueroa (csanchez@cee.uned.es ).

Dpto. Economía Aplicada y Estadística. Despacho: 1.22, Teléfono: 91 398 63 32.

Jueves: de 10:00 a 14:00 horas. (forma de contacto preferible: correo electrónico).

Prácticas (Cód.: 65904014( Grado en Economía / ADE / Turismo).

Cristina Sánchez Figueroa (csanchez@cee.uned.es ).

Dpto. Economía Aplicada y Estadística. Despacho: 1.22, Teléfono: 91 398 63 32.

Jueves: de 10:00 a 14:00 horas. (forma de contacto preferible: correo electrónico).

 

 

 

FACULTAD DE FILOLOGÍA

16.- Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Literatura Hispanoamericana s. XVI-XIX” del Grado en Lengua y Literatura Españolas. Modificación en la guía de la asignatura

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Literatura Hispanoamericana s. XVI-XIX” del Grado en Lengua y Literatura Españolas la siguiente modificación en la guía de la asignatura:

En el apartado del equipo docente, donde dice:

D. Emiliano Coello.

Debe decir:

D.ª Amparo Izquierdo Domingo.

Horario de asistencia al estudiante: miércoles de 16:00 a 20:00 horas.

 

 

 

 

escuela técnica superior de ingenieros industriales

17.- Comunicado para los estudiantes del Grado en Ingeniería Electrónica y Automática, Grado en Ingeniería Mecánica, Grado en Ingeniería Eléctrica y Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales, Máster en Investigación en Tecnologías Industriales y Máster Universitario en Ingeniería Industrial. Incorporación del profesor D. Alejandro Bustos Caballero a los equipos docentes

Dpto. de Mecánica

Se comunica a los estudiantes del Grado en Ingeniería Electrónica y Automática, Grado en Ingeniería Mecánica, Grado en Ingeniería Eléctrica y Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales, Máster en Investigación en Tecnologías Industriales y Máster Universitario en Ingeniería Industrial, la incorporación del profesor D. Alejandro Bustos Caballero al equipo docente de las asignaturas que a continuación se relacionan:

Campos y ondas (Cód. 68902027).

Mecánica (Cód. 68901022).

Mecánica I (Cód. 68031087).

Mecánica II (Cód. 68032075).

Diseño y diagnóstico de máquinas (Cód. 28806502).

Análisis avanzado de vibraciones en máquinas (Cód. 28801176).

Análisis del comportamiento mecánico de elementos de máquinas (Cód. 28801301).

Horario de asistencia al estudiante: martes de 16:00 a 20:00 horas.

Despacho: 1.39.

Teléf.: 91 398 64 32.

Correo electrónico: albustos@ind.uned.es  

 

 

 

 

 

SECCIÓN III. VARIOS

convocatorias

18.- Información recibida en el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

Programas Europeos de Investigación (PEI)

1.- CONVOCATORIAS NACIONALES

q CONVOCATORIA DE REDES 2022

Para incentivar la creación de redes de investigación y para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes, generando sinergias entre grupos de investigación de distintas instituciones. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos.

Las ayudas financiarán las actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a:

a) Mejorar los resultados de investigación obtenidos mediante actuaciones financiadas en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+I (Modalidad: Redes Temáticas).

b) Fomentar la coordinación general de las redes de ICTS (Modalidad: Redes ICTS).

c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales (Modalidad: Redes Estratégicas).

Dotación: hasta un máximo de 150.000 euros por actividad, dentro de una partida total de 4 millones de euros.

Plazo: del 22 de septiembre al 11 de octubre de 2022.

Convocatoria completa: https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2022-27679 

 

 

 

 

 

boe

19.- Reseñas del Boletín Oficial del Estado

BICI

 

UNIVERSIDADES

Anuncio de licitación de: Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Objeto: Servicio de Rutas para el transporte del personal de la UNED, por Lotes. Expediente: AM 7/2023.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/12/pdfs/BOE-B-2022-27427.pdf

BOE 12/09/2022

Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/13/pdfs/BOE-A-2022-14935.pdf

BOE 13/09/2022

Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/13/pdfs/BOE-A-2022-14936.pdf

BOE 13/09/2022

Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/13/pdfs/BOE-A-2022-14937.pdf

BOE 13/09/2022

Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/13/pdfs/BOE-A-2022-14938.pdf

BOE 13/09/2022

Personal de administración y servicios. Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala Auxiliar de Servicios Generales, en el marco de la estabilización de empleo temporal.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/13/pdfs/BOE-A-2022-14941.pdf

BOE 13/09/2022

Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 6 de septiembre de 2022, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/14/pdfs/BOE-A-2022-15007.pdf

BOE 13/09/2022

Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 6 de septiembre de 2022, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/14/pdfs/BOE-A-2022-15007.pdf

BOE 14/09/2022

Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/15/pdfs/BOE-A-2022-15093.pdf

BOE 15/09/2022

Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/15/pdfs/BOE-A-2022-15094.pdf

BOE 15/09/2022

Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2022/09/15/pdfs/BOE-A-2022-15095.pdf

 BOE 15/09/2022

 

 

 

 

 

programación audiovisual

20.- Boletín de Programación del CEMAV & INTECCA

Sección de producción de Medios Audiovisuales

SEMANA DEL 20 AL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Esta semana, les ofrecemos la siguiente programación.

Para más información, consultar la programación, ver horarios, etc. puede descargar el boletín de programación completo en formato PDF AQUÍ

 

PROGRAMACIÓN DE TV

·        El ciclo productivo del marmor en la península Ibérica desde la Antigüedad. Concepto y fuentes de estudio.

·        Noticias. Gianni Vattimo. Ser, historia y lenguaje en Heidegger.

·        PoeMAS: Christina Rosenvinge. Cuadernos y canciones.

 

PROGRAMACIÓN DE RADIO

§  EN RADIO 5

§  Respuestas de la Ciencia.

§  Preguntas a la Historia.

 

RADIO 3:

·        Jóvenes migrantes no acompañados, acogimiento y tránsito a la vida adulta.

·        Proceso migratorio, protección de menores y tránsito a la vida adulta.

·        Intervención socioeducativa con adolescentes y jóvenes migrantes no acompañados.

·        Encrucijada-mundo: herramientas lúdicas para la transición energética.

·        Dignidad humana e igualdad ante la ley y en el acceso a la justicia en “El coronel Chabert”.

·        ConeixEU, un proyecto de la ONGD Ilêwasi para dar a conocer las oportunidades que ofrece la UE a los jóvenes (UJI).

·        Mujeres y Medicina en la antigua Roma.

·        Extremismo ultraderechista en Internet.

·        Isaiah Berlin.

·        PROTEUS, un proyecto de investigación sobre Cosmología Antigua.

 

CADENA CAMPUS (INTECCA)

·        El Arte de Reinventarse 3.0.

·        Rutas Históricas y Artísticas de Galicia. Parte I.

·        Cuestiones de pareja.

·        La Década Prodigiosa. Los años sesenta del siglo XX.

·        Iniciación a la Lengua Árabe.

·        Curar en la selva.

·        Tratamiento de mujeres en prisión. Nuevos programas y medidas alternativas.

·        Ganancias ilícitas y Derecho Penal.

 

 

Para más información sobre la programación del CEMAV, ponerse en contacto con el Negociado del Centro de Diseño y Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV) negociado.cemav@adm.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Para más información sobre la programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/  o enviar mensaje a info@intecca.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Contactar con la UNED para temas generales:

www.uned.es