SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES

rectorado

1.-     Resolución del rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, de 11 de marzo de 2025, por la que se convocan elecciones a representantes del profesorado tutor en las Juntas de Facultad y Escuela de la UNED

Rectorado

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 99.1.k) y 250 de los Estatutos de la UNED, aprobados por el Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y con el Título V, Capítulo quinto del Estatuto del Profesor Tutor de la UNED aprobado por Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2013 y las modificaciones parciales aprobadas en los Consejos de Gobierno de 1 de julio de 2014, 4 de octubre de 2016, 4 de julio de 2023 y 18 de noviembre de 2024.

HE RESUELTO:

Convocar elecciones a representantes del profesorado tutor en las Juntas de Facultad y Escuela de la UNED, que se celebrarán conforme al siguiente calendario electoral.

Madrid, 11 de marzo de 2025. EL RECTOR. Ricardo Mairal Usón.

 

CALENDARIO DE ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL PROFESORADO TUTOR EN LAS JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA DE LA UNED

20 de marzo de 2025

Convocatoria de elecciones

Publicación de los censos electorales provisionales

20 a 27 de marzo

Plazo de presentación de reclamaciones a los censos provisionales

28 de marzo

Resolución de reclamaciones a los censos provisionales

Publicación definitiva de los censos electorales

26 de marzo a 2 de abril

Plazo de presentación de candidaturas

3 de abril

Proclamación provisional de candidatos/as

4 a 8 de abril

Plazo de presentación de reclamaciones a las listas provisionales de candidatos/as

10 de abril

Resolución de reclamaciones a las listas provisionales de candidatos/as.

Proclamación definitiva de candidatos/as

22 de abril a 00.00 horas del 6 de mayo

Campaña electoral

6 de mayo

Votación telemática

Publicación de los resultados provisionales

7 y 8 de mayo

Plazo de presentación de reclamaciones a los resultados provisionales

9 de mayo

Resolución de reclamaciones y proclamación definitiva de los representantes del Profesorado Tutor en las Juntas de Facultad y Escuela

 

 

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2.-     Ceses

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. FRANCISCO JAVIER MARTÍN GARRIDO, por jubilación, como Vicerrector Adjunto de Economía y Planificación de esta Universidad, con efectos de 25 de febrero de 2025, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. HÉCTOR MELERO SÁNCHEZ, a petición propia, como Secretario del Departamento de Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación I (MIDE I) de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 28 de febrero de 2025, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JUAN PABLO CATALÁN PÉREZ, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Coordinador del Título de Grado en Ingeniería de la Energía de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de esta Universidad, con efectos de 13 de febrero de 2025, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª ADRIANA NOEMÍ KICZKOWSKI YANKELEVICH, a petición propia, como Secretaria del Máster Universitario en “Estudios de Género” de esta Universidad, con efectos de 1 de marzo de 2025, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

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3.-     Nombramientos

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en nombrar Director del Departamento de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Facultad de Derecho de esta Universidad a D. JAVIER ALVARADO PLANAS, con efectos de 25 de febrero de 2025.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y a propuesta de la Directora del Departamento de Servicios Sociales y Fundamentos Histórico-Jurídicos de la Facultad de Derecho de esta Universidad, vengo en nombrar Subdirector del citado Departamento a D. FRANCISCO GÓMEZ GÓMEZ con efectos de 28 de febrero de 2025.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y a propuesta del Director del Departamento de Antropología Social y Cultural de la Facultad de Filosofía de esta Universidad, vengo en nombrar Subdirector del citado Departamento a D. JUAN DE DIOS LÓPEZ LÓPEZ, con efectos de 1 de marzo de 2025.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta de la Decana de la Facultad de Derecho de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria del Máster Universitario en “Estudios de Género” a D.ª PATRICIA NIETO ROJAS cargo asimilado académicamente a Secretaria de Departamento y a efectos económicos a Coordinadora del Curso de Orientación Universitaria, con efectos de 2 de marzo de 2025.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y a propuesta de la Directora Departamento de Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación I (MIDE I) de la Facultad de Educación de esta Universidad, vengo en nombrar Secretario del citado Departamento a D. DIEGO ARDURA MARTÍNEZ, con efectos de 1 de marzo de 2025.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, y a propuesta de la Directora de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de esta Universidad, y oída la Comisión de Coordinación del Grado en Ingeniería de la Energía de dicha Escuela, vengo en nombrar Coordinador del Título de Grado en Ingeniería de la Energía a D. RUBÉN BARBERO FRESNO, cargo asimilado a efectos retributivos al de Subdirector de Escuela, con efectos de 14 de febrero de 2025.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

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VICERRECTORADO de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

4.-     Convocatoria de un contrato laboral para el proyecto “HAMISON-Holistic Analysis of Organised Misinformation Activity in Social Networks”

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Dentro del Proyecto “HAMISON-Holistic Analysis of Organised Misinformation Activity in Social Networks” con referencia PCI2022-135026-2, del que es  investigador principal (IP) el profesor D. Anselmo Peñas Padilla, del Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de la ETSI de Informática, se convoca un contrato laboral de duración determinada al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 (contratación temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos) para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de un investigador/a a tiempo completo para colaborar en las tareas de modelado, análisis, detección y mitigación de las campañas de desinformación en las redes sociales.

2.- DESTINATARIOS

Ingeniero/a superior en Informática, licenciado/graduado en Matemáticas o carreras afines. Se valorará disponer de una titulación oficial superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto y tener conocimientos de Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural.

3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes

requisitos:

     Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.

     Estar en posesión de la titulación de licenciado, graduado, arquitecto o ingeniero superior.

3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de declaración de equivalencia correspondiente, conforme al Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO

4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral de duración determinada suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 de 5 de septiembre, y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.

4.2. El contrato tendrá una duración de 7 meses (desde el 1/5/2025 hasta el 30/11/2025) y se desarrollará a tiempo completo, estando su vigencia condicionada al propio mantenimiento del proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito suficiente. Las partes podrán pactar de mutuo acuerdo la prórroga del contrato por el periodo adicional que convengan, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en el proyecto y éste permanezca en vigor durante toda la vigencia de la prórroga. La prórroga será expresa y habrá de constar por escrito, celebrándose en las mismas condiciones que el contrato inicial o con las modificaciones que las partes acuerden en el momento de suscribirla.

4.3. El lugar de trabajo será la ETSI de Informática de la UNED, sita en la calle Juan del Rosal, n.º 16, 28040 Madrid, con la posibilidad de utilizar la modalidad de teletrabajo.

4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.

4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica íntegra mensual bruta de 2.000 €  para toda la vigencia del contrato (incluidas pagas extraordinarias prorrateadas).

4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.

5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:

     Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.

     Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.

     Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los siguientes criterios:

6.2.1. Currículum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:

     Título superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto (hasta 10 %).

     Formación y experiencia demostrable en el ámbito del proyecto, con especial interés en Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural (hasta 40 %).

     Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) (hasta 20 %).

6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.

7.- RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

ANEXO: Impreso de solicitud.

 

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5.-     Convocatoria de dos contratos laborales para el proyecto “Holistic Analysis of Organised Misinformation Activity in Social Networks

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Dentro del Proyecto “Holistic Analysis of Organised Misinformation Activity in Social Networks” con referencia PCI2022-135026-2, del que es investigador principal (IP) el profesor D. Anselmo Peñas Padilla, del Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de la ETSI de Informática, se convocan dos contratos laborales de duración determinada al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 (contratación temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos) para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de dos investigadores/as a media jornada (20 horas semanales) para colaborar en las tareas de modelado, análisis, detección y mitigación de las campañas de desinformación en las redes sociales.

2.- DESTINATARIOS

Ingeniero/a superior en Informática, licenciado/a o graduado/a en Matemáticas o carreras afines y experiencia profesional demostrada en estos campos. Se valorará disponer de una titulación oficial superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto y tener conocimientos de Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural.

3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes

requisitos:

     Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.

     Estar en posesión de la titulación de licenciado, graduado, arquitecto o ingeniero superior.

3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de declaración de equivalencia correspondiente, conforme al Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO

4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral de duración determinada suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 de 5 de septiembre, y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.

4.2. Los contratos tendrán la siguiente duración:

    Contrato 1: 8 meses (desde el 1/4/2025 hasta el 30/11/2025).

    Contrato 2: 7 meses (desde el 1/5/2025 hasta el 30/11/2025).

Ambos contratos se desarrollarán a tiempo parcial (20 horas semanales) susceptibles de convertirse a tiempo completo en función de las necesidades de la ejecución del proyecto, estando su vigencia condicionada al propio mantenimiento del proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito suficiente.

4.3. El lugar de trabajo será la ETSI de Informática de la UNED, sita en la calle Juan del Rosal, n.º 16, 28040 Madrid, con la posibilidad de utilizar la modalidad de teletrabajo.

4.4. La incorporación de los candidatos seleccionados deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.

4.5. Los contratos que se firmen al amparo de esta convocatoria tendrán una dotación económica íntegra mensual bruta de 1.000 € para toda la vigencia del contrato, incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas.

4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.

5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:

     Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.

     Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.

     Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los siguientes criterios:

6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:

     Título superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto (hasta 10 %).

     Formación y experiencia demostrable en el ámbito del proyecto con especial interés en Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural (hasta 40 %).

Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) (hasta 20 %).

6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.

7.- RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

ANEXO: Impreso de solicitud.

 

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6.-     Convocatoria de un contrato laboral para el proyecto “Espacio de Observación de Inteligencia Artificial (IA) en español”

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Dentro del proyecto Espacio de Observación de IA en español (ODESIA) con referencia C039/21-OT-AD2, del que es investigador principal (IP) el profesor D. Julio Gonzalo Arroyo, del Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de la ETSI Informática, se convoca un contrato laboral de duración determinada al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 (contratación temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos) para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de un investigador a tiempo completo para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto:

     Mantenimiento de la infraestructura informática necesaria para el desarrollo del proyecto.

     Participación en las actividades de investigación e innovación ligadas al proyecto.

2.- DESTINATARIOS

Licenciado, graduado, o ingeniero superior en Informática. Se valorará disponer de una titulación oficial superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto (especialmente másteres en Tecnologías del Lenguaje y afines) y tener conocimientos de Procesamiento del Lenguaje Natural y de ingeniería del software.

3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

     Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.

     Estar en posesión de la titulación de licenciado, graduado, o ingeniero superior.

3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO

4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral de duración determinada suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 de 5 de septiembre, y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.

4.2. El contrato tendrá una duración de 15 meses y se desarrollará a tiempo completo, estando su vigencia condicionada al propio mantenimiento del proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito suficiente. Las partes podrán pactar de mutuo acuerdo la prórroga del contrato por el periodo adicional que convengan, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en el proyecto y éste permanezca en vigor durante toda la vigencia de la prórroga. La prórroga será expresa y habrá de constar por escrito, celebrándose en las mismas condiciones que el contrato inicial o con las modificaciones que las partes acuerden en el momento de suscribirla.

4.3. El lugar de trabajo será la E.T.S.I. Informática de la UNED, calle Juan del Rosal 16, Madrid.

4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.

4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica íntegra mensual de 2.900 € brutos mensuales para toda la vigencia del contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).

4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.

5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:

     Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.

     Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.

     Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que esta delegue; el investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los siguientes criterios:

6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:

     Título superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: hasta 25 puntos.

     Formación y experiencia demostrable en Procesamiento del Lenguaje Natural: hasta 35 puntos.

     Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) hasta 5 puntos.

     Otros méritos, hasta 5 puntos.

6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.

7.- RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación.

Madrid, 14 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

ANEXO: Impreso de solicitud.

 

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7.-     Convocatoria de tres contratos laborales para el proyecto estratégico: “Análisis de aplicaciones móviles desde la perspectiva de la protección de datos: Ciber-Protección y Ciber-Riesgos de la información de la ciudadanía”

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Dentro del Proyecto, “Análisis de aplicaciones móviles desde la perspectiva de la protección de datos:Ciber-Protección y Ciber-Riesgos de la información de la ciudadanía” del que son investigadores principales (IP) los profesores D. Rafael Pastor Vargas y D. Antonio Robles Gómez, del Departamento de Sistemas de Comunicación y Control de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática, se convocan tres contratos laborales para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de tres técnicos de investigación a tiempo completo, para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto:

    Definición de metamodelos orientados a la privacidad de los datos, detección de amenazas y ciberacoso, acorde a la normativa vigente.

    Diseño de mecanismos eficientes de recopilación de información.

    Desarrollo de un laboratorio de adquisición y análisis de datos acorde a las necesidades del proyecto (con tecnologías Docker, protocolos del tipo MQTT y visualizaciones de tipo Grafana, o similar).

    Modelización de las características de los términos de uso de aplicaciones móviles y web.

    Desarrollo de modelos predictivos para la detección temprana de exposición de la privacidad y ciberacoso.

    Análisis y explotación de los datos generados por los dispositivos implicados en el proyecto. El almacenamiento se llevará a cabo de tecnologías del tipo MongoDB, Ingflux o similar.

    Realización de experimentos de neuromarketing.

2.- DESTINATARIOS

Licenciados o graduados en Ingeniería Informática, Telecomunicaciones o similar, arquitecto o ingeniero superior.

3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes

requisitos:

    Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.

    Estar en posesión de la titulación de Ingeniería Informática, Telecomunicaciones o similar, arquitecto o ingeniero superior.

3.2. En el caso de titulaciones obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO

4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.

4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito suficiente.

En todo caso, las causas de la extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del presente contrato de trabajo.

4.3. El lugar de trabajo será la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática de la UNED, sita en la calle Pintor Rosales 16, 28040 Madrid, con la posibilidad de utilizar la modalidad de teletrabajo.

4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.

4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica íntegra mensual de 3.050 € para toda la vigencia del contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).

4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.

5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:

    Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.

    Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.

    Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el/los investigador/es principal/es del proyecto al que se adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los siguientes criterios:

6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:

    Titulación superior oficial (Doctorado) en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: Ingeniería Informática, Ingeniería de Telecomunicaciones, o similar (hasta 30 puntos).

    Formación y experiencia demostrable en tecnologías relacionadas con el proyecto (Programación en Python, IA frameworks, corpus de datos, desarrollo de aplicaciones móviles, etc.), además de conocimientos en ciencias sociales en cuanto a privacidad y ciberacoso se refiere (hasta 30 puntos).

    Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) (hasta 10 puntos).

6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.

7.- RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación.

Madrid, 5 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

ANEXO: Impreso de solicitud.

 

 

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8.-     Resolución de 12 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se corrige el error detectado en la Resolución de 27 de febrero de 2025, por la que se designa a la candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral de ayudante de investigación en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas por orden 2277/2024, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El pasado 10 de marzo de 2025 fue publicada en el BICI número 21 la Resolución de 27 de febrero de 2025, del rector de la UNED, por la que se designaba a la candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral de ayudante de investigación en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas por Orden 2277/2024, de 27 de mayo, del consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, del que será tutora la profesora D.ª Filipa Martins Baptista .

Segunda.- Que, habiéndose detectado un error en la Facultad y Departamento de adscripción  de la mencionada profesora, se procede a su corrección, siendo el Departamento correcto el de  Didáctica, Organización Escolar y Didácticas Especiales de la Facultad de Educación.

Tercera.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

 

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9.-     Resolución de 12 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se corrige el error detectado en la Resolución de 5 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de técnico de laboratorio en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas por orden 2277/2024, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El pasado 10 de marzo de 2025 fue publicada en el BICI número 21 la Resolución de 5 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de técnico de laboratorio en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas por Orden 2277/2024, de 27 de mayo, del consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, habiendo sido seleccionado el candidato D. José Henao Aguirre, designando como suplente, por orden de puntuación, a D. Jorge Sobredo González.

Segunda.- Que, habiéndose detectado un error en el nombre del tutor del mencionado técnico de laboratorio, así como en la Escuela y Departamento de adscripción , se procede a su corrección, siendo el tutor de la ayuda el profesor D. Salvador Ros Muñoz, del Departamento de Sistemas de Comunicación y Control de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática.

Tercera.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

 

 

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10.-   Resolución de 12 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se declara desierta la convocatoria de un contrato indefinido asociado al proyecto de investigación “CLIPLAST-Estudio de los efectos del cambio climático sobre la toxicidad de contaminantes derivados del plástico en los organismos acuáticos Chironomus riparius y Danio rerio

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El 10 de marzo de 2025 se publicó en el BICI n.º 21 la resolución de 25 de febrero de 2025, del rector de la UNED, por la que se designaba a la candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral en el marco del proyecto “CLIPLAST-Estudio de los efectos del cambio climático sobre la toxicidad de contaminantes derivados del plástico en los organismos acuáticos Chironomus riparius y Danio rerio”, del que son investigadoras principales (IP) las profesoras D.ª Mónica Morales Camarzana y D.ª Raquel Martín Folgar, del Departamento de Física Matemática y de Fluidos de la Facultad de Ciencias.

Segundo.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en el BICI 16, de 3 de febrero de 2025,  la Comisión acordó la concesión del contrato a D.ª Lucía González Álvarez, designando como suplente por orden de puntuación a D.ª Beatriz Horcajo Morera.

Tercera.- Habiendo desistido del contrato la candidata seleccionada, se contactó con la candidata suplente, quien también desistió del contrato de referencia. Es por esta razón que la Comisión acuerda declarar desierta la convocatoria.

Cuarta.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, P.D. (Resolución 17 de enero de 2024, BOE 9 de febrero), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.

 

 

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Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

11.-   Resolución de 10 de marzo de 2025, del rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), por la que se conceden ayudas a la movilidad del personal de administración y servicios, Staff Training Mobility (STT) del programa Erasmus+ de la Unión Europea

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

La vicerrectora de Internacionalización y Multilingüismo de la UNED, previa delegación del rector, resuelve:

PRIMERO. La concesión de las siguientes ayudas según el apartado 6 de la Convocatoria Erasmus+ a la movilidad del Personal de Administración y Servicios (publicada en el BICI n.º 7, del 18 de noviembre de 2024):

 

N.º orden

DNI

APELLIDOS Y NOMBRE

1

***0801**

TEJADA CARRASCO, BEATRIZ

2

***1542**

SERRANO SÁNCHEZ, MARCOS

3

***9737**

RUIPÉREZ GARCÍA, ANTONIO

4

***1733**

ROMERO RINCÓN, MARÍA MONTSERRAT

 

 

SEGUNDO. Según el apartado 7 de la convocatoria, la Sección de Movilidad Internacional, remitirá al beneficiario, por correo electrónico, la documentación y el procedimiento a seguir para la obtención y justificación de la ayuda.

TERCERO. Las ayudas concedidas estarán financiadas con fondos procedentes de la Unión Europea, a través del convenio financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE): 2024-1-ES01-KA131-HED-000201138, cuya fecha límite para realizar y justificar la movilidad finaliza el 30 de diciembre de 2025.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 10 de marzo de 2025. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2024, BOE de 9 de febrero de 2024), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.

 

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12.-   Erasmus+ Acción Clave 1 (KA1): Programa intensivo combinado de corta duración Erasmus+ Facultad de Derecho

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de 12 de marzo de 2025, por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de movilidad de estudiantes de Grado y de Doctorado del área de Ciencias Jurídicas (Derecho) de la Facultad de Derecho de la UNED, para realizar períodos de estudio, dentro del Programa Erasmus+, Acción Clave 1 (KA1)- Programa intensivo combinado de corta duración.

El Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo gestiona este programa de movilidad y hace posible que durante el curso académico 2024-2025 estudiantes matriculados en la UNED, puedan participar en un programa intensivo combinado Erasmus+ (BIP), con el fin de cursar estudios de forma presencial y online, y obtener el reconocimiento de los créditos superados en la universidad asociada.

Esta convocatoria se publica en el marco del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, 20 de mayo de 2021 por el que se establece Erasmus+, el Programa de la Unión para la educación y la formación, la juventud y el deporte.

El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027 aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.

Dentro de las acciones KA1, se encuentran los programas combinados de aprendizaje presencial y online. Estos programas deben tener un valor añadido respecto a los cursos o formaciones ofrecidos por las instituciones participantes, donde grupos de estudiantes y personal realizarán una movilidad física de corta duración, combinada con un componente virtual obligatorio en el que participarán universidades de diferentes países. En este sentido, se reunirán a los estudiantes en línea para trabajar de forma colectiva y simultánea en tareas específicas que estén integradas en el programa intensivo combinado de corta duración y cuenten para los resultados generales del aprendizaje.

1. Objeto de la convocatoria

En esta convocatoria 2024-2025, la movilidad física tendrá lugar en la sede de la FernUniversität in Hagen, en Hamburgo (Alemania), en coordinación  con otras cuatro universidades:

-    UNED.

-    OpenUniversiteit Netherlands (OUNL).

-    University of Wroclaw, Polonia.

-    Open University UK.

2. Finalidad

Su finalidad es la formación transversal en capacidades jurídicas en el curso “Bachelor Summer School and Phd Summer Schools 2025” donde se combina la movilidad virtual y la física de los estudiantes y profesores que participan en el programa:

https://www.fernuni-hagen.de/rewi/internationales/edelnet_neu.shtml

La formación tendrá lugar desde el 29 de mayo 2025 hasta 18 de julio de 2025, desarrollándose la primera parte del curso moodle en modo online en la plataforma de FernUniverstät (Hagen), y la segunda parte de forma presencial en el Centro de FernUniversität en Hamburgo (Alemania), del 14 julio al 18 julio 2025.

En la UNED se ofertan seis plazas para estudiantes de Grado y siete para estudiantes de Máster/Doctorado. Los estudiantes interesados en participar deben presentar su solicitud en la convocatoria de su universidad de origen (Anexo I de la convocatoria).

3. Universidades participantes:

FERN UNIVERSITY HAGEN:

1.Prof. D. Karl August von Sachen Gessaphe, Catedrático de Derecho Internacional Privado, Procesal y Derecho Comparado.

2. Prof. D. Juan García Blesa, Prof. de Derecho Internacional Público.

3. Prof. D. Bernard Crebe, Catedrático de Derecho Privado.

OPEN UNIVERSITY UK:

1. Prof. D. Andrew Gilbert, Senior Lecturer Derecho Privado.

OPEN UNIVERSITY NETHERLAND:

1. D.ª Carla Zoethout, Full Professor, Constitutional Law

2. D. Eduardo Arenas Catalán, Assistant Professor, International Law

3. D. Wanda Meulenberg, Assistant Professor.

4. D.ª Sonja kruisinga

UNIVERSITY OF WROCLAW, Polonia:

1. D. Michael Pernan, Prof. Derecho Constitucional.

3. D. Radoslaw Strugala, Prof. Derecho Civil.

4. D. Michiel Stepien, Profesor de Derecho Internacional Publico.

5. D. Michal Bernaczyk, Prof. Derecho Civil.

UNED:

1. D.ª Eva M. Domínguez Pérez, Prof. Catedrática de Derecho Mercantil.

2. D. Juan-Cruz Alli Turrillas, Prof. Catedrático de Derecho Administrativo.

3. D. Francisco Jiménez, Prof. Titular de Derecho Civil.

4. D.ª Araceli Donado Vara, Prof. Titular de Derecho Civil.

5. D. Fernando Val Garijo, Prof. de Derecho Internacional Público.

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA:

1. D.ª Vanessa Jiménez Serranía, Profesora permanente Laboral de Derecho Mercantil.

4. Requisitos de los candidatos:

1. Nacionalidad:

-    Tener el estatus de refugiado o apátrida.

-    Tener nacionalidad de terceros países (países no miembros del programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad. En este caso, el solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino; se aconseja comenzar esta tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista. Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar ante el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, estar en posesión de las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.

-    Ser ciudadano de uno de los países que pueden participar plenamente en todas las acciones del Programa: los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea y los países y territorios de ultramar; los terceros países asociados al programa: los países de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y Noruega; o de los países candidatos a la adhesión a la UE: Macedonia del Norte, Turquía y Serbia.

2. Estar matriculado en los últimos años del Grado (3.º o 4.º curso) en el área de Ciencias Jurídicas (Derecho).

3. Estar matriculado en el nivel Máster en el área de Ciencias Jurídicas (Derecho).

4. Estar realizando la Tesis doctoral en UNED, para el nivel de Doctorado, en el área de Ciencias Jurídicas (Derecho).

5. Nivel de inglés certificado B2 o equivalente, según el marco común europeo de referencia para las lenguas.

5. Duración de las estancias académicas.

El programa se desarrolla en dos etapas o fases: la primera de ellas comienza en el mes de mayo, con una reunión online en la que se presentan los profesores de distintas Universidades que participan en el mismo. A la reunión asisten los estudiantes admitidos, de forma que pueden también presentarse indicando su universidad de procedencia y estudios realizados. De esta manera, desde el inicio del programa se crea un entorno de proximidad y relación internacional entre los estudiantes.

A partir de ese momento se abre la plataforma en red, en la que previamente los docentes participantes han subido el material disponible para los estudiantes, así como las posibilidades de consulta de dudas al profesor de cada materia a través de un foro. Los profesores pueden también subir clases grabadas, que los estudiantes pueden visualizar de forma asíncrona. Además, se evalúa mediante su participación, la elaboración de casos y trabajos, el estudio realizado en dicha fase del programa.

Durante los meses de mayo y hasta mitad de junio acceden a toda la bibliografía subida en red, y trabajaran sobre ella, complementando la formación con video clases, atención en el foro, y relación online entre los estudiantes.

A mediados del mes de junio de 2025 tiene lugar la bienvenida de los estudiantes con los coordinadores del programa.

El 14 de julio, se inicia la segunda fase presencial del programa, que tendrá como sede el centro de la Fern University en Hamburgo (Alemania).

Los estudiantes reciben docencia presencial donde se fomenta la participación del alumno, a través de preguntas y realización de supuestos prácticos.

La semana del programa presencial termina con un Moot Court, práctica de “Tribunal ficticio”, en el que los estudiantes, divididos previamente en demandante y demandado, exponen sus argumentos sobre un caso práctico, de forma que el Tribunal (integrado por varios profesores), debe valorar el contenido jurídico y su actuación ante el Tribunal.

El programa se celebra íntegramente en inglés, en un entorno internacional, que ofrece el valor de desarrollar las competencias tanto académicas, como lingüísticas, a la vez que se crea un entorno internacional sostenible en el tiempo.

La experiencia que proporciona la realización de estos programas en ediciones anteriores permite lograr un nivel académico y organizativo óptimo, en constante mejora académica, como ponen de manifiesto las evaluaciones de calidad realizadas.

6. Reconocimiento académico

Los estudiantes que completen la formación online y presencial con aprovechamiento, les serán reconocidos 5 créditos (ECTS) de asignaturas optativas o de libre configuración.

La Fer Universität in Hagen (Alemania) como coordinadora del programa intensivo combinado de corta duración expedirá un certificado de participación en el mismo.

7. Ayuda económica

Los estudiantes seleccionados recibirán apoyo financiero, a través  del  convenio financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) e irán con cargo al proyecto:

Erasmus+ 2024-1-ES01-KA131-HED-000201138.

8. Comisión de Selección

La Comisión de Selección estará constituida por las siguientes personas, o personas en quienes deleguen:

- Por parte del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo:

     D.ª Laura alba Juez, vicerrectora de Internacionalización y Multilingüismo o persona en quien delegue.

     D.ª Patricia Rodriguez Sáez, jefa de Área de Internacionalización y Centros en el Exterior.

     D.ª Encarna Valero Ibáñez, Oficina Técnica de Cooperación e Internacionalización.

- Por parte de la Facultad de Derecho: D.ª Esther Souto Galván, coordinadora de Movilidad de la Facultad de Derecho, UNED.

- Por parte de la Escuela Internacional de Doctorado UNED: D. Angel de Juanas, director.

- Por parte de la Coordinación del programa: D. Juan-Cruz Alli Turrillas y D.ª Eva M. Domínguez Pérez.

9. Solicitud. forma y plazo para la presentación de solicitudes

Quien desee participar en la presente convocatoria, deberá cumplimentar la solicitud en la Sede Electrónica de la UNED en el siguiente enlace: https://sede.uned.es/

Una vez cumplimentada la solicitud, se adjuntarán los siguientes documentos que serán valorados por la Comisión de Selección:

- Curriculum vitae.

- Acreditación del conocimiento de idiomas: certificado B2 o equivalente, según el marco común europeo de referencia para las lenguas.

Los archivos generados se admitirán en formato .DOC, .PDF. El/los archivo/s a subir a la Sede Electrónica se denominará así: Facultad/Escuela, Apellido1_Apellido 2, Nombre.PDF o la extensión que corresponda.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en BICI.

10. Selección de los candidatos y resolución

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección realizará la propuesta de seleccionados y el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, publicará dicha propuesta con el listado de estudiantes seleccionados, suplentes y excluidos Erasmus+.

Esta propuesta de adjudicación será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), y se anunciará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo:

https://www.uned.es/universidad/inicio/internacional/movilidad/movilidad-para-estudiantes/erasmus.html.

En el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las reclamaciones oportunas previas a la resolución definitiva. Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución definitiva que será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) así como en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.

Los criterios que valorará la Comisión de Selección serán los siguientes:

- Calificación media del expediente académico.

- Conocimiento de idiomas. Es obligatorio acreditar nivel B2 (o superior) del idioma en el que se recibirán las clases en la universidad de destino, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

- Adecuación del estudiante al perfil de la plaza (se acepta carta de motivación del estudiante). Podrán realizarse entrevistas personales si la Comisión de Selección lo estima oportuno.

11. Lista de reserva y vacantes

Junto con la adjudicación provisional se publicará una lista de reserva con el fin de cubrir las vacantes que pudieran producirse.

12. Renuncias

Los estudiantes tendrán de plazo hasta el 30 de mayo de 2025 para presentar su renuncia por escrito, que será enviada al Servicio de Internacionalización a través del siguiente correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es , indicando el motivo de su renuncia y devolviendo los documentos originales que ya hubiera recibido como estudiante Erasmus seleccionada/o.

Las renuncias posteriores a 30 de mayo de 2025, así como la omisión de su comunicación, darán lugar a la exclusión del estudiante en futuros procesos de selección de cualquier convocatoria de movilidad promovida por este Vicerrectorado.

13. Procedimiento de concesión de ayudas

Los estudiantes seleccionados serán informados del procedimiento y requisitos necesarios para el disfrute de las ayudas, desde la Sección de Movilidad Internacional en la cuenta de correo electrónico xxxxxx@alumno.uned.es .

La obtención de la Tarjeta Sanitaria Europea de la Seguridad Social es responsabilidad del propio estudiante. Dicho documento deberá solicitarse antes de la salida al extranjero en www.seg-social.es. Para solicitar este documento, el estudiante presentará la Credencial Erasmus+ que se entregará a los alumnos seleccionados, la fotocopia del resguardo de matrícula y la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social del estudiante o de sus padres.

Más información sobre los costes y tratamientos cubiertos en cada país con la Tarjeta Sanitaria Europea:

https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es.

El estudiante seleccionado tiene la obligación de obtener la cobertura de un seguro médico complementario privado que cubra las necesidades no amparadas por la Tarjeta Sanitaria Europea: accidentes, responsabilidad civil, enfermedades, determinadas intervenciones médicas y repatriación.

La Sección de Movilidad Internacional envía a las universidades europeas del programa la nominación de estudiantes seleccionadas/os en esta Convocatoria. La gestión para ser admitido en la universidad de destino será responsabilidad del estudiante, que deberá estar atento a su correo electrónico, ya que la universidad extranjera se pondrá en contacto con cada interesado/a, con las indicaciones necesarias para finalizar su admisión.

Los estudiantes seleccionados deberán rellenar y enviar los documentos que les sean requeridos en los plazos fijados por la universidad de origen y de destino. El incumplimiento de los requisitos que fijen las universidades podrá suponer la cancelación de la plaza concedida. Además, gestionará su viaje y alojamiento. También el permiso de residencia en el organismo correspondiente del país extranjero en el caso de que sea necesario. Para ello se recomienda que lleven consigo una partida de nacimiento bilingüe expedida por el Registro Civil español de su lugar de nacimiento.

Todos los estudiantes Erasmus+ están obligados a inscribirse en el Consulado de España correspondiente en el país de destino. Más información en: www.exteriores.gob.es .

14. Normas finales

Los candidatos, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de Selección se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2024, BOE de 9 de febrero de 2024). LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez 

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La finalidad del tratamiento de los datos es la tramitación de las becas internacionales que se asignan a los estudiantes de la UNED.

El tratamiento al que se adscribe es: “tramitación del Programa intensivo combinado de corta duración Erasmus+”, cuyo responsable es: jefa del Área de Internacionalización y Centros en el Exterior, internacional.protecciondedatos@adm.uned.es . 

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13.-   Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de 12 de marzo de 2025, por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de plazas para la movilidad para realizar períodos de prácticas dentro de la Acción Clave 1 (KA131), del Programa Erasmus+ para el curso 2025-2026

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

Esta convocatoria se publica en el marco del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por el que se establece Erasmus+, el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2021-2027 y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/20131[1].

El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027 aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.

La movilidad de estudiantes para la realización de Prácticas Erasmus+ está integrada dentro de la Acción Clave 1 (KA1) del Programa Erasmus+. El periodo de prácticas es la estancia en cualquier organización pública o privada europea[2], y tiene por finalidad contribuir a que los estudiantes se adapten a las exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, alcancen aptitudes específicas y mejoren su comprensión del entorno económico y social del país en cuestión, al mismo tiempo que adquieren experiencia laboral.

Los participantes en estas prácticas pueden mejorar sus competencias comunicativas, lingüísticas e interculturales, adquiriendo aptitudes no técnicas muy valoradas en el mercado laboral y desarrollando una mentalidad más emprendedora. Además, el programa Erasmus+ presta un apoyo lingüístico online que facilita el aprendizaje del idioma utilizado en el lugar de trabajo.

La pertenencia a la Alianza Europea de Universidades OpenEU nace de la iniciativa Universidades Europeas de la Comisión Europea destinada a establecer alianzas entre instituciones superiores de toda Europa, en beneficio de sus estudiantes, su personal y la sociedad. OpenEU se desarrolla como espacio para las universidades abiertas de Europa y más allá sus principales objetivos son:

1. Establecer una universidad abierta, digital, verde, inclusiva, centrada en el estudiante y de ámbito europeo, ampliando el acceso a una educación superior de calidad y al aprendizaje permanente para todos y todas.

2. Contribuir a la transformación digital de las Instituciones de Educación Superior, apoyándolas en la integración de las tecnologías digitales para la educación para el refuerzo y dinamización de la dimensión digital del EEES.

En este contexto, la UNED asume un compromiso para el fomento de las movilidades de estudiantes en instituciones extranjeras, en el marco de las oportunidades que brinda el Programa Erasmus+.

El Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo gestiona este programa de movilidad y hace posible que durante el curso académico 2024-2025 aquellos estudiantes que finalizaron sus estudios de Grado/Máster y/o Doctorado en la UNED, puedan realizar unas prácticas presenciales y obtener a su regreso el reconocimiento dentro del Programa Erasmus+. Para ello, este Vicerrectorado convoca 5 ayudas financieras con sujeción a las siguientes bases:

1. Requisitos de los candidatos:

a) Los candidatos deberán cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos relativos a la nacionalidad:

-   Ser ciudadano de uno de los países que pueden participar plenamente en todas las acciones del Programa: los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea y los países y territorios de ultramar; los terceros países asociados al programa: los países de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y Noruega; o de los países candidatos a la adhesión a la UE: Macedonia del Norte, Turquía y Serbia.

-   Tener el estatus de refugiado o apátrida.

-   Tener nacionalidad de terceros países (países no miembros del programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad. En este caso, el solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino se aconseja comenzar esta tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista. Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar ante el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, estar en posesión de las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.

b) Ser titulado de un Grado/Máster Universitario/Doctorado de la UNED, excluidos los Títulos Propios, y haber finalizado los estudios en el curso académico 2023/2024.

c) Poseer la acreditación oficial del idioma en el que se realizará la práctica en el país de destino, con un nivel mínimo B1, según el marco común europeo de referencia para las lenguas. El conocimiento superior al mínimo exigido, será considerado como mérito en la selección. La no acreditación de este requisito en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria supondrá motivo de exclusión del proceso de selección.

d) Todos los interesados deberán realizar prácticas a tiempo completo en empresas, centros de formación, centros de investigación y otras organizaciones.

e) No haber incumplido los requisitos y obligaciones establecidas en convocatorias anteriores de movilidad ofertadas en la UNED.

Todos los requisitos establecidos en esta convocatoria deberán cumplirse en el plazo indicado en el apartado para la presentación de solicitudes, y habrán de mantenerse hasta la realización efectiva de la movilidad.

2. Características de las movilidades de prácticas Erasmus+:

2.1. Las movilidades se concederán exclusivamente para la realización de prácticas a tiempo completo en instituciones o centros en el extranjero.

2.2. Tipos de institución o centro donde se realizarán las prácticas:

A. Cualquier organización pública o privada activa en el mercado de trabajo o en los ámbitos de la educación, la formación o la juventud. Por ejemplo, la organización puede ser:

    Una empresa pública o privada, pequeña, mediana o grande (incluidas las empresas sociales).

    Un organismo público local, regional o nacional.

    Un interlocutor social u otro representante de la vida laboral, incluidos las cámaras de comercio, las asociaciones artesanales o profesionales y los sindicatos.

    Un instituto de investigación.

    Una fundación.

    Un centro escolar, un instituto o un centro educativo (de cualquier nivel, incluidas la educación profesional y la educación de personas adultas).

    Una organización, asociación u ONG sin ánimo de lucro.

    Un organismo de asesoramiento académico, orientación profesional y servicios Informativos.

B. Una Institución de Educación Superior (HEI-Higher Education Institution) del país del programa, titular de una Carta Erasmus (ECHE-Education Charter Higher Education). Pueden consultarlas en el siguiente enlace:

https://erasmus-plus.ec.europa.eu/es/document/higher-education-institutions-holding-an-eche-2021-2027?  

2.3. Con el fin de evitar conflictos de interés o doble financiaciones no son admisibles, como organizaciones de destino para estudiantes que vayan a realizar un periodo de formación, las siguientes:

A. Las instituciones de la UE y otros organismos de la UE, incluidas las agencias especializadas.

B. Las organizaciones que gestionen programas de la UE, como las Agencias Nacionales Erasmus+.

3. Certificado del periodo de prácticas Erasmus+:

La UNED con el Código Erasmus+ E MADRID01, entregará un certificado del período de prácticas realizado en la institución o centro. El certificado del período de prácticas únicamente podrá ser denegado si un estudiante no alcanza el nivel requerido por la institución o centro, o bien se incumplen las condiciones acordadas en el convenio de subvención firmado con el beneficiario de la ayuda financiera.

Estas prácticas son extracurriculares y no tendrán reconocimiento académico.

4. Duración de la estancia:

Las prácticas en el extranjero pueden durar un mínimo de 2 meses y un máximo de 7 meses.

Las prácticas se podrán realizar con fecha límite del 1 de diciembre de 2025.  La fecha de inicio de las prácticas será la del primer día que el beneficiario ha de estar presente en la organización de destino, y deberá ser posterior a la fecha de publicación de la resolución de la concesión de las ayudas financieras.

 La fecha de finalización será el último día que el estudiante ha de estar presente en la organización de destino. Se justificarán documentalmente las estancias.

En todo caso, la duración estará determinada por la  institución o centro. Se podrá ampliar el período de estancia si la institución de origen y la de institución o centro están de acuerdo, siempre y cuando la estancia ampliada se realice inmediatamente después, no suponga una interrupción de la misma y no se extienda más allá del 1 de diciembre de 2025.

Durante el cierre de la institución o centro por vacaciones se mantiene el derecho a percibir la ayuda de la UE, siempre y cuando la estancia de las prácticas continúe al menos un mes después de finalizar el periodo vacacional de la institución de institución o centro. Los días de cierre no computarán para duración mínima (2 meses), pero sí para la duración máxima de 7 meses de movilidad Erasmus+.

5. Seguimiento de la estancia:

El solicitante tendrá la obligación de aportar, junto con su solicitud, los datos de contacto y el compromiso de aceptación de la institución o centro que le haya aceptado como estudiante en prácticas.

La institución o centro nombrarán en cada caso un tutor que velará por el cumplimiento de los objetivos contenidos en el Acuerdo de Aprendizaje ERASMUS+ de movilidad de estudiantes para prácticas.

La práctica propuesta deberá ser aceptada por el tutor de la UNED asignado, e incluirá su firma en el documento habilitado para ello.

En todo caso, para la concesión de la beca se tendrá en cuenta la idoneidad de la institución o centro.

6. Compatibilidad de las ayudas:

6.1. Compatibilidad de ayudas en el marco de Programas Erasmus+. La recepción de ayudas Erasmus+ con fines de prácticas es incompatible con las ayudas Erasmus+ de estudios en el mismo período, siendo, sin embargo, compatibles si se desarrollan en dos períodos sucesivos en el mismo curso académico.

6.2. Compatibilidad con las becas de estudios de carácter general del Ministerio y de Comunidades Autónomas, en su caso, para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores en el curso inmediatamente anterior al que se va a realizar la movilidad. La concesión de una ayuda Erasmus+ no supone, en ningún caso, la reducción ni supresión de la beca obtenida, en su caso, de la convocatoria del Ministerio o de las Comunidades Autónomas.

7. Ayuda económica:

Los estudiantes seleccionados recibirán apoyo financiero a través del convenio financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) e irán con cargo al proyecto Erasmus+ 2024-1-ES01-KA131-HED-000201138.

Las ayudas económicas no se destinarán a cubrir la totalidad de las prácticas en el extranjero, sino a compensar costes de movilidad adicionales: costes de viaje, preparación lingüística y, en su caso, el coste de vida superior del país de institución o centro.

El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) fijará las cuantías mensuales en función del número de estudiantes desplazados a nivel nacional y de las actualizaciones de la Guía del Programa Erasmus+ de la Comisión Europea.

7.1. Las ayudas establecidas según el país de destino son:

 

 

Cantidad mensual de las ayudas

Ayuda ordinaria

Estudiantes con menos oportunidades

Grupo 1

Países del Programa con costes de vida más altos

Alemania, Austria, Belgica,Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia. Países asociados de la región 14: Andorra, Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino, Islas Feroe, Reino Unido y Suiza.

500 €

750 €

Grupo 2

Países del Programa con costes de vida medios

Chequia, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia,  Malta y Portugal

450 €

700 €

Grupo 3

 Países del Programa con costes de vida más bajos

Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía.

400 €

650 €

Terceros países no asociados al programa de las regiones 1 a 12 (ver Anexo Tercero con el listado de países)

700 €

950 €

 

7.2. Las ayudas económicas para estudiantes con menos oportunidades: 

Las movilidades de larga duración se financiará una cantidad adicional de 250 € mensuales a los estudiantes que se encuentren en alguna de las situaciones que figuran a continuación:

Obstáculos socioeconómicos:

- Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad.

- Percibir la unidad familiar de prestación de ingreso mínimo vital/renta mínima de inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza.

- Estar en riesgo de exclusión social.

- Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.

- Encontrarse en situación de especial necesidad y emergencia social.

- Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en situación de orfandad.

- Encontrarse en situación de dependencia o con dependientes a cargo.

- Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.

Obstáculos geográficos:

Estar matriculado en un centro situado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, o estar empadronado en dichas ciudades, en caso de que la matrícula se realice en una institución educativa no presencial.

Problemas de salud:

Padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional.

Diferencias culturales:

Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.

7.3. Apoyo individual para desplazamiento ecológico:

Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé una contribución única de 50€ para viaje ecológico para cubrir los días de viaje en trayecto de ida y vuelta, si procede.

Los estudiantes deberán justificar documentalmente este tipo de viaje al finalizar su estancia. El viaje ecológico hace referencia únicamente al desplazamiento entre la ciudad de origen y la ciudad de la institución de destino, al inicio y a final de la estancia. El viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal de trayecto (más del 50 %), por ejemplo, el autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido.

7.4. Ayudas para el Apoyo a la Inclusión Erasmus +:

El Programa Erasmus+ prevé ayudas adicionales para el Apoyo a la inclusión. El objetivo de estas ayudas es cubrir los costes adicionales directamente relacionados con la movilidad de los participantes con problemas físicos, mentales o de salud y de sus acompañantes. El importe cubrirá el 100% de los costes reales que se consideren subvencionables según las normas del Programa.

Para acceder a estas ayudas, los participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los criterios de elegibilidad establecidos en el programa.

El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) gestiona directamente estas ayudas a través de una convocatoria anual. Asimismo, los estudiantes que puedan ser beneficiarios de estas ayudas y realicen la estancia de prácticas Erasmus+ para el curso 2024/2025, deberán ponerse en contacto a través del correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es  a fin de gestionar su solicitud ante el SEPIE.

7.5. Ayudas de viaje para los estudiantes de Canarias.

Las cantidades definitivas figuran en la Guía del Programa Erasmus+ que va actualizando la Comisión Europea.

La Unión Europea apoyará financieramente con la mediación del SEPIE a los estudiantes residentes en Canarias, quienes percibirán la cantidad de 786 €/mes en concepto de apoyo individual (en este caso no se aplicará el importe complementario para los estudiantes y titulados recientes con menos oportunidades).

Además, los estudiantes de Canarias recibirán una ayuda de viaje entre 211 € y 1735 € dependiendo de la distancia al país receptor según la tabla siguiente:

 

Distancias de viaje (Kms)

Cantidad (€ por participante)

Entre 100 y 499

211

Entre 500 y 1999

309

Entre 2000 y 2999

395

Entre 3000 y 3999

580

Entre 4000 y 7999

1188

8000 o más

1735

 

Las ayudas financieras recibidas en el marco del programa Erasmus+ no podrán utilizarse para cubrir gastos ya financiados en el marco de otros programas comunitarios como: el Quinto Programa Marco de IDT; gastos financiados en el marco de actividades costeadas con contribución comunitaria o gastos ya cubiertos por otros fondos (las principales fuentes serían los acuerdos culturales bilaterales, los donantes privados y los organismos internacionales).

7.6. Apoyo financiero del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo de la UNED.

Los estudiantes seleccionados recibirán una ayuda económica para contribuir a los gastos de viaje y seguro médico privado por un importe global de 600 €.

7.7. Procedimiento para el ingreso de la financiación concedida.

La Sección de Movilidad Internacional del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, se pondrá en contacto con los estudiantes seleccionados y les informará del procedimiento a seguir para el ingreso de la financiación concedida.

El abono de la ayuda se realizará exclusivamente mediante transferencia bancaria a libretas de ahorro o cuentas corrientes situadas en España, cuyo titular o cotitular deberá ser, necesariamente, el estudiante beneficiario de la misma. Este número de cuenta se aportará en la documentación que deberán presentar los estudiantes seleccionados.

No deberán pagarse tasas universitarias en la institución o centro extranjeros (en concepto de tutoría, inscripción, exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.)

Para poder realizar el pago a estudiantes que no tienen nacionalidad española es obligatorio presentar copia del NIE.

El incumplimiento por parte de cada estudiante de las condiciones del acuerdo de formación y del convenio financiero que recibirán y firmarán los estudiantes seleccionados puede dar lugar a sanciones económicas que supongan el reembolso total o parcial de las cantidades percibidas.

La obtención de la Tarjeta Sanitaria Europea de la Seguridad Social es responsabilidad del propio estudiante. Dicho documento, deberá solicitarse antes de la salida al extranjero en www.seg-social.es  . Para solicitar este documento, el estudiante presentará la Credencial Erasmus+ que se entregará a los alumnos seleccionados, la fotocopia del resguardo de matrícula y la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social del estudiante o de sus padres.

Más información sobre los costes y tratamientos cubiertos en cada país con la Tarjeta Sanitaria Europea:

https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es.

El estudiante seleccionado tiene la obligación de obtener la cobertura de un seguro médico complementario privado que cubra las necesidades no amparadas por la Tarjeta Sanitaria Europea: accidentes, responsabilidad civil, enfermedades, determinadas intervenciones médicas y repatriación.

Todos los estudiantes Erasmus+ están obligados a inscribirse en el Consulado de España correspondiente en el país de destino. Más información en:  www.exteriores.gob.es .

8. Solicitud,  forma y plazo para la presentación de solicitudes

Quien desee participar en la presente convocatoria, deberá cumplimentar la solicitud en la Sede Electrónica de la UNED en el siguiente enlace: https://sede.uned.es/

Una vez cumplimentada la solicitud por sede electrónica se adjuntarán los siguientes documentos que serán valorados por la Comisión de Selección:

- NIF o Pasaporte.

- Curriculum vitae de acuerdo al modelo EUROPASS, en el que se expresen todos los méritos no comprendidos en el expediente académico, incluyendo fotocopias acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional.

Se puede descargar en:

http://europass.cedefop.europa.eu/en/documents/curriculum-vitae

- Acreditación del conocimiento de idiomas mediante certificado reconocido según el marco común europeo de referencia para las lenguas. Nivel mínimo exigido: B1 del país de destino. 

- Ficha de institución o centro (Anexo I).

- Carta del responsable de institución o centro firmada con la aceptación expresa al estudiante en prácticas.

- Expediente académico.

Los archivos generados se admitirán en formato .DOC, .PDF. El/los archivo/s a subir a la Sede Electrónica se denominará así: Facultad/Escuela, Apellido1_Apellido 2, Nombre.PDF o la extensión que corresponda.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en BICI.

9. Selección de los candidatos y resolución

La Comisión de Selección, está constituida por las siguientes personas o personas en quienes deleguen:

Presidente: 

D.ª Laura Alba Juez, vicerrectora de Internacionalización y Multilingüismo.

Vocales:

D.ª Patricia Rodríguez Sáez, jefe de Área de Internacionalización y Centros en el Exterior.

D.ª Encarnación Valero Ibáñez, técnico de la Oficina de Internacionalización y Cooperación.

Secretaria:

D.ª Carolina de Pablo Pérez , jefe de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de selección realizará la propuesta de adjudicación de plazas y el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, publicará dicha propuesta de adjudicación con el listado de estudiantes seleccionados, suplentes y excluidos Erasmus+.

Esta propuesta de adjudicación será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) y se anunciará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo:

https://www.uned.es/universidad/inicio/internacional/movilidad/movilidad-para-estudiantes/erasmus.html .

En el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las reclamaciones oportunas previas a la resolución definitiva en el siguiente correo electrónico:

vrector-internacional@adm.uned.es .

Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución definitiva que será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) así como en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.

Las solicitudes recibidas serán valoradas en función del siguiente baremo hasta un máximo de 10 puntos:

Expediente académico

Hasta 4 puntos

Correspondiente a la media ponderada del expediente académico de 0 a 10 puntos

Conocimiento del idioma en el que se realizarán las prácticas en el país de destino con la acreditación oficial de dicho conocimiento del idioma

Hasta 3 puntos

B1- 1 punto

B2- 2 puntos

C1- 2,5 puntos

C2- 3 puntos

Adecuación del perfil del estudiante a las prácticas solicitadas

Hasta 3 puntos

Se concederá hasta 3 puntos a la valoración de curriculum vitae y otros méritos aportados por los candidatos relacionados con la finalidad de la beca

 

En caso de empate, se dará mayor prioridad a quienes no hayan realizado movilidad en el marco del programa Erasmus (Programa de Aprendizaje Permanente, Erasmus+ y Erasmus Mundus).

10. Lista de reserva y vacantes

Junto con la adjudicación provisional se publicará una lista de reserva con el fin de cubrir las vacantes que pudieran producirse.

11. Renuncias

Los estudiantes tendrán de plazo hasta el 30 de junio de 2025 para presentar su renuncia por escrito, que será enviada al Servicio de Internacionalización a través del siguiente correo electrónico:

movilidad-economico@adm.uned.es , indicando el motivo de su renuncia y devolviendo los documentos originales que ya hubiera recibido como estudiante Erasmus seleccionada/o.

Las renuncias posteriores a 30 de junio de 2025, así como la omisión de su comunicación, darán lugar a la exclusión del estudiante en futuros procesos de selección de cualquier convocatoria de movilidad promovida por este Vicerrectorado.

12. Normas finales

Los candidatos, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes.

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2024, BOE de 9 de febrero de 2024). LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.

PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con lo establecido en la Normativa vigente de Protección de Datos Personales, le informamos que los datos aportados en este documento serán tratados, en calidad de responsable del tratamiento, por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA.

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El tratamiento al que se adscribe es: “tramitación de las becas de Erasmus+ prácticas”, cuyo responsable es: jefa del Área de Internacionalización y Centros en el Exterior, internacional.protecciondedatos@adm.uned.es.   

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Asimismo, los datos serán utilizados para enviar información, por cualquier medio, acerca de las finalidades antes descritas.

Sus datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos en la legislación vigente.

Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos u oposición al tratamiento ante la UNED, Sección de Protección de Datos, calle Bravo Murillo 38, 28015 de Madrid, o en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, junto con la información adicional y el formulario: Oficina de Protección de Datos (www.uned.es/dpj ) o a través de la Sede electrónica (https://sede.uned.es/procedimientos/portada/idp/40 ) de la UNED.

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Anexo I: Ficha de empresa

 

[1]. Reglamento (UE) N.º 1288/2013 del PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el Programa ERASMUS+ de Educación, Formación, Juventud y Deporte de la Unión.  Convocatoria 2015, DOUE 02.10.2014

[2]. La institución o centro deberá pertenecer a un Estado miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre Dinamarca, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suecia) o a tercer país asociado al Programa Erasmus+ a la que se haya concedido una Carta Erasmus+ de Educación Superior (Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, Noruega, Serbia, Turquía ) o a un tercer país no asociado al Programa, según la información detallada en: Países admisibles - Erasmus+.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

vicerrectorado de estudiantes e inclusión

14.-   Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión de ayudas para estudiantes universitarios afectados por la DANA

 

Habiendo sido objeto de publicación en el BICI número 18, de 17 de febrero de 2025, Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión por la que se otorga una ayuda a las estudiantes D.ª Clara Mascarell Esteve, D.ª Cristina Rodríguez Martínez, D.ª Mercedes Villanova Ferrer y D.ª Monserrat Cabanillas Vega y teniendo constancia de la no aceptación de la misma , incumpliendo las Bases de la convocatoria, en virtud del Programa de Becas Santander suscrito con la CRUE sobre Ayudas a universitarios cuyas familias o medios de vida se han visto afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos que ha tenido lugar entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 que establece en su apartado Asignación de Ayudas entre los Candidatos que “Tal asignación se comunicará a los beneficiarios quienes dispondrán de 7 días naturales para cursar su aceptación, todo ello a través de la Plataforma”, así como la Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión, que establece “Los/as beneficiarios/as deberán aceptar, de conformidad con lo dispuesto en las Bases de la convocatoria, la ayuda en la Plataforma del Banco Santander donde lo solicitaron, teniendo un plazo de 7 días naturales para cursar su aceptación. De no cumplir este requisito, se entenderá que la rechazan”, en aplicación de lo dispuesto en el Título V, Capítulo I, ‘De la revisión de los actos en la vía administrativa’, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, quedan revocadas las ayudas a favor de D.ª Clara Mascarell Esteve, Dª Cristina Rodríguez Martínez, D.ª Mercedes Villanova Ferrer y D.ª Monserrat Cabanillas Vega, otorgándosele las mismas a los/as estudiantes D.ª Celia Pozo Fernández, D.ª Sandra Cuesta Soriano, D. Carlos González Guerra y D.ª María Alarcón Pardo.

Los/as beneficiarios/as deberán aceptar, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, la ayuda en la plataforma del Banco Santander donde lo solicitaron, teniendo un plazo de 7 días naturales para cursar su aceptación. De no cumplir este requisito, se entenderá que la rechazan.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 6 de marzo de 2025. LA VICERRECTORA DE ESTUDIANTES E INCLUSIÓN, Ana María Lisbona Bañuelos.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

vicerrectorado de innovación educativa

15.-   Novedades editoriales

Sección de Difusión y Distribución

0137466PB01A01 UNA HISTORIA DEL CÁLCULO. DEL ÁBACO AL PC

     P.V.P.: 25,00 €

     P.V.P. en formato PDF: 12,5 €.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

gerencia

16.-   Resolución de 6 de marzo de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo I nivel B, en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

Sección PTGAS Laboral

Por Resolución rectoral de 18 de diciembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 25 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2024, prevista en el artículo 20. Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2024.

Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.

Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS laboral, Grupo I, nivel B en el Servicio de  Prevención de Riesgos Laborales, con sujeción a las siguientes bases.

 

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, de conformidad con lo previsto en el III Convenio Colectivo de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED, publicado por Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección General de Trabajo (BOCM 20 de junio), y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

Poseer la formación para el desempeño de las funciones preventivas de nivel superior correspondiente a las tres especialidades y disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

1.3.  Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es  MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:

https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU,  La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:

-    Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

-    Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

-    El pago online de tasas.

-    El registro electrónico de la solicitud.

-    Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2024. Grupo I. Prevención de Riesgos Laborales. P. Interna (LPRL0001)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 17 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a)  Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

     No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.

b)  Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

     La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: personas con discapacidad, familia numerosa general, familia numerosa especial o víctima de terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33%.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Asimismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al rector, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es ).

4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 100 anteriores.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.

Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.

En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

-    Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

-    Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: Esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:

5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.

5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.

5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.

    0,1  por cada mes en la misma unidad.

    0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.

Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.

Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

    0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

    0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.

Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.

Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.

También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.

Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

    De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

    De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

    De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

    De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

    De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

    De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.

Los  méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “V” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2024 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de julio).

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.

No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de Resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un  período de prueba de tres meses en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 6 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED

Primera. Descripción de las plaza

Código plaza: LPRL0001

Grupo profesional I, nivel B.

Adscripción: Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Funciones principales del puesto:

Proporcionar a los Órganos de Gobierno de la UNED, al personal y a sus representantes, el asesoramiento y apoyo que precisen, en particular, en relación con las siguientes materias:

    Promoción de la prevención en la UNED y su integración en la misma, colaborando en el desarrollo, implantación y aplicación del plan de prevención y el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales.

    Evaluación de los riesgos que puedan afectar a la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, desarrollo de estrategias de medición y proposición de medidas para su eliminación, control y reducción.

    Planificación de la actividad preventiva derivada de las evaluaciones de riesgos, determinación de prioridades y seguimiento de medidas preventivas y acciones correctoras.

    Vigilancia del cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos, efectuando personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que le sean asignadas.

    Realización de actividades de información y formación general de las personas trabajadoras en materia preventiva, a todos los niveles y en las materias propias de su área de especialización.

    Planificación y dirección de las actuaciones a desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios.

    Programación de los reconocimientos médicos y gestión de actividades de vigilancia y promoción de la salud de las personas trabajadoras en relación con los riesgos derivados del trabajo.

 

Segunda. Programa

1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa en que se inspira. Estructura general de la Ley y análisis de su contenido.

2. Derechos y obligaciones de las personas trabajadoras y empresarias en materia preventiva. La protección del personal especialmente sensible. La protección de la maternidad. Actuación en caso de riesgo grave e inminente.

3. Consulta y participación de las personas trabajadoras. Delegados de Prevención. Comité de Seguridad y Salud. El Reglamento del Comité de Seguridad y Salud de la UNED.

4. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Estructura general y análisis de su contenido.

5. Integración de la actividad preventiva en la empresa. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Metodologías de realización.

6. Organización de recursos para las actividades preventivas. Modalidades. Requisitos, funciones, recursos materiales y humanos. Presencia de recursos preventivos. Funciones y niveles de cualificación en prevención de riesgos laborales.

7. Auditorías o evaluaciones externas del sistema de prevención. Concepto y ámbito de aplicación. Contenido, metodología y requisitos. El informe de auditoría. Las auditorías voluntarias.

8. Disposiciones normativas complementarias en materia de prevención. La Ley sobre infracciones y sanciones en el Orden Social. Actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley General de Sanidad. La Ley de Industria.

9. Responsabilidades y sanciones en el orden penal, civil y administrativo. Análisis de compatibilidad. Las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

10. Legislación sobre seguridad y salud laboral en el ámbito comunitario. Directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. Directiva marco. Directivas específicas y otras que amplían y completan lo establecido en la Directiva marco. Recomendaciones y otros actos.

11. La higiene industrial. Conceptos y objetivos. Estrategias de evaluación y planificación de la prevención en higiene industrial. Medidas de control de la exposición. Principios generales de toxicología laboral.

12. Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Conceptos y objetivos. Diseño ergonómico de puestos de trabajo. Métodos generales de evaluación de las condiciones de trabajo.

13. Carga física de trabajo. Conceptos y métodos de análisis. Los trastornos musculoesqueléticos.

14. Carga mental de trabajo. Conceptos y métodos de análisis. Otras patologías psicosociales: El síndrome del «burn out» y el acoso moral en el trabajo. Efectos sobre la salud.

15. El proceso de evaluación de factores psicosociales. Conceptos y fases. Metodologías. Planes de intervención. El método FPSICO del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

16. La vigilancia de la salud. Conceptos, características y normas generales de aplicación. La actividad sanitaria de los servicios de prevención. Reconocimientos médicos específicos. Los protocolos de vigilancia sanitaria específica de las personas trabajadoras.

17. Los accidentes de trabajo. Conceptos y normas vigentes. Índices estadísticos de accidentes de trabajo. Sistemas de representación. Análisis estadístico de la siniestralidad laboral.

18.Investigación de accidentes de trabajo. Selección de accidentes para investigar, metodología general y utilidades. Notificación y registro. Parte oficial de accidente de trabajo. Parte interno de empresa. La inspección de seguridad. Los incidentes de trabajo.

19. Las enfermedades profesionales. Conceptos y normas vigentes. Cuadro general de enfermedades profesionales en España. Las denominadas enfermedades relacionadas con el trabajo. Notificación y registro. Técnicas de investigación.

20. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Metodología de evaluación.

21. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas. Concepto, normas vigentes y guías de aplicación. Metodología de evaluación.

22. Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Tipos, características y requisitos de las señales.

23. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Condiciones generales y ambientales. Orden, limpieza y mantenimiento. Iluminación.

24. Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras frente al riesgo eléctrico. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Trabajos sin tensión, en tensión, en proximidad y en emplazamientos con riesgo de incendio o explosión. Electricidad estática.

25. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por las personas trabajadoras de los equipos de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Trabajos temporales en altura.

26. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por las personas trabajadoras de equipos de protección individual. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

27. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

28. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a los riesgos relacionados con la exposición a vibraciones mecánicas. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

29. La protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

30. La protección de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

31. La protección de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

32. La protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras expuestas a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

33. Normativa para la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras en los supuestos de coordinación de actividades empresariales. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

34. Normativa básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia. Conceptos básicos y estructura de los planes de autoprotección. Medidas de emergencia.

35. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Actuaciones durante las fases de proyecto y ejecución de las obras. Diferencia entre obras con proyecto y obras sin proyecto.

36. La protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.

37. Normativa de equipos y sistemas de protección contra incendios. Diseño, características, instalación y mantenimiento. Nociones básicas para el manejo de extintores y bocas de incendio equipadas.

38. Química del fuego. Factores determinantes del riesgo de incendio y principales métodos de extinción. Clases de fuego. Transmisión y propagación del calor.

39. Prevención de riesgos en laboratorios. Control ambiental de riesgos. Instalación eléctrica. Instalación de gases a presión. Protección contra el fuego.

40. Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y preparados peligrosos. Criterios de almacenamiento. Fichas de datos de seguridad.

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente:

    D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnicos Gestión UNED.

Vocales:

    D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la UAM.

Secretaria:

    D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Suplentes

Presidente:

    D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

    D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D. Tomás Acero Sánchez, Escala Técnica Superior de la Administración de la UAM.

    D.ª Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión UPM.

Secretaria:

    D.ª M.ª Carmen García Galindo, Escala de Técnico Superior de Administración de la UAM.

Madrid, 6 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

17.-   Resolución de 7 de marzo de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo III nivel B, en el Centro de Tecnología de la UNED. Plataforma Web

Sección PTGAS Laboral

Por Resolución rectoral de 18 de diciembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 25 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2024, prevista en el artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024.

Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.

Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS laboral, Grupo III, nivel B en el Centro de Tecnología de la UNED. Plataforma Web, con sujeción a las siguientes bases.

 

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

1.3. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:

https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU,  La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:

-    Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

-    Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

-    El pago online de tasas.

-    El registro electrónico de la solicitud.

-    Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2024. Grupo III. CTU Plataforma WEB (LCTU0035). Promoción interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 10 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico E-mail, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33%.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al rector, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es ).

4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 80 anteriores

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa. Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: Esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:

5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.

     5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.

     5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.

        0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.

        0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.

Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.

Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

    0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

    0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.

Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.

Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.

También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.

Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

    De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

    De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

    De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

    De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

    De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

    De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.

Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “V” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2024 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de julio).

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.

No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de Resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un  período de prueba de un mes en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 7 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED

 

Primera. Descripción de las plazas

Código plaza: LCTU0035.

Grupo profesional III, nivel B.

Adscripción: Centro de Tecnología de la UNED. Plataforma WEB.

Area de actividad: Informática.

Perfil del puesto:

- Formar parte del equipo de plataforma web, que gestiona la web y los servicios para la universidad

Funciones principales del puesto:

    Desarrollo de aplicaciones técnicas y páginas en el entorno web bajo instrucciones previas y supervisión.

    Gestión y mantenimiento de la web bajo supervisión de niveles superiores.

    Asistencia a usuarios de la web.

Segunda. Programa

1. Certificación digital y firma electrónica. El cifrado. Algoritmos de cifrado simétricos y asimétricos. Infraestructura de clave pública (PKI): Definición y elementos de una PKI.

2. Infraestructuras, servicios comunes y compartidos. Cl@ve, la Carpeta Ciudadana, el Sistema de Interconexión de Registros, la Plataforma de Intermediación de datos, y otros servicios.

3. DNI electrónico. Certificados y funcionalidades del DNIe

4. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Experiencias de usuario.

5. Magnolia CMS. Conceptos básicos. Arquitectura. Panel de administración

6. Magnolia CMS. Filtros. Seguridad y configuración de la plataforma

7. Magnolia CMS. desarrollo de plantillas. Tipos de módulos. Plantillas. Diálogos

8. Magnolia CMS. Edición de páginas.

9. Servicios web SOAP y REST. Formatos de datos XML, JSON.

10. Tecnologías de cliente: HTML5, CSS3, bootstrap.

11. Desarrollo colaborativo Técnicas y buenas prácticas. Sistemas de control de versiones: SVN, Git. Integración continua

12. Herramientas Agile Jira, confluence.

13. Internet: arquitectura de red. Origen, evolución y estado actual. Principales servicios. Protocolos HTTP, HTTPS Y SSL/TLS.

14. Lenguaje de SQL, comandos DDL, DML y DCL.

15. Lenguaje procedural PL/SQL, conceptos,metodología, sintaxis, aplicaciones.

16. Conceptos básicos de base de datos relacionales. Oracle: El modelo entidad/ relación.

17. SEO on page. Diseño Web, url amigables, etiquetas y palabras clave

18. SEO de videos y SEO local

19. Herramientas de auditoria SEO. Analitycs,Search Console.

20. Aplicaciones móviles. Características, tecnologías, distribución y tendencias. Conceptos básicos de iOS, Android.

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente:

    D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnicos Gestión UNED.

Vocales:

    D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la UAM.

Secretaria:

    D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Suplentes

Presidente:

    D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

    D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª Mª Belén Sánchez Sánchez, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión UPM.

Secretaria:

    Dña. Mª Carmen García Galindo, Escala de Técnico Superior de Administración de la UAM

Madrid, 7 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

18.-   Resolución de 7 de marzo de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral, Grupo III nivel B, en el Centro de Tecnología de la UNED

 

Por Resolución rectoral de 18 de diciembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 25 de diciembre ), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2024, prevista en el artículo 20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024.

Considerando lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS laboral de la Universidad, tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1 del del citado III Convenio Colectivo.

Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS laboral, Grupo III, nivel B en el Centro de Tecnología de la UNED. Desarrollo, con sujeción a las siguientes bases.

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

1.3. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción en pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicititud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:

https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:

-    Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

-    Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

-    El pago online de tasas.

-    El registro electrónico de la solicitud.

-    Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2024. Grupo III. CTU Desarrollo. P. Interna (LCTU0076)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 10 € y el pago se realizará dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

     No será necesario presentar este justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

     La aportación del título de familia numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación obligatoriamente.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.

3.ª- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: personas con discapacidad, familia numerosa general, familia numerosa especial o víctima de terrorismo. el check de personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.

4.ª- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al  rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al  rector, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es ).

4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en el Anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

El Tribunal podrá prever 5 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 80 anteriores.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa. Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

-    Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

-    Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: Esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:

5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.

     5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.

     5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.

        0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.

        0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones Públicas.

Se entenderá como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.

Para acreditar el trabajo desarrollado es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

    0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

    0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.

Para acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.

Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.

También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

A efectos de los dispuesto en este punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta, impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua.

Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

    De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

    De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

    De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

    De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

    De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

    De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.

Los  méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y funciones.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra la letra “V” resultado del sorteo celebrado el día 24 de julio de 2024 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de julio).

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector  de la Universidad la correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.

No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de Resolución al órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes selecionados antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible incorporación.

6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Conforme al artículo 22 del III Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece un  período de prueba de un mes en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 7 de marzo de 2025. EL RECTOR. Ricardo Mairal Usón.

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED

 

Primera. Descripción de las plaza

Código plaza: LCTU0076.

Grupo profesional III, nivel B.

Adscripción: Centro de Tecnología de la UNED. Desarrollo.

Funciones principales del puesto:

    Labores técnicas especializadas de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones.

    Soporte de las aplicaciones a usuarios.

    Pruebas de integración e instalación de equipos, sistemas y comunicaciones.

 

Segunda. Programa

1. Informática básica. Representación y comunicación de la información: elementos constitutivos de un sistema de información. Características y funciones. Arquitectura de ordenadores. Componentes internos de los equipos microinformáticos.

2. Paquete Microsoft Office365. Principales aplicaciones. Uso y mantenimiento.

3. Sistemas de videoconferencias. Gestión y control. Sistemas de videoconferencia IP. Sistemas de videoconferencia web. Microsoft Teams.

4. Periféricos: conectividad y administración. Elementos de impresión. Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y digitalización.

5. Tipos abstractos y Estructuras de datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y ficheros.

6. Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix y Linux. Sistemas operativos para dispositivos móviles.

7. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales, orientados a objetos y NoSQL: características y componentes.

8. Modelado de datos, metodologías y reglas. Entidades, atributos y relaciones. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización.

9. Lenguajes de programación. Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa.

10. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL, ORACLE SQL y PL/SQL. Procedimientos almacenados. Eventos y disparadores.

11. Diseño y programación orientada a objetos. Elementos y componentes software: objetos, clases, herencia, métodos, sobrecarga.

12. Arquitectura Java EE/Jakarta EE y plataforma.NET: componentes, persistencia y seguridad. Características, elementos, lenguajes y funciones en ambos entornos. Desarrollo de Interfaces.

13. Fundamentos de programación en lenguaje c# y java.

14. Fundamentos de programación en .net.

15. Arquitectura de sistemas cliente/servidor y multicapas: componentes y operación. Arquitecturas de servicios web y protocolos asociados.

16. Aplicaciones web. Desarrollo web front-end y en servidor, multiplataforma y multidispositivo. Lenguajes: HTML, XML y sus derivaciones. Navegadores y lenguajes de programación web. Lenguajes de script.

17. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Acceso y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información. Confidencialidad y disponibilidad de la información en puestos de usuario final. Conceptos de seguridad en el desarrollo de los sistemas.

18. Repositorios: estructura y actualización. Generación de código y documentación. Metodologías de desarrollo. Pruebas. Programas para control de versiones. Plataformas de desarrollo colaborativo de software.

19. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. Técnicas criptográficas y protocolos seguros. Mecanismos de firma digital.

20. Internet: arquitectura de red. Origen, evolución y estado actual. Principales servicios. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL/TLS.

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidente:

    D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnicos Gestión UNED.

Vocales:

    D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª  Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la UAM.

Secretaria:

    D.ª  M.ª Carmen García Galindo, Escala de Técnico Superior de Administración de la UAM

Suplentes

Presidente:

    D. Juan José de la Vega Viñambres, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales:

    D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª  M.ª Belén Sánchez Sánchez, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D.ª  Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión UPM.

Secretaria:

    D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

 

 

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SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS

facultad de derecho

19.-   Comunicado para los estudiantes del Grado en Derecho

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de las asignaturas “Derecho Procesal II” (Cód. 66024025), “Derecho Procesal I.1: General” (Cód. 66023126), “Derecho Procesal I.2: Especial (Cód. 66023132), “Introducción al Derecho Procesal” (Cód. 66021044) y “Trabajo de Fin de Grado” (Cód. 66024083) del Grado en Derecho, que se incorpora a los respectivos equipos docentes, a partir del actual curso académico 2024/2025, el profesor D. Raúl César Cancio Fernández Despacho: 2.43

Horario de atención: viernes de 10:00 a 14:00 horas.

Teléfono: 91 398 61 96.

Dirección de correo electrónico: rcancio@der.uned.es

Asimismo se comunica la baja del profesor D. Fernando Gayo Waldberg en el equipo docente de la asignatura  “Derecho del Consumo” (Cód. 66014073), y la incorporación al mismo del profesor D. Alejandro Zornoza Somolinos.

En la asignatura “Trabajo Fin de Grado” (Cód. 66024083) se incorporan al equipo docente D.ª Inmaculada Llorente San Segundo, D. Alejandro Zornoza Somolinos y D.ª Patricia Puente Guerrero.

 

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20.-   Comunicado para los estudiantes del Máster Universitario en Acceso a las profesiones de Abogacía y Procura. Modificación en la guía de la asignatura

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes del Máster Universitario en Acceso a las profesiones de Abogacía y Procura, la siguiente modificación en la guía de la asignatura:

En la asignatura “Práctica Penal” (Cód. 26101075), la profesora D.ª María Puerto Solar Calvo se incorpora al equipo docente.

Horario de atención al estudiante: jueves de 16:00 a 20:00 horas.

Tfno: 91 398 99 04.

Mail: marsolar@der.uned.es

 

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21.-   Comunicado para los estudiantes del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de las asignaturas “Introducción al Derecho Procesal” (Cód. 66012039) y “Trabajo de Fin de Grado” (Cód. 66024083) del Grado en Derecho, que se incorpora a los respectivos equipos docentes, a partir del actual curso académico 2024/2025, el profesor D. Raúl César Cancio Fernández.

Despacho: 2.43.

Horario de atención: viernes de 10:00 a 14:00 horas.

Teléfono: 91 398 61 96.

Correo electrónico: rcancio@der.uned.es

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Introducción al Derecho” (Cód. 6501211-), la incorporación de la profesora D.ª Inmaculada Llorente San Segundo al equipo docente de la asignatura.

 

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22.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Psicología comunitaria” (Cód. 66033024), del Grado en Trabajo Social

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Psicología comunitaria” (Cód. 66033024), del Grado en Trabajo Social, que la profesora D.ª Juana Francisca Chinchilla Calera, asume la coordinación de la asignatura.

Asimismo se comunica la baja en el equipo docente de la asignatura del profesor D. Mario Sainz Martínez y, la incorporación en su lugar de la profesora D.ª María del Prado Silván Ferrero.

Correo electrónico: mdpsilvan@psi.uned.es

Teléf.: 91 398 87 32.

 

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facultad de ciencias económicas y empresariales

23.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura Trabajo de Fin de Grado de ADE (Cód. 65024017), del Grado en Administración y Dirección de Empresas (ADE)

Decanato de la Facultad

Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Trabajo de Fin de Grado” de ADE (Cód. 65024017), del Grado en Administración y Dirección de Empresas (ADE), que la profesora D.ª Lucía Mellado Bermejo, del Departamento de Economía de la Empresa y Contabilidad, se incorpora a la tutorización de los Trabajos de Fin de Grado dentro de la línea de investigación 019: Los distintos modelos de coste y el análisis de estados financieros.

 

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facultad de filosofía

24.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Historia de la Filosofía Moderna II” (Cód. 7001310-)

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Historia de la Filosofía Moderna II” (Cód. 7001310-), la siguiente modificación de la guía de la asignatura:

Donde dice:

Contenidos

“Tema II: Marxismo y Positivismo.

“...Los textos del examen serán extraídos de La ideología alemana de Marx y otro del capital,” .

Debe decir:

“Los textos del examen serán extraídos de La ideología alemana (Marx y Engels, Antología de Alianza Editorial) y otro de Los manuscritos de economía y filosofía (Manuscritos de París)”.

 

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25.-   Ayudas para estancias de doctorandos/as dirigidos por profesores del Departamento de Antropología Social y Cultural dentro del programa de Doctorado en Diversidad, Subjetividad y Socialización. Estudios en Antropología Social, Historia de la Psicología y de la Educación

Dpto. Antropología Social y Cultural

1. Objeto

La actual regulación de las enseñanzas de doctorado establece que la movilidad es una pieza esencial en la formación de jóvenes investigadores y que los criterios para la evaluación de los programas de doctorado tendrán en cuenta, entre otros aspectos, el grado de internacionalización de los doctorados, con especial atención a la existencia de redes, la participación de profesores y estudiantes internacionales, la movilidad de profesores y estudiantes, y los resultados tales como cotutelas, menciones europeas e internacionales, publicaciones conjuntas con investigadores extranjeros, organización de seminarios internacionales o cualquier otro criterio que se determine al respecto. Con tales fines, las administraciones públicas podrán establecer mecanismos de fomento y financiación de la internacionalización de los doctorados y de apoyo a la movilidad.

El Departamento de Antropología Social y Cultural acordó en su Consejo de Departamento de fecha 29 de noviembre de 2022 convocar anualmente estas ayudas, como un instrumento tendente a posibilitar las estancias de investigación y la participación en congresos internacionales de los estudiantes cuyas tesis sean dirigidas por profesores del departamento de Antropología Social y Cultural.

2. Finalidad

Las ayudas tendrán como finalidad la financiación de estancias en universidades y centros de investigación extranjeros, y la participación en congresos internacionales de los estudiantes de doctorado del programa dirigidos por profesorado del Departamento de Antropología Social y Cultural. La actividad debe estar directamente relacionada con la temática de su tesis doctoral. Las ayudas cubrirán gastos generados durante el desplazamiento, con los límites presupuestarios que cada año se determinen y los requisitos de justificación que se indican en esta convocatoria.

3. Destinatarios. Requisitos

Los destinatarios serán estudiantes matriculados en el curso 2024-25 en el Programa de Doctorado en Diversidad, Subjetividad y Socialización. Estudios en Antropología Social, Historia de la Psicología y de la Educación.

Los estudiantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.  No ser titular de contratos predoctorales para la formación de personal investigador, tanto en el marco de los programas de formación del Ministerio de Economía y Competitividad como en convocatorias propias de la UNED.

2.  Haber obtenido la evaluación positiva de su plan de investigación.

3.  Adecuación de la actividad en la que se va a participar a su trabajo de tesis.

4.  No pertenecer a la plantilla de una universidad pública o privada.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda económica percibida con el mismo fin.

4. Solicitudes. Plazo de presentación. Documentos e informaciones que se deben acompañar

El impreso de solicitud será entregado en la Secretaría del Departamento por medio del correo electrónico antropologia@adm.uned.es

El plazo de presentación de las solicitudes de participación será de un mes a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Interno de Coordinación Informativa.

La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente:

1.  Informe favorable del director de tesis.

2.  Aceptación de la estancia por parte de la institución u organización receptora. En el caso de congreso, aceptación de la de ponencia.

3.  Informe del trabajo a realizar. En el caso de congreso, título y resumen de la ponencia.

4.  Curriculum vitae.

5.  Criterios de valoración de las solicitudes

La valoración de las solicitudes se hará según los siguientes criterios:

1.  Relevancia del congreso o la institución receptora: hasta 2 puntos.

2.  Valoración académica del informe sobre la estancia o la ponencia presentada, desde el punto de vista de las aportaciones novedosas al tema de estudio: hasta 2,5 puntos.

3.  Curriculum vitae.

a.       Expediente académico universitario: hasta 2 puntos.

b.       Actividad investigadora desarrollada en el ámbito de la antropología: hasta 2 puntos.

c.       Trayectoria profesional: 1 punto.

d.       Tutor/a de la UNED: 0,5 puntos.

Tendrán preferencia los/as solicitantes que no hayan disfrutado previamente de estas ayudas en convocatorias anteriores. Asimismo, se priorizará a los/as estudiantes que estén más avanzados en sus proyectos de tesis doctoral.

6. Cuantía. Presupuesto

La cuantía total máxima de las ayudas objeto de esta convocatoria es de 3.000 €, con cargo a los fondos del Departamento de Antropología Social y Cultural. La cuantía máxima individual a percibir por los posibles beneficiarios es de 1.500 €. Dentro de estos límites y de acuerdo con las condiciones establecidas en el apartado siguiente, la cuantía individualizada de cada ayuda se determinará atendiendo a parte o totalidad del coste financiable real de la actuación y a las disponibilidades presupuestarias.

7. Condiciones

El desplazamiento para el que se solicite la ayuda deberá realizarse dentro del año 2025, antes del 20 de noviembre.

Las ayudas se destinarán a gastos de alojamiento y locomoción, así como otros necesaria y directamente relacionados con la actividad a realizar durante el desplazamiento, tales como los de inscripción.

El importe de la ayuda para alojamiento será el que se justifique, con un límite fijado por la normativa vigente sobre dietas de desplazamiento.

La ayuda para gastos de locomoción se refiere a desplazamientos entre las localidades de origen y de destino. El pago se hará por el importe del billete o pasaje utilizado en medios de transporte público colectivo en vehículos autorizados para el cobro individual y de más de nueve plazas, en clase turista o clase de cuantía inferior. No se percibirá ayuda por el uso de vehículo particular.

Serán de aplicación las normas de procedimiento presupuestario de la UNED.

8. Instrucción y resolución del procedimiento. Órganos competentes

El órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria será una comisión formada por tres profesores/as del Departamento, incluyendo al coordinador/a y/o secretario/a del programa de doctorado, o en su defecto a algún miembro de la comisión académica del mismo.

Contra los actos administrativos que se deriven de esta convocatoria podrán recurrir los interesados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9. Plazo de resolución y notificación

El órgano competente para la resolución dictará y publicará la correspondiente resolución en el plazo máximo de tres meses, a contar a partir de la finalización del periodo de presentación de solicitudes.

En caso de vencimiento del plazo máximo para resolver sin que haya recaído resolución definitiva, los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

10. Medio de notificación o publicación

Las notificaciones en aplicación de esta convocatoria se publicarán en la página web del Departamento de Antropología Social y Cultural, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11. Justificación

El beneficiario/a justificará el cumplimiento de las condiciones y la consecución de la finalidad previstos en la convocatoria, en el plazo máximo de un mes desde la conclusión del desplazamiento, presentando la siguiente documentación:

    Una memoria con indicación de las actividades realizadas.

    Certificado de asistencia.

    Una relación clasificada de los gastos en que se ha incurrido y que hayan sido objeto de la ayuda. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos originales de valor probatorio equivalente.

12. Pago

El pago de la ayuda a los beneficiarios relacionados en la resolución de adjudicación se realizará previa justificación de la realización de la actividad, en los términos establecidos en el apartado anterior.

Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la ayuda concedida en el supuesto de falta de justificación.

13. Protección de datos

De conformidad con la Ley orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.

Estos datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.

En cualquier momento podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED.

Madrid, 10 de marzo de 2024. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL, Francisco Cruces Villalobos.

 

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facultad de educación

26.-   Comunicado para los estudiantes de varias asignaturas de la Facultad de Educación

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de las asignaturas “Innovación docente e iniciación a la investigación educativa” (Cód. 23304930) y “Trabajo Fin de Máster” en Formación del profesorado. Especialidad de Educación Física (Cód. 23300183) del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de idiomas, la baja temporal de la profesora D.ª Judit Ruiz Lázaro.

Se comunica la incorporación de la profesora D.ª María Jesús Roldán Roldán al equipo docente de la asignatura “Innovación docente e iniciación a la investigación educativa” (23304930) del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.

El horario de tutorías de la profesora D.ª María Jesús Roldán Roldán será el miércoles de 10:00 a 14:00 horas.

Email: mjroldan@edu.uned.es

Telf.: 91 398 76 95. Despacho 240.

Se comunica la incorporación del profesor D. José Javier Hueso Romero al equipo docente de la asignatura “Trabajo Fin de Máster en Formación del profesorado. Especialidad de Educación Física” (Cód. 23300183) del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de idiomas.

El horario de tutorías del profesor D. José Javier Hueso Romero será el jueves de 15:00 a 19:00 horas.

Email: jjavierhuesoromero@edu.uned.es 

Telf.: 91 398 69 65. Despacho 2.13.

Se comunica la incorporación de los profesores D. Sergio Adillo Rufo y D. Ricardo Pichel Gotérrez al equipo docente de la asignatura “Trabajo Fin de Máster en Formación del profesorado. Especialidad de Lengua Castellana y Literatura” (Cód. 23304714), del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.

Se comunica a los estudiantes de las asignaturas “Practium I” (Cód. 63033058) y “Practicum II” (Cód. 63034023), del Grado en Educación Infantil, que a partir de esta publicación el horario de atención al estudiante del profesor: D. José Javier Hueso Romero será el jueves de 15:00 a 19:00 horas.

Teléf.: 91 398 69 65.

Email: jjavierhuesoromero@edu.uned.es

Despacho: 2.13.

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Didáctica de la expresión plástica y visual en Educación Infantil” (Cód. 63033070), la incorporación del profesor D. Jesús Manuel González Lorenzo al docente de dicha asignatura del Grado en Educación Infantil.

 

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ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO

27-    Depósito de Tesis Doctorales

Gestión de Doctorado III

En cumplimiento de la normativa vigente en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado, cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es  el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento durante un período de 48 horas, y en su caso, dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones y observaciones que estime oportuno formular:

AUTOR: D. JORGE MORAL POMBO.

     TESIS: “CATALIZADORES HETEROGÉNEOS PARA LA VALORIZACIÓN DE DIÓXIDO DE CARBONO”.

     DIRECTORES: D.ª INMACULADA RODRÍGUEZ RAMOS Y D. ENRIQUE GARCÍA BORDEJÉ.

     PROGRAMA: “CIENCIAS”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 06/marzo/2025.

     FIN DEPÓSITO: 26/marzo/2025.

AUTORA: D.ª CHIARA CERBONE.

     TESIS: “L’EMERGENZA NELLO STATO REGIONALE: UNO STUDIO COMPARATO TRA ITALIA E SPAGNA”.

     DIRECTORES: D.ª TANIA GROPPI Y D. CARLOS VIDAL PRADO.

     PROGRAMA: “UNIÓN EUROPEA”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 07/marzo/2025.

     FIN DEPÓSITO:27/marzo/2025.

La información de las tesis doctorales que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente dirección electrónica:

https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html

 

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SECCIÓN III. VARIOS

boe

28.-   Reseñas del Boletín Oficial del Estado

           BICI

UNIVERSIDADES

Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad de La Rioja, por la que se publica la convocatoria del proceso selectivo para ingreso en la Escala Auxiliar de Administración.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/07/pdfs/BOE-A-2025-4573.pdf

BOE 07/03/2025

Recursos. Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo 132/2025, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/07/pdfs/BOE-A-2025-4613.pdf

BOE 07/03/2025

Anuncio de formalización de contratos de: Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Objeto: Suministro de material informático APPLE. Expediente: AM 4/2025.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/07/pdfs/BOE-B-2025-8240.pdf

BOE 07/03/2025

Nombramientos. Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña Elena Desdentado Daroca.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4711.pdf

BOE 10/03/2025

Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña Icíar Fernández Sedano.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4712.pdf

BOE 10/03/2025

Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María Elena Pinos Sánchez.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4713.pdf

BOE 10/03/2025

Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4733.pdf

BOE 10/03/2025

Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4734.pdf

BOE 10/03/2025

Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Universitaria.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4736.pdf

BOE 10/03/2025

Encomienda de gestión. Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para ejecutar actuaciones relacionadas con la gestión de los cursos de Experto Universitario en Evaluación de Medicamentos y Tecnologías Sanitarias en el SNS y de Especialización en Evaluación de Medicamentos y Tecnologías Sanitarias en el SNS.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/11/pdfs/BOE-A-2025-4819.pdf

BOE 11/03/2025

Nombramientos. Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María Elena Azofra Sierra.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4925.pdf

BOE 14/03/2025

Cuerpos docentes universitarios. Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4987.pdf

BOE 14/03/2025

Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4988.pdf

BOE 14/03/2025

Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4989.pdf

BOE 14/03/2025

Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, referente a las convocatorias para proveer plazas de las Escalas de los Subgrupos A2 y C2.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4991.pdf

BOE 14/03/2025

Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Análisis de Datos.

https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4992.pdf

BOE 14/03/2025

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

OTROS BOLETINES

29.    Reseñas del Boletín Oficial de la provincia de Castellón

BOP

Resolución de 6 de marzo de 2025, del Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), por la que se convoca el puesto de director/a del Centro Asociado a la UNED en Vila-Real, para su provisión por el procedimiento de libre designación.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 134 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011 de 8 de septiembre de 2011 (BOE de 22 de septiembre) modificado por el Real Decreto 968/2021 de 8 de noviembre de 2021 (BOE n.º 288 de 2 de diciembre), en relación con el artículo 20.1 b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Administración Pública, y con los arts. 51 a 58 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del órgano de gobierno unipersonal cuyas características se indican en el ANEXO a esta Resolución.

Los interesados dirigirán su solicitud de participación al Rectorado de la UNED, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

La solicitud deberá ir acompañada del curriculum vitae abreviado del solicitante y de su proyecto de dirección del Centro Asociado (máximo de 4 páginas cada uno).

Dicha solicitud se presentará en el Registro General de la UNED, sito en la calle de Bravo Murillo,38, 28015 de Madrid, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

programación audiovisual

30.-   Boletín de Programación de UNED MEDIA & INTECCA

Sección de producción de Medios Audiovisuales

UNED MEDIA

Para obtener más información, consultar programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:

https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html

Para más información sobre la programación de UNED MEDIA, ponerse en contacto con el Negociado UNED Media y Contenidos Digitales unedmedia@adm.uned.es  

 

CADENA CAMPUS (INTECCA)

Algunos eventos difundidos a través de la Plataforma AVIP

Historia Monetaria del Mundo Antiguo

Del 17 de marzo al 16 de junio de 2025.

Moneda y economía no son abstracciones teóricas, sino el resultado directo de la acción humana. La moneda tampoco es inocua, como un termómetro que se limita a responder a un estímulo externo, sino que también determina a su vez las actividades económicas de los seres humanos. La numismática, la disciplina que estudia las monedas, tiene dos vertientes. Una es la mera consideración anticuaria de la moneda como un objeto bello, valioso y coleccionable.

https://extension.uned.es/actividad/43003

Los engaños de la mente: atajos mentales y sesgos cognitivos

Del 19 al 20 de marzo de 2025.

El presente curso aspira a describir el funcionamiento psicológico del ser humano a través de los errores y las disfunciones que manifiesta. De esta forma, mostraremos la valiosa información que aportan los sesgos cognitivos para desnudar los mecanismos de la percepción, la atención, la memoria, el razonamiento y la toma de decisiones. Al fin y al cabo, la mayoría de nuestros sesgos cognitivos son producto del reverso tenebroso de capacidades virtuosas que son críticas para nuestra adaptación al entorno.

https://extension.uned.es/actividad/42263

TDAH y desarrollo cognitivo en el aula y el hogar

Del 20 de marzo al 10 de abril de 2025.

Podemos establecer un símil entre nuestro cerebro y una torre de control donde se recibe la información, se procesa y se toman decisiones. Gracias al cerebro somos capaces de percibir información a través de nuestros sentidos, gestionamos y coordinamos dicha información con la que ya tenemos en nuestra memoria a largo plazo y podemos poner en marcha conductas.

https://extension.uned.es/actividad/43233

Justicia Restaurativa. Mediación en los ámbitos Penal y Comunitario. Prácticas Restaurativas

Del 18 al 25 de marzo de 2025.

Con este curso se proporciona una formación tanto teórica como práctica en un método en auge para la solución de diferencias, la mediación, que ha sido regulado en España a través de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, y el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre.

https://extension.uned.es/actividad/38489

Las puntadas del Arte: Historia del Bordado

18 de marzo de 2025.

Desde la antigüedad al Imperio Bizantino; desde la Edad Media a la Inglaterra Victoriana, hasta llegar a las puntadas biográficas de Louise Bourgeois, el bordado se ha abierto paso como testimonio histórico y social. Más allá del dilema entre el Arte y la Artesanía, las manos bordadoras son hoy por hoy parte indiscutible del acervo cultural global y una emergente herramienta de reivindicación.

https://extension.uned.es/actividad/43137

II Workshop de Adicciones

22 de marzo de 2025.

Esta actividad está destinada a servir como medio de actualización de conocimientos a los y las profesionales que trabajan en adicciones, al estudiantado de disciplinas relacionadas y al público general interesado en esta temática. La adicción se abordará desde distintas perspectivas: por un lado, en la sesión de mañana, desde Medicina en lo que respecta al tratamiento del dolor y desde la Psicología en lo que respecta los efectos de las drogas en el cerebro y las consecuentes conductas desadaptativas. Por otro lado, en la sesión de tarde, se analizará la relación de las drogas con el delito y el medio penitenciario. Por último, se expondrán las principales causas de desinformación en el cannabis a partir de un estudio jurisprudencial.

https://extension.uned.es/actividad/42421

Curso Superior Universitario de Coaching (Nueva edición 2025 - 5.ª edición)

Del 19 de marzo al 30 de abril de 2025.

Actualmente se habla mucho del coaching como un instrumento que nos ayuda a identificar y desarrollar nuestras habilidades. El coaching toma protagonismo en el deporte, en las empresas, en los medios de comunicación, en la educación, etc…como un concepto siempre ligado al talento, al desarrollo de habilidades personales y a las herramientas que son necesarias para llevarlo a la práctica. Es un proceso que asiste en la liberación del potencial de una persona con el fin de incrementar al máximo su desempeño.

https://extension.uned.es/actividad/42333

Gestión de riesgos ambientales y humanos para particulares y PYMES

Del 18 al 25 de marzo de 2025.

Decisiones seguras ante futuros inciertos. El análisis de riesgos, tan arraigado en el mundo de las aseguradoras, es un proceso vital para cualquier persona, permitiéndole conocer su nivel de vulnerabilidad ante situaciones como incidentes meteorológicos, incendios, viajes o conductas antisociales, entre otros.Para una PYME, supone una gestión de información, que le permite realizar una toma de decisiones estratégica ante situaciones que van a afectar a su funcionamiento, su mercado y su proyección en cualquier plazo.

https://extension.uned.es/actividad/41879

Puede encontrar toda la información en: https://www.intecca.uned.es/portal/inicio

Para más información sobre la programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/  o enviar mensaje a info@intecca.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Contactar con la UNED para temas generales:

www.uned.es