SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES

rectorado

1.-     Ceses

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. PABLO RUIPÉREZ GARCÍA, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Subdirector de Estudiantes y Relaciones Institucionales de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de esta Universidad, con efectos de 14 de marzo de 2021, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 23 de abril de 2021. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JOSÉ CARLOS LOREDO NARCIANDI, a petición propia, como Director del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, con efectos de 15 de abril de 2021, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JOAQUÍN MARTÍNEZ PINO, a petición propia, como Secretario del Máster Universitario en “Métodos y Técnicas Avanzadas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica” de la Facultad de Geografía e Historia de esta Universidad, con efectos de 13 de abril de 2021, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª ANA EVA RODRÍGUEZ BRAVO, a petición propia, como Secretaria del Programa de Doctorado en “Educación” de esta Universidad, con efectos de 1 de abril de 2021, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 22 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.

 

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2.-     Nombramientos

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta de la Sra. Vicerrectora de Tecnología de esta Universidad, vengo en nombrar Vicerrector Adjunto de Experiencia Digital a D. JOAQUÍN MARTÍNEZ PINO, con efectos de 1 de mayo de 2021.

Madrid, 23 de abril de 2021. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta de la Sra. Vicerrectora de Tecnología, vengo en nombrar Vicerrector Adjunto de Innovación Tecnológica de esta Universidad a D. PABLO RUIPÉREZ GARCÍA, con efectos de 15 de marzo de 2021.

Madrid, 23 de abril de 2021. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en nombrar Directora del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad a D.ª MARÍA DEL CARMEN DÍAZ MARDOMINGO, con efectos de 16 de abril de 2021.

Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta de la Sra. Decana de la Facultad de Geografía e Historia de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria del Máster Universitario en “Métodos y Técnicas Avanzadas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica” a D.ª MARTA GALLARDO BELTRÁN, cargo asimilado académicamente a Secretaria de Departamento y a efectos económicos a Coordinadora del Curso de Orientación Universitaria, con efectos de 14 de abril de 2021.

Madrid, 21 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta de la Sra. Directora de la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED, vengo en nombrar Secretario del Programa de Doctorado en “Educación” de esta Universidad a D. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SERRANO, cargo asimilado a Secretario de Departamento, con efectos de 2 de abril de 2021.

Madrid, 22 de abril de 2021. EL RECTOR, P.S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), Rosa María Martín Aranda.

 

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3.-     Centro de Prevención, Resolución de Conflictos e Inspección

Sección de Inspección

 

Decisiones adoptadas en las Resoluciones de los siguientes expedientes disciplinarios:

 

Estudiantes de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES

E.D. 078/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a disciplinariamente responsable de una falta “menos grave”, imponiéndole la sanción de pérdida de matrícula en las asignaturas “Fundamentos de Contabilidad” y “Teoría de los ingresos públicos”, en todas las convocatorias del Curso 2019/2020, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso 2019/2020, con la consiguiente pérdida de los derechos de matrícula y de convocatoria durante el curso citado. Esta sanción lleva aneja la prohibición de trasladar el expediente académico dentro del mismo curso escolar en el que cometió la falta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Disciplina Académica.

 

Estudiantes de la FACULTAD DE DERECHO

E.D.059/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a disciplinariamente responsable de una falta “grave”, tipificada en el artículo 5º a) 5ª del Reglamento de Disciplina Académica, imponiéndole la sanción de expulsión de un año (Curso 2020-2021) de la Universidad y la pérdida de matrícula en todas las asignaturas y en todas las convocatorias del curso académico 2019/2020 que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso citado, con la prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el que cometió la falta.

E.D. 081/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a disciplinariamente responsable de la comisión de una falta “menos grave”, tipificada en el artículo 5º b) 1ª del Reglamento de Disciplina Académica, a corregir con la sanción de pérdida de matrícula en las asignaturas “Derecho del Trabajo”, “Derecho Mercantil II: Sociedades” y “Filosofía del Derecho”, en todas las convocatorias del curso académico 2019/2020, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas durante el curso citado, con la prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el que cometió la falta.

Exp. 165/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar al autor/a responsable de una falta disciplinaria leve por “hechos que puedan causar perturbación en el orden o disciplina académicos”, imponiéndole la corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Sociología del Género” y de convocatoria del Curso Académico 2019/2020, dejando sin efecto las calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como circunstancia agravante.

Exp. 271/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar a autor/a responsable de una falta disciplinaria leve, y le imponga la corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Sociología General” y de convocatoria del Curso Académico 2019/2020, dejando sin efecto las calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como circunstancia agravante.

 

Estudiantes de la FACULTAD DE EDUCACIÓN

E.D. 171/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a disciplinariamente responsable de falta grave, tipificada en el artículo 5º a) 5ª del Reglamento de Disciplina Académica, imponiéndole la sanción de expulsión de un año del centro en el curso 2020/2021, que, a su vez, conlleva la pérdida de todas las asignaturas que tuviera matriculadas durante el curso 2019/2020 en que se cometió la falta, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas y la pérdida de convocatoria durante el curso citado.

 

Estudiantes de la FACULTAD DE PSICOLOGÍA

E.D.274/19

ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a disciplinariamente responsable de la comisión de una falta “menos grave”, tipificada en el artículo 5º b) 1ª del Reglamento de Disciplina Académica, a corregir con la sanción de pérdida de matrícula en las siguientes asignaturas: “Fundamentos de Investigación”; “Psicología del Desarrollo I” y “Psicología del Aprendizaje” en todas las convocatorias del curso académico 2018-2019, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas en las mismas durante el Curso citado, con la prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el que cometió la falta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Disciplina Académica.

Exp. 009/21

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar autor/a responsable de una falta disciplinaria leve por “hechos que puedan causar perturbación en el orden o disciplina académicos”, imponiéndole la corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Evaluación Psicológica” y de convocatoria del Curso Académico 2020/2021, dejando sin efecto las calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como circunstancia agravante.

 

Estudiantes de la FACULTAD DE GEOGRAFÍA E HISTORIA

E.D. 161/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO, en uso de las facultades que tiene legalmente conferidas, considerar al autor/a, estudiante de la Facultad de Geografía e Historia (Grado en Geografía e Historia) de la Universidad Nacional a Distancia, es autor disciplinariamente responsable de una falta grave, tipificada en el artículo 5º a) 3ª del Reglamento de Disciplina Académica, que se sancionará con la expulsión de un año del centro del curso 2020/2021, que, a su vez, conlleva la pérdida de todas las asignaturas que tuviera matriculadas durante el curso 2019/2020 en que se cometió la falta, que deberá materializarse en dejar sin efecto las calificaciones obtenidas y la pérdida de convocatoria durante el curso citado, con la prohibición de trasladar el expediente académico dentro del año escolar en el que cometió la falta.

Exp. 277/20

ESTE RECTORADO HA RESUELTO: en uso de las atribuciones que tiene conferidas, considerar al autor/a responsable de una falta disciplinaria leve por “hechos que puedan causar perturbación en el orden o disciplina académicos”, imponiéndole la corrección de pérdida de matrícula en la asignatura “Historia Medieval de España II (S. XIV y XV)” y de convocatoria del Curso Académico 2019/2020, dejando sin efecto las calificaciones obtenidas en la misma en el citado Curso. Con el apercibimiento de que en el supuesto de reincidencia se apreciará ésta como circunstancia agravante.

 

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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA

4.-     Resolución de 16 de abril de 2021 del Rector de la UNED, por la que se convocan tres contratos predoctorales financiados por el Banco Santander

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

 

En consonancia con el compromiso y el apoyo permanentes del Banco Santander con las instituciones de educación superior e investigación para su ampliación, mejora, renovación y modernización, así como para la puesta en valor de su dimensión emprendedora en beneficio de los estudiantes y, en definitiva, de toda la sociedad a través de la integración de los universitarios en sus estructuras, un año más se convocan las presentes ayudas, de acuerdo con las bases que se describen a continuación:

 

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de tres contratos predoctorales, con la finalidad de promover la continuidad de los estudios de doctorado desarrollados actualmente por los beneficiaros de las ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio e investigadores predoctorales cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) convocadas por la Comunidad de Madrid, que estén además matriculados en alguno de los Programa de Doctorado impartidos por la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED (en adelante, EIDUNED).

Esta iniciativa pretende evitar el abandono de los estudios de doctorado de estos estudiantes una vez dejen de percibir las ayudas que les fueron concedidas en el marco de la citada convocatoria de la Comunidad de Madrid, fomentando la terminación de sus estudios y la conclusión de sus tesis doctorales.

 

2. DIRECTOR DEL CONTRATO Y CENTRO DE APLICACIÓN

2.1. Los contratos tendrán un director al que corresponderá la responsabilidad general de coordinación y orientación tanto académica como investigadora de los beneficiarios y, en particular, la responsabilidad del seguimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y del cumplimiento del objeto de las ayudas concedidas. El director de los contratos podrá designar un tutor que colabore en el seguimiento del proyecto de investigación que desarrollen los beneficiarios.

2.2. El tutor deberá ser Doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un Departamento de una Facultad o Escuela Técnica Superior (ETS) de la UNED, y ser profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED. La figura del tutor podrá coincidir con la del director de tesis.

2.3. El centro de aplicación de la ayuda será el Departamento de la UNED al que pertenezca el director de la ayuda.

2.4. Ningún tutor ni director de tesis podrá participar en el proceso de valoración y selección de la solicitud que avala.

 

3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

3.1. Podrán ser solicitantes todos aquellos beneficiaros de las ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio e investigadores predoctorales cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) convocadas por la Comunidad de Madrid, cuyos contratos vayan a finalizar durante el 2021. Además, los solicitantes deberán estar matriculados en alguno de los Programas de Doctorado impartidos por la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED en el curso académico 2020-2021, debiendo cumplir ambos requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.2. No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante más de 3 años de un contrato, beca o ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.

3.3. Haber finalizado al menos uno de los estudios universitarios que dan acceso al doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo 6 del RD 99/2011, con posterioridad a 1 de enero de 2011.

3.4. No podrán participar de esta convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor o estén en disposición legal para la obtención del mismo. Los solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida oficialmente podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La solicitud será valorada por UNIDIS que emitirá informe técnico preceptivo recomendando, en su caso y con carácter excepcional, la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.

 

4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

4.1. Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria financiarán un contrato de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

4.2. El periodo de duración del contrato predoctoral será de un año con dedicación a tiempo completo, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado antes en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones, descritas en la Base 7ª de esta convocatoria.

4.3. Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el tiempo no podrá ser superior a seis años. No se concederá una ayuda si ésta va a tener una duración inferior a un año.

4.4. No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.

4.5. En el caso de que, en el contrato celebrado al amparo de esta convocatoria, se produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento durante el período de duración del mismo, se podrá solicitar la interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al tiempo de la suspensión. El período en el que se produzca la interrupción se verá ampliado por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción, a los efectos contemplados en esta convocatoria.

 

5. DERECHOS DEL BENEFICIARIO

5.1. El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes derechos:

        Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.

        Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.

        Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.

5.2. Asimismo, podrá colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas por curso académico en tareas docentes, previo acuerdo entre el director de la ayuda y el director de la unidad donde realice la colaboración. No obstante, no podrá formar parte de equipos docentes ni tribunales de pruebas presenciales. La colaboración en tareas docentes le será reconocida por la correspondiente certificación de la unidad donde realizó la colaboración.

5.3. En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de las ayudas, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ella.

 

6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

6.1. La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. El beneficiario tendrá las siguientes obligaciones específicas:

        Incorporarse al Centro de aplicación y a las tareas de investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.

        Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser residente en el momento de la incorporación.

        Realizar las labores objeto del contrato predoctoral, con un mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, a criterio de la Dirección de la ayuda.

        Estar matriculado en uno de los Programas de Doctorado de la EIDUNED que se relacionan en la Base 3.ª 1, durante la vigencia de la ayuda.

        Cumplir con aprovechamiento su participación en el proyecto de investigación.

        Elaborar, siguiendo las pautas que establezca la Dirección, en las fechas que ésta establezca, informes de la labor realizada y resultados obtenidos, memorias y demás documentos. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la no percepción de la ayuda.

        La Dirección de la ayuda podrá autorizar ausencias temporales para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.

        Comunicar por escrito a la Dirección cualquier causa de incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.

        Comunicar por escrito a la Dirección la renuncia al contrato predoctoral concedido con 15 días hábiles de antelación a la fecha en que vaya a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos del proyecto en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la fecha en que se produzca.

        En todas las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades e investigaciones realizadas durante el periodo de disfrute del contrato predoctoral se hará referencia explícita a su condición de investigador predoctoral UNED-SANTANDER del Centro de aplicación, proyecto mencionado en la Base 1.ª.

        Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

        Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica la obtención del grado de doctor en los dos días laborables siguientes a su obtención.

        Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la Universidad en cuanto a la dedicación, funciones que debe desempeñar, horarios y vacaciones.

        Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

 

7. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO

7.1. De manera general, tendrán las siguientes obligaciones:

        Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.

        Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ésta.

        Las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

 

8. DOTACIÓN Y PAGO

8.1. La cuantía total de cada ayuda será de 25.000 euros a pagar en 12 meses, cantidad en la que se incluyen todos los conceptos y costes asociados a la contratación de los beneficiarios, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social.

8.2. El primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación.

8.3. Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que se esté de alta.

8.4. El adjudicatario de la ayuda se beneficiará de los derechos que de ella se deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de su incorporación.

8.5. Los efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de su finalización se hará con efectos del último día que figure en el contrato siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a percibir en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.

8.6. Los contratos en el marco de esta convocatoria se abonarán por parte de la universidad en cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del beneficiario de la ayuda.

8.7. La concesión y disfrute de este contrato predoctoral, en ningún caso, supondrá compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la UNED.

 

9. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

9.1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de la presente convocatoria.

9.2. Las solicitudes y la documentación que se señala a continuación se presentarán dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED a través de Registro electrónico (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ) mediante cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de las distintas Administraciones Públicas, que puedan enviar asientos a través de SIR. Igualmente, podrá presentarlas en las oficinas de Correos, a través del Servicio de Registro electrónico para las Administraciones Publicas ORVE.

9.3. Será requisito imprescindible para permitir la participación en la convocatoria que los candidatos se inscriban, además, de manera obligatoria en la página web:

https://app.becas-santander.com/es/program/becas-santander-investigacion-contratos-predoctorales-de-continuidad-uned  

9.4. La no inscripción de los candidatos en la citada web implicará su exclusión de la convocatoria.

9.5. El impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria (Anexo I), debidamente cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en formato PDF:

        Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y residencia en España.

        Certificación académica personal, con inclusión de todas las calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes de estudios renovados, el número de créditos que corresponden, a excepción de los estudios cursados en la UNED.

        En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES, la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/203615/ficha.html    

        Currículum Vitae, según el modelo que se adjunta como Anexo II de esta convocatoria.

        Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de la valoración.

        A los efectos de la aplicación de lo establecido en las Bases 3ª.2. y 4ª.3. de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella información relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la apertura del correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la legislación vigente.

        Breve memoria, con una extensión de entre dos y cinco páginas, debidamente firmadas, explicando el interés en optar a la ayuda.

9.6. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual, de no aportarla por los cauces establecidos en la Base 10.ª 2, no será objeto de valoración por la Comisión de Selección.

 

10. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS

10.1. La Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros o personas en quien deleguen:

        Presidenta: Vicerrectora de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED.

        Vocal: Directora de la EIDUNED.

        Secretaria: Jefa del Área de Investigación, Transferencia; Divulgación Científica y RRII de la UNED.

10.2. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, el proceso de selección se realizará conforme a los siguientes criterios:

Nota media del expediente académico universitario.

Hasta 30 puntos.

Actividad investigadora (publicaciones, participación en proyectos, asistencia a congresos).

Hasta 25 puntos.

Titulaciones obtenidas en la UNED.

Hasta 5 puntos.

Premio extraordinario de fin de carrera.

Hasta 5 puntos.

Conocimiento de idiomas.

Hasta 15 puntos.

Entrevista personal.

Hasta 20 puntos.

 

La Comisión de Selección podrá dejar desierta la ayuda convocada en el caso de que ninguno de los candidatos obtuviera la puntuación mínima de 50 puntos de acuerdo con los criterios establecidos en el punto anterior.

 

11. RESOLUCIÓN

La resolución de la adjudicación de la ayuda se dictará en un plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el BICI de la UNED.

Las solicitudes no incluidas en la resolución de la convocatoria se entenderán denegadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

12. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES

El disfrute de este contrato es incompatible con cualquier otro contrato o ayuda de análoga naturaleza de carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se derive de la naturaleza de ésta.

 

13. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

Se considerará renuncia la no incorporación del candidato seleccionado en el plazo de 2 meses tras la firma del contrato, la no reincorporación tras una interrupción justificada y las solicitadas a instancia de los beneficiarios con, al menos, 10 días hábiles de antelación.

La renuncia a la ayuda deberá ser comunicada por el beneficiario al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, acompañadas de la documentación justificativa que en cada caso se requiera.

 

14. INCUMPLIMIENTOS

El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes.

 

15. RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con legislación aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.

Estos datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.

En cualquier momento podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED.

Madrid, 16 de abril de 2021. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 16 de octubre de 2020; BOE 292, de 5 de noviembre de 2020). LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, D.ª Rosa María Martín Aranda.

 

·         ANEXO I (IMPRESO DE SOLICITUD).

·         ANEXO II (MODELO DE CURRICULUM).

 

http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.-     Resolución de 16 de abril de 2021 del Rector de la UNED, por la que se convoca un contrato predoctoral en el marco de la Cátedra Internacional de Hermenéutica Crítica-HERCRITIA, financiado por el Banco Santander

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

 

En consonancia con el compromiso y el apoyo permanentes del Banco Santander con las instituciones de educación superior e investigación para su ampliación, mejora, renovación y modernización, así como para la puesta en valor de su dimensión emprendedora en beneficio de los estudiantes y, en definitiva, de toda la sociedad a través de la integración de los universitarios en sus estructuras, un año más se convoca la presente ayuda en el marco de la Cátedra HERCRITIA, de acuerdo con las bases que se recogen a continuación:

 

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de un contrato predoctoral enmarcado en la Cátedra Internacional de Hermenéutica Crítica-HERCRITIA. En concreto, esta convocatoria tiene como finalidad principal la formación en investigación científica y técnica de un titulado universitario matriculado en el Programa de Doctorado de Filosofía impartido por la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED (en adelante EIDUNED), que esté desarrollando un proyecto de tesis vinculado con las líneas de investigación de HERCRITIA.

 

2. DIRECTOR DEL CONTRATO Y CENTRO DE APLICACIÓN

2.1. El Centro de aplicación del contrato será la Cátedra Internacional HERCRITIA, recayendo la dirección del contrato en su Investigadora Principal, quien tendrá la responsabilidad general de coordinación y orientación, tanto académica como investigadora, del beneficiario/a y, en particular, la responsabilidad del seguimiento de las obligaciones del adjudicatario/a y del cumplimiento del objeto de la ayuda concedida.

2.2. La dirección del contrato podrá designar un tutor que colabore en el seguimiento del proyecto de investigación que desarrolle el beneficiario/a. El tutor deberá ser Doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un Departamento de una Facultad o Escuela Técnica Superior (ETS) de la UNED, y ser profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED. La figura del tutor podrá coincidir con la del director de tesis.

2.3. Ningún tutor ni director de tesis podrá participar en el proceso de valoración y selección de la solicitud que avala.

 

3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

3.1. Podrán ser solicitantes todos aquellos estudiantes que estén matriculados en el curso académico 2020-2021 en el Programa de Doctorado de Filosofía impartido por la EIDUNED y que estén desarrollando sus tesis doctorales en campos incluidos en las líneas de investigación de HERCRITIA, debiendo cumplir este requisito a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.2. No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante más de 3 años de un contrato, beca o ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.

3.3. Haber finalizado al menos uno de los estudios universitarios que dan acceso al doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo 6 del RD 99/2011, con posterioridad a 1 de enero de 2011.

3.4. No podrán participar de esta convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor o estén en disposición legal para la obtención del mismo. Los solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida oficialmente podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La solicitud será valorada por UNIDIS que emitirá informe técnico preceptivo recomendando, en su caso y con carácter excepcional, la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.

 

4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

4.1. La ayuda que se conceda al amparo de esta convocatoria financiará un contrato de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

4.2. El periodo de duración del contrato predoctoral será de un año con dedicación a tiempo completo, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado antes en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones, descritas en la Base 7.ª de esta convocatoria.

4.3. Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el tiempo no podrá ser superior a seis años. No se concederá una ayuda si ésta va a tener una duración inferior a un año.

4.4. No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.

4.5. En el caso de que, en el contrato celebrado al amparo de esta convocatoria, se produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento durante el período de duración del mismo, se podrá solicitar la interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al tiempo de la suspensión. El período en el que se produzca la interrupción se verá ampliado por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción, a los efectos contemplados en esta convocatoria.

 

5. DERECHOS DEL BENEFICIARIO

5.1. El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes derechos:

        Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.

        Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.

        Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.

5.2. Asimismo, podrá colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas por curso académico en tareas docentes, previo acuerdo entre el director de la ayuda y el director de la unidad donde realice la colaboración. No obstante, no podrá formar parte de equipos docentes ni tribunales de pruebas presenciales. La colaboración en tareas docentes le será reconocida por la correspondiente certificación de la unidad donde realizó la colaboración.

5.3. En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de la ayuda, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ella.

 

6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

6.1. La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. El beneficiario/a tendrá las siguientes obligaciones específicas:

        Incorporarse al centro de aplicación y a las tareas de investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.

        Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser residente en el momento de la incorporación.

        Realizar las labores objeto del contrato predoctoral, con un mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, a criterio de la Dirección de la ayuda.

        Estar matriculado en el Programa de Doctorado de la EIDUNED que se relaciona en la Base 3.ª 1., durante la vigencia de la ayuda.

        Cumplir con aprovechamiento su participación en el proyecto de investigación.

        Elaborar, siguiendo las pautas que establezca la Dirección, en las fechas que ésta establezca, informes de la labor realizada y resultados obtenidos, memorias y demás documentos. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la no percepción de la ayuda.

        La Dirección de la ayuda podrá autorizar ausencias temporales para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.

        Comunicar por escrito a la Dirección cualquier causa de incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.

        Comunicar por escrito a la Dirección la renuncia al contrato predoctoral concedido con 15 días hábiles de antelación a la fecha en que vaya a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos del proyecto en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la fecha en que se produzca.

        En todas las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades e investigaciones realizadas durante el periodo de disfrute del contrato predoctoral se hará referencia explícita a su condición de investigador predoctoral UNED-SANTANDER del Centro de aplicación, proyecto mencionado en la Base 1.ª.

        Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

        Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica la obtención del grado de doctor en los dos días laborables siguientes a su obtención.

        Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la Universidad en cuanto a la dedicación, funciones que debe desempeñar, horarios y vacaciones.

        Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

 

7. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO

7.1. De manera general, tendrán las siguientes obligaciones:

        Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.

        Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ésta.

        Las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

 

8. DOTACIÓN Y PAGO

8.1. La cuantía total de la ayuda será de 25.000 euros a pagar en 12 mensualidades, cantidad en la que se incluyen todos los conceptos y costes asociados a la contratación de los beneficiarios, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social.

8.2. El primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación.

8.3. Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que se esté de alta.

8.4. El adjudicatario/a de la ayuda se beneficiará de los derechos que de ella se deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de su incorporación.

8.5. Los efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de su finalización se hará con efectos del último día que figure en el contrato siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a percibir en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.

8.6. Los contratos en el marco de esta convocatoria se abonarán por parte de la universidad en cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del beneficiario de la ayuda.

8.7. La concesión y disfrute de este contrato predoctoral, en ningún caso, supondrá compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la UNED.

 

9. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

9.1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de la presente convocatoria.

9.2. Las solicitudes y la documentación que se señala a continuación se presentarán dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED a través de Registro electrónico (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ), mediante cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de las distintas Administraciones Públicas, que puedan enviar asientos a través de SIR. Igualmente, podrá presentarlas en las oficinas de Correos, a través del Servicio de Registro electrónico para las Administraciones Publicas ORVE.

9.3. Será requisito imprescindible para permitir la participación en la convocatoria que los candidatos se inscriban, además, de manera obligatoria en la página web:

https://app.becas-santander.com/es/program/becas-santander-investigacion-contrato-catedra-hercritia-uned  

9.4. La no inscripción de los candidatos en la citada web implicará su exclusión de la convocatoria.

9.5. El impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria (Anexo I), debidamente cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en formato PDF:

        Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y residencia en España.

        Certificación académica personal, con inclusión de todas las calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes de estudios renovados, el número de créditos que corresponden, a excepción de los estudios cursados en la UNED.

        En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES, la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/203615/ficha.html   

        Currículum Vitae, según el modelo que se adjunta como Anexo II de esta convocatoria.

        Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de la valoración.

        A los efectos de la aplicación de lo establecido en las Bases 3.ª 2. y 4.ª 3. de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella información relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la apertura del correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la legislación vigente.

        Breve memoria, con una extensión de entre dos y cinco páginas, debidamente firmadas, explicando el interés en optar a la ayuda.

9.6. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual, de no aportarla por los cauces establecidos en la Base 10.ª 2, no será objeto de valoración por la Comisión de Selección.

 

10. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS

10.1. La Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros o personas en quien deleguen:

        Presidenta: Vicerrectora de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED.

        Vocal: Investigadora Principal de la Cátedra Hercritia.

        Secretaria: Jefa del Área de Investigación, Transferencia, Divulgación Científica y RRII de la UNED.

10.2. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, el proceso de selección se realizará conforme a los siguientes criterios:

Nota media del expediente académico universitario.

Hasta 30 puntos.

Actividad investigadora (publicaciones, participación en proyectos, asistencia a congresos).

Hasta 25 puntos.

Titulaciones obtenidas en la UNED.

Hasta 5 puntos.

Premio extraordinario de fin de carrera.

Hasta 5 puntos.

Conocimiento de idiomas.

Hasta 15 puntos.

Entrevista personal.

Hasta 20 puntos.

 

La Comisión de Selección podrá dejar desierta la ayuda convocada en el caso de que ninguno de los candidatos obtuviera la puntuación mínima de 50 puntos de acuerdo con los criterios establecidos en el punto anterior.

 

11. RESOLUCIÓN

La resolución de la adjudicación de la ayuda se dictará en un plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el BICI de la UNED.

Las solicitudes no incluidas en la resolución de la convocatoria se entenderán denegadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

12. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES

El disfrute de este contrato es incompatible con cualquier otro contrato o ayuda de análoga naturaleza de carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se derive de la naturaleza de ésta.

 

13. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

Se considerará renuncia la no incorporación del candidato seleccionado en el plazo de 2 meses tras la firma del contrato, la no reincorporación tras una interrupción justificada y las solicitadas a instancia de los beneficiarios con, al menos, 10 días hábiles de antelación.

La renuncia a la ayuda deberá ser comunicada por el beneficiario al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, acompañadas de la documentación justificativa que en cada caso se requiera.

 

14. INCUMPLIMIENTOS

El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes.

 

15. RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo contado desde el día siguiente de su publicación, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con legislación aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.

Estos datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.

En cualquier momento podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED.

Madrid, 16 de abril de 2021. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 16 de octubre de 2020; BOE 292, de 5 de noviembre de 2020). LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, D.ª Rosa María Martín Aranda.

 

·         ANEXO I (IMPRESO DE SOLICITUD).

·         ANEXO II (MODELO DE CURRICULUM).

 

http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.-     Resolución de 15 de abril de 2021, del Rector de la UNED, por la que se convocan cinco contratos predoctorales para el desarrollo de tesis doctorales en la UNED

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

 

En consonancia con el compromiso y el apoyo permanentes del Banco Santander con las instituciones de educación superior e investigación para su ampliación, mejora, renovación y modernización, así como para la puesta en valor de su dimensión emprendedora en beneficio de los estudiantes y, en definitiva, de toda la sociedad a través de la integración de los universitarios en sus estructuras, un año más se convocan las presentes ayudas, de acuerdo con las bases que se describen a continuación:

 

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de cinco contratos predoctorales con la finalidad principal de promover la formación en investigación científica y técnica de titulados universitarios matriculados en alguno de los Programas de Doctorado impartidos por la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED (en adelante EIDUNED).

 

2. DIRECTOR DEL CONTRATO Y CENTRO DE APLICACIÓN

2.1. El contrato tendrá un director al que corresponderá la responsabilidad general de coordinación y orientación tanto académica como investigadora del beneficiario y, en particular, la responsabilidad del seguimiento de las obligaciones del adjudicatario y del cumplimiento del objeto de la ayuda concedida. El director del contrato podrá designar un tutor que colabore en el seguimiento del proyecto de investigación que desarrolle el beneficiario.

2.2. El tutor deberá ser Doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un Departamento de una Facultad o Escuela Técnica Superior (ETS) de la UNED, y ser profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED. La figura del tutor podrá coincidir con la del director de tesis.

2.3. El centro de aplicación de la ayuda será el Departamento de la UNED al que pertenezca el director de la ayuda.

2.4. Ningún tutor ni director de tesis podrá participar en el proceso de valoración y selección de la solicitud que avala.

 

3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

3.1. Podrán ser solicitantes todos aquellos estudiantes que estén matriculados en el curso académico 2020-2021 en alguno de los Programa de Doctorado impartidos por la EIDUNED.

3.2. No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante más de 3 años de un contrato, beca o ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.

3.3. Haber finalizado al menos uno de los estudios universitarios que dan acceso al doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo 6 del RD 99/2011, con posterioridad a 1 de enero de 2011.

3.4. No podrán participar de esta convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor o estén en disposición legal para la obtención del mismo. Los solicitantes con discapacidad igual o superior al 33% reconocida oficialmente podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La solicitud será valorada por UNIDIS que emitirá informe técnico preceptivo recomendando, en su caso y con carácter excepcional, la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.

 

4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

4.1. Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria financiarán un contrato de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

4.2. El periodo de duración del contrato predoctoral será de un año con dedicación a tiempo completo, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado antes en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones, descritas en la Base 7.ª de esta convocatoria.

4.3. Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el tiempo no podrá ser superior a seis años. No se concederá una ayuda si ésta va a tener una duración inferior a un año.

4.4. No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.

4.5. En el caso de que, en el contrato celebrado al amparo de esta convocatoria, se produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento durante el período de duración del mismo, se podrá solicitar la interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al tiempo de la suspensión. El período en el que se produzca la interrupción se verá ampliado por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción, a los efectos contemplados en esta convocatoria.

 

5. DERECHOS DEL BENEFICIARIO

5.1. El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes derechos:

        Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.

        Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.

        Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.

5.2. Asimismo, podrá colaborar con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas por curso académico en tareas docentes, previo acuerdo entre el director de la ayuda y el director de la unidad donde realice la colaboración. No obstante, no podrá formar parte de equipos docentes ni tribunales de pruebas presenciales. La colaboración en tareas docentes le será reconocida por la correspondiente certificación de la unidad donde realizó la colaboración.

5.3. En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de las ayudas, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ella.

 

6. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

6.1. La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. El beneficiario tendrá las siguientes obligaciones específicas:

        Incorporarse al Centro de aplicación y a las tareas de investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.

        Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser residente en el momento de la incorporación.

        Realizar las labores objeto del contrato predoctoral, con un mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, a criterio de la Dirección de la ayuda.

        Estar matriculado en uno de los Programas de Doctorado de la EIDUNED que se relacionan en la Base 3.ª 1., durante la vigencia de la ayuda.

        Cumplir con aprovechamiento su participación en el proyecto de investigación.

        Elaborar, siguiendo las pautas que establezca la Dirección, en las fechas que ésta establezca, informes de la labor realizada y resultados obtenidos, memorias y demás documentos. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la no percepción de la ayuda.

        La Dirección de la ayuda podrá autorizar ausencias temporales para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.

        Comunicar por escrito a la Dirección cualquier causa de incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.

        Comunicar por escrito a la Dirección la renuncia al contrato predoctoral concedido con 15 días hábiles de antelación a la fecha en que vaya a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos del proyecto en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la fecha en que se produzca.

        En todas las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades e investigaciones realizadas durante el periodo de disfrute del contrato predoctoral se hará referencia explícita a su condición de investigador predoctoral UNED-SANTANDER del Centro de aplicación, proyecto mencionado en la Base 1.ª.

        Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

        Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica la obtención del grado de doctor en los dos días laborables siguientes a su obtención.

        Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la Universidad en cuanto a la dedicación, funciones que debe desempeñar, horarios y vacaciones.

        Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

 

7. OBLIGACIONES DEL CENTRO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO

7.1. De manera general, tendrán las siguientes obligaciones:

        Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.

        Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ésta.

        Las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

 

8. DOTACIÓN Y PAGO

8.1. La cuantía total de cada ayuda será de 25.000 euros a pagar en 12 meses, cantidad en la que se incluyen todos los conceptos y costes asociados a la contratación de los beneficiarios, incluida la cuota patronal de la Seguridad Social.

8.2. El primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación.

8.3. Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que se esté de alta.

8.4. El adjudicatario de la ayuda se beneficiará de los derechos que de ella se deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de su incorporación.

8.5. Los efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de su finalización se hará con efectos del último día que figure en el contrato siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a percibir en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.

8.6. Los contratos en el marco de esta convocatoria se abonarán por parte de la universidad en cuenta abierta en el Banco Santander a nombre del beneficiario de la ayuda.

8.7. La concesión y disfrute de este contrato predoctoral, en ningún caso, supondrá compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la UNED.

 

9. FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

9.1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BICI de la UNED de la presente convocatoria.

9.2. Las solicitudes y la documentación que se señala a continuación se presentarán dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED a través de Registro electrónico (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ), mediante cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de las distintas Administraciones Públicas, que puedan enviar asientos a través de SIR. Igualmente, podrá presentarlas en las oficinas de Correos, a través del Servicio de Registro electrónico para las Administraciones Publicas ORVE.

9.3. Será requisito imprescindible para permitir la participación en la convocatoria que los candidatos se inscriban, además, de manera obligatoria en la página web:

http://www.becas-santander.com/program/predoctoralesUNED

9.4. La no inscripción de los candidatos en la citada web implicará su exclusión de la convocatoria.

9.5. El impreso de solicitud que se adjunta a esta convocatoria (Anexo I), debidamente cumplimentado, deberá ir acompañado de los siguientes documentos en formato PDF:

        Fotocopia del DNI o NIE. Los ciudadanos de otros países presentarán fotocopia de los documentos que acrediten su nacionalidad y residencia en España.

        Certificación académica personal, con inclusión de todas las calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes de estudios renovados, el número de créditos que corresponden, a excepción de los estudios cursados en la UNED.

        En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES, la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/general/educacion/203615/ficha.html    

        Currículum Vitae, según el modelo que se adjunta como Anexo II de esta convocatoria.

        Certificados acreditativos de todos los méritos incluidos en el CV, a efectos de ser tenidos en cuenta en el baremo de la valoración.

        A los efectos de la aplicación de lo establecido en las Bases 3.ª 2. y 4.ª 3. de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella información relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la apertura del correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la legislación vigente.

        Breve memoria, con una extensión de entre dos y cinco páginas, debidamente firmadas, explicando el interés en optar a la ayuda.

9.6. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentase errores subsanables, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o aporte la documentación preceptiva, transcurrido el cual, de no aportarla por los cauces establecidos en la Base 10.ª 2, no será objeto de valoración por la Comisión de Selección.

 

10. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS

10.1. La Comisión de Selección estará constituida por los siguientes miembros o personas en quien deleguen:

        Presidenta: Vicerrectora de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica de la UNED.

        Vocal: Directora de la EIDUNED.

        Secretaria: Jefa del Área de Investigación, Transferencia, Divulgación Científica y RRII de la UNED.

10.2. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, el proceso de selección se realizará conforme a los siguientes criterios:

Nota media del expediente académico universitario.

Hasta 30 puntos.

Actividad investigadora (publicaciones, participación en proyectos, asistencia a congresos).

Hasta 25 puntos.

Titulaciones obtenidas en la UNED.

Hasta 5 puntos.

Premio extraordinario de fin de carrera.

Hasta 5 puntos.

Conocimiento de idiomas.

Hasta 15 puntos.

Entrevista personal.

Hasta 20 puntos.

 

La Comisión de Selección podrá dejar desierta la ayuda convocada en el caso de que ninguno de los candidatos obtuviera la puntuación mínima de 50 puntos de acuerdo con los criterios establecidos en el punto anterior.

 

11. RESOLUCIÓN

La resolución de la adjudicación de la ayuda se dictará en un plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha resolución se publicará en el BICI de la UNED.

Las solicitudes no incluidas en la resolución de la convocatoria se entenderán denegadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

12. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES

El disfrute de este contrato es incompatible con cualquier otro contrato o ayuda de análoga naturaleza de carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se derive de la naturaleza de ésta.

 

13. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

Se considerará renuncia la no incorporación del candidato seleccionado en el plazo de 2 meses tras la firma del contrato, la no reincorporación tras una interrupción justificada y las solicitadas a instancia de los beneficiarios con, al menos, 10 días hábiles de antelación.

La renuncia a la ayuda deberá ser comunicada por el beneficiario al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, acompañadas de la documentación justificativa que en cada caso se requiera.

 

14. INCUMPLIMIENTOS

El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes Bases y demás normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes.

 

15. RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo desde el día siguiente de su publicación, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

16. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con legislación aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.

Estos datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.

En cualquier momento podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED.

Madrid, 15 de abril de 2021. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 16 de octubre de 2020; BOE 292, de 5 de noviembre de 2020). LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, D.ª Rosa María Martín Aranda.

 

·         ANEXO I (IMPRESO DE SOLICITUD).

·         ANEXO II (MODELO DE CURRICULUM).

 

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VICERRECTORADO DE INTERNACIONALIZACIÓN

7.-     Resolución rectoral en relación con la convocatoria de Becas Santander Erasmus XL para el próximo curso 2021-22

 

Área de Movilidad

Resolución rectoral de 21 de abril de 2021 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que:

1.º- Se acuerda hacer pública la lista definitiva de estudiantes seleccionados, en el marco de la convocatoria Santander Erasmus XL para el curso 2021-2022, financiada por el Banco Santander, según los criterios de la base 8ª apartado 5 de la convocatoria anunciada en el BICI nº 13 de 11 de enero de 2021, mediante resolución rectoral de esa misma fecha.

2.º- La propuesta de adjudicación de becas por orden de prelación es la siguiente:

ESTUDIANTES SELECCIONADOS:

DNI

Apellidos

Nombre

Área de estudios

Plaza adjudicada

Beca concedida

Nota media

criterio de adjudicación

***810***

Soriano Rodríguez

Inmaculada

Grado en Turismo

Cardinal Stefan Wyszyñski University In Warsaw

2.000,00 €

8,5

8.5.a)

***593***

Gil Falcon

Juan Carlos

Grado en Derecho

FernUniversität in Hagen

500,00 €

8,4

8.5.c)

***356***

Orellana Viñambres

David

Doctorado en Derecho

FernUniversität in Hagen

500,00 €

8,2

8.5.c)

***683***

Cantero Abad

Andrea

Grado en Turismo

Lazarski University

2.000,00 €

8,1

8.5.a)

 

ESTUDIANTES SUPLENTES:

***059***

Lafuente Ojeda

Estela

Grado en Criminología

Università degli Studi di Verona

8,04

***463***

Díaz Fernández

José David

Grado en Economía

Lazarski University

8

 ***009***

Ortiz Vaca

Miguel

Grado en Sociología

MARIA CURIE-SKLODOWSKA UNIVERSITY

8

***579***

Blanco Fernández Pérez

Christian

Máster de Filosofía Teórica y Práctica

Friedrich-Schiller-Universität Jena, Institut für Philosophie

7,93

***563***

Pedraza Hinojosa

Patricia

Grado en Filosofía

Université Toulouse-Jean Jaures (TOULOUSE II) Le Mirail

7,8

***371***

Letran Ruiz

Eyla

Grado en Trabajo Social

University of Warsaw

7,75

 ***686***

Etxegia Lizaso

Itziar

Grado en Historia del Arte

Université Paris Ouest Nanterre La Défense

7,7

***462***

Martos Sánchez

Enrique

Grado en Derecho

Josip Juraj Strossmayer University of Osijek- Unios

7,66

 

*Los estudiantes seleccionados recibirán las instrucciones para recibir el importe de la ayuda complementaria.

3.º- Esta resolución se publicará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI).

4.º- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector Magnífico, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 21 de abril de 2021.EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 16 de octubre de 2020, BOE n.º 292 de 5 de noviembre de 2020). LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN, D.ª Laura Alba Juez.

 

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VICERRECTORADO DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

8.-     Convocatoria 6/2021 de concurso a plazas de profesorado contratado en régimen laboral

Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador

 

Resolución de 21 de abril del Rectorado de la UNED, por la que se acuerda la Convocatoria 6/2021 de concurso a plazas de profesorado contratado en régimen laboral. Las bases de la Convocatoria, así como la relación de plazas convocadas y el modelo de solicitud están disponibles en la página web:

http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,671025,93_20552587&_dad=portal&_schema=PORTAL

 

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VICERRECTORADO DE FORMACIÓN PERMANENTE PARA EL DESEMPEÑO PROFESIONAL Y DESARROLLO SOCIAL

9.-     Publicación de la relación provisional de Cursos de Formación Permanente de la convocatoria 2021/2022

Vicerrectorado de Formación Permanente para el Desempeño Profesional y Desarrollo Social

 

La relación provisional de Cursos de Formación Permanente de la convocatoria 2021/22 se encuentra publicada en la página web del Vicerrectorado de Formación Permanente, para conocimiento de la comunidad universitaria.

Se establece un periodo de alegaciones de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta nota en el BICI, de acuerdo con el artículo 15.1 del Reglamento de Estudios de Educación Permanente.

 

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GERENCIA

10.-   Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Grupo I, nivel B, de la plantilla de personal laboral de administración y servicios, en la Asesoría Jurídica de la UNED

Sección PAS Laboral

 

Por Resolución rectoral de 25 de noviembre de 2019, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 5 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2019 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, prevista en el artículo 19.Uno.3.I) de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogada para el ejercicio 2019.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre); y, conforme al Acuerdo de la Comisión Paritaria de 5 de marzo de 2021, y lo dispuesto en el artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de Personal laboral de Administración y Servicios, por el sistema de promoción interna, en la Unidad de Asesoría Jurídica de la UNED, Grupo I, nivel B, con sujeción a las siguientes:

 

Bases de la convocatoria

 

Primera. Requisitos.

1.1. Podrán participar en proceso de promoción interna todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes, deberán estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario equivalente (Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales).

Los aspirantes deberán estar colegiados o en condiciones de colegiarse en un Colegio de Abogados español, a la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

Segunda. Solicitudes.

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante, BICI), por vía electrónica haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar como realizarlo en la ayuda Online interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/ .

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y, cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas), siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online lo siguiente:

-         Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

-         Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

-         El pago online de tasas.

-         El registro electrónico de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará, pulsando sobre el botón de “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “Asesoría Jurídica. Grupo I. Promoción Interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos contacto, Datos solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso dónde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 16 euros y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción on-line, tal y como se indica en la base 2.4 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a)       Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID . En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.

b)       Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID . En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.

c)       Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación, en aquellos casos en los que el aspirante no consienta la verificación de los datos, o habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.

2.4. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.- Datos contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico E-mail, y teléfonos de contacto.

3.- Datos solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 3.3 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si en el apartado 1. Datos personales ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33%.

Deberá indicar la titulación académica que reúne según la base 2.5 de la convocatoria, así como otros títulos académicos valorables en la convocatoria.

Deberá elegir la plaza por la que se presenta a la promoción interna.

4.- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

-    Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

-    Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización: dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

-    Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

-    Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

-    Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a.- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b.- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.- Resumen: En este apartado aparecerá los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos, y de ser correctos los mismos deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

 

Tercera. Admisión de aspirantes.

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, así como la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas, se publicarán en la página web de la Universidad.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados, no procederá la devolución de los derechos de examen.

 

Cuarta. Tribunal Calificador.

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en la base tercera del Anexo I de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es).

4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

 

Quinta. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo de 70 puntos y estará formada por dos ejercicios eliminatorios. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre el contenido del programa, siendo sólo una de ellas correcta. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.

Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos planteados por el Órgano de Selección relacionado con los temas del programa.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

5.2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

-         0,1 puntos por cada mes en la misma Unidad de adscripción de la plaza a la que concursa.

-         0,04 puntos por cada mes en distinta Unidad o Departamento.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

-         0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

-         0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

-         De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

-         De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

-         De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

-         De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

-         De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

-         De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.

 

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo.

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página Web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra “B” de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” del 24 de julio) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 21 de julio.

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta del candidato para la formalización del contrato a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas cuyo número supere al de plazas convocadas.

6.7. Con carácter previo a la formalización de su contrato, el aspirante que haya superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombre, conforme a lo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

 

Séptima. Formalización de contratos e incorporación.

7.1. Aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que los aspirantes reúnen los requisitos el rectorado de la Universidad procederá a la formalización del contrato en la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrán derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

 

Octava. Norma final.

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

EL RECTOR, P. S. LA VICERRECTORA PRIMERA (art. 99.2 de los Estatutos de la UNED), D.ª Rosa María Martín Aranda.

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a plaza de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.

 

Primera. Descripción de la plaza.

Código plaza: LASJ0001.

Grupo profesional I, nivel B.

Adscripción: Asesoría Jurídica de UNED.

Funciones principales del puesto: Asesoramiento y asistencia jurídica a los órganos de gobierno de la Universidad. Defensa y representación de la Universidad ante los Tribunales y otras instituciones públicas o privadas.

Titulación académica exigida: Título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario equivalente (Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales).

Otros requisitos: Estar colegiado o en condiciones de colegiarse en un Colegio de Abogados español, a la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

 

Segunda. Programa.

1.       Fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La ley, sus clases. Decretos leyes y decretos legislativos. Los tratados internacionales. Los principios de reserva de ley, jerarquía normativa y competencia. La costumbre. Otras fuentes. La potestad reglamentaria. Especial referencia a las disposiciones de carácter general en la UNED.

2.       La Administración Pública: principios constitucionales informadores y la noción de Administración Pública en la Ley 39/2015 y en la Ley 40/2015. Personalidad jurídica de la UNED. El funcionamiento electrónico de la Administración. Especial referencia al funcionamiento electrónico en la UNED.

3.       El administrado: capacidad y situaciones jurídicas. Derechos públicos subjetivos e intereses legítimos: concepto y diferencias.

4.       El acto administrativo: concepto y elementos. La forma de los actos administrativos. La motivación, la notificación y la publicación. El silencio administrativo: su régimen jurídico. La ejecutividad de los actos administrativos. Fundamento y naturaleza. La ejecución forzosa por la administración de los actos administrativos: medios en nuestro derecho. Examen de la vía de hecho: sus consecuencias procesales.

5.       La invalidez del acto administrativo: nulidad y anulabilidad. Actos administrativos irregulares. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. La revisión de los actos administrativos. Procedimiento de revisión y declaración de lesividad. Revocación. Rectificación de errores materiales o de hecho.

6.       Los recursos administrativos, concepto y clases. Actos recurribles, legitimación, tramitación, órganos competentes. Especial referencia a los recursos y reclamaciones en el ámbito de la UNED.

7.       El procedimiento administrativo: su naturaleza y fines. Regulación legal: ámbito de aplicación de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios generales del procedimiento administrativo. Abstención y recusación. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común. Los procedimientos especiales.

8.       Iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento: la prueba. Participación de los interesados. Terminación: la resolución. Terminación convencional. Otros modos de terminación: desistimiento, renuncia y caducidad.

9.       La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Procedimiento general y procedimiento abreviado.

10.     Potestad sancionadora de la Administración: principios y procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

11.     Los Convenios y los protocolos generales de actuación.

12.     Contratos del Sector Público (I). Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y privados. Contratos excluidos, especial referencia a los encargos a medios propios. Perfección y formalización de los contratos. Régimen de invalidez de los contratos. El recurso especial en materia de contratación.

13.     Contratos del Sector Público (II) Las Partes en el contrato. Objeto, valor estimado, presupuesto y precio. Las garantías. Preparación de los contratos. Adjudicación de los contratos de las administraciones públicas. Normas generales y tipos de procedimientos. Racionalización técnica de la contratación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. La modificación de los contratos. Órganos competentes en materia de contratación: órganos de contratación, de asistencia y consultivos. Registros oficiales.

14.     El proceso civil (I). Las partes en el proceso civil. Cuestiones incidentales; supuestos; procedimiento para su tramitación. Actos de iniciación del proceso civil: la demanda; sus efectos. Actos de desarrollo del proceso civil.

15.     El proceso civil (II). La prueba; su objeto y valoración. Carga de la prueba. Disposiciones generales en materia de prueba. La prueba documental. Concepto de documento. Clases: los documentos públicos y privados. Valor probatorio. La presentación de documentos, dictámenes informes y otros medios o instrumentos. La práctica de la prueba documental. El interrogatorio de las partes. El interrogatorio de testigos. Especialidades aplicables a las administraciones públicas. El dictamen de peritos. El reconocimiento judicial. Otros medios de prueba. Las presunciones.

16.     El proceso civil (III). El juicio ordinario. Caracteres y procedimiento. El juicio verbal. Caracteres y procedimiento. Los procesos especiales.

17.     El proceso civil (IV). La sentencia. Sus efectos jurídicos: cosa juzgada formal y cosa juzgada material. Otras formas de terminación del proceso: renuncia, desistimiento, allanamiento, transacción, satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida de objeto. La suspensión del proceso. La caducidad. La ejecución forzosa. La ejecución dineraria. La ejecución no dineraria. Impugnación del proceso. Clases de recursos. El recurso de reposición. El recurso de apelación. El recurso de casación. Recurso en interés de ley. Recurso de queja. El recurso extraordinario por infracción procesal.

18.     El proceso contencioso-administrativo (I). Naturaleza de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Ámbito subjetivo y objetivo. Cuestiones prejudiciales. Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Competencia objetiva y territorial. Tratamiento procesal de la jurisdicción y competencia.

19.     El procedimiento en el recurso contencioso-administrativo (II). Examen del procedimiento ordinario. Capacidad, legitimación; representación y defensa de las partes. Objeto del recurso contencioso-administrativo: actividad administrativa impugnable. Pretensiones de las partes. Acumulación. Cuantía del recurso.

20.     Procedimiento contencioso-administrativo (III): Disposiciones generales sobre plazos. Medidas cautelares. Diligencias preliminares en el procedimiento en primera o única instancia: declaración de lesividad y requerimiento previo en litigios entre Administraciones Públicas. Interposición del recurso contencioso-administrativo. Anuncio del recurso y reclamación del expediente. Emplazamiento y personación de interesados. Demanda y contestación: Requisitos, contenido y efectos. Aportación de documentos. Reclamación de antecedentes para completar el expediente administrativo. Trámites de inadmisión y de alegaciones previas. Prueba.

21.     Procedimiento contencioso-administrativo (IV): Vista y conclusiones: El planteamiento de cuestiones nuevas. La sentencia: contenido. Otros modos de terminación del procedimiento. Costas procesales. Cuestión de ilegalidad. Procedimiento en los casos de suspensión administrativa previa de acuerdos. Procedimiento abreviado. Procedimiento contencioso-electoral. Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

22.     Recursos en el proceso contencioso-administrativo (V): Recursos contra providencias, autos y sentencias. Recurso de apelación. Resoluciones contra las que procede. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia. Recursos de casación. Resoluciones contra las que procede y motivos del recurso. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia. Recurso de revisión. Ejecución de sentencias: Disposiciones generales. Modalidades específicas de ejecución. La extensión de efectos de sentencias. Incidentes e invalidez de actos procesales en el proceso administrativo.

23.     El Tribunal Constitucional: naturaleza, organización y atribuciones. Los procesos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de inconstitucionalidad. La cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo constitucional. Los conflictos constitucionales. Efectos de las sentencias.

24.     El Tribunal de Cuentas. La función fiscalizadora: extensión e instrumentos. Los procedimientos de fiscalización; su terminación. Actuaciones previas a la exigencia de responsabilidades contables. La jurisdicción contable: naturaleza, extensión y límites. Los órganos. Las partes. Las pretensiones: acumulación y cuantía. Disposiciones comunes del procedimiento. Terminación del procedimiento. Procedimientos especiales: procedimiento en el juicio de cuentas; procedimiento de reintegro por alcance; expedientes de cancelación de fianzas. Recursos. Ejecución de sentencias.

25.     Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 5/2015, Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Selección de personal. Los procesos selectivos en la Administración Pública. Acceso al empleo público. Adquisición y pérdida de la relación de servicios. La provisión de puestos de trabajo. La promoción interna. La carrera profesional. Las situaciones administrativas.

26.     Régimen disciplinario de los empleados públicos. El Servicio de Inspección de la UNED. Incompatibilidades de los empleados del sector público.

27.     El contrato de trabajo: concepto y naturaleza jurídica. Modalidades. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. La modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Causas, forma y efectos. En particular, el despido y la regulación de empleo. Cesión de trabajadores y sucesión de empresas.

28.     La negociación colectiva. Naturaleza y efectos de los convenios colectivos. Unidades de negociación. Legitimización. Tramitación. Aplicación e interpretación. Contenido. Extensión y Adhesión. Eficacia e impugnación. Especial referencia al III Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la UNED y al I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado de la UNED. Los conflictos de trabajo. Conflictos colectivos: modos de exteriorización. La huelga. El cierre patronal.

29.     Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y Dependencia.

30.     El proceso de trabajo (I). La Ley reguladora de la jurisdicción social. Órganos jurisdiccionales. Competencia. Proceso ordinario: tramitación.

31.     El proceso de trabajo (II). Las modalidades procesales: de los despidos y sanciones. Extinción del contrato por causas objetivas, por despido colectivo y otras causas de extinción. Vacaciones, materia electoral, movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo y derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente. Proceso de conflictos colectivos e impugnación de convenios colectivos. Tutela de derechos fundamentales y libertades públicas.

32.     El proceso de trabajo (III). Los medios de impugnación: recursos de suplicación y casación. Ejecución de sentencias.

33.     El sistema de Seguridad Social. Regímenes. Gestión: afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias y clases de prestaciones. La incapacidad temporal. Maternidad. Invalidez permanente: modalidades. Jubilación: modalidades. Otras prestaciones.

34.     La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El Sistema Público de I+D. La función de transferencia del conocimiento en el sistema universitario. Mecanismos para la transferencia de conocimiento. La protección de la propiedad industrial e intelectual en el ámbito universitario. Las licencias. La creación de empresas de base tecnológica. Creación por las Universidades de fundaciones y otras personas jurídicas. Los convenios de colaboración en el ámbito universitario.

35.     La Ley Orgánica de Universidades. Funciones de la Universidad. La autonomía universitaria y sus límites: jurisprudencia constitucional. Las Universidades privadas.

36.     Estructura de la UNED. Departamentos, Facultades, Escuelas y Escuela Internacional de Doctorado. Los Institutos Universitarios de Investigación y otros centros de enseñanza universitaria adscritos. La Fundación de la UNED. Los órganos de gobierno y representación de la UNED. Órganos colegiados y unipersonales.

37.     Especialidades de la estructura de la UNED: la red de Centros Asociados y Centros en el exterior. El Profesor-Tutor. Naturaleza y funciones. Regulación. Selección. La venia docendi.

38.     El personal de administración y servicios de la UNED. Régimen jurídico y clases. Relaciones de puestos de trabajo. Órganos de representación. III Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la UNED

39.     El personal docente e investigador de la UNED. Clases y régimen jurídico. El personal investigador en formación. El Personal Docente e Investigador Contratado. I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador contratado de la UNED. El profesorado de los cuerpos docentes universitarios de la UNED. Acceso. Situaciones administrativas. Régimen de dedicación e incompatibilidades. Retribuciones.

40.     Los estudiantes de la UNED. Acceso y permanencia de los estudiantes en la Universidad. Derechos y deberes. Régimen disciplinario.

 

Tercera. Tribunal Calificador

Titular

Presidente:

Don Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales: 

Don Álvaro Martín Herrera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Doña Belén España Martí, Escala de Letrados de Castilla la Mancha.

Doña María de Rivera Parga, Escala de Letrados de la Universidad Autónoma de Madrid.

Secretaria:          

Doña Paloma Isla Álvarez de Tejera, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Suplente

Presidenta:

Doña Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid.

Vocales: 

Doña M.ª Paz San Segundo Manuel, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Doña Virginia Álvarez Cano, Escala Técnicos de Gestión de la UNED.

Doña Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la Universidad Autónoma de Madrid.

Secretaria:         

Doña Carmen Sicilia Fernández-Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

 

·         ANEXO II (MODELO DE SOLICITUD)

 

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SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS

facultad de derecho

11.-   Comunicado para los estudiantes del Máster Universitario en Trabajo Social, Estado del bienestar y Metodología de la Intervención Social. Incorporación de profesorado al equipo docente del Máster

Decanato de la Facultad de Derecho

 

Se comunica a los estudiantes del Máster Universitario en Trabajo Social, Estado del bienestar y Metodología de la Intervención Social (cód. 261201) la incorporación del personal docente que ahora se relaciona en las asignaturas que a continuación se detallan:

D. Jesús Manuel Pérez Viejo a las siguientes asignaturas:

        Estado del Bienestar: España, Europa y América.

        Aspectos jurídicos de la inmigración.

        Trabajo de Fin de Máster.

D.ª Luisa Aránzazu Hernández Echegaray a las siguientes asignaturas:

        Diseño, Planificación y Gestión de proyectos de intervención social.

        Intervención Social y Jóvenes.

        Trabajo de Fin de Máster.

D.ª Andrea García-Santesmases Fernández a las siguientes asignaturas:

        Autonomía, Dependencia y Discapacidad: tendencias de futuro.

        Trabajo de Fin de Máster.

 

Asimismo, se informa de la incorporación de dos nuevos colaboradores externos en la dirección de las tutorías de los Trabajos Fin de Máster:

1.-      D.ª Ana Isabel Lima Fernández, trabajadora social en activo con experiencia docente universitaria.

2.-      D. Julio Piedra Cristóbal, trabajador social en activo con experiencia docente universitaria.

 

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12.-   Comunicado para los estudiantes de varias asignaturas del Departamento de Derecho Penal del Grado en Derecho. Incorporación del profesor D. Alfredo Liñán Lafuente al equipo docente

Equipo docente de la asignatura

Se comunica a los estudiantes del Grado en Derecho la incorporación del profesor Contratado Doctor D. Alfredo Liñán Lafuente a los equipos docentes de las siguientes asignaturas:

  Derecho Penal I (Parte General) (cód. 66022078).

    Trabajo Fin de Grado (Derecho) (cód. 66024083).

La dirección de correo del profesor es alinan@der.uned.es , y su horario de asistencia al estudiante tendrá lugar todos los miércoles lectivos de 16:30 a 19:30 horas, en el teléfono 91 398 7004.

 

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13.-   Convocatoria de la XX Edición del Premio de Artículos Jurídicos García Goyena

Decanato de la Facultad de Derecho

 

La Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Educación a Distancia convoca la XX edición del PREMIO DE ARTÍCULOS JURÍDICOS “GARCÍA GOYENA” (Curso 2020-2021) de acuerdo con las siguientes

 

BASES

1. Podrán concurrir todos los licenciados y graduados en Derecho, españoles o extranjeros, con excepción de quienes desempeñen tareas docentes o investigadoras en la sede de la Facultad de Derecho de la UNED en Madrid.

2. Se concederán un primer y segundo premios y tres accésits para los artículos presentados:

 

PRIMER PREMIO:

2.400 euros

SEGUNDO PREMIO:

1.200 euros

TRES ACCÉSITS

 

 

En todos los casos, a la dotación económica se acompañará la publicación en la Revista Digital de la Facultad de Derecho de la UNED; también se publicarán, en su caso, los tres accésits.

3. Los trabajos, redactados en castellano, deberán versar sobre un tema o línea directriz que se dirá en cada convocatoria. Tal línea directriz será lo suficientemente amplia como para que desde las más diversas disciplinas jurídicas pueda escribirse sobre ella; pero garantizará asimismo una cierta homogeneidad en la temática de aquéllos.

4. En la convocatoria específica para este próximo curso (XX convocatoria), la línea directriz será:

“Justicia y COVID: el Derecho en tiempos de pandemia”.

5. Los artículos habrán de ser originales e inéditos, no pudiendo haber sido aceptados ni entregados para su aceptación a publicación alguna en cualquier formato ni haberse presentado a ningún otro premio o certamen. Tendrán una extensión máxima de 35 páginas de tamaño DIN-A4, mecanografiadas a espacio y medio, por una sola cara, con letra Times New Roman de 12 puntos (este espacio de 35 páginas incluirá la totalidad del trabajo). Los márgenes que han de respetarse son: superior e inferior 2,5 cm, derecho e izquierdo 3 cm. Al inicio del trabajo deberá indicarse el título en castellano e inglés, el sumario o índice, un resumen de unas 10 o 15 líneas de extensión y con palabras clave (máximo 5) que permitan la identificación del tema u objeto del trabajo, tanto en castellano como en inglés (abstract y key words). Al final del texto se incluirá un epígrafe de conclusiones, así como un apartado referido a la bibliografía utilizada. Será preciso seguir las instrucciones formales de publicación previstas para Revista de la Facultad de Derecho de la UNED. El incumplimiento de las bases conlleva la exclusión del premio.

6. Cada autor enviará un único trabajo y de modo individual.

7. Los artículos serán enviados, por triplicado y sin remite, a la siguiente dirección:

Premio de Artículos Jurídicos “García Goyena” (XX.ª Edición).

Decanato de la Facultad de Derecho de la UNED.

C/ Obispo Trejo, 2.

28040 MADRID.

8. Los trabajos serán firmados con seudónimo. En el sobre que los contenga se incluirá una plica cerrada, en la cual constarán los datos personales del autor, su profesión (con indicación expresa de si es profesor tutor de la UNED y en qué Centro Asociado), teléfonos de contacto y dirección de correo electrónico. Se adjuntará, además, una copia en soporte informático (pendrive), preferentemente en programa de tratamiento de texto Microsoft Word. No serán aceptados los trabajos que no cumplan estas condiciones.

9. El plazo límite para el envío del original será el 15 de septiembre de 2021.

10. El jurado estará presidido por la Decana de la Facultad de Derecho de la UNED y lo compondrán cinco profesores permanentes Doctores en Derecho de dicha Facultad elegidos por sorteo entre las distintas áreas de conocimiento, un abogado con al menos cinco años de ejercicio, un magistrado, un miembro del ministerio fiscal, un notario o registrador y un abogado del estado. Actuará como secretaria la de la Facultad. El jurado se reunirá antes del del 22 de noviembre de 2021.

11. Una vez otorgados los premios, las plicas serán abiertas. Cualesquiera otros trabajos no premiados podrán ser recomendados por el jurado para su publicación.

12. Todos o parte de los premios podrán ser declarados desiertos si los originales presentados no reúnen, a juicio del jurado, los mínimos de calidad exigibles.

Además, el jurado podrá atribuir cualquiera de los premios o accésit a más de un trabajo, dividiendo en el caso de premio con dotación económica la cuantía de la dotación.

13. Al fallo se le dará publicidad, a través de la página Web de la Universidad, en un plazo no superior a quince días.

14. La participación en los Premios García Goyena implica la aceptación de todas las bases.

El incumplimiento de las bases y las condiciones que se hubieran tenido en cuenta para la concesión de los Premios podrá dar lugar tanto a la modificación de la resolución por la que se concede el Premio como, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas si se hubiera obtenido premio con dotación económica.

15. No podrán presentarse quienes hayan ganado ALGUNO DE LOS PREMIOS CON DOTACIÓN ECONÓMICA EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS.

16. La entrega de los premios tendrá lugar en un acto académico y público, presidido por el Rector de la UNED y la Decana de la Facultad de Derecho, en lugar y fecha que serán comunicados con suficiente antelación.

17. Los trabajos premiados y los seleccionados para su publicación quedarán bajo la propiedad intelectual de los autores, si bien la Facultad de Derecho de la UNED tendrá sobre ellos derecho a su publicación en la revista durante los doce meses posteriores al día del fallo.

18. Los originales no premiados serán destruidos y no se mantendrá correspondencia sobre ellos.

 

·         DIPTICO CON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

 

http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FACULTAD DE EDUCACIÓN

14.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura Prácticas Profesionales IV del Grado en Pedagogía. Modificación en el equipo docente de la asignatura

Decanato de la Facultad de Educación

 

Se comunica a los estudiantes de la asignatura Prácticas Profesionales IV (cód. 63024042) del Grado en Pedagogía la siguiente modificación en el equipo docente de la asignatura para el curso 2020/2021:

Baja del profesor D. Juan Carlos Pérez González.

 

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ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO

15.-   Depósito de Tesis Doctorales

Sección de Asuntos Generales

 

En cumplimiento de la normativa vigente en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas en la Sección de Asuntos Generales de la Escuela Internacional de Doctorado desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado, cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento durante un período de 48 horas, y en su caso, dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones y observaciones que estime oportuno formular.

 

-    AUTORA: D.ª MARÍA USUE ESPINÓS ORTUETA.

TESIS: “TEORÍA DE LA MENTE EN TRASTORNO BIPOLAR: ESTUDIO COMPARATIVO CON DEPRESIÓN UNIPOLAR Y PERSONAS SIN PATOLOGÍA MENTAL”.

DIRECTOR: D. ENRIQUE GARCÍA FERNÁNDEZ-ABASCAL.

PROGRAMA: “PSICOLOGÍA”.

ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

INICIO DEPÓSITO: 15/abril/2021.

FIN DEPÓSITO: 06/mayo/2021.

 

-    AUTOR: D. CARLOS IGNACIO CUVIELLA SUÁREZ.

TESIS: “OPTIMIZACIÓN DE LOS CONSUMOS DE AGUA Y ENERGÍA EN LA INDUSTRIA CERÁMICA SANITARIA Y LA REDUCCIÓN DE EMISIONES DE CO2”.

DIRECTORES: D. ANTONIO COLMENAR SANTOS Y D. DAVID BORGE DÍEZ.

PROGRAMA: “TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES”.

ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

INICIO DEPÓSITO: 20/abril/2021.

FIN DEPÓSITO: 11/mayo/2021.

 

-    AUTOR: D. PABLO B. SÁNCHEZ GÓMEZ.

TESIS: “TRES VERGENCIAS ENTRE HEIDEGGER Y DERRIDA”.

DIRECTORA: D.ª CRISTINA DE PERETTI PEÑARANDA.

PROGRAMA: “FILOSOFÍA”.

ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

INICIO DEPÓSITO: 22/abril/2021.

 

La información de las tesis doctorales que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente dirección electrónica:

http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,37388488&_dad=portal&_schema=PORTAL

 

http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN III. VARIOS

convocatorias

16.-   Información recibida en el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica

Programas Europeos de Investigación (PEI)

 

1.- CONVOCATORIAS DE EMPRESAS Y FUNDACIONES.

q PREMIOS AL TALENTO CIENTÍFICO FEMENINO

Segunda edición de los premios La Fundación Real Academia de Ciencias de España (FRACE), en colaboración con Mastercard. Cuatro categorías: matemáticas, física y química, biología y geología, y aplicaciones de la ciencia a la tecnología.

Pueden aspirar a los premios, científicas de nacionalidad española, así como extranjeras cuya carrera profesional se haya desarrollado principalmente en España, y que en junio de este año 2021 tengan 45 años o menos. Las candidatas deben haber realizado aportaciones destacadas a la ciencia, ya sea en investigación, desarrollo, innovación, docencia o divulgación. Su actividad puede haberse desarrollado en ámbitos académicos, empresariales o de la administración

Dotación: 2.500 euros por categoría.

Plazo: 13 de junio de 2021.

 

2.- CONGRESOS, CURSOS Y JORNADAS

q EVENTO PARA LA BÚSQUEDA DE SOCIOS EN EL PROGRAMA HORIZONTE EUROPA

Lugar y fecha: virtual, del 5 al 6 de mayo de 2021.

El evento Brokerage Virtual Partnering Horizon Europe Cluster 3 Civil Security for Society está destinado a la participación de empresas, asociaciones, instituciones, universidades y centros de investigación que tengan interés en el desarrollo de tecnologías incluidas en la convocatoria del Clúster 3 para facilitar la creación y búsqueda de consorcios, así como ponerlos en contacto con usuarios finales españoles que puedan formar parte de sus consorcios en la convocatoria.

Los campos de tecnologías que se incluyen dentro de este Clúster son:

Lucha contra el crimen y terrorismo, asociados principalmente a:

-    Prevención, investigación y mitigación de los impactos de actos criminales (incl. ciber) y terroristas.

-    Seguridad en espacios públicos urbanos.

-    Apoyar a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Control y seguridad de las fronteras (aéreas, terrestres y marítimas), principalmente asociados a:

-    Mejora del tráfico de pasajeros y mercancías.

-    Prevención del tráfico ilícito, la piratería y otros actos criminales y terroristas.

-    Infraestructuras críticas, asociados a herramientas que permitan la resiliencia y la autonomía en el ámbito físico y ciber de las infraestructuras críticas.

-    Abarquen soluciones que permitan proteger grandes sistemas de infraestructuras críticas interrelacionados entre sí.

Ciberseguridad, a partir de Horizonte Europa, la práctica totalidad de la I+D+i en ciberseguridad va a ser financiada a través del Clúster 3, más concretamente las siguientes líneas de desarrollo:

-    Criptografía cuántica.

-    Capacidades para la autonomía estratégica de empresas, universidades y entidades que tengan posibilidades de desarrollar herramientas que doten a la UE de capacidades clave.

-    Refuerzo de las infraestructuras digitales ante ataques ciber e híbridos.

-    Protección de datos, privacidad y ética.

-    Apoyo de la ciberseguridad en tecnologías como la Inteligencia Artificial, robótica, Internet of Things y 5G.

Reducción de riesgos ante desastres, el cual abarca soluciones, metodologías, herramientas, tecnología que permita reforzar las capacidades de unidades de emergencia. Se centra en 4 grandes ámbitos estratégicos:

-    Amenazas nucleares, biológicas, radiológicas, químicas y explosivos.

-    Eventos extremos asociados al cambio climático o eventos geológicos.

-    Gestión de pandemias y otras enfermedades infecciosas.

Registro: https://cluster3he.b2match.io/

 

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boe

17.-   Reseñas del Boletín Oficial del Estado

           BICI

 

UNIVERSIDADES

Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6083.pdf

BOE 16/04/2021

Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6084.pdf

BOE 16/04/2021

Resolución de 6 de abril de 2021, conjunta de la Universidad de Córdoba y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6085.pdf

BOE 16/04/2021

Resolución de 6 de abril de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6086.pdf

BOE 16/04/2021

Resolución de 7 de abril de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6087.pdf

BOE 16/04/2021

Resolución de 7 de abril de 2021, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6088.pdf

BOE 16/04/2021

Personal de administración y servicios. Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición libre, para la provisión de plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios de los Grupos y Niveles Salariales A2, C2 y C3.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6090.pdf

BOE 16/04/2021

Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al Grupo A (Subgrupo A2), por el turno libre, sector de administración especial, Escala Técnica Media de Asesoramiento Lingüístico.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6091.pdf

BOE 16/04/2021

Personal de Administración y Servicios. Resolución de 6 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para la provisión de plaza de personal laboral, Grupo II, Nivel B.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6092.pdf

BOE 16/04/2021

Personal docente e investigador. Resolución de 7 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se corrigen errores en la de 11 de marzo de 2021, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de profesor contratado doctor.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/16/pdfs/BOE-A-2021-6093.pdf

BOE 16/04/2021

JEFATURA DEL ESTADO

Presupuestos Generales del Estado. Corrección de errores de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/20/pdfs/BOE-A-2021-6240.pdf

BOE 20/04/2021

UNIVERSIDADES

Resolución de 13 de abril de 2021, de la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de la Escala Oficial-Especialista (subgrupo C1).

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/21/pdfs/BOE-A-2021-6326.pdf

BOE 21/04/2021

Resolución de 13 de abril de 2021, de la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de la Escala Técnica (subgrupo A1) y de la Escala Técnico Medio (subgrupo A2).

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/21/pdfs/BOE-A-2021-6327.pdf

BOE 21/04/2021

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

Subvenciones. Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la recualificación del sistema universitario español.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/22/pdfs/BOE-A-2021-6391.pdf

BOE 22/04/2021

UNIVERSIDADES

Destinos. Resolución de 8 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 10 de noviembre de 2020.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/23/pdfs/BOE-A-2021-6490.pdf

BOE 23/04/2021

Personal de administración y servicios. Resolución de 12 de abril de 2021, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de personal laboral, Grupo II, Nivel B.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/23/pdfs/BOE-A-2021-6520.pdf

BOE 23/04/2021

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES

Estudios universitarios. Resolución de 9 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria, por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2021-2022.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/23/pdfs/BOE-A-2021-6594.pdf

BOE 23/04/2021

 

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programación audiovisual

18.-   Boletín de Programación del CEMAV & INTECCA

Sección de producción de Medios Audiovisuales

 

SEMANA DEL 27 DE ABRIL AL 3 DE MAYO DE 2021

Esta semana, les ofrecemos la siguiente programación.

Para más información, consultar la programación, ver horarios, etc. puede descargar el boletín de programación completo en formato PDF.

AQUÍ

 

PROGRAMACIÓN DE TV

·         NO MÁS SILENCIO: Arte y conflicto en Colombia.

·         Paisaje de invierno con una trampa para pájaros, de Pieter Bruegel el Viejo.

·         El espíritu emprendedor.

·         La interpretación cristiana de la mezquita de Córdoba durante la Edad Moderna.

 

PROGRAMACIÓN DE RADIO

 

EN RADIO 5

·         Respuestas de la Ciencia.

·         Preguntas a la Historia.

 

RADIO 3: Sin distancias

·         Gaia: ¿Es la vida una ingeniera del clima?

·         Salidas profesionales de la formación en Matemática Aplicada.

·         Deconstruyendo el populismo y sus peligros para la democracia.

·         La Agencia Europea de Ciberseguridad (UCM).

·         La España “vaciada”: realidad y desafíos.

·         ¿Están las empresas españolas preparadas para cumplir con la próxima normativa en materia de derechos humanos?

·         Las humanidades clásicas en la educación actual.

·         Música con verso, conversaciones con Tito Muñoz y Jonathan Pocoví.

·         Pensar con los pies.

·         El maltrato psicológico: el iceberg de la violencia contra la infancia.

·         Welles y Moreau: el Derecho sin Ética.

·         Política energética y Política climática, hacia un desarrollo sostenible en la UE.

·         Una invitación a la antropología de la danza y de la música.

·         Píldoras antropológicas. Los que nos consideramos humanos.

 

CADENA CAMPUS (INTECCA)

·         ¿Cómo gestionar mis emociones durante los exámenes? Segunda edición 2021.

·         Infraestructura Verde y servicios de los ecosistemas para el bienestar humano. ODS 15.

·         Introducción, evaluación e intervención en reforma juvenil.

·         Flora silvestre de Galicia. Descripción, usos, curiosidades.

·         Enamórate de la vid y de su cultivo.

·         La participación del Noroeste en las dinámicas tecnológicas y culturales del Paleolítico superior Cantábrico.

·         ¿Cómo ponemos en marcha un proyecto turístico local?

·         Patrimonio del Camino del Mar.

 

Para más información sobre la programación del CEMAV, ponerse en contacto con el Negociado del Centro de Diseño y Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV) negociado.cemav@adm.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Para más información sobre la programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/  o enviar mensaje a info@intecca.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Contactar con la UNED para temas generales:

www.uned.es

 

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