SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES

VICERRECTORADO de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

1.-    Resolución de 2 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se abre la segunda fase de la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales para la formación de personal investigador adscritos a grupos de investigación UNED 2022: selección de candidatos de grupos vacantes

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 19 de enero de 2022, del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, por la que se abría la primera fase de la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales para la formación de personal investigador adscritos a grupos de investigación UNED 2022: selección de grupos de investigación (anexo I BICI n.º 18, de 21 de febrero de 2022), y de lo establecido en la Resolución de 22 de noviembre de 2022 (BICI n.º 9, de 28 de noviembre de 2022), por la que se designaron los cuatro grupos seleccionados, fue publicada en el BICI número 22 la Resolución de 6 de marzo de 2023 por la que se procedía a la apertura de la segunda fase de la convocatoria, dirigida a la selección de los candidatos.

No obstante, habiendo quedado desiertas las ayudas correspondientes a los grupos de investigación UNED Research Group in Natural Language Processing an Information Retrieval (NPL.UNED.ES), dirigido por D. Julio Antonio Gonzalo Arroyo, e INFORMÁTICA INDUSTRIAL (GI3), dirigido por D.ª David Moreno Salinas, se procede a una nueva convocatoria para la selección de candidatos para los referidos grupos, de acuerdo con las siguientes CLÁUSULAS:

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Esta convocatoria tiene como finalidad principal la formación en investigación científica y técnica, en el marco de una tesis doctoral dirigida por un profesor de la UNED, de titulados universitarios matriculados en un Programa de Doctorado impartido por la Escuela Internacional de Doctorado de la UNED (en adelante EIDUNED). Se convocan 2 ayudas, una para cada uno de los grupos de investigación de esta Universidad mencionados en el párrafo anterior y que figuran en el anexo I de esta convocatoria.

Dado que la continuidad de este programa de ayudas vendrá marcada por el porcentaje de éxito del mismo, se requiere que todos los beneficiarios de la ayuda, así como los directores, se comprometan a que la tesis se defienda, o en su defecto se efectúe su depósito, dentro del periodo de duración de la ayuda. En el caso de que alguno de los beneficiarios de la ayuda no defienda la tesis dentro del plazo excepcional de cinco años, fijado como límite para la duración de los estudios de doctorado a tiempo completo (según Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado) la Universidad podrá tomar las medidas legales oportunas para solicitar el reintegro de todas las retribuciones percibidas.

2. CENTROS DE APLICACIÓN

2.1. El director de la ayuda deberá ser doctor a tiempo completo con vinculación permanente a un Departamento, Facultad o Escuela de la UNED, ser profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED, y ser miembro del grupo de investigador receptor de la ayuda (ver Anexo I). Estos requisitos deberán cumplirse durante el periodo máximo de la ayuda, establecido en cuatro años. Asimismo, el director de la ayuda deberá ser también el director de la tesis que realice el solicitante. En el supuesto de vinculación contractual del director de la ayuda a la UNED, el contrato debe contemplar una duración superior a la del periodo máximo de la ayuda, excepto en el caso de Profesores Ayudantes Doctores. En este último caso, será condición necesaria que estén acreditados, al menos, como Profesor Contratado Doctor y que la solicitud sea avalada por un codirector de tesis que reúna los requisitos mencionados en el párrafo anterior.

2.2. El centro de aplicación de la ayuda debe ser un grupo de investigación de los recogidos en el anexo I de esta convocatoria. El personal investigador en formación deberá estar matriculado en un Programa de Doctorado de la EIDUNED.

2.3. Ningún director ni codirector de tesis podrá figurar en más de una solicitud de ayuda de esta convocatoria.

2.4. Ningún director ni codirector de tesis podrá participar en el proceso de valoración y selección de la solicitud que avala.

2.5. El director de la ayuda tendrá la responsabilidad general de coordinación y orientación, tanto académica como investigadora, del beneficiario. En particular, tendrá la responsabilidad del seguimiento de las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas y del cumplimiento del objeto de las mismas.

3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

3.1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que estén matriculadas en el curso 2023/2024, en un programa de doctorado de la EIDUNED. El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse hasta la fecha en la que finalice el plazo de subsanación establecido en la base 14.2.

3.2. No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante 24 meses o más de una ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.

3.3. Haber finalizado al menos uno de los estudios universitarios que dan acceso al doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo 6 del RD 99/2011, con posterioridad al 1 de enero de 2017.

3.4. No podrán participar en esta convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor. Con el objetivo de prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad, los solicitantes con discapacidad reconocida oficialmente podrán solicitar la ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios cuando acrediten, de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar estas ayudas debido a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La solicitud será examinada por el servicio de UNIDIS que emitirá informe técnico preceptivo recomendando, en su caso, y con carácter excepcional, la aplicación de un plazo distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea respetuoso con el principio de igualdad de oportunidades.

4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DE LAS AYUDAS

4.1. Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria financiarán contratos de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

4.2. El contrato será de duración determinada con dedicación a tiempo completo. La duración del contrato será de cuatro años, sin perjuicio de que la universidad pueda darlo por terminado antes de ese periodo en caso de que el beneficiario no cumpla con sus obligaciones según se establece en esta convocatoria. No obstante, cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, el contrato podrá alcanzar una duración máxima de seis años, prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el grado en que las limitaciones influyen en su actividad.

4.3. Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el caso de las personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para las que el tiempo no podrá ser superior a seis años. Por consiguiente, a los beneficiarios que hubiesen disfrutado anteriormente de ayudas de análoga naturaleza, de carácter público o privado, les será descontado el tiempo ya disfrutado de la duración total de la ayuda, iniciándose el cómputo desde el periodo inicial de la misma. En ningún caso, se podrá conceder una ayuda si esta va a tener una duración inferior a veinticuatro meses.

4.4. No obstante, de conformidad con los artículos 20.4 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor, finalizará la etapa de formación de personal investigador y se dará comienzo a la etapa postdoctoral. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa pública y aprobación de la tesis doctoral.

Si la obtención del título de doctor tiene lugar con antelación a la finalización de la ayuda, se abrirá el periodo de orientación postdoctoral dentro del contrato predoctoral suscrito, por un tiempo máximo de 12 meses, según se establece en la base 5 de esta convocatoria.

4.5. El cómputo de la duración del contrato se suspenderá según las causas recogidas en el artículo 21c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

5. TRANSICIÓN DE LA ETAPA PREDOCTORAL AL PERIODO DE ORIENTACIÓN POSTDOCTORAL (POP)

5.1. La obtención del título de doctor pondrá fin a la etapa predoctoral y se dará comienzo al período de orientación postdoctoral (POP) por un periodo máximo de 12 meses, comprendidos dentro del plazo máximo de duración de 4 años de la ayuda concedida. La retribución correspondiente al POP se establecerá conforme a la base 9 de esta convocatoria.

5.2. El paso a la fase de POP se hará constar mediante adenda al contrato predoctoral suscrito, en la que se recogerán las nuevas circunstancias asociadas a la etapa posdoctoral, sin que proceda la suscripción de un nuevo contrato. La adenda al contrato predoctoral requerirá de la previa presentación por parte del beneficiario de los documentos acreditativos del acto de defensa y de aprobación de la tesis doctoral.

6. DERECHOS DEL PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN

6.1. El personal investigador predoctoral en formación tendrá los siguientes derechos:

a) Estar adscrito al centro de aplicación de la ayuda.

b) Obtener de los centros de aplicación de la ayuda, del Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la ayuda, la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios e investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.

c) Participar en las convocatorias de ayudas para estancias breves.

d) Los derechos establecidos en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la Innovación.

6.2. El personal investigador predoctoral en formación podrá colaborar en tareas docentes, con fines formativos, sin que suponga una merma de la carga docente del departamento que asigne la colaboración hasta un máximo de 180 horas durante la extensión total del contrato predoctoral, y sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales. La normativa para esta colaboración es la establecida por el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador.

6.3. En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y formativa de las ayudas, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la realización de actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ella.

7. OBLIGACIONES DEL PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN

La aceptación de la ayuda por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, así como las que la UNED determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su trabajo. Además, implica las siguientes obligaciones:

a) Incorporarse al centro de aplicación de la ayuda y a las tareas de investigación en el plazo establecido en la presente convocatoria.

b) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser residente en España en el momento de la incorporación.

c) Realizar las labores objeto de la ayuda con un mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, de las cuales al menos 120 horas anuales deberán cumplirse necesariamente en el centro de aplicación de la ayuda, y las restantes según disponga el mismo director de la ayuda.

d) Estar matriculado con dedicación a tiempo completo en un Programa de Doctorado de la EIDUNED durante la vigencia de la ayuda.

e) Cumplir con aprovechamiento las distintas etapas del proceso de formación y de realización de la tesis.

f) Cumplir con aprovechamiento su participación en proyectos de investigación en los que se encuentre incorporado.

g) Memorias e informes: remitir a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación, en el undécimo mes de la anualidad correspondiente, las memorias e informes anuales de la labor realizada y resultados obtenidos, con la conformidad del director de la ayuda, según las indicaciones y modelos que establezca la mencionada sección. En los casos de renuncia o finalización de la ayuda, se elaborará igualmente una memoria final según lo establecido en el párrafo anterior.

h) Permanecer adscrito al Programa de Doctorado en el que hubiera obtenido la ayuda, siendo necesario para cualquier cambio de Programa o de Director de la ayuda, el informe favorable de este y la autorización de la Comisión de Investigación y Doctorado de la UNED, previo informe también favorable de la EIDUNED.

i) Solo se concederán ausencias temporales para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas presenciales o por motivos justificados que redunden en una mejor formación del beneficiario.

j) Comunicar por escrito a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación, previo informe del Director de la ayuda y de la dirección de la EIDUNED, cualquier causa de incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.

k) Comunicar a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación la renuncia a la ayuda concedida con 15 días de antelación a la fecha en que la vaya a producir efecto, así como cualquier incidencia que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos de la ayuda en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la fecha en que se produzca.

l) Hacer referencia a la ayuda y a su situación de personal investigador predoctoral en formación de la UNED en todas las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades e investigación realizadas durante el periodo de disfrute de la ayuda.

m) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información le sea requerida.

n) Comunicar a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación la obtención del grado de doctor en los dos días laborables siguientes a su obtención.

o) Ajustarse a las normas propias de funcionamiento de la Universidad, en cuanto a la dedicación, función que debe desempeñar, horarios y vacaciones.

p) Aquellas otras que se deriven de esta convocatoria y las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

8. OBLIGACIONES DE LOS CENTROS DE ADSCRIPCIÓN DE LAS AYUDAS

De manera general, tendrán las siguientes obligaciones:

a) Proporcionar al personal en formación objeto de las ayudas, el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.

b) Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para esta.

c) Las restantes obligaciones establecidas en la legislación vigente.

9. DOTACIÓN Y PAGO DE LAS AYUDAS

9.1. La cuantía mensual de la ayuda para el contrato predoctoral será establecida de acuerdo con el artículo 7 del Estatuto de Personal Investigador en Formación (EPIF), no pudiendo ser inferior al 56 % del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años; al 60 % durante el tercer año; y al 75 % durante el cuarto año. Tampoco será inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año.

Para el establecimiento de las retribuciones anteriores, se tomará como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo 1 de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado.

A estas cuantías se añaden dos pagas extraordinarias en los meses de junio y diciembre.

Para el período de orientación postdoctoral, la cuantía mensual de la ayuda se ajustará a las cantidades que perciban en ese momento los contratados por la UNED bajo la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor de la última convocatoria publicada por la UNED, teniendo igualmente dos pagas extraordinarias, del mismo importe, en los meses de junio y diciembre.

9.2. El primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación y previa recepción en la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación del certificado correspondiente o el certificado de reincorporación en los casos de interrupción temporal.

9.3. Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de días que esté de alta.

9.4. Los pagos de la segunda y siguientes anualidades de los contratos predoctorales estarán condicionados a la presentación de los informes a los que se refieren las distintas bases de esta convocatoria.

9.5. Los adjudicatarios de las ayudas se beneficiarán de los derechos que de ellas se deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en función de la incorporación y presentación de la documentación.

9.6. Los efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se producirán en función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda en el mes de su finalización se hará con efectos del último día que figure en la renovación, siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a esa fecha o existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto excepcional de incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el importe a percibir en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa fecha.

9.7. La concesión y disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria no supone ningún compromiso de incorporación posterior del beneficiario a la plantilla de la UNED.

9.8. A la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido, el contratado tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, esto es, equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio.

10. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES

El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de análoga naturaleza de carácter público o privado y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la realización de actividades profesionales o empresariales, así como cualquier otra que se derive de la naturaleza del contrato. No obstante lo anterior, se permitirán las percepciones que procedan de:

a) Complementos no salariales provenientes de proyectos y contratos de I+D+i.

b) Ayudas para asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas.

c) Ayudas para estancias breves concedidas por organismos públicos o privados, nacionales o internacionales.

Únicamente se permitirán las colaboraciones en tareas académicas a las que se hace referencia en la base 6.2 de esta convocatoria. En todo caso, las actividades de las que se deriven los complementos o ayudas anteriores no deben menoscabar o interrumpir la finalidad de la ayuda.

11. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DE LAS AYUDAS

11.1. Se considerará renuncia la no incorporación a la ayuda en el plazo establecido, la no reincorporación al Centro de aplicación de la ayuda tras una interrupción y las solicitadas a instancia de los beneficiarios.

11.2. Las renuncias a la ayuda deberán ser comunicadas por los interesados a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación, acompañadas de la documentación justificativa que en cada caso se requiera.

11.3. Las renuncias o bajas que se produzcan dentro del primer año siguiente a la fecha de resolución de la convocatoria serán reemplazadas conforme a la lista de suplencias que se establezcan en la resolución de concesión de estas ayudas. A estos efectos del periodo máximo de duración del nuevo contrato, se descontarán los meses disfrutados por el anterior beneficiario.

11.4. Los beneficiarios de estas ayudas deberán presentar, en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de finalización de la misma, o de renuncia, una memoria con una extensión máxima de 1.000 palabras que exponga los resultados obtenidos, con especial énfasis en los objetivos logrados relativos al proceso de formación. Además, adjuntarán un informe del director de la ayuda y de la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

12. INCUMPLIMIENTOS

El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes bases y demás normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los intereses de demora correspondientes.

13. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

13.1. Las solicitudes, dirigidas al Área de Investigación y Transferencia, deberán formalizarse en el Registro electrónico de la Universidad (Código del Registro del Área de Investigación y Transferencia U02800023), así como en los órganos de las Administraciones Públicas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes se presentarán, en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de esta convocatoria en el BICI. El formulario de solicitud puede descargarse aquí.

Además del citado formulario, habrán de adjuntarse a la solicitud los documentos que se especifican a continuación. Todos los méritos recogidos en la solicitud deben estar acreditados a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de esta convocatoria.

Documentación referida al solicitante:

·        Los ciudadanos de otros países presentarán copia electrónica de los documentos que acrediten su nacionalidad y residencia. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante para que el órgano instructor pueda consultar y comprobar los datos de identidad incluidos en esta solicitud, a través del sistema de verificación de Datos de Identidad. La oposición a esta consulta deberá ser expresa haciéndose constar dicha oposición mediante escrito presentado al efecto.

·        Certificación académica personal, con inclusión de todas las calificaciones obtenidas en todas las titulaciones universitarias que le dan acceso al doctorado y fecha de las mismas especificando, en el caso de planes de estudios renovados, el número de créditos que corresponden. En el caso de estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios extranjeros, adaptados o no al EEES, la equivalencia de notas y la información al respecto se puede obtener en: https://www.mecd.gob.es/mecd/serviciosalciudadanomecd/catalogo/general/educacion/203615/ ficha.html    

En todo caso, la nota media deberá ser calculada con al menos 240 créditos superados. Las dudas o consultas habrán de dirigirse a la dirección de correo notamedia.uni@ciencia.gob.es  

En el caso de concesión de la ayuda, se deberá presentar el original o la fotocopia cotejada de dichas certificaciones.

·        Curriculum vitae.

·        Acreditación, en su caso, de la obtención de Premios extraordinarios fin de carrera en los estudios que han dado acceso al programa de doctorado (licenciatura, grado o máster), concedido por organismos públicos o universidades públicas o privadas.

A los efectos de la aplicación de lo establecido en las bases 3.2 y 4.3 de esta convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la formación predoctoral, en los términos indicados en el citado apartado, deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud e incluir toda aquella información relevante de las mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, en cualquier dato o documento que se acompañe dará lugar a la apertura del correspondiente procedimiento de nulidad, de conformidad con la legislación vigente.

·        Acreditación de la matrícula en un Programa de Doctorado de la EIDUNED.

Para dudas relacionadas con la presentación de las solicitudes pueden ponerse en contacto con la Sección de Contratos y Becas de Investigación a través del correo ayudasfpi@adm.uned.es

14. TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES (ADMISIÓN, RESOLUCIÓN Y PUBLICACIÓN)

14.1. Una vez finalizado el plazo de presentación se procederá a revisar las solicitudes y se publicarán las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica.

14.2. Los solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior resolución, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

14.3. Finalizado el plazo de subsanación y revisadas las alegaciones presentadas, se procederá a la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos en la página web del Vicerrectorado.

14.4. La resolución de la concesión de las ayudas será adoptada por el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica oída la Comisión de Investigación y Doctorado. Las solicitudes se agruparán por cada una de las ayudas asignadas a los correspondientes grupos de investigación, y se resolverán teniendo en cuenta el informe de cada grupo receptor de las ayudas, de conformidad con la cláusula 16 (evaluación y selección de las solicitudes).

14.5. La resolución de concesión de estas ayudas se publicará en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) y en la página web de la Universidad (http://www.uned.es ).

15. INCORPORACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS

La incorporación de los candidatos seleccionados se producirá según lo que se establezca en la resolución de concesión de las ayudas publicada en el BICI.

16. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

16.1. Una vez finalizada la revisión administrativa de las solicitudes, el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica remitirá a los responsables de los grupos de investigación susceptibles de asignación de ayuda la documentación de todos aquellos candidatos que han solicitado la adscripción a sus respectivos grupos.

16.2. Los responsables de los grupos deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica una relación priorizada de las solicitudes vinculadas a sus respectivos grupos justificada mediante un breve informe. La elaboración de la relación priorizada deberá basarse en el expediente académico del candidato y su CV, valorando sus méritos en función de su adaptación a las líneas de investigación del grupo al que se ha adscrito la ayuda. Cada grupo de investigación podrá entrevistar a los candidatos y/o solicitarles la información adicional que crean necesaria para la valoración adecuada de sus méritos.

Ningún director ni codirector de tesis podrá figurar como tal en más de una de las ayudas concedidas en esta convocatoria.

17. BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS

Gratuidad de matrícula: Los adjudicatarios de estas ayudas tendrán derecho a la exención de los precios públicos en la UNED de la matrícula del correspondiente programa de doctorado durante el periodo de percepción de la ayuda.

18. RECURSOS

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

19. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con legislación aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento. Estos datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.

En cualquier momento podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, cancelación u oposición de sus datos al tratamiento ante la UNED, C/ Bravo Murillo 38, Sección de Protección de Datos, 28015 de Madrid, o en cualquiera de las oficinas que podrá encontrar aquí, junto con información adicional y el formulario, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED. Para más información visite nuestra Política de Privacidad.

Madrid, 2 de febrero de 2024. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

ANEXO I:

RELACIÓN DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN ADJUDICATARIOS DE AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR

1.  UNED RESEARCH GROUP IN NATURAL LANGUAGE PROCESSING AND INFORMATION RETRIEVAL (NPL.UNED.ES).

2.  INFORMÁTICA INDUSTRIAL (GI3).

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

2.-    Resolución de 2 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa a la candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral en el marco del proyecto “El estudio de la humillación en su contexto: rechazo social, conflicto intergrupal, acoso sexual y acoso escolar (HUMICONTEXT)”

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El día 1 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo parcial asociado al Proyecto “El estudio de la humillación en su contexto: rechazo social, conflicto intergrupal, acoso sexual y acoso escolar (HUMICONTEXT)”, del Departamento de Psicología Social y de las Organizaciones de la Facultad de Psicología, del que es investigador principal (IP) el profesor D. Saulo Fernández Arregui.

Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en el BICI n.º 14, de 15 de enero de 2024,  la Comisión acordó la concesión del contrato a Dña. Silvana Andrea D’Ottone Campana.

Tercera.- La candidata estará obligada a cumplir las normas establecidas en la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

Cuarta.-  Dña. Silvana Andrea D’Ottone Campana deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.

Quinta.- Se entenderá que la candidata seleccionada renuncia al contrato si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida para tramitar el alta del contrato.

Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada Sección.

Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 2 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

3.-    Resolución de 5 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral en el marco del proyecto “Ecotoxicología molecular y respuesta al multiestrés en un contexto de cambio climático en invertebrados acuáticos modelo y no modelo (MIMESIS)”

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El día 2 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo asociado al Proyecto “Ecotoxicología molecular y respuesta al multiestrés en un contexto de cambio climático en invertebrados acuáticos modelo y no modelo (MIMESIS)”, del Departamento de Física Matemática y de Fluidos de la Facultad de Ciencias, del que es investigador principal (IP) el profesor D. José Luis Martínez Guitarte.

Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en el BICI n.º 14, de 15 de enero de 2024,  la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Ignacio López Alonso.

Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

Cuarta.-  D. Ignacio López Alonso deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.

Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida para tramitar el alta del contrato.

Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada Sección.

Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 5 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

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4.-    Resolución de 5 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral en el marco del proyecto “Finanzas verdes y digitales: apoyando a pymes con herramientas Open-source en su transformación digital y verde”

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El día 2 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria de un contrato laboral de duración determinada y a tiempo completo asociado al Proyecto “Finanzas verdes y digitales: apoyando a pymes con herramientas Open-source en su transformación digital y verde”, del Departamento de Matemáticas Fundamentales de la Facultad de Ciencias, del que es investigador principal (IP) el profesor D. Carlos Escudero Liébana.

Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en el BICI n.º 14, de 15 de enero de 2024, la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Daniel Costero Valero.

Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

Cuarta.-  D. Daniel Costero Valero deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.

Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida para tramitar el alta del contrato.

Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada Sección.

Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 5 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

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5.-    Resolución de 29 de enero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa a la candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral de técnico de laboratorio en el marco de las Ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El día 25 de enero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo de técnico de laboratorio, con referencia PEJ-2023-TL/SAL-GL-28281, en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, del que será tutor del técnico de laboratorio el profesor D. Ricardo Pellón Suárez de Puga, del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología.

Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en EURAXESS (https://euraxess.ec.europa.eu/jobs/180416 ), de 21 de diciembre de 2023,  la Comisión acordó la concesión del contrato a Dña. Julia Ruiz Mayas, designando como suplentes, en orden de puntuación a D. Juan Luis Barros Vallejo y Dña. Irati Higuera Lozano.

Tercera.- La candidata estará obligada a cumplir las normas establecidas en la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

Cuarta.-  Dña. Julia Ruiz Mayas deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.

Quinta.- Se entenderá que la candidata seleccionada renuncia al contrato si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida para tramitar el alta del contrato.

Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada Sección.

Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, a 29 de enero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

6.-    Resolución de 29 de enero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de ayudante de investigación en el marco de las Ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El día 25 de enero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo de ayudante de investigación, con referencia PEJ-2023-AI/SAL-GL-27502, en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, del que será tutora del ayudante de investigación la profesora Dña. Nuria del Olmo Izquierdo, del Departamento de Psicobiología de la Facultad de Psicología.

Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en EURAXESS (https://euraxess.ec.europa.eu/jobs/180254 ), de 21 de diciembre de 2023,  la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Tamel Salinas Blasco, designando como suplentes, en orden de puntuación a Dña. Francesca Bettoni y Dña. Sonia Ramírez Tizón.

Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

Cuarta.-  D. Tamel Salinas Blasco deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.

Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida para tramitar el alta del contrato.

Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada Sección.

Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 29 de enero de 2024. EL RECTOR, P.D. (Resolución 17 de enero de 2023, BOE 30 de enero), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

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7.-    Resolución de 5 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de ayudante de investigación en el marco de las Ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid

Vicerrectorado de Investigación,  Transferencia y Divulgación Científica

Primera.- El día 1 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo de ayudante de investigación, con referencia PEJ-2023-AI/SAL-GL-28654, en el marco de las ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, del que será tutor del ayudante de investigación el profesor D. Emilio Ambrosio Flores, del Departamento de Psicobiología de la Facultad de Psicología.

Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración establecidos en la convocatoria publicada en EURAXESS (https://euraxess.ec.europa.eu/jobs/179916 ), de 21 de diciembre de 2023,  la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Carlos Vera Fernández, designando como suplentes, en orden de puntuación a Dña. Sonia Ramírez Tizón y a Dña. Francesca Betoni.

Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma.

Cuarta.-  D. Carlos Vera Fernández deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.

Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida para tramitar el alta del contrato.

Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada Sección.

Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Madrid, 5 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

 

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vicerrectorado de internacionalización y multilingüismo

8.-    Resolución del rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, de 7 de febrero de 2024, por la que se convocan ayudas a la movilidad de personal para impartir docencia en instituciones extranjeras en el marco del programa Erasmus+ de la Unión Europea

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

1. INFORMACIÓN GENERAL

El programa Erasmus+, de educación, formación, juventud y deporte de la Unión Europea, creado por el Reglamento (UE) 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, es un instrumento clave para desarrollar el Espacio Europeo de Educación y respaldar la cooperación estratégica europea en el campo de la educación y la formación, con sus correspondientes agendas sectoriales que contempla acciones de movilidad del personal para impartir docencia.

En este marco, el Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) convoca 11 ayudas financieras para impartir, al menos, ocho horas lectivas en universidades extranjeras que cumplan con los requisitos de participación del apartado cuarto de esta convocatoria.

Las ayudas concedidas estarán financiadas con fondos procedentes de la Unión Europea, a través del convenio financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) e irán con cargo al proyecto 2023-1-ES01-KA131-HED-000121164.

La fecha límite para realizar y justificar la movilidad finaliza el 28 de febrero de 2025.

2. FINALIDAD

Se pretende fomentar el intercambio de competencias y experiencias sobre métodos pedagógicos en los Estados miembros de la UE que participan plenamente en todas las acciones del programa Erasmus+. Además, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento Erasmus+, los terceros países siguientes tienen la consideración de asociados al Programa:

   Los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que son a su vez miembros del Espacio Económico Europeo (EEE): Noruega, Islandia y Liechtenstein;

   Los países adherentes, los países candidatos y los candidatos potenciales: República de Macedonia del Norte, República de Turquía y República de Serbia.

Para apoyar estos objetivos, este Rectorado concederá la financiación para estas estancias con la finalidad de impartir docencia dentro de un programa de estudios oficial en la universidad extranjera.

El programa Erasmus+, aspira a promover la igualdad de oportunidades y acceso, la inclusión, la diversidad y la equidad en todas sus acciones. Las organizaciones y los participantes con menos oportunidades son la razón de ser de estos objetivos, y, por ello, el Programa pone mecanismos y recursos a su disposición.

La ejecución del programa Erasmus+ y, por tanto, sus beneficiarios y las actividades ejecutadas en el marco del Programa deben respetar los valores de la UE de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías, respetando plenamente los valores y derechos consagrados en los Tratados de la UE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

La Comisión Europea es la responsable última del desarrollo del programa Erasmus+. La Comisión gestiona el presupuesto y fija las prioridades, los objetivos y los criterios del Programa de manera continua. Además, guía y controla la ejecución general, el seguimiento y la evaluación del Programa a escala europea. Por tanto, la cumplimentación de los informes requeridos para recibir estas ayudas financieras, por parte de los beneficiarios de la movilidad Erasmus +, será de obligado cumplimiento.

3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la convocatoria consiste en proporcionar a las personas seleccionadas una ayuda económica que contribuya a los gastos de viaje y de subsistencia. No obstante, esta ayuda no cubre la totalidad de los gastos.

3.1. La duración máxima financiada será de 5 días lectivos, en los que se deberán justificar al menos 8 horas de docencia.

3.2. Los seleccionados pueden prolongar su estancia hasta 2 meses, con el reconocimiento del programa Erasmus+ y contando con el visto bueno de su superior jerárquico. La financiación máxima para esta estancia será la establecida en el apartado 3.1.

3.3. No se podrán utilizar estas ayudas para cubrir partidas de gastos ya financiadas con otros fondos o para realizar actividades docentes e investigadoras vinculadas a otros programas por lo que se perciba cualquier otra beca, ayuda, sueldo o salario de la Universidad.

3.4. Las actividades de movilidad para docencia Erasmus+ KA131 están cofinanciadas por la Comisión Europea, a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), y por la propia UNED a través del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.

El importe de la ayuda se desglosa del siguiente modo:

3.4.1. Contribución para gastos de viaje:

Distancia de viaje en kilómetros

En caso de viaje estándar

En caso de viaje ecológico 1

Entre 100 y 499 km

180 € por participante

210 € por participante

Entre 500 y 1999 km

275 € por participante

320 € por participante

Entre 2000 y 2999 km

360 € por participante

410 € por participante

Entre 3000 y 3999 km

530 € por participante

610 € por participante

Entre 4000 y 7999 km

820 € por participante

 

Entre 8000 o más

1500 € por participante

 

 

Por “distancia de viaje” se entenderá la que separe el lugar de origen y aquel en el que se desarrolle la actividad, mientras el importe cubre la contribución del viaje de ida y vuelta desde el lugar de la actividad. El cálculo de la distancia se realiza conforme a la calculadora de distancia de Erasmus +.

Los días concretos en los que se realizará la actividad se harán constar tanto en el Acuerdo de Movilidad como en el Certificado de Estancia, (documentos que recibirán los seleccionados en el correo electrónico facilitado en su solicitud), siendo estos los que se utilicen para el cálculo de la cuantía financiera a percibir.

1 El viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, por ejemplo: el autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido. En estos casos se podrán percibir ayudas superiores a las establecidas para los viajes estándar.

3.4.2. Contribución para los gastos de la estancia del beneficiario.

Estas cantidades dependerán del país de destino, según el grupo indicado en el siguiente cuadro:

 

Países de destino

Cantidad a percibir

Grupo 1

Países de la UE y asociados al programa:

Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, y Suecia.

Países no asociados al programa de la región 14:

Islas Feroe, Reino Unido, Suiza.

120 €/día

Grupo 2

Países de la UE y asociados al programa:

Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos y Portugal.

Países no asociados al programa de la región 13:

Andorra, Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino.

105 €/día

Grupo 3

Países de la UE y asociados al programa:

Bulgaria, Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia,  Rumanía, Serbia y Turquía.

90 €/día

 

Países no asociados al programa de las regiones 1 a 12(*)

180 €/día

 

 

* Guía del Programa Erasmus + 2024:

https://erasmus-plus.ec.europa.eu/es/erasmus-programme-guide .

3.5. Ayudas adicionales para personal con grado de discapacidad reconocido:

Los participantes que, en función de una discapacidad específica acreditada, requieran ayudas superiores a las establecidas en los apartados anteriores, podrán solicitar estas ayudas adicionales, derivadas de los gastos complementarios directos en que puedan incurrir durante su período de movilidad. El importe de las ayudas dependerá del grado de discapacidad del participante, del país de destino, duración de la estancia y de los gastos complementarios directos previstos. Para acceder a estas ayudas establecidas en el programa Erasmus+, los participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual  superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los criterios de elegibilidad establecidos en el programa

4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Para participar en el proceso selectivo, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

4.1. Pertenecer a la plantilla de personal docente e investigador de la UNED y encontrarse en activo en el momento de formular la solicitud y durante la realización de la movilidad.

4.2. El personal investigador contratado al amparo del artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, siempre y cuando no superen un número máximo de 80 horas anuales en tareas docentes relacionadas con su actividad investigadora, y previo acuerdo, en su caso, con el departamento implicado y la aprobación de la entidad para la que presta servicios.

4.3. Las universidades de origen y de acogida, deben acordar, con anterioridad a las estancias docentes, el programa de enseñanza que realizará el profesor durante su estancia.

4.4. Todos los solicitantes deberán cumplir estos requisitos en el plazo de presentación de su solicitud y durante todo el periodo de su movilidad en caso de ser seleccionados.

5. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

5.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 2.1.b) del Reglamento de Administración Electrónica de la UNED (BOE 12/07/17), las personas interesadas deberán presentar, en todo caso:

a) Una solicitud, con un solo destino, presentada a través de la sede electrónica de la UNED en la siguiente dirección web: https://sede.uned.es/procedimientos/portada/idp/43

b) Programa de enseñanza (según el Anexo I) que incluya las siguientes firmas:

     Del solicitante.

De el/la director/a del departamento al que pertenece.

     En caso de Tutores Erasmus +, además, firma del coordinador/a de movilidad en la Facultad/Escuela de la UNED.

     Del responsable de la institución de destino.

c) Invitación de la universidad de destino donde se acepta el programa de enseñanza, firmada y sellada por el responsable de la acogida.

5.2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI).

6. CAUSAS DE EXCLUSIÓN

6.1. Si la solicitud no reúne los requisitos documentales establecidos en la presente convocatoria, se requerirá electrónicamente a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, según lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

6.2. No obstante, lo anterior, serán causas de exclusión definitiva del proceso selectivo no cumplir los requisitos de participación señalados en el punto 4.

7. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN

7.1. Los candidatos serán seleccionados según el siguiente baremo:

a)  Personal docente de la sede central de la UNED que participan en la coordinación de intercambio de estudiantes (tutores y coordinadores Erasmus+) durante la convocatoria actual, 2023/2024: 5 puntos.

b)  Personal docente de la sede central de la UNED, que tenga firmado un acuerdo bilateral Erasmus +, que contemple movilidad de estudiantes, durante los cursos 2022/2023, 203/2024 y 2024/2025: 4 puntos.

c)  Personal docente de la sede central de la UNED que esté participando como Tutor Erasmus+ por primera vez: 3 puntos.

d)  Tutores Erasmus + de las Facultades/ETSI de la UNED con mayor número de estudiantes Erasmus+ (de uno a tres estudiantes: 1 punto; más de tres estudiantes: 2 puntos).

e)  Valoración del Programa de Enseñanza (Anexo I), hasta 2 puntos.

7.2. En el supuesto de que existan varios participantes con idéntica puntuación, el orden de prelación se determinará en función de:

a) En primer lugar, de la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.1.a)

b) En segundo lugar, de la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.1.b)

c) En tercer lugar, de la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.1.c)

d) En cuarto lugar, por el mayor número de estudiantes tutorizados en Erasmus.

e) Por último, si persiste el empate, se ordenarán por el primer apellido, iniciándose desde la letra “W”, según Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. Hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año 2024, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

7.3. El personal docente de la sede central que dese formalizar un acuerdo bilateral Erasmus + para fomentar la movilidad internacional en su Facultad/Escuela, podrá impulsarlo a través del responsable de su Facultad/Escuela (Coordinador/a de movilidad, ver Anexo II) en coordinación con el área de movilidad a través del siguiente correo electrónico: 

movilidad-economico@adm.uned.es .

7.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará, en el BICI, la lista provisional de admitidos y excluidos.

7.5. La resolución que resuelva el procedimiento será publicada en el BICI. Contra esta resolución cabrán los recursos administrativos indicados en la misma, contándose los plazos a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BICI.

7.6. En caso de renuncia de algún aspirante seleccionado, deberá comunicarse al correo movilidad-economico@adm.uned.es .

Los candidatos seleccionados dispondrán de un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la resolución definitiva, para presentar su renuncia. Si esta se produce transcurrido ese plazo, se penalizará al candidato en la siguiente convocatoria de movilidad docente a la que se presente, restándole dos puntos al total obtenido.

Las renuncias que se puedan producir en el curso 2023/24 por causas de fuerza mayor, no serán penalizadas. De no justificarse documentalmente dichas causas, se excluirán a los seleccionados en las dos siguientes convocatorias.

8. DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA MOVILIDAD Y JUSTIFICACIÓN

Una vez publicada la resolución de adjudicación de las plazas, la Sección de Internacionalización y Cooperación, remitirá al beneficiario, por correo electrónico, la documentación y el procedimiento a seguir para la obtención y justificación de la ayuda.

9. COMISIÓN DE SELECCIÓN

Estará constituida por las siguientes personas:

Presidente: 

Sra. D.ª Laura Alba Juez, vicerrectora de Internacionalización y Multilingüismo o persona en quien delegue.

Vocales:

Sra. D.ª Patricia Rodríguez Sáez, jefa de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.

Sra. D.ª Encarnación Valero Ibáñez, técnica del Área de Movilidad Internacional- Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.

Secretaria: Sra. D.ª Mercedes Íñigo Heras, jefa de Sección de Internacionalización.

10. RECURSOS

Los candidatos, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de Selección, se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 7 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.

 

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9.-    Resolución del rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de 7 de febrero de 2024, por la que se convocan ayudas a la movilidad del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la UNED, dentro del programa Erasmus+ de la Unión Europea

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

1. INFORMACIÓN GENERAL

El programa Erasmus+, de educación, formación, juventud y deporte de la Unión Europea, creado por el Reglamento (UE) 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, es un instrumento clave para desarrollar el Espacio Europeo de Educación y respaldar la cooperación estratégica europea en el campo de la educación y la formación, con sus correspondientes agendas sectoriales que contempla acciones de movilidad del personal para impartir docencia.

En este marco, el rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) convoca 7 ayudas financieras para realizar estancias de formación destinadas al Personal de Administración y Servicios.

Las ayudas concedidas estarán financiadas con fondos procedentes de la Unión Europea, a través del convenio financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) e irán con cargo al proyecto 2023-1-ES01-KA131-HED-000121164.

La fecha límite para realizar y justificar la movilidad finaliza el 28 de febrero de 2025.

2. FINALIDAD

2.1. La presente convocatoria pretende fomentar las estancias de corta duración, con fines de formación, del Personal de Administración y Servicios de la UNED, para fomentar el intercambio de competencias y experiencias en los Estados miembros de la UE que participan plenamente en todas las acciones del programa Erasmus+.

Además, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento Erasmus+, los terceros países siguientes tienen la consideración de asociados al Programa:

   Los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que son a su vez miembros del Espacio Económico Europeo (EEE): Noruega, Islandia y Liechtenstein;

   Los países adherentes, los países candidatos y los candidatos potenciales: República de Macedonia del Norte, República de Turquía y República de Serbia.

En esta convocatoria quedan excluidos los cursos de idiomas. El objetivo es que los beneficiarios aprendan de las experiencias y buenas prácticas de la institución de destino difundiéndolas dentro de nuestra universidad cuando sean susceptibles de aplicarse.

El programa Erasmus+, aspira a promover la igualdad de oportunidades y acceso, la inclusión, la diversidad y la equidad en todas sus acciones. Las organizaciones y los participantes con menos oportunidades son la razón de ser de estos objetivos, y, por ello, el Programa pone mecanismos y recursos a su disposición.

La ejecución del programa Erasmus+ y, por tanto, sus beneficiarios y las actividades ejecutadas en el marco del Programa deben respetar los valores de la UE de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías, respetando plenamente los valores y derechos consagrados en los Tratados de la UE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

La Comisión Europea es la responsable última del desarrollo del programa Erasmus+. La Comisión gestiona el presupuesto y fija las prioridades, los objetivos y los criterios del Programa de manera continua. Además, guía y controla la ejecución general, el seguimiento y la evaluación del Programa a escala europea. Por tanto, la cumplimentación de los informes requeridos para recibir estas ayudas financieras, por parte de los beneficiarios de la movilidad Erasmus +, será de obligado cumplimiento.

2.2. Se trata de una formación para un mejor desempeño del puesto de trabajo y, como tal, será reconocida por la UNED.

3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

3.1. El objeto de la convocatoria consiste en proporcionar a las personas seleccionadas una ayuda económica que contribuya a financiar los gastos derivados de viaje y estancia. La duración máxima financiada será de 5 días lectivos.

3.2. No se podrán utilizar estas ayudas para cubrir partidas de gastos ya financiadas con otros fondos o para realizar actividades docentes e investigadoras vinculadas a otros programas por lo que se perciba cualquier otra beca, ayuda, sueldo o salario de la universidad.

3.3. Las actividades de movilidad para el personal técnico, de gestión y de administración y servicios en Erasmus+ KA131 están cofinanciadas por la Comisión Europea, a través del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) y por la UNED. El importe de la ayuda se desglosa del siguiente modo:

3.4. El importe de la ayuda se desglosa del siguiente modo:

3.4.1. Los gastos de viaje, basados en la distancia entre su lugar de trabajo y el lugar donde se desarrolle la actividad, según el siguiente cuadro:

Distancia de viaje en kilómetros

En caso de viaje estándar

En caso de viaje ecológico 1

Entre 100 y 499 km

180 € por participante

210 € por participante

Entre 500 y 1999 km

275 € por participante

320 € por participante

Entre 2000 y 2999 km

360 € por participante

410 € por participante

Entre 3000 y 3999 km

530 € por participante

610 € por participante

Entre 4000 y 7999 km

820 € por participante

 

Entre 8000 o más

1500 € por participante

 

 

Por “distancia de viaje” se entenderá la que separe el lugar de origen y aquel en el que se desarrolle la actividad, mientras el importe cubre la contribución del viaje de ida y vuelta desde el lugar de la actividad. El cálculo de la distancia se realiza conforme a la calculadora de distancia de Erasmus +.

Los días concretos en los que se realizará la actividad se harán constar tanto en el Acuerdo de Movilidad como en el Certificado de Estancia. Estos documentos los recibirán los seleccionados en el correo electrónico facilitado en su solicitud. El cálculo de la cuantía financiera a percibir se realizará conforme a lo establecido en los mismos.

1. El viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, por ejemplo: el autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido. En estos casos se podrán percibir ayudas superiores a las establecidas para los viajes estándar.

3.4.2. Las cantidades a percibir para contribuir a los gastos de la estancia del beneficiario dependerán del país de destino, según el grupo indicado en el siguiente cuadro:

 

Países de destino

Cantidad a percibir

Grupo 1

Países de la UE y asociados al programa:

Dinamarca, Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, y Suecia.

Países no asociados al programa de la región 14:

Islas Feroe, Reino Unido, Suiza.

120 €/día

Grupo 2

Países de la UE y asociados al programa:

Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos y Portugal.

Países no asociados al programa de la región 13:

Andorra, Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino.

105 €/día

Grupo 3

Países de la UE y asociados al programa:

Bulgaria, Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia,  Rumanía, Serbia y Turquía.

90 €/día

 

Países no asociados al programa de las regiones 1 a 12(*)

180 €/día

 

3.5. Ayudas Adicionales para personal con grado de discapacidad reconocido:

Los participantes que, en función de una discapacidad específica acreditada, requieran ayudas superiores a las establecidas en los apartados anteriores, podrán solicitar estas ayudas adicionales, derivadas de los gastos complementarios directos en que puedan incurrir durante su período de movilidad. El importe de las ayudas dependerá del grado de discapacidad del participante, del país de destino, duración de la estancia y de los gastos complementarios directos previstos. Para acceder a estas ayudas establecidas en el programa Erasmus+, los participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los criterios de elegibilidad establecidos en el programa.

4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

4.1. Para participar en el proceso selectivo, los solicitantes deben ser personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la sede central de la UNED y encontrarse en activo en el momento de formular la solicitud y durante la realización de la movilidad.

4.2. Todos los méritos alegados deberán cumplirse antes del fin del plazo de presentación de solicitudes, incluida la aceptación de la eventual movilidad por parte de la institución de destino.

5. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

5.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 2.1.b) del Reglamento de Administración Electrónica de la UNED (BOE 12/07/17), las personas interesadas deberán presentar, en todo caso:

a) Una solicitud, con un solo destino, presentada a través de la sede electrónica de la UNED en la siguiente dirección web: https://sede.uned.es/procedimientos/index/categoria/8 .

b) Anexo I, que refleje la actividad formativa a desarrollar, firmado por la persona solicitante, autorizado por el superior jerárquico y aprobado por la institución de destino. Aquí se incluirán tanto los programas de cursos de formación, con un calendario fijo, como las visitas institucionales, en cuyo caso el solicitante deberá aportar la invitación de la institución de destino con el programa de actividades previstas.

c) Anexo II. Memoria explicativa

5.2. Los participantes también podrán justificar el conocimiento de idiomas, en cuyo caso lo adjuntarán también electrónicamente.

5.3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI).

6. CAUSAS DE EXCLUSIÓN

6.1. Si la solicitud no reúne los requisitos documentales establecidos en la presente convocatoria, se requerirá electrónicamente a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, según lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.

6.2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, serán causas de exclusión definitiva del proceso selectivo no cumplir los requisitos de participación señalados en el punto 4.

7. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN

7.1. Serán seleccionadas/os las/os 7 primeras/os solicitantes que obtengan la mayor puntuación según el siguiente baremo:

a) Adecuación del puesto de trabajo en la UNED a la actividad a desarrollar en la institución de destino: máximo 4 puntos.

b) Conocimiento del idioma de trabajo para la actividad a desarrollar en la institución de destino o del idioma inglés, mediante justificación documental (marco común europeo de referencia): máximo 3 puntos. En el caso de un B1: 2 puntos; B2: 2.5 puntos; C1 o superior: 3 puntos.

c) Que la actividad a desarrollar contribuya a fomentar y fortalecer las relaciones entre la UNED y la institución de destino. Para la valoración de este apartado, la persona solicitante deberá aportar una memoria explicativa: máximo 1 punto.

d) No haber sido beneficiario en las dos últimas convocatorias de estas ayudas: 3 puntos.

7.2. En el supuesto de que existan varios participantes con idéntica puntuación, el orden de prelación se determinará en función de:

a) En primer lugar, de la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.1.a)

b) En segundo lugar, de la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.1.b)

c) En tercer lugar, de la mayor puntuación obtenida en el apartado 7.1.c)

d) Por último, si persiste el empate, se ordenarán por el primer apellido, iniciándose desde la letra “W”, según Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. Hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año 2024, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

7.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará, en el BICI, la lista provisional de admitidos y excluidos.

7.4. La resolución que resuelva el procedimiento será publicada en el BICI. Contra esta resolución cabrán los recursos administrativos indicados en la misma, contándose los plazos a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el BICI.

En caso de renuncia de algún aspirante seleccionado, deberá comunicarse al correo electrónico movilidad-economico@adm.uned.es .

Los candidatos seleccionados dispondrán de un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la resolución definitiva, para presentar su renuncia. Si esta se produce transcurrido ese plazo, se penalizará al candidato en la siguiente convocatoria de movilidad Erasmus + a la que se presente, restándole dos puntos al total obtenido.

Las renuncias que se puedan producir en el curso 2023/24 por causas de fuerza mayor, no serán penalizadas. De no justificarse documentalmente dichas causas, se excluirán a los seleccionados en las dos siguientes convocatorias.

8. DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA MOVILIDAD Y JUSTIFICACIÓN

Una vez publicada la resolución de adjudicación de las plazas, la Sección de Internacionalización, remitirá al beneficiario, por correo electrónico, la documentación y el procedimiento a seguir para la obtención y justificación de la ayuda.

9. PERÍODO PARA REALIZAR LA MOVILIDAD

Los seleccionados podrán realizar y justificar su movilidad hasta el 28 de febrero de 2025.

10. COMISIÓN DE SELECCIÓN

Estará constituida por las siguientes personas:

Presidente:

Sra. D.ª Laura Alba Juez, vicerrectora de Internacionalización o persona en quien delegue. Vocales:

Sra. D.ª Patricia Rodríguez Sáez, jefa de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior

Sra. D.ª Encarnación Valero Ibáñez, técnica del Área de Movilidad Internacional- Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.

Secretaria:

Sra. D.ª Mercedes Íñigo Heras, jefa de Sección de Internacionalización.

11. RECURSOS

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso  Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 7 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.

 

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vicerrectorado de innovación educativa

10.-  Novedades Editoriales

Sección de Difusión y Distribución

COLECCIÓN TEMÁTICA

ARTE Y HUMANIDADES

0101094CT01A01 EL INTRINCADO CAMINO DEL PSOE HACIA EL PODER (1979-1982)

     MARÍN ARCE, José María.

     P.V.P.: 30,00 €.

     También en formato PDF.

  

 

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gerencia

11.-  Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se corrigen errores a la Resolución de fecha 25 de enero, por la que se procede a la convocatoria para la contratación laboral de un/a director/a de Seguridad y Servicios y se amplía el plazo de presentación de solicitudes

Sección PAS Laboral

Advertidos errores en el texto remitido, publicado en el BICI número 17, de fecha 5 de febrero de 2023, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el apartado segundo de la resolución, donde dice:

“En el momento de presentar la solicitud, los/las candidatos/as deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad: encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:

  Tener la nacionalidad española.

  Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

  Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

  Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

  Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

4. Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

5. Titulación: ostentar titulación universitaria de grado superior o título equivalente.”

Debe decir:

“En el momento de presentar la solicitud, los/las candidatos/as deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad: encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:

  Tener la nacionalidad española.

  Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

   Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

  Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

  Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

4. Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.”

En el apartado tercero de la resolución, donde dice:

“Bajo la dependencia orgánica y funcional de la Gerencia, el Director/a de seguridad y servicios de la UNED tendrá asignadas las siguientes funciones y responsabilidades, que desarrollará con iniciativa, autonomía, responsabilidad y con plena disponibilidad, incluidos festivos en caso de urgencia y cuando se precise:

- Coordinación de la Seguridad de la UNED con los Departamentos de Seguridad de otras administraciones y organismos intervinientes en actos institucionales con asistencia de personalidades de especial relevancia.

- Coordinación con la unidad de Protocolo de la UNED para la seguridad y la operativa de los actos institucionales.

- Atención a las diversas necesidades logísticas en los actos institucionales con asistencia de personalidades de especial relevancia: Casa Real, Presidencia de Gobierno, Ministerios, etc.

- Supervisión y actualización, si procede, de los protocolos de actuación relativos a la seguridad de la UNED. 

- Coordinación de los servicios que intervengan en las organizaciones de reuniones y eventos de la Universidad.

- Presentación y atención de denuncias ante las Autoridades pertinentes, en nombre de la UNED, sobre infracciones o delitos cometidos en las instalaciones de la UNED.

- Respuesta a los requerimientos, en materia de seguridad, realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

- Control, atención y acompañamiento a empresas externas en todas las actuaciones para las que sean contratadas cuando se realicen fuera de la jornada laboral, fines de semana, festivos o durante los periodos de cierre de la Universidad.

- Participación en las actuaciones propuestas por el Consorcio de la Ciudad Universitaria en materia de seguridad y servicios.

- Traslado y custodia de bienes y dinero efectivo.

- Coordinación de seguridad de los centros de la UNED para actos con elevado número de asistentes (como, por ejemplo: graduaciones).

- Coordinación de entradas a los edificios fuera del horario del servicio de vigilancia.

- Asistencia a la Gerencia, y singularmente a la Vicegerencia de Gestión Económica, Infraestructuras y Servicios Generales, en todas las competencias asumidas sobre servicios generales de la Universidad.

- Asistencia técnica a la Gerencia, así como la coordinación y el seguimiento del servicio de seguridad prestado por la entidad que resulte adjudicataria del mismo.”

Debe decir:

- Coordinación de la Seguridad de la UNED con los Departamentos de Seguridad de otras administraciones y organismos intervinientes en actos institucionales con asistencia de personalidades de especial relevancia.

- Coordinación con la unidad de Protocolo de la UNED para la seguridad y la operativa de los actos institucionales en relación con las empresas externas afectadas.

- Atención a las diversas necesidades logísticas en los actos institucionales con asistencia de personalidades de especial relevancia: Casa Real, Presidencia de Gobierno, Ministerios, etc.

- Supervisión y actualización, si procede, de los protocolos de actuación relativos a la seguridad de la UNED.

- Coordinación de los servicios que intervengan en las organizaciones de reuniones y eventos de la Universidad, atendiendo preferentemente a la seguridad.

- Presentación y atención de denuncias ante las Autoridades pertinentes, en nombre de la UNED, sobre infracciones o delitos cometidos en las instalaciones de la UNED.

- Respuesta a los requerimientos, en materia de seguridad, realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

- Control, atención y acompañamiento a empresas externas en todas las actuaciones para las que sean contratadas cuando se realicen fuera de la jornada laboral, fines de semana, festivos o durante los periodos de cierre de la Universidad.

- Participación en las actuaciones propuestas por el Consorcio de la Ciudad Universitaria en materia de seguridad y servicios.

- Traslado y custodia de bienes y dinero efectivo.

- Coordinación de seguridad de los centros de la UNED para actos con elevado número de asistentes (como, por ejemplo: graduaciones).

- Coordinación de entradas a los edificios fuera del horario del servicio de vigilancia.

- Asistencia a la Gerencia, y singularmente a la Vicegerencia de Gestión Económica, Infraestructuras y Servicios Generales, en todas las competencias asumidas sobre servicios generales de la Universidad, atendiendo especialmente a las necesidades que se requieran por parte de las empresas externas.

- Asistencia técnica a la Gerencia, así como la coordinación y el seguimiento del servicio de seguridad prestado por la entidad que resulte adjudicataria del mismo.”

Se amplía el plazo de presentación de solicitudes de participación, comenzando a computar de nuevo el plazo de días naturales a que se refiere el apartado quinto, a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta corrección en el BICI, conservándose las solicitudes presentadas hasta dicha fecha.

Madrid, 7 de febrero de 2023, EL RECTOR, P.D. (Resol. 17/01/2023, BOE de 30 de enero), EL GERENTE, Álvaro Martín Herrera.

 

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SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS

facultad de filología

12.-  Comunicado para los estudiantes del Grado en Lengua y Literatura Españolas

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes del Grado en Lengua y Literatura Españolas que ha habido modificaciones en los equipos docentes de las siguientes asignaturas, quedando su composición de la siguiente forma:

   Teatro español desde los orígenes hasta el siglo XVII  (Cód. 6401216-).

     D. Enrique Jerez Cabrero (ejerez@flog.uned.es ) (coordinador de asignatura).

     D.ª Ana Peñas Ruiz (apenas@flog.uned.es ).

     D. Santiago Díaz Lage (sdiaz@flog.uned.es ).

   Literatura española de los siglos XX y XXI:  desde 1939 (Cód. 64013075).

     D.ª Ana Peñas Ruiz (apenas@flog.uned.es ) (coordinadora de asignatura).

     D.ª María del Rocío Ortuño Casanova (rocio.ortuno@flog.uned.es ).

   Literatura española del Barroco (Cód. 64011171).

     D.ª Nieves Baranda Leturio (nbaranda@flog.uned.es ) (coordinadora de asignatura).

     D.ª María del Rocío Ortuño Casanova (rocio.ortuno@flog.uned.es ).

     D.ª Laura Hernández Lorenzo   (laura.hernandez@flog.uned.es ).

     D. Jaime José Martínez Martín (jjmartinez@flog.uned.es ).

 

 

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FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA

13.-  Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Actores y Proceso Político” (Cód. 69011129), del Grado en Ciencia Política y de la Administración

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Actores y Proceso Político” (Cód. 69011129), del Grado en Ciencia Política y de la Administración, la siguiente modificación en la guía de la asignatura:

En el apartado “Contenidos”, tema 6, donde dice:

Martínez, R. (2016). “Sistemas de gobierno, interacción entre poderes legislativo y ejecutivo, en Barreda”, M. y Ruiz, L. M. (eds.), El análisis de la política. Enfoques y herramientas de la ciencia política, Barcelona: Huygens, pp: 179-198.

Debe decir:

Coller, Xavier (2024), “La teatralización de la política en España”, Madrid: Catarata, pp. 17-26, 35-59.

El texto está disponible en la plataforma Ágora.

 

 

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escuela técnica superior de ingenieros industriales

14.-  Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Introducción a las Fuentes de Energía Renovables” (Cód. 68053019), del Grado en Ingeniería de la Energía. Incorporación de la profesora D.ª María José Montes Pita al equipo docente de la asignatura

E.T.S.I.I.

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Introducción a las Fuentes de Energía Renovables” (Cód. 68053019), del Grado en Ingeniería de la Energía, la incorporación de la profesora D.ª María José Montes Pita al equipo docente de la asignatura.

 

 

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ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO

15.-  Depósito de Tesis Doctorales

Gestión de Doctorado III

En cumplimiento de la normativa vigente en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado, cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es  el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento durante un período de 48 horas, y en su caso, dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones y observaciones que estime oportuno formular:

AUTOR: D. JAVIER FERNÁNDEZ RINCÓN.

     TESIS: “EL MOVIMIENTO COMUNISTA (MC): ORGANIZACIÓN Y ESTRATEGIA REVOLUCIONARIA (1972-1991)”.

     DIRECTORA: D.ª ROSA MARÍA PARDO SANZ.

     PROGRAMA: “HISTORIA E HISTORIA DEL ARTE Y TERRITORIO”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 01/febrero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 21/febrero/2024.

AUTOR: D. ANTONIO SERRANO PEÑA

     TESIS: “CABRA. FORMACIÓN Y EXTINCIÓN DE UN SEÑORÍO NOBILIARIO”.

     DIRECTORA: D.ª REMEDIOS MORÁN MARTÍN.

     PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 01/febrero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 21/febrero/2024.

AUTORA: D.ª LETICIA ADELAIDA JIMÉNEZ JIMÉNEZ.

     TESIS: “OPORTUNIDAD EN EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD”.

     DIRECTORES: D. JACOBO BARJA DE QUIROGA Y D.ª SONIA CALAZA LÓPEZ.

     PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 01/febrero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 21/febrero/2024.

AUTOR: D. JOAQUÍN JIMÉNEZ SANTOS.

     TESIS: “DE LA CORRUPCIÓN EN LA ANTIGUA ROMA A LAS ACTUALES FORMAS DE CORRUPCIÓN. UNA REFLEXIÓN PARTICULAR SOBRE EL BLANQUEO DE CAPITALES”.

     DIRECTORES: D.ª ANA ROSA MARTÍN MINGUIJÓN Y D. FERNANDO REINOSO MARTÍNEZ.

     PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 02/febrero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 22/febrero/2024.

AUTOR: D. JUAN VICENTE CASTELLANOS QUINTANA.

     TESIS: “ESTUDIO SOCIOLÓGICO SOBRE EL TELETRABAJO EN LA ESPAÑA TRAS LA PANDEMIA”.

     DIRECTORES: D.ª MARIA DEL ROSARIO SANCHEZ MORALES Y D. ALBERTO VEIRA RAMOS.

     PROGRAMA: “ANÁLISIS DE PROBLEMAS SOCIALES”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 05/febrero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 23/febrero/2024.

AUTOR: D. SECUNDINO ÁVILA GUZMÁN.

     TESIS: “LA COMPROBACIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA”.

     DIRECTORES: D. PEDRO MANUEL HERRERA MOLINA Y D. ISIDORO MARTÍN DÉGANO.

     PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 05/febrero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 23/febrero/2024.

La información de las tesis doctorales que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente dirección electrónica:

https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html

 

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SECCIÓN III. VARIOS

boe

16.-  Reseñas del Boletín Oficial del Estado

         BICI

UNIVERSIDADES

Días inhábiles. Resolución de 22 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, referente a la declaración de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en procedimientos administrativos.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2029.pdf

BOE 02/02/2024

Encomienda de gestión. Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material de acciones formativas.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2030.pdf

BOE 02/02/2024

Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material del curso de Experto universitario en ciberseguridad.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2031.pdf

BOE 02/02/2024

Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica la Adenda de modificación del Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material de los cursos que integran la convocatoria de Formación Permanente y CUID.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2032.pdf

BOE 02/02/2024

Personal de administración y servicios. Resolución de 25 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral, Grupo III, Nivel B.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2171.pdf

BOE 05/02/2024

Encomienda de gestión. Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material del proyecto formativo Competencias digitales para profesionales del mundo cultural y creativo.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2187.pdf

BOE 05/02/2024

Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión de la dirección del coro.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2188.pdf

BOE 05/02/2024

Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión material del proyecto de Tecnologías aplicadas al patrimonio cultural.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2189.pdf

BOE 05/02/2024

UNIVERSIDADES

Anuncio de licitación de: Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de Tortosa: Mejora de la accesibilidad y evacuación en edificio docente existente.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/06/pdfs/BOE-B-2024-3976.pdf

BOE 07/02/2024

Anuncio de la Facultad de Educación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sobre extravío de título universitario.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/07/pdfs/BOE-B-2024-4152.pdf

BOE 07/02/2024

Personal docente e investigador. Resolución de 30 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se corrigen errores en la de 14 de diciembre de 2023, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Profesor Permanente Laboral.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/08/pdfs/BOE-A-2024-2355.pdf

BOE 08/02/2024

Delegación de competencias. Resolución de 17 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/09/pdfs/BOE-A-2024-2471.pdf

BOE 09/02/2024

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

programación audiovisual

17.-  Boletín de Programación de UNED MEDIA & INTECCA

Sección de producción de Medios Audiovisuales

UNED MEDIA

Para obtener más información, consultar programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:

https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html     

 

CADENA CAMPUS (INTECCA)

Puede encontrar toda la información en: https://www.intecca.uned.es/portal/inicio

 

Para más información sobre la programación del CEMAV, ponerse en contacto con el Negociado del Centro de Diseño y Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV) negociado.cemav@adm.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Para más información sobre la programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/  o enviar mensaje a info@intecca.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Contactar con la UNED para temas generales:

www.uned.es

 

http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg