SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES
1.- Resolución del rector de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, de 11 de marzo de 2025, por la que se
convocan elecciones a representantes del profesorado tutor en las Juntas de
Facultad y Escuela de la UNED
Rectorado
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 99.1.k) y 250 de los Estatutos de la UNED, aprobados por el Real
Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de
la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y con el Título V, Capítulo
quinto del Estatuto del Profesor Tutor de la UNED aprobado por Consejo de
Gobierno de 30 de abril de 2013 y las modificaciones parciales aprobadas en los
Consejos de Gobierno de 1 de julio de 2014, 4 de octubre de 2016, 4 de julio de
2023 y 18 de noviembre de 2024.
HE RESUELTO:
Convocar elecciones a representantes
del profesorado tutor en las Juntas de Facultad y Escuela de la UNED, que se
celebrarán conforme al siguiente calendario electoral.
Madrid, 11 de marzo de 2025. EL RECTOR. Ricardo Mairal Usón.
CALENDARIO DE ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL
PROFESORADO TUTOR EN LAS JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA DE LA UNED
20
de marzo de 2025 |
Convocatoria
de elecciones Publicación
de los censos electorales provisionales |
20
a 27 de marzo |
Plazo
de presentación de reclamaciones a los censos provisionales |
28
de marzo |
Resolución
de reclamaciones a los censos provisionales Publicación
definitiva de los censos electorales |
26
de marzo a 2 de abril |
Plazo
de presentación de candidaturas |
3
de abril |
Proclamación
provisional de candidatos/as |
4
a 8 de abril |
Plazo
de presentación de reclamaciones a las listas provisionales de candidatos/as |
10
de abril |
Resolución
de reclamaciones a las listas provisionales de candidatos/as. Proclamación
definitiva de candidatos/as |
22
de abril a 00.00 horas del 6 de mayo |
Campaña
electoral |
6
de mayo |
Votación
telemática Publicación
de los resultados provisionales |
7
y 8 de mayo |
Plazo
de presentación de reclamaciones a los resultados provisionales |
9
de mayo |
Resolución
de reclamaciones y proclamación definitiva de los representantes del
Profesorado Tutor en las Juntas de Facultad y Escuela |
2.- Ceses
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. FRANCISCO JAVIER
MARTÍN GARRIDO, por jubilación, como Vicerrector Adjunto de Economía y
Planificación de esta Universidad, con efectos de 25 de febrero de 2025,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. HÉCTOR MELERO
SÁNCHEZ, a petición propia, como Secretario del Departamento de Métodos
de Investigación y Diagnóstico en Educación I (MIDE I) de la Facultad de
Educación de esta Universidad, con efectos de 28 de febrero de 2025,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JUAN PABLO
CATALÁN PÉREZ, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como
Coordinador del Título de Grado en Ingeniería de la Energía de la Escuela
Técnica Superior de Ingenieros Industriales de esta Universidad, con efectos de
13 de febrero de 2025, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª ADRIANA NOEMÍ
KICZKOWSKI YANKELEVICH, a petición propia, como Secretaria del Máster
Universitario en “Estudios de Género” de esta Universidad, con efectos de 1 de
marzo de 2025, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
3.- Nombramientos
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, vengo en nombrar Director del Departamento de Historia del Derecho y
de las Instituciones de la Facultad de Derecho de esta Universidad a D. JAVIER ALVARADO PLANAS, con efectos de 25 de febrero de
2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, y a propuesta de la Directora del Departamento de Servicios Sociales
y Fundamentos Histórico-Jurídicos de la Facultad de Derecho de esta
Universidad, vengo en nombrar Subdirector del citado Departamento a D. FRANCISCO GÓMEZ GÓMEZ con
efectos de 28 de febrero de 2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, y a propuesta del Director del Departamento de Antropología Social y
Cultural de la Facultad de Filosofía de esta Universidad, vengo en nombrar
Subdirector del citado Departamento a D. JUAN DE DIOS LÓPEZ
LÓPEZ, con efectos de 1 de marzo de 2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y a propuesta de la Decana de la Facultad de
Derecho de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria del Máster
Universitario en “Estudios de Género” a D.ª PATRICIA NIETO
ROJAS cargo asimilado académicamente a Secretaria de Departamento y a
efectos económicos a Coordinadora del Curso de Orientación Universitaria, con
efectos de 2 de marzo de 2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, y a propuesta de la Directora Departamento de Métodos de Investigación
y Diagnóstico en Educación I (MIDE I) de la Facultad de Educación de esta
Universidad, vengo en nombrar Secretario del citado Departamento a D. DIEGO ARDURA MARTÍNEZ, con efectos de 1 de marzo de
2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente, y a propuesta de la Directora de la Escuela
Técnica Superior de Ingenieros Industriales de esta Universidad, y oída la
Comisión de Coordinación del Grado en Ingeniería de la Energía de dicha
Escuela, vengo en nombrar Coordinador del Título de Grado en Ingeniería de la
Energía a D. RUBÉN BARBERO FRESNO, cargo asimilado a
efectos retributivos al de Subdirector de Escuela, con efectos de 14 de febrero
de 2025.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
VICERRECTORADO
de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
4.- Convocatoria
de un contrato laboral para el proyecto “HAMISON-Holistic
Analysis of Organised Misinformation Activity in Social Networks”
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Proyecto “HAMISON-Holistic Analysis
of Organised Misinformation Activity in Social
Networks” con referencia PCI2022-135026-2, del que es investigador principal (IP) el profesor D.
Anselmo Peñas Padilla, del Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de
la ETSI de Informática, se convoca un contrato laboral de duración determinada
al amparo de la Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 (contratación
temporal en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
fondos europeos no competitivos) para realizar las tareas relacionadas en el
objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la contratación de un investigador/a a tiempo
completo para colaborar en las tareas de modelado, análisis, detección y
mitigación de las campañas de desinformación en las redes sociales.
2.- DESTINATARIOS
Ingeniero/a superior en Informática,
licenciado/graduado en Matemáticas o carreras afines. Se valorará disponer de
una titulación oficial superior relacionada con el área de conocimiento del
proyecto y tener conocimientos de Inteligencia Artificial y Procesamiento del
Lenguaje Natural.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán
cumplir los siguientes
requisitos:
Poseer
la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.
Estar
en posesión de la titulación de licenciado, graduado, arquitecto o ingeniero
superior.
3.2. En el caso de titulaciones
obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de
declaración de equivalencia correspondiente, conforme al Real Decreto 889/2022,
de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos
de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de
enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se
regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco
Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos
universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del
proyecto se realizará por medio de un contrato laboral de duración determinada
suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de la Disposición
Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 de 5 de septiembre, y demás disposiciones
legales que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá una duración de 7 meses (desde el 1/5/2025
hasta el 30/11/2025) y se desarrollará a tiempo completo, estando su vigencia
condicionada al propio mantenimiento del proyecto de investigación que lo
sustenta y a la existencia de crédito suficiente. Las partes podrán pactar de
mutuo acuerdo la prórroga del contrato por el periodo adicional que convengan,
siempre que exista crédito adecuado y suficiente en el proyecto y éste
permanezca en vigor durante toda la vigencia de la prórroga. La prórroga será
expresa y habrá de constar por escrito, celebrándose en las mismas condiciones
que el contrato inicial o con las modificaciones que las partes acuerden en el
momento de suscribirla.
4.3. El lugar de trabajo será la ETSI de Informática de la UNED, sita
en la calle Juan del Rosal, n.º 16, 28040 Madrid, con la posibilidad de
utilizar la modalidad de teletrabajo.
4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse
dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento
de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la
pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá
una dotación económica íntegra mensual bruta de 2.000 € para toda la vigencia del contrato (incluidas
pagas extraordinarias prorrateadas).
4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo
como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria
implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los
interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se
publican como
Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los
siguientes documentos:
Copia
electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
Copia
electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención
con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso,
expediente académico del candidato.
Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia
formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de
solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en
el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro
electrónico de la AGE:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una
Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia
y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el
investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la
persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y
Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los
siguientes criterios:
6.2.1. Currículum vitae del candidato/a. La
puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:
Título
superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del
proyecto (hasta 10 %).
Formación
y experiencia demostrable en el ámbito del proyecto, con especial interés en
Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural (hasta 40 %).
Conocimientos
demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) (hasta 20 %).
6.2.2. Beneficios científicos y
técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima
de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar
entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a esta publicación.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD
Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL
VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier
Sanz Gozalo.
ANEXO:
Impreso
de solicitud.
5.- Convocatoria
de dos contratos laborales para el proyecto “Holistic
Analysis of Organised Misinformation Activity in Social Networks”
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Proyecto “Holistic Analysis of Organised
Misinformation Activity in
Social Networks” con referencia PCI2022-135026-2, del que es
investigador principal (IP) el profesor D. Anselmo Peñas Padilla, del
Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de la ETSI de Informática, se
convocan dos contratos laborales de duración determinada al amparo de la
Disposición Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 (contratación temporal en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no
competitivos) para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la
convocatoria bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la contratación de dos investigadores/as a media jornada (20 horas
semanales) para colaborar en las tareas de modelado, análisis, detección y
mitigación de las campañas de desinformación en las redes sociales.
2.- DESTINATARIOS
Ingeniero/a superior en Informática,
licenciado/a o graduado/a en Matemáticas o carreras afines y experiencia
profesional demostrada en estos campos. Se valorará disponer de una titulación
oficial superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto y tener
conocimientos de Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán
cumplir los siguientes
requisitos:
Poseer
la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.
Estar
en posesión de la titulación de licenciado, graduado, arquitecto o ingeniero
superior.
3.2. En el caso de titulaciones
obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de
declaración de equivalencia correspondiente, conforme al Real Decreto 889/2022,
de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos
de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de
enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se
regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco
Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos
universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del
proyecto se realizará por medio de un contrato laboral de duración determinada
suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de la Disposición
Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 de 5 de septiembre, y demás disposiciones
legales que resulten de aplicación.
4.2. Los contratos tendrán la siguiente duración:
• Contrato 1: 8 meses (desde el 1/4/2025 hasta el 30/11/2025).
• Contrato 2: 7 meses (desde el 1/5/2025 hasta el 30/11/2025).
Ambos
contratos se desarrollarán a tiempo parcial (20 horas semanales) susceptibles
de convertirse a tiempo completo en función de las necesidades de la ejecución
del proyecto, estando su vigencia condicionada al propio mantenimiento del
proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito
suficiente.
4.3. El lugar de trabajo será la ETSI de Informática de la UNED, sita
en la calle Juan del Rosal, n.º 16, 28040 Madrid, con la posibilidad de
utilizar la modalidad de teletrabajo.
4.4. La incorporación de los candidatos seleccionados deberá
producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El
incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá,
por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera
derivarse.
4.5. Los contratos que se firmen al amparo de esta convocatoria tendrán
una dotación económica íntegra mensual bruta de 1.000 € para toda la vigencia
del contrato, incluyendo pagas extraordinarias prorrateadas.
4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo
como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria
implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los
interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se publican como
Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los
siguientes documentos:
Copia
electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
Copia
electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención
con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso,
expediente académico del candidato.
Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia
formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de
solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en
el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro
electrónico de la AGE:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una
Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia
y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el
investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la
persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y
Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los
siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del
candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100
repartida como sigue:
Título
superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del
proyecto (hasta 10 %).
Formación
y experiencia demostrable en el ámbito del proyecto con especial interés en
Inteligencia Artificial y Procesamiento del Lenguaje Natural (hasta 40 %).
Conocimientos demostrables de inglés
(mínimo B1 o similar) (hasta 20 %).
6.2.2. Beneficios científicos y
técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima
de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar
entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a esta publicación.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD
Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), EL
VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier
Sanz Gozalo.
ANEXO:
Impreso
de solicitud.
6.- Convocatoria
de un contrato laboral para el proyecto “Espacio de Observación de Inteligencia
Artificial (IA) en español”
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del proyecto Espacio de
Observación de IA en español (ODESIA) con referencia C039/21-OT-AD2, del que es
investigador principal (IP) el profesor D. Julio Gonzalo Arroyo, del
Departamento de Lenguajes y Sistemas Informáticos de la ETSI Informática, se
convoca un contrato laboral de duración determinada al amparo de la Disposición
Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 (contratación temporal en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia y fondos europeos no competitivos)
para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las
siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la contratación de un investigador a tiempo completo para realizar las
siguientes tareas asociadas al proyecto:
Mantenimiento
de la infraestructura informática necesaria para el desarrollo del proyecto.
Participación
en las actividades de investigación e innovación ligadas al proyecto.
2.- DESTINATARIOS
Licenciado, graduado, o ingeniero
superior en Informática. Se valorará disponer de una titulación oficial
superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto (especialmente
másteres en Tecnologías del Lenguaje y afines) y tener conocimientos de
Procesamiento del Lenguaje Natural y de ingeniería del software.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán
cumplir los siguientes requisitos:
Poseer
la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.
Estar
en posesión de la titulación de licenciado, graduado, o ingeniero superior.
3.2. En el caso de titulaciones
obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de
declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones
y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de
convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y
por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al
nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los
títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas
anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del
proyecto se realizará por medio de un contrato laboral de duración determinada
suscrito entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de la Disposición
Adicional 10.ª de la Ley 17/2022 de 5 de septiembre, y demás disposiciones
legales que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá una duración de 15 meses y se desarrollará a
tiempo completo, estando su vigencia condicionada al propio mantenimiento del
proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito
suficiente. Las partes podrán pactar de mutuo acuerdo la prórroga del contrato
por el periodo adicional que convengan, siempre que exista crédito adecuado y
suficiente en el proyecto y éste permanezca en vigor durante toda la vigencia
de la prórroga. La prórroga será expresa y habrá de constar por escrito,
celebrándose en las mismas condiciones que el contrato inicial o con las
modificaciones que las partes acuerden en el momento de suscribirla.
4.3. El lugar de trabajo será la E.T.S.I. Informática de la UNED,
calle Juan del Rosal 16, Madrid.
4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse
dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento
de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la
pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá
una dotación económica íntegra mensual de 2.900 € brutos mensuales para toda la
vigencia del contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).
4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo
como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria
implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los
interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se publican como
Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los
siguientes documentos:
Copia
electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
Copia
electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención
con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso,
expediente académico del candidato.
Curriculum
vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia
formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de
solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en
el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro
electrónico de la AGE:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una
Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia
y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que esta delegue; el
investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la
persona en la que este delegue; y la jefa del Departamento de Investigación y
Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los
siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del
candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100
repartida como sigue:
Título
superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del
proyecto: hasta 25 puntos.
Formación
y experiencia demostrable en Procesamiento del Lenguaje Natural: hasta 35
puntos.
Conocimientos
demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) hasta 5 puntos.
Otros
méritos, hasta 5 puntos.
6.2.2. Beneficios científicos y
técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima
de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar
entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a esta publicación.
Madrid, 14 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD
Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL
VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier
Sanz Gozalo.
ANEXO: Impreso de solicitud.
7.- Convocatoria
de tres contratos laborales para el proyecto estratégico: “Análisis de
aplicaciones móviles desde la perspectiva de la protección de datos:
Ciber-Protección y Ciber-Riesgos de la información de la ciudadanía”
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Proyecto, “Análisis de
aplicaciones móviles desde la perspectiva de la protección de datos:Ciber-Protección y Ciber-Riesgos de la información de
la ciudadanía” del que son investigadores principales (IP) los profesores D.
Rafael Pastor Vargas y D. Antonio Robles Gómez, del Departamento de Sistemas de
Comunicación y Control de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería
Informática, se convocan tres contratos laborales para realizar las tareas
relacionadas en el objeto de la convocatoria bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la contratación de tres técnicos de investigación a tiempo completo,
para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto:
• Definición de metamodelos orientados a la privacidad de los
datos, detección de amenazas y ciberacoso, acorde a la normativa vigente.
• Diseño de mecanismos eficientes de recopilación de información.
• Desarrollo de un laboratorio de adquisición y análisis de datos
acorde a las necesidades del proyecto (con tecnologías Docker, protocolos del
tipo MQTT y visualizaciones de tipo Grafana, o
similar).
• Modelización de las características de los términos de uso de
aplicaciones móviles y web.
• Desarrollo de modelos predictivos para la detección temprana de
exposición de la privacidad y ciberacoso.
• Análisis y explotación de los datos generados por los
dispositivos implicados en el proyecto. El almacenamiento se llevará a cabo de
tecnologías del tipo MongoDB, Ingflux o similar.
• Realización de experimentos de neuromarketing.
2.- DESTINATARIOS
Licenciados o graduados en Ingeniería
Informática, Telecomunicaciones o similar, arquitecto o ingeniero superior.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán
cumplir los siguientes
requisitos:
• Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y
trabajo en España.
• Estar en posesión de la titulación de Ingeniería Informática,
Telecomunicaciones o similar, arquitecto o ingeniero superior.
3.2. En el caso de titulaciones
obtenidas en universidades extrajeras deberá acompañarse el certificado de
declaración de equivalencia correspondiente, conforme a lo establecido en el
Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones
y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de
convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y
por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al
nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los
títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas
anteriores.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del
proyecto se realizará por medio de un contrato laboral entre el candidato
seleccionado y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre y demás disposiciones legales
que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo
completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del
proyecto de investigación que lo sustenta y a la existencia de crédito
suficiente.
En todo caso, las causas de la
extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y
concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en
el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la
insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para
el mantenimiento del presente contrato de trabajo.
4.3. El lugar de trabajo será la Escuela Técnica Superior de
Ingeniería Informática de la UNED, sita en la calle Pintor Rosales nº 16, 28040 Madrid, con la posibilidad de utilizar la
modalidad de teletrabajo.
4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse
dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento
de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la
pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una
dotación económica íntegra mensual de 3.050 € para toda la vigencia del
contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).
4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo
como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria
implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los
interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se publican como
Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los
siguientes documentos:
• Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.
• Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que
conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o,
en su caso, expediente académico del candidato.
• Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la
experiencia formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de
solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación
en el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro
electrónico de la AGE:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una
Comisión que estará formada por el vicerrector de Investigación, Transferencia
y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que este delegue; el/los investigador/es principal/es del proyecto al que se
adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la jefa del
Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien
delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los
siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del
candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100
repartida como sigue:
• Titulación superior oficial (Doctorado) en áreas de conocimiento
relacionadas con el ámbito del proyecto: Ingeniería Informática, Ingeniería de
Telecomunicaciones, o similar (hasta 30 puntos).
• Formación y experiencia demostrable en tecnologías relacionadas
con el proyecto (Programación en Python, IA frameworks, corpus de datos, desarrollo de
aplicaciones móviles, etc.), además de conocimientos en ciencias sociales en
cuanto a privacidad y ciberacoso se refiere (hasta 30 puntos).
• Conocimientos demostrables de inglés (mínimo B1 o similar) (hasta
10 puntos).
6.2.2. Beneficios científicos y
técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima
de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar
entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a esta publicación.
Madrid, 5 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD
Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL
VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier
Sanz Gozalo.
ANEXO: Impreso de solicitud.
8.- Resolución de 12 de marzo de 2025, del
rector de la UNED, por la que se corrige el error detectado en la Resolución de
27 de febrero de 2025, por la que se designa a la candidata elegida para la
suscripción de un contrato laboral de ayudante de investigación en el marco de
las ayudas concedidas para la contratación de ayudantes de investigación y
técnicos de laboratorio convocadas por orden 2277/2024, de 27 de mayo, del
Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El pasado 10 de marzo de 2025 fue publicada en el BICI número 21
la Resolución de 27 de febrero de 2025, del rector de la UNED, por la que se
designaba a la candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral de
ayudante de investigación en el marco de las ayudas concedidas para la
contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas
por Orden 2277/2024, de 27 de mayo, del consejero de Educación, Ciencia y
Universidades de la Comunidad de Madrid, del que será tutora la profesora D.ª Filipa Martins Baptista Lã.
Segunda.- Que, habiéndose detectado un error en la Facultad y Departamento
de adscripción de la mencionada
profesora, se procede a su corrección, siendo el Departamento correcto el
de Didáctica, Organización Escolar y
Didácticas Especiales de la Facultad de Educación.
Tercera.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo ante
el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.
9.- Resolución
de 12 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se corrige el error
detectado en la Resolución de 5 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la
que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral
de técnico de laboratorio en el marco de las ayudas concedidas para la
contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas
por orden 2277/2024, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades de la Comunidad de Madrid
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El pasado 10 de marzo de 2025 fue publicada en el BICI número 21
la Resolución de 5 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se
designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de
técnico de laboratorio en el marco de las ayudas concedidas para la
contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio convocadas
por Orden 2277/2024, de 27 de mayo, del consejero de Educación, Ciencia y
Universidades de la Comunidad de Madrid, habiendo sido seleccionado el
candidato D. José Henao Aguirre, designando como suplente, por orden de
puntuación, a D. Jorge Sobredo González.
Segunda.- Que, habiéndose detectado un error en el nombre del tutor del
mencionado técnico de laboratorio, así como en la Escuela y Departamento de
adscripción , se procede a su corrección, siendo el tutor de la ayuda el
profesor D. Salvador Ros Muñoz, del Departamento de Sistemas de Comunicación y
Control de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática.
Tercera.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses Recurso Contencioso-Administrativo ante
el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2024 (BOE 35, de 9 de febrero de 2024), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.
10.- Resolución
de 12 de marzo de 2025, del rector de la UNED, por la que se declara desierta
la convocatoria de un contrato indefinido asociado al proyecto de investigación
“CLIPLAST-Estudio de los efectos del cambio climático sobre la toxicidad de
contaminantes derivados del plástico en los organismos acuáticos Chironomus riparius y Danio rerio”
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El 10 de marzo de 2025 se publicó en el BICI n.º 21 la resolución
de 25 de febrero de 2025, del rector de la UNED, por la que se designaba a la
candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral en el marco del
proyecto “CLIPLAST-Estudio de los efectos del cambio climático sobre la
toxicidad de contaminantes derivados del plástico en los organismos acuáticos Chironomus riparius y Danio rerio”, del que son
investigadoras principales (IP) las profesoras D.ª Mónica Morales Camarzana y D.ª Raquel Martín Folgar, del Departamento de
Física Matemática y de Fluidos de la Facultad de Ciencias.
Segundo.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en el BICI nº
16, de 3 de febrero de 2025, la Comisión
acordó la concesión del contrato a D.ª Lucía González Álvarez, designando como
suplente por orden de puntuación a D.ª Beatriz Horcajo Morera.
Tercera.- Habiendo desistido del contrato la candidata seleccionada, se
contactó con la candidata suplente, quien también desistió del contrato de
referencia. Es por esta razón que la Comisión acuerda declarar desierta la
convocatoria.
Cuarta.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR, P.D. (Resolución 17 de enero de 2024, BOE 9 de febrero), EL VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Javier Sanz Gozalo.
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
11.- Resolución
de 10 de marzo de 2025, del rector de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), por la que se conceden ayudas a la movilidad del personal de
administración y servicios, Staff Training Mobility
(STT) del programa Erasmus+ de la Unión Europea
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
La vicerrectora de Internacionalización
y Multilingüismo de la UNED, previa delegación del rector,
resuelve:
PRIMERO. La concesión de las siguientes ayudas según el apartado 6 de la
Convocatoria Erasmus+ a la movilidad del Personal de Administración y Servicios
(publicada en el BICI n.º 7, del 18 de noviembre de 2024):
N.º
orden |
DNI |
APELLIDOS
Y NOMBRE |
1 |
***0801** |
TEJADA
CARRASCO, BEATRIZ |
2 |
***1542** |
SERRANO
SÁNCHEZ, MARCOS |
3 |
***9737** |
RUIPÉREZ
GARCÍA, ANTONIO |
4 |
***1733** |
ROMERO
RINCÓN, MARÍA MONTSERRAT |
SEGUNDO. Según el apartado 7 de
la convocatoria, la Sección de Movilidad Internacional, remitirá al
beneficiario, por correo electrónico, la documentación y el procedimiento a
seguir para la obtención y justificación de la ayuda.
TERCERO. Las ayudas concedidas estarán financiadas con fondos procedentes
de la Unión Europea, a través del convenio financiero firmado con el Servicio
Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE):
2024-1-ES01-KA131-HED-000201138, cuya fecha límite para realizar y justificar
la movilidad finaliza el 30 de diciembre de 2025.
Contra esta Resolución, que agota la
vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su
publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 10 de marzo de 2025. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2024, BOE de 9 de febrero de 2024), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.
12.-
Erasmus+
Acción Clave 1 (KA1): Programa intensivo combinado de corta duración Erasmus+
Facultad de Derecho
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
Resolución de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia (UNED) de 12 de marzo de 2025, por la que se acuerda
hacer pública la convocatoria de movilidad de estudiantes de Grado y de
Doctorado del área de Ciencias Jurídicas (Derecho) de la Facultad de Derecho de
la UNED, para realizar períodos de estudio, dentro del Programa Erasmus+,
Acción Clave 1 (KA1)- Programa intensivo combinado de corta duración.
El Vicerrectorado de
Internacionalización y Multilingüismo gestiona este programa de movilidad y
hace posible que durante el curso académico 2024-2025 estudiantes matriculados
en la UNED, puedan participar en un programa intensivo combinado Erasmus+ (BIP),
con el fin de cursar estudios de forma presencial y online,
y obtener el reconocimiento de los créditos superados en la universidad
asociada.
Esta convocatoria se publica en el
marco del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea,
20 de mayo de 2021 por el que se establece Erasmus+, el Programa de la Unión
para la educación y la formación, la juventud y el deporte.
El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027
aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades
establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación
Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará
especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y
al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.
Dentro de las acciones KA1, se
encuentran los programas combinados de aprendizaje presencial y online. Estos programas deben tener un valor añadido
respecto a los cursos o formaciones ofrecidos por las instituciones
participantes, donde grupos de estudiantes y personal realizarán una movilidad
física de corta duración, combinada con un componente virtual obligatorio en el
que participarán universidades de diferentes países. En este sentido, se
reunirán a los estudiantes en línea para trabajar de forma colectiva y
simultánea en tareas específicas que estén integradas en el programa intensivo
combinado de corta duración y cuenten para los resultados generales del
aprendizaje.
1. Objeto de la
convocatoria
En esta convocatoria 2024-2025, la
movilidad física tendrá lugar en la sede de la FernUniversität
in Hagen, en Hamburgo (Alemania), en coordinación con otras cuatro universidades:
- UNED.
- OpenUniversiteit Netherlands
(OUNL).
- University of
Wroclaw, Polonia.
- Open University UK.
2. Finalidad
Su finalidad es la formación
transversal en capacidades jurídicas en el curso “Bachelor
Summer School and Phd Summer Schools
2025” donde se combina la movilidad virtual y la física de los
estudiantes y profesores que participan en el programa:
https://www.fernuni-hagen.de/rewi/internationales/edelnet_neu.shtml
La formación tendrá lugar desde el 29
de mayo 2025 hasta 18 de julio de 2025, desarrollándose la primera parte del
curso moodle en modo online
en la plataforma de FernUniverstät (Hagen), y la
segunda parte de forma presencial en el Centro de FernUniversität
en Hamburgo (Alemania), del 14 julio al 18 julio 2025.
En la UNED se ofertan seis plazas para
estudiantes de Grado y siete para estudiantes de Máster/Doctorado. Los
estudiantes interesados en participar deben presentar su solicitud en la
convocatoria de su universidad de origen (Anexo I de la convocatoria).
3. Universidades participantes:
FERN UNIVERSITY HAGEN:
1.Prof. D. Karl August von Sachen Gessaphe, Catedrático
de Derecho Internacional Privado, Procesal y Derecho Comparado.
2. Prof. D. Juan García Blesa, Prof. de
Derecho Internacional Público.
3. Prof. D. Bernard Crebe,
Catedrático de Derecho Privado.
OPEN UNIVERSITY UK:
1. Prof. D. Andrew Gilbert, Senior Lecturer Derecho Privado.
OPEN UNIVERSITY
NETHERLAND:
1. D.ª Carla
Zoethout, Full Professor, Constitutional Law
2. D. Eduardo
Arenas Catalán, Assistant Professor, International Law
3. D. Wanda
Meulenberg, Assistant Professor.
4. D.ª Sonja
kruisinga
UNIVERSITY OF
WROCLAW, Polonia:
1. D. Michael Pernan,
Prof. Derecho Constitucional.
3. D. Radoslaw
Strugala, Prof. Derecho Civil.
4. D. Michiel
Stepien, Profesor de Derecho Internacional Publico.
5. D. Michal Bernaczyk, Prof. Derecho Civil.
UNED:
1. D.ª Eva M. Domínguez Pérez, Prof.
Catedrática de Derecho Mercantil.
2. D. Juan-Cruz Alli
Turrillas, Prof. Catedrático de Derecho Administrativo.
3. D. Francisco Jiménez, Prof. Titular
de Derecho Civil.
4. D.ª Araceli Donado Vara, Prof.
Titular de Derecho Civil.
5. D. Fernando Val Garijo,
Prof. de Derecho Internacional Público.
UNIVERSIDAD DE SALAMANCA:
1. D.ª Vanessa Jiménez Serranía,
Profesora permanente Laboral de Derecho Mercantil.
4. Requisitos de los candidatos:
1. Nacionalidad:
- Tener el estatus de refugiado o apátrida.
- Tener nacionalidad de terceros países (países no miembros del
programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir
en España durante el período de realización de la movilidad. En este caso, el
solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes
a su desplazamiento a la institución de destino; se aconseja comenzar esta
tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista.
Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar ante el
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, estar en posesión de
las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.
- Ser ciudadano de uno de los países que pueden participar
plenamente en todas las acciones del Programa: los veintisiete Estados miembros
de la Unión Europea y los países y territorios de ultramar; los terceros países
asociados al programa: los países de la AELC (Asociación Europea de Libre
Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y
Noruega; o de los países candidatos a la adhesión a la UE: Macedonia del Norte,
Turquía y Serbia.
2. Estar matriculado en los últimos
años del Grado (3.º o 4.º curso) en el área de Ciencias Jurídicas (Derecho).
3. Estar matriculado en el nivel Máster
en el área de Ciencias Jurídicas (Derecho).
4. Estar realizando la Tesis doctoral
en UNED, para el nivel de Doctorado, en el área de Ciencias Jurídicas
(Derecho).
5. Nivel de inglés certificado B2 o
equivalente, según el marco común europeo de referencia para las lenguas.
5. Duración de las estancias académicas.
El programa se desarrolla en dos etapas
o fases: la primera de ellas comienza en el mes de mayo, con una reunión online en la que se presentan los profesores de distintas
Universidades que participan en el mismo. A la reunión asisten los estudiantes
admitidos, de forma que pueden también presentarse indicando su universidad de
procedencia y estudios realizados. De esta manera, desde el inicio del programa
se crea un entorno de proximidad y relación internacional entre los
estudiantes.
A partir de ese momento se abre la
plataforma en red, en la que previamente los docentes participantes han subido
el material disponible para los estudiantes, así como las posibilidades de
consulta de dudas al profesor de cada materia a través de un foro. Los
profesores pueden también subir clases grabadas, que los estudiantes pueden
visualizar de forma asíncrona. Además, se evalúa mediante su participación, la
elaboración de casos y trabajos, el estudio realizado en dicha fase del
programa.
Durante los meses de mayo y hasta mitad
de junio acceden a toda la bibliografía subida en red, y trabajaran sobre ella,
complementando la formación con video clases, atención en el foro, y relación online entre los estudiantes.
A mediados del mes de junio de 2025
tiene lugar la bienvenida de los estudiantes con los coordinadores del
programa.
El 14 de julio, se inicia la segunda
fase presencial del programa, que tendrá como sede el centro de la Fern University en Hamburgo
(Alemania).
Los estudiantes reciben docencia
presencial donde se fomenta la participación del alumno, a través de preguntas
y realización de supuestos prácticos.
La semana del programa presencial
termina con un Moot Court, práctica de “Tribunal
ficticio”, en el que los estudiantes, divididos previamente en demandante y
demandado, exponen sus argumentos sobre un caso práctico, de forma que el
Tribunal (integrado por varios profesores), debe valorar el contenido jurídico
y su actuación ante el Tribunal.
El programa se celebra íntegramente en
inglés, en un entorno internacional, que ofrece el valor de desarrollar las
competencias tanto académicas, como lingüísticas, a la vez que se crea un
entorno internacional sostenible en el tiempo.
La experiencia que proporciona la
realización de estos programas en ediciones anteriores permite lograr un nivel
académico y organizativo óptimo, en constante mejora académica, como ponen de
manifiesto las evaluaciones de calidad realizadas.
6. Reconocimiento académico
Los estudiantes que completen la
formación online y presencial con aprovechamiento,
les serán reconocidos 5 créditos (ECTS) de asignaturas optativas o de libre
configuración.
La Fer Universität in Hagen (Alemania) como coordinadora del
programa intensivo combinado de corta duración expedirá un certificado de
participación en el mismo.
7. Ayuda económica
Los estudiantes seleccionados recibirán
apoyo financiero, a través del convenio financiero firmado con el Servicio
Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) e irán con cargo
al proyecto:
Erasmus+
2024-1-ES01-KA131-HED-000201138.
8. Comisión de Selección
La Comisión de Selección estará
constituida por las siguientes personas, o personas en quienes deleguen:
- Por parte del Vicerrectorado de
Internacionalización y Multilingüismo:
D.ª
Laura alba Juez, vicerrectora de Internacionalización y Multilingüismo o
persona en quien delegue.
D.ª
Patricia Rodriguez Sáez, jefa de Área de Internacionalización y Centros en el
Exterior.
D.ª
Encarna Valero Ibáñez, Oficina Técnica de Cooperación e Internacionalización.
- Por parte
de la Facultad de Derecho: D.ª Esther Souto Galván, coordinadora de Movilidad
de la Facultad de Derecho, UNED.
- Por parte de la Escuela Internacional
de Doctorado UNED: D. Angel de Juanas, director.
- Por parte de la Coordinación del
programa: D. Juan-Cruz Alli Turrillas y D.ª Eva M.
Domínguez Pérez.
9. Solicitud. forma y plazo para la presentación de solicitudes
Quien desee participar en la presente
convocatoria, deberá cumplimentar la solicitud en la Sede Electrónica de la
UNED en el siguiente enlace: https://sede.uned.es/
Una vez cumplimentada la solicitud, se
adjuntarán los siguientes documentos que serán valorados por la Comisión de
Selección:
- Curriculum vitae.
- Acreditación del conocimiento de
idiomas: certificado B2 o equivalente, según el marco común europeo de
referencia para las lenguas.
Los archivos generados se admitirán en
formato .DOC, .PDF. El/los archivo/s a subir a la Sede Electrónica se
denominará así: Facultad/Escuela, Apellido1_Apellido 2, Nombre.PDF o la
extensión que corresponda.
El plazo para la presentación de las
solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de su
publicación en BICI.
10. Selección de los candidatos y resolución
Finalizado el plazo de presentación de
solicitudes, la Comisión de Selección realizará la propuesta de seleccionados y
el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, publicará dicha
propuesta con el listado de estudiantes seleccionados, suplentes y excluidos
Erasmus+.
Esta propuesta de adjudicación será
publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), y se
anunciará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo:
En el plazo de 10 días hábiles
siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las
reclamaciones oportunas previas a la resolución definitiva. Transcurrido dicho
plazo, se dictará resolución definitiva que será publicada en el Boletín
Interno de Coordinación Informativa (BICI) así como en la página web del
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.
Los criterios que valorará la Comisión
de Selección serán los siguientes:
- Calificación media del expediente
académico.
- Conocimiento de idiomas. Es
obligatorio acreditar nivel B2 (o superior) del idioma en el que se recibirán
las clases en la universidad de destino, antes de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes.
- Adecuación del estudiante al perfil
de la plaza (se acepta carta de motivación del estudiante). Podrán realizarse
entrevistas personales si la Comisión de Selección lo estima oportuno.
11. Lista de reserva y vacantes
Junto con la adjudicación provisional
se publicará una lista de reserva con el fin de cubrir las vacantes que
pudieran producirse.
12. Renuncias
Los estudiantes tendrán de plazo hasta
el 30 de mayo de 2025 para presentar su renuncia por escrito, que será enviada
al Servicio de Internacionalización a través del siguiente correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es , indicando el motivo de su renuncia y devolviendo los documentos
originales que ya hubiera recibido como estudiante Erasmus seleccionada/o.
Las renuncias posteriores a 30 de mayo
de 2025, así como la omisión de su comunicación, darán lugar a la exclusión del
estudiante en futuros procesos de selección de cualquier convocatoria de
movilidad promovida por este Vicerrectorado.
13. Procedimiento de concesión de ayudas
Los estudiantes seleccionados serán
informados del procedimiento y requisitos necesarios para el disfrute de las
ayudas, desde la Sección de Movilidad Internacional en la cuenta de correo
electrónico
xxxxxx@alumno.uned.es .
La obtención de la Tarjeta Sanitaria
Europea de la Seguridad Social es responsabilidad del propio estudiante. Dicho
documento deberá solicitarse antes de la salida al extranjero en www.seg-social.es. Para solicitar este documento, el estudiante presentará la
Credencial Erasmus+ que se entregará a los alumnos seleccionados, la fotocopia
del resguardo de matrícula y la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social del
estudiante o de sus padres.
Más información sobre los costes y
tratamientos cubiertos en cada país con la Tarjeta Sanitaria Europea:
https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es.
El estudiante seleccionado tiene la
obligación de obtener la cobertura de un seguro médico complementario privado
que cubra las necesidades no amparadas por la Tarjeta Sanitaria Europea:
accidentes, responsabilidad civil, enfermedades, determinadas intervenciones
médicas y repatriación.
La Sección de Movilidad Internacional
envía a las universidades europeas del programa la nominación de estudiantes
seleccionadas/os en esta Convocatoria. La gestión para ser admitido en la
universidad de destino será responsabilidad del estudiante, que deberá estar
atento a su correo electrónico, ya que la universidad extranjera se pondrá en
contacto con cada interesado/a, con las indicaciones necesarias para finalizar
su admisión.
Los estudiantes seleccionados deberán
rellenar y enviar los documentos que les sean requeridos en los plazos fijados
por la universidad de origen y de destino. El incumplimiento de los requisitos
que fijen las universidades podrá suponer la cancelación de la plaza concedida.
Además, gestionará su viaje y alojamiento. También el permiso de residencia en
el organismo correspondiente del país extranjero en el caso de que sea
necesario. Para ello se recomienda que lleven consigo una partida de nacimiento
bilingüe expedida por el Registro Civil español de su lugar de nacimiento.
Todos los estudiantes Erasmus+ están
obligados a inscribirse en el Consulado de España correspondiente en el país de
destino. Más información en:
www.exteriores.gob.es .
14. Normas finales
Los candidatos, por el hecho de
participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en
la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin
perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de
Selección se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en
todo lo no previsto en estas bases.
La presente resolución agota la vía
administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2024, BOE de 9 de
febrero de 2024). LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO,
Laura Alba Juez
PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo establecido en la
Normativa vigente de Protección de Datos Personales, le informamos que los
datos aportados en este documento serán tratados, en calidad de responsable del
tratamiento, por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA.
La finalidad del tratamiento de los
datos es la tramitación de las becas internacionales que se asignan a los
estudiantes de la UNED.
El tratamiento al que se adscribe es:
“tramitación del Programa intensivo combinado de corta duración Erasmus+”, cuyo
responsable es: jefa del Área de Internacionalización y Centros en el Exterior,
internacional.protecciondedatos@adm.uned.es .
Las bases legitimadoras por las que se
tratan sus datos son: el consentimiento del interesado, la ejecución de un
contrato o el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del
tratamiento.
Asimismo, los datos serán utilizados
para enviar información, por cualquier medio, acerca de las finalidades antes
descritas.
Sus datos no serán cedidos o
comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida
atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así
como en los supuestos previstos en la legislación vigente.
Podrá ejercitar los derechos de acceso,
rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos
u oposición al tratamiento ante la UNED, Sección de Protección de Datos, calle
Bravo Murillo 38, 28015 de Madrid, o en cualquiera de las oficinas de
asistencia en materia de registro, junto con la información adicional y el
formulario: Oficina de Protección de Datos (www.uned.es/dpj
) o a través de la Sede electrónica (https://sede.uned.es/procedimientos/portada/idp/40
de la UNED.
Para más información visite nuestra Política de Privacidad.
13.- Resolución de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia (UNED) de 12 de marzo de 2025, por la que se acuerda
hacer pública la convocatoria de plazas para la movilidad para realizar
períodos de prácticas dentro de la Acción Clave 1 (KA131), del Programa Erasmus+ para el curso 2025-2026
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
Esta convocatoria se publica en el
marco del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de
2018, por el que se establece Erasmus+, el programa de la Unión para la
educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2021-2027 y
se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/20131[1].
El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027
aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades
establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación
Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará
especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y
al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.
La movilidad de estudiantes para la
realización de Prácticas Erasmus+ está integrada dentro de la Acción Clave 1
(KA1) del Programa Erasmus+. El periodo de prácticas es la estancia en
cualquier organización pública o privada europea[2], y
tiene por finalidad contribuir a que los estudiantes se adapten a las
exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, alcancen aptitudes
específicas y mejoren su comprensión del entorno económico y social del país en
cuestión, al mismo tiempo que adquieren experiencia laboral.
Los participantes en estas prácticas
pueden mejorar sus competencias comunicativas, lingüísticas e interculturales,
adquiriendo aptitudes no técnicas muy valoradas en el mercado laboral y
desarrollando una mentalidad más emprendedora. Además, el programa Erasmus+
presta un apoyo lingüístico online que facilita el
aprendizaje del idioma utilizado en el lugar de trabajo.
La pertenencia a la Alianza Europea de
Universidades OpenEU nace de la iniciativa
Universidades Europeas de la Comisión Europea destinada a establecer alianzas
entre instituciones superiores de toda Europa, en beneficio de sus estudiantes,
su personal y la sociedad. OpenEU se desarrolla como
espacio para las universidades abiertas de Europa y más allá sus principales
objetivos son:
1. Establecer una universidad abierta,
digital, verde, inclusiva, centrada en el estudiante y de ámbito europeo,
ampliando el acceso a una educación superior de calidad y al aprendizaje
permanente para todos y todas.
2. Contribuir a la transformación
digital de las Instituciones de Educación Superior, apoyándolas en la
integración de las tecnologías digitales para la educación para el refuerzo y
dinamización de la dimensión digital del EEES.
En este contexto, la UNED asume un
compromiso para el fomento de las movilidades de estudiantes en instituciones
extranjeras, en el marco de las oportunidades que brinda el Programa Erasmus+.
El Vicerrectorado de
Internacionalización y Multilingüismo gestiona este programa de movilidad y
hace posible que durante el curso académico 2024-2025 aquellos estudiantes que
finalizaron sus estudios de Grado/Máster y/o Doctorado en la UNED, puedan realizar
unas prácticas presenciales y obtener a su regreso el reconocimiento dentro del
Programa Erasmus+. Para ello, este Vicerrectorado convoca 5 ayudas financieras
con sujeción a las siguientes bases:
1. Requisitos de
los candidatos:
a) Los candidatos deberán cumplir con
al menos uno de los siguientes requisitos relativos a la nacionalidad:
- Ser ciudadano de uno de los países que pueden participar plenamente
en todas las acciones del Programa: los veintisiete Estados miembros de la
Unión Europea y los países y territorios de ultramar; los terceros países
asociados al programa: los países de la AELC (Asociación Europea de Libre
Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y
Noruega; o de los países candidatos a la adhesión a la UE: Macedonia del Norte,
Turquía y Serbia.
- Tener el estatus de refugiado o apátrida.
- Tener nacionalidad de terceros países (países no miembros del
programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir
en España durante el período de realización de la movilidad. En este caso, el
solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes
a su desplazamiento a la institución de destino se aconseja comenzar esta
tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista.
Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar ante el
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, estar en posesión de
las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.
b) Ser
titulado de un Grado/Máster Universitario/Doctorado de la UNED, excluidos los
Títulos Propios, y haber finalizado los estudios en el curso académico
2023/2024.
c) Poseer la acreditación oficial del
idioma en el que se realizará la práctica en el país de destino, con un nivel
mínimo B1, según el marco común europeo de referencia para las lenguas. El
conocimiento superior al mínimo exigido, será
considerado como mérito en la selección. La no acreditación de este requisito
en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la
presente convocatoria supondrá motivo de exclusión del proceso de selección.
d) Todos los interesados deberán
realizar prácticas a tiempo completo en empresas, centros de formación, centros
de investigación y otras organizaciones.
e) No haber incumplido los requisitos y
obligaciones establecidas en convocatorias anteriores de movilidad ofertadas en
la UNED.
Todos los requisitos establecidos en
esta convocatoria deberán cumplirse en el plazo indicado en el apartado para la
presentación de solicitudes, y habrán de mantenerse hasta la realización
efectiva de la movilidad.
2. Características
de las movilidades de prácticas Erasmus+:
2.1. Las movilidades se concederán exclusivamente para la realización
de prácticas a tiempo completo en instituciones o centros en el extranjero.
2.2. Tipos de institución o centro donde se realizarán las prácticas:
A. Cualquier organización pública o
privada activa en el mercado de trabajo o en los ámbitos de la educación, la
formación o la juventud. Por ejemplo, la organización puede ser:
• Una empresa pública o privada, pequeña, mediana o grande
(incluidas las empresas sociales).
• Un organismo público local, regional o nacional.
• Un interlocutor social u otro representante de la vida laboral,
incluidos las cámaras de comercio, las asociaciones artesanales o profesionales
y los sindicatos.
• Un instituto de investigación.
• Una fundación.
• Un centro escolar, un instituto o un centro educativo (de
cualquier nivel, incluidas la educación profesional y la educación de personas
adultas).
• Una organización, asociación u ONG sin ánimo de lucro.
• Un organismo de asesoramiento académico, orientación profesional
y servicios Informativos.
B. Una
Institución de Educación Superior (HEI-Higher Education Institution) del país
del programa, titular de una Carta Erasmus (ECHE-Education
Charter Higher Education). Pueden consultarlas en el siguiente enlace:
2.3. Con el fin de evitar conflictos de interés o doble financiaciones
no son admisibles, como organizaciones de destino para estudiantes que vayan a
realizar un periodo de formación, las siguientes:
A. Las instituciones de la UE y otros
organismos de la UE, incluidas las agencias especializadas.
B. Las organizaciones que gestionen
programas de la UE, como las Agencias Nacionales Erasmus+.
3. Certificado del
periodo de prácticas Erasmus+:
La UNED con el Código Erasmus+ E
MADRID01, entregará un certificado del período de prácticas realizado en la
institución o centro. El certificado del período de prácticas únicamente podrá
ser denegado si un estudiante no alcanza el nivel requerido por la institución
o centro, o bien se incumplen las condiciones acordadas en el convenio de
subvención firmado con el beneficiario de la ayuda financiera.
Estas prácticas son extracurriculares y
no tendrán reconocimiento académico.
4. Duración de la estancia:
Las prácticas en el extranjero pueden
durar un mínimo de 2 meses y un máximo de 7 meses.
Las prácticas se podrán realizar con
fecha límite del 1 de diciembre de 2025.
La fecha de inicio de las prácticas será la del primer día que el
beneficiario ha de estar presente en la organización de destino, y deberá ser
posterior a la fecha de publicación de la resolución de la concesión de las
ayudas financieras.
La fecha de finalización será el último día
que el estudiante ha de estar presente en la organización de destino. Se
justificarán documentalmente las estancias.
En todo caso, la duración estará
determinada por la institución o centro.
Se podrá ampliar el período de estancia si la institución de origen y la de
institución o centro están de acuerdo, siempre y cuando la estancia ampliada se
realice inmediatamente después, no suponga una interrupción de la misma y no se extienda más allá del 1 de diciembre de
2025.
Durante el cierre de la institución o
centro por vacaciones se mantiene el derecho a percibir la ayuda de la UE,
siempre y cuando la estancia de las prácticas continúe al menos un mes después
de finalizar el periodo vacacional de la institución de institución o centro.
Los días de cierre no computarán para duración mínima (2 meses), pero sí para
la duración máxima de 7 meses de movilidad Erasmus+.
5. Seguimiento de la estancia:
El solicitante tendrá la obligación de
aportar, junto con su solicitud, los datos de contacto y el compromiso de
aceptación de la institución o centro que le haya aceptado como estudiante en
prácticas.
La institución o centro nombrarán en
cada caso un tutor que velará por el cumplimiento de los objetivos contenidos
en el Acuerdo de Aprendizaje ERASMUS+ de movilidad de estudiantes para
prácticas.
La práctica propuesta deberá ser
aceptada por el tutor de la UNED asignado, e incluirá su firma en el documento
habilitado para ello.
En todo caso, para la concesión de la
beca se tendrá en cuenta la idoneidad de la institución o centro.
6. Compatibilidad de las ayudas:
6.1. Compatibilidad de ayudas en el marco de Programas Erasmus+. La
recepción de ayudas Erasmus+ con fines de prácticas es incompatible con las
ayudas Erasmus+ de estudios en el mismo período, siendo, sin embargo,
compatibles si se desarrollan en dos períodos sucesivos en el mismo curso
académico.
6.2. Compatibilidad con las becas de estudios de carácter general del
Ministerio y de Comunidades Autónomas, en su caso, para realizar estudios
universitarios y otros estudios superiores en el curso inmediatamente anterior
al que se va a realizar la movilidad. La concesión de una ayuda Erasmus+ no
supone, en ningún caso, la reducción ni supresión de la beca obtenida, en su
caso, de la convocatoria del Ministerio o de las Comunidades Autónomas.
7. Ayuda económica:
Los estudiantes seleccionados recibirán
apoyo financiero a través del convenio financiero firmado con el Servicio
Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) e irán con cargo
al proyecto Erasmus+ 2024-1-ES01-KA131-HED-000201138.
Las ayudas económicas no se destinarán
a cubrir la totalidad de las prácticas en el extranjero, sino a compensar
costes de movilidad adicionales: costes de viaje, preparación lingüística y, en
su caso, el coste de vida superior del país de institución o centro.
El Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE) fijará las cuantías mensuales en
función del número de estudiantes desplazados a nivel nacional y de las
actualizaciones de la Guía del Programa Erasmus+ de la Comisión Europea.
7.1. Las ayudas establecidas según el país de destino son:
|
Cantidad
mensual de las ayudas |
||
Ayuda
ordinaria |
Estudiantes
con menos oportunidades |
||
Grupo
1 Países
del Programa con costes de vida más altos |
Alemania,
Austria, Belgica,Dinamarca, Finlandia, Francia,
Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y
Suecia. Países asociados de la región 14: Andorra, Estado de la Ciudad del
Vaticano, Mónaco, San Marino, Islas Feroe, Reino Unido y Suiza. |
500
€ |
750
€ |
Grupo
2 Países
del Programa con costes de vida medios |
Chequia,
Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Letonia, Malta y Portugal |
450
€ |
700
€ |
Grupo
3 Países del Programa con costes de vida más
bajos |
Bulgaria,
Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y
Turquía. |
400
€ |
650
€ |
Terceros
países no asociados al programa de las regiones 1 a 12 (ver Anexo Tercero con
el listado de países) |
700
€ |
950
€ |
7.2. Las ayudas económicas para
estudiantes con menos oportunidades:
Las movilidades de larga duración se
financiará una cantidad adicional de 250 € mensuales a los estudiantes que se
encuentren en alguna de las situaciones que figuran a continuación:
Obstáculos socioeconómicos:
- Ser beneficiario de una beca de
estudios de carácter general de la Administración General del Estado para
realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del
Departamento de Educación del País Vasco, en el curso inmediatamente anterior
al que se vaya a realizar la movilidad.
- Percibir la unidad familiar de
prestación de ingreso mínimo vital/renta mínima de inserción o cualquier otra
prestación de igual o similar naturaleza.
- Estar en riesgo de exclusión social.
- Pertenecer a una familia numerosa o
monoparental.
- Encontrarse en situación de especial
necesidad y emergencia social.
- Ser víctima de terrorismo, de
violencia de género o en situación de orfandad.
- Encontrarse en situación de
dependencia o con dependientes a cargo.
- Tener un contrato de trabajo a tiempo
completo.
Obstáculos geográficos:
Estar matriculado en un centro situado
en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, o estar empadronado en dichas
ciudades, en caso de que la matrícula se realice en una institución educativa
no presencial.
Problemas de salud:
Padecer problemas físicos o mentales
que genere la necesidad de apoyo adicional.
Diferencias culturales:
Tener la condición de refugiado o con
derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección
internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.
7.3. Apoyo
individual para desplazamiento ecológico:
Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé
una contribución única de 50€ para viaje ecológico para cubrir los días de
viaje en trayecto de ida y vuelta, si procede.
Los estudiantes deberán justificar
documentalmente este tipo de viaje al finalizar su estancia. El viaje ecológico
hace referencia únicamente al desplazamiento entre la ciudad de origen y la
ciudad de la institución de destino, al inicio y a final de la estancia. El
viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas
emisiones en el tramo principal de trayecto (más del 50 %), por ejemplo, el
autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido.
7.4. Ayudas
para el Apoyo a la Inclusión Erasmus +:
El Programa Erasmus+ prevé ayudas
adicionales para el Apoyo a la inclusión. El objetivo de estas ayudas es cubrir
los costes adicionales directamente relacionados con la movilidad de los
participantes con problemas físicos, mentales o de salud y de sus acompañantes.
El importe cubrirá el 100% de los costes reales que se consideren
subvencionables según las normas del Programa.
Para acceder a estas ayudas, los
participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad
en grado igual o superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los
criterios de elegibilidad establecidos en el programa.
El Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE) gestiona directamente estas ayudas
a través de una convocatoria anual. Asimismo, los estudiantes que puedan ser
beneficiarios de estas ayudas y realicen la estancia de prácticas Erasmus+ para
el curso 2024/2025, deberán ponerse en contacto a través del correo
electrónico:
movilidad-economico@adm.uned.es a fin de gestionar su solicitud ante el SEPIE.
7.5. Ayudas de viaje para los estudiantes de Canarias.
Las cantidades definitivas figuran en
la Guía del Programa Erasmus+ que va actualizando la Comisión Europea.
La Unión Europea apoyará
financieramente con la mediación del SEPIE a los estudiantes residentes en
Canarias, quienes percibirán la cantidad de 786 €/mes en concepto de apoyo
individual (en este caso no se aplicará el importe complementario para los
estudiantes y titulados recientes con menos oportunidades).
Además, los estudiantes de Canarias recibirán una ayuda de viaje entre 211 € y 1735 € dependiendo de la distancia al país receptor según la tabla siguiente:
Distancias
de viaje (Kms) |
Cantidad
(€ por participante) |
Entre
100 y 499 |
211 |
Entre
500 y 1999 |
309 |
Entre
2000 y 2999 |
395 |
Entre
3000 y 3999 |
580 |
Entre
4000 y 7999 |
1188 |
8000
o más |
1735 |
Las ayudas
financieras recibidas en el marco del programa Erasmus+ no podrán utilizarse
para cubrir gastos ya financiados en el marco de otros programas comunitarios
como: el Quinto Programa Marco de IDT; gastos financiados en el marco de
actividades costeadas con contribución comunitaria o gastos ya cubiertos por
otros fondos (las principales fuentes serían los acuerdos culturales
bilaterales, los donantes privados y los organismos internacionales).
7.6. Apoyo financiero del Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo de la UNED.
Los estudiantes seleccionados recibirán
una ayuda económica para contribuir a los gastos de viaje y seguro médico
privado por un importe global de 600 €.
7.7. Procedimiento para el ingreso de la financiación concedida.
La Sección de Movilidad Internacional
del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, se pondrá en
contacto con los estudiantes seleccionados y les informará del procedimiento a
seguir para el ingreso de la financiación concedida.
El abono de la ayuda se realizará
exclusivamente mediante transferencia bancaria a libretas de ahorro o cuentas
corrientes situadas en España, cuyo titular o cotitular deberá ser,
necesariamente, el estudiante beneficiario de la misma. Este número de cuenta
se aportará en la documentación que deberán presentar los estudiantes
seleccionados.
No deberán pagarse tasas universitarias
en la institución o centro extranjeros (en concepto de tutoría, inscripción,
exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.)
Para poder realizar el pago a
estudiantes que no tienen nacionalidad española es obligatorio presentar copia
del NIE.
El incumplimiento por parte de cada
estudiante de las condiciones del acuerdo de formación y del convenio
financiero que recibirán y firmarán los estudiantes seleccionados puede dar
lugar a sanciones económicas que supongan el reembolso total o parcial de las
cantidades percibidas.
La obtención de la Tarjeta Sanitaria
Europea de la Seguridad Social es responsabilidad del propio estudiante. Dicho
documento, deberá solicitarse antes de la salida al extranjero en www.seg-social.es . Para solicitar este documento, el estudiante presentará la
Credencial Erasmus+ que se entregará a los alumnos seleccionados, la fotocopia
del resguardo de matrícula y la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social del
estudiante o de sus padres.
Más información sobre los costes y
tratamientos cubiertos en cada país con la Tarjeta Sanitaria Europea:
https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es.
El estudiante seleccionado tiene la
obligación de obtener la cobertura de un seguro médico complementario privado
que cubra las necesidades no amparadas por la Tarjeta Sanitaria Europea:
accidentes, responsabilidad civil, enfermedades, determinadas intervenciones
médicas y repatriación.
Todos los estudiantes Erasmus+ están
obligados a inscribirse en el Consulado de España correspondiente en el país de
destino. Más información en:
www.exteriores.gob.es .
8. Solicitud, forma y plazo
para la presentación de solicitudes
Quien desee participar en la presente
convocatoria, deberá cumplimentar la solicitud en la Sede Electrónica de la
UNED en el siguiente enlace: https://sede.uned.es/
Una vez cumplimentada la solicitud por
sede electrónica se adjuntarán los siguientes documentos que serán valorados
por la Comisión de Selección:
- NIF o Pasaporte.
- Curriculum vitae de acuerdo al modelo EUROPASS, en el que se expresen todos
los méritos no comprendidos en el expediente académico, incluyendo fotocopias
acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional.
Se puede descargar en:
http://europass.cedefop.europa.eu/en/documents/curriculum-vitae
- Acreditación del conocimiento de
idiomas mediante certificado reconocido según el marco común europeo de
referencia para las lenguas. Nivel mínimo exigido: B1 del país de destino.
- Ficha de institución o centro (Anexo
I).
- Carta del responsable de institución
o centro firmada con la aceptación expresa al estudiante en prácticas.
- Expediente académico.
Los archivos generados se admitirán en
formato .DOC, .PDF. El/los archivo/s a subir a la Sede Electrónica se
denominará así: Facultad/Escuela, Apellido1_Apellido 2, Nombre.PDF o la
extensión que corresponda.
El plazo para la presentación de las
solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente de su
publicación en BICI.
9. Selección de los candidatos y resolución
La Comisión de Selección, está
constituida por las siguientes personas o personas en quienes deleguen:
Presidente:
D.ª Laura Alba Juez, vicerrectora de
Internacionalización y Multilingüismo.
Vocales:
D.ª Patricia Rodríguez Sáez, jefe de
Área de Internacionalización y Centros en el Exterior.
D.ª Encarnación Valero Ibáñez, técnico
de la Oficina de Internacionalización y Cooperación.
Secretaria:
D.ª Carolina de Pablo Pérez , jefe de
Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.
Finalizado el plazo de presentación de
solicitudes, la Comisión de selección realizará la propuesta de adjudicación de
plazas y el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, publicará
dicha propuesta de adjudicación con el listado de estudiantes seleccionados,
suplentes y excluidos Erasmus+.
Esta propuesta de adjudicación será
publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) y se
anunciará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo:
En el plazo de 10 días hábiles
siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las
reclamaciones oportunas previas a la resolución definitiva en el siguiente
correo electrónico:
vrector-internacional@adm.uned.es .
Transcurrido dicho plazo, se dictará
resolución definitiva que será publicada en el Boletín Interno de Coordinación
Informativa (BICI) así como en la página web del Vicerrectorado de
Internacionalización y Multilingüismo.
Las solicitudes recibidas serán
valoradas en función del siguiente baremo hasta un máximo de 10 puntos:
Expediente
académico |
Hasta
4 puntos |
Correspondiente
a la media ponderada del expediente académico de 0 a 10 puntos |
Conocimiento
del idioma en el que se realizarán las prácticas en el país de destino con la
acreditación oficial de dicho conocimiento del idioma |
Hasta
3 puntos |
B1-
1 punto B2-
2 puntos C1-
2,5 puntos C2-
3 puntos |
Adecuación
del perfil del estudiante a las prácticas solicitadas |
Hasta
3 puntos |
Se
concederá hasta 3 puntos a la valoración de curriculum
vitae y otros méritos aportados por los candidatos relacionados con la
finalidad de la beca |
En caso de empate, se dará mayor
prioridad a quienes no hayan realizado movilidad en el marco del programa
Erasmus (Programa de Aprendizaje Permanente, Erasmus+ y Erasmus Mundus).
10. Lista de reserva y vacantes
Junto con la adjudicación provisional
se publicará una lista de reserva con el fin de cubrir las vacantes que
pudieran producirse.
11. Renuncias
Los estudiantes tendrán de plazo hasta
el 30 de junio de 2025 para presentar su renuncia por escrito, que será enviada
al Servicio de Internacionalización a través del siguiente correo electrónico:
movilidad-economico@adm.uned.es , indicando el motivo de su renuncia y devolviendo los documentos
originales que ya hubiera recibido como estudiante Erasmus seleccionada/o.
Las renuncias posteriores a 30 de junio
de 2025, así como la omisión de su comunicación, darán lugar a la exclusión del
estudiante en futuros procesos de selección de cualquier convocatoria de
movilidad promovida por este Vicerrectorado.
12. Normas finales
Los candidatos, por el hecho de
participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en
la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin
perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes.
La presente resolución agota la vía
administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2024, BOE de 9 de
febrero de 2024). LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO,
Laura Alba Juez.
PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo establecido en la
Normativa vigente de Protección de Datos Personales, le informamos que los
datos aportados en este documento serán tratados, en calidad de responsable del
tratamiento, por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA.
La finalidad del tratamiento de los
datos es la tramitación de las becas internacionales que se asignan a los
estudiantes de la UNED.
El tratamiento al que se adscribe es:
“tramitación de las becas de Erasmus+ prácticas”, cuyo responsable es: jefa del
Área de Internacionalización y Centros en el Exterior,
internacional.protecciondedatos@adm.uned.es.
Las bases legitimadoras por las que se
tratan sus datos son: el consentimiento del interesado, la ejecución de un
contrato o el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del
tratamiento.
Asimismo, los datos serán utilizados
para enviar información, por cualquier medio, acerca de las finalidades antes
descritas.
Sus datos no serán cedidos o
comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida
atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así
como en los supuestos previstos en la legislación vigente.
Podrá ejercitar los derechos de acceso,
rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos
u oposición al tratamiento ante la UNED, Sección de Protección de Datos, calle
Bravo Murillo 38, 28015 de Madrid, o en cualquiera de las oficinas de
asistencia en materia de registro, junto con la información adicional y el
formulario: Oficina de Protección de Datos (www.uned.es/dpj ) o a través de la Sede electrónica (https://sede.uned.es/procedimientos/portada/idp/40 ) de la UNED.
Para más información visite nuestra
Política de Privacidad.
Anexo I:
Ficha de empresa
[1]. Reglamento (UE) N.º
1288/2013 del PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2013 por
el que se crea el Programa ERASMUS+ de Educación, Formación, Juventud y Deporte
de la Unión. Convocatoria 2015, DOUE
02.10.2014
[2]. La institución o centro deberá pertenecer a un Estado miembro de la Unión
Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre Dinamarca,
Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda,
Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal,
República Checa, Rumanía, Suecia) o a tercer país asociado al Programa Erasmus+
a la que se haya concedido una Carta Erasmus+ de Educación Superior (Islandia,
Liechtenstein, Macedonia del Norte, Noruega, Serbia, Turquía ) o a un tercer
país no asociado al Programa, según la información detallada en:
Países admisibles - Erasmus+.
vicerrectorado de estudiantes e inclusión
14.- Resolución
del Vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión de ayudas para estudiantes
universitarios afectados por la DANA
Habiendo sido objeto de publicación en
el BICI número 18, de 17 de febrero de 2025, Resolución del Vicerrectorado de
Estudiantes e Inclusión por la que se otorga una ayuda a las estudiantes D.ª
Clara Mascarell Esteve, D.ª Cristina Rodríguez Martínez, D.ª Mercedes Villanova
Ferrer y D.ª Monserrat Cabanillas Vega y teniendo constancia de la no
aceptación de la misma , incumpliendo las Bases de la convocatoria, en virtud
del Programa de Becas Santander suscrito con la CRUE sobre Ayudas a
universitarios cuyas familias o medios de vida se han visto afectados por la
Depresión Aislada en Niveles Altos que ha tenido lugar entre el 28 de octubre y
el 4 de noviembre de 2024 que establece en su apartado Asignación de Ayudas
entre los Candidatos que “Tal asignación se comunicará a los beneficiarios
quienes dispondrán de 7 días naturales para cursar su aceptación, todo ello a
través de la Plataforma”, así como la Resolución del Vicerrectorado de
Estudiantes e Inclusión, que establece “Los/as beneficiarios/as deberán aceptar,
de conformidad con lo dispuesto en las Bases de la convocatoria, la ayuda en la
Plataforma del Banco Santander donde lo solicitaron, teniendo un plazo de 7
días naturales para cursar su aceptación. De no cumplir este requisito, se
entenderá que la rechazan”, en aplicación de lo dispuesto en el Título V,
Capítulo I, ‘De la revisión de los actos en la vía administrativa’, de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Pública, quedan revocadas las ayudas a favor de D.ª Clara
Mascarell Esteve, Dª Cristina Rodríguez Martínez, D.ª Mercedes Villanova Ferrer
y D.ª Monserrat Cabanillas Vega, otorgándosele las mismas a los/as estudiantes
D.ª Celia Pozo Fernández, D.ª Sandra Cuesta Soriano, D. Carlos González Guerra
y D.ª María Alarcón Pardo.
Los/as beneficiarios/as deberán
aceptar, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, la
ayuda en la plataforma del Banco Santander donde lo solicitaron, teniendo un
plazo de 7 días naturales para cursar su aceptación. De no cumplir este
requisito, se entenderá que la rechazan.
Contra la presente resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el rector en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el BICI, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación,
recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 6 de marzo de 2025. LA VICERRECTORA DE ESTUDIANTES E INCLUSIÓN, Ana María Lisbona Bañuelos.
vicerrectorado de innovación educativa
15.- Novedades
editoriales
Sección de Difusión y Distribución
0137466PB01A01
UNA HISTORIA DEL CÁLCULO. DEL ÁBACO AL PC
P.V.P.: 25,00 €
P.V.P. en formato PDF: 12,5 €.
16.- Resolución
de 6 de marzo de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por
la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción
interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios Laboral, Grupo I nivel B, en el Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 18 de
diciembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de
25 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2024 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la
convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a
la tasa adicional de reposición del año 2024, prevista en el artículo 20.
Dos.3. I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2024.
Considerando lo establecido en el
artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector
Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán
respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los
principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos
administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así
como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental
recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el
artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS laboral de la Universidad,
tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la
improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún
empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1
del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS laboral, Grupo I, nivel B en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de
promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad
de, al menos, un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos
en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio
Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de
excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de
instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el
título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, de conformidad con lo
previsto en el III Convenio Colectivo de Personal Laboral de Administración y
Servicios de la UNED, publicado por Resolución de 5 de mayo de 2009, de la
Dirección General de Trabajo (BOCM 20 de junio), y de acuerdo con lo
establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
Poseer la formación para el desempeño
de las funciones preventivas de nivel superior correspondiente a las tres
especialidades y disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene
Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada, en virtud de lo dispuesto en
el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de
los Servicios de Prevención.
1.3. Capacidad: Poseer la
capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el
plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el
Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía
electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de
la UNED (http://www.uned.es MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas
selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: Registrarse como usuario
UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los
pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:
https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.
El usuario en la UNED se identifica con
el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes
que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario
podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no
recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla
la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar
realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene
asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y
presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja
con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite,
siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:
- Inscripción en línea a las pruebas selectivas.
- Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán
en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
- El pago online de tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
- Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.
La
presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar”
correspondiente a la convocatoria “OEP2024. Grupo I. Prevención de Riesgos
Laborales. P. Interna (LPRL0001)”, y se compondrá de siete fases: Datos
personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago,
Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará
confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una
vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra
manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes
cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación
adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las
bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por
el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una
incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento
ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 17 € y el pago se realizará
dentro del proceso de inscripción online, tal
y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al pago.
El abono de los derechos de examen o,
en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de
exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la
falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la
exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de la tasa de
los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en
el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los
derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el
interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda
verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación
de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el
reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de
Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación
obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de
19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la
tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del
50% los miembros de las familias de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario
cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano
gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el
supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación
obligatoriamente.
c) Las víctimas del
terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos
o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con
análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los
heridos y fallecidos.
El aspirante
deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado
Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los
datos o, habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la
cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales: En esta pantalla
se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el
tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento).
Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto: En esta
pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta
solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa,
dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud: En esta
pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la
aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la
convocatoria: personas con discapacidad, familia numerosa general, familia
numerosa especial o víctima de terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá
exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de
discapacidad mayor o igual al 33%.
4.ª- Documentación: En esta pantalla se
adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así
como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá
presentar la siguiente documentación:
- Personas con discapacidad igual o
superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
- Aspirantes que precisen adaptaciones
de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico
facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para
la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el
supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la
publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas
selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en
su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales
de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de
Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo
y Agenda 2030.
- Familia numerosa general: el
correspondiente título actualizado.
- Familia numerosa especial: el
correspondiente título actualizado.
- Víctima de terrorismo: sentencia
judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal
condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a
pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá
realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito
o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le
ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y
realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las
indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta
o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago
pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso
de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen: En este apartado
aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los
documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos
y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final: En esta pantalla podrá
descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se
considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación
mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En
esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad,
constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de
exclusión.
Igualmente, se publicará en la página
web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren
en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion
en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de
admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de
la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en
la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los
aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución
de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases
de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo
previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría
primera.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo
23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del
personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias
previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con
la asistencia de este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan
y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su
sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la
realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el
Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad
entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II
de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y
apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del
proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Asimismo,
durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se
pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el
Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los
aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al rector, dando traslado, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso
selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las
pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015
Madrid, correo electrónico:
accesopaslaboral@adm.uned.es ).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de
pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán
interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará
de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70
puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter
eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura
en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en la
contestación de un cuestionario de 100 preguntas con cuatro respuestas
alternativas, siendo solo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se
valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor
de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las 100 anteriores.
Para la realización de este ejercicio,
los aspirantes dispondrán de un tiempo de ciento diez minutos.
Se calificará con un máximo de 30
puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15
puntos.
Segundo ejercicio, de carácter
teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos,
planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.
En esta prueba se valorará el rigor
analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de
una propuesta razonada.
El tiempo para la realización de este
ejercicio será de dos horas.
Este ejercicio se calificará de 0
a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio
20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación
directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La
calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se
deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo
siguiente:
- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para
superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlas.
- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las
calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de
oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios
de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir
el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la
realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y
superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
5.2. Fase de concurso: Esta fase, que sólo se aplicará a los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la
puntuación que se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se
obtendrá de la valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de
permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor
similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la
plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en
la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente
valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 por cada mes en la
misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones
Públicas.
Se entenderá
como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado
es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de
PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que
fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación
máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que
se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la
UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones
Públicas.
Para
acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios
prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad
de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo
realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato
laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de
las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios
prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este
punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa
siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que
sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y
perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta,
impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras
de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser
valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5
puntos.
Los cursos de
formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia
debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No
será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la
UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de
Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios
a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para
la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la
fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,
en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan
superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen
incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a
todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente
al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro
electrónico de la Universidad los documentos
acreditativos de los méritos referidos
en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los
méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de
PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que
fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo
señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no
valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la
relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con
indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos
objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el
proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso
de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por
la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se
resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo
realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta
los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a
partir de la letra la letra “V” resultado del sorteo celebrado el día 24 de
julio de 2024 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial
del Estado” de 31 de julio).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la
correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso
selectivo.
En esta lista no podrá figurar un
número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno
derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
establecido.
No obstante lo
anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de Resolución al
órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se
produzcan renuncias de los aspirantes selecionados
antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al
Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar
en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa
correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo
casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de
la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria
no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su
instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación
acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras
comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de
la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la
incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica
alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real
Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III
Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece
un período de prueba de tres meses en el
que no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo
y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones
pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se
presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se
podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme
a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su publicación.
Madrid, 6 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas
de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción
interna a una plaza de Personal Técnico de Gestión, de Administración y
Servicios de la UNED
Primera. Descripción de las plaza
Código plaza: LPRL0001
Grupo profesional I, nivel B.
Adscripción: Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales.
Funciones principales del puesto:
Proporcionar a los Órganos de Gobierno
de la UNED, al personal y a sus representantes, el asesoramiento y apoyo que
precisen, en particular, en relación con las siguientes materias:
• Promoción de la prevención en la UNED y su integración en la
misma, colaborando en el desarrollo, implantación y aplicación del plan de
prevención y el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales.
• Evaluación de los riesgos que puedan afectar a la seguridad y la
salud de las personas trabajadoras, desarrollo de estrategias de medición y
proposición de medidas para su eliminación, control y reducción.
• Planificación de la actividad preventiva derivada de las
evaluaciones de riesgos, determinación de prioridades y seguimiento de medidas
preventivas y acciones correctoras.
• Vigilancia del cumplimiento del programa de control y reducción
de riesgos, efectuando personalmente las actividades de control de las
condiciones de trabajo que le sean asignadas.
• Realización de actividades de información y formación general de
las personas trabajadoras en materia preventiva, a todos los niveles y en las
materias propias de su área de especialización.
• Planificación y dirección de las actuaciones a desarrollar en
casos de emergencia y primeros auxilios.
• Programación de los reconocimientos médicos y gestión de
actividades de vigilancia y promoción de la salud de las personas trabajadoras
en relación con los riesgos derivados del trabajo.
Segunda. Programa
1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre,
de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa en que se inspira. Estructura
general de la Ley y análisis de su contenido.
2. Derechos y obligaciones de las
personas trabajadoras y empresarias en materia preventiva. La protección del
personal especialmente sensible. La protección de la maternidad. Actuación en
caso de riesgo grave e inminente.
3. Consulta y participación de las
personas trabajadoras. Delegados de Prevención. Comité de Seguridad y Salud. El
Reglamento del Comité de Seguridad y Salud de la UNED.
4. El Real Decreto 39/1997, de 17 de
enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Estructura general y análisis de su contenido.
5. Integración de la actividad
preventiva en la empresa. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación
de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. Metodologías de
realización.
6. Organización de recursos para las
actividades preventivas. Modalidades. Requisitos, funciones, recursos
materiales y humanos. Presencia de recursos preventivos. Funciones y niveles de
cualificación en prevención de riesgos laborales.
7. Auditorías o evaluaciones externas
del sistema de prevención. Concepto y ámbito de aplicación. Contenido,
metodología y requisitos. El informe de auditoría. Las auditorías voluntarias.
8. Disposiciones normativas
complementarias en materia de prevención. La Ley sobre infracciones y sanciones
en el Orden Social. Actuaciones de las Administraciones Públicas competentes en
materia sanitaria y de industria. La Ley General de Sanidad. La Ley de
Industria.
9. Responsabilidades y sanciones en el
orden penal, civil y administrativo. Análisis de compatibilidad. Las
actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de la
prevención de riesgos laborales.
10. Legislación sobre seguridad y salud
laboral en el ámbito comunitario. Directivas sobre disposiciones mínimas de
seguridad y salud en el trabajo. Directiva marco. Directivas específicas y
otras que amplían y completan lo establecido en la Directiva marco.
Recomendaciones y otros actos.
11. La higiene industrial. Conceptos y
objetivos. Estrategias de evaluación y planificación de la prevención en
higiene industrial. Medidas de control de la exposición. Principios generales
de toxicología laboral.
12. Ergonomía y Psicosociología
Aplicada. Conceptos y objetivos. Diseño ergonómico de puestos de trabajo.
Métodos generales de evaluación de las condiciones de trabajo.
13. Carga física de trabajo. Conceptos
y métodos de análisis. Los trastornos musculoesqueléticos.
14. Carga mental de trabajo. Conceptos
y métodos de análisis. Otras patologías psicosociales: El síndrome del «burn out» y el acoso moral en el
trabajo. Efectos sobre la salud.
15. El proceso de evaluación de
factores psicosociales. Conceptos y fases. Metodologías. Planes de
intervención. El método FPSICO del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
16. La vigilancia de la salud.
Conceptos, características y normas generales de aplicación. La actividad
sanitaria de los servicios de prevención. Reconocimientos médicos específicos.
Los protocolos de vigilancia sanitaria específica de las personas trabajadoras.
17. Los accidentes de trabajo.
Conceptos y normas vigentes. Índices estadísticos de accidentes de trabajo.
Sistemas de representación. Análisis estadístico de la siniestralidad laboral.
18.Investigación de accidentes de
trabajo. Selección de accidentes para investigar, metodología general y
utilidades. Notificación y registro. Parte oficial de accidente de trabajo.
Parte interno de empresa. La inspección de seguridad. Los incidentes de trabajo.
19. Las enfermedades profesionales.
Conceptos y normas vigentes. Cuadro general de enfermedades profesionales en
España. Las denominadas enfermedades relacionadas con el trabajo. Notificación
y registro. Técnicas de investigación.
20. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de
visualización. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Metodología de
evaluación.
21. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud relativas a la manipulación manual de cargas. Concepto, normas vigentes
y guías de aplicación. Metodología de evaluación.
22. Disposiciones mínimas en materia de
señalización de seguridad y salud en el trabajo. Conceptos, normas vigentes y
guías de aplicación. Tipos, características y requisitos de las señales.
23. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud en los lugares de trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de
aplicación. Condiciones generales y ambientales. Orden, limpieza y
mantenimiento. Iluminación.
24. Disposiciones mínimas para la
protección de la salud y seguridad de las personas trabajadoras frente al
riesgo eléctrico. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Trabajos
sin tensión, en tensión, en proximidad y en emplazamientos con riesgo de
incendio o explosión. Electricidad estática.
25. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud para la utilización por las personas trabajadoras de los equipos de
trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación. Trabajos temporales
en altura.
26. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud relativas a la utilización por las personas trabajadoras de equipos de
protección individual. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
27. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud relativas a los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
28. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud relativas a los riesgos relacionados con la exposición a vibraciones
mecánicas. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
29. La protección de la salud y
seguridad de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con los
agentes químicos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de
aplicación.
30. La protección de las personas
trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes
biológicos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de
aplicación.
31. La protección de las personas
trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes
cancerígenos durante el trabajo. Conceptos, normas vigentes y guías de
aplicación.
32. La protección de la salud y la
seguridad de las personas trabajadoras expuestas a los riesgos derivados de
atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. Conceptos, normas vigentes y
guías de aplicación.
33. Normativa para la protección de la
seguridad y salud de las personas trabajadoras en los supuestos de coordinación
de actividades empresariales. Conceptos, normas vigentes y guías de aplicación.
34. Normativa básica de autoprotección
de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que
pueden dar origen a situaciones de emergencia. Conceptos básicos y estructura
de los planes de autoprotección. Medidas de emergencia.
35. Disposiciones mínimas de seguridad
y salud en las obras de construcción. Conceptos, normas vigentes y guías de
aplicación. Actuaciones durante las fases de proyecto y ejecución de las obras.
Diferencia entre obras con proyecto y obras sin proyecto.
36. La protección de la salud y la
seguridad de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la
exposición a campos electromagnéticos. Conceptos, normas vigentes y guías de
aplicación.
37. Normativa de equipos y sistemas de
protección contra incendios. Diseño, características, instalación y
mantenimiento. Nociones básicas para el manejo de extintores y bocas de
incendio equipadas.
38. Química del fuego. Factores
determinantes del riesgo de incendio y principales métodos de extinción. Clases
de fuego. Transmisión y propagación del calor.
39. Prevención de riesgos en
laboratorios. Control ambiental de riesgos. Instalación eléctrica. Instalación
de gases a presión. Protección contra el fuego.
40. Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y preparados peligrosos. Criterios de almacenamiento. Fichas de datos de seguridad.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnicos Gestión UNED.
Vocales:
• D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de
Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
• D.ª Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la UAM.
Secretaria:
• D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
Suplentes
Presidente:
• D. Juan José de la Vega Viñambres,
Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
Vocales:
• D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de
la UNED.
• D. Tomás Acero Sánchez, Escala Técnica Superior de la
Administración de la UAM.
• D.ª Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión UPM.
Secretaria:
• D.ª M.ª Carmen García Galindo, Escala de Técnico Superior de
Administración de la UAM.
Madrid, 6 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
17.- Resolución
de 7 de marzo de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por
la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción
interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios Laboral, Grupo III nivel B, en el Centro de Tecnología de la UNED.
Plataforma Web
Sección PTGAS Laboral
Por Resolución rectoral de 18 de
diciembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de
25 de diciembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2024 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la
convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a
la tasa adicional de reposición del año 2024, prevista en el artículo
20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024.
Considerando lo establecido en el
artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector
Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán
respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los
principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos
administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así
como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental
recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el
artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS laboral de la Universidad,
tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la
improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún
empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1
del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de PTGAS laboral, Grupo III, nivel B en el Centro de Tecnología de la UNED. Plataforma Web, con sujeción a las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de
promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad
de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en
el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio
Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de
excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de
instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el
título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio
(BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo.
1.3. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el
plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el
Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía
electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de
la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas
selectivas).
Para la presentación de la solicitud se deben completar dos pasos:
Primer paso: Registrarse como usuario
UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED
https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los
pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:
https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.
El usuario en la UNED se identifica con
el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes
que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario
podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no
recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla
la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar
realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene
asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y
presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja
con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite,
siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:
- Inscripción en línea a las pruebas selectivas.
- Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán
en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
- El pago online de tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
- Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.
La
presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar”
correspondiente a la convocatoria “OEP2024. Grupo III. CTU Plataforma WEB
(LCTU0035). Promoción interna”, y se compondrá de siete fases: Datos
personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago,
Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará
confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una
vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra
manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes
cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación
adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las
bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por
el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una
incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento
ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 10 € y el pago se realizará dentro
del proceso de inscripción online,
tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o,
en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de
exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la
falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la
exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de la tasa de
los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en
el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los
derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual
o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que
acredite tal condición.
No será necesario presentar este
justificante cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el
órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma
de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el
supuesto de que el reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la
documentación obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en los
términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de
protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma,
tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de
categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias
de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia
numerosa no será necesario cuando el interesado dé su conformidad en la
solicitud para que el órgano gestor pueda verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Publicas, excepto en el supuesto de que el reconocimiento del título se haya
otorgado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán
presentar la documentación obligatoriamente.
c) Las víctimas del terrorismo,
entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos
como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante
sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y
fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la
documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos
casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo
consentido la misma, ésta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la
cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales: En esta pantalla
se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el
tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento).
Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto: En esta
pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta
solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa,
dirección de correo electrónico E-mail, y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud: En esta
pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la
aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la
convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia
numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check
de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1.
Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33%.
4.ª- Documentación: En esta pantalla se
adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así
como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá
presentar la siguiente documentación:
- Personas con discapacidad igual o
superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.
- Aspirantes que precisen adaptaciones
de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico
facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para
la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el
supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la
publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas
selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en
su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales
de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de
Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo
y Agenda 2030.
- Familia numerosa general: el
correspondiente título actualizado.
- Familia numerosa especial: el
correspondiente título actualizado.
- Víctima de terrorismo: sentencia
judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal
condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a
pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá
realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito
o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le
ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y
realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las
indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta
o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago
pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso
de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen: En este apartado
aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los
documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos
y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón
“Registrar”.
7.ª- Final: En esta pantalla podrá
descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se
considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación
mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En
esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad,
constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de
exclusión.
Igualmente, se publicará en la página
web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren
en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion
en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de
admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de
la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en
la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los
aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución
de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases
de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo
previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría
segunda.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo
23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del
personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias
previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal
con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les
sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días
antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha
sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad
entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II
de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y
apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del
proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así
mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que
se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el
Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los
aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al rector, dando traslado, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso
selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las
pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015
Madrid, correo electrónico:
accesopaslaboral@adm.uned.es ).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de
pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán
interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará
de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70
puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter
eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura
en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en la
contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas
alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se
valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor
de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las 80 anteriores
Para la realización de este ejercicio,
los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.
Se calificará con un máximo de 30
puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15
puntos.
Segundo ejercicio, de carácter
teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos,
planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.
Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las 15 anteriores.
El tiempo para la realización de este
ejercicio será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0
a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio
20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación
directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La
calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se
deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo
siguiente:
- Las puntuaciones directas mínimas que
fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones
mínimas necesarias para superarlas.
- Las puntuaciones directas máximas
obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.
La calificación global de la fase de
oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios
de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir
el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la
realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y
superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
5.2. Fase de concurso: Esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que
se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la
valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de
permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor
similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la
plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta
5 puntos por desempeño provisional en movilidad funcional en la plaza
convocada, a razón de 0,1 punto por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un máximo de 10 puntos se
asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones
Públicas.
Se entenderá
como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado
es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de
PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que
fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación
máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que
se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la
UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones
Públicas.
Para
acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios
prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad
de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo
realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato
laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de
las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios
prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este
punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa
siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquélla. En caso
de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y
perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta,
impartidos por organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras
de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser
valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5
puntos.
Los cursos de
formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia
debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No
será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la
UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de
Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios
a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para
la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la
fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,
en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan
superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen
incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a
todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente
al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro
electrónico de la Universidad los documentos
acreditativos de los méritos referidos
en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Los méritos se acreditarán con
certificación expedida por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la
Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios y
funciones.
La no presentación, en el plazo
señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no
valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la
relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con
indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos
objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el
proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso
de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por
la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se
resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo
realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta
los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a
partir de la letra la letra “V” resultado del sorteo celebrado el día 24 de
julio de 2024 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial
del Estado” de 31 de julio).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la
correspondiente propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso
selectivo.
En esta lista no podrá figurar un
número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno
derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
establecido.
No obstante lo
anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de Resolución al
órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se
produzcan renuncias de los aspirantes selecionados
antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al
Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar
en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa
correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo
casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de
la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria
no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su
instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación
acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras
comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de
la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la
incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica
alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real
Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III
Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece
un período de prueba de un mes en el que
no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo
y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones
pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se
presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se
podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme
a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su publicación.
Madrid, 7 de marzo de 2025. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las
pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal
Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED
Primera. Descripción de las plazas
Código plaza: LCTU0035.
Grupo profesional III, nivel B.
Adscripción: Centro de Tecnología de la
UNED. Plataforma WEB.
Area de actividad: Informática.
Perfil del puesto:
- Formar parte del equipo de plataforma
web, que gestiona la web y los servicios para la universidad
Funciones principales del puesto:
• Desarrollo de aplicaciones técnicas y páginas en el entorno web
bajo instrucciones previas y supervisión.
• Gestión y mantenimiento de la web bajo supervisión de niveles
superiores.
• Asistencia a usuarios de la web.
Segunda. Programa
1. Certificación digital y firma
electrónica. El cifrado. Algoritmos de cifrado simétricos y asimétricos.
Infraestructura de clave pública (PKI): Definición y elementos de una PKI.
2. Infraestructuras, servicios comunes
y compartidos. Cl@ve, la Carpeta Ciudadana, el
Sistema de Interconexión de Registros, la Plataforma de Intermediación de
datos, y otros servicios.
3. DNI electrónico. Certificados y
funcionalidades del DNIe
4. Accesibilidad, diseño universal y
usabilidad. Experiencias de usuario.
5. Magnolia CMS. Conceptos básicos.
Arquitectura. Panel de administración
6. Magnolia CMS. Filtros. Seguridad y
configuración de la plataforma
7. Magnolia CMS. desarrollo de
plantillas. Tipos de módulos. Plantillas. Diálogos
8. Magnolia CMS. Edición de páginas.
9. Servicios web SOAP y REST. Formatos
de datos XML, JSON.
10. Tecnologías de cliente: HTML5,
CSS3, bootstrap.
11. Desarrollo colaborativo Técnicas y
buenas prácticas. Sistemas de control de versiones: SVN, Git. Integración
continua
12. Herramientas Agile Jira, confluence.
13. Internet: arquitectura de red.
Origen, evolución y estado actual. Principales servicios. Protocolos HTTP,
HTTPS Y SSL/TLS.
14. Lenguaje de SQL, comandos DDL, DML
y DCL.
15. Lenguaje procedural PL/SQL, conceptos,metodología, sintaxis, aplicaciones.
16. Conceptos básicos de base de datos
relacionales. Oracle: El modelo entidad/ relación.
17. SEO on
page. Diseño Web, url amigables, etiquetas y palabras
clave
18. SEO de videos y SEO local
19. Herramientas de auditoria SEO. Analitycs,Search Console.
20. Aplicaciones móviles.
Características, tecnologías, distribución y tendencias. Conceptos básicos de
iOS, Android.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnicos Gestión UNED.
Vocales:
• D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de
Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
• D.ª Mercedes Díaz García, Escala de Letrados de la UAM.
Secretaria:
• D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
Suplentes
Presidente:
• D. Juan José de la Vega Viñambres,
Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
Vocales:
• D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de
la UNED.
• D.ª Mª Belén Sánchez Sánchez, Escala de
Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Paloma Centeno Fernández, Escala de Técnicos de Gestión UPM.
Secretaria:
• Dña. Mª Carmen García Galindo, Escala de Técnico Superior de
Administración de la UAM
Madrid, 7 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
18.- Resolución
de 7 de marzo de 2025 de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por
la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción
interna, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios Laboral, Grupo III nivel B, en el Centro de Tecnología de la UNED
Por Resolución rectoral de 18 de
diciembre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de
25 de diciembre ), se publica la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2024 para de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios (en adelante, PTGAS), en la que se incluye la autorización de la
convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a
la tasa adicional de reposición del año 2024, prevista en el artículo
20.Dos.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2023, prorrogados para el ejercicio 2024.
Considerando lo establecido en el
artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector
Público, en el que se señala que entre los principios generales que deberán
respetar todas las Administraciones Públicas en su actuación, figuran los
principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos
administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública, así
como los principios de simplificación administrativa y economía procedimental
recogidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo previsto en el
artículo 18.3 del III Convenio Colectivo del PTGAS laboral de la Universidad,
tras constatar la inexistencia de solicitudes de reingreso de excedentes y la
improcedencia de la convocatoria de concurso de traslado, al no cumplir ningún
empleado de esta Universidad los requisitos establecidos en el artículo 19.1
del del citado III Convenio Colectivo.
Este Rectorado, en uso de las
competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el
artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de
septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y,
conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas
selectivas para cubrir una plaza de PTGAS laboral, Grupo III, nivel B en el
Centro de Tecnología de la UNED. Desarrollo, con sujeción a las siguientes
bases.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de
promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad
de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en
el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio
Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de
excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de
instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el
título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio
(BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo.
1.3. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas.
1.4. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el
plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el
Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía
electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de
la UNED (http://www.uned.es, MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción en pruebas
selectivas).
Para la presentación de la solicititud se deben completar dos pasos:
Primer paso: Registrarse como usuario
UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED
https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los
pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:
https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/.
El usuario en la UNED se identifica con
el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes
que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario
podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no
recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla
la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar
realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene
asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y
presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas
selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite,
siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:
- Inscripción en línea a las pruebas selectivas.
- Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán
en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
- El pago online de tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
- Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.
La
presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar”
correspondiente a la convocatoria “OEP2024. Grupo III. CTU Desarrollo. P.
Interna (LCTU0076)”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de
contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se
mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de
estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el
justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se
considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes
cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación
adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las
bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por
el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una
incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento
ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 10 € y el pago se realizará
dentro del proceso de inscripción online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase
correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o,
en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de
exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la
falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la
exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de la tasa de
los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en
el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los
derechos de examen:
a) Las personas con
discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud
justificante que acredite tal condición.
No será necesario presentar este justificante cuando el
interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano gestor pueda
verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación
de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el supuesto de que el
reconocimiento de la discapacidad se haya otorgado en las Ciudades Autónomas de
Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación
obligatoriamente.
b) Las familias numerosas en
los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de
protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma,
tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de
categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias
de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesario
cuando el interesado dé su conformidad en la solicitud para que el órgano
gestor pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas, excepto en el
supuesto de que el reconocimiento del título se haya otorgado en las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla en cuyo caso deberán presentar la documentación
obligatoriamente.
c) Las víctimas del
terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos
o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con
análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los
heridos y fallecidos.
El aspirante
deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado
Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los
datos o, habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la
cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª- Datos personales: En esta pantalla
se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el
tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento).
Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª- Datos de contacto: En esta
pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta
solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa,
dirección de correo electrónico, y teléfonos de contacto.
3.ª- Datos de la solicitud: En esta
pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la
aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la
convocatoria: personas con discapacidad, familia numerosa general, familia
numerosa especial o víctima de terrorismo. el check de personas con
discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales,
ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33 %.
4.ª- Documentación: En esta pantalla se
adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así
como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá
presentar la siguiente documentación:
- Personas con discapacidad igual o
superior al 33 %: justificante acreditativo de tal condición.
- Aspirantes que precisen adaptaciones
de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico
facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para
la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el
supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la
publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas
selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en
su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales
de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de
Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo
y Agenda 2030.
- Familia numerosa general: el
correspondiente título actualizado.
- Familia numerosa especial: el
correspondiente título actualizado.
- Víctima de terrorismo: sentencia
judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal
condición.
5.ª- Pago, liquidación de admisión a
pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá
realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito
o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le
ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y
realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las
indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta
o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago
pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso
de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª- Resumen: En este apartado
aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los
documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos
y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.
7.ª- Final: En esta pantalla podrá
descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se
considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación
mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En
esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad,
constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de
exclusión.
Igualmente, se publicará en la página
web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no
figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la
base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se
publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de
admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en
la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los
aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución
de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases
de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo
previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría
segunda.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al rector de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna
de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá
solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse
incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal
incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias
previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal
con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les
sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días
antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha
sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad
entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II
de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y
apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del
proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así
mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que
se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el
Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los
aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al rector, dando
traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso
selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las
pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la Sección PTGAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015
Madrid, correo electrónico:
accesopaslaboral@adm.uned.es ).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de
pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán
interponer recurso de alzada ante el rector de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará
de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70
puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter
eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura
en el Anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en la
contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas
alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se
valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor
de cada contestación correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El Tribunal podrá prever 5 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las 80 anteriores.
Para la realización de este ejercicio,
los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.
Se calificará con un máximo de 30
puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15
puntos.
Segundo ejercicio, de carácter
teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos,
planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.
Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las 15 anteriores.
El tiempo para la realización de este
ejercicio será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0
a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio
20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación
directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La
calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se
deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo
siguiente:
- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para
superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlas.
- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las
calificaciones máximas del ejercicio.
La
calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios
de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir
el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la
realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y
superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
5.2. Fase de concurso: Esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, supondrá el 30 % de la puntuación que
se determine para el conjunto de las pruebas selectivas y se obtendrá de la
valoración de los siguientes elementos:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de
permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor
similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la
plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 15 puntos.
5.2.1.1. Hasta 5 puntos por desempeño
provisional en movilidad funcional en la plaza convocada, a razón de 0,1 punto
por cada mes en movilidad funcional.
5.2.1.2. Un
máximo de 10 puntos se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes
trabajado.
• 0,1 puntos por cada mes en la misma unidad.
• 0,04 por cada mes en otra unidad o en otras Administraciones
Públicas.
Se entenderá
como la misma unidad el mismo servicio o unidad equivalente.
Para acreditar el trabajo desarrollado
es necesario presentar un certificado de funciones expedido por la Sección de
PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que
fueron prestados los servicios y funciones.
5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación
máxima total de la fase de concurso, por este concepto será de 10 puntos, que
se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la
UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones
Públicas.
Para
acreditar la antigüedad será necesario presentar un certificado de servicios
prestados expedido por la Sección de PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad
de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
Serán valorables, como trabajo
realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato
laboral indefinido con la UNED, como aquellos otros prestados en cualquiera de
las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad.
También serán valorables los servicios
prestados a la UNED como trabajador autónomo.
A efectos de los dispuesto en este
punto, los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa
siempre que su jornada sea igual o superior al 50 % de aquella. En caso de que
sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los cursos de formación y
perfeccionamiento relacionados con las funciones del puesto al que opta,
impartidos por organismos e instituciones oficiales o reconocidas como gestoras
de fondos de formación continua.
Los referidos cursos, que podrán ser
valorados con un máximo de 5 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 5
puntos.
Los cursos de
formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia
debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No
será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la
UNED dentro de los Planes de Formación del Personal Técnico de Gestión, de
Administración y Servicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios
a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para
la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la
fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,
en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan
superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen
incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a
todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente
al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro
electrónico de la Universidad los
documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PTGAS Laboral,
código U02800251.
Los
méritos se acreditarán con certificación expedida por la Sección de
PTGAS Laboral de la UNED o por la Unidad de Personal del Organismo en que
fueron prestados los servicios y funciones.
La no presentación, en el plazo
señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no
valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la
relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con
indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos
objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el
proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso
de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por
la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se
resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo
realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta
los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a
partir de la letra la letra “V” resultado del sorteo celebrado el día 24 de
julio de 2024 por la Secretaría de Estado de Función Pública (“Boletín Oficial
del Estado” de 31 de julio).
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al rector de la Universidad la correspondiente
propuesta a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un
número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno
derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
establecido.
No obstante lo
anterior, siempre que el Tribunal haya elevado propuesta de Resolución al
órgano convocante de igual número de aspirantes aprobados que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se
produzcan renuncias de los aspirantes selecionados
antes de la formalización del contrato, el órgano convocante podrá requerir al
Tribunal la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los
propuestos, para su posible incorporación.
6.7. El aspirante que hubiera superado el concurso oposición dispondrá
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar
en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa
correspondiente, dirigida a la Sección PTGAS Laboral, código U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo
casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de
la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria
no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su
instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación
acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras
comprobar que el aspirante reúne los requisitos, procederá a la adjudicación de
la plaza convocada, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la
incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica
alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real
Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Conforme al artículo 22 del III
Convenio Colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y
Servicios Laboral de Administración y Servicios de la UNED, se establece
un período de prueba de un mes en el que
no se computará el tiempo de incapacidad temporal.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo
y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones
pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se
presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se
podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme
a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su publicación.
Madrid, 7 de marzo de 2025. EL RECTOR. Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las
pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a una plaza de Personal
Técnico de Gestión, de Administración y Servicios de la UNED
Primera.
Descripción de las plaza
Código plaza: LCTU0076.
Grupo profesional III, nivel B.
Adscripción: Centro de Tecnología de la
UNED. Desarrollo.
Funciones principales del puesto:
• Labores técnicas especializadas de desarrollo y mantenimiento de
aplicaciones.
• Soporte de las aplicaciones a usuarios.
• Pruebas de integración e instalación de equipos, sistemas y
comunicaciones.
Segunda. Programa
1. Informática básica. Representación y
comunicación de la información: elementos constitutivos de un sistema de
información. Características y funciones. Arquitectura de ordenadores.
Componentes internos de los equipos microinformáticos.
2. Paquete Microsoft Office365.
Principales aplicaciones. Uso y mantenimiento.
3. Sistemas de videoconferencias.
Gestión y control. Sistemas de videoconferencia IP. Sistemas de
videoconferencia web. Microsoft Teams.
4. Periféricos: conectividad y
administración. Elementos de impresión. Elementos de almacenamiento. Elementos
de visualización y digitalización.
5. Tipos abstractos y Estructuras de
datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y
ficheros.
6. Sistemas operativos. Características
y elementos constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix y Linux. Sistemas
operativos para dispositivos móviles.
7. Sistemas de gestión de bases de
datos relacionales, orientados a objetos y NoSQL: características y
componentes.
8. Modelado de datos, metodologías y
reglas. Entidades, atributos y relaciones. Diseño de bases de datos. Diseño
lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización.
9. Lenguajes de programación.
Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales.
Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y
registros. Estructura de un programa.
10. Lenguajes de interrogación de bases
de datos. Estándar ANSI SQL, ORACLE SQL y PL/SQL. Procedimientos almacenados.
Eventos y disparadores.
11. Diseño y programación orientada a
objetos. Elementos y componentes software: objetos, clases, herencia, métodos,
sobrecarga.
12. Arquitectura Java EE/Jakarta EE y plataforma.NET: componentes, persistencia y
seguridad. Características, elementos, lenguajes y funciones en ambos entornos.
Desarrollo de Interfaces.
13. Fundamentos de programación en
lenguaje c# y java.
14. Fundamentos de programación en
.net.
15. Arquitectura de sistemas
cliente/servidor y multicapas: componentes y operación. Arquitecturas de
servicios web y protocolos asociados.
16. Aplicaciones web. Desarrollo web front-end y en servidor,
multiplataforma y multidispositivo. Lenguajes: HTML, XML y sus derivaciones.
Navegadores y lenguajes de programación web. Lenguajes de script.
17. Accesibilidad, diseño universal y
usabilidad. Acceso y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios
relacionados con la sociedad de la información. Confidencialidad y
disponibilidad de la información en puestos de usuario final. Conceptos de seguridad
en el desarrollo de los sistemas.
18. Repositorios: estructura y
actualización. Generación de código y documentación. Metodologías de
desarrollo. Pruebas. Programas para control de versiones. Plataformas de
desarrollo colaborativo de software.
19. Conceptos de seguridad de los
sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y
vulnerabilidades. Técnicas criptográficas y protocolos seguros. Mecanismos de
firma digital.
20. Internet: arquitectura de red. Origen, evolución y estado actual. Principales servicios. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL/TLS.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidente:
• D. Álvaro Martín Herrera, Escala Técnicos Gestión UNED.
Vocales:
• D. Eusebio Giralde Bragado, Escala de
Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª María Roca Bernal, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
• D.ª Mercedes Díaz García,
Escala de Letrados de la UAM.
Secretaria:
• D.ª M.ª Carmen García
Galindo, Escala de Técnico Superior de Administración de la UAM
Suplentes
Presidente:
• D. Juan José de la Vega Viñambres,
Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.
Vocales:
• D.ª María del Mar López Pardo, Escala de Gestión Universitaria de
la UNED.
• D.ª M.ª Belén Sánchez Sánchez, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
• D.ª Paloma Centeno
Fernández, Escala de Técnicos de Gestión UPM.
Secretaria:
• D.ª Gloria Coello Arroyo, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.
SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS
19.- Comunicado
para los estudiantes del Grado en Derecho
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de las
asignaturas “Derecho Procesal II” (Cód. 66024025), “Derecho Procesal I.1:
General” (Cód. 66023126), “Derecho Procesal I.2: Especial (Cód. 66023132),
“Introducción al Derecho Procesal” (Cód. 66021044) y “Trabajo de Fin de Grado”
(Cód. 66024083) del Grado en Derecho, que se incorpora a los respectivos
equipos docentes, a partir del actual curso académico 2024/2025, el profesor D.
Raúl César Cancio Fernández Despacho: 2.43
Horario de atención: viernes de 10:00 a
14:00 horas.
Teléfono: 91 398 61 96.
Dirección de correo electrónico:
rcancio@der.uned.es
Asimismo se comunica la baja del profesor D. Fernando Gayo Waldberg en el equipo docente de la asignatura “Derecho del Consumo” (Cód. 66014073), y la
incorporación al mismo del profesor D. Alejandro Zornoza Somolinos.
En la asignatura “Trabajo Fin de Grado” (Cód. 66024083) se incorporan al equipo docente D.ª Inmaculada Llorente San Segundo, D. Alejandro Zornoza Somolinos y D.ª Patricia Puente Guerrero.
20.- Comunicado
para los estudiantes del Máster Universitario en Acceso a las profesiones de
Abogacía y Procura. Modificación en la guía de la asignatura
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes del
Máster Universitario en Acceso a las profesiones de Abogacía y Procura, la
siguiente modificación en la guía de la asignatura:
En la asignatura “Práctica Penal” (Cód.
26101075), la profesora D.ª María Puerto Solar Calvo se incorpora al equipo
docente.
Horario de atención al estudiante:
jueves de 16:00 a 20:00 horas.
Tfno: 91 398 99
04.
Mail:
marsolar@der.uned.es
21.- Comunicado
para los estudiantes del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones
Públicas
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de las
asignaturas “Introducción al Derecho Procesal” (Cód. 66012039) y “Trabajo de
Fin de Grado” (Cód. 66024083) del Grado en Derecho, que se incorpora a los
respectivos equipos docentes, a partir del actual curso académico 2024/2025, el
profesor D. Raúl César Cancio Fernández.
Despacho: 2.43.
Horario de atención: viernes de 10:00 a
14:00 horas.
Teléfono: 91 398 61 96.
Correo electrónico:
rcancio@der.uned.es
Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Introducción al Derecho” (Cód. 6501211-), la incorporación de la profesora D.ª Inmaculada Llorente San Segundo al equipo docente de la asignatura.
22.- Comunicado para los estudiantes de la
asignatura “Psicología comunitaria” (Cód. 66033024), del Grado en Trabajo
Social
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura “Psicología comunitaria” (Cód. 66033024), del Grado en Trabajo
Social, que la profesora D.ª Juana Francisca Chinchilla Calera, asume la
coordinación de la asignatura.
Asimismo se comunica la baja en el equipo docente de la asignatura del
profesor D. Mario Sainz Martínez y, la incorporación en su lugar de la
profesora D.ª María del Prado Silván Ferrero.
Correo electrónico:
mdpsilvan@psi.uned.es
Teléf.: 91 398 87 32.
facultad de
ciencias económicas y empresariales
23.- Comunicado para los estudiantes de la
asignatura Trabajo de Fin de Grado de ADE (Cód. 65024017), del Grado en
Administración y Dirección de Empresas (ADE)
Decanato de la Facultad
Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Trabajo de Fin de Grado” de ADE (Cód. 65024017), del Grado en Administración y Dirección de Empresas (ADE), que la profesora D.ª Lucía Mellado Bermejo, del Departamento de Economía de la Empresa y Contabilidad, se incorpora a la tutorización de los Trabajos de Fin de Grado dentro de la línea de investigación 019: Los distintos modelos de coste y el análisis de estados financieros.
24.- Comunicado para los estudiantes de la
asignatura “Historia de la Filosofía Moderna II” (Cód. 7001310-)
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura “Historia de la Filosofía Moderna II” (Cód. 7001310-), la siguiente
modificación de la guía de la asignatura:
Donde dice:
Contenidos
“Tema II: Marxismo y Positivismo.
“...Los textos del examen serán
extraídos de La ideología alemana de Marx y otro del capital,” .
Debe decir:
“Los textos del examen serán extraídos de La ideología alemana (Marx y Engels, Antología de Alianza Editorial) y otro de Los manuscritos de economía y filosofía (Manuscritos de París)”.
25.- Ayudas
para estancias de doctorandos/as dirigidos por profesores del Departamento de
Antropología Social y Cultural dentro del programa de Doctorado en Diversidad,
Subjetividad y Socialización. Estudios en Antropología Social, Historia de la
Psicología y de la Educación
Dpto. Antropología Social y Cultural
1. Objeto
La actual regulación de las enseñanzas
de doctorado establece que la movilidad es una pieza esencial en la formación
de jóvenes investigadores y que los criterios para la evaluación de los
programas de doctorado tendrán en cuenta, entre otros aspectos, el grado de
internacionalización de los doctorados, con especial atención a la existencia
de redes, la participación de profesores y estudiantes internacionales, la
movilidad de profesores y estudiantes, y los resultados tales como cotutelas, menciones europeas e internacionales,
publicaciones conjuntas con investigadores extranjeros, organización de
seminarios internacionales o cualquier otro criterio que se determine al
respecto. Con tales fines, las administraciones públicas podrán establecer
mecanismos de fomento y financiación de la internacionalización de los
doctorados y de apoyo a la movilidad.
El Departamento de Antropología Social
y Cultural acordó en su Consejo de Departamento de fecha 29 de noviembre de
2022 convocar anualmente estas ayudas, como un instrumento tendente a
posibilitar las estancias de investigación y la participación en congresos
internacionales de los estudiantes cuyas tesis sean dirigidas por profesores
del departamento de Antropología Social y Cultural.
2. Finalidad
Las ayudas tendrán como finalidad la
financiación de estancias en universidades y centros de investigación
extranjeros, y la participación en congresos internacionales de los estudiantes
de doctorado del programa dirigidos por profesorado del Departamento de
Antropología Social y Cultural. La actividad debe estar directamente
relacionada con la temática de su tesis doctoral. Las ayudas cubrirán gastos
generados durante el desplazamiento, con los límites presupuestarios que cada
año se determinen y los requisitos de justificación que se indican en esta
convocatoria.
3. Destinatarios. Requisitos
Los destinatarios serán estudiantes
matriculados en el curso 2024-25 en el Programa de Doctorado en Diversidad,
Subjetividad y Socialización. Estudios en Antropología Social, Historia de la
Psicología y de la Educación.
Los estudiantes deberán cumplir los
siguientes requisitos:
1. No ser titular de contratos predoctorales para la formación de
personal investigador, tanto en el marco de los programas de formación del
Ministerio de Economía y Competitividad como en convocatorias propias de la
UNED.
2. Haber obtenido la evaluación positiva de su plan de investigación.
3. Adecuación de la actividad en la que se va a participar a su
trabajo de tesis.
4. No pertenecer a la plantilla de una universidad pública o privada.
Estas ayudas
son incompatibles con cualquier otra ayuda económica percibida con el mismo
fin.
4. Solicitudes.
Plazo de presentación. Documentos e informaciones que se deben acompañar
El impreso de solicitud será entregado
en la Secretaría del Departamento por medio del correo electrónico
antropologia@adm.uned.es
El plazo de presentación de las
solicitudes de participación será de un mes a partir del siguiente a la fecha
de publicación de esta convocatoria en el Boletín Interno de Coordinación
Informativa.
La documentación que debe acompañar a
la solicitud es la siguiente:
1. Informe favorable del director de tesis.
2. Aceptación de la estancia por parte de la institución u
organización receptora. En el caso de congreso, aceptación de la de ponencia.
3. Informe del trabajo a realizar. En el caso de congreso, título y
resumen de la ponencia.
4. Curriculum vitae.
5. Criterios de valoración de las solicitudes
La valoración
de las solicitudes se hará según los siguientes criterios:
1. Relevancia del congreso o la institución receptora: hasta 2 puntos.
2. Valoración académica del informe sobre la estancia o la ponencia
presentada, desde el punto de vista de las aportaciones novedosas al tema de
estudio: hasta 2,5 puntos.
3. Curriculum vitae.
a. Expediente académico universitario: hasta 2 puntos.
b. Actividad investigadora desarrollada en el ámbito de la
antropología: hasta 2 puntos.
c. Trayectoria profesional: 1 punto.
d. Tutor/a de la UNED: 0,5 puntos.
Tendrán
preferencia los/as solicitantes que no hayan disfrutado previamente de estas
ayudas en convocatorias anteriores. Asimismo, se priorizará a los/as
estudiantes que estén más avanzados en sus proyectos de tesis doctoral.
6. Cuantía.
Presupuesto
La cuantía total máxima de las ayudas
objeto de esta convocatoria es de 3.000 €, con cargo a los fondos del
Departamento de Antropología Social y Cultural. La cuantía
máxima individual a percibir por los posibles beneficiarios es de 1.500
€. Dentro de estos límites y de acuerdo con las condiciones establecidas en el
apartado siguiente, la cuantía individualizada de cada ayuda se determinará
atendiendo a parte o totalidad del coste financiable real de la actuación y a
las disponibilidades presupuestarias.
7. Condiciones
El desplazamiento para el que se
solicite la ayuda deberá realizarse dentro del año 2025, antes del 20 de
noviembre.
Las ayudas se destinarán a gastos de
alojamiento y locomoción, así como otros necesaria y directamente relacionados
con la actividad a realizar durante el desplazamiento, tales como los de
inscripción.
El importe de la ayuda para alojamiento
será el que se justifique, con un límite fijado por la normativa vigente sobre
dietas de desplazamiento.
La ayuda para gastos de locomoción se
refiere a desplazamientos entre las localidades de origen y de destino. El pago
se hará por el importe del billete o pasaje utilizado en medios de transporte
público colectivo en vehículos autorizados para el cobro individual y de más de
nueve plazas, en clase turista o clase de cuantía inferior. No se percibirá
ayuda por el uso de vehículo particular.
Serán de aplicación las normas de
procedimiento presupuestario de la UNED.
8. Instrucción y resolución del procedimiento. Órganos competentes
El órgano competente para la
instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las ayudas objeto de
la presente convocatoria será una comisión formada por tres profesores/as del
Departamento, incluyendo al coordinador/a y/o secretario/a del programa de
doctorado, o en su defecto a algún miembro de la comisión académica del mismo.
Contra los actos administrativos que se
deriven de esta convocatoria podrán recurrir los interesados en los casos y
formas previstos en la Ley 39/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
9. Plazo de
resolución y notificación
El órgano competente para la resolución
dictará y publicará la correspondiente resolución en el plazo máximo de tres
meses, a contar a partir de la finalización del periodo de presentación de
solicitudes.
En caso de vencimiento del plazo máximo
para resolver sin que haya recaído resolución definitiva, los interesados que
hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio
administrativo.
10. Medio de
notificación o publicación
Las notificaciones en aplicación de
esta convocatoria se publicarán en la página web del Departamento de
Antropología Social y Cultural, de conformidad con lo previsto en el artículo
45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
11. Justificación
El beneficiario/a justificará el
cumplimiento de las condiciones y la consecución de la finalidad previstos en
la convocatoria, en el plazo máximo de un mes desde la conclusión del
desplazamiento, presentando la siguiente documentación:
• Una memoria con indicación de las actividades realizadas.
• Certificado de asistencia.
• Una relación clasificada de los gastos en que se ha incurrido y
que hayan sido objeto de la ayuda. Los gastos se acreditarán mediante facturas
y demás documentos originales de valor probatorio equivalente.
12. Pago
El pago de la ayuda a los beneficiarios
relacionados en la resolución de adjudicación se realizará previa justificación
de la realización de la actividad, en los términos establecidos en el apartado
anterior.
Se producirá la pérdida del derecho al
cobro total o parcial de la ayuda concedida en el supuesto de falta de
justificación.
13. Protección de
datos
De conformidad con la Ley orgánica
3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
los datos personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se
incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento.
Estos datos no serán cedidos o
comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida
atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así
como en los supuestos previstos, según Ley.
En cualquier momento podrán ejercitarse
los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos
ante la UNED, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información,
o a través de la Sede electrónica de la UNED.
Madrid, 10 de marzo de 2024. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL, Francisco Cruces Villalobos.
26.- Comunicado
para los estudiantes de varias asignaturas de la Facultad de Educación
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de las
asignaturas “Innovación docente e iniciación a la investigación educativa”
(Cód. 23304930) y “Trabajo Fin de Máster” en Formación del profesorado.
Especialidad de Educación Física (Cód. 23300183) del Máster Universitario en
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y Enseñanza de idiomas, la baja temporal de la profesora
D.ª Judit Ruiz Lázaro.
Se comunica la incorporación de la
profesora D.ª María Jesús Roldán Roldán al equipo
docente de la asignatura “Innovación docente e iniciación a la investigación
educativa” (23304930) del Máster Universitario en Formación del Profesorado de
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanza de Idiomas.
El horario de tutorías de la profesora
D.ª María Jesús Roldán Roldán será el miércoles de
10:00 a 14:00 horas.
Email:
mjroldan@edu.uned.es
Telf.: 91 398
76 95. Despacho 240.
Se comunica la incorporación del
profesor D. José Javier Hueso Romero al equipo docente de la asignatura
“Trabajo Fin de Máster en Formación del profesorado. Especialidad de Educación
Física” (Cód. 23300183) del Máster Universitario en Formación del Profesorado
de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y
Enseñanza de idiomas.
El horario de tutorías del profesor D.
José Javier Hueso Romero será el jueves de 15:00 a 19:00 horas.
Email:
jjavierhuesoromero@edu.uned.es
Telf.: 91 398
69 65. Despacho 2.13.
Se comunica la incorporación de los
profesores D. Sergio Adillo Rufo y D. Ricardo Pichel Gotérrez al equipo docente de la asignatura “Trabajo Fin de
Máster en Formación del profesorado. Especialidad de Lengua Castellana y
Literatura” (Cód. 23304714), del Máster Universitario en Formación del
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación
Profesional y Enseñanza de Idiomas.
Se comunica a los estudiantes de las
asignaturas “Practium I” (Cód. 63033058) y “Practicum II” (Cód. 63034023), del Grado en Educación
Infantil, que a partir de esta publicación el horario de atención al estudiante
del profesor: D. José Javier Hueso Romero será el jueves de 15:00 a 19:00
horas.
Teléf.: 91 398 69 65.
Email:
jjavierhuesoromero@edu.uned.es
Despacho: 2.13.
Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Didáctica de la expresión plástica y visual en Educación Infantil” (Cód. 63033070), la incorporación del profesor D. Jesús Manuel González Lorenzo al docente de dicha asignatura del Grado en Educación Infantil.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO
27- Depósito
de Tesis Doctorales
Gestión de Doctorado III
En cumplimiento de la normativa vigente
en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa
a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas
en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado
desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado,
cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento
durante un período de 48 horas, y en su caso,
dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones
y observaciones que estime oportuno formular:
AUTOR: D. JORGE
MORAL POMBO.
TESIS: “CATALIZADORES HETEROGÉNEOS PARA LA
VALORIZACIÓN DE DIÓXIDO DE CARBONO”.
DIRECTORES: D.ª INMACULADA RODRÍGUEZ RAMOS Y D. ENRIQUE GARCÍA
BORDEJÉ.
PROGRAMA: “CIENCIAS”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 06/marzo/2025.
FIN DEPÓSITO: 26/marzo/2025.
AUTORA: D.ª CHIARA CERBONE.
TESIS: “L’EMERGENZA
NELLO STATO REGIONALE: UNO STUDIO COMPARATO TRA ITALIA E SPAGNA”.
DIRECTORES: D.ª
TANIA GROPPI Y D. CARLOS VIDAL PRADO.
PROGRAMA: “UNIÓN EUROPEA”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 07/marzo/2025.
FIN DEPÓSITO:27/marzo/2025.
La información de las tesis doctorales
que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de
doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se
regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la
siguiente dirección electrónica:
https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html
SECCIÓN III. VARIOS
28.- Reseñas
del Boletín Oficial del Estado
BICI
UNIVERSIDADES
Personal técnico, de gestión y de
administración y servicios. Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad
de La Rioja, por la que se publica la convocatoria del proceso selectivo para
ingreso en la Escala Auxiliar de Administración.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/07/pdfs/BOE-A-2025-4573.pdf
BOE 07/03/2025
Recursos.
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso
contencioso-administrativo 132/2025, interpuesto ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/07/pdfs/BOE-A-2025-4613.pdf
BOE 07/03/2025
Anuncio de
formalización de contratos de: Rectorado de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia. Objeto: Suministro de material informático APPLE.
Expediente: AM 4/2025.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/07/pdfs/BOE-B-2025-8240.pdf
BOE 07/03/2025
Nombramientos. Resolución de 24 de
febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la
que se nombra Catedrática de Universidad a doña Elena Desdentado Daroca.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4711.pdf
BOE 10/03/2025
Resolución de 24 de febrero de 2025,
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra
Catedrática de Universidad a doña Icíar Fernández Sedano.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4712.pdf
BOE 10/03/2025
Resolución de 24 de febrero de 2025,
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra
Catedrática de Universidad a doña María Elena Pinos Sánchez.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4713.pdf
BOE 10/03/2025
Cuerpos docentes universitarios.
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Universidad de A Coruña, por la que
se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4733.pdf
BOE 10/03/2025
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la
Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza
vinculada de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4734.pdf
BOE 10/03/2025
Personal técnico, de gestión y de
administración y servicios. Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad
Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión
Universitaria.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/10/pdfs/BOE-A-2025-4736.pdf
BOE 10/03/2025
Encomienda de
gestión. Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de
gestión a la Fundación UNED, para ejecutar actuaciones relacionadas con la
gestión de los cursos de Experto Universitario en Evaluación de Medicamentos y
Tecnologías Sanitarias en el SNS y de Especialización en Evaluación de
Medicamentos y Tecnologías Sanitarias en el SNS.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/11/pdfs/BOE-A-2025-4819.pdf
BOE 11/03/2025
Nombramientos.
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, por la que se nombra Catedrática de Universidad a doña María Elena
Azofra Sierra.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4925.pdf
BOE 14/03/2025
Cuerpos docentes universitarios.
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Universidad de Alicante, por la que se
convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4987.pdf
BOE 14/03/2025
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la
Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas
de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4988.pdf
BOE 14/03/2025
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la
Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas
de cuerpos docentes universitarios.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4989.pdf
BOE 14/03/2025
Personal técnico, de gestión y de
administración y servicios. Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Universidad
Miguel Hernández de Elche, referente a las convocatorias para proveer plazas de
las Escalas de los Subgrupos A2 y C2.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4991.pdf
BOE 14/03/2025
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la
Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por
el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Análisis de Datos.
https://www.boe.es/boe/dias/2025/03/13/pdfs/BOE-A-2025-4992.pdf
BOE 14/03/2025
29. Reseñas
del Boletín Oficial de la provincia de Castellón
BOP
Resolución de 6 de
marzo de 2025, del Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), por la que se convoca el puesto de director/a del Centro
Asociado a la UNED en Vila-Real, para su provisión por el procedimiento de
libre designación.
De conformidad con lo dispuesto en el
art. 134 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto
1239/2011 de 8 de septiembre de 2011 (BOE de 22 de septiembre) modificado por
el Real Decreto 968/2021 de 8 de noviembre de 2021 (BOE n.º 288 de 2 de
diciembre), en relación con el artículo 20.1 b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la reforma de la Administración Pública, y con los
arts. 51 a 58 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se anuncia
convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre
designación, del órgano de gobierno unipersonal cuyas características se
indican en el ANEXO a esta Resolución.
Los interesados dirigirán su solicitud
de participación al Rectorado de la UNED, en el plazo de 15 días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud deberá ir acompañada del curriculum
vitae abreviado del solicitante y de su proyecto de dirección del Centro
Asociado (máximo de 4 páginas cada uno).
Dicha solicitud se presentará en el
Registro General de la UNED, sito en la calle de Bravo Murillo,38, 28015 de
Madrid, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Madrid, 6 de marzo de 2025. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
30.- Boletín
de Programación de UNED MEDIA & INTECCA
Sección de producción de Medios
Audiovisuales
UNED
MEDIA
Para obtener más información, consultar
programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:
https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html
Para más información sobre la
programación de UNED MEDIA, ponerse en contacto con el Negociado UNED Media y Contenidos
Digitales
unedmedia@adm.uned.es
CADENA
CAMPUS (INTECCA)
Algunos eventos
difundidos a través de la Plataforma AVIP
Historia Monetaria
del Mundo Antiguo
Del 17 de marzo al 16 de junio de 2025.
Moneda y economía no son abstracciones
teóricas, sino el resultado directo de la acción humana. La moneda tampoco es
inocua, como un termómetro que se limita a responder a un estímulo externo,
sino que también determina a su vez las actividades económicas de los seres humanos.
La numismática, la disciplina que estudia las monedas, tiene dos vertientes.
Una es la mera consideración anticuaria de la moneda como un objeto bello,
valioso y coleccionable.
https://extension.uned.es/actividad/43003
Los engaños de la mente: atajos mentales y sesgos cognitivos
Del 19 al 20 de marzo de 2025.
El presente curso aspira a describir el
funcionamiento psicológico del ser humano a través de los errores y las
disfunciones que manifiesta. De esta forma, mostraremos la valiosa información
que aportan los sesgos cognitivos para desnudar los mecanismos de la
percepción, la atención, la memoria, el razonamiento y la toma de decisiones.
Al fin y al cabo, la mayoría de nuestros sesgos cognitivos son producto del
reverso tenebroso de capacidades virtuosas que son críticas para nuestra
adaptación al entorno.
https://extension.uned.es/actividad/42263
TDAH y desarrollo
cognitivo en el aula y el hogar
Del 20 de marzo al 10 de abril de 2025.
Podemos establecer un símil entre
nuestro cerebro y una torre de control donde se recibe la información, se
procesa y se toman decisiones. Gracias al cerebro somos capaces de percibir
información a través de nuestros sentidos, gestionamos y coordinamos dicha
información con la que ya tenemos en nuestra memoria a largo plazo y podemos
poner en marcha conductas.
https://extension.uned.es/actividad/43233
Justicia Restaurativa. Mediación en los ámbitos Penal y
Comunitario. Prácticas Restaurativas
Del 18 al 25 de marzo de 2025.
Con este curso se proporciona una
formación tanto teórica como práctica en un método en auge para la solución de
diferencias, la mediación, que ha sido regulado en España a través de la Ley
5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, y el Real
Decreto 980/2013, de 13 de diciembre.
https://extension.uned.es/actividad/38489
Las puntadas del Arte: Historia del Bordado
18 de marzo de 2025.
Desde la antigüedad al Imperio
Bizantino; desde la Edad Media a la Inglaterra Victoriana, hasta llegar a las
puntadas biográficas de Louise Bourgeois, el bordado
se ha abierto paso como testimonio histórico y social. Más allá del dilema
entre el Arte y la Artesanía, las manos bordadoras son hoy por hoy parte
indiscutible del acervo cultural global y una emergente herramienta de
reivindicación.
https://extension.uned.es/actividad/43137
II Workshop de Adicciones
22 de marzo de 2025.
Esta actividad está destinada a servir
como medio de actualización de conocimientos a los y las profesionales que
trabajan en adicciones, al estudiantado de disciplinas relacionadas y al
público general interesado en esta temática. La adicción se abordará desde
distintas perspectivas: por un lado, en la sesión de mañana, desde Medicina en
lo que respecta al tratamiento del dolor y desde la Psicología en lo que
respecta los efectos de las drogas en el cerebro y las consecuentes conductas
desadaptativas. Por otro lado, en la sesión de tarde, se analizará la relación
de las drogas con el delito y el medio penitenciario. Por último, se expondrán
las principales causas de desinformación en el cannabis a partir de un estudio
jurisprudencial.
https://extension.uned.es/actividad/42421
Curso Superior Universitario de Coaching (Nueva edición 2025 - 5.ª
edición)
Del 19 de marzo al 30 de abril de 2025.
Actualmente se habla mucho del
coaching como un instrumento que nos ayuda a identificar y desarrollar
nuestras habilidades. El coaching toma protagonismo en el deporte, en
las empresas, en los medios de comunicación, en la educación, etc…como un concepto siempre ligado al talento, al
desarrollo de habilidades personales y a las herramientas que son necesarias
para llevarlo a la práctica. Es un proceso que asiste en la liberación del
potencial de una persona con el fin de incrementar al máximo su desempeño.
https://extension.uned.es/actividad/42333
Gestión de riesgos ambientales y humanos para particulares y PYMES
Del 18 al 25 de marzo de 2025.
Decisiones seguras ante futuros
inciertos. El análisis de riesgos, tan arraigado en el mundo de las
aseguradoras, es un proceso vital para cualquier persona, permitiéndole conocer
su nivel de vulnerabilidad ante situaciones como incidentes meteorológicos,
incendios, viajes o conductas antisociales, entre otros.Para
una PYME, supone una gestión de información, que le permite realizar una toma
de decisiones estratégica ante situaciones que van a afectar a su
funcionamiento, su mercado y su proyección en cualquier plazo.
https://extension.uned.es/actividad/41879
Puede
encontrar toda la información en:
https://www.intecca.uned.es/portal/inicio
Para más información sobre la
programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/ o enviar mensaje a
info@intecca.uned.es (solo temas audiovisuales).
Contactar con la UNED para temas
generales: