SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES
1.-
Ceses
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. PABLO RUIPÉREZ GARCÍA, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Subdirector de Estudiantes y Relaciones Institucionales de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de esta Universidad, con efectos de 14 de marzo de 2021, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 23 de abril de 2021. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JOSÉ CARLOS LOREDO NARCIANDI, a petición propia, como Director del
Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta
Universidad, con efectos de 15 de abril de 2021, agradeciéndole los servicios
prestados.
Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S.
LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María
Martín Aranda.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JOAQUÍN MARTÍNEZ PINO, a petición
propia, como Secretario del Máster Universitario en “Métodos y Técnicas
Avanzadas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica” de la Facultad de
Geografía e Historia de esta Universidad, con efectos de 13 de abril de 2021,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S.
LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María
Martín Aranda.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª ANA EVA RODRÍGUEZ BRAVO, a
petición propia, como Secretaria del Programa de Doctorado en “Educación” de
esta Universidad, con efectos de 1 de abril de 2021, agradeciéndole los
servicios prestados.
Madrid, 22 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.
2.-
Nombramientos
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta de la Sra. Vicerrectora de Tecnología de esta Universidad, vengo en nombrar Vicerrector Adjunto de Experiencia Digital a D. JOAQUÍN MARTÍNEZ PINO, con efectos de 1 de mayo de 2021.
Madrid, 23 de abril de 2021. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta de la Sra. Vicerrectora de Tecnología, vengo en nombrar Vicerrector Adjunto de Innovación Tecnológica de esta Universidad a D. PABLO RUIPÉREZ GARCÍA, con efectos de 15 de marzo de 2021.
Madrid, 23 de abril de 2021. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, vengo en nombrar Directora del Departamento de Psicología Básica I
de la Facultad de Psicología de esta Universidad a D.ª MARÍA DEL CARMEN DÍAZ
MARDOMINGO, con efectos de 16 de abril de 2021.
Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S.
LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María
Martín Aranda.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y a propuesta de la Sra. Decana de la Facultad
de Geografía e Historia de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria del
Máster Universitario en “Métodos y Técnicas Avanzadas de Investigación
Histórica, Artística y Geográfica” a D.ª MARTA GALLARDO BELTRÁN, cargo
asimilado académicamente a Secretaria de Departamento y a efectos económicos a
Coordinadora del Curso de Orientación Universitaria, con efectos de 14 de abril
de 2021.
Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S.
LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María
Martín Aranda.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y a propuesta de la Sra. Directora de la
Escuela Internacional de Doctorado de la UNED, vengo en nombrar Secretario del
Programa de Doctorado en “Educación” de esta Universidad a D. FRANCISCO JOSÉ
DEL POZO SERRANO, cargo asimilado a Secretario de Departamento, con efectos
de 2 de abril de 2021.
Madrid, 22 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.
3.-
Centro
de Prevención, Resolución de Conflictos e Inspección
Sección de Inspección
Decisiones adoptadas en las
Resoluciones de los siguientes expedientes disciplinarios:
Estudiantes de la FACULTAD DE CIENCIAS
ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES
E.D. 078/20
ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas,
considerar al autor/a disciplinariamente responsable de una falta “menos
grave”, imponiéndole la sanción de pérdida de matrícula en las
asignaturas “Fundamentos de Contabilidad” y “Teoría de los ingresos públicos”,
en todas las convocatorias del Curso 2019/2020, que deberá materializarse en
dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso
2019/2020, con la consiguiente pérdida de los derechos de matrícula y de
convocatoria durante el curso citado. Esta sanción lleva aneja la
prohibición de trasladar el expediente académico dentro del mismo curso escolar
en el que cometió la falta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del
Reglamento de Disciplina Académica.
Estudiantes de la FACULTAD DE DERECHO
E.D.059/20
ESTE
RECTORADO HA RESUELTO,
en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a
disciplinariamente responsable de una falta “grave”, tipificada en el
artículo 5º a) 5ª del Reglamento de Disciplina Académica, imponiéndole la sanción
de expulsión de un año (Curso 2020-2021) de la Universidad y la pérdida de
matrícula en todas las asignaturas y en todas las convocatorias del curso
académico 2019/2020 que deberá materializarse en dejar sin efecto las
calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso citado, con la
prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el
que cometió la falta.
E.D. 081/20
ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas,
considerar al autor/a disciplinariamente responsable de la comisión de una
falta “menos grave”, tipificada en el artículo 5º b) 1ª del Reglamento de
Disciplina Académica, a corregir con la sanción de pérdida de matrícula en
las asignaturas “Derecho del Trabajo”, “Derecho Mercantil II: Sociedades” y
“Filosofía del Derecho”, en todas las convocatorias del curso académico
2019/2020, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones
obtenidas en las mismas durante el curso citado, con la prohibición de
trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el que cometió la
falta.
Exp. 165/20
ESTE
RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar al autor/a
responsable de una falta disciplinaria leve por “hechos que puedan
causar perturbación en el orden o disciplina académicos”, imponiéndole la
corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Sociología del Género”
y de convocatoria del Curso Académico 2019/2020, dejando sin efecto las
calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el
apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como
circunstancia agravante.
Exp. 271/20
ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar a
autor/a responsable de una falta disciplinaria leve, y le imponga la
corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Sociología General” y
de convocatoria del Curso Académico 2019/2020, dejando sin efecto las
calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el
apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como
circunstancia agravante.
Estudiantes de la FACULTAD DE EDUCACIÓN
E.D. 171/20
ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas,
considerar al autor/a disciplinariamente responsable de falta grave,
tipificada en el artículo 5º a) 5ª del Reglamento de Disciplina Académica,
imponiéndole la sanción de expulsión de un año del centro en el curso
2020/2021, que, a su vez, conlleva la pérdida de todas las asignaturas que
tuviera matriculadas durante el curso 2019/2020 en que se cometió la falta, que
deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las
mismas y la pérdida de convocatoria durante el curso citado.
Estudiantes de la FACULTAD DE PSICOLOGÍA
E.D.274/19
ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas,
considerar al autor/a disciplinariamente responsable de la comisión de una falta
“menos grave”, tipificada en el artículo 5º b) 1ª del Reglamento de
Disciplina Académica, a corregir con la sanción de pérdida de matrícula en
las siguientes asignaturas: “Fundamentos de Investigación”; “Psicología del
Desarrollo I” y “Psicología del Aprendizaje” en todas las convocatorias del
curso académico 2018-2019, que deberá materializarse en dejar sin efecto las
calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso citado, con la
prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el
que cometió la falta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del
Reglamento de Disciplina Académica.
Exp. 009/21
ESTE
RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar autor/a
responsable de una falta disciplinaria leve por “hechos que puedan
causar perturbación en el orden o disciplina académicos”, imponiéndole la
corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Evaluación Psicológica”
y de convocatoria del Curso Académico 2020/2021, dejando sin efecto las
calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el
apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como
circunstancia agravante.
Estudiantes de la FACULTAD DE GEOGRAFÍA E
HISTORIA
E.D. 161/20
ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas,
considerar al autor/a, estudiante de la Facultad de Geografía e Historia (Grado
en Geografía e Historia) de la Universidad Nacional a Distancia, es autor
disciplinariamente responsable de una falta grave, tipificada en el
artículo 5º a) 3ª del Reglamento de Disciplina Académica, que se sancionará con
la expulsión de un año del centro del curso 2020/2021, que, a su vez,
conlleva la pérdida de todas las asignaturas que tuviera matriculadas durante
el curso 2019/2020 en que se cometió la falta, que deberá materializarse en
dejar sin efecto las calificaciones obtenidas y la pérdida de convocatoria
durante el curso citado, con la prohibición de trasladar el expediente
académico dentro del año escolar en el que cometió la falta.
Exp. 277/20
ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar al autor/a responsable de una falta disciplinaria leve por “hechos que puedan causar perturbación en el orden o disciplina académicos”, imponiéndole la corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Historia Medieval de España II (S. XIV y XV)” y de convocatoria del Curso Académico 2019/2020, dejando sin efecto las calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como circunstancia agravante.
VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN,
TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA
4.-
Resolución
de 16 de abril de 2021 del Rector de la UNED, por la que se convocan tres
contratos predoctorales financiados por el Banco Santander
Vicerrectorado
de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica
En consonancia con el compromiso y el
apoyo permanentes del Banco Santander con las instituciones de educación
superior e investigación para su ampliación, mejora, renovación y
modernización, así como para la puesta en valor de su dimensión emprendedora en
beneficio de los estudiantes y, en definitiva, de toda la sociedad a través de
la integración de los universitarios en sus estructuras, un año más se convocan
las presentes ayudas, de acuerdo con las bases que se describen a continuación:
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la concesión de tres contratos predoctorales, con la finalidad de
promover la continuidad de los estudios de doctorado desarrollados actualmente
por los beneficiaros de las ayudas para la contratación de ayudantes de
investigación y técnicos de laboratorio e investigadores predoctorales
cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de
Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI)
convocadas por la Comunidad de Madrid, que estén además matriculados en alguno
de los Programa de Doctorado impartidos por la Escuela Internacional de
Doctorado de la UNED (en adelante, EIDUNED).
Esta iniciativa pretende evitar el
abandono de los estudios de doctorado de estos estudiantes una vez dejen de
percibir las ayudas que les fueron concedidas en el marco de la citada
convocatoria de la Comunidad de Madrid, fomentando la terminación de sus
estudios y la conclusión de sus tesis doctorales.
2. DIRECTOR DEL CONTRATO Y CENTRO DE
APLICACIÓN
2.1.
Los contratos tendrán un director al que corresponderá la responsabilidad
general de coordinación y orientación tanto académica como investigadora de los
beneficiarios y, en particular, la responsabilidad del seguimiento de las
obligaciones de los adjudicatarios y del cumplimiento del objeto de las ayudas
concedidas. El director de los contratos podrá designar un tutor que colabore
en el seguimiento del proyecto de investigación que desarrollen los
beneficiarios.
2.2.
El tutor deberá ser Doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un
Departamento de una Facultad o Escuela Técnica Superior (ETS) de la UNED, y ser
profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED. La figura del tutor podrá coincidir con la del director
de tesis.
2.3. El
centro de aplicación de la ayuda será el Departamento de la UNED al que
pertenezca el director de la ayuda.
2.4.
Ningún tutor ni director de tesis podrá participar en el proceso de valoración
y selección de la solicitud que avala.
3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
3.1. Podrán
ser solicitantes todos aquellos beneficiaros de las ayudas para la contratación
de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio e investigadores
predoctorales cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa
Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) convocadas por la Comunidad de Madrid, cuyos contratos
vayan a finalizar durante el 2021. Además, los solicitantes deberán estar
matriculados en alguno de los Programas de Doctorado impartidos por la Escuela
Internacional de Doctorado de la UNED en el curso académico 2020-2021, debiendo
cumplir ambos requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
3.2.
No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante más de 3 años de
un contrato, beca o ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.
3.3. Haber finalizado al menos uno de
los estudios universitarios que dan acceso al doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo 6 del RD 99/2011, con
posterioridad a 1 de enero de 2011.
3.4. No
podrán participar de esta convocatoria quienes ya estén en posesión del título
de Doctor o estén en disposición legal para la obtención del mismo. Los
solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida oficialmente
podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios
cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar
estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La
solicitud será valorada por UNIDIS que emitirá
informe técnico preceptivo recomendando, en su caso y con carácter excepcional,
la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea
respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.
4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
4.1.
Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria financiarán un
contrato de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con
lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
4.2. El
periodo de duración del contrato predoctoral será de un año con dedicación a
tiempo completo, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado
antes en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones, descritas
en la Base 7ª de esta convocatoria.
4.3.
Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o
distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las
personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el
tiempo no podrá ser superior a seis años. No se concederá una ayuda si ésta va
a tener una duración inferior a un año.
4.4.
No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de
doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el
objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral.
A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la
fecha del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.
4.5. En
el caso de que, en el contrato celebrado al amparo de esta convocatoria, se
produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de
incapacidad temporal, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo,
riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o
acogimiento durante el período de duración del mismo, se podrá solicitar la
interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al
tiempo de la suspensión. El período en el que se produzca la interrupción se
verá ampliado por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción, a
los efectos contemplados en esta convocatoria.
5. DERECHOS DEL BENEFICIARIO
5.1.
El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes derechos:
• Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.
• Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del
Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la
colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e
investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.
• Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011
de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.
5.2. Asimismo,
podrá colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas por curso
académico en tareas docentes, previo acuerdo entre el director de la ayuda y el
director de la unidad donde realice la colaboración. No obstante, no podrá
formar parte de equipos docentes ni tribunales de pruebas presenciales. La
colaboración en tareas docentes le será reconocida por la correspondiente
certificación de la unidad donde realizó la colaboración.
5.3.
En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de
las ayudas, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de
actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o
de la formación específica requerida para ella.
6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
6.1.
La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la de las normas
fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito
de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. El
beneficiario tendrá las siguientes obligaciones específicas:
• Incorporarse al Centro de aplicación y a las tareas de
investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.
• Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país
miembro de la Unión Europea, o ser residente en el momento de la incorporación.
• Realizar las labores objeto del contrato predoctoral, con un
mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, a criterio de la Dirección de la
ayuda.
• Estar matriculado en uno de los Programas de Doctorado de la EIDUNED que se relacionan en la Base 3.ª 1, durante la
vigencia de la ayuda.
• Cumplir con aprovechamiento su participación en el proyecto
de investigación.
• Elaborar, siguiendo las pautas que establezca la Dirección,
en las fechas que ésta establezca, informes de la labor realizada y resultados
obtenidos, memorias y demás documentos. El incumplimiento de esta obligación
dará lugar a la no percepción de la ayuda.
• La Dirección de la ayuda podrá autorizar ausencias temporales
para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o
por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.
• Comunicar por escrito a la Dirección cualquier causa de
incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.
• Comunicar por escrito a la Dirección la renuncia al contrato
predoctoral concedido con 15 días hábiles de antelación a la fecha en que vaya
a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la
obtención de los objetivos del proyecto en el plazo máximo de 5 días hábiles
desde la fecha en que se produzca.
• En todas las publicaciones y otros resultados que puedan
derivarse de las actividades e investigaciones realizadas durante el periodo de
disfrute del contrato predoctoral se hará referencia explícita a su condición
de investigador predoctoral UNED-SANTANDER del Centro de aplicación, proyecto
mencionado en la Base 1.ª.
• Someterse a las actuaciones de comprobación y control
financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta
información le sea requerida.
• Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia
del Conocimiento y Divulgación Científica la obtención del grado de doctor en
los dos días laborables siguientes a su obtención.
• Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la
Universidad en cuanto a la dedicación, funciones que debe desempeñar, horarios
y vacaciones.
• Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las
restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.
7. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE APLICACIÓN
DEL CONTRATO
7.1. De
manera general, tendrán las siguientes obligaciones:
• Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el
apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o
equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.
• Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación,
sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté
relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica
requerida para ésta.
• Las restantes obligaciones establecidas en la legislación
vigente.
8. DOTACIÓN Y PAGO
8.1.
La cuantía total de cada ayuda será de 25.000 euros a pagar en 12 meses,
cantidad en la que se incluyen todos los conceptos y costes asociados a la
contratación de los beneficiarios, incluida la cuota patronal de la Seguridad
Social.
8.2. El
primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación.
8.3.
Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que se
esté de alta.
8.4.
El adjudicatario de la ayuda se beneficiará de los derechos que de ella se
deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de su
incorporación.
8.5. Los
efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en
función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de
su finalización se hará con efectos del último día que figure en el contrato
siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o
existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de
incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a
percibir en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.
8.6.
Los contratos en el marco de esta convocatoria se abonarán por parte de la
universidad en cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del beneficiario
de la ayuda.
8.7. La
concesión y disfrute de este contrato predoctoral, en ningún caso, supondrá
compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la
UNED.
9. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
9.1.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de la
presente convocatoria.
9.2.
Las solicitudes y la documentación que se señala a continuación se presentarán
dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y
Divulgación Científica de la UNED a través de Registro electrónico (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do )
mediante cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de las
distintas Administraciones Públicas, que puedan enviar asientos a través de
SIR. Igualmente, podrá presentarlas en las oficinas de Correos, a través del
Servicio de Registro electrónico para las Administraciones Publicas ORVE.
9.3. Será
requisito imprescindible para permitir la participación en la convocatoria que
los candidatos se inscriban, además, de manera obligatoria en la página web:
9.4.
La no inscripción de los candidatos en la citada web implicará su exclusión de
la convocatoria.
9.5.
El impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria (Anexo I), debidamente
cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en formato
PDF:
• Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países
presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y
residencia en España.
• Certificación académica personal, con inclusión de todas las
calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan
acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes
de estudios renovados, el número de créditos que corresponden, a excepción de
los estudios cursados en la UNED.
• En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en
sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES,
la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/203615/ficha.html
• Currículum Vitae, según el modelo que se adjunta como
Anexo II de esta
convocatoria.
• Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en
el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de la valoración.
• A los efectos de la aplicación de lo establecido en las Bases
3ª.2. y 4ª.3. de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de
anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la
formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán
hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella
información relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad
u omisión, en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la
apertura del correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la
legislación vigente.
• Breve memoria, con una extensión de entre dos y cinco
páginas, debidamente firmadas, explicando el interés en optar a la ayuda.
9.6.
Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables,
se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles subsane
la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual, de no
aportarla por los cauces establecidos en la Base 10.ª 2, no será objeto de
valoración por la Comisión de Selección.
10. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS
10.1. La
Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros o personas
en quien deleguen:
• Presidenta: Vicerrectora de Investigación, Transferencia del
Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED.
• Vocal: Directora de la EIDUNED.
• Secretaria: Jefa del Área de Investigación, Transferencia;
Divulgación Científica y RRII de la UNED.
10.2.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, el
proceso de selección se realizará conforme a los siguientes criterios:
Nota
media del expediente académico universitario. |
Hasta
30 puntos. |
Actividad
investigadora (publicaciones, participación en proyectos, asistencia a
congresos). |
Hasta
25 puntos. |
Titulaciones
obtenidas en la UNED. |
Hasta
5 puntos. |
Premio
extraordinario de fin de carrera. |
Hasta
5 puntos. |
Conocimiento
de idiomas. |
Hasta
15 puntos. |
Entrevista
personal. |
Hasta
20 puntos. |
La Comisión de Selección podrá dejar
desierta la ayuda convocada en el caso de que ninguno de los candidatos
obtuviera la puntuación mínima de 50 puntos de acuerdo con los criterios
establecidos en el punto anterior.
11. RESOLUCIÓN
La resolución de la adjudicación de la
ayuda se dictará en un plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización
del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el
BICI de la UNED.
Las solicitudes no incluidas en la
resolución de la convocatoria se entenderán denegadas, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
El disfrute de este contrato es
incompatible con cualquier otro contrato o ayuda de análoga naturaleza de
carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de
cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de
actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se derive
de la naturaleza de ésta.
13. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Se considerará renuncia la no
incorporación del candidato seleccionado en el plazo de 2 meses tras la firma
del contrato, la no reincorporación tras una interrupción justificada y las solicitadas
a instancia de los beneficiarios con, al menos, 10 días hábiles de antelación.
La renuncia a la ayuda deberá ser
comunicada por el beneficiario al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, acompañadas de la
documentación justificativa que en cada caso se requiera.
14. INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento total o parcial de
los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás
normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente
resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de
incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar
lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de
reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables
y los intereses de demora correspondientes.
15. RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo ante
el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL
De conformidad con legislación aplicable
en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales
facilitados en el contexto de la presente convocatoria se incorporarán a un
fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED),
cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.
Estos datos no serán cedidos o
comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida
atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así
como en los supuestos previstos, según Ley.
En cualquier momento podrán ejercitarse
los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos
ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de
Seguridad de la Información, o
a través de la Sede electrónica de la UNED.
Madrid, 16 de abril de 2021. EL RECTOR, P.D.
(Resolución de 16 de octubre de 2020; BOE 292, de 5 de noviembre de 2020). LA
VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN
CIENTÍFICA, D.ª Rosa María Martín Aranda.
·
ANEXO I (IMPRESO DE SOLICITUD).
·
ANEXO II (MODELO DE CURRICULUM).
5.-
Resolución
de 16 de abril de 2021 del Rector de la UNED, por la que se convoca un contrato
predoctoral en el marco de la Cátedra Internacional de Hermenéutica Crítica-HERCRITIA, financiado por el Banco Santander
Vicerrectorado
de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica
En consonancia con el compromiso y el
apoyo permanentes del Banco Santander con las instituciones de educación
superior e investigación para su ampliación, mejora, renovación y
modernización, así como para la puesta en valor de su dimensión emprendedora en
beneficio de los estudiantes y, en definitiva, de toda la sociedad a través de
la integración de los universitarios en sus estructuras, un año más se convoca
la presente ayuda en el marco de la Cátedra HERCRITIA,
de acuerdo con las bases que se recogen a continuación:
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la concesión de un contrato predoctoral enmarcado en la Cátedra
Internacional de Hermenéutica Crítica-HERCRITIA. En
concreto, esta convocatoria tiene como finalidad principal la formación en
investigación científica y técnica de un titulado universitario matriculado en
el Programa de Doctorado de Filosofía impartido por la Escuela Internacional de
Doctorado de la UNED (en adelante EIDUNED), que esté
desarrollando un proyecto de tesis vinculado con las líneas de investigación de
HERCRITIA.
2. DIRECTOR DEL CONTRATO Y CENTRO DE
APLICACIÓN
2.1.
El Centro de aplicación del contrato será la Cátedra Internacional HERCRITIA, recayendo la dirección del contrato en su
Investigadora Principal, quien tendrá la responsabilidad general de
coordinación y orientación, tanto académica como investigadora, del
beneficiario/a y, en particular, la responsabilidad del seguimiento de las
obligaciones del adjudicatario/a y del cumplimiento del objeto de la ayuda
concedida.
2.2.
La dirección del contrato podrá designar un tutor que colabore en el
seguimiento del proyecto de investigación que desarrolle el beneficiario/a. El
tutor deberá ser Doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un
Departamento de una Facultad o Escuela Técnica Superior (ETS) de la UNED, y ser
profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED. La figura del tutor podrá coincidir con la del
director de tesis.
2.3. Ningún
tutor ni director de tesis podrá participar en el proceso de valoración y
selección de la solicitud que avala.
3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
3.1.
Podrán ser solicitantes todos aquellos estudiantes que estén matriculados en el
curso académico 2020-2021 en el Programa de Doctorado de Filosofía impartido
por la EIDUNED y que estén desarrollando sus tesis
doctorales en campos incluidos en las líneas de investigación de HERCRITIA, debiendo cumplir este requisito a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.2.
No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante más de 3 años de
un contrato, beca o ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.
3.3. Haber
finalizado al menos uno de los estudios universitarios que dan acceso al
doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo
6 del RD 99/2011, con posterioridad a 1 de enero de 2011.
3.4.
No podrán participar de esta convocatoria quienes ya estén en posesión del
título de Doctor o estén en disposición legal para la obtención del mismo. Los
solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida oficialmente
podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios
cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar
estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La
solicitud será valorada por UNIDIS que emitirá
informe técnico preceptivo recomendando, en su caso y con carácter excepcional,
la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea
respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.
4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
4.1.
La ayuda que se conceda al amparo de esta convocatoria financiará un contrato
de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con lo
establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia,
la Tecnología y la Innovación.
4.2.
El periodo de duración del contrato predoctoral será de un año con dedicación a
tiempo completo, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado
antes en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones, descritas
en la Base 7.ª de esta convocatoria.
4.3. Ninguna
persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta
entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las personas
con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el tiempo no
podrá ser superior a seis años. No se concederá una ayuda si ésta va a tener
una duración inferior a un año.
4.4.
No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor
o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto
de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral. A
estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha
del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.
4.5.
En el caso de que, en el contrato celebrado al amparo de esta convocatoria, se
produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de
incapacidad temporal, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo,
riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o
acogimiento durante el período de duración del mismo, se podrá solicitar la
interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al
tiempo de la suspensión. El período en el que se produzca la interrupción se
verá ampliado por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción, a
los efectos contemplados en esta convocatoria.
5. DERECHOS DEL BENEFICIARIO
5.1.
El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes
derechos:
• Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.
• Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del
Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la
colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e
investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.
• Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011
de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.
5.2.
Asimismo, podrá colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas
por curso académico en tareas docentes, previo acuerdo entre el director de la
ayuda y el director de la unidad donde realice la colaboración. No obstante, no
podrá formar parte de equipos docentes ni tribunales de pruebas presenciales.
La colaboración en tareas docentes le será reconocida por la correspondiente
certificación de la unidad donde realizó la colaboración.
5.3.
En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de la
ayuda, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de
actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o
de la formación específica requerida para ella.
6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
6.1.
La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario/a implica la de las normas
fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito
de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. El
beneficiario/a tendrá las siguientes obligaciones específicas:
• Incorporarse al centro de aplicación y a las tareas de
investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.
• Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país
miembro de la Unión Europea, o ser residente en el momento de la incorporación.
• Realizar las labores objeto del contrato predoctoral, con un
mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, a criterio de la Dirección de la
ayuda.
• Estar matriculado en el Programa de Doctorado de la EIDUNED que se relaciona en la Base 3.ª 1., durante la
vigencia de la ayuda.
• Cumplir con aprovechamiento su participación en el proyecto
de investigación.
• Elaborar, siguiendo las pautas que establezca la Dirección,
en las fechas que ésta establezca, informes de la labor realizada y resultados
obtenidos, memorias y demás documentos. El incumplimiento de esta obligación
dará lugar a la no percepción de la ayuda.
• La Dirección de la ayuda podrá autorizar ausencias temporales
para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o
por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.
• Comunicar por escrito a la Dirección cualquier causa de
incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.
• Comunicar por escrito a la Dirección la renuncia al contrato
predoctoral concedido con 15 días hábiles de antelación a la fecha en que vaya
a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la
obtención de los objetivos del proyecto en el plazo máximo de 5 días hábiles
desde la fecha en que se produzca.
• En todas las publicaciones y otros resultados que puedan
derivarse de las actividades e investigaciones realizadas durante el periodo de
disfrute del contrato predoctoral se hará referencia explícita a su condición
de investigador predoctoral UNED-SANTANDER del Centro de aplicación, proyecto
mencionado en la Base 1.ª.
• Someterse a las actuaciones de comprobación y control
financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta
información le sea requerida.
• Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia
del Conocimiento y Divulgación Científica la obtención del grado de doctor en
los dos días laborables siguientes a su obtención.
• Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la
Universidad en cuanto a la dedicación, funciones que debe desempeñar, horarios
y vacaciones.
• Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las restantes
obligaciones establecidas en la legislación vigente.
7. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE APLICACIÓN
DEL CONTRATO
7.1.
De manera general, tendrán las siguientes obligaciones:
• Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el
apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o
equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.
• Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación,
sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté
relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica
requerida para ésta.
• Las restantes obligaciones establecidas en la legislación
vigente.
8. DOTACIÓN Y PAGO
8.1. La
cuantía total de la ayuda será de 25.000 euros a pagar en 12 mensualidades,
cantidad en la que se incluyen todos los conceptos y costes asociados a la
contratación de los beneficiarios, incluida la cuota patronal de la Seguridad
Social.
8.2. El
primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación.
8.3. Los
pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que se esté de
alta.
8.4.
El adjudicatario/a de la ayuda se beneficiará de los derechos que de ella se
deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de su
incorporación.
8.5. Los
efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en
función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de
su finalización se hará con efectos del último día que figure en el contrato
siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o
existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de
incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a percibir
en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.
8.6. Los
contratos en el marco de esta convocatoria se abonarán por parte de la
universidad en cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del beneficiario
de la ayuda.
8.7. La
concesión y disfrute de este contrato predoctoral, en ningún caso, supondrá
compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la
UNED.
9. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
9.1.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de la
presente convocatoria.
9.2.
Las solicitudes y la documentación que se señala a continuación se presentarán
dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y
Divulgación Científica de la UNED a través de Registro electrónico (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ), mediante cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de
registro de las distintas Administraciones Públicas, que puedan enviar asientos
a través de SIR. Igualmente, podrá presentarlas en las oficinas de Correos, a
través del Servicio de Registro electrónico para las Administraciones Publicas ORVE.
9.3. Será
requisito imprescindible para permitir la participación en la convocatoria que
los candidatos se inscriban, además, de manera obligatoria en la página web:
9.4.
La no inscripción de los candidatos en la citada web implicará su exclusión de
la convocatoria.
9.5. El
impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria (Anexo I), debidamente
cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en formato
PDF:
• Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países
presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y
residencia en España.
• Certificación académica personal, con inclusión de todas las
calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan
acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes
de estudios renovados, el número de créditos que corresponden, a excepción de
los estudios cursados en la UNED.
• En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en
sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES,
la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en:
https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/203615/ficha.html
• Currículum Vitae, según el modelo que se adjunta como
Anexo II de esta convocatoria.
• Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en
el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de la valoración.
• A los efectos de la aplicación de lo establecido en las Bases
3.ª 2. y 4.ª 3. de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de
anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la
formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán
hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella información
relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión,
en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la apertura del
correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la legislación
vigente.
• Breve memoria, con una extensión de entre dos y cinco
páginas, debidamente firmadas, explicando el interés en optar a la ayuda.
9.6.
Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables,
se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles subsane
la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual, de no
aportarla por los cauces establecidos en la Base 10.ª 2, no será objeto de
valoración por la Comisión de Selección.
10. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS
10.1.
La Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros o
personas en quien deleguen:
• Presidenta: Vicerrectora de Investigación, Transferencia del
Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED.
• Vocal: Investigadora Principal de la Cátedra Hercritia.
• Secretaria: Jefa del Área de Investigación, Transferencia,
Divulgación Científica y RRII de la UNED.
10.2.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, el
proceso de selección se realizará conforme a los siguientes criterios:
Nota
media del expediente académico universitario. |
Hasta
30 puntos. |
Actividad
investigadora (publicaciones, participación en proyectos, asistencia a
congresos). |
Hasta
25 puntos. |
Titulaciones
obtenidas en la UNED. |
Hasta
5 puntos. |
Premio
extraordinario de fin de carrera. |
Hasta
5 puntos. |
Conocimiento
de idiomas. |
Hasta
15 puntos. |
Entrevista
personal. |
Hasta
20 puntos. |
La Comisión de Selección podrá dejar
desierta la ayuda convocada en el caso de que ninguno de los candidatos
obtuviera la puntuación mínima de 50 puntos de acuerdo con los criterios
establecidos en el punto anterior.
11. RESOLUCIÓN
La resolución de la adjudicación de la
ayuda se dictará en un plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización
del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el
BICI de la UNED.
Las solicitudes no incluidas en la
resolución de la convocatoria se entenderán denegadas, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
El disfrute de este contrato es
incompatible con cualquier otro contrato o ayuda de análoga naturaleza de
carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de
cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de
actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se
derive de la naturaleza de ésta.
13. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Se considerará renuncia la no
incorporación del candidato seleccionado en el plazo de 2 meses tras la firma
del contrato, la no reincorporación tras una interrupción justificada y las
solicitadas a instancia de los beneficiarios con, al menos, 10 días hábiles de
antelación.
La renuncia a la ayuda deberá ser
comunicada por el beneficiario al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, acompañadas de la
documentación justificativa que en cada caso se requiera.
14. INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento total o parcial de
los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás
normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente
resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de
incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar
lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de
reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables
y los intereses de demora correspondientes.
15. RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo contado
desde el día siguiente de su publicación, ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL
De conformidad con legislación
aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos
personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se
incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.
Estos datos no serán cedidos o
comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida
atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así
como en los supuestos previstos, según Ley.
En cualquier momento podrán ejercitarse
los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos
ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de
Seguridad de la Información, o
a través de la Sede electrónica de la UNED.
Madrid, 16 de abril de 2021. EL RECTOR, P.D.
(Resolución de 16 de octubre de 2020; BOE 292, de 5 de noviembre de 2020). LA
VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN
CIENTÍFICA, D.ª Rosa María Martín Aranda.
·
ANEXO I (IMPRESO DE SOLICITUD).
·
ANEXO II (MODELO DE CURRICULUM).
6.-
Resolución
de 15 de abril de 2021, del Rector de la UNED, por la que se convocan cinco
contratos predoctorales para el desarrollo de tesis doctorales en la UNED
Vicerrectorado
de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica
En consonancia con el compromiso y el
apoyo permanentes del Banco Santander con las instituciones de educación
superior e investigación para su ampliación, mejora, renovación y
modernización, así como para la puesta en valor de su dimensión emprendedora en
beneficio de los estudiantes y, en definitiva, de toda la sociedad a través de
la integración de los universitarios en sus estructuras, un año más se convocan
las presentes ayudas, de acuerdo con las bases que se describen a continuación:
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la concesión de cinco contratos predoctorales con la finalidad principal
de promover la formación en investigación científica y técnica de titulados
universitarios matriculados en alguno de los Programas de Doctorado impartidos
por la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED (en adelante EIDUNED).
2. DIRECTOR DEL CONTRATO Y CENTRO DE
APLICACIÓN
2.1.
El contrato tendrá un director al que corresponderá la responsabilidad general
de coordinación y orientación tanto académica como investigadora del
beneficiario y, en particular, la responsabilidad del seguimiento de las
obligaciones del adjudicatario y del cumplimiento del objeto de la ayuda
concedida. El director del contrato podrá designar un tutor que colabore en el
seguimiento del proyecto de investigación que desarrolle el beneficiario.
2.2. El
tutor deberá ser Doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un
Departamento de una Facultad o Escuela Técnica Superior (ETS) de la UNED, y ser
profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED. La figura del tutor podrá coincidir con la del
director de tesis.
2.3. El
centro de aplicación de la ayuda será el Departamento de la UNED al que
pertenezca el director de la ayuda.
2.4. Ningún
tutor ni director de tesis podrá participar en el proceso de valoración y
selección de la solicitud que avala.
3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
3.1. Podrán
ser solicitantes todos aquellos estudiantes que estén matriculados en el curso
académico 2020-2021 en alguno de los Programa de Doctorado impartidos por la EIDUNED.
3.2.
No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante más de 3 años de
un contrato, beca o ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.
3.3.
Haber finalizado al menos uno de los estudios universitarios que dan acceso al
doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo
6 del RD 99/2011, con posterioridad a 1 de enero de 2011.
3.4.
No podrán participar de esta convocatoria quienes ya estén en posesión del
título de Doctor o estén en disposición legal para la obtención del mismo. Los
solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida oficialmente
podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios
cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar
estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La
solicitud será valorada por UNIDIS que emitirá
informe técnico preceptivo recomendando, en su caso y con carácter excepcional,
la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea
respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.
4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO
4.1.
Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria financiarán un
contrato de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con
lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
4.2.
El periodo de duración del contrato predoctoral será de un año con dedicación a
tiempo completo, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado
antes en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones, descritas
en la Base 7.ª de esta convocatoria.
4.3.
Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o
distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las
personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el
tiempo no podrá ser superior a seis años. No se concederá una ayuda si ésta va
a tener una duración inferior a un año.
4.4.
No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1
de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de
doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el
objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral.
A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la
fecha del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.
4.5.
En el caso de que, en el contrato celebrado al amparo de esta convocatoria, se
produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de
incapacidad temporal, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo,
riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o
acogimiento durante el período de duración del mismo, se podrá solicitar la
interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al
tiempo de la suspensión. El período en el que se produzca la interrupción se
verá ampliado por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción, a
los efectos contemplados en esta convocatoria.
5. DERECHOS DEL BENEFICIARIO
5.1.
El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes
derechos:
• Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.
• Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del Programa
de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la colaboración y
apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e investigaciones, de
acuerdo con los recursos disponibles.
• Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011
de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.
5.2.
Asimismo, podrá colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas
por curso académico en tareas docentes, previo acuerdo entre el director de la
ayuda y el director de la unidad donde realice la colaboración. No obstante, no
podrá formar parte de equipos docentes ni tribunales de pruebas presenciales.
La colaboración en tareas docentes le será reconocida por la correspondiente
certificación de la unidad donde realizó la colaboración.
5.3.
En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de
las ayudas, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de
actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o
de la formación específica requerida para ella.
6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
6.1. La
aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la de las normas
fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito
de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. El
beneficiario tendrá las siguientes obligaciones específicas:
• Incorporarse al Centro de aplicación y a las tareas de
investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.
• Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país
miembro de la Unión Europea, o ser residente en el momento de la incorporación.
• Realizar las labores objeto del contrato predoctoral, con un
mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, a criterio de la Dirección de la
ayuda.
• Estar matriculado en uno de los Programas de Doctorado de la EIDUNED que se relacionan en la Base 3.ª 1., durante la
vigencia de la ayuda.
• Cumplir con aprovechamiento su participación en el proyecto
de investigación.
• Elaborar, siguiendo las pautas que establezca la Dirección,
en las fechas que ésta establezca, informes de la labor realizada y resultados
obtenidos, memorias y demás documentos. El incumplimiento de esta obligación
dará lugar a la no percepción de la ayuda.
• La Dirección de la ayuda podrá autorizar ausencias temporales
para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o
por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.
• Comunicar por escrito a la Dirección cualquier causa de
incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.
• Comunicar por escrito a la Dirección la renuncia al contrato
predoctoral concedido con 15 días hábiles de antelación a la fecha en que vaya
a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la
obtención de los objetivos del proyecto en el plazo máximo de 5 días hábiles
desde la fecha en que se produzca.
• En todas las publicaciones y otros resultados que puedan
derivarse de las actividades e investigaciones realizadas durante el periodo de
disfrute del contrato predoctoral se hará referencia explícita a su condición
de investigador predoctoral UNED-SANTANDER del Centro de aplicación, proyecto
mencionado en la Base 1.ª.
• Someterse a las actuaciones de comprobación y control
financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta
información le sea requerida.
• Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia
del Conocimiento y Divulgación Científica la obtención del grado de doctor en
los dos días laborables siguientes a su obtención.
• Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la
Universidad en cuanto a la dedicación, funciones que debe desempeñar, horarios
y vacaciones.
• Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las
restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.
7. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE APLICACIÓN
DEL CONTRATO
7.1.
De manera general, tendrán las siguientes obligaciones:
• Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el
apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o
equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.
• Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación,
sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté
relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica
requerida para ésta.
• Las restantes obligaciones establecidas en la legislación
vigente.
8. DOTACIÓN Y PAGO
8.1.
La cuantía total de cada ayuda será de 25.000 euros a pagar en 12 meses,
cantidad en la que se incluyen todos los conceptos y costes asociados a la
contratación de los beneficiarios, incluida la cuota patronal de la Seguridad
Social.
8.2.
El primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación.
8.3.
Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que se
esté de alta.
8.4.
El adjudicatario de la ayuda se beneficiará de los derechos que de ella se
deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de su
incorporación.
8.5. Los
efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en
función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de
su finalización se hará con efectos del último día que figure en el contrato
siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o
existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de incorporación
o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a percibir en ese mes
será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.
8.6.
Los contratos en el marco de esta convocatoria se abonarán por parte de la
universidad en cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del beneficiario
de la ayuda.
8.7. La
concesión y disfrute de este contrato predoctoral, en ningún caso, supondrá
compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la
UNED.
9. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
9.1. El
plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde
el día siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de la presente
convocatoria.
9.2.
Las solicitudes y la documentación que se señala a continuación se presentarán
dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y
Divulgación Científica de la UNED a través de Registro electrónico (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ),
mediante cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de las
distintas Administraciones Públicas, que puedan enviar asientos a través de
SIR. Igualmente, podrá presentarlas en las oficinas de Correos, a través del
Servicio de Registro electrónico para las Administraciones Publicas ORVE.
9.3.
Será requisito imprescindible para permitir la participación en la convocatoria
que los candidatos se inscriban, además, de manera obligatoria en la página
web:
http://www.becas-santander.com/program/predoctoralesUNED
9.4. La
no inscripción de los candidatos en la citada web implicará su exclusión de la
convocatoria.
9.5.
El impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria (Anexo I), debidamente
cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en formato
PDF:
• Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países
presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y
residencia en España.
• Certificación académica personal, con inclusión de todas las
calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan
acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes
de estudios renovados, el número de créditos que corresponden, a excepción de
los estudios cursados en la UNED.
• En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en
sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES,
la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/203615/ficha.html
• Currículum Vitae, según el modelo que se adjunta como
Anexo II de esta
convocatoria.
• Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en
el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de la valoración.
• A los efectos de la aplicación de lo establecido en las Bases
3.ª 2. y 4.ª 3. de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de
anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la
formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán
hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella
información relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad
u omisión, en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la
apertura del correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la
legislación vigente.
• Breve memoria, con una extensión de entre dos y cinco
páginas, debidamente firmadas, explicando el interés en optar a la ayuda.
9.6.
Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables,
se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles subsane
la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual, de no
aportarla por los cauces establecidos en la Base 10.ª 2, no será objeto de
valoración por la Comisión de Selección.
10. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS
10.1.
La Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros o
personas en quien deleguen:
• Presidenta: Vicerrectora de Investigación, Transferencia del
Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED.
• Vocal: Directora de la EIDUNED.
• Secretaria: Jefa del Área de Investigación, Transferencia,
Divulgación Científica y RRII de la UNED.
10.2.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, el
proceso de selección se realizará conforme a los siguientes criterios:
Nota
media del expediente académico universitario. |
Hasta
30 puntos. |
Actividad
investigadora (publicaciones, participación en proyectos, asistencia a
congresos). |
Hasta
25 puntos. |
Titulaciones
obtenidas en la UNED. |
Hasta
5 puntos. |
Premio
extraordinario de fin de carrera. |
Hasta
5 puntos. |
Conocimiento
de idiomas. |
Hasta
15 puntos. |
Entrevista
personal. |
Hasta
20 puntos. |
La Comisión de Selección podrá dejar
desierta la ayuda convocada en el caso de que ninguno de los candidatos
obtuviera la puntuación mínima de 50 puntos de acuerdo con los criterios
establecidos en el punto anterior.
11. RESOLUCIÓN
La resolución de la adjudicación de la
ayuda se dictará en un plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización
del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el
BICI de la UNED.
Las solicitudes no incluidas en la
resolución de la convocatoria se entenderán denegadas, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
El disfrute de este contrato es
incompatible con cualquier otro contrato o ayuda de análoga naturaleza de
carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de
cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de
actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se derive
de la naturaleza de ésta.
13. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Se considerará renuncia la no
incorporación del candidato seleccionado en el plazo de 2 meses tras la firma
del contrato, la no reincorporación tras una interrupción justificada y las solicitadas
a instancia de los beneficiarios con, al menos, 10 días hábiles de antelación.
La renuncia a la ayuda deberá ser
comunicada por el beneficiario al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, acompañadas de la
documentación justificativa que en cada caso se requiera.
14. INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento total o parcial de
los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás
normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente
resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de
incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar
lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de
reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables
y los intereses de demora correspondientes.
15. RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses Recurso
Contencioso-Administrativo desde el día siguiente de su publicación, ante el
órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL
De conformidad con legislación
aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos
personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se
incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.
Estos datos no serán cedidos o
comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida
atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así
como en los supuestos previstos, según Ley.
En cualquier momento podrán ejercitarse
los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos
ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de
Seguridad de la Información, o
a través de la Sede electrónica de la UNED.
Madrid, 15 de abril de 2021. EL RECTOR, P.D.
(Resolución de 16 de octubre de 2020; BOE 292, de 5 de noviembre de 2020). LA
VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN
CIENTÍFICA, D.ª Rosa María Martín Aranda.
·
ANEXO I (IMPRESO DE SOLICITUD).
·
ANEXO II (MODELO DE CURRICULUM).
VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN
7.-
Resolución
rectoral en relación con la convocatoria de Becas Santander Erasmus XL para el
próximo curso 2021-22
Área de Movilidad
Resolución rectoral de 21 de abril de
2021 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que:
1.º-
Se acuerda hacer pública la lista definitiva de estudiantes seleccionados, en
el marco de la convocatoria Santander Erasmus XL para el curso 2021-2022,
financiada por el Banco Santander, según los criterios de la base 8ª apartado 5
de la convocatoria anunciada en el BICI nº 13 de 11 de enero de 2021, mediante
resolución rectoral de esa misma fecha.
2.º-
La propuesta de adjudicación de becas por orden de prelación es la siguiente:
ESTUDIANTES
SELECCIONADOS:
DNI |
Apellidos |
Nombre |
Área
de estudios |
Plaza
adjudicada |
Beca
concedida |
Nota
media |
criterio
de adjudicación |
***810*** |
Soriano Rodríguez |
Inmaculada |
Grado
en Turismo |
Cardinal
Stefan Wyszyñski University
In Warsaw |
2.000,00
€ |
8,5 |
8.5.a) |
***593*** |
Gil Falcon |
Juan
Carlos |
Grado
en Derecho |
FernUniversität in Hagen |
500,00
€ |
8,4 |
8.5.c) |
***356*** |
Orellana Viñambres |
David
|
Doctorado
en Derecho |
FernUniversität in Hagen |
500,00
€ |
8,2 |
8.5.c) |
***683*** |
Cantero Abad |
Andrea |
Grado
en Turismo |
Lazarski University |
2.000,00
€ |
8,1 |
8.5.a) |
ESTUDIANTES
SUPLENTES:
***059*** |
Lafuente Ojeda |
Estela
|
Grado en Criminología |
Università degli Studi di Verona |
8,04 |
***463*** |
Díaz Fernández |
José
David |
Grado en Economía |
Lazarski University |
8 |
***009*** |
Ortiz Vaca |
Miguel |
Grado en Sociología |
MARIA CURIE-SKLODOWSKA
UNIVERSITY |
8 |
***579*** |
Blanco Fernández Pérez |
Christian |
Máster de Filosofía Teórica y Práctica |
Friedrich-Schiller-Universität
Jena, Institut für Philosophie |
7,93 |
***563*** |
Pedraza Hinojosa |
Patricia |
Grado en Filosofía |
Université Toulouse-Jean Jaures
(TOULOUSE II) Le Mirail |
7,8 |
***371*** |
Letran Ruiz |
Eyla |
Grado en Trabajo Social |
University of Warsaw |
7,75 |
***686*** |
Etxegia Lizaso |
Itziar |
Grado en Historia del Arte |
Université Paris Ouest
Nanterre La Défense |
7,7 |
***462*** |
Martos Sánchez |
Enrique |
Grado en Derecho |
Josip Juraj Strossmayer University of Osijek- Unios
|
7,66 |
*Los estudiantes seleccionados
recibirán las instrucciones para recibir el importe de la ayuda complementaria.
3.º- Esta
resolución se publicará en la página web del Vicerrectorado de
Internacionalización y en el Boletín Interno de Coordinación Informativa
(BICI).
4.º- Contra
la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el Rector Magnífico, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 21 de abril de 2021.EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 16 de octubre de 2020, BOE n.º 292 de 5 de noviembre de 2020). LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN, D.ª Laura Alba Juez.
VICERRECTORADO DE PERSONAL DOCENTE E
INVESTIGADOR
8.-
Convocatoria
6/2021 de concurso a plazas de profesorado contratado en régimen laboral
Servicio de Gestión de Personal Docente e
Investigador
Resolución de 21 de abril del Rectorado
de la UNED, por la que se acuerda la Convocatoria 6/2021 de concurso a plazas
de profesorado contratado en régimen laboral. Las bases de la Convocatoria, así
como la relación de plazas convocadas y el modelo de solicitud están
disponibles en la página web:
http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,671025,93_20552587&_dad=portal&_schema=PORTAL
VICERRECTORADO DE FORMACIÓN PERMANENTE
PARA EL DESEMPEÑO PROFESIONAL Y DESARROLLO SOCIAL
9.-
Publicación
de la relación provisional de Cursos de Formación Permanente de la convocatoria
2021/2022
Vicerrectorado
de Formación Permanente para el Desempeño Profesional y Desarrollo Social
La relación provisional de Cursos de
Formación Permanente de la convocatoria 2021/22 se encuentra publicada en la
página web del Vicerrectorado de Formación
Permanente, para conocimiento
de la comunidad universitaria.
Se establece un periodo de alegaciones de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta nota en el BICI, de acuerdo con el artículo 15.1 del Reglamento de Estudios de Educación Permanente.
10.-
Resolución
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan
pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza
de Grupo I, nivel B, de la plantilla de personal laboral de administración y
servicios, en la Asesoría Jurídica de la UNED
Sección PAS Laboral
Por Resolución rectoral de 25 de
noviembre de 2019, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de
5 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2019 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS),
en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo
ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional para la
estabilización del empleo temporal, prevista en el artículo 19.Uno.3.I) de la
Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018,
prorrogada para el ejercicio 2019.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre); y, conforme al Acuerdo de la Comisión Paritaria de 5 de marzo de 2021, y lo dispuesto en el artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de Personal laboral de Administración y Servicios, por el sistema de promoción interna, en la Unidad de Asesoría Jurídica de la UNED, Grupo I, nivel B, con sujeción a las siguientes:
Bases
de la convocatoria
Primera. Requisitos.
1.1. Podrán
participar en proceso de promoción interna todo el personal laboral fijo de la
UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los
requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos
en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de
servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de
presentación de instancias.
1.2. Los
participantes, deberán estar en posesión del título de Licenciado en Derecho,
Graduado en Derecho u otro título universitario equivalente (Real Decreto
775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006,
de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de
los Tribunales).
Los aspirantes deberán estar colegiados
o en condiciones de colegiarse en un Colegio de Abogados español, a la fecha de
finalización del plazo de solicitudes.
1.3. Todos
los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Segunda. Solicitudes.
2.1.
La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez
días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno
de Coordinación Informativa (en adelante, BICI), por vía electrónica haciendo
uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es ,
MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de
pruebas selectivas).
Para la presentación de la solicitud se
deben completar dos pasos:
Primer paso: Registrarse como usuario
UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es ,
al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos
establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda Online
interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/ .
El usuario en la UNED se identifica con
el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes
que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario
podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no
recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla
la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar
realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene
asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y, cumplimentar y
presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es ,
MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de
pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite,
siguiendo el proceso guiado online lo siguiente:
- Inscripción en línea a las pruebas selectivas.
- Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se
guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la
solicitud.
- El pago online de tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
La presentación de la solicitud se
iniciará, pulsando sobre el botón de “Solicitar” correspondiente a la
convocatoria “Asesoría Jurídica. Grupo I. Promoción Interna”, y se
compondrá de siete fases: Datos personales, Datos contacto, Datos solicitud,
Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso
dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado
el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la
inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes
cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación
adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las
bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por
el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una
incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento
ordinario de los sistemas.
2.2.
Los derechos de examen serán de 16 euros y el pago se realizará dentro del
proceso de inscripción on-line, tal y como se indica en la base 2.4 en
la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o,
en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de
exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la
falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la
exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de la tasa de
los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en
el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los
derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será
necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya
sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID .
En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá
verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación
de Datos de las Administraciones Publicas.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de
la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE
de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de
la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del
50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La
aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo
haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID .
En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar
esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de
las Administraciones Publicas.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las
personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad
terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de
resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o
persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del
fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El
aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el
apartado Documentación, en aquellos casos en los que el aspirante no consienta
la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, ésta no sea
posible.
2.4.
Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la
cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados
en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se
podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha
de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.- Datos contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto
cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos
datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios
son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico E-mail, y
teléfonos de contacto.
3.- Datos solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de
las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el
apartado 3.3 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa
general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá
exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales ha indicado el grado de
discapacidad mayor o igual al 33%.
Deberá indicar la titulación académica
que reúne según la base 2.5 de la convocatoria, así como otros títulos
académicos valorables en la convocatoria.
Deberá elegir la plaza por la que se
presenta a la promoción interna.
4.- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la
reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en
las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:
- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento:
justificante acreditativo de tal condición.
- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la
realización: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad correspondiente.
El Tribunal podrá recabar informe y,
en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales
y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e
Inmigración.
- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.
- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.
- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución
administrativa por la que se reconozca tal condición.
5.- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las
tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:
a.- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los
datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta
terminar el trámite.
b.- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier
oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho
documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta
o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago
pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso
de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.- Resumen: En este apartado aparecerá los datos recogidos en los apartados
anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar
la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos deben validarlos antes
de dar al botón “Registrar”.
7.- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de
solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido
presentada correctamente.
2.5.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
2.6. Los
aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes.
3.1.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el rectorado dictará
resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En
esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad,
constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de
exclusión, así como la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio de
la fase de oposición.
Igualmente, se publicará en la página
web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en la página web
de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que
haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y
excluidos. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas, se publicarán en la página web de la Universidad.
Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar
errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en
tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que
no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres
figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los
aspirantes por causas imputables a los interesados, no procederá la devolución
de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador.
4.1.
El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la
convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en
el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría
primera.
4.2. Los
miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr.
Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando
concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si
hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de
acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El
presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de
no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y el personal auxiliar que
el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias
previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa
convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de
éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad,
al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de
constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del
primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará
las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las
pruebas selectivas.
4.4. El
Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y
estará formado por los miembros que figuran en la base tercera del Anexo I de
esta convocatoria.
4.5.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al
respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el
proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en
aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no
previstos.
4.6.
En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para
que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los
aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su
exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos
asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente,
y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser
designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará
bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A
efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo
electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).
4.9. En
ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que
contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4.10.
Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el
procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer
recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a
su publicación.
Quinta. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección constará
de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo de 70 puntos y estará
formada por dos ejercicios eliminatorios. El programa que ha de regir la fase
de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la
convocatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas
con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre el contenido del
programa, siendo sólo una de ellas correcta. Las respuestas erróneas se
valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor
de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una
correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Para la realización de este ejercicio,
los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.
Se calificará con un máximo de 30
puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15
puntos.
Segundo ejercicio, de carácter
teórico-práctico: Consistirá en la resolución de
dos casos prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionado con los
temas del programa.
El tiempo para la realización de este
ejercicio será de dos horas.
En esta prueba se valorará el rigor
analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de
una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 40
puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20
puntos.
Con el fin de respetar los principios
de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir
el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la
realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y
superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
La calificación global de la fase de
oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
dos ejercicios.
5.2.
Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los
siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el
tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o
menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en
la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos
que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad,
como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras
Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente
valoración por cada mes trabajado:
- 0,1 puntos por cada mes en la misma Unidad de adscripción de
la plaza a la que concursa.
- 0,04 puntos por cada mes en distinta Unidad o Departamento.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por
este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada
en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones
Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
- 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
- 0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.
Serán valorables como trabajo
realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato
laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de
las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También
serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
Los contratos a tiempo parcial se
computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior
al 50 por 100 de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma
proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento
relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos
por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos
de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un
máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
- De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
- De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
- De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
- De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4
puntos.
- De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2
puntos.
- De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6
puntos.
5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por
ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por
destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de
trabajo.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo.
6.1.
El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de
la página Web de la universidad, convocando a los aspirantes para la
realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase
de oposición quienes no comparezcan.
6.2.
Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página
web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por
orden de puntuación alcanzada.
Los aspirantes que no se hallen
incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a
todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se
haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro
electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos
referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código
U02800251.
La no presentación, en el plazo
señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no
valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4.
Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, la relación de
puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa
de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.
6.5.
Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de
aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que
figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la
puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en
la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a
la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de
concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los
opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra
“B” de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de julio de 2020,
de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública (“Boletín
Oficial del Estado” del 24 de julio) por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado el día 21 de julio.
6.6.
El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la
correspondiente propuesta del candidato para la formalización del contrato a
favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un
número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno
derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas
selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.
6.7. Con
carácter previo a la formalización de su contrato, el aspirante que haya
superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte
días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombre,
conforme a lo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro
electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente,
dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo
casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de
la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria
no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su
instancia o documentación.
Séptima. Formalización de contratos e
incorporación.
7.1. Aportada
la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta
convocatoria y tras comprobar que los aspirantes reúnen los requisitos el rectorado
de la Universidad procederá a la formalización del contrato en la plaza
convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice el contrato,
el aspirante no tendrán derecho a percepción económica alguna.
7.2.
En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento
a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto
598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Octava. Norma final.
8.1.
Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El
Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo
no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para
el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra
la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá formalizar
demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido
en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
su publicación.
EL RECTOR, P. S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), D.ª Rosa María Martín Aranda.
ANEXO
I
Normas específicas de la
convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a
plaza de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.
Primera. Descripción de la plaza.
Código plaza: LASJ0001.
Grupo profesional I, nivel B.
Adscripción: Asesoría Jurídica de
UNED.
Funciones principales del puesto:
Asesoramiento y asistencia jurídica a los órganos de gobierno de la
Universidad. Defensa y representación de la Universidad ante los Tribunales y
otras instituciones públicas o privadas.
Titulación académica exigida: Título de
Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario equivalente
(Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado
y Procurador de los Tribunales).
Otros requisitos: Estar colegiado o en
condiciones de colegiarse en un Colegio de Abogados español, a la fecha de
finalización del plazo de solicitudes.
Segunda. Programa.
1. Fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La ley,
sus clases. Decretos leyes y decretos legislativos. Los tratados internacionales.
Los principios de reserva de ley, jerarquía normativa y competencia. La
costumbre. Otras fuentes. La potestad reglamentaria. Especial referencia a las
disposiciones de carácter general en la UNED.
2. La Administración Pública: principios constitucionales
informadores y la noción de Administración Pública en la Ley 39/2015 y en la
Ley 40/2015. Personalidad jurídica de la UNED. El funcionamiento electrónico de
la Administración. Especial referencia al funcionamiento electrónico en la
UNED.
3. El administrado: capacidad y situaciones jurídicas. Derechos
públicos subjetivos e intereses legítimos: concepto y diferencias.
4. El acto administrativo: concepto y elementos. La forma de los
actos administrativos. La motivación, la notificación y la publicación. El
silencio administrativo: su régimen jurídico. La ejecutividad de los actos
administrativos. Fundamento y naturaleza. La ejecución forzosa por la
administración de los actos administrativos: medios en nuestro derecho. Examen
de la vía de hecho: sus consecuencias procesales.
5. La invalidez del acto administrativo: nulidad y anulabilidad.
Actos administrativos irregulares. Convalidación, conservación y conversión de
los actos administrativos. La revisión de los actos administrativos.
Procedimiento de revisión y declaración de lesividad. Revocación. Rectificación
de errores materiales o de hecho.
6. Los recursos administrativos, concepto y clases. Actos
recurribles, legitimación, tramitación, órganos competentes. Especial
referencia a los recursos y reclamaciones en el ámbito de la UNED.
7. El procedimiento administrativo: su naturaleza y fines.
Regulación legal: ámbito de aplicación de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios generales
del procedimiento administrativo. Abstención y recusación. La tramitación
simplificada del procedimiento administrativo común. Los procedimientos
especiales.
8. Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento: la
prueba. Participación de los interesados. Terminación: la resolución.
Terminación convencional. Otros modos de terminación: desistimiento, renuncia y
caducidad.
9. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Procedimiento general y procedimiento abreviado.
10. Potestad sancionadora de la Administración: principios y
procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de
las Administraciones Públicas.
11. Los Convenios y los protocolos generales de actuación.
12. Contratos del Sector Público (I). Objeto y ámbito de aplicación.
Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación
armonizada. Contratos administrativos y privados. Contratos excluidos, especial
referencia a los encargos a medios propios. Perfección y formalización de los
contratos. Régimen de invalidez de los contratos. El recurso especial en
materia de contratación.
13. Contratos del Sector Público (II) Las Partes en el contrato.
Objeto, valor estimado, presupuesto y precio. Las garantías. Preparación de los
contratos. Adjudicación de los contratos de las administraciones públicas.
Normas generales y tipos de procedimientos. Racionalización técnica de la
contratación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. La
modificación de los contratos. Órganos competentes en materia de contratación:
órganos de contratación, de asistencia y consultivos. Registros oficiales.
14. El proceso civil (I). Las partes en el proceso civil. Cuestiones
incidentales; supuestos; procedimiento para su tramitación. Actos de iniciación
del proceso civil: la demanda; sus efectos. Actos de desarrollo del proceso
civil.
15. El proceso civil (II). La prueba; su objeto y valoración. Carga
de la prueba. Disposiciones generales en materia de prueba. La prueba
documental. Concepto de documento. Clases: los documentos públicos y privados.
Valor probatorio. La presentación de documentos, dictámenes informes y otros
medios o instrumentos. La práctica de la prueba documental. El interrogatorio
de las partes. El interrogatorio de testigos. Especialidades aplicables a las
administraciones públicas. El dictamen de peritos. El reconocimiento judicial.
Otros medios de prueba. Las presunciones.
16. El proceso civil (III). El juicio ordinario. Caracteres y
procedimiento. El juicio verbal. Caracteres y procedimiento. Los procesos
especiales.
17. El proceso civil (IV). La sentencia. Sus efectos jurídicos: cosa
juzgada formal y cosa juzgada material. Otras formas de terminación del
proceso: renuncia, desistimiento, allanamiento, transacción, satisfacción
extraprocesal y carencia sobrevenida de objeto. La suspensión del proceso. La
caducidad. La ejecución forzosa. La ejecución dineraria. La ejecución no
dineraria. Impugnación del proceso. Clases de recursos. El recurso de
reposición. El recurso de apelación. El recurso de casación. Recurso en interés
de ley. Recurso de queja. El recurso extraordinario por infracción procesal.
18. El proceso contencioso-administrativo (I). Naturaleza de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa. Ámbito subjetivo y objetivo.
Cuestiones prejudiciales. Los órganos del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo. Competencia objetiva y territorial. Tratamiento
procesal de la jurisdicción y competencia.
19. El procedimiento en el recurso contencioso-administrativo (II).
Examen del procedimiento ordinario. Capacidad, legitimación; representación y
defensa de las partes. Objeto del recurso contencioso-administrativo: actividad
administrativa impugnable. Pretensiones de las partes. Acumulación. Cuantía del
recurso.
20. Procedimiento contencioso-administrativo (III): Disposiciones
generales sobre plazos. Medidas cautelares. Diligencias preliminares en el
procedimiento en primera o única instancia: declaración de lesividad y
requerimiento previo en litigios entre Administraciones Públicas. Interposición
del recurso contencioso-administrativo. Anuncio del recurso y reclamación del
expediente. Emplazamiento y personación de interesados. Demanda y contestación:
Requisitos, contenido y efectos. Aportación de documentos. Reclamación de
antecedentes para completar el expediente administrativo. Trámites de
inadmisión y de alegaciones previas. Prueba.
21. Procedimiento contencioso-administrativo (IV): Vista y
conclusiones: El planteamiento de cuestiones nuevas. La sentencia: contenido.
Otros modos de terminación del procedimiento. Costas procesales. Cuestión de
ilegalidad. Procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de
acuerdos. Procedimiento abreviado. Procedimiento contencioso-electoral.
Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
22. Recursos en el proceso contencioso-administrativo (V): Recursos
contra providencias, autos y sentencias. Recurso de apelación. Resoluciones
contra las que procede. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia.
Recursos de casación. Resoluciones contra las que procede y motivos del
recurso. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia. Recurso de
revisión. Ejecución de sentencias: Disposiciones generales. Modalidades
específicas de ejecución. La extensión de efectos de sentencias. Incidentes e
invalidez de actos procesales en el proceso administrativo.
23. El Tribunal Constitucional: naturaleza, organización y
atribuciones. Los procesos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso
de inconstitucionalidad. La cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de
amparo constitucional. Los conflictos constitucionales. Efectos de las
sentencias.
24. El Tribunal de Cuentas. La función fiscalizadora: extensión e
instrumentos. Los procedimientos de fiscalización; su terminación. Actuaciones
previas a la exigencia de responsabilidades contables. La jurisdicción
contable: naturaleza, extensión y límites. Los órganos. Las partes. Las
pretensiones: acumulación y cuantía. Disposiciones comunes del procedimiento.
Terminación del procedimiento. Procedimientos especiales: procedimiento en el
juicio de cuentas; procedimiento de reintegro por alcance; expedientes de
cancelación de fianzas. Recursos. Ejecución de sentencias.
25. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 5/2015, Texto Refundido de
la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Selección de personal. Los
procesos selectivos en la Administración Pública. Acceso al empleo público.
Adquisición y pérdida de la relación de servicios. La provisión de puestos de
trabajo. La promoción interna. La carrera profesional. Las situaciones
administrativas.
26. Régimen disciplinario de los empleados públicos. El Servicio de
Inspección de la UNED. Incompatibilidades de los empleados del sector público.
27. El contrato de trabajo: concepto y naturaleza jurídica.
Modalidades. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. La modificación,
suspensión y extinción del contrato de trabajo. Causas, forma y efectos. En
particular, el despido y la regulación de empleo. Cesión de trabajadores y
sucesión de empresas.
28. La negociación colectiva. Naturaleza y efectos de los convenios
colectivos. Unidades de negociación. Legitimización. Tramitación. Aplicación e
interpretación. Contenido. Extensión y Adhesión. Eficacia e impugnación.
Especial referencia al III Convenio Colectivo del personal laboral de
administración y servicios de la UNED y al I Convenio Colectivo del Personal Docente
e Investigador contratado de la UNED. Los conflictos de trabajo. Conflictos
colectivos: modos de exteriorización. La huelga. El cierre patronal.
29. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la
Violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y Dependencia.
30. El proceso de trabajo (I). La Ley reguladora de la jurisdicción
social. Órganos jurisdiccionales. Competencia. Proceso ordinario: tramitación.
31. El proceso de trabajo (II). Las modalidades procesales: de los
despidos y sanciones. Extinción del contrato por causas objetivas, por despido
colectivo y otras causas de extinción. Vacaciones, materia electoral, movilidad
geográfica, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo y derechos de
conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o
convencionalmente. Proceso de conflictos colectivos e impugnación de convenios
colectivos. Tutela de derechos fundamentales y libertades públicas.
32. El proceso de trabajo (III). Los medios de impugnación: recursos
de suplicación y casación. Ejecución de sentencias.
33. El sistema de Seguridad Social. Regímenes. Gestión: afiliación y
cotización. Acción protectora: contingencias y clases de prestaciones. La
incapacidad temporal. Maternidad. Invalidez permanente: modalidades.
Jubilación: modalidades. Otras prestaciones.
34. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación. El Sistema Público de I+D. La función de
transferencia del conocimiento en el sistema universitario. Mecanismos para la
transferencia de conocimiento. La protección de la propiedad industrial e
intelectual en el ámbito universitario. Las licencias. La creación de empresas
de base tecnológica. Creación por las Universidades de fundaciones y otras
personas jurídicas. Los convenios de colaboración en el ámbito universitario.
35. La Ley Orgánica de Universidades. Funciones de la Universidad.
La autonomía universitaria y sus límites: jurisprudencia constitucional. Las
Universidades privadas.
36. Estructura de la UNED. Departamentos, Facultades, Escuelas y
Escuela Internacional de Doctorado. Los Institutos Universitarios de
Investigación y otros centros de enseñanza universitaria adscritos. La
Fundación de la UNED. Los órganos de gobierno y representación de la UNED.
Órganos colegiados y unipersonales.
37. Especialidades de la estructura de la UNED: la red de Centros
Asociados y Centros en el exterior. El Profesor-Tutor. Naturaleza y funciones.
Regulación. Selección. La venia docendi.
38. El personal de administración y servicios de la UNED. Régimen
jurídico y clases. Relaciones de puestos de trabajo. Órganos de representación.
III Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la
UNED
39. El personal docente e investigador de la UNED. Clases y régimen
jurídico. El personal investigador en formación. El Personal Docente e
Investigador Contratado. I Convenio Colectivo del Personal Docente e
Investigador contratado de la UNED. El profesorado de los cuerpos docentes
universitarios de la UNED. Acceso. Situaciones administrativas. Régimen de
dedicación e incompatibilidades. Retribuciones.
40. Los estudiantes de la UNED. Acceso y permanencia de los
estudiantes en la Universidad. Derechos y deberes. Régimen disciplinario.
Tercera. Tribunal Calificador
Titular
Presidente:
Don Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
Vocales:
Don Álvaro Martín Herrera, Escala de
Técnicos de Gestión de la UNED.
Doña Belén España Martí, Escala de
Letrados de Castilla la Mancha.
Doña María de Rivera Parga, Escala
de Letrados de la Universidad Autónoma de Madrid.
Secretaria:
Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera,
Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
Suplente
Presidenta:
Doña Paloma Centeno Fernández,
Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.
Vocales:
Doña M.ª Paz San Segundo Manuel,
Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
Doña Virginia Álvarez Cano, Escala
Técnicos de Gestión de la UNED.
Doña Mercedes Díaz García, Escala de
Letrados de la Universidad Autónoma de Madrid.
Secretaria:
Doña Carmen Sicilia Fernández-Shaw,
Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
·
ANEXO II (MODELO DE SOLICITUD)
SECCIÓN II.
CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS
11.-
Comunicado
para los estudiantes del Máster Universitario en Trabajo Social, Estado del
bienestar y Metodología de la Intervención Social. Incorporación de profesorado
al equipo docente del Máster
Decanato de la Facultad de Derecho
Se comunica a los estudiantes del
Máster Universitario en Trabajo Social, Estado del bienestar y
Metodología de la Intervención Social (cód. 261201) la incorporación
del personal docente que ahora se relaciona en las asignaturas que a
continuación se detallan:
D. Jesús Manuel Pérez Viejo a las siguientes asignaturas:
• Estado del Bienestar: España, Europa y América.
• Aspectos jurídicos de la inmigración.
• Trabajo de Fin de Máster.
D.ª Luisa Aránzazu Hernández
Echegaray a las siguientes asignaturas:
• Diseño, Planificación y Gestión de proyectos de
intervención social.
• Intervención Social y Jóvenes.
• Trabajo de Fin de Máster.
D.ª Andrea García-Santesmases
Fernández a las siguientes asignaturas:
• Autonomía, Dependencia y Discapacidad: tendencias de
futuro.
• Trabajo de Fin de Máster.
Asimismo, se informa de la
incorporación de dos nuevos colaboradores externos en la dirección de las
tutorías de los Trabajos Fin de Máster:
1.- D.ª Ana Isabel Lima Fernández, trabajadora social en
activo con experiencia docente universitaria.
2.- D. Julio Piedra Cristóbal, trabajador social en activo con experiencia docente universitaria.
12.-
Comunicado para los estudiantes de varias
asignaturas del Departamento de Derecho Penal del Grado en Derecho.
Incorporación del profesor D. Alfredo Liñán Lafuente al equipo docente
Equipo docente de la asignatura
Se comunica a los estudiantes del Grado
en Derecho la incorporación del profesor Contratado Doctor D. Alfredo Liñán
Lafuente a los equipos docentes de las siguientes asignaturas:
• Derecho Penal I (Parte General) (cód. 66022078).
• Trabajo Fin de Grado (Derecho) (cód. 66024083).
La dirección de correo del profesor es alinan@der.uned.es , y su horario de asistencia al estudiante tendrá lugar todos los miércoles lectivos de 16:30 a 19:30 horas, en el teléfono 91 398 7004.
13.-
Convocatoria
de la XX Edición del Premio de Artículos Jurídicos García Goyena
Decanato de la Facultad de Derecho
La Facultad de Derecho de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia convoca la XX edición del
PREMIO DE ARTÍCULOS JURÍDICOS “GARCÍA GOYENA” (Curso 2020-2021) de acuerdo
con las siguientes
BASES
1. Podrán
concurrir todos los licenciados y graduados en Derecho, españoles o
extranjeros, con excepción de quienes desempeñen tareas docentes o
investigadoras en la sede de la Facultad de Derecho de la UNED en Madrid.
2. Se concederán
un primer y segundo premios y tres accésits para los artículos presentados:
PRIMER
PREMIO: |
2.400
euros |
SEGUNDO
PREMIO: |
1.200
euros |
TRES
ACCÉSITS |
|
En todos los casos, a la dotación
económica se acompañará la publicación en la Revista Digital de la Facultad de
Derecho de la UNED; también se publicarán, en su caso, los tres accésits.
3. Los trabajos,
redactados en castellano, deberán versar sobre un tema o línea directriz que se
dirá en cada convocatoria. Tal línea directriz será lo suficientemente amplia
como para que desde las más diversas disciplinas jurídicas pueda escribirse
sobre ella; pero garantizará asimismo una cierta homogeneidad en la temática de
aquéllos.
4. En la
convocatoria específica para este próximo curso (XX convocatoria), la línea
directriz será:
“Justicia y COVID: el Derecho en tiempos de pandemia”.
5. Los artículos
habrán de ser originales e inéditos, no pudiendo haber sido aceptados ni
entregados para su aceptación a publicación alguna en cualquier formato ni
haberse presentado a ningún otro premio o certamen. Tendrán una extensión
máxima de 35 páginas de tamaño DIN-A4, mecanografiadas a espacio y
medio, por una sola cara, con letra Times New Roman de 12 puntos (este espacio de 35
páginas incluirá la totalidad del trabajo). Los márgenes que han de respetarse
son: superior e inferior 2,5 cm, derecho e izquierdo 3 cm. Al inicio del
trabajo deberá indicarse el título en castellano e inglés, el sumario o índice,
un resumen de unas 10 o 15 líneas de extensión y con palabras clave (máximo 5)
que permitan la identificación del tema u objeto del trabajo, tanto en
castellano como en inglés (abstract y key words). Al final del
texto se incluirá un epígrafe de conclusiones, así como un apartado referido a
la bibliografía utilizada. Será preciso seguir las instrucciones formales de
publicación previstas para Revista de la Facultad de Derecho de la UNED. El
incumplimiento de las bases conlleva la exclusión del premio.
6. Cada autor enviará
un único trabajo y de modo individual.
7. Los artículos
serán enviados, por triplicado y sin remite, a la siguiente dirección:
Premio de Artículos Jurídicos “García
Goyena” (XX.ª Edición).
Decanato de la Facultad de Derecho de
la UNED.
C/ Obispo Trejo, 2.
28040 MADRID.
8. Los trabajos
serán firmados con seudónimo. En el sobre que los contenga se incluirá una
plica cerrada, en la cual constarán los datos personales del autor, su
profesión (con indicación expresa de si es profesor tutor de la UNED y en qué
Centro Asociado), teléfonos de contacto y dirección de correo electrónico. Se
adjuntará, además, una copia en soporte informático (pendrive), preferentemente
en programa de tratamiento de texto Microsoft Word. No serán aceptados los
trabajos que no cumplan estas condiciones.
9. El plazo
límite para el envío del original será el 15 de septiembre de 2021.
10. El jurado
estará presidido por la Decana de la Facultad de Derecho de la UNED y lo
compondrán cinco profesores permanentes Doctores en Derecho de dicha Facultad
elegidos por sorteo entre las distintas áreas de conocimiento, un abogado con
al menos cinco años de ejercicio, un magistrado, un miembro del ministerio
fiscal, un notario o registrador y un abogado del estado. Actuará como
secretaria la de la Facultad. El jurado se reunirá antes del del 22 de
noviembre de 2021.
11. Una vez
otorgados los premios, las plicas serán abiertas. Cualesquiera otros trabajos
no premiados podrán ser recomendados por el jurado para su publicación.
12. Todos o parte
de los premios podrán ser declarados desiertos si los originales presentados no
reúnen, a juicio del jurado, los mínimos de calidad exigibles.
Además, el jurado podrá atribuir
cualquiera de los premios o accésit a más de un trabajo, dividiendo en el caso
de premio con dotación económica la cuantía de la dotación.
13. Al fallo se
le dará publicidad, a través de la página Web de la Universidad, en un plazo no
superior a quince días.
14. La
participación en los Premios García Goyena implica la aceptación de todas las
bases.
El incumplimiento de las bases y las
condiciones que se hubieran tenido en cuenta para la concesión de los Premios
podrá dar lugar tanto a la modificación de la resolución por la que se concede
el Premio como, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas si se
hubiera obtenido premio con dotación económica.
15. No podrán
presentarse quienes hayan ganado ALGUNO DE LOS PREMIOS CON DOTACIÓN ECONÓMICA
EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS.
16. La entrega de
los premios tendrá lugar en un acto académico y público, presidido por el
Rector de la UNED y la Decana de la Facultad de Derecho, en lugar y fecha que
serán comunicados con suficiente antelación.
17. Los trabajos
premiados y los seleccionados para su publicación quedarán bajo la propiedad
intelectual de los autores, si bien la Facultad de Derecho de la UNED tendrá
sobre ellos derecho a su publicación en la revista durante los doce meses
posteriores al día del fallo.
18. Los
originales no premiados serán destruidos y no se mantendrá correspondencia
sobre ellos.
·
DIPTICO CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA
14.-
Comunicado
para los estudiantes de la asignatura Prácticas Profesionales IV del Grado en
Pedagogía. Modificación en el equipo docente de la asignatura
Decanato de la Facultad de Educación
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura Prácticas Profesionales IV (cód. 63024042) del Grado
en Pedagogía la siguiente modificación en el equipo docente de la asignatura
para el curso 2020/2021:
Baja del profesor D. Juan Carlos
Pérez González.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO
15.-
Depósito
de Tesis Doctorales
Sección de Asuntos Generales
En cumplimiento de la normativa vigente
en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa
a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas
en la Sección de Asuntos Generales de la Escuela Internacional de Doctorado
desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado,
cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo:
admescueladoctorado@adm.uned.es el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento
durante un período de 48 horas, y en su caso, dirigir escrito a la
Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones y observaciones que
estime oportuno formular.
- AUTORA:
D.ª MARÍA USUE ESPINÓS
ORTUETA.
TESIS: “TEORÍA DE LA MENTE EN
TRASTORNO BIPOLAR: ESTUDIO COMPARATIVO CON DEPRESIÓN UNIPOLAR Y PERSONAS SIN
PATOLOGÍA MENTAL”.
DIRECTOR: D. ENRIQUE GARCÍA
FERNÁNDEZ-ABASCAL.
PROGRAMA: “PSICOLOGÍA”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 15/abril/2021.
FIN DEPÓSITO: 06/mayo/2021.
- AUTOR:
D. CARLOS IGNACIO CUVIELLA SUÁREZ.
TESIS: “OPTIMIZACIÓN DE LOS
CONSUMOS DE AGUA Y ENERGÍA EN LA INDUSTRIA CERÁMICA SANITARIA Y LA REDUCCIÓN DE
EMISIONES DE CO2”.
DIRECTORES: D. ANTONIO COLMENAR
SANTOS Y D. DAVID BORGE DÍEZ.
PROGRAMA: “TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 20/abril/2021.
FIN DEPÓSITO: 11/mayo/2021.
- AUTOR:
D. PABLO B. SÁNCHEZ GÓMEZ.
TESIS: “TRES VERGENCIAS ENTRE
HEIDEGGER Y DERRIDA”.
DIRECTORA: D.ª CRISTINA DE PERETTI PEÑARANDA.
PROGRAMA: “FILOSOFÍA”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 22/abril/2021.
La información de las tesis doctorales
que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de
doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan
las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente
dirección electrónica:
http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,37388488&_dad=portal&_schema=PORTAL
SECCIÓN III.
VARIOS
16.-
Información
recibida en el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento
y Divulgación Científica
Programas Europeos de Investigación (PEI)
1.- CONVOCATORIAS DE EMPRESAS Y
FUNDACIONES.
q PREMIOS
AL TALENTO CIENTÍFICO FEMENINO
Segunda edición de los premios La
Fundación Real Academia de Ciencias de España (FRACE),
en colaboración con Mastercard. Cuatro categorías:
matemáticas, física y química, biología y geología, y aplicaciones de la
ciencia a la tecnología.
Pueden aspirar a los premios, científicas
de nacionalidad española, así como extranjeras cuya carrera profesional se haya
desarrollado principalmente en España, y que en junio de este año 2021 tengan
45 años o menos. Las candidatas deben haber realizado aportaciones destacadas a
la ciencia, ya sea en investigación, desarrollo, innovación, docencia o
divulgación. Su actividad puede haberse desarrollado en ámbitos académicos,
empresariales o de la administración
Dotación:
2.500 euros por categoría.
Plazo:
13 de junio de 2021.
2.- CONGRESOS, CURSOS Y JORNADAS
q EVENTO
PARA LA BÚSQUEDA DE SOCIOS EN EL PROGRAMA HORIZONTE EUROPA
Lugar y fecha: virtual, del 5 al 6 de mayo de 2021.
El evento Brokerage
Virtual Partnering Horizon Europe Cluster 3 Civil Security for Society está destinado a
la participación de empresas, asociaciones, instituciones, universidades y
centros de investigación que tengan interés en el desarrollo de tecnologías
incluidas en la convocatoria del Clúster 3 para facilitar la creación y
búsqueda de consorcios, así como ponerlos en contacto con usuarios finales españoles
que puedan formar parte de sus consorcios en la convocatoria.
Los campos de tecnologías que se incluyen
dentro de este Clúster son:
Lucha contra el crimen y terrorismo,
asociados principalmente a:
- Prevención,
investigación y mitigación de los impactos de actos criminales (incl. ciber) y
terroristas.
- Seguridad
en espacios públicos urbanos.
- Apoyar
a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Control y seguridad de las fronteras
(aéreas, terrestres y marítimas), principalmente asociados a:
- Mejora
del tráfico de pasajeros y mercancías.
- Prevención
del tráfico ilícito, la piratería y otros actos criminales y terroristas.
- Infraestructuras
críticas, asociados a herramientas que permitan la resiliencia y la autonomía
en el ámbito físico y ciber de las infraestructuras críticas.
- Abarquen
soluciones que permitan proteger grandes sistemas de infraestructuras críticas
interrelacionados entre sí.
Ciberseguridad, a partir de Horizonte
Europa, la práctica totalidad de la I+D+i en ciberseguridad va a ser financiada
a través del Clúster 3, más concretamente las siguientes líneas de desarrollo:
- Criptografía
cuántica.
- Capacidades
para la autonomía estratégica de empresas, universidades y entidades que tengan
posibilidades de desarrollar herramientas que doten a la UE de capacidades
clave.
- Refuerzo
de las infraestructuras digitales ante ataques ciber e híbridos.
- Protección
de datos, privacidad y ética.
- Apoyo
de la ciberseguridad en tecnologías como la Inteligencia Artificial, robótica, Internet
of Things y 5G.
Reducción de riesgos ante desastres,
el cual abarca soluciones, metodologías, herramientas, tecnología que permita
reforzar las capacidades de unidades de emergencia. Se centra en 4 grandes
ámbitos estratégicos:
- Amenazas
nucleares, biológicas, radiológicas, químicas y explosivos.
- Eventos
extremos asociados al cambio climático o eventos geológicos.
- Gestión
de pandemias y otras enfermedades infecciosas.
Registro: https://cluster3he.b2match.io/
17.-
Reseñas
del Boletín Oficial del Estado
BICI
UNIVERSIDADES
Cuerpos docentes universitarios.
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6083.pdf
BOE 16/04/2021
Resolución de 26 de marzo de 2021, de
la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de
cuerpos docentes universitarios
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6084.pdf
BOE 16/04/2021
Resolución de 6 de abril de 2021,
conjunta de la Universidad de Córdoba y el Servicio Andaluz de Salud, por la que
se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes
universitarios
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6085.pdf
BOE 16/04/2021
Resolución de 6 de abril de 2021, de la
Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de
cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6086.pdf
BOE 16/04/2021
Resolución de 7 de abril de 2021, de la
Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos
docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6087.pdf
BOE 16/04/2021
Resolución de 7 de abril de 2021, de la
Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de
cuerpos docentes universitarios
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6088.pdf
BOE 16/04/2021
Personal de administración y servicios.
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por
la que se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición
libre, para la provisión de plazas de personal laboral fijo de Administración y
Servicios de los Grupos y Niveles Salariales A2, C2 y C3.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6090.pdf
BOE 16/04/2021
Resolución de 29 de marzo de 2021, de
la Universitat de València, por la que se convocan
pruebas selectivas de acceso al Grupo A (Subgrupo A2), por el turno libre,
sector de administración especial, Escala Técnica Media de Asesoramiento
Lingüístico.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6091.pdf
BOE 16/04/2021
Personal de Administración y
Servicios. Resolución de 6 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas, por el
sistema de acceso libre, para la provisión de plaza de personal laboral, Grupo
II, Nivel B.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6092.pdf
BOE 16/04/2021
Personal docente e investigador.
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, por la que se corrigen errores en la de 11 de marzo de 2021, por la
que se convoca concurso de acceso a plazas de profesor contratado doctor.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6093.pdf
BOE 16/04/2021
JEFATURA DEL ESTADO
Presupuestos Generales del Estado.
Corrección de errores de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/20/pdfs/BOE-A-2021-6240.pdf
BOE 20/04/2021
UNIVERSIDADES
Resolución de 13 de abril de 2021, de
la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de
la Escala Oficial-Especialista (subgrupo C1).
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/21/pdfs/BOE-A-2021-6326.pdf
BOE 21/04/2021
Resolución de 13 de abril de 2021, de
la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de
la Escala Técnica (subgrupo A1) y de la Escala Técnico Medio (subgrupo A2).
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/21/pdfs/BOE-A-2021-6327.pdf
BOE 21/04/2021
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
Subvenciones. Real Decreto 289/2021, de
20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a
universidades públicas para la recualificación del sistema universitario
español.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/22/pdfs/BOE-A-2021-6391.pdf
BOE 22/04/2021
UNIVERSIDADES
Destinos. Resolución de 8 de abril
de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 10 de noviembre de
2020.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/23/pdfs/BOE-A-2021-6490.pdf
BOE 23/04/2021
Personal de administración y
servicios. Resolución de 12 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para el
acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de personal laboral,
Grupo II, Nivel B.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/23/pdfs/BOE-A-2021-6520.pdf
BOE 23/04/2021
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
Estudios universitarios. Resolución de
9 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se
publica el Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria, por el
que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas
de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades
públicas para el curso académico 2021-2022.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/23/pdfs/BOE-A-2021-6594.pdf
BOE 23/04/2021
18.-
Boletín
de Programación del CEMAV & INTECCA
Sección de producción de Medios
Audiovisuales
SEMANA DEL 27 DE ABRIL AL 3 DE MAYO DE 2021
Esta semana, les ofrecemos la siguiente
programación.
Para más información, consultar la programación, ver horarios, etc. puede descargar el boletín de programación completo en formato PDF.
PROGRAMACIÓN DE TV
·
NO MÁS SILENCIO: Arte y
conflicto en Colombia.
·
Paisaje de invierno con una
trampa para pájaros, de Pieter Bruegel el Viejo.
·
El espíritu emprendedor.
· La interpretación cristiana de la mezquita de Córdoba durante la Edad Moderna.
PROGRAMACIÓN DE
RADIO
EN RADIO 5
·
Respuestas de la Ciencia.
·
Preguntas a la Historia.
RADIO 3: Sin distancias
·
Gaia: ¿Es la vida una
ingeniera del clima?
·
Salidas profesionales de la
formación en Matemática Aplicada.
·
Deconstruyendo el populismo y
sus peligros para la democracia.
·
La Agencia Europea de
Ciberseguridad (UCM).
·
La España “vaciada”: realidad
y desafíos.
·
¿Están las empresas españolas
preparadas para cumplir con la próxima normativa en materia de derechos
humanos?
·
Las humanidades clásicas en
la educación actual.
·
Música con verso,
conversaciones con Tito Muñoz y Jonathan Pocoví.
·
Pensar con los pies.
·
El maltrato psicológico: el
iceberg de la violencia contra la infancia.
·
Welles y Moreau: el Derecho
sin Ética.
·
Política energética y
Política climática, hacia un desarrollo sostenible en la UE.
·
Una invitación a la
antropología de la danza y de la música.
· Píldoras antropológicas. Los que nos consideramos humanos.
CADENA CAMPUS (INTECCA)
·
¿Cómo gestionar mis emociones
durante los exámenes? Segunda edición 2021.
·
Infraestructura Verde y
servicios de los ecosistemas para el bienestar humano. ODS 15.
·
Introducción, evaluación e
intervención en reforma juvenil.
·
Flora silvestre de Galicia.
Descripción, usos, curiosidades.
·
Enamórate de la vid y de su
cultivo.
·
La participación del Noroeste
en las dinámicas tecnológicas y culturales del Paleolítico superior Cantábrico.
·
¿Cómo ponemos en marcha un
proyecto turístico local?
·
Patrimonio del Camino del
Mar.
Para más información sobre la
programación del CEMAV, ponerse en contacto con el Negociado del Centro de Diseño y
Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV) negociado.cemav@adm.uned.es (solo temas audiovisuales).
Para más información sobre la
programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/ o enviar mensaje a info@intecca.uned.es (solo temas audiovisuales).
Contactar con la UNED para temas
generales: