SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES

rectorado

1.-     Ceses

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª MARÍA JOSEFA BAUTISTA-CERRO RUIZ, a petición propia, como Vicedecana de Ordenación Académica, Sostenibilidad y Calidad y Vicedecana Primera de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. DIEGO ARDURA MARTÍNEZ, a petición propia, como Secretario de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JAVIER MORENTÍN ENCINA, por cumplimiento de mandato del Decano que lo designo, como Secretario Adjunto de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 10 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª MACARENA DONOSO GONZÁLEZ, a petición propia, como Vicedecana de Docencia, Innovación y Estudiantes de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª KIRA MAHAMUD ANGULO, a petición propia, como Vicedecana de Prácticas de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ, a petición propia, como Vicedecano de Investigación, Internacionalización y Postgrados de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. GUILLERMO FERNANDO ARQUERO CABALLERO, a petición propia, como Secretario Adjunto de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª SILVIA SÁNCHEZ CALDERÓN, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Secretaria Adjunta de la Facultad de Filología para el Grado en Estudios Ingleses: Lengua, Literatura y Cultura de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª BLANCA PAZ ARTEAGA MARTÍNEZ, a petición propia, como Coordinadora del Título de Grado en Educación Infantil de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª PATRICIA MATA BENITO, a petición propia, como Coordinadora del Título de Grado en Pedagogía de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. MARCOS ROMÁN GONZÁLEZ, a petición propia, como Coordinador de Comunicación, Virtualización y Tecnologías de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª ADRIANA NOEMÍ KICZKOWSKI YANKELEVICH, a petición propia, como Coordinadora de Microtítulos de la Facultad de Filología de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JAIME ARTURO DE LA TORRE RODRÍGUEZ, a petición propia, como Coordinador del Máster Universitario en “Física Avanzada” de esta Universidad, con efectos de 1 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. PEDRO CÓRDOBA TORRES, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Secretario del Máster Universitario en “Física Avanzada” de esta Universidad, con efectos de 1 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª MARÍA JESÚS FUNES RIVAS, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Subdirectora del Departamento de Sociología III (Tendencias Sociales) de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JOSÉ ANTONIO DÍAZ MARTÍNEZ, por cumplimiento de mandato, como Director del Departamento de Sociología III (Tendencias Sociales) de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª RAQUEL FERRÁNDEZ FORMOSO, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Secretaria del Máster Universitario en “Filosofía Teórica y Práctica” de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

2.-     Nombramientos

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Vicedecano de Estudiantes y Calidad y Vicedecano Primero de la citada Facultad a D. JOSÉ MANUEL SÁEZ LÓPEZ, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Vicedecano de Ordenación Académica y Relaciones Institucionales de la citada Facultad a D. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SERRANO, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Vicedecana de Postgrados, Investigación e Internacionalización de la citada Facultad a D.ª BEATRIZ ÁLVAREZ GONZÁLEZ, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Vicedecana de Prácticas de la citada Facultad a D.ª ANA MARÍA MARTÍN CUADRADO, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Secretaria de la citada Facultad a D.ª MARÍA LIDIA LOSADA VICENTE, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Secretario Adjunto de la citada Facultad a D. RAFAEL FERMÍN SÁNCHEZ BAREA, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Educación, vengo en nombrar Secretaria Adjunta de la citada Facultad a D.ª CLAUDIA DE BARROS CAMARGO, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Filología de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria Adjunta de la citada Facultad a D.ª SORAYA ALMANSA IBÁÑEZ, con efectos de 16 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Filología, vengo en nombrar a D.ª SILVIA SÁNCHEZ CALDERÓN, Coordinadora de Microtítulos de la Facultad de Filología, con efectos de 16 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, vengo en nombrar Coordinador del Máster Universitario en “Física Avanzada” a D. PEDRO CÓRDOBA TORRES, cargo asimilado académicamente a Director de Departamento y a efectos económicos a Director de Instituto Universitario de Investigación, con efectos de 2 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria del Máster Universitario en “Física Avanzada” a D.ª EVA MARÍA FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, cargo asimilado académicamente a Secretaria de Departamento y a efectos económicos a Coordinadora del Curso de Orientación Universitaria, con efectos 2 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en nombrar Directora del Departamento de Sociología III (Tendencias Sociales) de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de esta Universidad a D.ª MARÍA JESÚS FUNES RIVAS, con efectos 16 de enero de 2024.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.


En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta de la Sra. Decana de la Facultad de Filosofía de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria del Máster Universitario en “Filosofía Teórica y Práctica” a D.ª CLAUDIA PICAZO JAQUE, cargo asimilado académicamente a Secretaria de Departamento y a efectos económicos a Coordinadora del Curso de Orientación Universitaria, con efectos 16 de enero de 2024.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón. 

 

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VICERRECTORADO de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

3.-     Convocatoria de un contrato laboral para el proyecto de investigación “Adaptación del sistema arText al catalán”

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Dentro del Proyecto “Adaptación del sistema arText al catalán”, con referencia 9015-642605/2023, del que es investigadora principal (IP) la profesora D.ª Iria da Cunha Fanego, del Departamento de Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas de la Facultad de Filología, se convoca un contrato laboral para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la convocatoria, bajo las siguientes cláusulas:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria tiene por objeto la contratación de una persona con titulación superior a tiempo completo para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto “Adaptación del sistema arText al catalán”:

Adaptación del software arText (front-end y back-end) para soportar la lengua catalana.

Mejoras, actualizaciones y mantenimiento del software.

Redacción de documentación técnica del software.

2.- DESTINATARIOS

Graduado o ingeniero en alguna ingeniería de carácter técnico. Se valorará disponer de una titulación oficial superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto y, especialmente, tener conocimientos y experiencia en el sector tecnológico, en gestión técnica de proyectos, administración de aplicaciones y servidores, administración de redes y seguridad, así como conocimientos de lengua catalana.

3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:

Poseer la nacionalidad española, o tener permiso de residencia y trabajo en España.

Estar en posesión de la titulación de graduado o ingeniero en alguna ingeniería de carácter técnico.

3.2. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar homologadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO

4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del proyecto se realizará por medio de un contrato laboral entre el candidato seleccionado y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre y demás disposiciones legales que resulten de aplicación.

4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del proyecto de investigación que lo sustenta, cuya finalización está prevista el 31/12/2024 y a la existencia de crédito suficiente. 

En todo caso, las causas de la extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del presente contrato de trabajo.

4.3. El lugar de trabajo será la Facultad de Filología de la UNED (Paseo Senda del Rey, n.º 7, Madrid), con posibilidad de realizar el trabajo en remoto.

4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.

4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá una dotación económica íntegra mensual de 3.333 euros para toda la vigencia del contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).

4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los interesados a la plantilla de la UNED.

5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

5.1. Los impresos de solicitud se publican como Anexo a la presente convocatoria y deberán entregarse junto con los siguientes documentos:

- Copia electrónica del DNI, NIE o pasaporte en vigor.

- Copia electrónica de la certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico del candidato.

- Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia formativa y laboral.

5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la presente convocatoria.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro electrónico de la AGE:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES

6.1. La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona en la que esta delegue; el investigador principal del proyecto al que se adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la Jefa del Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los siguientes criterios:

6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:

Título superior oficial en áreas de conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: alguna ingeniería técnica (hasta 10 %).

Formación y experiencia demostrable en el sector tecnológico, en gestión técnica de proyectos, administración de aplicaciones y servidores, administración de redes y seguridad (hasta 30 %).

Conocimientos demostrables de lengua catalana (hasta 20 %).

Otros méritos, como el manejo de diferentes lenguajes de programación y bases de datos (hasta 10 %).

6.2.2. Beneficios científicos y técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.

7.- RECURSOS

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación.

Madrid, 12 de enero de 2024. EL RECTOR, PD Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa María Martín Aranda.

ANEXO: Impreso de solicitud.

 

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4.-     Resolución de 16 de enero de 2024, del rector de la UNED, por la que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora de sus profesores contratados por parte de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora

Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica

Con objeto de permitir a los profesores contratados de la UNED someter su actividad investigadora al proceso de evaluación previsto en el apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, resulta necesario fijar el plazo y el procedimiento para la presentación de solicitudes ante la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).

Por este motivo, la UNED y la ANECA formalizaron el 20 de diciembre de 2021 una encomienda de gestión por convenio mediante el cual la UNED encarga a ANECA la evaluación por la CNEAI de la actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.

En su virtud, este Rectorado ha resuelto abrir el plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora:

Primero.- Los profesores contratados (profesores contratados doctores, profesores colaboradores y profesores ayudantes doctores) podrán presentar su solicitud de evaluación de la actividad investigadora desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución hasta el 12 de febrero de 2024, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Anexo.

Segundo.- La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta Resolución y en sus correspondientes bases, y se atendrá a lo dispuesto en:

    La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario (BOE del 9 de septiembre), modificado por los Reales Decretos 1949/1995, de 1 de diciembre (BOE de 18 de enero de 1996); 74/2000, de 21 de enero (BOE del 22 de enero de 2000), y 1325/2002, de 13 de diciembre (BOE de 21 de diciembre de 2002).

    La Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios (BOE de 3 de diciembre de 1994) modificada por la Orden de 16 de noviembre de 2000 (BOE de 21 de noviembre de 2000).

    La disposición final vigesimosexta de la Ley 22/2013 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE de 26 de diciembre de 2013).

    La Resolución de 5 de diciembre de 2023 (BOE, de 16 de diciembre de 2023) de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.

    La Resolución de 19 de diciembre de 2023 (BOE de 22 de diciembre de 2023) de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.

Y demás normas vigentes que sean de aplicación.

Tercero.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BICI.

Cuarto.- Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá presentarse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el rector de la UNED.

Contra los actos definitivos y de trámite cualificados que resulten del procedimiento al que la presente resolución se refiere podrán los interesados interponer los recursos administrativos y jurisdiccionales que en derecho procedan.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

 

ANEXO

1. Objeto de la convocatoria

El propósito de esta convocatoria es reconocer los méritos en la actividad investigadora desarrollada por el profesorado contratado de la UNED e incentivar su ejercicio y su calidad.

2. Requisitos de los solicitantes

2.1. En lo que al profesorado se refiere, tendrán derecho a solicitar la evaluación de su actividad investigadora quienes ostenten la condición de:

    Profesor contratado doctor permanente.

    Profesor colaborador.

    Profesores ayudantes doctores, según lo dispuesto en el acuerdo de interpretación de la Comisión Paritaria de seguimiento del I Convenio Colectivo del PDI laboral de la UNED, de fecha 17 de diciembre de 2021.

2.2. Los profesores contratados que se encuentren en situación de excedencia voluntaria, prestando servicios en una universidad legalmente reconocida, podrán someter a evaluación su actividad investigadora, aunque los correspondientes efectos económicos no se iniciarán, en su caso, hasta el momento de su reingreso a la universidad pública en régimen de dedicación a tiempo completo.

2.3. Los profesores antes mencionados deberán cumplir un mínimo de seis años evaluables a 31 de diciembre de 2023 y deberán encontrarse en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Aquellos cuyo último tramo evaluado positivamente termine el 31 de diciembre de 2017 o hubiera terminado en años anteriores.

b) Aquellos que nunca se hayan presentado anteriormente y cumplan un mínimo de seis años evaluables el 31 de diciembre de 2023.

c) Aquellos a quienes no se les hubiera reconocido su último tramo de evaluación normal y éste hubiera terminado el 31 de diciembre de 2020 o años anteriores. Los solicitantes que se encuentren en esta situación podrán construir un nuevo tramo, de seis años, con algunos de los años ya evaluados negativamente en el último tramo de investigación presentado y, al menos, tres años posteriores al mismo. En caso de evaluación negativa anterior de dos o más tramos presentados conjuntamente, el nuevo sexenio se formará únicamente con años propios del último tramo de investigación.

2.4. Los profesores contratados que se encuentren disfrutando de permisos de maternidad o paternidad, en excedencia para atender el cuidado de hijos o hijas o de un familiar en primer grado que se encuentre a su cargo, o en excedencia por razón de violencia de género prevista en el artículo 89.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, podrán incluir en su solicitud de evaluación de sexenios los años y las aportaciones publicadas en dichos años en que hayan permanecido en dicha situación administrativa de excedencia.

2.5. Como parte de una estrategia integral para alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la equidad e igualdad de oportunidades, a efectos del cómputo de los tramos de investigación para la evaluación de la actividad científica e investigadora, aquellas personas que así lo deseen y se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el apartado anterior podrán prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso o excedencia que hayan tenido. Estos permisos o situaciones administrativas de excedencia deberán haber tenido lugar en el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2023. La prórroga del sexenio será de aplicación al último sexenio vivo.

2.6. Los profesores contratados doctores podrán solicitar la convalidación de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad investigadora que les hubieran sido reconocidos en la categoría de profesor ayudante doctor, cuando dicho reconocimiento se haya producido por la CNEAI u otros órganos de evaluación de las comunidades autónomas, conforme a las previsiones del RD1086/1989 de 28 de agosto y disposiciones de desarrollo.

Asimismo, los profesores ayudantes doctores y los profesores contratados doctores podrán solicitar el reconocimiento de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad investigadora que les hubieran sido reconocidos en otras instituciones diferentes a la UNED, cuando dicho reconocimiento se haya producido por la CNEAI u otros órganos de evaluación de las comunidades autónomas, conforme a las previsiones del RD1086/1989 de 28 de agosto y disposiciones de desarrollo.

Ambas solicitudes deberán tramitarse a través del presente formulario, remitiéndose al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica a través del Registro Electrónico de la UNED (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ) o bien en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público.

2.7. Los efectos económicos derivados de esta evaluación se iniciarán el 1 de enero de 2024.

3. Formalización de solicitudes

3.1. Los solicitantes podrán presentar sus solicitudes desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BICI hasta el día 12 de febrero de 2024. Los formularios y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática a través de la sede electrónica de ANECA: https://aneca.sede.gob.es/

3.2. A través de dicha sede se podrá acceder a la Resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) que especifica los criterios de evaluación generales y específicos para cada campo. Igualmente se podrán obtener duplicados o justificantes de los escritos presentados por registro electrónico y se podrá realizar el seguimiento de la tramitación de solicitudes.

3.3. Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación, que estará disponible en la aplicación de la sede electrónica de ANECA:

a) Impreso de solicitud generado y firmado por el/la solicitante.

b) Currículo que se genera al cumplimentar la solicitud con hasta un máximo de cinco aportaciones que la persona interesada seleccione para someter a evaluación.

Se entenderá por «aportación» cualquier unidad clasificable en alguno de los criterios de evaluación a los que se remite el apartado 7 de la Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría de General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.

 Cada aportación deberá incluir:

    Los datos que sean necesarios para su identificación.

    Un identificador persistente (DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).

    Solo en el caso de publicaciones que no se encuentren en acceso abierto, el archivo en PDF de dichas aportaciones, de forma que se facilite el trabajo de evaluación de los comités asesores.

    Solo en casos imprescindibles, el archivo en PDF justificativo de la aportación, de acuerdo con lo indicado en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora (contrato de compraventa o de licencia en el caso de las patentes, evidencias que permitan identificar el objeto de evaluación en el caso de las aportaciones artísticas o creativas, etc.).

Cada aportación irá acompañada de un «breve resumen», con el máximo que establece la aplicación telemática, que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación. Se podrán sustituir los resúmenes individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas.

Asimismo, la persona solicitante deberá acompañar los «indicios de relevancia e impacto» de la investigación, que podrán consistir en:

1. Contribución de la aportación al progreso del conocimiento (originalidad, innovación, prioridad temática, aportación al debate científico, aportación metodológica, entre otros).

2. Impacto científico de la aportación (uso y lectura, referencias realizadas por otros/as autores/as, calidad, internacionalización e impacto del medio de difusión, entre otros).

3. Impacto social de la aportación (uso y lectura en plataformas no académicas, menciones no académicas o sociales, interacciones en medios o plataformas sociales, aportación a políticas públicas, entre otros).

4. Contribución de la aportación a la ciencia abierta (grado de apertura, cumplimiento de principios FAIR en conjuntos de datos, contribución a software libre, diversidad de repositorios utilizados para el depósito, entre otros).

En el supuesto de que las aportaciones fueran fruto de una obra colectiva, cada solicitante podrá incorporar la referida investigación en su currículum, haciendo mención expresa en los correspondientes resúmenes del alcance de su contribución personal al trabajo colectivo.

Cada solicitante podrá incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamente referenciadas e identificadas como tales, que puedan reemplazar a otras tantas de las presentadas en primer término y que en el proceso de evaluación se puedan considerar de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida.

c) Curriculum vitae (se recomienda el modelo de la FECYT), que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación de los años sometidos a evaluación. Según lo dispuesto en la Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, este CV debe contener:

1.  Historial científico completo.

2.  Participación en proyectos de investigación financiados durante los años correspondientes al período del sexenio y, al menos, tres anteriores.

3.  Publicaciones, al menos, durante el período correspondiente al sexenio solicitado.

4.  Estancias en centros extranjeros.

5.  Comunicaciones y ponencias a congresos por invitación y congresos organizados, durante el período correspondiente al sexenio solicitado.

d) Hoja de servicios original actualizada que incluya el período cuya evaluación se solicita, en la que conste el régimen de dedicación de la persona solicitante durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

e) Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becaria o becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.

3.2. ANECA podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento administrativo los documentos originales a partir de los cuales se generaron los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia. ANECA se reserva el derecho de actuar legalmente contra quienes modificaran o alteraran aquellos documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.

3.3. Las consultas relacionadas con esta convocatoria y con la aplicación informática de la misma se harán a través de «ANECA Responde», accesible desde la página web a través de este enlace: https://ayuda.aneca.es

4. Presentación de solicitudes en la UNED

Una vez cumplimentada por vía telemática la solicitud ante la ANECA, según las previsiones dispuestas en el apartado anterior, los solicitantes deberán presentar OBLIGATORIAMENTE copia electrónica del PDF generado por la sede de la ANECA que acredite la presentación  de la solicitud por parte del interesado.

Este documento se facilitará al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, a través del Registro Electrónico de la UNED

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  o bien en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público.

5. Instrucción del procedimiento

5.1. Corresponde a la CNEAI instruir el procedimiento de evaluación de la actividad investigadora.

5.2. Para desempeñar su cometido, la CNEAI recabará el asesoramiento de la comunidad científica, articulándolo a través de Comités Asesores por campos científicos, cuya relación será oportunamente publicada.

5.3. En el proceso se tendrá en cuenta exclusivamente los documentos presentados con la solicitud, por lo que se prescindirá del trámite de audiencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

6. Criterios de evaluación

6.1. En la evaluación se observarán los criterios generales establecidos en el artículo 7 de la Orden de 2 de diciembre de 1994 y en el artículo 7 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 5 de diciembre de 1994.

6.2. Los aludidos criterios generales se complementan con los criterios específicos establecidos, para cada uno de los campos de evaluación, en la Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.

7. Procedimiento de evaluación

7.1. Los Comités Asesores y, en su caso, los especialistas consultados deberán formular un juicio técnico sobre la obra aportada por el solicitante en el currículum vitae abreviado, dentro del contexto definido en el currículum vitae completo.

7.2. En el caso de que el correspondiente Comité Asesor o los especialistas nombrados por la CNEAI lo consideren oportuno, podrán requerir del solicitante, por medio de la Directora de la División de Evaluación del Profesorado de ANECA, o de quien ostente la Coordinación de la CNEAI, la remisión de una copia de alguna o de todas las aportaciones relacionadas en su Currículum vitae.

7.3. El juicio técnico se expresará en términos numéricos de cero a diez, siendo preciso un mínimo de seis puntos para obtener una evaluación positiva en un tramo de seis años.

7.4. La CNEAI establecerá la evaluación individual definitiva a la vista de las calificaciones emitidas por los Comités Asesores y los especialistas, asegurando, en todo caso, la aplicación de los criterios a los que se refiere el apartado 6 de esta convocatoria.

7.5. Al término del proceso de evaluación, el rector de la UNED dictará Resoluciones individuales, para cuya motivación bastará con la calificación emitida por la CNEAI en el caso de las evaluaciones positivas. Si la evaluación resultase negativa, se incorporará a la Resolución los informes emitidos por los Comités Asesores.

Si la Resolución no asumiese la evaluación individual definitiva de la CNEAI deberán incorporarse a la misma los motivos para apartarse de los referidos informes, así como la fundamentación, avalada o no por otros informes dictados por especialistas.

7.6. El plazo de resolución será de seis meses.

7.7. El Rectorado de la UNED, al término del proceso de evaluación, procederá a notificar personalmente a cada solicitante el resultado de la evaluación obtenida.

8. Recursos

Una vez notificados los resultados de la evaluación, los profesores contratados evaluados desfavorablemente podrán presentar un recurso de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación. Recibidos los recursos, se dará traslado de los mismos a la CNEAI a fin de que los Comités Asesores emitan el informe técnico previo a la resolución de dichos recursos por el rector de la UNED. Junto con los recursos presentados por los profesores contratados, la UNED adjuntará las Resoluciones desfavorables dictadas por el rector en cada caso.

 

 

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Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

5.-     Convocatorias científicas de la Embajada de Francia en España para el año 2024

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

La Embajada de Francia en España se complace en anunciar la apertura de dos convocatorias científicas para el año 2024.

Plazo de presentación: hasta el 30 de enero de 2024 a las 23:59 horas.

CONVOCATORIA DE BECAS DOCTORALES Y POSTDOCTORALES

Estas becas sirven exclusivamente para financiar movilidades a Francia, en el marco de una estancia de investigación para estudiantes de doctorado o postdoctorado, matriculados en un centro de educación superior o de investigación español (y no matriculados en Francia).

https://www.institutfrancais.es/educacion/convocatoria-de-becas-doctorales-y-postdoctorales/

CONVOCATORIA DE PROYECTOS CIENTÍFICOS PARA INVESTIGADORES CONFIRMADOS

Los proyectos deben inscribirse en el marco de una colaboración franco-española.  Las subvenciones otorgadas sirven para financiar la publicación de artículos científicos, movilidades, la compra de material de investigación, la organización o participación en manifestaciones científicas (seminarios, conferencias, congresos, jornadas de estudios, etc.).

https://www.institutfrancais.es/educacion/convocatoria-cientifica/

 

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6.-     Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de 16 de enero de 2024, por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de movilidad de estudiantes de Grado de Antropología Social y Cultural de la Facultad de Filosofía de la UNED, para realizar períodos de estudio de tres semanas dentro del Programa Erasmus+, Acción Clave 1 (KA1) - Programas Intensivos Combinados (BIP)

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

FACULTAD DE FILOSOFÍA

DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL

Esta convocatoria se publica en el marco del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 30 de mayo de 2018, por el que se establece Erasmus, el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2021-2027 y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/2013.

El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027 aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.

Dentro de las acciones KA1, se encuentran los programas breves e intensivos (BIP) que utilizan formas innovadoras de aprendizaje y enseñanza, incluido el uso de la cooperación en línea. Estos programas fomentan la capacidad para desarrollar e implementar prácticas innovadoras de enseñanza y aprendizaje en las instituciones de educación superior (HEIs) participantes.

Estos programas deben tener un valor añadido en comparación con los cursos o formaciones ofrecidos por las instituciones participantes, donde grupos de estudiantes y personal realizarán una movilidad física de corta duración, combinada con un componente virtual obligatorio en el que participarán universidades de diferentes países.

Deberán reunir a los estudiantes en línea para trabajar de forma colectiva y simultánea en tareas específicas que estén integradas en el BIP y cuenten para los resultados generales del aprendizaje.

En esta convocatoria 2023-2024, el programa intensivo combinado está organizado en la UNED por el Departamento de Antropología Social y Cultural de la Facultad de Filosofía, en coordinación con 4 universidades nacionales e internacionales, y lleva como título: “Miradas sobre la ciudad- Estudio interdisciplinar de los centros históricos”.

La formación tendrá lugar durante tres semanas, del 24 de junio al 14 de julio de 2024. La primera semana se llevará a cabo de forma online, y la segunda y tercera semana se organizará de forma presencial.

 

UNIVERSIDADES PARTICIPANTES

Durante el curso 2023-2024, el programa será impartido en colaboración con las siguientes universidades:

ESPAÑA:

1.- Universidad Nacional Educación a Distancia (UNED): Waltraud Müllauer-Seichter.

2.- Universidad Politécnica de Madrid (UPM). Escuela Técnica Superior de Arquitectura: Sonia de Gregorio Hurtado.

PORTUGAL:

3.- Universidade Portucalense Infante D. Henrique: Mónica Alcindor Huelva.

4.- Universidade Nova de Lisboa, NOVA FCSH: Leonor Medeiros.

ITALIA:

5. Università degli Studi di Firenze: Mirella Loda.

6. Universitá Politécnica di Torino: Carolina Giaimo.

 

CARACTERÍSTICAS DEL BIP “MIRADAS SOBRE LA CIUDAD- ESTUDIO INTERDISCIPLINAR DE LOS CENTROS HISTÓRICOS”

Esta formación está dirigida a estudiantes de Grado en disciplinas del área de Ciencias Sociales, Arquitectura y Urbanismo, Geografía y Humanidades, interesados en los nuevos desafíos que derivan de los recientes fenómenos socioculturales que se materializan en los espacios públicos de la urbe, en particular en los cascos históricos.

El alumnado experimentará herramientas y técnicas que aumentan y complementan los resultados extraídos del método etnográfico (entrevistas, observación participante y diario de campo) sobre los usos y reclamos al espacio compartido.

Se introducirán enfoques teóricos básicos y diseños de investigación de la investigación urbana etnológica actual desde la perspectiva de la antropología social y cultural en el ámbito urbano. Temáticamente, se abordan los procesos histórico-dinámicos (cambios en los entornos cotidianos, la globalización, la sostenibilidad, por ejemplo), así como los enfoques metodológicos (por ejemplo, espacios y paisajes urbanos versus entornos urbanos concretos).

En el curso los estudiantes adquirirán conocimientos básicos de un complejo campo de investigación interdisciplinaria, con especial énfasis en los nuevos desarrollos en antropología social y cultural para describir nuevas identidades y urbanidad, y explorar nuevas formas de mirar e interactuar con el entorno construido.

El objetivo es proporcionar una visión general de la ‘antropología urbana’ como un campo de investigación teórico y empírico que contribuye a un diagnóstico urbanístico integrado. Dotar de herramientas para intervenciones de rehabilitación urbana mediante la identificación de los significados y valores asociados a centros urbanos.

En concreto se va a tratar un espacio céntrico de la ciudad de Lisboa (Barrio de la Moureria)  y se analizará la convivencia de los vecinos con el aumento de turismo. El trabajo focalizará en entender las múltiples implicaciones que la turistificación, gentrificación y especulación del suelo está teniendo para los residentes en términos de afectación de su calidad de vida. Desde el desarrollo de un diagnóstico en relación a esta cuestión, se dará el salto al ámbito propositivo, dentro del cual el alumnado estará llamado a plantear medidas que permitan preservar la calidad de vida y las tradiciones/memorias de los residentes con la presencia del turismo.

Todo esto se hará dentro de un marco general en el que la sostenibilidad y la contribución a una transición ecológica justa estará en la base de la reflexión y las propuestas que se desarrollen.

En este BIP se pretende analizar la combinación de las lógicas metodológicas en arquitectura/urbanismo, antropología urbana y otros CCSS afines y lectura del casco histórico como una asociación muy adecuada para indagar con éxito cuestiones sobre las convergencias en el espacio y el tiempo, las velocidades, las permanencias y reinvenciones, las temporalidades de la ciudad, y los valores simbólicos que subyacen en los imaginarios de los barrios de los residentes.

Durante el curso 2023/2024, la semana de formación presencial tendrá lugar en la Universidad Nova de Lisboa (Portugal) donde se reunirán 25 estudiantes de nacionalidad portuguesa, italiana y española. Por parte de la UNED se seleccionarán 6 estudiantes matriculados en el Grado de Antropología Social y Cultural y 2 estudiantes del Grado de Filosofía.

El trabajo de campo se desarrollará en la ciudad de Lisboa.

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

Estudiantes matriculados en el Grado de Antropología Social y Cultural y de Filosofía de la Facultad de Filosofía de la UNED.

Deberán cursar las tres semanas de formación del BIP: primera semana online; segunda y tercera semana presencial en Madrid.

RECONOCIMIENTO ACADÉMICO

La actividad está compensando con 5 créditos (ECTS) a elegir entre las asignaturas optativas de las que se encuentren matriculados durante el curso 2023/2024 del Grado de Antropología Social y Cultural y de Filosofía, que tengan 5 créditos con excepción de la asignatura “Proyecto de Investigación, análisis de materiales empíricos y escritura”(Antropología Social y Cultural).

Los estudiantes contarán con el apoyo académico de la coordinadora del BIP en la UNED, la profesora Waltraud Müllauer Seichter y del Coordinador Erasmus+ en la Facultad de Filosofía, el profesor D. Sergio Martínez Luna.

AYUDA ECONÓMICA

Los estudiantes seleccionados, podrán solicitar apoyo financiero para cubrir los gastos de alojamiento y manutención, a través de las convocatorias publicadas por la UNED para el fomento de la movilidad internacional.

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Por parte de la Facultad de Filosofía:

D. Waltraud Müllauer-Seichter, coordinadora del BIP en la UNED. Departamento de Antropología Social y Cultural de la Facultad de Filosofía.

D. Sergio Martinez Luna,  Coordinador Erasmus+ de la Facultad de Filosofía.

Por parte del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo:

D.ª Laura Alba Juez, Vicerrectora de Internacionalización y Multilingüismo, o persona en quien delegue.

D.ª Patricia Rodriguez Sáez, Jefe de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.

D.ª Encarna Valero Ibañez, Área de Movilidad Internacional.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Desde el 22 de enero hasta el 15 de marzo de 2024 a través del siguiente correo electrónico: wmullauer@fsof.uned.es  indicando en el asunto: BIP Miradas sobre la ciudad 2023 - 2004.

El modelo de solicitud se encuentra en el Anexo I de esta convocatoria.

NORMAS FINALES

Los candidatos, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de Selección, se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.

Anexo I: Impreso de solicitud

 

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7.-     Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de 16 de enero de 2024, por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de plazas para la movilidad de estudiantes de Grado, Máster o Doctorado, matriculados en la UNED, para realizar períodos de estudio dentro de la Acción Clave 1 (KA131), del Programa Erasmus+ para el curso 2024-2025

Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo

Esta convocatoria se publica en el marco del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 30 de mayo de 2018, por el que se establece Erasmus, el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2021-2027 y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/2013.

El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027 aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.

El Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo gestiona este programa de movilidad y hace posible que durante el curso académico 2024-2025 estudiantes matriculados en la UNED, puedan realizar una estancia presencial, con el fin de cursar estudios y obtener a su regreso el reconocimiento de los créditos superados en las universidades asociadas.

La duración de la movilidad de los estudiantes de la UNED no será inferior a 3 meses y vendrá establecida en el acuerdo bilateral firmado con la universidad de acogida, información que aparece en el listado de plazas ofertadas en cada Facultad y ETSI de la UNED (Anexo I).

El Rectorado hace pública la convocatoria de 362 plazas para estudiantes matriculados en la UNED que deseen realizar estudios en universidades europeas con sujeción a las siguientes bases:

1. Requisitos de los candidatos

a) Nacionalidad:

a.       Ser ciudadano de uno de los países que pueden participar plenamente en todas las acciones del Programa: los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea y los países y territorios de ultramar; los terceros países asociados al programa: los países de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y Noruega; o de los países candidatos a la adhesión a la UE: Macedonia del Norte, Turquía y Serbia.

b.       Tener el estatus de refugiado o apátrida.

c.       Tener nacionalidad de terceros países (países no miembros del programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad. En este caso, el solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino; se aconseja comenzar esta tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista. Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar ante el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, estar en posesión de las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.

b) Estar matriculado en la UNED en el momento de presentar la solicitud en la Facultad/ ETSI, de la plaza que solicite.

Todos los estudiantes seleccionados deberán quedar matriculados en la UNED durante el curso 2024-2025, en un programa de estudios conducente a la obtención de título oficial de Grado/ Máster o Doctorado, (quedan excluidos los Títulos Propios) y en aquellas asignaturas que puedan especificarse en las plazas descritas en el Anexo I de esta convocatoria.

Los estudiantes deberán estar matriculados durante todo el periodo de su estancia en el extranjero, tanto de las asignaturas de las que se examinarán en la UNED, como de las que soliciten reconocimiento, tras haberlas cursado en la universidad extranjera y superado los créditos pactados entre el estudiante y el tutor Erasmus+ de la plaza concedida.

c) Los estudiantes de la UNED que quieran optar a estas ayudas también deberán estar matriculados al menos en el segundo año de la titulación de Grado en la que solicita la ayuda, y tener aprobados como mínimo 60 créditos ECTS, en la titulación en la que se encuentren matriculados en el curso 2023/2024, en el momento de enviar la solicitud, o matriculados en los estudios de máster o doctorado.

d) También podrán solicitar la ayuda, los estudiantes provenientes de otras universidades con al menos 60 créditos ECTS, reconocidos en los estudios que quieren continuar en la UNED.

e) El requisito de tener superados 60 créditos ECTS o reconocidos 60 créditos ECTS (apartados c y d), debe cumplirse dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes.

f) Al iniciar la movilidad, los seleccionados deben tener pendiente de superar en la UNED un número de créditos mínimo, dependiendo de la duración de la beca (si es de 3 meses: 15 créditos ECTS; 6 meses: 30 créditos ECTS; curso completo: 60 créditos ECTS).

g) Poseer el nivel de idioma específico que aparece en cada plaza ofertada (Anexo I de esta convocatoria).

El nivel mínimo establecido, en la mayoría de las plazas ofertadas, se corresponde con el B1 (según el marco común europeo de referencia para las lenguas), excepto en aquellas universidades que especifiquen un nivel superior. El conocimiento superior al mínimo exigido podrá ser considerado como mérito en la selección. La no acreditación de este requisito en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria supondrá motivo de exclusión del proceso de selección.

h) No haber incumplido los requisitos y obligaciones establecidas en convocatorias anteriores de movilidad ofertadas en la UNED.

i) Todos los requisitos establecidos en esta convocatoria deberán cumplirse en el plazo indicado en el apartado para la presentación de solicitudes, y habrán de mantenerse hasta la realización efectiva de la movilidad.

2. Reconocimiento académico

El periodo de estudio en el extranjero deberá constituir una parte integrante del programa de estudios en la universidad de origen, y no podrá ser inferior a tres meses, ni superior a un curso académico. Se recomienda a los estudiantes seleccionados, que revisen los planes de estudio de la universidad de destino, para escoger, junto al Tutor Erasmus de la UNED que le corresponda según la plaza concedida, los créditos que cursarán bajo el programa Erasmus+.

Los estudiantes seleccionados, acordarán y firmarán antes de iniciar la movilidad a la universidad extranjera, un acuerdo de estudios que indicará los créditos que cursará en la universidad de destino, y los que posteriormente le serán reconocidos en la UNED, tras la presentación de los documentos oficiales que acrediten haberlos superado. Los acuerdos de estudios quedarán firmados por el estudiante y sus responsables académicos en las universidades de origen y de destino. Será obligatorio, para todos los estudiantes seleccionados, tener los acuerdos de estudios firmados por las tres partes -estudiante, tutor/a Erasmus+-UNED, tutor/a Erasmus+ universidad de destino-, antes de iniciar su movilidad.

Los estudiantes de Grado deberán cursar al menos 15 créditos ECTS en la universidad extranjera (corresponden a una estancia mínima de 3 meses). Los créditos cursados por los seleccionados deberán estar en concordancia con la duración de las estancias, y quedarán reflejados en los documentos académicos que firmen todas las partes implicadas (estudiantes, y responsables académicos).

Los alumnos de Doctorado realizarán un trabajo de investigación equivalente a los créditos pactados con los responsables académicos en función de la duración de su estancia, que nunca serán inferior a tres meses, ni inferior a 15 créditos ECTS.

La duración de las estancias, que llevarán a cabo los estudiantes seleccionados, viene determinada en la oferta de plazas de esta convocatoria (Anexo I).

Los créditos ECTS que podrán cursar, estarán en función de la duración de la estancia:

-    60 créditos ECTS (un curso académico completo).

-    30 créditos ECTS (un semestre académico).

-    15 créditos ECTS (un trimestre académico).

Los estudiantes de Grado y de Máster deben tener en cuenta la normativa del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias, en su artículo 10, punto 3: “En este procedimiento no podrán ser reconocidos los créditos que corresponden a trabajo de fin de grado o de Máster, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad”.

Todos las/los estudiantes seleccionados recibirán en la cuenta de correo-UNED especificada en su solicitud, un enlace para acceder a la Comunidad de Estudiantes Erasmus+ 2024-2025, donde obtendrán la información precisa para la gestión de los documentos Erasmus+.

Los estudiantes seleccionados, obtendrán la documentación académica y administrativa para realizar su estancia a través de su correo electrónico como alumno-UNED (identificador@alumno.uned.es ).

3. Duración de las estancias académicas

El plazo establecido para que los estudiantes seleccionados realicen las estancias en las universidades extranjeras tendrá lugar: durante el curso académico 2024-2025 y como máximo hasta el 30 de septiembre de 2025.

En caso de que el estudiante desee ampliar el período de estancia concedido, deberá proceder de la siguiente forma:

- Revisar el Anexo II (Ampliación del número de meses en las plazas ofertadas), para comprobar si puede o no ampliar su estancia en la universidad de acogida.

- Deberá solicitar ampliar la estancia por escrito a su Tutor Erasmus+ en la UNED (docente que aparece junto a la plaza ofertada en el Anexo I), y en el caso de que obtenga su aprobación por escrito, deberá también solicitarlo en la universidad extranjera.

- Posteriormente, enviará ambos justificantes de aceptación de la prolongación de su estancia a la Sección de Internacionalización, a través del correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es .

Esta ampliación, no conllevará incremento de la ayuda financiera concedida, si supera el máximo de 7 meses de estancia completos. La ampliación concedida, seguirá inmediatamente al período de estancia inicialmente previsto.

El incumplimiento del periodo de movilidad en el extranjero, y/o las obligaciones contractuales a las que se refieren el Acuerdo de estudios (Learning Agreement), así como el Convenio de subvención firmado por el estudiante y la UNED, y en su caso, la ausencia de reconocimiento de créditos comportará la devolución íntegra de la ayuda. A estos documentos sólo tienen acceso los estudiantes seleccionados.

4. Solicitud. forma y plazo para la presentación de solicitudes

Quien desee tomar parte en la presente convocatoria, deberá hacerlo constar mediante solicitud, que debe ser cumplimentada en la Sede Electrónica de la UNED, incluyendo su correo como alumno de la UNED, además de los campos que correspondan según el formulario a cumplimentar. https://sede.uned.es/ .

Una vez rellenada la solicitud, se añadirán los siguientes documentos que serán valorados por la Comisión de Selección de cada Facultad/Escuela de la UNED formada por el Coordinador de Movilidad y los Tutores Erasmus+:

-    Curriculum vitae.

-    Acreditación del conocimiento de idiomas (según la plaza ofertada en Anexo I), mediante certificado expedido por un centro de estudios acreditado.

Los archivos generados se admitirán en formato .DOC, .PDF. El/los archivo/s a subir a la Sede Electrónica se denominará así: Facultad/Escuela, Apellido1_Apellido2_,Nombre.PDF o la extensión que corresponda.

El plazo para la recepción de las solicitudes estará abierto desde el 23 de enero al 23 de febrero de 2024.

5. Selección de los candidatos y resolución

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección, realizará la propuesta de adjudicación de plazas y el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, publicará dicha propuesta de adjudicación con el listado de estudiantes seleccionados, suplentes y excluidos Erasmus+.

Esta propuesta de adjudicación será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), y se anunciará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo:

https://www.uned.es/universidad/inicio/internacional/movilidad/movilidad-para-estudiantes/erasmus.html .

En el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las reclamaciones oportunas, previas a la resolución definitiva. Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución definitiva que será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) así como en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.

Los criterios que valorará la Comisión de Selección serán los siguientes:

-    Calificación media del expediente académico.

-    Conocimiento de idiomas. Es obligatorio acreditar nivel B1 (o superior) del idioma en el que se recibirán las     clases en la universidad de destino, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

-    Adecuación del estudiante al perfil de la plaza (se acepta carta de motivación del estudiante). Podrán realizarse entrevistas personales si la Comisión de selección lo estima oportuno.

6. Lista de reserva y vacantes

Junto con la adjudicación provisional se publicará una lista de reserva con el fin de cubrir las vacantes que pudieran producirse.

7. Renuncias

Los estudiantes tendrán de plazo hasta el 30 de septiembre de 2024, para presentar su renuncia por escrito, que será enviada al Servicio de Internacionalización a través del siguiente correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es , indicando el motivo de su renuncia y devolviendo los documentos originales que ya hubiera recibido como estudiante Erasmus seleccionada/o.

Las renuncias posteriores a 30 de septiembre de 2024, así como la omisión de su comunicación, darán lugar a la exclusión del estudiante en futuros procesos de selección de cualquier convocatoria de movilidad promovida por este Vicerrectorado.

8. Financiación

Las ayudas económicas no se destinarán a cubrir la totalidad de los estudios en el extranjero, sino a compensar costes de movilidad adicionales: costes de viaje, preparación lingüística y, en su caso, el coste de vida superior del país de acogida.

Las ayudas financieras que recibirán los seleccionados provienen de las siguientes instituciones implicadas:

El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), fijará las cuantías mensuales en función del número de estudiantes desplazados a nivel nacional. Estas ayudas varían cada año en función de la movilidad de todas las universidades españolas, y en función de las actualizaciones de la Guía del Programa Erasmus+ de la Comisión Europea.

8.1. Las ayudas establecidas según el país de destino son:

 

Grupo

Países

Financiación

Grupo 1

Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia,  Francia,, Irlanda, Islandia, Italia,  Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia

350 €/mes

Grupo 2

Chipre, Chequia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, y Portugal

300 €/mes

Grupo 3

Bulgaria, Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y Turquía

250 €/mes

 

 

8.2. Las ayudas económicas para estudiantes con menos oportunidades: 

Se financiará una cantidad adicional de 250€ mensuales a los estudiantes que se encuentren en alguna de las situaciones que figuran a continuación:

a) Obstáculos socioeconómicos:

-        Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad.

-        Percibir la unidad familiar de prestación de ingreso mínimo vital/renta mínima de inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.

-        Estar en riesgo de exclusión social.

-        Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.

-        Encontrarse en situación de especial necesidad y emergencia social.

-        Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en situación de orfandad.

-        Encontrarse en situación de dependencia o con dependientes a cargo.

-        Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.

b) Obstáculos geográficos:

Estar matriculado en un centro situado en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, o estar empadronado en dichas ciudades, en caso de que la matrícula se realice en una institución educativa no presencial.

c) Problemas de salud:

Padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional.

d) Diferencias culturales:

Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.

8.3. Apoyo individual para desplazamiento ecológico

Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé una contribución única de 50 € para viaje ecológico, y hasta cuatro días de apoyo individual adicional (ver siguiente apartado) para cubrir los días de viaje en trayecto de ida y vuelta, si procede.

Los estudiantes deberán justificar documentalmente este tipo de viaje al finalizar su estancia. El viaje ecológico hace referencia únicamente al desplazamiento entre la ciudad de origen y la ciudad de la institución de destino, al inicio y a final de la estancia. El viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas emisiones en el tramo principal de trayecto (más del 50 %), por ejemplo, el autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido.

8.4. Ayudas para el Apoyo a la Inclusión Erasmus+

El Programa Erasmus+ prevé ayudas adicionales para el Apoyo a la inclusión. El objetivo de estas ayudas es cubrir los costes adicionales directamente relacionados con la movilidad de los participantes con problemas físicos, mentales o de salud y de sus acompañantes. El importe cubrirá el 100 % de los costes reales que se consideren subvencionables según las normas del Programa.

Para acceder a estas ayudas, los participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los criterios de elegibilidad establecidos en el programa.

El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) gestiona directamente estas ayudas a través de una convocatoria anual. Asimismo, los estudiantes que puedan ser beneficiarios de estas ayudas y que obtenga una plaza de movilidad Erasmus+ para el curso 2024/2025, deberán ponerse en contacto a través del correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es   a fin de gestionar su solicitud ante el SEPIE.

8.5. Ayudas de viaje para los estudiantes de Canarias (las cantidades definitivas figuran en la Guía del Programa Erasmus que va actualizando la Comisión Europea).

La Unión Europea apoyará financieramente con la mediación del SEPIE a los estudiantes residentes en Canarias, que percibirán la cantidad de 786 €/mes en concepto de apoyo individual (en este caso no se aplicará el importe complementario para los estudiantes y titulados recientes con menos oportunidades).

Además, los estudiantes de Canarias recibirán una ayuda de viaje entre 211 € y 1735 € dependiendo de la distancia al país receptor según la tabla siguiente:

 

Distancias de viaje (Km)

Cantidad (€ por participante)

Entre 100 y 499

211

Entre 500 y 1999

309

Entre 2000 y 2999

395

Entre 3000 y 3999

580

Entre 4000 y 7999

1188

8000 o más

1735

 

En el caso de los estudiantes residentes en Canarias, estas cantidades son incompatibles con otras ayudas adicionales.

El SEPIE garantiza ayuda financiera hasta un máximo de 7 meses de estancia. Durante el resto de los meses que excedan de este periodo, el estudiante tendrá que correr con los gastos que ocasione su estancia, sin prejuicio de la ayuda que pudieran aportar las Facultades/ETSI de la UNED.

Las ayudas financieras recibidas en el marco del programa Erasmus+ no podrán utilizarse para cubrir gastos ya financiados en el marco de otros programas comunitarios como: el Quinto Programa Marco de IDT; gastos financiados en el marco de actividades costeadas con contribución comunitaria; gastos ya cubiertos por otros fondos (las principales fuentes serían los acuerdos culturales bilaterales, los donantes privados y los organismos internacionales).

8.6. Apoyo financiero del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo de la UNED

Los estudiantes seleccionados recibirán una ayuda económica para contribuir a los gastos de viaje y seguro médico privado por un importe global de 600 euros.

Los meses de estancia incompletos se abonarán multiplicando el número de días del mes incompleto por 1/30 de la cantidad mensual, ajustada a dos decimales.

8.7. Apoyo financiero del Banco Santander para los estudiantes seleccionados en esta convocatoria:

Una vez seleccionados los estudiantes Erasmus+ de la UNED, también podrán optar a algunas de las 4 becas del Programa “Becas Santander para Estudios - Erasmus 2024/2025”. Estas becas tienen como objetivo reconocer la excelencia académica de los estudiantes Erasmus+ y favorecer la inclusión educativa e igualdad de oportunidades. Durante este tercer año de apoyo financiero por parte del Banco Santander a los estudiantes Erasmus+ de la UNED, se concederán las siguientes becas:

a) 1 Beca de 1.000€ destinada a estudiantes beneficiarios de una ayuda Erasmus+ 2024-2025, de movilidad de estudios en Europa, que cumpla con los siguientes requisitos:

a.       Mejor expediente académico o situación de discapacidad igual o superior al 33%.

b.       Mejor expediente académico durante el curso 2023-2024 y que haya recibido durante ese curso la Beca general (socioeconómica) del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

b) 3 Becas de 500€, destinadas a estudiantes beneficiarios de una ayuda Erasmus+ 2024-2025 de movilidad de estudios, que cumplan con los siguientes requisitos:

a.       Mejores expedientes académicos durante el curso 2023-2024.

Los estudiantes que resulten beneficiarios recibirán un plan de formación y tendrán la posibilidad de pasar a formar parte de la bolsa de empleo de Banco Santander.

En todos los casos los estudiantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Ser beneficiario del programa Erasmus+ de movilidad de estudios en Europa, por la UNED.

b) Tener un buen expediente académico.

c) Los estudiantes que deseen optar a estas ayudas deberán inscribirse por su cuenta y obligatoriamente en la plataforma del banco Santander, apartado “Becas Santander Erasmus 2024-2025”, antes del día 19 de marzo de 2024 en el siguiente enlace:

https://app.santanderopenacademy.com/es/program/becas-santander-para-erasmus-2024-2025

Si los estudiantes no se inscriben en dicha plataforma, en el plazo establecido, aunque hayan sido seleccionados como beneficiarios de la Beca Erasmus+ 2024-2025 por la UNED, no podrán optar a esta financiación del Santander.

Para poder conceder las 4 becas, desde el Área de Movilidad Internacional de la UNED, se comprobará si los beneficiarios de la Beca Erasmus+ 2024-2025 se registraron en el enlace indicado del Banco Santander.

La Sección de Internacionalización del Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, se pondrá en contacto con los estudiantes seleccionados, y les informará del procedimiento a seguir para el ingreso de la financiación concedida. El abono de la ayuda se realizará exclusivamente mediante transferencia bancaria a libretas de ahorro o cuentas corrientes situadas en España, cuyo titular o cotitular deberá ser, necesariamente, el estudiante beneficiario de la misma. Este número de cuenta se aportará en la documentación que deberán presentar los estudiantes seleccionados.

No deberán pagarse tasas universitarias en la universidad extranjera de acogida (en concepto de tutoría, inscripción, exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.). La universidad receptora, podrá pedir que se abonen tasas reducidas para cubrir el coste del seguro, la afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos tales como fotocopias, etc. sobre las mismas bases que se aplican a los estudiantes ordinarios (por ejemplo, Ruhr Universität Bochum cobra 300 € por tasas sociales).

El programa Erasmus+ permite que un mismo estudiante pueda participar varias veces en las convocatorias de movilidad de estudios en Erasmus+, hasta cumplir un máximo de 12 meses de movilidad en los diferentes ciclos de estudios (Grado / Máster universitario / Doctorado). Si ha sido alguna vez beneficiario de la ayuda de movilidad Erasmus para estudios, en algún ciclo de estudios y no ha completado un total de 12 meses puede volver a ser beneficiario hasta completarlos. La movilidad mínima permitida para obtener financiación es de tres meses.

El beneficiario de la ayuda queda sujeto a la acreditación de la realización de la actividad objeto de aquélla, por los medios de comprobación que se establezcan, estando obligado al reintegro de la cantidad recibida e intereses, en caso de no realización o no justificación de la actividad subvencionada. Si un estudiante se negase a cumplir las exigencias de su programa de estudios en el extranjero, o incumpliera las normas establecidas para la gestión del Programa, el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, exigirá el reembolso de la ayuda financiera ingresada por los medios legales establecidos.

9. Procedimiento de concesión de ayudas

Los estudiantes seleccionados serán informados del procedimiento y requisitos necesarios para el disfrute de las ayudas, desde la Sección de Internacionalización, al darles de alta en la plataforma aLF “Comunidad de Estudiantes Erasmus+ 2024-2025”, siendo notificados de esta circunstancia en la cuenta de correo electrónico xxxxxx@alumno.uned.es.

La obtención de la Tarjeta Sanitaria Europea de la Seguridad Social es responsabilidad del propio estudiante. Dicho documento, deberá solicitarse antes de la salida al extranjero en www.seg-social.es . Para solicitar este documento, el estudiante presentará la Credencial Erasmus+ que se entregará a los alumnos seleccionados, la fotocopia del resguardo de matrícula y la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social del estudiante o de sus padres.

Más información sobre los costes y tratamientos cubiertos en cada país con la Tarjeta Sanitaria Europea:

https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es .

El estudiante seleccionado, tiene la obligación de obtener la cobertura de un seguro médico complementario privado que cubra las necesidades no amparadas por la Tarjeta Sanitaria Europea: accidentes, responsabilidad civil, enfermedades, determinadas intervenciones médicas y repatriación. Una vez seleccionado el estudiante, es obligatorio enviar copia de la póliza contratada y la Tarjeta Sanitaria Europea tramitada, a través de la plataforma aLF “Comunidad de Estudiantes Erasmus+ 2024-2025”.

La Sección de Internacionalización envía a las universidades europeas del programa, la nominación de estudiantes seleccionadas/os en esta Convocatoria. La gestión para ser admitido en la universidad de destino será responsabilidad del estudiante, que deberá estar atento a su correo electrónico, ya que la universidad extranjera se pondrá en contacto con cada interesado/a, con las indicaciones necesarias para finalizar su admisión.

Los estudiantes seleccionados, serán responsables de buscar la información necesaria en la web de la universidad de destino para ser acogido como estudiante Erasmus. Deberá rellenar y enviar los documentos que les sean requeridos en los plazos fijados por dichas universidades. El incumplimiento de los requisitos que fijen las universidades podrá suponer la cancelación de la plaza concedida.

Los gastos de viaje, alojamiento y manutención en el extranjero correrán a cargo del estudiante, así como su búsqueda y reserva. También pueden precisar el permiso de residencia en el organismo correspondiente del país extranjero. Para ello se recomienda que lleven consigo una Partida de Nacimiento bilingüe expedida por el Registro Civil español de su lugar de nacimiento.

Todos los estudiantes Erasmus+ están obligados a inscribirse en el Consulado de España correspondiente en el país de destino. Más información en: www.exteriores.gob.es .

10. Normas finales

Los candidatos, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de Selección, se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón. P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

gerencia

8.-     Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, dos plazas de Grupo III, nivel B, de la plantilla de personal laboral de administración y servicios, en la Biblioteca de la UNED

Sección de PAS Laboral

Por Resolución rectoral de 21 de septiembre de 2023, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de 26 de septiembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS), en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición del año 2023, previta en el  en el artículo 20.Uno.3.I de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y, conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir por el sistema de promoción interna dos plazas de personal laboral de adminitración y servicios,  Grupo III, nivel B, una de ellas con jornada de tarde y la otra con jornada especial (4 tardes más sabados), en la Biblioteca de la UNED.

Bases de la convocatoria

Primera. Requisitos

1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de instancias.

1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda. Solicitudes

2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas selectivas).

Para la presentación de la solicititud se deben completar dos pasos:

Primer paso: Registrarse como usuario UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva: https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/

El usuario en la UNED se identifica con el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar realizar trámites administrativos.

Segundo paso: Una vez que tiene asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU,  La UNED, Trabaja con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.

La presentación por esta vía permite, siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:

-    Inscripción en línea a las pruebas selectivas.

-    Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.

-    El pago online de tasas.

-    El registro electrónico de la solicitud.

-    Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.

La presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar” correspondiente a la convocatoria “OEP2023. Grupo III. Biblioteca (LBIB0032 y LBIB0033). P. Interna”, y se compondrá de siete fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud, Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las bases de esta convocatoria.

En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

2.2. Los derechos de examen serán de 10 euros y el pago se realizará dentro del proceso de inscripición online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase correspondiente al Pago.

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

Una vez presentada la solicitud, la falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.

En ningún caso, el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que acredite tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID . En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.

b) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección:

http://administracion.gob.es/PAG/PID .

En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.

c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

El aspirante deberá adjuntar la documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo consentido la misma, ésta no sea posible.

2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

FASES:

1.ª.- Datos personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.

2.ª.- Datos de contacto: En esta pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa, dirección de correo electrónico E-mail, y teléfonos de contacto.

3.ª.- Datos de la solicitud: En esta pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1. Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33%.

4.ª.- Documentación: En esta pantalla se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa, así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria. Deberá presentar la siguiente documentación:

- Personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.

- Aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.

El Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

- Familia numerosa general: el correspondiente título actualizado.

- Familia numerosa especial: el correspondiente título actualizado.

- Víctima de terrorismo: sentencia judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

5.ª.- Pago, liquidación de admisión a pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá realizarse de dos formas:

a- Mediante tarjeta bancaria de crédito o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.

b- Descargando la carta de pago y realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las indicaciones incorporadas en dicho documento.

Una vez realizado el pago, por tarjeta o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso de no realizarse el pago mediante tarjeta.

6.ª.- Resumen: En este apartado aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón “Registrar”.

7.ª.- Final: En esta pantalla podrá descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.

2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado.

Tercera. Admisión de aspirantes

3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad, constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.

Igualmente, se publicará en la página web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.

3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.

En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.

Cuarta. Tribunal Calificador

4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría segunda.

4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos.

4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su identidad.

Asimismo, durante el desarrollo del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.

4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico: accesopaslaboral@adm.uned.es ).

4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.

Quinta. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70 puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura en la base segunda del anexo I de la convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.

Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15 puntos.

Segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos, planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa. Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 15 anteriores.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 20 puntos.

El Tribunal fijará la puntuación directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo siguiente:

-    Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlas.

-    Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas del ejercicio.

La calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

5.2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

    0,1      por trabajo realizado en la misma área de actividad.

    0,04    puntos por trabajos realizado en distinta área de actividad.

5.2.2. Antigüedad. Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

    0,1      puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

    0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

5.2.3. Formación. Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento, relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

    De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

    De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

    De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.

    De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

    De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

    De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

5.2.4. Igualdad de género. La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.

Sexta. Desarrollo del proceso selectivo

6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra “W” de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 27 de julio.

6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la Universidad la correspondiente propuesta a favor de los aspirantes que haya superado el proceso selectivo.

En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido.

6.7. Los aspirantes que hubieran superado el concurso oposición dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código U02800251.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación

7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras comprobar que los aspirantes reúnen los requisitos, procederá a la adjudicación de las plazas convocadas, en el plazo máximo de quince días hábiles.

Hasta tanto se formalice la incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

Octava. Norma final

8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.

 

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a dos plazas de Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED.

Primera. Descripción de las plazas

Código plazas: LBIB0032 - LBIB0033

Grupo profesional III, nivel B.

Adscripción: Dpto. de Investigación y Relaciones Internacionales. Biblioteca.

Funciones principales del puesto:

Atención y orientación bibliográfica a los usuarios de la Biblioteca.

Gestión del préstamo, devolución y reserva de materiales bibliográficos.

Colocación, revisión, ordenación y búsqueda de fondos bibliográficos.

Tareas de procesamiento físico de los fondos documentales.

Segunda. Programa

1. Las bibliotecas universitarias en la actualidad y su contribución a la docencia y la investigación. Tendencias en el apoyo a la investigación en bibliotecas universitarias.

2. La Biblioteca de la Sede Central de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Reglamento. Carta de servicios. Las Bibliotecas de los Centros Asociados de la UNED.

3. Servicios al usuario en la biblioteca universitaria (I): servicios de orientación bibliográfica y referencia, consulta en sala, préstamo, sistemas de reservas y renovaciones de fondos bibliográficos. Su organización en entornos virtuales y presenciales.

4. Servicios al usuario en la biblioteca universitaria (II): acceso al documento y servicios de extensión cultural. La opinión de los usuarios en el diseño y revisión de servicios bibliotecarios.

5. Servicios al usuario en la biblioteca universitaria (III): formación en competencias informacionales y digitales, apoyo a la investigación y apoyo al aprendizaje. Su organización en entornos virtuales y presenciales. Nuevos servicios bibliotecarios.

6. Instalaciones, organización espacial y equipamiento de la biblioteca universitaria.

7. Las colecciones en la biblioteca universitaria (I). Selección, adquisición y tareas de proceso técnico. La colección física de la Biblioteca UNED.

8. Las colecciones en la biblioteca universitaria (II). La colección electrónica. Bases de datos académicas. Revistas científicas. Libros electrónicos. La colección electrónica de la Biblioteca UNED.

9. Proceso técnico de los fondos documentales. Normas descriptivas: ISBD y reglas de catalogación. El formato MARC 21. FRBR y RDA.

10. Sistemas Integrados de Gestión Bibliotecaria y las nuevas plataformas de servicios bibliotecarios. La plataforma Alma.

11. Los catálogos y las plataformas de descubrimiento. Principales catálogos colectivos universitarios.

12. Sistemas de organización, clasificación y almacenamiento de colecciones. Recuento y expurgo de fondos bibliográficos.

13. Preservación y conservación del fondo documental. La preservación de documentos digitales. Recolección web.

14. Análisis documental. Proceso y tipología. Lenguajes documentales: Encabezamientos de materia y thesaurus. Sistema de clasificación bibliográfica.

15. La normalización de la identificación bibliográfica. El ISBN, el ISSN y otros números internacionales. Identificadores permanentes en internet: sistema DOI, URI y Handle.

16. Herramientas y canales para la difusión y comunicación de la Biblioteca con la comunidad universitaria y la sociedad. La comunicación de la Biblioteca UNED.

17. El movimiento de acceso abierto: situación actual y perspectivas de futuro. Políticas de acceso abierto en las universidades y la política institucional de la UNED. Repositorios Institucionales. e-Spacio: repositorio institucional de la UNED.

18. Gestión de calidad y evaluación en las bibliotecas universitarias. El modelo EFQM.

19. La edición electrónica y su repercusión en las bibliotecas universitarias. La edición universitaria. La editorial de la UNED.

20. La cooperación en las bibliotecas universitarias. Redes de bibliotecas universitarias y de investigación, consorcios. El Consorcio Madroño. REBIUN.

 

ANEXO II

Tribunal Calificador

Titulares

Presidenta:

    Por delegación del Sr. Gerente, Dña. Paloma Centeno Fernández, Escala Técnicos Gestión U.P.M.

Vocales: 

    D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    Dña. Patricia Rodríguez Sáez. Escala Técnica de la Universidad Alcalá

    Dña. Gema Fernández García, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria:

    Dña. M.ª Belén Sánchez Sánchez, Escala de Gestión Universitaria de la UNED

Suplentes

Presidenta:

    Dña. M.ª Carmen Sicilia Fernández Shaw, Escala de Técnicos de Gestión de la UNED.

Vocales: 

    Dña. Elena Herrera Díaz, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    Dña. Rebeca Perdones Moreno, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

    D. Alfonso del Triunfo López, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Secretaria:

    Dña. Pilar Bonilla García, Escala de Gestión Universitaria de la UNED.

Anexo III: Documentación acreditativa de los méritos

 

http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg 

 

 

9.-     Instrucciones aplicables a la contratación administrativa realizada por la UNED

Gerencia

El objeto de la presente instrucción es dar directrices a los distintos centros de gasto de la UNED en lo concerniente a la aplicación uniforme de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, (en adelante LCSP) y definir los procedimientos internos y los documentos para la contratación en el ámbito de la UNED. La presente instrucción es de obligado cumplimiento para todos los centros presupuestarios de la UNED, incluyendo los proyectos de investigación, con independencia de la fuente de financiación de los mismos.

En su virtud, se dispone:

1.-PROCEDIMIENTO PARA GASTOS QUE REQUIERAN FORMALIZACIÓN DE CONTRATO

La celebración de contratos por parte de la UNED requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que deberá referirse a la totalidad del objeto del contrato y al mismo se incorporarán los siguientes documentos, que deberán ser remitidos al Departamento de Contratación Administrativa:

1. Memoria justificativa del gasto y de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación correspondiente.

2. Un documento firmado con la siguiente información del contrato a licitar:

    Presupuesto base de licitación: Por presupuesto base de licitación (en adelante PBL) se entenderá el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el IVA. El PBL debe de ser adecuado a los precios de mercado y se desglosará indicando los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. En los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total del contrato, el PBL indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia. Cuando el cálculo se haya realizado en referencia a precios de mercado se deberá acompañar los documentos que han servido de base para su cálculo (consultas por la web…); cuando el precio se haya realizado siguiendo determinadas tarifas o tablas salariales, se acompañarán los documentos que las soporten.

    Si el contrato no permite la división en lotes, se deberán justificar las razones.

    Los criterios de solvencia técnica, económica y financiera que se exijan.

    Los criterios que se tendrán en consideración para seleccionar al adjudicatario.

    Las condiciones especiales de ejecución del contrato.

    Responsable del contrato y redactor del pliego de prescripciones técnicas.

    Plazo de ejecución, plazo de garantía y posibles prórrogas o modificaciones, en su caso.

    Forma de pago del precio y códigos DIR para facturación.

    Protección de datos de carácter personal: indicación de si en el contrato la empresa adjudicataria puede tener acceso a datos de carácter personal.

    Régimen de penalizaciones.

    Indicar si hay personal a subrogar y si procede la coordinación de actividades preventivas.

3. Pliego de Prescripciones Técnicas para los contratos de servicios y suministros y proyecto para los de obras.

4. En los contratos de servicios se incluirá un Informe de insuficiencia de medios.

5. En el caso de gastos aplicables a partidas financiadas con fondos europeos Next Generation, se incorporará toda la documentación prevista en la legislación vigente para este tipo de contratos.

2.- PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS Y SUMINISTROS HOMOLOGADOS MEDIANTE LICITACIONES REALIZADAS POR LA UNED O POR LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO

Para las adquisiciones de cualquier bien o servicio homologado, con independencia de su cuantía, se deberá acudir a las empresas adjudicatarias de los contratos, de las que existe cumplida información en la página web de la UNED: petición de servicios-contratación administrativa.

3.- CONTRATOS MENORES:  Son contratos menores aquellos de importe (IVA excluido)  inferior a las cuantías indicadas a continuación. Los contratos menores no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga.

    15.000 € para servicios y suministros destinados a servicios generales y de infraestructura y 40.000 € para obras.

    50.000 € para los servicios y suministros destinados específicamente para investigación. 

3.1.- TRAMITACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE:

3.1.1. En los contratos menores que se tramiten a través de las habilitaciones, no se utilizará modelo de contratación menor, debiendo solicitarse, al menos, tres ofertas que se incorporarán al expediente. De no ser posible lo anterior, debe incorporarse al expediente la justificación motivada de tal extremo. Quedan exceptuados de esta obligación de solicitar tres ofertas, aquellos contratos menores que, en cómputo anual, no superen los 1.000€ (IVA excluido).

3.1.2. En los contratos menores que se tramiten en firme: la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el propósito de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior. El citado informe se deberá cumplimentar a través de uno de los dos formularios existentes, modelos 37 o 38, según el caso, incluyendo los siguientes datos y documentos:

-    El objeto del contrato, la justificación de la necesidad y la justificación de ser gastos que no se repiten año tras año.

-    Se solicitarán, al menos, tres ofertas que se incorporarán al expediente. De no ser posible lo anterior, debe incorporarse al expediente la justificación motivada de tal extremo. Quedan exceptuados de esta obligación de solicitar tres ofertas, aquellos contratos menores que, en cómputo anual, no superen los 1.000€ (IVA excluido).

-    La aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto, así como el ejercicio presupuestario (o los ejercicios presupuestarios en el caso de que afecte a 2 ejercicios).

-    En el caso del contrato menor de obras, el presupuesto de obras, o en su caso, el proyecto correspondiente y/o informe de la oficina de supervisión de proyectos cuando proceda.

-    A está documentación habrá que añadir, en el caso de gastos aplicables a partidas financiadas con fondos europeos Next Generation, la Declaración de Ausencia de conflicto de intereses (DACI) de todos los implicados en dicho gasto, tanto por parte de la UNED como por parte de las posibles empresas adjudicatarias. De esta forma en el momento de solicitar a las empresas su oferta, se le solicitará también el DACI correspondiente para su incorporación al expediente.

Así como el resto de requisitos previstos en la legislación vigente para este tipo de contratos, como son los logos

3.1.2.1. Contratos menores en los que el presupuesto sea inferior a 5.000€ (IVA excluido) y que se tramiten en firme: el gestor del centro de gasto deberá cumplimentar el modelo 37 y lo adjuntará al expediente.

3.1.2.2. Contratos menores en los que el presupuesto sea de 5.000€ o superior (IVA excluido): el gestor del centro de gasto deberá, previamente a realizar el gasto y a su aprobación, cumplimentar y remitir el modelo 38 al Departamento de Contratación Administrativa (pisla@pas.uned.es ), debiéndose incorporar el documento de Reserva de Crédito. Estos contratos requieren informe favorable de Gerencia y Auditoría previo a la continuación del procedimiento de contratación.

3.2.- PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS MENORES

3.2.1.  “EN FIRME”: se tramitarán en firme, exclusivamente, los siguientes contratos menores:

    Los gastos de los cursos de Formación Permanente, cualquiera que sea su cuantía, excepto los relativos a Formación del Profesorado y Enseñanza Abierta.

    Los gastos de material inventariable, cualquiera que sea su cuantía.

    Los gastos de cuantía superior a 5.000 €, IVA incluido.

Información que debe de figurar en el texto libre de los expedientes AD, ADO y O de contratación menor: Comenzar con: “Contrato menor para el suministro/servicio/obra (indicar el objeto), eliminando lo que aparece por defecto: factura número…

Si NO es un contrato menor el texto libre deberá estar redactado de tal manera que permita identificar el tipo de gasto. Ejemplo: “pago de equipo docente”, “derechos de autor” “viaje”, “Contratación centralizada” …

3.2.2. Tramitación a través de las habilitaciones: Si el importe de los pagos es inferior a 5.000 €, IVA incluido, deberán tramitarse necesariamente a través de las habilitaciones, con las excepciones anteriores.

4.- COMPRAS DE PRODUCTOS O SERVICIOS TIC “TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN”.

En estos servicios/suministros y con independencia de su cuantía, se exige el informe técnico favorable de la Secretaría General de Administración Digital (SGAD). Este informe se tramita en el Servicio de Contratación, en el siguiente email: comprasdp@adm.uned.es  

El adjudicatario tendrá en cuenta lo establecido en el RD 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público y por lo tanto aplicará la norma “ UNE-EN 301 549. Requisitos de accesibilidad para productos y servicios TIC “. Esta norma, es la versión oficial española a la EN 301 549 V2.1.2 (2018-08) Accessibility requirements for ICT products and servicies, declarada como estándar armonizado en la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2018, y que es equivalente a cumplir todos los requisitos de nivel A y AA de las WCAG 2.1.

DISPOSICION DEROGATORIA: Queda derogada la Resolución de esta Gerencia de 13 de diciembre de 2022: “Instrucciones aplicables a la contratación realizada por la UNED”

DISPOSICION FINAL: La presente Resolución entrará en vigor al día 17 de enero de 2024.

Anexo I: Modelo 37

Anexo II: Modelo 38

 

 

 

 

SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS

facultad de derecho

10.-   Comunicado para los estudiantes del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas, asignatura “Trabajo Fin de Grado” (código 66014021), la incorporación al equipo docente de los siguientes profesores:

- Aguilar Fernández, Paloma.

- Benítez Amado, Jesús Alberto.

- Bermúdez Torres, Sandra.

- Castro García, Andrés de.

- Colino Cámara, César.

- Coller Porta, Francesc Xavier.

- Echeverría Jesús, Carlos.

- Gómez-Reino Cachafeiro, Margarita.

- González Enríquez, María del Carmen.

- Hombrado Martos, Angustias M.ª.

- Jaime Castillo, Antonio Manuel.

- Kolling, Mario.

- Leonisio Calvo, Rafael.

- Olmeda Gómez, José Antonio.

- Palomares Lerma, Gustavo.

- Parrado Díez, Salvador.

- Ramiro Fernández, Luis José.

- Rubio Lara, M.ª Josefa.

- Ruiz Ramas, Rubén.

- Tome Alonso, Beatriz.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

11.-   Comunicado para los estudiantes del Máster Universitario en Unión Europea

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes del Máster Universitario en Unión Europea, asignatura “Historia Económica de la Integración Europea” (Código 26602849), la siguiente modificación en el equipo docente:

 Causa baja el profesor D. Miguel Santamaría Lancho, y se incorpora en su lugar el profesor D.  Héctor García Montero, manteniéndose en el equipo docente los profesores D. Rafael Barquín Gil y D. Ángel Luis González-Esteban.

Se comunica a los estudiantes del Máster Universitario en Unión Europea, asignatura “History of the European Union” (Código 26600063), la siguiente modificación en el equipo docente:

Causa baja el profesor D. Mauro Hernández Benítez, y se incorpora en su lugar el profesor  D. Héctor García Montero, manteniéndose en el equipo docente los profesores D. Rafael Barquín Gil y D. Ángel Luis González-Esteban.

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

12.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Derecho Administrativo IV (Cód. 66903011), de la Facultad de Derecho. Modificaciones en la guía de la asignatura

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Derecho Administrativo IV (Cód. 66903011), de la Facultad de Derecho, la siguiente modificación en la guía de la asignatura.

En el apartado de “Sistemas de evaluación”:

Con respecto al programa calificable de la materia y exigible en el examen, que el capítulo VII (Dominio público radioeléctrico), queda excluido como materia de evaluación y, por lo tanto, no concurrirá ninguna pregunta optativa u obligatoria sobre el mismo en el examen de las convocatorias ordinaria y extraordinaria del curso 2023/2024. Tal y como se anunció en el curso virtual a comienzo de este curso. El motivo es que los recientes cambios en la Ley General de Telecomunicaciones y su regulación de desarrollo producidos en 2022 y 2023 han modificado sustancialmente el contenido de los manuales aconsejados y, por tanto, su estudio resultaría inadecuado en términos generales y en su contenido concreto.

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

facultad de filología

13.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Trabajo Fin de Máster” (Cód. 24409244), del Máster Universitario en Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Enseñanza y el Tratamiento de Lenguas

Decanato de la Facultad

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Trabajo Fin de Máster” (Cód. 24409244), del Máster Universitario en Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Enseñanza y el Tratamiento de Lenguas, la siguiente modificación en la guía de la asignatura.

En el apartado “Horario de atención al estudiante”, donde dice:

La coordinación académica de esta asignatura está a cargo de D.ª María Jordano de la Torre.  Sus datos de contacto son los siguientes:

Horario de permanencia: Lunes de 10:15 a 14:15 horas y martes de 10:15 a 14:15 horas.

Dirección: Despacho 5.25 Planta 5.

Departamento de Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas.

Facultad de Filología. Senda del Rey, 7. 28040 Madrid.

Teléfono: (+34) 91 398 85 51.

Correo electrónico: mjordano@flog.uned.es

Debe decir:

La coordinación académica de esta asignatura está a cargo de D.ª Iria da Cunha.  Sus datos de contacto son los siguientes:

Horario de permanencia: miércoles de 10:00  a 14:00 horas.

Dirección: Despacho 02. Departamento de Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas.

Facultad de Filología. Senda del Rey, 7. 28040 Madrid.

Teléfono: (+34) 91 398 78 40.

Correo electrónico: iriad@flog.uned.es

En el apartado “Sistemas de evaluación”, donde dice:

Requiere presencialidad: Si

Descripción: La prueba presencial consiste en una presentación oral del trabajo delante de un tribunal compuesto por dos miembros, presidente y secretario.

Solo en casos excepcionales, debidamente argumentados y acreditados, la defensa podrá tener lugar a través de medios telemáticos, debiendose solicitar autorización a la Comisión Organizadora del Máster.

El siguiente enlace proporciona información detallada y actualizada sobre las diferentes convocatorias de defensa y plazos.

http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93%2C46306870&_dad=portal&_schema=PORTAL  

Fecha aproximada de entrega: 11/06/2021.

Comentarios y observaciones: En el siguiente enlace se mostrará la información para el año 2020-21 a su debido tiempo:

http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93%2C46306870&_dad=portal&_schema=PORTAL  

Debe decir:

Requiere presencialidad: No.

La prueba presencial consiste en una presentación oral del trabajo delante de un tribunal compuesto por dos miembros, presidente y secretario.

La defensa se llevará a cabo de manera telemática.

Se recomienda revisar la web de la Facultad de Filología para obtener más información al respecto:

https://www.uned.es/universidad/facultades/filologia/bienvenida/estudios/informacion-masteres.html  

Fecha aproximada de entrega: Se recomienda revisar la web de la Facultad de Filología para obtener más información sobre defensas y plazos:

https://www.uned.es/universidad/facultades/filologia/bienvenida/estudios/informacion-masteres.html  

Comentarios y observaciones

 

 

 http://www.uned.es/bici/Curso2012-2013/130603/32-1.h1.jpg

 

 

 

ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES

14.-   Comunicado para los estudiantes de la asignatura “Programación Multiobjetivo” (Cód. 28801142), del Máster Universitario en Investigación en Tecnologías Industriales

E.T.S.I.I.

Se comunica a los estudiantes de la asignatura “Programación Multiobjetivo” (Cód. 28801142), del Máster Universitario en Investigación en Tecnologías Industriales, la incorporación del profesor D. Miguel Ángel Sama Meige al equipo docente de la asignatura.

Su horario de atención al estudiante será el miércoles de 16:00 a 20:00 horas.

Despacho 2.53. E.T.S.I. Industriales.

Teléfono: 91 398 79 27.

Correo electrónico: msama@ind.uned.es

 

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ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO

15.-   Depósito de Tesis Doctorales

Gestión de Doctorado III

En cumplimiento de la normativa vigente en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado, cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es  el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento durante un período de 48 horas, y en su caso, dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones y observaciones que estime oportuno formular:

AUTOR: D. JOSE ANTONIO LÓPEZ PÉREZ.

     TESIS: “LOS PATRONATOS LAICOS DE LAS PARROQUIAS DE LAS VILLAS DE LA BIZKAIA BAJOMEDIEVAL”.

     DIRECTOR: D. CARLOS BARQUERO GOÑI.

     PROGRAMA: “HISTORIA E HISTORIA DEL ARTE Y TERRITORIO”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 10/enero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 31/enero/2024.

AUTOR: D. JUAN MARTÍNEZ ROS.

     TESIS: “ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD EN LOS DELITOS DE ODIO”.

     DIRECTOR: D. JOSÉ NÚÑEZ FERNÁNDEZ.

     PROGRAMA: “SEGURIDAD INTERNACIONAL”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 16/enero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 06/febrero/2024.

AUTOR: D. ANTONIO SILVA ESQUINAS

     TESIS: “DANDO FORMA A LAS SOMBRAS. COMPRENDIENDO LA CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y EL DISPOSITIVO ENCUBIERTO EN LAS ETNOGRAFÍAS DEL ULTRA REALISMO”.

     DIRECTOR: D. ÁNGEL DÍAZ DE RADA BRUN.

     PROGRAMA: “DIVERSIDAD, SUBJETIVIDAD Y SOCIALIZACIÓN.  ESTUDIOS EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL, HISTORIA DE LA PSICOLOGÍA Y DE LA EDUCACIÓN”.

     ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.

     INICIO DEPÓSITO: 16/enero/2024.

     FIN DEPÓSITO: 06/febrero/2024.

 

La información de las tesis doctorales que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente dirección electrónica:

https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html

 

 

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SECCIÓN III. VARIOS

boe

16.-   Reseñas del Boletín Oficial del Estado

           BICI

UNIVERSIDADES

Personal de administración y servicios. Resolución de 8 de enero de 2024, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en Escalas de los Subgrupos A1 y A2.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/13/pdfs/BOE-A-2024-704.pdf

BOE 13/01/2024

Resolución de 8 de enero de 2024, de la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de las Escalas de los Subgrupos A1, A2 y C1.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/13/pdfs/BOE-A-2024-705.pdf

BOE 13/01/2024

Resolución de 8 de enero de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se publica la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico de Investigación.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/13/pdfs/BOE-A-2024-706.pdf

BOE 13/01/2024

Anuncio de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sobre extravío de título universitario.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/15/pdfs/BOE-B-2024-1210.pdf

BOE 15/01/2024

UNIVERSIDADES

Personal de administración y servicios. Resolución de 9 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Bibliotecas, Archivos y Museos, convocadas por Resolución de 5 de junio de 2023.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/17/pdfs/BOE-A-2024-866.pdf

BOE 17/01/2024

Resolución de 9 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria.

https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/17/pdfs/BOE-A-2024-867.pdf

BOE 17/01/2024

 

 

 

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programación audiovisual

17.-   Boletín de Programación de UNED MEDIA & INTECCA

Sección de producción de Medios Audiovisuales

UNED MEDIA

Para obtener más información, consultar programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:

https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html     

Para más información sobre la programación del CEMAV, ponerse en contacto con el Negociado del Centro de Diseño y Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV) negociado.cemav@adm.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Para más información sobre la programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es / o enviar mensaje a info@intecca.uned.es  (solo temas audiovisuales).

Contactar con la UNED para temas generales:

www.uned.es

 

 

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