SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES
VICERRECTORADO
de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
1.-
Resolución
de 2 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se abre la segunda
fase de la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales para la
formación de personal investigador adscritos a grupos de investigación UNED
2022: selección de candidatos de grupos vacantes
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
De conformidad con lo dispuesto en la
Resolución de 19 de enero de 2022, del Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia del Conocimiento y Divulgación Científica, por la que se abría la
primera fase de la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales para la
formación de personal investigador adscritos a grupos de investigación UNED
2022: selección de grupos de investigación (anexo I BICI n.º 18, de 21 de
febrero de 2022), y de lo establecido en la Resolución de 22 de noviembre de
2022 (BICI n.º 9, de 28 de noviembre de 2022), por la que se designaron los
cuatro grupos seleccionados, fue publicada en el BICI número 22 la Resolución
de 6 de marzo de 2023 por la que se procedía a la apertura de la segunda fase
de la convocatoria, dirigida a la selección de los candidatos.
No obstante, habiendo quedado desiertas
las ayudas correspondientes a los grupos de investigación UNED Research Group in Natural Language
Processing an Information Retrieval (NPL.UNED.ES), dirigido por D. Julio
Antonio Gonzalo Arroyo, e INFORMÁTICA INDUSTRIAL (GI3), dirigido por D.ª David
Moreno Salinas, se procede a una nueva convocatoria para la selección de
candidatos para los referidos grupos, de acuerdo con las siguientes CLÁUSULAS:
1. OBJETO DE LA
CONVOCATORIA
Esta convocatoria tiene como finalidad
principal la formación en investigación científica y técnica, en el marco de
una tesis doctoral dirigida por un profesor de la UNED, de titulados
universitarios matriculados en un Programa de Doctorado impartido por la
Escuela Internacional de Doctorado de la UNED (en adelante EIDUNED). Se
convocan 2 ayudas, una para cada uno de los grupos de investigación de esta
Universidad mencionados en el párrafo anterior y que figuran en el anexo I de
esta convocatoria.
Dado que la continuidad de este
programa de ayudas vendrá marcada por el porcentaje de éxito del
mismo, se requiere que todos los beneficiarios de la ayuda, así como los
directores, se comprometan a que la tesis se defienda, o en su defecto se
efectúe su depósito, dentro del periodo de duración de la ayuda. En el caso de
que alguno de los beneficiarios de la ayuda no defienda la tesis dentro del
plazo excepcional de cinco años, fijado como límite para la duración de los
estudios de doctorado a tiempo completo (según Real Decreto 99/2011, de 28 de
enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado) la
Universidad podrá tomar las medidas legales oportunas para solicitar el
reintegro de todas las retribuciones percibidas.
2. CENTROS DE APLICACIÓN
2.1. El director de la ayuda deberá ser doctor a tiempo completo con
vinculación permanente a un Departamento, Facultad o Escuela de la UNED, ser
profesor en uno de los Programas de Doctorado adscritos a la EIDUNED, y ser
miembro del grupo de investigador receptor de la ayuda (ver Anexo I). Estos
requisitos deberán cumplirse durante el periodo máximo de la ayuda, establecido
en cuatro años. Asimismo, el director de la ayuda deberá ser también el
director de la tesis que realice el solicitante. En el supuesto de vinculación
contractual del director de la ayuda a la UNED, el contrato debe contemplar una
duración superior a la del periodo máximo de la ayuda, excepto en el caso de
Profesores Ayudantes Doctores. En este último caso, será condición necesaria
que estén acreditados, al menos, como Profesor Contratado Doctor y que la
solicitud sea avalada por un codirector de tesis que reúna los requisitos
mencionados en el párrafo anterior.
2.2. El centro de aplicación de la ayuda debe ser un grupo de
investigación de los recogidos en el anexo I de esta convocatoria. El personal
investigador en formación deberá estar matriculado en un Programa de Doctorado
de la EIDUNED.
2.3. Ningún director ni codirector de tesis podrá figurar en más de una
solicitud de ayuda de esta convocatoria.
2.4. Ningún director ni codirector de tesis podrá participar en el
proceso de valoración y selección de la solicitud que avala.
2.5. El director de la ayuda tendrá la responsabilidad general de
coordinación y orientación, tanto académica como investigadora, del
beneficiario. En particular, tendrá la responsabilidad del seguimiento de las
obligaciones de los beneficiarios de las ayudas y del cumplimiento del objeto
de las mismas.
3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
3.1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que estén
matriculadas en el curso 2023/2024, en un programa de doctorado de la EIDUNED.
El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse hasta la fecha en la que
finalice el plazo de subsanación establecido en la base 14.2.
3.2. No podrán ser solicitantes quienes ya hayan disfrutado durante 24
meses o más de una ayuda de naturaleza análoga, de carácter público o privado.
3.3. Haber finalizado al menos uno de los estudios universitarios que
dan acceso al doctorado en la EIDUNED, establecidos en el artículo 6 del RD
99/2011, con posterioridad al 1 de enero de 2017.
3.4. No podrán participar en esta convocatoria quienes ya estén en
posesión del título de Doctor. Con el objetivo de prevenir o compensar las
desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad,
los solicitantes con discapacidad reconocida oficialmente podrán solicitar la
ayuda con un plazo distinto de finalización de los estudios cuando acrediten,
de forma motivada, haber tenido dificultades para solicitar estas ayudas debido
a consecuencias derivadas de su diversidad funcional. La solicitud será
examinada por el servicio de UNIDIS que emitirá informe técnico preceptivo
recomendando, en su caso, y con carácter excepcional, la aplicación de un plazo
distinto, siempre y cuando este nuevo plazo sea respetuoso con el principio de
igualdad de oportunidades.
4. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DE LAS AYUDAS
4.1. Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria
financiarán contratos de trabajo en la modalidad de contrato predoctoral, de
conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
4.2. El contrato será de duración determinada con dedicación a tiempo
completo. La duración del contrato será de cuatro años, sin perjuicio de que la
universidad pueda darlo por terminado antes de ese periodo en caso de que el
beneficiario no cumpla con sus obligaciones según se establece en esta
convocatoria. No obstante, cuando el contrato se concierte con una persona con
discapacidad, el contrato podrá alcanzar una duración máxima de seis años,
prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la actividad
investigadora y el grado en que las limitaciones influyen en su actividad.
4.3. Ninguna persona podrá ser contratada mediante esta modalidad, en
la misma o distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, salvo en el
caso de las personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior, para
las que el tiempo no podrá ser superior a seis años. Por consiguiente, a los
beneficiarios que hubiesen disfrutado anteriormente de ayudas de análoga
naturaleza, de carácter público o privado, les será descontado el tiempo ya
disfrutado de la duración total de la ayuda, iniciándose el cómputo desde el
periodo inicial de la misma. En ningún caso, se podrá conceder una ayuda si
esta va a tener una duración inferior a veinticuatro meses.
4.4. No obstante, de conformidad con los artículos 20.4 y 21 de la Ley
14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el
título de doctor, finalizará la etapa de formación de personal investigador y
se dará comienzo a la etapa postdoctoral. A estos efectos, se considera que se
ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa pública y
aprobación de la tesis doctoral.
Si la obtención del título de doctor
tiene lugar con antelación a la finalización de la ayuda, se abrirá el periodo
de orientación postdoctoral dentro del contrato predoctoral suscrito, por un
tiempo máximo de 12 meses, según se establece en la base 5 de esta
convocatoria.
4.5. El cómputo de la duración del contrato se suspenderá según las
causas recogidas en el artículo 21c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
5. TRANSICIÓN DE LA ETAPA PREDOCTORAL AL PERIODO DE ORIENTACIÓN
POSTDOCTORAL (POP)
5.1. La obtención del título de doctor pondrá fin a la etapa
predoctoral y se dará comienzo al período de orientación postdoctoral (POP) por
un periodo máximo de 12 meses, comprendidos dentro del plazo máximo de duración
de 4 años de la ayuda concedida. La retribución correspondiente al POP se
establecerá conforme a la base 9 de esta convocatoria.
5.2. El paso a la fase de POP se hará constar mediante adenda al
contrato predoctoral suscrito, en la que se recogerán las nuevas circunstancias
asociadas a la etapa posdoctoral, sin que proceda la suscripción de un nuevo
contrato. La adenda al contrato predoctoral requerirá de la previa presentación
por parte del beneficiario de los documentos acreditativos del acto de defensa
y de aprobación de la tesis doctoral.
6. DERECHOS DEL PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN
6.1. El personal investigador predoctoral en formación tendrá los
siguientes derechos:
a) Estar adscrito al centro de
aplicación de la ayuda.
b) Obtener de los centros de aplicación
de la ayuda, del Programa de Doctorado y, específicamente, del director de la
ayuda, la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus
estudios e investigaciones, de acuerdo con los recursos disponibles.
c) Participar en las convocatorias de
ayudas para estancias breves.
d) Los derechos establecidos en el
artículo 21 de la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, La Tecnología y la
Innovación.
6.2. El personal investigador predoctoral en formación podrá colaborar
en tareas docentes, con fines formativos, sin que suponga una merma de la carga
docente del departamento que asigne la colaboración hasta un máximo de 180
horas durante la extensión total del contrato predoctoral, y sin que en ningún
caso se puedan superar las 60 horas anuales. La normativa para esta
colaboración es la establecida por el Vicerrectorado de Personal Docente e
Investigador.
6.3. En ningún caso, podrá desvirtuarse la finalidad investigadora y
formativa de las ayudas, por lo que no podrá exigirse al beneficiario la
realización de actividades que no estén relacionadas con el desarrollo de su
investigación o de la formación específica requerida para ella.
7. OBLIGACIONES DEL PERSONAL INVESTIGADOR EN FORMACIÓN
La aceptación de la ayuda por parte del
beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria, así como
las que la UNED determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y
evaluar el desarrollo de su trabajo. Además, implica las siguientes
obligaciones:
a) Incorporarse al centro de aplicación
de la ayuda y a las tareas de investigación en el plazo establecido en la
presente convocatoria.
b) Poseer la nacionalidad española, ser
nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser residente en España en
el momento de la incorporación.
c) Realizar las labores objeto de la
ayuda con un mínimo de 37,5 horas semanales de dedicación, de las cuales al
menos 120 horas anuales deberán cumplirse necesariamente en el centro de
aplicación de la ayuda, y las restantes según disponga el mismo director de la
ayuda.
d) Estar matriculado con dedicación a
tiempo completo en un Programa de Doctorado de la EIDUNED durante la vigencia
de la ayuda.
e) Cumplir con aprovechamiento las
distintas etapas del proceso de formación y de realización de la tesis.
f) Cumplir con aprovechamiento su
participación en proyectos de investigación en los que se encuentre
incorporado.
g) Memorias e informes: remitir a la
Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación, en el undécimo mes de
la anualidad correspondiente, las memorias e informes anuales de la labor
realizada y resultados obtenidos, con la conformidad del director de la ayuda,
según las indicaciones y modelos que establezca la mencionada sección. En los
casos de renuncia o finalización de la ayuda, se elaborará igualmente una
memoria final según lo establecido en el párrafo anterior.
h) Permanecer adscrito al Programa de
Doctorado en el que hubiera obtenido la ayuda, siendo necesario para cualquier
cambio de Programa o de Director de la ayuda, el informe favorable de este y la
autorización de la Comisión de Investigación y Doctorado de la UNED, previo
informe también favorable de la EIDUNED.
i) Solo se concederán ausencias
temporales para la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas
presenciales o por motivos justificados que redunden en una mejor formación del
beneficiario.
j) Comunicar por escrito a la Sección
de Gestión de Contratos y Becas de Investigación, previo informe del Director
de la ayuda y de la dirección de la EIDUNED, cualquier causa de
incompatibilidad en el disfrute de la ayuda.
k) Comunicar a la Sección de Gestión de
Contratos y Becas de Investigación la renuncia a la ayuda concedida con 15 días
de antelación a la fecha en que la vaya a producir efecto, así como cualquier
incidencia que se oponga o menoscabe la obtención de los objetivos de la ayuda
en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la fecha en que se produzca.
l) Hacer referencia a la ayuda y a su
situación de personal investigador predoctoral en formación de la UNED en todas
las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades e
investigación realizadas durante el periodo de disfrute de la ayuda.
m) Someterse a las actuaciones de
comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes,
aportando cuanta información le sea requerida.
n) Comunicar a la Sección de Gestión de
Contratos y Becas de Investigación la obtención del grado de doctor en los dos
días laborables siguientes a su obtención.
o) Ajustarse a las normas propias de
funcionamiento de la Universidad, en cuanto a la dedicación, función que debe
desempeñar, horarios y vacaciones.
p) Aquellas otras que se deriven de
esta convocatoria y las restantes obligaciones establecidas en la legislación
vigente.
8. OBLIGACIONES DE LOS CENTROS DE ADSCRIPCIÓN DE LAS AYUDAS
De manera general, tendrán las
siguientes obligaciones:
a) Proporcionar al personal en
formación objeto de las ayudas, el apoyo necesario y facilitarle la utilización
de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal
desarrollo de su actividad.
b) Velar por el desarrollo adecuado del
programa de formación, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier
otra actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o
de la formación específica requerida para esta.
c) Las restantes obligaciones
establecidas en la legislación vigente.
9. DOTACIÓN Y PAGO DE LAS AYUDAS
9.1. La cuantía mensual de la ayuda para el contrato predoctoral será
establecida de acuerdo con el artículo 7 del Estatuto de Personal Investigador
en Formación (EPIF), no pudiendo ser inferior al 56 % del salario fijado para
las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de
aplicación durante los dos primeros años; al 60 % durante el tercer año; y al
75 % durante el cuarto año. Tampoco será inferior al salario mínimo
interprofesional que se establezca cada año.
Para el establecimiento de las
retribuciones anteriores, se tomará como referencia mínima la categoría
correspondiente al Grupo 1 de personal laboral de la tabla salarial recogida en
el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado.
A estas cuantías se añaden dos pagas
extraordinarias en los meses de junio y diciembre.
Para el período de orientación
postdoctoral, la cuantía mensual de la ayuda se ajustará a las cantidades que
perciban en ese momento los contratados por la UNED bajo la modalidad de
contrato de acceso de personal investigador doctor de la última convocatoria
publicada por la UNED, teniendo igualmente dos pagas extraordinarias, del mismo
importe, en los meses de junio y diciembre.
9.2. El primer pago se realizará en el mes siguiente a la incorporación
y previa recepción en la Sección de Gestión de Contratos y Becas de
Investigación del certificado correspondiente o el certificado de
reincorporación en los casos de interrupción temporal.
9.3. Los pagos se efectuarán mensualmente y en función del número de
días que esté de alta.
9.4. Los pagos de la segunda y siguientes anualidades de los contratos
predoctorales estarán condicionados a la presentación de los informes a los que
se refieren las distintas bases de esta convocatoria.
9.5. Los adjudicatarios de las ayudas se beneficiarán de los derechos
que de ellas se deriven, a partir de la fecha de alta que corresponda en
función de la incorporación y presentación de la documentación.
9.6. Los efectos económicos y administrativos de las altas y bajas se
producirán en función de la fecha de su comunicación. La percepción de la ayuda
en el mes de su finalización se hará con efectos del último día que figure en
la renovación, siempre y cuando no se produzca la renuncia con anterioridad a
esa fecha o existan otras causas de revocación o baja. En el supuesto
excepcional de incorporación o baja en fechas diferentes a las señaladas, el
importe a percibir en ese mes será proporcional al periodo cubierto desde esa
fecha.
9.7. La concesión y disfrute de una ayuda al amparo de esta
convocatoria no supone ningún compromiso de incorporación posterior del
beneficiario a la plantilla de la UNED.
9.8. A la finalización del contrato por expiración del tiempo
convenido, el contratado tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía
equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el
artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
esto es, equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de
abonar doce días de salario por cada año de servicio.
10. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
El disfrute de una ayuda al amparo de
esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de análoga
naturaleza de carácter público o privado y, con carácter general, con la
percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, con la
realización de actividades profesionales o empresariales, así como cualquier
otra que se derive de la naturaleza del contrato. No obstante
lo anterior, se permitirán las percepciones que procedan de:
a) Complementos no salariales
provenientes de proyectos y contratos de I+D+i.
b) Ayudas para asistencia a congresos,
reuniones o jornadas científicas.
c) Ayudas para estancias breves
concedidas por organismos públicos o privados, nacionales o internacionales.
Únicamente se permitirán las
colaboraciones en tareas académicas a las que se hace referencia en la base 6.2
de esta convocatoria. En todo caso, las actividades de las que se deriven los
complementos o ayudas anteriores no deben menoscabar o interrumpir la finalidad
de la ayuda.
11. RENUNCIAS Y FINALIZACIÓN DE LAS AYUDAS
11.1. Se considerará renuncia la no incorporación a la ayuda en el plazo
establecido, la no reincorporación al Centro de aplicación de la ayuda tras una
interrupción y las solicitadas a instancia de los beneficiarios.
11.2. Las renuncias a la ayuda deberán ser comunicadas por los
interesados a la Sección de Gestión de Contratos y Becas de Investigación,
acompañadas de la documentación justificativa que en cada caso se requiera.
11.3. Las renuncias o bajas que se produzcan dentro del primer año
siguiente a la fecha de resolución de la convocatoria serán reemplazadas
conforme a la lista de suplencias que se establezcan en la resolución de
concesión de estas ayudas. A estos efectos del periodo máximo de duración del
nuevo contrato, se descontarán los meses disfrutados por el anterior
beneficiario.
11.4. Los beneficiarios de estas ayudas deberán presentar, en el plazo
máximo de un mes a partir de la fecha de finalización de la
misma, o de renuncia, una memoria con una extensión máxima de 1.000
palabras que exponga los resultados obtenidos, con especial énfasis en los
objetivos logrados relativos al proceso de formación. Además, adjuntarán un
informe del director de la ayuda y de la Comisión Académica del Programa de
Doctorado.
12. INCUMPLIMIENTOS
El incumplimiento total o parcial de
los requisitos y obligaciones establecidas en las presentes bases y demás
normas aplicables, así como las que se establezcan en la correspondiente
resolución de concesión, dará lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento,
cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá dar lugar a la
revocación parcial o total de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar
la cuantía que se establezca en función de los criterios aplicables y los
intereses de demora correspondientes.
13. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
13.1. Las solicitudes, dirigidas al Área de Investigación y
Transferencia, deberán formalizarse en el Registro electrónico de la
Universidad (Código del Registro del Área de Investigación y Transferencia
U02800023), así como en los órganos de las Administraciones Públicas indicados
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes se presentarán, en el
plazo de diez días hábiles desde la publicación de esta convocatoria en el
BICI. El formulario de solicitud puede descargarse
aquí.
Además del citado formulario, habrán de
adjuntarse a la solicitud los documentos que se especifican a continuación.
Todos los méritos recogidos en la solicitud deben estar acreditados a la fecha
de finalización del plazo de presentación de la solicitud de esta convocatoria.
Documentación referida al
solicitante:
·
Los ciudadanos de otros
países presentarán copia electrónica de los documentos que acrediten su
nacionalidad y residencia. La presentación de la solicitud comportará la
autorización de la persona solicitante para que el órgano instructor pueda
consultar y comprobar los datos de identidad incluidos en esta solicitud, a
través del sistema de verificación de Datos de Identidad. La oposición a esta
consulta deberá ser expresa haciéndose constar dicha oposición mediante escrito
presentado al efecto.
·
Certificación
académica personal, con inclusión de todas las calificaciones obtenidas en
todas las titulaciones universitarias que le dan acceso al doctorado y fecha de
las mismas especificando, en el caso de planes de
estudios renovados, el número de créditos que corresponden. En el caso de
estudios cursados, parcial o totalmente, en sistemas universitarios
extranjeros, adaptados o no al EEES, la equivalencia de notas y la información
al respecto se puede obtener en:
https://www.mecd.gob.es/mecd/serviciosalciudadanomecd/catalogo/general/educacion/203615/
ficha.html
En todo
caso, la nota media deberá ser calculada con al menos 240 créditos superados.
Las dudas o consultas habrán de dirigirse a la dirección de correo
notamedia.uni@ciencia.gob.es
En el
caso de concesión de la ayuda, se deberá presentar el original o la fotocopia
cotejada de dichas certificaciones.
·
Curriculum
vitae.
·
Acreditación, en su caso, de
la obtención de Premios extraordinarios fin de carrera en los estudios que han
dado acceso al programa de doctorado (licenciatura, grado o máster), concedido
por organismos públicos o universidades públicas o
privadas.
A los
efectos de la aplicación de lo establecido en las bases 3.2 y 4.3 de esta
convocatoria, los solicitantes que hayan disfrutado de anteriores contratos
predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la formación predoctoral, en los
términos indicados en el citado apartado, deberán hacerlo constar en el
formulario de solicitud e incluir toda aquella información relevante de las
mismas. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, en cualquier dato
o documento que se acompañe dará lugar a la apertura del correspondiente
procedimiento de nulidad, de conformidad con la legislación vigente.
·
Acreditación de la matrícula
en un Programa de Doctorado de la EIDUNED.
Para dudas relacionadas con la
presentación de las solicitudes pueden ponerse en contacto con la Sección de
Contratos y Becas de Investigación a través del correo ayudasfpi@adm.uned.es
14. TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES (ADMISIÓN, RESOLUCIÓN Y
PUBLICACIÓN)
14.1. Una vez finalizado el plazo de presentación se procederá a
revisar las solicitudes y se publicarán las listas provisionales de solicitudes
admitidas y excluidas en la página web del Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica.
14.2. Los solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior resolución,
para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
14.3. Finalizado el plazo de subsanación y revisadas las alegaciones
presentadas, se procederá a la publicación de las listas definitivas de
admitidos y excluidos en la página web del Vicerrectorado.
14.4. La resolución de la concesión de las ayudas será adoptada por el
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica oída la
Comisión de Investigación y Doctorado. Las solicitudes se agruparán por cada
una de las ayudas asignadas a los correspondientes grupos de investigación, y
se resolverán teniendo en cuenta el informe de cada grupo receptor de las
ayudas, de conformidad con la cláusula 16 (evaluación y selección de las
solicitudes).
14.5. La resolución de concesión de estas ayudas se publicará en el
Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) y en la página web de la
Universidad (http://www.uned.es ).
15. INCORPORACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS
La incorporación de los candidatos
seleccionados se producirá según lo que se establezca en la resolución de
concesión de las ayudas publicada en el BICI.
16. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
16.1. Una vez finalizada la revisión administrativa de las solicitudes,
el Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
remitirá a los responsables de los grupos de investigación susceptibles de
asignación de ayuda la documentación de todos aquellos candidatos que han
solicitado la adscripción a sus respectivos grupos.
16.2. Los responsables de los grupos deberán remitir al Vicerrectorado
de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica una relación
priorizada de las solicitudes vinculadas a sus respectivos grupos justificada
mediante un breve informe. La elaboración de la relación priorizada deberá
basarse en el expediente académico del candidato y su CV, valorando sus méritos
en función de su adaptación a las líneas de investigación del grupo al que se
ha adscrito la ayuda. Cada grupo de investigación podrá entrevistar a los
candidatos y/o solicitarles la información adicional que crean necesaria para
la valoración adecuada de sus méritos.
Ningún director ni codirector de tesis
podrá figurar como tal en más de una de las ayudas concedidas en esta
convocatoria.
17. BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS
Gratuidad de matrícula: Los
adjudicatarios de estas ayudas tendrán derecho a la exención de los precios
públicos en la UNED de la matrícula del correspondiente programa de doctorado
durante el periodo de percepción de la ayuda.
18. RECURSOS
Contra esta resolución, que pone fin a
la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación en el BICI, Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano
competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
19. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con legislación
aplicable en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos
personales facilitados en el contexto de la presente convocatoria se
incorporarán a un fichero titularidad de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED), cuya finalidad es la gestión de este procedimiento. Estos
datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos
necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las
finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.
En cualquier momento podrán ejercitarse
los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento,
portabilidad, cancelación u oposición de sus datos al tratamiento ante la UNED,
C/ Bravo Murillo 38, Sección de Protección de Datos, 28015 de Madrid, o en
cualquiera de las oficinas que podrá encontrar aquí, junto con información
adicional y el formulario, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la
Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED. Para más información
visite nuestra Política de Privacidad.
Madrid, 2 de febrero de 2024. EL RECTOR, PD
Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA
VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa
María Martín Aranda.
ANEXO I:
RELACIÓN DE GRUPOS
DE INVESTIGACIÓN ADJUDICATARIOS DE AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL
INVESTIGADOR
1. UNED RESEARCH GROUP IN
NATURAL LANGUAGE PROCESSING AND INFORMATION RETRIEVAL (NPL.UNED.ES).
2. INFORMÁTICA INDUSTRIAL (GI3).
2.-
Resolución
de 2 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa a la
candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral en el marco del
proyecto “El estudio de la humillación en su contexto: rechazo social,
conflicto intergrupal, acoso sexual y acoso escolar (HUMICONTEXT)”
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El día 1 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión
de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de
la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo parcial asociado
al Proyecto “El estudio de la humillación en su contexto: rechazo social,
conflicto intergrupal, acoso sexual y acoso escolar (HUMICONTEXT)”, del
Departamento de Psicología Social y de las Organizaciones de la Facultad de
Psicología, del que es investigador principal (IP) el profesor D. Saulo
Fernández Arregui.
Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en el BICI n.º 14, de 15 de enero de
2024, la Comisión acordó la concesión
del contrato a Dña. Silvana Andrea D’Ottone Campana.
Tercera.- La candidata estará obligada a cumplir las normas establecidas en
la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los
requisitos establecidos en la misma.
Cuarta.- Dña. Silvana Andrea D’Ottone Campana deberá incorporarse al centro de
aplicación dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato.
Quinta.- Se entenderá que la candidata seleccionada renuncia al contrato
si no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación
requerida para tramitar el alta del contrato.
Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de
Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la
incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada
Sección.
Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 2 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.
3.-
Resolución
de 5 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al
candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral en el marco del
proyecto “Ecotoxicología molecular y respuesta al multiestrés
en un contexto de cambio climático en invertebrados acuáticos modelo y no
modelo (MIMESIS)”
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El día 2 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión
de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de
la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo asociado
al Proyecto “Ecotoxicología molecular y respuesta al multiestrés
en un contexto de cambio climático en invertebrados acuáticos modelo y no
modelo (MIMESIS)”, del Departamento de Física Matemática y de Fluidos de la
Facultad de Ciencias, del que es investigador principal (IP) el profesor D.
José Luis Martínez Guitarte.
Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en el BICI n.º 14, de 15 de enero de
2024, la Comisión acordó la concesión
del contrato a D. Ignacio López Alonso.
Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en
la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los
requisitos establecidos en la misma.
Cuarta.- D. Ignacio López Alonso
deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores
a la firma del contrato.
Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si
no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida
para tramitar el alta del contrato.
Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de
Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la
incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada
Sección.
Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 5 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.
4.-
Resolución
de 5 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al
candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral en el marco del
proyecto “Finanzas verdes y digitales: apoyando a pymes con herramientas Open-source en su transformación digital y verde”
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El día 2 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión
de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de
la convocatoria de un contrato laboral de duración determinada y a tiempo
completo asociado al Proyecto “Finanzas verdes y digitales: apoyando a pymes
con herramientas Open-source en
su transformación digital y verde”, del Departamento de Matemáticas
Fundamentales de la Facultad de Ciencias, del que es investigador principal
(IP) el profesor D. Carlos Escudero Liébana.
Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en el BICI n.º 14, de 15 de enero de
2024, la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Daniel Costero Valero.
Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en
la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los
requisitos establecidos en la misma.
Cuarta.- D. Daniel Costero Valero
deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores
a la firma del contrato.
Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si
no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida
para tramitar el alta del contrato.
Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de
Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la
incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada
Sección.
Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 5 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.
5.-
Resolución
de 29 de enero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa a la
candidata elegida para la suscripción de un contrato laboral de técnico de
laboratorio en el marco de las Ayudas concedidas para la contratación de
Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden
1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades de la Comunidad de Madrid
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El día 25 de enero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión
de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de
la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo de
técnico de laboratorio, con referencia PEJ-2023-TL/SAL-GL-28281, en el marco de
las ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y
Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de
Madrid, del que será tutor del técnico de laboratorio el profesor D. Ricardo
Pellón Suárez de Puga, del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad
de Psicología.
Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en EURAXESS (https://euraxess.ec.europa.eu/jobs/180416 ), de 21 de diciembre de 2023,
la Comisión acordó la concesión del contrato a Dña. Julia Ruiz Mayas,
designando como suplentes, en orden de puntuación a D. Juan Luis Barros Vallejo
y Dña. Irati Higuera Lozano.
Tercera.- La candidata estará obligada a cumplir las normas establecidas en
la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los
requisitos establecidos en la misma.
Cuarta.- Dña. Julia Ruiz Mayas
deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores
a la firma del contrato.
Quinta.- Se entenderá que la candidata seleccionada renuncia al contrato si
no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida
para tramitar el alta del contrato.
Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de
Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la
incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada
Sección.
Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, a 29 de enero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.
6.-
Resolución
de 29 de enero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al
candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de ayudante de
investigación en el marco de las Ayudas concedidas para la contratación de
Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden
1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades de la Comunidad de Madrid
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El día 25 de enero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión de
Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de la
convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo de ayudante
de investigación, con referencia PEJ-2023-AI/SAL-GL-27502, en el marco de las
ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y Técnicos
de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de
Madrid, del que será tutora del ayudante de investigación la profesora Dña.
Nuria del Olmo Izquierdo, del Departamento de Psicobiología de la Facultad de
Psicología.
Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en EURAXESS (https://euraxess.ec.europa.eu/jobs/180254 ), de 21 de diciembre de 2023,
la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Tamel
Salinas Blasco, designando como suplentes, en orden de puntuación a Dña.
Francesca Bettoni y Dña. Sonia Ramírez Tizón.
Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en
la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los
requisitos establecidos en la misma.
Cuarta.- D. Tamel
Salinas Blasco deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez
días posteriores a la firma del contrato.
Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si
no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida
para tramitar el alta del contrato.
Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de
Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la
incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada
Sección.
Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 29 de enero de 2024. EL RECTOR, P.D. (Resolución 17 de enero de 2023, BOE 30 de enero), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.
7.-
Resolución
de 5 de febrero de 2024, del rector de la UNED, por la que se designa al
candidato elegido para la suscripción de un contrato laboral de ayudante de
investigación en el marco de las Ayudas concedidas para la contratación de
Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden
1711/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades de la Comunidad de Madrid
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
Primera.- El día 1 de febrero de 2024 tuvo lugar la reunión de la Comisión
de Evaluación en la que se valoraron las solicitudes recibidas en el marco de
la convocatoria de un contrato laboral indefinido y a tiempo completo de
ayudante de investigación, con referencia PEJ-2023-AI/SAL-GL-28654, en el marco
de las ayudas concedidas para la contratación de Ayudantes de Investigación y
Técnicos de Laboratorio convocadas por Orden 1711/2023, de 19 de mayo, de la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de
Madrid, del que será tutor del ayudante de investigación el profesor D. Emilio
Ambrosio Flores, del Departamento de Psicobiología de la Facultad de
Psicología.
Segunda.- Con arreglo a los requisitos y criterios de valoración
establecidos en la convocatoria publicada en EURAXESS (https://euraxess.ec.europa.eu/jobs/179916 ), de 21 de diciembre de 2023,
la Comisión acordó la concesión del contrato a D. Carlos Vera Fernández,
designando como suplentes, en orden de puntuación a Dña. Sonia Ramírez Tizón y
a Dña. Francesca Betoni.
Tercera.- El candidato estará obligado a cumplir las normas establecidas en
la convocatoria, quedando el contrato condicionado al cumplimiento de los
requisitos establecidos en la misma.
Cuarta.- D. Carlos Vera Fernández
deberá incorporarse al centro de aplicación dentro de los diez días posteriores
a la firma del contrato.
Quinta.- Se entenderá que el candidato seleccionado renuncia al contrato si
no se incorpora en el plazo señalado o no presenta la documentación requerida
para tramitar el alta del contrato.
Sexta.- La documentación de incorporación se presentará a la Sección de
Gestión de Contratos y Becas de Investigación a través del correo electrónico ayudasfpi@adm.uned.es . Los modelos normalizados de impresos necesarios para la
incorporación del contratado les serán enviados directamente por la mencionada
Sección.
Séptima.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el
rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de
su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación,
Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
Madrid, 5 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.
vicerrectorado de internacionalización y
multilingüismo
8.-
Resolución
del rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, de 7 de febrero
de 2024, por la que se convocan ayudas a la movilidad de personal para impartir
docencia en instituciones extranjeras en el marco del programa Erasmus+ de la
Unión Europea
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
1. INFORMACIÓN
GENERAL
El programa Erasmus+, de educación,
formación, juventud y deporte de la Unión Europea, creado por el Reglamento
(UE) 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, es
un instrumento clave para desarrollar el Espacio Europeo de Educación y
respaldar la cooperación estratégica europea en el campo de la educación y la
formación, con sus correspondientes agendas sectoriales que contempla acciones
de movilidad del personal para impartir docencia.
En este marco, el Rectorado de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) convoca 11 ayudas
financieras para impartir, al menos, ocho horas lectivas en universidades
extranjeras que cumplan con los requisitos de participación del apartado cuarto
de esta convocatoria.
Las ayudas concedidas estarán
financiadas con fondos procedentes de la Unión Europea, a través del convenio
financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la
Educación (SEPIE) e irán con cargo al proyecto 2023-1-ES01-KA131-HED-000121164.
La fecha límite para realizar y
justificar la movilidad finaliza el 28 de febrero de 2025.
2. FINALIDAD
Se pretende fomentar el intercambio de
competencias y experiencias sobre métodos pedagógicos en los Estados miembros
de la UE que participan plenamente en todas las acciones del programa Erasmus+.
Además, de conformidad con el artículo 19 del Reglamento Erasmus+, los terceros
países siguientes tienen la consideración de asociados al Programa:
• Los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que
son a su vez miembros del Espacio Económico Europeo (EEE): Noruega, Islandia y
Liechtenstein;
• Los países adherentes, los países candidatos y los candidatos
potenciales: República de Macedonia del Norte, República de Turquía y República
de Serbia.
Para apoyar
estos objetivos, este Rectorado concederá la financiación para estas estancias
con la finalidad de impartir docencia dentro de un programa de estudios oficial
en la universidad extranjera.
El programa Erasmus+, aspira a promover
la igualdad de oportunidades y acceso, la inclusión, la diversidad y la equidad
en todas sus acciones. Las organizaciones y los participantes con menos
oportunidades son la razón de ser de estos objetivos, y, por ello, el Programa
pone mecanismos y recursos a su disposición.
La ejecución del programa Erasmus+ y,
por tanto, sus beneficiarios y las actividades ejecutadas en el marco del
Programa deben respetar los valores de la UE de respeto de la dignidad humana,
libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos
humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías,
respetando plenamente los valores y derechos consagrados en los Tratados de la
UE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
La Comisión Europea es la responsable
última del desarrollo del programa Erasmus+. La Comisión gestiona el
presupuesto y fija las prioridades, los objetivos y los criterios del Programa
de manera continua. Además, guía y controla la ejecución general, el
seguimiento y la evaluación del Programa a escala europea. Por tanto, la
cumplimentación de los informes requeridos para recibir estas ayudas
financieras, por parte de los beneficiarios de la movilidad Erasmus +, será de
obligado cumplimiento.
3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la convocatoria consiste
en proporcionar a las personas seleccionadas una ayuda económica que contribuya
a los gastos de viaje y de subsistencia. No obstante, esta ayuda no cubre la
totalidad de los gastos.
3.1. La duración máxima financiada será de 5 días lectivos, en los que
se deberán justificar al menos 8 horas de docencia.
3.2. Los seleccionados pueden prolongar su estancia hasta 2 meses, con
el reconocimiento del programa Erasmus+ y contando con el visto bueno de su
superior jerárquico. La financiación máxima para esta estancia será la
establecida en el apartado 3.1.
3.3. No se podrán utilizar estas ayudas para cubrir partidas de gastos
ya financiadas con otros fondos o para realizar actividades docentes e
investigadoras vinculadas a otros programas por lo que se perciba cualquier
otra beca, ayuda, sueldo o salario de la Universidad.
3.4. Las actividades de movilidad para docencia Erasmus+ KA131 están
cofinanciadas por la Comisión Europea, a través del Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE), y por la propia UNED a través del
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.
El importe de la ayuda se desglosa del
siguiente modo:
3.4.1. Contribución para gastos de viaje:
Distancia
de viaje en kilómetros |
En
caso de viaje estándar |
En
caso de viaje ecológico 1 |
Entre
100 y 499 km |
180
€ por participante |
210
€ por participante |
Entre
500 y 1999 km |
275
€ por participante |
320
€ por participante |
Entre
2000 y 2999 km |
360
€ por participante |
410
€ por participante |
Entre
3000 y 3999 km |
530
€ por participante |
610
€ por participante |
Entre
4000 y 7999 km |
820
€ por participante |
|
Entre
8000 o más |
1500
€ por participante |
|
Por
“distancia de viaje” se entenderá la que separe el lugar de origen y aquel en
el que se desarrolle la actividad, mientras el importe cubre la contribución
del viaje de ida y vuelta desde el lugar de la actividad. El cálculo de la
distancia se realiza conforme a la calculadora de distancia de Erasmus +.
Los días concretos en los que se
realizará la actividad se harán constar tanto en el Acuerdo de Movilidad como
en el Certificado de Estancia, (documentos que recibirán los seleccionados en
el correo electrónico facilitado en su solicitud), siendo estos los que se
utilicen para el cálculo de la cuantía financiera a percibir.
1 El
viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas
emisiones en el tramo principal del trayecto, por ejemplo: el autobús, el
ferrocarril o el automóvil compartido. En estos casos se podrán percibir ayudas
superiores a las establecidas para los viajes estándar.
3.4.2. Contribución para los
gastos de la estancia del beneficiario.
Estas cantidades dependerán del país de
destino, según el grupo indicado en el siguiente cuadro:
|
Países
de destino |
Cantidad
a percibir |
Grupo
1 |
Países
de la UE y asociados al programa: Dinamarca,
Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, y Suecia. Países
no asociados al programa de la región 14: Islas
Feroe, Reino Unido, Suiza. |
120
€/día |
Grupo
2 |
Países
de la UE y asociados al programa: Alemania,
Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos y
Portugal. Países
no asociados al programa de la región 13: Andorra,
Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino. |
105
€/día |
Grupo
3 |
Países
de la UE y asociados al programa: Bulgaria,
Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania,
Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía,
Serbia y Turquía. |
90
€/día |
|
Países
no asociados al programa de las regiones 1 a 12(*) |
180
€/día |
* Guía del
Programa Erasmus + 2024:
https://erasmus-plus.ec.europa.eu/es/erasmus-programme-guide .
3.5. Ayudas adicionales para personal con grado de discapacidad
reconocido:
Los participantes que, en función de
una discapacidad específica acreditada, requieran ayudas superiores a las
establecidas en los apartados anteriores, podrán solicitar estas ayudas
adicionales, derivadas de los gastos complementarios directos en que puedan
incurrir durante su período de movilidad. El importe de las ayudas dependerá
del grado de discapacidad del participante, del país de destino, duración de la
estancia y de los gastos complementarios directos previstos. Para acceder a
estas ayudas establecidas en el programa Erasmus+, los participantes deberán
tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual superior al 33 por 100, así como cumplir con
el resto de los criterios de elegibilidad establecidos en el programa
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Para participar en el proceso
selectivo, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
4.1. Pertenecer a la plantilla de personal docente e investigador de
la UNED y encontrarse en activo en el momento de formular la solicitud y
durante la realización de la movilidad.
4.2. El personal investigador contratado al amparo del artículo 22 de
la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
siempre y cuando no superen un número máximo de 80 horas anuales en tareas
docentes relacionadas con su actividad investigadora, y previo acuerdo, en su
caso, con el departamento implicado y la aprobación de la entidad para la que
presta servicios.
4.3. Las universidades de origen y de acogida, deben acordar, con
anterioridad a las estancias docentes, el programa de enseñanza que realizará
el profesor durante su estancia.
4.4. Todos los solicitantes deberán cumplir estos requisitos en el
plazo de presentación de su solicitud y durante todo el periodo de su movilidad
en caso de ser seleccionados.
5. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
5.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, así como en el artículo 2.1.b) del Reglamento de Administración
Electrónica de la UNED (BOE 12/07/17), las personas interesadas deberán
presentar, en todo caso:
a) Una solicitud, con un solo destino,
presentada a través de la sede electrónica de la UNED en la siguiente dirección
web:
https://sede.uned.es/procedimientos/portada/idp/43
b) Programa de enseñanza (según el
Anexo I) que incluya las siguientes firmas:
Del
solicitante.
De el/la
director/a del departamento al que pertenece.
En
caso de Tutores Erasmus +, además, firma del coordinador/a de movilidad en la
Facultad/Escuela de la UNED.
Del
responsable de la institución de destino.
c) Invitación
de la universidad de destino donde se acepta el programa de enseñanza, firmada
y sellada por el responsable de la acogida.
5.2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días
a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en
el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI).
6. CAUSAS DE EXCLUSIÓN
6.1. Si la solicitud no reúne los requisitos documentales establecidos
en la presente convocatoria, se requerirá electrónicamente a la persona
interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición, según lo establecido en el artículo 68.1
de la Ley 39/2015.
6.2. No obstante, lo anterior, serán causas de exclusión definitiva
del proceso selectivo no cumplir los requisitos de participación señalados en
el punto 4.
7. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
7.1. Los candidatos serán seleccionados según el siguiente baremo:
a) Personal docente de la sede central de la UNED que participan en la
coordinación de intercambio de estudiantes (tutores y coordinadores Erasmus+)
durante la convocatoria actual, 2023/2024: 5 puntos.
b) Personal docente de la sede central de la UNED, que tenga firmado
un acuerdo bilateral Erasmus +, que contemple movilidad de estudiantes, durante
los cursos 2022/2023, 203/2024 y 2024/2025: 4 puntos.
c) Personal docente de la sede central de la UNED que esté
participando como Tutor Erasmus+ por primera vez: 3 puntos.
d) Tutores Erasmus + de las Facultades/ETSI de la UNED con mayor
número de estudiantes Erasmus+ (de uno a tres estudiantes: 1 punto; más de tres
estudiantes: 2 puntos).
e) Valoración del Programa de Enseñanza (Anexo I), hasta 2 puntos.
7.2. En el supuesto de que
existan varios participantes con idéntica puntuación, el orden de prelación se
determinará en función de:
a) En primer lugar, de la mayor
puntuación obtenida en el apartado 7.1.a)
b) En segundo lugar, de la mayor
puntuación obtenida en el apartado 7.1.b)
c) En tercer lugar, de la mayor
puntuación obtenida en el apartado 7.1.c)
d) En cuarto lugar, por el mayor número
de estudiantes tutorizados en Erasmus.
e) Por último, si persiste el empate,
se ordenarán por el primer apellido, iniciándose desde la letra “W”, según
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado. Hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año
2024, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W»,
atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado
de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así
sucesivamente.
7.3. El personal docente de la sede central que dese formalizar un
acuerdo bilateral Erasmus + para fomentar la movilidad internacional en su
Facultad/Escuela, podrá impulsarlo a través del responsable de su
Facultad/Escuela (Coordinador/a de movilidad, ver
Anexo II) en coordinación con el área de movilidad a través del siguiente
correo electrónico:
movilidad-economico@adm.uned.es .
7.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará,
en el BICI, la lista provisional de admitidos y excluidos.
7.5. La resolución que resuelva el procedimiento será publicada en el
BICI. Contra esta resolución cabrán los recursos administrativos indicados en
la misma, contándose los plazos a partir del día siguiente a la publicación de
la resolución en el BICI.
7.6. En caso de renuncia de algún aspirante seleccionado, deberá
comunicarse al correo
movilidad-economico@adm.uned.es .
Los candidatos seleccionados dispondrán
de un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la resolución
definitiva, para presentar su renuncia. Si esta se produce transcurrido ese
plazo, se penalizará al candidato en la siguiente convocatoria de movilidad
docente a la que se presente, restándole dos puntos al total obtenido.
Las renuncias que se puedan producir en
el curso 2023/24 por causas de fuerza mayor, no serán penalizadas. De no
justificarse documentalmente dichas causas, se excluirán a los seleccionados en
las dos siguientes convocatorias.
8. DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA MOVILIDAD Y JUSTIFICACIÓN
Una vez publicada la resolución de
adjudicación de las plazas, la Sección de Internacionalización y Cooperación,
remitirá al beneficiario, por correo electrónico, la documentación y el
procedimiento a seguir para la obtención y justificación de la ayuda.
9. COMISIÓN DE
SELECCIÓN
Estará constituida por las siguientes
personas:
Presidente:
Sra. D.ª Laura Alba Juez, vicerrectora
de Internacionalización y Multilingüismo o persona en quien delegue.
Vocales:
Sra. D.ª Patricia Rodríguez Sáez, jefa
de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.
Sra. D.ª Encarnación Valero Ibáñez,
técnica del Área de Movilidad Internacional- Servicio de Internacionalización y
Centros en el Exterior.
Secretaria: Sra. D.ª Mercedes Íñigo
Heras, jefa de Sección de Internacionalización.
10. RECURSOS
Los candidatos, por el hecho de
participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en
la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin
perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de
Selección, se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en
todo lo no previsto en estas bases.
La presente resolución agota la vía
administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien
interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 7 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.
9.-
Resolución
del rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de 7 de febrero
de 2024, por la que se convocan ayudas a la movilidad del personal técnico, de
gestión y de administración y servicios de la UNED, dentro del programa
Erasmus+ de la Unión Europea
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
1. INFORMACIÓN
GENERAL
El programa Erasmus+, de educación,
formación, juventud y deporte de la Unión Europea, creado por el Reglamento
(UE) 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, es
un instrumento clave para desarrollar el Espacio Europeo de Educación y
respaldar la cooperación estratégica europea en el campo de la educación y la
formación, con sus correspondientes agendas sectoriales que contempla acciones
de movilidad del personal para impartir docencia.
En este marco, el rectorado de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) convoca 7 ayudas
financieras para realizar estancias de formación destinadas al Personal de
Administración y Servicios.
Las ayudas concedidas estarán
financiadas con fondos procedentes de la Unión Europea, a través del convenio
financiero firmado con el Servicio Español para la Internacionalización de la
Educación (SEPIE) e irán con cargo al proyecto 2023-1-ES01-KA131-HED-000121164.
La fecha límite para realizar y
justificar la movilidad finaliza el 28 de febrero de 2025.
2. FINALIDAD
2.1. La presente convocatoria pretende fomentar las estancias de corta
duración, con fines de formación, del Personal de Administración y Servicios de
la UNED, para fomentar el intercambio de competencias y experiencias en los
Estados miembros de la UE que participan plenamente en todas las acciones del
programa Erasmus+.
Además, de conformidad con el artículo
19 del Reglamento Erasmus+, los terceros países siguientes tienen la
consideración de asociados al Programa:
• Los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que
son a su vez miembros del Espacio Económico Europeo (EEE): Noruega, Islandia y
Liechtenstein;
• Los países adherentes, los países candidatos y los candidatos
potenciales: República de Macedonia del Norte, República de Turquía y República
de Serbia.
En esta
convocatoria quedan excluidos los cursos de idiomas. El objetivo es que los
beneficiarios aprendan de las experiencias y buenas prácticas de la institución
de destino difundiéndolas dentro de nuestra universidad cuando sean
susceptibles de aplicarse.
El programa Erasmus+, aspira a promover
la igualdad de oportunidades y acceso, la inclusión, la diversidad y la equidad
en todas sus acciones. Las organizaciones y los participantes con menos
oportunidades son la razón de ser de estos objetivos, y, por ello, el Programa
pone mecanismos y recursos a su disposición.
La ejecución del programa Erasmus+ y,
por tanto, sus beneficiarios y las actividades ejecutadas en el marco del
Programa deben respetar los valores de la UE de respeto de la dignidad humana,
libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos
humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías,
respetando plenamente los valores y derechos consagrados en los Tratados de la
UE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
La Comisión Europea es la responsable
última del desarrollo del programa Erasmus+. La Comisión gestiona el
presupuesto y fija las prioridades, los objetivos y los criterios del Programa
de manera continua. Además, guía y controla la ejecución general, el
seguimiento y la evaluación del Programa a escala europea. Por tanto, la
cumplimentación de los informes requeridos para recibir estas ayudas
financieras, por parte de los beneficiarios de la movilidad Erasmus +, será de
obligado cumplimiento.
2.2. Se trata de una formación para un mejor desempeño del puesto de
trabajo y, como tal, será reconocida por la UNED.
3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
3.1. El objeto de la convocatoria consiste en proporcionar a las
personas seleccionadas una ayuda económica que contribuya a financiar los
gastos derivados de viaje y estancia. La duración máxima financiada será de 5
días lectivos.
3.2. No se podrán utilizar estas ayudas para cubrir partidas de gastos
ya financiadas con otros fondos o para realizar actividades docentes e
investigadoras vinculadas a otros programas por lo que se perciba cualquier
otra beca, ayuda, sueldo o salario de la universidad.
3.3. Las actividades de movilidad para el personal técnico, de gestión
y de administración y servicios en Erasmus+ KA131 están cofinanciadas por la
Comisión Europea, a través del Servicio Español para la Internacionalización de
la Educación (SEPIE) y por la UNED. El importe de la ayuda se desglosa del
siguiente modo:
3.4. El importe de la ayuda se desglosa del siguiente modo:
3.4.1. Los gastos de viaje, basados en la distancia entre su lugar de
trabajo y el lugar donde se desarrolle la actividad, según el siguiente cuadro:
Distancia
de viaje en kilómetros |
En
caso de viaje estándar |
En
caso de viaje ecológico 1 |
Entre
100 y 499 km |
180
€ por participante |
210
€ por participante |
Entre
500 y 1999 km |
275
€ por participante |
320
€ por participante |
Entre
2000 y 2999 km |
360
€ por participante |
410
€ por participante |
Entre
3000 y 3999 km |
530
€ por participante |
610
€ por participante |
Entre
4000 y 7999 km |
820
€ por participante |
|
Entre
8000 o más |
1500
€ por participante |
|
Por “distancia de viaje” se entenderá
la que separe el lugar de origen y aquel en el que se desarrolle la actividad,
mientras el importe cubre la contribución del viaje de ida y vuelta desde el
lugar de la actividad. El cálculo de la distancia se realiza conforme a la
calculadora de distancia de Erasmus +.
Los días concretos en los que se
realizará la actividad se harán constar tanto en el Acuerdo de Movilidad como
en el Certificado de Estancia. Estos documentos los recibirán los seleccionados
en el correo electrónico facilitado en su solicitud. El cálculo de la cuantía
financiera a percibir se realizará conforme a lo establecido en los mismos.
1. El viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de
transporte con bajas emisiones en el tramo principal del trayecto, por ejemplo:
el autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido. En estos casos se podrán
percibir ayudas superiores a las establecidas para los viajes estándar.
3.4.2. Las
cantidades a percibir para contribuir a los gastos de la estancia del
beneficiario dependerán del país de destino, según el grupo indicado en el
siguiente cuadro:
|
Países
de destino |
Cantidad
a percibir |
Grupo
1 |
Países
de la UE y asociados al programa: Dinamarca,
Finlandia, Irlanda, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, y Suecia. Países
no asociados al programa de la región 14: Islas
Feroe, Reino Unido, Suiza. |
120
€/día |
Grupo
2 |
Países
de la UE y asociados al programa: Alemania,
Austria, Bélgica, Chipre, Francia, Grecia, Italia, Malta, Países Bajos y
Portugal. Países
no asociados al programa de la región 13: Andorra,
Estado de la Ciudad del Vaticano, Mónaco, San Marino. |
105
€/día |
Grupo
3 |
Países
de la UE y asociados al programa: Bulgaria,
Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania,
Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía,
Serbia y Turquía. |
90
€/día |
|
Países
no asociados al programa de las regiones 1 a 12(*) |
180
€/día |
3.5. Ayudas Adicionales para
personal con grado de discapacidad reconocido:
Los participantes que, en función de
una discapacidad específica acreditada, requieran ayudas superiores a las
establecidas en los apartados anteriores, podrán solicitar estas ayudas
adicionales, derivadas de los gastos complementarios directos en que puedan
incurrir durante su período de movilidad. El importe de las ayudas dependerá
del grado de discapacidad del participante, del país de destino, duración de la
estancia y de los gastos complementarios directos previstos. Para acceder a
estas ayudas establecidas en el programa Erasmus+, los participantes deberán
tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o
superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los criterios de
elegibilidad establecidos en el programa.
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
4.1. Para participar en el proceso selectivo, los solicitantes deben
ser personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la sede
central de la UNED y encontrarse en activo en el momento de formular la
solicitud y durante la realización de la movilidad.
4.2. Todos los méritos alegados deberán cumplirse antes del fin del
plazo de presentación de solicitudes, incluida la aceptación de la eventual
movilidad por parte de la institución de destino.
5. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
5.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como en el artículo 2.1.b) del Reglamento de Administración Electrónica de
la UNED (BOE 12/07/17), las personas interesadas deberán presentar, en todo
caso:
a) Una solicitud, con un solo destino,
presentada a través de la sede electrónica de la UNED en la siguiente dirección
web: https://sede.uned.es/procedimientos/index/categoria/8 .
b)
Anexo
I, que refleje la actividad formativa a
desarrollar, firmado por la persona solicitante, autorizado por el superior
jerárquico y aprobado por la institución de destino. Aquí se incluirán tanto
los programas de cursos de formación, con un calendario fijo, como las visitas
institucionales, en cuyo caso el solicitante deberá aportar la invitación de la
institución de destino con el programa de actividades previstas.
c)
Anexo
II. Memoria explicativa
5.2. Los participantes también
podrán justificar el conocimiento de idiomas, en cuyo caso lo adjuntarán
también electrónicamente.
5.3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días
a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en
el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI).
6. CAUSAS DE EXCLUSIÓN
6.1. Si la solicitud no reúne los requisitos documentales establecidos
en la presente convocatoria, se requerirá electrónicamente a la persona
interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
tendrá por desistido de su petición, según lo establecido en el artículo 68.1
de la Ley 39/2015.
6.2. No obstante lo establecido en el
apartado anterior, serán causas de exclusión definitiva del proceso selectivo
no cumplir los requisitos de participación señalados en el punto 4.
7. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
7.1. Serán seleccionadas/os las/os 7 primeras/os solicitantes que
obtengan la mayor puntuación según el siguiente baremo:
a) Adecuación del puesto de trabajo en
la UNED a la actividad a desarrollar en la institución de destino: máximo 4
puntos.
b) Conocimiento del idioma de trabajo
para la actividad a desarrollar en la institución de destino o del idioma
inglés, mediante justificación documental (marco común europeo de referencia):
máximo 3 puntos. En el caso de un B1: 2 puntos; B2: 2.5 puntos; C1 o superior:
3 puntos.
c) Que la actividad a desarrollar
contribuya a fomentar y fortalecer las relaciones entre la UNED y la
institución de destino. Para la valoración de este apartado, la persona
solicitante deberá aportar una memoria explicativa: máximo 1 punto.
d) No haber sido beneficiario en las
dos últimas convocatorias de estas ayudas: 3 puntos.
7.2. En el supuesto de que
existan varios participantes con idéntica puntuación, el orden de prelación se
determinará en función de:
a) En primer lugar, de la mayor
puntuación obtenida en el apartado 7.1.a)
b) En segundo lugar, de la mayor
puntuación obtenida en el apartado 7.1.b)
c) En tercer lugar, de la mayor
puntuación obtenida en el apartado 7.1.c)
d) Por último, si persiste el empate,
se ordenarán por el primer apellido, iniciándose desde la letra “W”, según
Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
Estado. Hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año
2024, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W»,
atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado
de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así
sucesivamente.
7.3. Finalizado el plazo de
presentación de solicitudes, se publicará, en el BICI, la lista provisional de
admitidos y excluidos.
7.4. La resolución que resuelva el procedimiento será publicada en el
BICI. Contra esta resolución cabrán los recursos administrativos indicados en
la misma, contándose los plazos a partir del día siguiente a la publicación de
la resolución en el BICI.
En caso de renuncia de algún aspirante
seleccionado, deberá comunicarse al correo electrónico
movilidad-economico@adm.uned.es .
Los candidatos seleccionados dispondrán
de un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la resolución
definitiva, para presentar su renuncia. Si esta se produce transcurrido ese
plazo, se penalizará al candidato en la siguiente convocatoria de movilidad
Erasmus + a la que se presente, restándole dos puntos al total obtenido.
Las renuncias que se puedan producir en
el curso 2023/24 por causas de fuerza mayor, no serán penalizadas. De no
justificarse documentalmente dichas causas, se excluirán a los seleccionados en
las dos siguientes convocatorias.
8. DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA MOVILIDAD Y JUSTIFICACIÓN
Una vez publicada la resolución de
adjudicación de las plazas, la Sección de Internacionalización, remitirá al
beneficiario, por correo electrónico, la documentación y el procedimiento a
seguir para la obtención y justificación de la ayuda.
9. PERÍODO PARA REALIZAR LA MOVILIDAD
Los seleccionados podrán realizar y
justificar su movilidad hasta el 28 de febrero de 2025.
10. COMISIÓN DE SELECCIÓN
Estará constituida por las siguientes
personas:
Presidente:
Sra. D.ª Laura Alba Juez, vicerrectora
de Internacionalización o persona en quien delegue. Vocales:
Sra. D.ª Patricia Rodríguez Sáez, jefa
de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior
Sra. D.ª Encarnación Valero Ibáñez,
técnica del Área de Movilidad Internacional- Servicio de Internacionalización y
Centros en el Exterior.
Secretaria:
Sra. D.ª Mercedes Íñigo Heras, jefa de
Sección de Internacionalización.
11. RECURSOS
La presente resolución agota la vía
administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o
bien interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso Administrativo de Madrid,
de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 7 de febrero de 2024. EL RECTOR, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.
vicerrectorado de innovación educativa
10.-
Novedades
Editoriales
Sección de Difusión y Distribución
COLECCIÓN TEMÁTICA
ARTE Y HUMANIDADES
0101094CT01A01
EL INTRINCADO CAMINO DEL PSOE HACIA EL
PODER (1979-1982)
MARÍN ARCE, José María.
P.V.P.: 30,00 €.
También en formato PDF.
11.- Resolución
de 7 de febrero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
por la que se corrigen errores a la Resolución de fecha 25 de enero, por la que
se procede a la convocatoria para la contratación laboral de un/a director/a de
Seguridad y Servicios y se amplía el plazo de presentación de solicitudes
Sección PAS Laboral
Advertidos errores en el texto
remitido, publicado en el BICI número 17, de fecha 5 de febrero de 2023, se
transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el apartado segundo de la
resolución, donde dice:
“En el momento de presentar la
solicitud, los/las candidatos/as deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad: encontrarse en alguna
de las situaciones siguientes:
• Tener la nacionalidad española.
• Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea.
• Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y
de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
• Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
• Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores
se encuentren con residencia legal en España.
2. Edad:
tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
3. Capacidad: poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas.
4. Habilitación: no haber sido
separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos, el acceso al empleo público.
5. Titulación: ostentar titulación
universitaria de grado superior o título equivalente.”
Debe decir:
“En el momento de presentar la
solicitud, los/las candidatos/as deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad: encontrarse en alguna
de las situaciones siguientes:
• Tener la nacionalidad española.
• Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea.
• Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y
de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
• Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
• Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores
se encuentren con residencia legal en España.
2. Edad:
tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
3. Capacidad: poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas.
4. Habilitación: no haber sido
separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos, el acceso al empleo público.”
En el apartado tercero de la
resolución, donde dice:
“Bajo la dependencia orgánica y
funcional de la Gerencia, el Director/a de seguridad y servicios de la UNED
tendrá asignadas las siguientes funciones y responsabilidades, que desarrollará
con iniciativa, autonomía, responsabilidad y con plena disponibilidad,
incluidos festivos en caso de urgencia y cuando se precise:
- Coordinación de la Seguridad de la
UNED con los Departamentos de Seguridad de otras administraciones y organismos
intervinientes en actos institucionales con asistencia de personalidades de
especial relevancia.
- Coordinación con la unidad de
Protocolo de la UNED para la seguridad y la operativa de los actos
institucionales.
- Atención a las diversas necesidades
logísticas en los actos institucionales con asistencia de personalidades de
especial relevancia: Casa Real, Presidencia de Gobierno, Ministerios, etc.
- Supervisión y actualización, si
procede, de los protocolos de actuación relativos a la seguridad de la
UNED.
- Coordinación de los servicios que
intervengan en las organizaciones de reuniones y eventos de la Universidad.
- Presentación y atención de denuncias
ante las Autoridades pertinentes, en nombre de la UNED, sobre infracciones o
delitos cometidos en las instalaciones de la UNED.
- Respuesta a los requerimientos, en
materia de seguridad, realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.
- Control, atención y acompañamiento a
empresas externas en todas las actuaciones para las que sean contratadas cuando
se realicen fuera de la jornada laboral, fines de semana, festivos o durante
los periodos de cierre de la Universidad.
- Participación en las actuaciones
propuestas por el Consorcio de la Ciudad Universitaria en materia de seguridad
y servicios.
- Traslado y custodia de bienes y
dinero efectivo.
- Coordinación de seguridad de los
centros de la UNED para actos con elevado número de asistentes (como, por
ejemplo: graduaciones).
- Coordinación de entradas a los
edificios fuera del horario del servicio de vigilancia.
- Asistencia a la Gerencia, y
singularmente a la Vicegerencia de Gestión Económica, Infraestructuras y
Servicios Generales, en todas las competencias asumidas sobre servicios
generales de la Universidad.
- Asistencia técnica a la Gerencia, así
como la coordinación y el seguimiento del servicio de seguridad prestado por la
entidad que resulte adjudicataria del mismo.”
Debe decir:
- Coordinación de la Seguridad de la
UNED con los Departamentos de Seguridad de otras administraciones y organismos
intervinientes en actos institucionales con asistencia de personalidades de
especial relevancia.
- Coordinación con la unidad de
Protocolo de la UNED para la seguridad y la operativa de los actos
institucionales en relación con las empresas externas afectadas.
- Atención a las diversas necesidades
logísticas en los actos institucionales con asistencia de personalidades de
especial relevancia: Casa Real, Presidencia de Gobierno, Ministerios, etc.
- Supervisión y actualización, si
procede, de los protocolos de actuación relativos a la seguridad de la UNED.
- Coordinación de los servicios que
intervengan en las organizaciones de reuniones y eventos de la Universidad,
atendiendo preferentemente a la seguridad.
- Presentación y atención de denuncias
ante las Autoridades pertinentes, en nombre de la UNED, sobre infracciones o
delitos cometidos en las instalaciones de la UNED.
- Respuesta a los requerimientos, en
materia de seguridad, realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado.
- Control, atención y acompañamiento a
empresas externas en todas las actuaciones para las que sean contratadas cuando
se realicen fuera de la jornada laboral, fines de semana, festivos o durante
los periodos de cierre de la Universidad.
- Participación en las actuaciones
propuestas por el Consorcio de la Ciudad Universitaria en materia de seguridad
y servicios.
- Traslado y custodia de bienes y
dinero efectivo.
- Coordinación de seguridad de los
centros de la UNED para actos con elevado número de asistentes (como, por
ejemplo: graduaciones).
- Coordinación de entradas a los
edificios fuera del horario del servicio de vigilancia.
- Asistencia a la Gerencia, y
singularmente a la Vicegerencia de Gestión Económica, Infraestructuras y
Servicios Generales, en todas las competencias asumidas sobre servicios
generales de la Universidad, atendiendo especialmente a las necesidades que se requieran
por parte de las empresas externas.
- Asistencia técnica a la Gerencia, así
como la coordinación y el seguimiento del servicio de seguridad prestado por la
entidad que resulte adjudicataria del mismo.”
Se amplía el plazo de presentación de
solicitudes de participación, comenzando a computar de nuevo el plazo de días
naturales a que se refiere el apartado quinto, a partir del día siguiente al de
la fecha de publicación de esta corrección en el BICI, conservándose las
solicitudes presentadas hasta dicha fecha.
Madrid, 7 de febrero de 2023, EL RECTOR, P.D. (Resol. 17/01/2023, BOE de 30 de enero), EL GERENTE, Álvaro Martín Herrera.
SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS
12.-
Comunicado
para los estudiantes del Grado en Lengua y Literatura Españolas
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes del Grado
en Lengua y Literatura Españolas que ha habido modificaciones en los equipos
docentes de las siguientes asignaturas, quedando su composición de la siguiente
forma:
• Teatro español desde los orígenes hasta el siglo XVII (Cód. 6401216-).
D. Enrique Jerez Cabrero (ejerez@flog.uned.es ) (coordinador de asignatura).
D.ª Ana Peñas Ruiz (apenas@flog.uned.es ).
D. Santiago Díaz Lage (sdiaz@flog.uned.es ).
• Literatura española de los siglos XX y
XXI: desde 1939 (Cód. 64013075).
D.ª Ana Peñas Ruiz (apenas@flog.uned.es ) (coordinadora de asignatura).
D.ª María del Rocío Ortuño Casanova
(rocio.ortuno@flog.uned.es ).
• Literatura española del Barroco (Cód.
64011171).
D.ª Nieves Baranda Leturio
(nbaranda@flog.uned.es ) (coordinadora de asignatura).
D.ª María del Rocío Ortuño Casanova
(rocio.ortuno@flog.uned.es ).
D.ª Laura Hernández Lorenzo
(laura.hernandez@flog.uned.es ).
D. Jaime José Martínez Martín (jjmartinez@flog.uned.es ).
FACULTAD DE
CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA
13.-
Comunicado
para los estudiantes de la asignatura “Actores y Proceso Político” (Cód.
69011129), del Grado en Ciencia Política y de la Administración
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura “Actores y Proceso Político” (Cód. 69011129), del Grado en Ciencia
Política y de la Administración, la siguiente modificación en la guía de la
asignatura:
En el apartado “Contenidos”, tema 6, donde dice:
Martínez, R. (2016). “Sistemas de
gobierno, interacción entre poderes legislativo y ejecutivo, en Barreda”, M. y
Ruiz, L. M. (eds.), El análisis de la política. Enfoques y herramientas de la
ciencia política, Barcelona: Huygens, pp: 179-198.
Debe decir:
Coller, Xavier (2024), “La teatralización de la política en España”,
Madrid: Catarata, pp. 17-26, 35-59.
El texto está disponible en la plataforma Ágora.
escuela técnica
superior de ingenieros industriales
14.-
Comunicado
para los estudiantes de la asignatura “Introducción a las Fuentes de Energía
Renovables” (Cód. 68053019), del Grado en Ingeniería de la Energía.
Incorporación de la profesora D.ª María José Montes Pita al equipo docente de
la asignatura
E.T.S.I.I.
Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Introducción a las Fuentes de Energía Renovables” (Cód. 68053019), del Grado en Ingeniería de la Energía, la incorporación de la profesora D.ª María José Montes Pita al equipo docente de la asignatura.
ESCUELA
INTERNACIONAL DE DOCTORADO
15.-
Depósito
de Tesis Doctorales
Gestión de Doctorado III
En cumplimiento de la normativa vigente
en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa
a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas
en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado
desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado,
cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo:
admescueladoctorado@adm.uned.es el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento
durante un período de 48 horas, y en su caso,
dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones
y observaciones que estime oportuno formular:
AUTOR: D. JAVIER
FERNÁNDEZ RINCÓN.
TESIS: “EL MOVIMIENTO COMUNISTA (MC): ORGANIZACIÓN Y
ESTRATEGIA REVOLUCIONARIA (1972-1991)”.
DIRECTORA: D.ª ROSA MARÍA PARDO SANZ.
PROGRAMA: “HISTORIA E HISTORIA DEL ARTE Y TERRITORIO”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 01/febrero/2024.
FIN DEPÓSITO: 21/febrero/2024.
AUTOR: D. ANTONIO SERRANO PEÑA
TESIS: “CABRA. FORMACIÓN Y EXTINCIÓN DE UN
SEÑORÍO NOBILIARIO”.
DIRECTORA: D.ª REMEDIOS MORÁN MARTÍN.
PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 01/febrero/2024.
FIN DEPÓSITO: 21/febrero/2024.
AUTORA: D.ª LETICIA ADELAIDA JIMÉNEZ JIMÉNEZ.
TESIS: “OPORTUNIDAD EN EL PRINCIPIO DE
CULPABILIDAD”.
DIRECTORES: D. JACOBO BARJA DE QUIROGA Y D.ª SONIA CALAZA LÓPEZ.
PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 01/febrero/2024.
FIN DEPÓSITO: 21/febrero/2024.
AUTOR: D. JOAQUÍN JIMÉNEZ SANTOS.
TESIS: “DE LA CORRUPCIÓN EN LA ANTIGUA ROMA
A LAS ACTUALES FORMAS DE CORRUPCIÓN. UNA REFLEXIÓN PARTICULAR SOBRE EL BLANQUEO
DE CAPITALES”.
DIRECTORES: D.ª ANA ROSA MARTÍN MINGUIJÓN Y D. FERNANDO REINOSO
MARTÍNEZ.
PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 02/febrero/2024.
FIN DEPÓSITO: 22/febrero/2024.
AUTOR: D. JUAN VICENTE CASTELLANOS QUINTANA.
TESIS: “ESTUDIO SOCIOLÓGICO SOBRE EL
TELETRABAJO EN LA ESPAÑA TRAS LA PANDEMIA”.
DIRECTORES: D.ª MARIA DEL ROSARIO SANCHEZ MORALES Y D. ALBERTO
VEIRA RAMOS.
PROGRAMA: “ANÁLISIS DE PROBLEMAS SOCIALES”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 05/febrero/2024.
FIN DEPÓSITO: 23/febrero/2024.
AUTOR: D. SECUNDINO ÁVILA GUZMÁN.
TESIS: “LA COMPROBACIÓN EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA”.
DIRECTORES: D. PEDRO MANUEL HERRERA MOLINA Y D. ISIDORO MARTÍN
DÉGANO.
PROGRAMA: “DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 05/febrero/2024.
FIN DEPÓSITO: 23/febrero/2024.
La información de las tesis doctorales
que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de
doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan
las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente
dirección electrónica:
https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html
SECCIÓN III. VARIOS
16.- Reseñas del Boletín Oficial del Estado
BICI
UNIVERSIDADES
Días inhábiles.
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, referente a la declaración de días inhábiles a efectos de cómputo de
plazos en procedimientos administrativos.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2029.pdf
BOE 02/02/2024
Encomienda de
gestión. Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de
gestión a la Fundación UNED, para la gestión material de acciones formativas.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2030.pdf
BOE 02/02/2024
Resolución de 23 de
enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que
se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la
gestión material del curso de Experto universitario en ciberseguridad.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2031.pdf
BOE 02/02/2024
Resolución de 23 de
enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que
se publica la Adenda de modificación del Acuerdo de encomienda de gestión a la
Fundación UNED, para la gestión material de los cursos que integran la convocatoria
de Formación Permanente y CUID.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/02/pdfs/BOE-A-2024-2032.pdf
BOE 02/02/2024
Personal de
administración y servicios. Resolución de 25 de enero de 2024, de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas
selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza
de personal laboral, Grupo III, Nivel B.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2171.pdf
BOE 05/02/2024
Encomienda de
gestión. Resolución de 23 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de
gestión a la Fundación UNED, para la gestión material del proyecto formativo
Competencias digitales para profesionales del mundo cultural y creativo.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2187.pdf
BOE 05/02/2024
Resolución de 23 de
enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que
se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la
gestión de la dirección del coro.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2188.pdf
BOE 05/02/2024
Resolución de 23 de
enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que
se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la
gestión material del proyecto de Tecnologías aplicadas al patrimonio cultural.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/05/pdfs/BOE-A-2024-2189.pdf
BOE 05/02/2024
UNIVERSIDADES
Anuncio de
licitación de: Consorcio Universitario del Centro Asociado a la UNED de
Tortosa: Mejora de la accesibilidad y evacuación en edificio docente existente.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/06/pdfs/BOE-B-2024-3976.pdf
BOE 07/02/2024
Anuncio de la
Facultad de Educación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sobre
extravío de título universitario.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/07/pdfs/BOE-B-2024-4152.pdf
BOE 07/02/2024
Personal docente e
investigador. Resolución de 30 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se corrigen errores en la de 14 de diciembre
de 2023, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Profesor Permanente
Laboral.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/08/pdfs/BOE-A-2024-2355.pdf
BOE 08/02/2024
Delegación de
competencias. Resolución de 17 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, por la que se delegan competencias.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/09/pdfs/BOE-A-2024-2471.pdf
BOE 09/02/2024
17.-
Boletín
de Programación de UNED MEDIA & INTECCA
Sección de producción de Medios
Audiovisuales
UNED
MEDIA
Para obtener más información, consultar
programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:
https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html
CADENA CAMPUS
(INTECCA)
Puede
encontrar toda la información en:
https://www.intecca.uned.es/portal/inicio
Para más información sobre la
programación del CEMAV, ponerse en contacto con
el Negociado del Centro de Diseño y Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV) negociado.cemav@adm.uned.es (solo temas audiovisuales).
Para más información sobre la
programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es/ o enviar mensaje a
info@intecca.uned.es (solo temas audiovisuales).
Contactar con la UNED para temas
generales: