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MADRID - SUR

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COMPULSAS

Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normas de desarrollo, el órgano que tiene atribuidas las competencias de compulsa de documentación es el Registro General de la UNED, las Unidades de Atención al Estudiante y los Secretarios de los distintos Centros Asociados. Se establece la exención del cobro de precios públicos para todas las compulsas y cotejos de documentos que presenten los estudiantes para que figuren en sus expedientes académicos o surtan efectos dentro del ámbito de la UNED

Igualmente producirán plenos efectos las compulsas realizadas por los órganos de las Administraciones sometidas al ámbito de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (art. 2), así como las realizadas por las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero y por los Notarios.

En el Centro Asociado de Madrid-Sur se realizará la compulsa de la documentación para la UNED en:

Para realizar la matrícula de la UNED en cualquiera de los estudios ofertados y adscribiéndose a cualquiera de los Centros Asociados en Madrid o resto de España, es válida tanto la compulsa realizada en el C.A. de Madrid-Sur como la realizada en otro Centro Asociado.