FACULTAD DE DERECHO

18.- Comunicado para profesores-tutores y alumnos de la asignatura "Derecho del Trabajo" de las facultades de Derecho y Políticas y Sociología

* Dpto. de Derecho de la Empresa


La necesidad de adaptar los textos y materiales didácticos a las importantes reformas legislativas que han tenido lugar recientemente y que afecta a algunas materias del Programa de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ha hecho imposible la edición de los mismos en las fechas precisas para la preparación de la asignatura y de las correspondientes Pruebas Presenciales.

Por este motivo, al objeto de facilitar un conocimiento básico de tales materias sin necesidad de recurrir a otros libros o materiales de texto, el Profesorado de la Asignatura ha decidido establecer un Programa Provisional para las partes VI ­Conflictos Colectivos- VII ­Seguridad Social- y VIII-Derecho Procesal del Trabajo-, que hace referencia exclusivamente a algunos preceptos básicos de las Leyes de la máxima importancia en la ordenación de tales materias.

I) Respecto de la parte VI, que trata de los CONFLICTOS COLECTIVOS, se prepara con algunos preceptos básicos del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo (publicado en el B.O.E. de 9 de marzo); en particular con los que a continuación se relacionan:

a) Derecho de Huelga: (además del Art. 28.2 de la Constitución):

  1) Requisitos para su declaración: Art. 3 y 4
  2) Efectos de la huelga: Art. 6
  3) Huelgas ilícitas o abusivas: Art. 7
  4) Huelgas ilegales: Art. 11
b) Cierre Patronal: Arts. 12 a 14

II) Con relación a la parte VII, LA SEGURIDAD SOCIAL es preciso estudiar los artículos del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (publicado en el B.O.E. el 29 de junio), que a continuación se relacionan, referidos a diferentes materias básicas: LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

A) Normas Generales:

1) Campo de aplicación y estructura: Arts. 7 a 11

2) Mutuas de Accidentes de Trabajo

y Enfermedades Profesionales

de la Seguridad Social: Aº 68,69 y 70

3) Colaboración de las empresas: Art. 77

b) Régimen General de la Seguridad Social:

1) Campo de aplicación: Arts. 97 y 98
2) Cotización: Arts. 103-104-108-109 a 111
3) Acción protectora: Arts. 114 a 117
  1.1) Incapacidad temporal: Art. 128
  1.2) Invalidez: Arts. 134-137
  1.3) Jubilación: Arts. 160-161
  1.4) Viudedad: Arts. 174
  1.5) Orfandad: Art. 175
  1.6) Desempleo: Arts. 203 a 222

III) En lo que se refiere a la parte VIII, DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO, la preparación de las materias que a continuación se relacionan se llevará a cabo, sobre los correspondientes artículos del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral (publicado en el B.O.E. el 11 de abril): LEY DE PROCEDIMIENTO LABORAL

1) Jurisdicción: Arts. 1 a 3
2) Competencias: Arts. 6 a 9
3) Capacidad y legitimación: Arts. 16 y 17

4) Resoluciones y diligencias

de ordenación: Arts. 49-50

5) Conciliación previa: Arts. 63 a 68
6) Reclamación previa: Arts. 69 a 73
7) Proceso ordinario: Arts. 80 a 101

8) Modalidades Procesales:

  1.1) Despido: Arts. 103 a 113
  1.2) Vacaciones: Arts. 125 y 126
  1.3) Clasificación Profesional: Art. 137
  1.4) Conflictos Colectivos: Arts. 151 a 160
9) Recursos: Arts. 184 a 234

IV) A los efectos de preparación de las correspondientes Pruebas Presenciales los ALUMNOS DE CIENCIAS POLÍTICAS solamente tendrán que estudiar las partes VI y VII, en la forma anteriormente mencionada.

 

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19.- Soluciones a los comentarios de texto de la asignatura "Historia del Derecho Español". Febrero 2000

* Dpto. de Historia del Derecho y de las Instituciones


1ª SEMANA

"También queremos, establecemos y concedemos, que en los hechos, causas o negocios que no puedan terminarse por estas costumbres, se terminen por los Usatges de Barcelona, excepto la intestia, exorquia y cugucia,, que no tienen lugar en la villa y en el término de Horta, y, faltando usatges, se terminen por los derechos comunes". Costumbres de Horta, 1296, cap. 81.

Las Costumbres de Horta (Consuetudines et usancias de Horta), es una muestra de un conjunto de Costums o Consuetudines, que representando el Derecho local en Cataluña se elaboraron a la luz del Derecho común.

El texto hace referencia al orden de prelación de fuentes aplicable en la villa de Horta:

1. Costumbres de Horta

2. Usatges de Barcelona, excepto las disposiciones concernientes a intestia, exorquia y cugucia.

3. Derechos comunes, es decir, Derecho romano y Derecho canónico, o lo que es lo mismo el Derecho común.

El desarrollo de este comentario debe hacerse en primer lugar analizando la supletoriedad del Derecho común en Cataluña y comprobando su recepción en la misma, la prevalencia de los ordenamientos locales frente a los territoriales, la importancia de los Usatges de Barcelona y por último identificar y definir los tres "malos usos" señoriales catalanes que figuran en el mismo. Los temas de referencia del programa son fundamentalmente el Tema 9, III, c) y el Tema 13, III.

2ª SEMANA

"Adelantado tanto quiere decir como hombre metido delante de algun hecho señalado por mano del rey y por esta razón el que antiguamente era así puesto sobre alguna tierra llamábanlo en latín praeses provinciae: y el oficio de este es muy grande, pues es puesto por mano del rey sobre todos los merinos, también sobre los de las camaras y de los alfoces, como sobre todos los otros de las villas". Partidas, 2, 9.

Estamos ante un texto esencial dentro de la Historia del Derecho Español. Las Partidas de Alfonso X es una fuente directa de creación del Derecho medieval, que supone la recepción del Derecho común en Castilla. Aunque no fue publicada en su momento, el Ordenamiento de Alcalá de 1348 le confirió vigencia supletoria de segundo grado, vigencia que conservó hasta la codificación del Derecho en el siglo XIX.

La institución fundamental es la figura del "adelantado", delegados mayores del rey que rigieron los distintos distritos fronterizos (aquellos que requerían una atención especial por presentar un alto grado de peligrosidad). Estos, junto con los merinos, en relación con la administración territorial castellana medieval deben ser las instituciones comentadas. Este texto está ligado con la pregunta I 1º del tema 16 del programa de la asignatura imprescindible por lo tanto para proceder a la elaboración completa del comentario.

 

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20.- Corrección a la publicación de las soluciones de la asignatura "Economía Política". Febrero 2000

* Dpto. de Economía Aplicada e Historia Económica


La respuesta correcta a la pregunta 6 del modelo D correspondiente a la segunda semana es c y no d, como aparecía erróneamente en la publicación de la pasada semana.

 

 

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21.- Soluciones a los test de la asignatura "Derecho Eclesiástico del Estado". Febrero 2000

* Dpto. de Derecho Canónico


2ª Semana

Tipo de exámen C Tipo de exámen D

  1 A 1 C
  2 A 2 A
  3 A 3 A
  4 C 4 A
  5 A 5 C
  6 C 6 C
  7 C 7 A
  8 A 8 C
  9 B 9 B
10 C 10 C
11 C 11 B
12 B 12 B
13 B 13 B
14 A 14 A
15 C 15 C
16 C 16 A
17 A 17 B
18 B 18 A
19 B 19 C
20 A 20 C
21 C 21 B
22 B 22 A

 

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22.- Soluciones a los test de la asignatura "Derecho Mercantil I". Febrero 2000

* Dpto. de Derecho Mercantil


1_ P.P.; 1_ Semana

MODELO A

1. a 9. a 17. b 25. b 33. c
2. a 10. c 18. a 26. c 34. b
3. c 11. c 19. a 27. c 35. b
4. b 12. a 20. b 28. b 36. a
5. a 13. c 21. a 29. b 37. b
6. b 14. a 22. b 30. c 38. c
7. a 15. a 23. c 31. b 39. a
8. a 16. b 24. c 32. c 40. b

MODELO B

1. c 9. a 17. b 25. b 33. b
2. b 10. c 18. c 26. c 34. a
3. b 11. a 19. a 27. c 35. a
4. b 12. b 20. c 28. b 36. c
5. a 13. a 21. b 29. a 37. a
6. c 14. c 22. c 30. c 38. b
7. c 15. a 23. a 31. c 39. a
8. a 16. b 24. b 32. b 40. c

1_ P.P.;2_ Semana

MODELO F

1. a 9. b 17. c 25. a 33. b
2. a 10. b 18. a 26. (*) 34. a
3. a 11. a 19. a 27. a 35. b
4. c 12. a 20. b 28. b 36. b
5. c 13. b 21. a 29. b 37. a
6. b 14. c 22. b 30. b 38. c
7. a 15. b 23. c 31. b 39. a
8. b 16. a 24. a 32. c 40. b

MODELO G

1. c 9. a 17. b 25. a 33. a
2. a 10. b 18. b 26. b 34. b
3. b 11. a 19. a 27. b 35. a
4. b 12. b 20. b 28. b 36. a
5. a 13. a 21. c 29. b 37. a
6. b 14. b 22. (*) 30. b 38. a
7. a 15. c 23. c 31. b 39. b
8. b 16. b 24. b 32. c 40. b

(*) Pregunta ANULADA. El baremo de calificación se ha ajustado convenientemente.

 

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23.- Soluciones a los test de la asignatura "Derecho Mercantil II". Febrero 2000

* Dpto. de Derecho Mercantil


1_ P.P.; 1_ Semana

MODELO A

1. b 9. a 17. c 25. b 33. a
2. c 10. b 18. a 26. b 34. b
3. b 11. c 19. b 27. a 35. b
4. c 12. a 20. b 28. a
5. c 13. a 21. a 29. a
6. a 14. b 22. a 30. c
7. c 15. b 23. (*) 31. a
8. a 16. c 24. b 32. b

MODELO B

1. b 9. c 17. b 25. b 33. c
2. a 10. b 18. c 26. b 34. b
3. a 11. c 19. c 27. a 35. a
4. b 12. c 20. b 28. b
5. c 13. a 21. a 29. a
6. a 14. c 22. a 30. a
7. a 15. a 23. b 31. b
8. b 16. b 24. (*) 32. a

1_ P.P.;2_ Semana

MODELO C

1. c 9. a 17. a 25. c 33. b
2. b 10. a 18. a 26. a 34. a
3. a 11. a 19. b 27. b 35. c
4. a 12. c 20. a 28. a
5. c 13. a 21. c 29. c
6. c 14. c 22. c 30. a
7. a 15. a 23. a 31. b
8. b 16. c 24. b 32. a

MODELO D

1. c 9. a 17. b 25. c 33. c
2. b 10. c 18. a 26. c 34. a
3. b 11. c 19. c 27. a 35. b
4. a 12. a 20. a 28. b
5. a 13. a 21. b 29. c
6. c 14. c 22. a 30. a
7. a 15. a 23. c 31. b
8. a 16. a 24. a 32. a

(*) Pregunta ANULADA. El baremo de calificación se ha ajustado convenientemente.

 

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