SECCIÓN I. ÓRGANOS INSTITUCIONALES
1.-
Ceses
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª MARÍA JOSEFA
BAUTISTA-CERRO RUIZ, a petición propia, como Vicedecana de Ordenación
Académica, Sostenibilidad y Calidad y Vicedecana Primera de la Facultad de
Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. DIEGO ARDURA
MARTÍNEZ, a petición propia, como Secretario de la Facultad de Educación
de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los
servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JAVIER MORENTÍN
ENCINA, por cumplimiento de mandato del Decano que lo designo, como
Secretario Adjunto de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos
de 10 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª MACARENA DONOSO
GONZÁLEZ, a petición propia, como Vicedecana de Docencia, Innovación y
Estudiantes de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9
de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª KIRA MAHAMUD
ANGULO, a petición propia, como Vicedecana de Prácticas de la Facultad
de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JUAN CARLOS
PÉREZ GONZÁLEZ, a petición propia, como Vicedecano de Investigación,
Internacionalización y Postgrados de la Facultad de Educación de esta
Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios
prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. GUILLERMO
FERNANDO ARQUERO CABALLERO, a petición
propia, como Secretario Adjunto de la Facultad de Educación de esta
Universidad, con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios
prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª SILVIA SÁNCHEZ
CALDERÓN, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Secretaria
Adjunta de la Facultad de Filología para el Grado en Estudios Ingleses: Lengua,
Literatura y Cultura de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª BLANCA PAZ
ARTEAGA MARTÍNEZ, a petición propia, como Coordinadora del Título de
Grado en Educación Infantil de la Facultad de Educación de esta Universidad,
con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª PATRICIA MATA
BENITO, a petición propia, como Coordinadora del Título de Grado en
Pedagogía de la Facultad de Educación de esta Universidad, con efectos de 9 de
enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. MARCOS ROMÁN
GONZÁLEZ, a petición propia, como Coordinador de Comunicación,
Virtualización y Tecnologías de la Facultad de Educación de esta Universidad,
con efectos de 9 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª ADRIANA NOEMÍ
KICZKOWSKI YANKELEVICH, a petición propia, como Coordinadora de Microtítulos de la Facultad de Filología de esta
Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios
prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JAIME ARTURO DE
LA TORRE RODRÍGUEZ, a petición propia, como Coordinador del Máster
Universitario en “Física Avanzada” de esta Universidad, con efectos de 1 de
enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. PEDRO CÓRDOBA
TORRES, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como Secretario del
Máster Universitario en “Física Avanzada” de esta Universidad, con efectos de 1
de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª MARÍA JESÚS
FUNES RIVAS, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como
Subdirectora del Departamento de Sociología III (Tendencias Sociales) de la
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de esta Universidad, con efectos de
15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D. JOSÉ ANTONIO
DÍAZ MARTÍNEZ, por cumplimiento de mandato, como Director del
Departamento de Sociología III (Tendencias Sociales) de la Facultad de Ciencias
Políticas y Sociología de esta Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024,
agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me
confiere la legislación vigente y los Estatutos de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, vengo en cesar a D.ª RAQUEL
FERRÁNDEZ FORMOSO, por pasar a desempeñar otro cargo académico, como
Secretaria del Máster Universitario en “Filosofía Teórica y Práctica” de esta
Universidad, con efectos de 15 de enero de 2024, agradeciéndole los servicios
prestados.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
2.-
Nombramientos
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Educación, vengo en nombrar Vicedecana de Postgrados,
Investigación e Internacionalización de la citada Facultad a D.ª BEATRIZ
ÁLVAREZ GONZÁLEZ, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Educación, vengo en nombrar Vicedecana de Prácticas de la citada
Facultad a D.ª ANA MARÍA MARTÍN CUADRADO, con efectos de 11 de enero de
2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Educación, vengo en nombrar Secretaria de la citada Facultad a
D.ª MARÍA LIDIA LOSADA VICENTE, con efectos de 11 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Educación, vengo en nombrar Secretario Adjunto de la citada
Facultad a D. RAFAEL FERMÍN SÁNCHEZ BAREA, con efectos de 11 de enero de
2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Educación, vengo en nombrar Secretaria Adjunta de la citada
Facultad a D.ª CLAUDIA DE BARROS CAMARGO, con efectos de 11 de enero de
2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Filología de esta Universidad, vengo en nombrar Secretaria
Adjunta de la citada Facultad a D.ª SORAYA ALMANSA IBÁÑEZ, con efectos de
16 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia y, a propuesta del Sr. Decano de
la Facultad de Filología, vengo en nombrar a D.ª SILVIA SÁNCHEZ CALDERÓN,
Coordinadora de Microtítulos de la Facultad de Filología, con efectos de 16 de
enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a
propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, vengo
en nombrar Coordinador del Máster Universitario en “Física Avanzada” a D.
PEDRO CÓRDOBA TORRES, cargo asimilado académicamente a Director de
Departamento y a efectos económicos a Director de Instituto Universitario de
Investigación, con efectos de 2 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a
propuesta del Sr. Decano de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, vengo
en nombrar Secretaria del Máster Universitario en “Física Avanzada” a D.ª EVA
MARÍA FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, cargo asimilado académicamente a Secretaria de
Departamento y a efectos económicos a Coordinadora del Curso de Orientación
Universitaria, con efectos 2 de enero de 2024.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 99.1.h de los Estatutos de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, vengo en nombrar Directora del
Departamento de Sociología III (Tendencias Sociales) de la Facultad de Ciencias
Políticas y Sociología de esta Universidad a D.ª MARÍA JESÚS FUNES RIVAS,
con efectos 16 de enero de 2024.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a
propuesta de la Sra. Decana de la Facultad de Filosofía de esta Universidad,
vengo en nombrar Secretaria del Máster Universitario en “Filosofía Teórica y
Práctica” a D.ª CLAUDIA PICAZO JAQUE, cargo asimilado académicamente a
Secretaria de Departamento y a efectos económicos a Coordinadora del Curso de
Orientación Universitaria, con efectos 16 de enero de 2024.
Madrid, 17 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
VICERRECTORADO
de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica
3.-
Convocatoria
de un contrato laboral para el proyecto de investigación “Adaptación del
sistema arText al catalán”
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Dentro del Proyecto “Adaptación del
sistema arText al catalán”, con referencia
9015-642605/2023, del que es investigadora principal (IP) la profesora D.ª Iria da Cunha Fanego, del Departamento de Filologías
Extranjeras y sus Lingüísticas de la Facultad de Filología, se convoca un
contrato laboral para realizar las tareas relacionadas en el objeto de la
convocatoria, bajo las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DE LA
CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por
objeto la contratación de una persona con titulación superior a tiempo completo
para realizar las siguientes tareas asociadas al proyecto “Adaptación del
sistema arText al catalán”:
Adaptación del software
arText (front-end y back-end) para soportar la
lengua catalana.
Mejoras, actualizaciones y
mantenimiento del software.
Redacción de documentación técnica
del software.
2.- DESTINATARIOS
Graduado o ingeniero en alguna
ingeniería de carácter técnico. Se valorará disponer de una titulación oficial
superior relacionada con el área de conocimiento del proyecto y, especialmente,
tener conocimientos y experiencia en el sector tecnológico, en gestión técnica
de proyectos, administración de aplicaciones y servidores, administración de
redes y seguridad, así como conocimientos de lengua catalana.
3.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. En el momento de presentar la solicitud, los candidatos deberán
cumplir los siguientes requisitos:
Poseer la nacionalidad española, o
tener permiso de residencia y trabajo en España.
Estar en posesión de la titulación
de graduado o ingeniero en alguna ingeniería de carácter técnico.
3.2. Las titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar homologadas por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
4.- CONDICIONES DE DISFRUTE DEL CONTRATO
4.1. La incorporación del candidato al grupo de investigación del
proyecto se realizará por medio de un contrato laboral entre el candidato
seleccionado y la UNED, al amparo de lo que establece el artículo 23 bis de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
modificada por Ley 17/2022, de 5 de septiembre y demás disposiciones legales
que resulten de aplicación.
4.2. El contrato tendrá carácter indefinido y se desarrollará a tiempo
completo, si bien su vigencia estará condicionada por la propia vigencia del
proyecto de investigación que lo sustenta, cuya finalización está prevista el
31/12/2024 y a la existencia de crédito suficiente.
En todo caso, las causas de la
extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y
concordantes. Serán causas objetivas de extinción del contrato las previstas en
el artículo 52 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la
insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para
el mantenimiento del presente contrato de trabajo.
4.3. El lugar de trabajo será la Facultad de Filología de la UNED
(Paseo Senda del Rey, n.º 7, Madrid), con posibilidad de realizar el trabajo en
remoto.
4.4. La incorporación del candidato seleccionado deberá producirse
dentro de los diez días posteriores a la firma del contrato. El incumplimiento
de este plazo se entenderá como renuncia al contrato y supondrá, por tanto, la
pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse.
4.5. El contrato que se firme al amparo de esta convocatoria tendrá
una dotación económica íntegra mensual de 3.333 euros para toda la vigencia del
contrato, en doce pagas (pagas extraordinarias prorrateadas).
4.6. En ningún caso, la prestación de servicios que se lleve a cabo
como consecuencia del contrato que se celebre al amparo de esta convocatoria
implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación de los
interesados a la plantilla de la UNED.
5.- FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
5.1. Los impresos de solicitud se
publican como
Anexo
a la presente convocatoria y deberán
entregarse junto con los siguientes documentos:
- Copia electrónica del DNI, NIE o
pasaporte en vigor.
- Copia electrónica de la
certificación académica oficial en la que conste la obtención con fecha del
título que de acceso a esta convocatoria o, en su caso, expediente académico
del candidato.
- Curriculum vitae del/la solicitante, con especial referencia a la experiencia
formativa y laboral.
5.2. El plazo de presentación de
solicitudes será de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en
el BICI de la presente convocatoria.
5.3. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica, deberán presentarse en la Oficina de
Asistencia en Materia de Registros de la UNED o bien a través del Registro
electrónico de la AGE:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
6. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS SOLICITUDES
6.1. La evaluación de las solicitudes
se llevará a cabo por una Comisión que estará formada por la Vicerrectora de
Investigación, Transferencia y Divulgación Científica o, en su caso, la persona
en la que esta delegue; el investigador principal del proyecto al que se
adscribirá el contratado o la persona en la que este delegue; y la Jefa del
Departamento de Investigación y Relaciones Internacionales o persona en quien
delegue.
6.2. La Comisión seleccionará a los candidatos de conformidad con los
siguientes criterios:
6.2.1. Curriculum vitae del candidato/a. La
puntuación máxima de este apartado será de 70 sobre 100 repartida como sigue:
Título superior oficial en áreas de
conocimiento relacionadas con el ámbito del proyecto: alguna ingeniería técnica
(hasta 10 %).
Formación y experiencia demostrable
en el sector tecnológico, en gestión técnica de proyectos, administración de
aplicaciones y servidores, administración de redes y seguridad (hasta 30 %).
Conocimientos demostrables de lengua
catalana (hasta 20 %).
Otros méritos, como el manejo de
diferentes lenguajes de programación y bases de datos (hasta 10 %).
6.2.2. Beneficios científicos y
técnicos de la incorporación del candidato/a al proyecto. La puntuación máxima
de este apartado será de 30 sobre 100. A estos efectos, se podrán realizar
entrevistas individuales con los candidatos si fuese necesario.
7.- RECURSOS
Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes, contado desde el
día siguiente al de su publicación en el BICI, de conformidad con el artículo
123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la posibilidad de interponer
directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a esta publicación.
Madrid, 12 de enero de 2024. EL RECTOR, PD
Resolución de 17 de enero de 2023 (BOE 25, de 30 de enero de 2023), LA
VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, TRANSFERENCIA Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA, Rosa
María Martín Aranda.
ANEXO: Impreso de solicitud.
4.-
Resolución
de 16 de enero de 2024, del rector de la UNED, por la que se fija el
procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de
la actividad investigadora de sus profesores contratados por parte de la
Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora
Vicerrectorado de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica
Con objeto de permitir a los profesores
contratados de la UNED someter su actividad investigadora al proceso de
evaluación previsto en el apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto 1086/1989,
de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, resulta
necesario fijar el plazo y el procedimiento para la presentación de solicitudes
ante la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).
Por este motivo, la UNED y la ANECA
formalizaron el 20 de diciembre de 2021 una encomienda de gestión por convenio
mediante el cual la UNED encarga a ANECA la evaluación por la CNEAI de la
actividad investigadora del personal docente e investigador contratado.
En su virtud, este Rectorado ha
resuelto abrir el plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la
actividad investigadora:
Primero.- Los profesores contratados (profesores contratados doctores,
profesores colaboradores y profesores ayudantes doctores) podrán presentar su
solicitud de evaluación de la actividad investigadora desde el día siguiente al
de la publicación de la presente Resolución hasta el 12 de febrero de 2024, de
acuerdo con las especificaciones contenidas en el Anexo.
Segundo.- La presente convocatoria se regirá por las normas específicas
contenidas en esta Resolución y en sus correspondientes bases, y se atendrá a
lo dispuesto en:
• La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
• El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones
del profesorado universitario (BOE del 9 de septiembre), modificado por los
Reales Decretos 1949/1995, de 1 de diciembre (BOE de 18 de enero de 1996);
74/2000, de 21 de enero (BOE del 22 de enero de 2000), y 1325/2002, de 13 de
diciembre (BOE de 21 de diciembre de 2002).
• La Orden de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el
procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora de los
funcionarios de los cuerpos docentes universitarios (BOE de 3 de diciembre de
1994) modificada por la Orden de 16 de noviembre de 2000 (BOE de 21 de
noviembre de 2000).
• La disposición final vigesimosexta de la Ley 22/2013 de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 (BOE de 26 de
diciembre de 2013).
• La Resolución de 5 de diciembre de 2023 (BOE, de 16 de diciembre
de 2023) de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora
(CNEAI) por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad
investigadora.
• La Resolución de 19 de diciembre de 2023 (BOE de 22 de diciembre
de 2023) de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la
convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.
Y demás normas vigentes que sean de
aplicación.
Tercero.- La presente Resolución
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BICI.
Cuarto.- Contra la presente Resolución cabe interponer recurso
contencioso- administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.1.a) de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, podrá presentarse,
potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado desde
el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, ante el rector de la UNED.
Contra los actos definitivos y de
trámite cualificados que resulten del procedimiento al que la presente
resolución se refiere podrán los interesados interponer los recursos
administrativos y jurisdiccionales que en derecho procedan.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO
1. Objeto de la
convocatoria
El propósito de esta convocatoria es
reconocer los méritos en la actividad investigadora desarrollada por el
profesorado contratado de la UNED e incentivar su ejercicio y su calidad.
2. Requisitos de los solicitantes
2.1. En lo que al profesorado se refiere, tendrán derecho a solicitar
la evaluación de su actividad investigadora quienes ostenten la condición de:
• Profesor contratado doctor permanente.
• Profesor colaborador.
• Profesores ayudantes doctores, según lo dispuesto en el acuerdo
de interpretación de la Comisión Paritaria de seguimiento del I Convenio
Colectivo del PDI laboral de la UNED, de fecha 17 de diciembre de 2021.
2.2. Los profesores contratados
que se encuentren en situación de excedencia voluntaria, prestando servicios en
una universidad legalmente reconocida, podrán someter a evaluación su actividad
investigadora, aunque los correspondientes efectos económicos no se iniciarán,
en su caso, hasta el momento de su reingreso a la universidad pública en
régimen de dedicación a tiempo completo.
2.3. Los profesores antes mencionados deberán cumplir un mínimo de seis
años evaluables a 31 de diciembre de 2023 y deberán encontrarse en cualquiera
de las siguientes situaciones:
a) Aquellos cuyo último tramo evaluado
positivamente termine el 31 de diciembre de 2017 o hubiera terminado en años
anteriores.
b) Aquellos que nunca se hayan
presentado anteriormente y cumplan un mínimo de seis años evaluables el 31 de
diciembre de 2023.
c) Aquellos a quienes no se les hubiera
reconocido su último tramo de evaluación normal y éste hubiera terminado el 31
de diciembre de 2020 o años anteriores. Los solicitantes que se encuentren en
esta situación podrán construir un nuevo tramo, de seis años, con algunos de
los años ya evaluados negativamente en el último tramo de investigación
presentado y, al menos, tres años posteriores al mismo. En caso de evaluación
negativa anterior de dos o más tramos presentados conjuntamente, el nuevo
sexenio se formará únicamente con años propios del último tramo de
investigación.
2.4. Los profesores contratados que se encuentren disfrutando de
permisos de maternidad o paternidad, en excedencia para atender el cuidado de
hijos o hijas o de un familiar en primer grado que se encuentre a su cargo, o
en excedencia por razón de violencia de género prevista en el artículo 89.1 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, podrán incluir en su
solicitud de evaluación de sexenios los años y las aportaciones publicadas en
dichos años en que hayan permanecido en dicha situación administrativa de
excedencia.
2.5. Como parte de una estrategia integral para alcanzar la igualdad
efectiva entre mujeres y hombres y la equidad e igualdad de oportunidades, a
efectos del cómputo de los tramos de investigación para la evaluación de la
actividad científica e investigadora, aquellas personas que así lo deseen y se
encuentren en alguna de las situaciones descritas en el apartado anterior
podrán prorrogar el último sexenio vivo un año por cada permiso o excedencia
que hayan tenido. Estos permisos o situaciones administrativas de excedencia
deberán haber tenido lugar en el período comprendido entre el 1 de enero de
2017 y el 31 de diciembre de 2023. La prórroga del sexenio será de aplicación
al último sexenio vivo.
2.6. Los profesores contratados doctores podrán solicitar la
convalidación de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad
investigadora que les hubieran sido reconocidos en la categoría de profesor
ayudante doctor, cuando dicho reconocimiento se haya producido por la CNEAI u
otros órganos de evaluación de las comunidades autónomas, conforme a las
previsiones del RD1086/1989 de 28 de agosto y disposiciones de desarrollo.
Asimismo, los profesores ayudantes
doctores y los profesores contratados doctores podrán solicitar el
reconocimiento de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad
investigadora que les hubieran sido reconocidos en otras instituciones
diferentes a la UNED, cuando dicho reconocimiento se haya producido por la
CNEAI u otros órganos de evaluación de las comunidades autónomas, conforme a
las previsiones del RD1086/1989 de 28 de agosto y disposiciones de desarrollo.
Ambas solicitudes deberán tramitarse a
través del presente
formulario, remitiéndose al Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y
Divulgación Científica a través del Registro Electrónico de la UNED
(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ) o bien en cualquiera de
los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que en la
solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público.
2.7. Los efectos económicos derivados de esta evaluación se iniciarán
el 1 de enero de 2024.
3. Formalización de solicitudes
3.1. Los solicitantes podrán presentar sus solicitudes desde el día
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BICI hasta el
día 12 de febrero de 2024. Los formularios y anexos serán cumplimentados y
enviados por vía telemática a través de la sede electrónica de ANECA:
https://aneca.sede.gob.es/
3.2. A través de dicha sede se podrá acceder a la Resolución de la
Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) que
especifica los criterios de evaluación generales y específicos para cada campo.
Igualmente se podrán obtener duplicados o justificantes de los escritos
presentados por registro electrónico y se podrá realizar el seguimiento de la
tramitación de solicitudes.
3.3. Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación, que
estará disponible en la aplicación de la sede electrónica de ANECA:
a) Impreso de solicitud generado y
firmado por el/la solicitante.
b) Currículo
que se genera al cumplimentar la solicitud con hasta un máximo de cinco
aportaciones que la persona interesada seleccione para someter a evaluación.
Se entenderá por «aportación» cualquier
unidad clasificable en alguno de los criterios de evaluación a los que se
remite el apartado 7 de la Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la
Secretaría de General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria
de evaluación de la actividad investigadora.
Cada aportación deberá incluir:
• Los datos que sean necesarios para su identificación.
• Un identificador persistente (DOI, Handle,
ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente).
• Solo en el caso de publicaciones que no se encuentren en acceso
abierto, el archivo en PDF de dichas aportaciones, de forma que se facilite el
trabajo de evaluación de los comités asesores.
• Solo en casos imprescindibles, el archivo en PDF justificativo de
la aportación, de acuerdo con lo indicado en la Resolución de 5 de diciembre de
2023, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la
que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora
(contrato de compraventa o de licencia en el caso de las patentes, evidencias
que permitan identificar el objeto de evaluación en el caso de las aportaciones
artísticas o creativas, etc.).
Cada
aportación irá acompañada de un «breve resumen», con el máximo que establece la
aplicación telemática, que contenga los objetivos y resultados más
sobresalientes de la investigación. Se podrán sustituir los resúmenes
individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas.
Asimismo, la persona solicitante deberá
acompañar los «indicios de relevancia e impacto» de la investigación, que
podrán consistir en:
1. Contribución de la aportación al
progreso del conocimiento (originalidad, innovación, prioridad temática,
aportación al debate científico, aportación metodológica, entre otros).
2. Impacto científico de la aportación
(uso y lectura, referencias realizadas por otros/as autores/as, calidad,
internacionalización e impacto del medio de difusión, entre otros).
3. Impacto social de la aportación (uso
y lectura en plataformas no académicas, menciones no académicas o sociales,
interacciones en medios o plataformas sociales, aportación a políticas
públicas, entre otros).
4. Contribución de la aportación a la
ciencia abierta (grado de apertura, cumplimiento de principios FAIR en
conjuntos de datos, contribución a software libre, diversidad de repositorios
utilizados para el depósito, entre otros).
En el supuesto de que las aportaciones
fueran fruto de una obra colectiva, cada solicitante podrá incorporar la
referida investigación en su currículum, haciendo mención expresa en los
correspondientes resúmenes del alcance de su contribución personal al trabajo
colectivo.
Cada solicitante podrá incluir hasta
dos aportaciones sustitutorias debidamente referenciadas e identificadas como
tales, que puedan reemplazar a otras tantas de las presentadas en primer
término y que en el proceso de evaluación se puedan considerar de calidad
insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida.
c) Curriculum vitae
(se recomienda el modelo de la FECYT), que incluya exclusivamente las
actividades de investigación, desarrollo e innovación de los años sometidos a
evaluación. Según lo dispuesto en la Orden de 2 de diciembre de 1994, por la
que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad
investigadora en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, este
CV debe contener:
1. Historial científico completo.
2. Participación en proyectos de investigación financiados durante los
años correspondientes al período del sexenio y, al menos, tres anteriores.
3. Publicaciones, al menos, durante el período correspondiente al
sexenio solicitado.
4. Estancias en centros extranjeros.
5. Comunicaciones y ponencias a congresos por invitación y congresos
organizados, durante el período correspondiente al sexenio solicitado.
d) Hoja de
servicios original actualizada que incluya el período cuya evaluación se
solicita, en la que conste el régimen de dedicación de la persona solicitante
durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al
día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
e) Si la
investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de
servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos,
credenciales de becaria o becario o documentos fehacientes similares, y que
incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso
tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular
sea la investigación.
3.2. ANECA podrá
solicitar en cualquier momento del procedimiento administrativo los documentos
originales a partir de los cuales se generaron los archivos electrónicos
incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y
concordancia. ANECA se reserva el derecho de actuar legalmente contra quienes
modificaran o alteraran aquellos documentos originales para generar los
archivos electrónicos incluidos en la solicitud.
3.3. Las consultas relacionadas con esta convocatoria y con la
aplicación informática de la misma se harán a través de «ANECA Responde»,
accesible desde la página web a través de este enlace:
https://ayuda.aneca.es
4. Presentación de solicitudes en la UNED
Una vez cumplimentada por vía
telemática la solicitud ante la ANECA, según las previsiones dispuestas en el
apartado anterior, los solicitantes deberán presentar OBLIGATORIAMENTE copia
electrónica del PDF generado por la sede de la ANECA que acredite la presentación de la solicitud por parte del interesado.
Este documento se facilitará al
Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica, a
través del Registro Electrónico de la UNED
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do o bien en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el
organismo público.
5. Instrucción del procedimiento
5.1. Corresponde a la CNEAI instruir el procedimiento de evaluación de
la actividad investigadora.
5.2. Para desempeñar su cometido, la CNEAI recabará el asesoramiento
de la comunidad científica, articulándolo a través de Comités Asesores por
campos científicos, cuya relación será oportunamente publicada.
5.3. En el proceso se tendrá en cuenta exclusivamente los documentos
presentados con la solicitud, por lo que se prescindirá del trámite de
audiencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
6. Criterios de evaluación
6.1. En la evaluación se observarán los criterios generales
establecidos en el artículo 7 de la Orden de 2 de diciembre de 1994 y en el
artículo 7 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e
Investigación de 5 de diciembre de 1994.
6.2. Los aludidos criterios generales se complementan con los
criterios específicos establecidos, para cada uno de los campos de evaluación,
en la Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Comisión Nacional Evaluadora
de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la
evaluación de la actividad investigadora.
7. Procedimiento de evaluación
7.1. Los Comités Asesores y, en su caso, los especialistas consultados
deberán formular un juicio técnico sobre la obra aportada por el solicitante en
el currículum vitae abreviado, dentro del contexto definido en el currículum
vitae completo.
7.2. En el caso de que el correspondiente Comité Asesor o los
especialistas nombrados por la CNEAI lo consideren oportuno, podrán requerir
del solicitante, por medio de la Directora de la División de Evaluación del
Profesorado de ANECA, o de quien ostente la Coordinación de la CNEAI, la
remisión de una copia de alguna o de todas las aportaciones relacionadas en su Currículum vitae.
7.3. El juicio técnico se expresará en términos numéricos de cero a
diez, siendo preciso un mínimo de seis puntos para obtener una evaluación
positiva en un tramo de seis años.
7.4. La CNEAI establecerá la evaluación individual definitiva a la
vista de las calificaciones emitidas por los Comités Asesores y los
especialistas, asegurando, en todo caso, la aplicación de los criterios a los
que se refiere el apartado 6 de esta convocatoria.
7.5. Al término del proceso de evaluación, el rector de la UNED
dictará Resoluciones individuales, para cuya motivación bastará con la
calificación emitida por la CNEAI en el caso de las evaluaciones positivas. Si
la evaluación resultase negativa, se incorporará a la Resolución los informes
emitidos por los Comités Asesores.
Si la Resolución no asumiese la
evaluación individual definitiva de la CNEAI deberán incorporarse a la misma
los motivos para apartarse de los referidos informes, así como la
fundamentación, avalada o no por otros informes dictados por especialistas.
7.6. El plazo de resolución será de seis meses.
7.7. El Rectorado de la UNED, al término del proceso de evaluación,
procederá a notificar personalmente a cada solicitante el resultado de la
evaluación obtenida.
8. Recursos
Una vez notificados los resultados de la evaluación, los profesores contratados evaluados desfavorablemente podrán presentar un recurso de reposición ante el rector de la UNED en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación. Recibidos los recursos, se dará traslado de los mismos a la CNEAI a fin de que los Comités Asesores emitan el informe técnico previo a la resolución de dichos recursos por el rector de la UNED. Junto con los recursos presentados por los profesores contratados, la UNED adjuntará las Resoluciones desfavorables dictadas por el rector en cada caso.
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
5.- Convocatorias
científicas de la Embajada de Francia en España para el año 2024
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
La Embajada de Francia en España se
complace en anunciar la apertura de dos convocatorias científicas para el año
2024.
Plazo de presentación: hasta el 30 de
enero de 2024 a las 23:59 horas.
CONVOCATORIA DE BECAS DOCTORALES Y POSTDOCTORALES
Estas becas sirven exclusivamente para
financiar movilidades a Francia, en el marco de una estancia de investigación
para estudiantes de doctorado o postdoctorado, matriculados en un centro de
educación superior o de investigación español (y no matriculados en Francia).
https://www.institutfrancais.es/educacion/convocatoria-de-becas-doctorales-y-postdoctorales/
CONVOCATORIA DE PROYECTOS CIENTÍFICOS PARA INVESTIGADORES
CONFIRMADOS
Los proyectos deben inscribirse en el
marco de una colaboración franco-española.
Las subvenciones otorgadas sirven para financiar la publicación de
artículos científicos, movilidades, la compra de material de investigación, la
organización o participación en manifestaciones científicas (seminarios,
conferencias, congresos, jornadas de estudios, etc.).
https://www.institutfrancais.es/educacion/convocatoria-cientifica/
6.- Resolución
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de 16 de enero de
2024, por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de movilidad de
estudiantes de Grado de Antropología Social y Cultural de la Facultad de
Filosofía de la UNED, para realizar períodos de estudio de tres semanas dentro
del Programa Erasmus+, Acción Clave 1 (KA1) - Programas Intensivos Combinados
(BIP)
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
FACULTAD DE FILOSOFÍA
DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL
Esta
convocatoria se publica en el marco del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL
CONSEJO, de 30 de mayo de 2018, por el que se establece Erasmus, el programa de
la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el
periodo 2021-2027 y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/2013.
El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027
aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades
establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación
Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará
especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y
al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.
Dentro de las acciones KA1, se
encuentran los programas breves e intensivos (BIP) que utilizan formas
innovadoras de aprendizaje y enseñanza, incluido el uso de la cooperación en
línea. Estos programas fomentan la capacidad para desarrollar e implementar
prácticas innovadoras de enseñanza y aprendizaje en las instituciones de
educación superior (HEIs) participantes.
Estos programas deben tener un valor
añadido en comparación con los cursos o formaciones ofrecidos por las
instituciones participantes, donde grupos de estudiantes y personal realizarán
una movilidad física de corta duración, combinada con un componente virtual
obligatorio en el que participarán universidades de diferentes países.
Deberán reunir a los estudiantes en
línea para trabajar de forma colectiva y simultánea en tareas específicas que
estén integradas en el BIP y cuenten para los resultados generales del
aprendizaje.
En esta convocatoria 2023-2024, el
programa intensivo combinado está organizado en la UNED por el Departamento de
Antropología Social y Cultural de la Facultad de Filosofía, en coordinación con
4 universidades nacionales e internacionales, y lleva como título: “Miradas
sobre la ciudad- Estudio interdisciplinar de los centros históricos”.
La formación tendrá lugar durante tres semanas, del 24 de junio al 14 de julio de 2024. La primera semana se llevará a cabo de forma online, y la segunda y tercera semana se organizará de forma presencial.
UNIVERSIDADES PARTICIPANTES
Durante el curso 2023-2024, el programa
será impartido en colaboración con las siguientes universidades:
ESPAÑA:
1.- Universidad Nacional Educación a
Distancia (UNED): Waltraud Müllauer-Seichter.
2.- Universidad Politécnica de Madrid
(UPM). Escuela Técnica Superior de Arquitectura: Sonia de Gregorio Hurtado.
PORTUGAL:
3.- Universidade
Portucalense Infante D. Henrique: Mónica Alcindor Huelva.
4.- Universidade
Nova de Lisboa, NOVA FCSH: Leonor Medeiros.
ITALIA:
5. Università
degli Studi di Firenze: Mirella Loda.
6. Universitá
Politécnica di Torino: Carolina Giaimo.
CARACTERÍSTICAS DEL BIP “MIRADAS SOBRE LA CIUDAD- ESTUDIO
INTERDISCIPLINAR DE LOS CENTROS HISTÓRICOS”
Esta formación está dirigida a
estudiantes de Grado en disciplinas del área de Ciencias Sociales, Arquitectura
y Urbanismo, Geografía y Humanidades, interesados en los nuevos desafíos que
derivan de los recientes fenómenos socioculturales que se materializan en los
espacios públicos de la urbe, en particular en los cascos históricos.
El alumnado experimentará herramientas
y técnicas que aumentan y complementan los resultados extraídos del método
etnográfico (entrevistas, observación participante y diario de campo) sobre los
usos y reclamos al espacio compartido.
Se introducirán enfoques teóricos
básicos y diseños de investigación de la investigación urbana etnológica actual
desde la perspectiva de la antropología social y cultural en el ámbito urbano.
Temáticamente, se abordan los procesos histórico-dinámicos (cambios en los
entornos cotidianos, la globalización, la sostenibilidad, por ejemplo), así
como los enfoques metodológicos (por ejemplo, espacios y paisajes urbanos
versus entornos urbanos concretos).
En el curso los estudiantes adquirirán
conocimientos básicos de un complejo campo de investigación interdisciplinaria,
con especial énfasis en los nuevos desarrollos en antropología social y
cultural para describir nuevas identidades y urbanidad, y explorar nuevas
formas de mirar e interactuar con el entorno construido.
El objetivo es proporcionar una visión
general de la ‘antropología urbana’ como un campo de investigación teórico y
empírico que contribuye a un diagnóstico urbanístico integrado. Dotar de
herramientas para intervenciones de rehabilitación urbana mediante la
identificación de los significados y valores asociados a centros urbanos.
En concreto se va a tratar un espacio
céntrico de la ciudad de Lisboa (Barrio de la Moureria) y se analizará la convivencia de los vecinos
con el aumento de turismo. El trabajo focalizará en entender las múltiples
implicaciones que la turistificación, gentrificación
y especulación del suelo está teniendo para los residentes en términos de
afectación de su calidad de vida. Desde el desarrollo de un diagnóstico en relación a esta cuestión, se dará el salto al ámbito
propositivo, dentro del cual el alumnado estará llamado a plantear medidas que
permitan preservar la calidad de vida y las tradiciones/memorias de los
residentes con la presencia del turismo.
Todo esto se hará dentro de un marco
general en el que la sostenibilidad y la contribución a una transición
ecológica justa estará en la base de la reflexión y las propuestas que se
desarrollen.
En este BIP se pretende analizar la
combinación de las lógicas metodológicas en arquitectura/urbanismo,
antropología urbana y otros CCSS afines y lectura del casco histórico como una
asociación muy adecuada para indagar con éxito cuestiones sobre las convergencias
en el espacio y el tiempo, las velocidades, las permanencias y reinvenciones,
las temporalidades de la ciudad, y los valores simbólicos que subyacen en los
imaginarios de los barrios de los residentes.
Durante el curso 2023/2024, la semana
de formación presencial tendrá lugar en la Universidad Nova de Lisboa
(Portugal) donde se reunirán 25 estudiantes de nacionalidad portuguesa,
italiana y española. Por parte de la UNED se seleccionarán 6 estudiantes matriculados
en el Grado de Antropología Social y Cultural y 2 estudiantes del Grado de
Filosofía.
El trabajo de campo se desarrollará en la ciudad de Lisboa.
REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
Estudiantes matriculados en el Grado de
Antropología Social y Cultural y de Filosofía de la Facultad de Filosofía de la
UNED.
Deberán cursar las tres semanas de formación del BIP: primera semana online; segunda y tercera semana presencial en Madrid.
RECONOCIMIENTO ACADÉMICO
La actividad está compensando con 5
créditos (ECTS) a elegir entre las asignaturas optativas de las que se
encuentren matriculados durante el curso 2023/2024 del Grado de Antropología
Social y Cultural y de Filosofía, que tengan 5 créditos con excepción de la
asignatura “Proyecto de Investigación, análisis de materiales empíricos y
escritura”(Antropología Social y Cultural).
Los estudiantes contarán con el apoyo académico de la coordinadora del BIP en la UNED, la profesora Waltraud Müllauer Seichter y del Coordinador Erasmus+ en la Facultad de Filosofía, el profesor D. Sergio Martínez Luna.
AYUDA ECONÓMICA
Los estudiantes seleccionados, podrán
solicitar apoyo financiero para cubrir los gastos de alojamiento y manutención,
a través de las convocatorias publicadas por la UNED para el fomento de la
movilidad internacional.
COMISIÓN DE SELECCIÓN
Por parte de la Facultad de Filosofía:
D. Waltraud
Müllauer-Seichter, coordinadora del BIP en la UNED.
Departamento de Antropología Social y Cultural de la Facultad de Filosofía.
D. Sergio Martinez
Luna, Coordinador Erasmus+ de la
Facultad de Filosofía.
Por parte del
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo:
D.ª Laura Alba Juez, Vicerrectora de
Internacionalización y Multilingüismo, o persona en quien delegue.
D.ª Patricia Rodriguez
Sáez, Jefe de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.
D.ª
Encarna Valero Ibañez, Área de Movilidad
Internacional.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Desde el 22 de enero hasta el 15 de
marzo de 2024 a través del siguiente correo electrónico: wmullauer@fsof.uned.es indicando en el asunto: BIP Miradas sobre la ciudad 2023 - 2004.
El modelo de solicitud se encuentra en
el
Anexo I de esta convocatoria.
NORMAS FINALES
Los candidatos, por el hecho de
participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en
la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin
perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de Selección, se encuentra facultada para resolver las dudas
que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.
La presente resolución agota la vía
administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el rector, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su
publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015 o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los
artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón, P.D. (Resolución de 17 de enero
de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE
INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.
Anexo I:
Impreso de solicitud
7.-
Resolución
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de 16 de enero de
2024, por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de plazas para la
movilidad de estudiantes de Grado, Máster o Doctorado, matriculados en la UNED,
para realizar períodos de estudio dentro de la Acción Clave 1 (KA131), del
Programa Erasmus+ para el curso 2024-2025
Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo
Esta convocatoria se publica en el
marco del REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 30 de mayo de
2018, por el que se establece Erasmus, el programa de la Unión para la
educación, la formación, la juventud y el deporte para el periodo 2021-2027 y
se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/2013.
El nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027
aprobado por la Comisión Europea apoya las prioridades y actividades
establecidas en el Espacio Europeo de Educación, el Plan de Acción de Educación
Digital y la Agenda de Capacidades Europea. Durante este periodo se prestará
especial atención a la inclusión social, a la transición ecológica y digital, y
al fomento de la participación de los jóvenes en la vida democrática.
El Vicerrectorado de
Internacionalización y Multilingüismo gestiona este programa de movilidad y
hace posible que durante el curso académico 2024-2025 estudiantes matriculados
en la UNED, puedan realizar una estancia presencial, con el fin de cursar estudios
y obtener a su regreso el reconocimiento de los créditos superados en las
universidades asociadas.
La duración de la movilidad de los
estudiantes de la UNED no será inferior a 3 meses y vendrá establecida en el
acuerdo bilateral firmado con la universidad de acogida, información que
aparece en el listado de plazas ofertadas en cada Facultad y ETSI de la UNED
(Anexo I).
El Rectorado hace pública la
convocatoria de 362 plazas para estudiantes matriculados en la UNED que deseen
realizar estudios en universidades europeas con sujeción a las siguientes
bases:
1. Requisitos de
los candidatos
a) Nacionalidad:
a. Ser ciudadano de uno de los países que pueden participar
plenamente en todas las acciones del Programa: los veintisiete Estados miembros
de la Unión Europea y los países y territorios de ultramar; los terceros países
asociados al programa: los países de la AELC (Asociación Europea de Libre
Comercio) y del EEE (Espacio Económico Europeo): Islandia, Liechtenstein y
Noruega; o de los países candidatos a la adhesión a la UE: Macedonia del Norte,
Turquía y Serbia.
b. Tener el estatus de refugiado o apátrida.
c. Tener nacionalidad de terceros países (países no miembros del
programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir
en España durante el período de realización de la movilidad. En este caso, el
solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes
a su desplazamiento a la institución de destino; se aconseja comenzar esta
tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista.
Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar ante el
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, estar en posesión de
las autorizaciones necesarias para el desplazamiento.
b) Estar
matriculado en la UNED en el momento de presentar la solicitud en la Facultad/
ETSI, de la plaza que solicite.
Todos los estudiantes seleccionados
deberán quedar matriculados en la UNED durante el curso 2024-2025, en un
programa de estudios conducente a la obtención de título oficial de Grado/
Máster o Doctorado, (quedan excluidos los Títulos Propios) y en aquellas
asignaturas que puedan especificarse en las plazas descritas en el
Anexo I de esta convocatoria.
Los estudiantes deberán estar
matriculados durante todo el periodo de su estancia en el extranjero, tanto de
las asignaturas de las que se examinarán en la UNED, como de las que soliciten
reconocimiento, tras haberlas cursado en la universidad extranjera y superado
los créditos pactados entre el estudiante y el tutor Erasmus+ de la plaza
concedida.
c) Los estudiantes de la UNED que
quieran optar a estas ayudas también deberán estar matriculados al menos en el
segundo año de la titulación de Grado en la que solicita la ayuda, y tener
aprobados como mínimo 60 créditos ECTS, en la titulación en la que se
encuentren matriculados en el curso 2023/2024, en el momento de enviar la
solicitud, o matriculados en los estudios de máster o doctorado.
d) También podrán solicitar la ayuda,
los estudiantes provenientes de otras universidades con al menos 60 créditos
ECTS, reconocidos en los estudios que quieren continuar en la UNED.
e) El requisito de tener superados 60
créditos ECTS o reconocidos 60 créditos ECTS (apartados c y d), debe cumplirse
dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes.
f) Al iniciar la movilidad, los
seleccionados deben tener pendiente de superar en la UNED un número de créditos
mínimo, dependiendo de la duración de la beca (si es de 3 meses: 15 créditos
ECTS; 6 meses: 30 créditos ECTS; curso completo: 60 créditos ECTS).
g) Poseer el nivel de idioma específico
que aparece en cada plaza ofertada (Anexo I de esta convocatoria).
El nivel mínimo establecido, en la
mayoría de las plazas ofertadas, se corresponde con el B1 (según el marco común
europeo de referencia para las lenguas), excepto en aquellas universidades que
especifiquen un nivel superior. El conocimiento superior al mínimo exigido
podrá ser considerado como mérito en la selección. La no acreditación de este
requisito en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes de
la presente convocatoria supondrá motivo de exclusión del proceso de selección.
h) No haber incumplido los requisitos y
obligaciones establecidas en convocatorias anteriores de movilidad ofertadas en
la UNED.
i) Todos los requisitos establecidos en
esta convocatoria deberán cumplirse en el plazo indicado en el apartado para la
presentación de solicitudes, y habrán de mantenerse hasta la realización
efectiva de la movilidad.
2. Reconocimiento académico
El periodo de estudio en el extranjero
deberá constituir una parte integrante del programa de estudios en la
universidad de origen, y no podrá ser inferior a tres meses, ni superior a un
curso académico. Se recomienda a los estudiantes seleccionados, que revisen los
planes de estudio de la universidad de destino, para escoger, junto al Tutor
Erasmus de la UNED que le corresponda según la plaza concedida, los créditos
que cursarán bajo el programa Erasmus+.
Los estudiantes seleccionados,
acordarán y firmarán antes de iniciar la movilidad a la universidad extranjera,
un acuerdo de estudios que indicará los créditos que cursará en la universidad
de destino, y los que posteriormente le serán reconocidos en la UNED, tras la
presentación de los documentos oficiales que acrediten haberlos superado. Los
acuerdos de estudios quedarán firmados por el estudiante y sus responsables
académicos en las universidades de origen y de destino. Será obligatorio, para
todos los estudiantes seleccionados, tener los acuerdos de estudios firmados
por las tres partes -estudiante, tutor/a Erasmus+-UNED, tutor/a Erasmus+
universidad de destino-, antes de iniciar su movilidad.
Los estudiantes de Grado deberán cursar
al menos 15 créditos ECTS en la universidad extranjera (corresponden a una
estancia mínima de 3 meses). Los créditos cursados por los seleccionados
deberán estar en concordancia con la duración de las estancias, y quedarán
reflejados en los documentos académicos que firmen todas las partes implicadas
(estudiantes, y responsables académicos).
Los alumnos de Doctorado realizarán un
trabajo de investigación equivalente a los créditos pactados con los
responsables académicos en función de la duración de su estancia, que nunca
serán inferior a tres meses, ni inferior a 15 créditos ECTS.
La duración de las estancias, que
llevarán a cabo los estudiantes seleccionados, viene determinada en la oferta
de plazas de esta convocatoria (Anexo
I).
Los créditos ECTS que podrán cursar,
estarán en función de la duración de la estancia:
- 60 créditos ECTS (un curso académico completo).
- 30 créditos ECTS (un semestre académico).
- 15 créditos ECTS (un trimestre académico).
Los
estudiantes de Grado y de Máster deben tener en cuenta la normativa del R.D.
822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las
enseñanzas universitarias, en su artículo 10, punto 3: “En este procedimiento
no podrán ser reconocidos los créditos que corresponden a trabajo de fin de
grado o de Máster, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente
en un programa de movilidad”.
Todos las/los estudiantes seleccionados
recibirán en la cuenta de correo-UNED especificada en su solicitud, un enlace
para acceder a la Comunidad de Estudiantes Erasmus+ 2024-2025, donde obtendrán
la información precisa para la gestión de los documentos Erasmus+.
Los estudiantes seleccionados,
obtendrán la documentación académica y administrativa para realizar su estancia
a través de su correo electrónico como alumno-UNED
(identificador@alumno.uned.es ).
3. Duración de las estancias académicas
El plazo establecido para que los
estudiantes seleccionados realicen las estancias en las universidades
extranjeras tendrá lugar: durante el curso académico 2024-2025 y como máximo
hasta el 30 de septiembre de 2025.
En caso de que el estudiante desee
ampliar el período de estancia concedido, deberá proceder de la siguiente
forma:
- Revisar el
Anexo II (Ampliación del número de meses en las plazas ofertadas), para
comprobar si puede o no ampliar su estancia en la universidad de acogida.
- Deberá solicitar ampliar la estancia
por escrito a su Tutor Erasmus+ en la UNED (docente que aparece junto a la
plaza ofertada en el
Anexo
I), y en el caso de que obtenga su
aprobación por escrito, deberá también solicitarlo en la universidad
extranjera.
- Posteriormente, enviará ambos
justificantes de aceptación de la prolongación de su estancia a la Sección de
Internacionalización, a través del correo electrónico: movilidad-economico@adm.uned.es .
Esta ampliación, no conllevará
incremento de la ayuda financiera concedida, si supera el máximo de 7 meses de
estancia completos. La ampliación concedida, seguirá inmediatamente al período
de estancia inicialmente previsto.
El incumplimiento del periodo de
movilidad en el extranjero, y/o las obligaciones contractuales a las que se
refieren el Acuerdo de estudios (Learning Agreement), así como el
Convenio de subvención firmado por el estudiante y la UNED, y en su caso, la
ausencia de reconocimiento de créditos comportará la devolución íntegra de la
ayuda. A estos documentos sólo tienen acceso los estudiantes seleccionados.
4. Solicitud. forma y plazo para la presentación de solicitudes
Quien desee tomar parte en la presente
convocatoria, deberá hacerlo constar mediante solicitud, que debe ser
cumplimentada en la Sede Electrónica de la UNED, incluyendo su correo como
alumno de la UNED, además de los campos que correspondan según el formulario a
cumplimentar. https://sede.uned.es/ .
Una vez rellenada la solicitud, se
añadirán los siguientes documentos que serán valorados por la Comisión de
Selección de cada Facultad/Escuela de la UNED formada por el Coordinador de
Movilidad y los Tutores Erasmus+:
- Curriculum vitae.
- Acreditación del conocimiento de idiomas (según la plaza ofertada
en Anexo I), mediante certificado expedido por un centro de estudios
acreditado.
Los archivos
generados se admitirán en formato .DOC, .PDF. El/los archivo/s a subir a la
Sede Electrónica se denominará así: Facultad/Escuela,
Apellido1_Apellido2_,Nombre.PDF o la extensión que corresponda.
El plazo para la recepción de las
solicitudes estará abierto desde el 23 de enero al 23 de febrero de 2024.
5. Selección de los candidatos y resolución
Finalizado el plazo de presentación de
solicitudes, la Comisión de Selección, realizará la propuesta de adjudicación
de plazas y el Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo,
publicará dicha propuesta de adjudicación con el listado de estudiantes
seleccionados, suplentes y excluidos Erasmus+.
Esta propuesta de adjudicación será
publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), y se
anunciará en la página web del Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo:
En el plazo de 10 días hábiles
siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las
reclamaciones oportunas, previas a la resolución definitiva. Transcurrido dicho
plazo, se dictará resolución definitiva que será publicada en el Boletín
Interno de Coordinación Informativa (BICI) así como en la página web del
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo.
Los criterios que valorará la Comisión
de Selección serán los siguientes:
- Calificación media del expediente académico.
- Conocimiento de idiomas. Es obligatorio acreditar nivel B1 (o
superior) del idioma en el que se recibirán las clases en la universidad de destino, antes
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- Adecuación del estudiante al perfil de la plaza (se acepta carta
de motivación del estudiante). Podrán realizarse entrevistas personales si la
Comisión de selección lo estima oportuno.
6. Lista de reserva y vacantes
Junto con la adjudicación provisional
se publicará una lista de reserva con el fin de cubrir las vacantes que
pudieran producirse.
7. Renuncias
Los estudiantes tendrán de plazo hasta
el 30 de septiembre de 2024, para presentar su renuncia por escrito, que será
enviada al Servicio de Internacionalización a través del siguiente correo
electrónico:
movilidad-economico@adm.uned.es , indicando el motivo de su renuncia y devolviendo los documentos
originales que ya hubiera recibido como estudiante Erasmus seleccionada/o.
Las renuncias posteriores a 30 de
septiembre de 2024, así como la omisión de su comunicación, darán lugar a la
exclusión del estudiante en futuros procesos de selección de cualquier
convocatoria de movilidad promovida por este Vicerrectorado.
8. Financiación
Las ayudas económicas no se destinarán
a cubrir la totalidad de los estudios en el extranjero, sino a compensar costes
de movilidad adicionales: costes de viaje, preparación lingüística y, en su
caso, el coste de vida superior del país de acogida.
Las ayudas financieras que recibirán
los seleccionados provienen de las siguientes instituciones implicadas:
El Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE), fijará las cuantías mensuales en
función del número de estudiantes desplazados a nivel nacional. Estas ayudas
varían cada año en función de la movilidad de todas las universidades españolas,
y en función de las actualizaciones de la Guía del Programa Erasmus+ de la
Comisión Europea.
8.1. Las ayudas establecidas según el país de destino son:
Grupo |
Países |
Financiación |
Grupo
1 |
Alemania,
Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia,
Francia,, Irlanda, Islandia, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países
Bajos y Suecia |
350
€/mes |
Grupo
2 |
Chipre,
Chequia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Grecia, Letonia, Malta, y
Portugal |
300
€/mes |
Grupo
3 |
Bulgaria,
Croacia, Hungría, Lituania, Macedonia del Norte, Polonia, Rumanía, Serbia y
Turquía |
250
€/mes |
8.2. Las ayudas económicas para
estudiantes con menos oportunidades:
Se financiará una cantidad adicional de
250€ mensuales a los estudiantes que se encuentren en alguna de las situaciones
que figuran a continuación:
a) Obstáculos socioeconómicos:
- Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general
de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y
otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País
Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no
universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco en el
curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad.
- Percibir la unidad familiar de prestación de ingreso mínimo
vital/renta mínima de inserción o cualquier otra prestación de igual o similar
naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
- Estar en riesgo de exclusión social.
- Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.
- Encontrarse en situación de especial necesidad y emergencia
social.
- Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en
situación de orfandad.
- Encontrarse en situación de dependencia o con dependientes a
cargo.
- Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.
b) Obstáculos
geográficos:
Estar matriculado en un centro situado
en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, o estar empadronado en dichas
ciudades, en caso de que la matrícula se realice en una institución educativa
no presencial.
c) Problemas de salud:
Padecer problemas físicos o mentales
que genere la necesidad de apoyo adicional.
d) Diferencias culturales:
Tener la condición de refugiado o con
derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección
internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.
8.3. Apoyo individual para desplazamiento ecológico
Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé
una contribución única de 50 € para viaje ecológico, y hasta cuatro días de
apoyo individual adicional (ver siguiente apartado) para cubrir los días de
viaje en trayecto de ida y vuelta, si procede.
Los estudiantes deberán justificar
documentalmente este tipo de viaje al finalizar su estancia. El viaje ecológico
hace referencia únicamente al desplazamiento entre la ciudad de origen y la
ciudad de la institución de destino, al inicio y a final de la estancia. El
viaje ecológico se define como aquel que utiliza medios de transporte con bajas
emisiones en el tramo principal de trayecto (más del 50 %), por ejemplo, el
autobús, el ferrocarril o el automóvil compartido.
8.4. Ayudas para el Apoyo a la Inclusión Erasmus+
El Programa Erasmus+ prevé ayudas
adicionales para el Apoyo a la inclusión. El objetivo de estas ayudas es cubrir
los costes adicionales directamente relacionados con la movilidad de los
participantes con problemas físicos, mentales o de salud y de sus acompañantes.
El importe cubrirá el 100 % de los costes reales que se consideren
subvencionables según las normas del Programa.
Para acceder a estas ayudas, los
participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad
en grado igual o superior al 33 por 100, así como cumplir con el resto de los
criterios de elegibilidad establecidos en el programa.
El Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE) gestiona directamente estas ayudas
a través de una convocatoria anual. Asimismo, los estudiantes que puedan ser
beneficiarios de estas ayudas y que obtenga una plaza de movilidad Erasmus+
para el curso 2024/2025, deberán ponerse en contacto a través del correo
electrónico:
movilidad-economico@adm.uned.es a fin de gestionar su
solicitud ante el SEPIE.
8.5. Ayudas de viaje para los estudiantes de Canarias (las cantidades
definitivas figuran en la Guía del Programa Erasmus que va actualizando la
Comisión Europea).
La Unión Europea apoyará
financieramente con la mediación del SEPIE a los estudiantes residentes en
Canarias, que percibirán la cantidad de 786 €/mes en concepto de apoyo
individual (en este caso no se aplicará el importe complementario para los
estudiantes y titulados recientes con menos oportunidades).
Además, los estudiantes de Canarias recibirán una ayuda de viaje entre 211 € y 1735 € dependiendo de la distancia al país receptor según la tabla siguiente:
Distancias
de viaje (Km) |
Cantidad
(€ por participante) |
Entre
100 y 499 |
211 |
Entre
500 y 1999 |
309 |
Entre
2000 y 2999 |
395 |
Entre
3000 y 3999 |
580 |
Entre
4000 y 7999 |
1188 |
8000
o más |
1735
|
En el caso de
los estudiantes residentes en Canarias, estas cantidades son incompatibles con
otras ayudas adicionales.
El SEPIE garantiza ayuda financiera
hasta un máximo de 7 meses de estancia. Durante el resto de los meses que
excedan de este periodo, el estudiante tendrá que correr con los gastos que
ocasione su estancia, sin prejuicio de la ayuda que pudieran aportar las
Facultades/ETSI de la UNED.
Las ayudas financieras recibidas en el
marco del programa Erasmus+ no podrán utilizarse para cubrir gastos ya
financiados en el marco de otros programas comunitarios como: el Quinto
Programa Marco de IDT; gastos financiados en el marco de actividades costeadas
con contribución comunitaria; gastos ya cubiertos por otros fondos (las
principales fuentes serían los acuerdos culturales bilaterales, los donantes
privados y los organismos internacionales).
8.6. Apoyo financiero del Vicerrectorado de Internacionalización y
Multilingüismo de la UNED
Los estudiantes seleccionados recibirán
una ayuda económica para contribuir a los gastos de viaje y seguro médico
privado por un importe global de 600 euros.
Los meses de estancia incompletos se
abonarán multiplicando el número de días del mes incompleto por 1/30 de la
cantidad mensual, ajustada a dos decimales.
8.7. Apoyo financiero del Banco Santander para los estudiantes
seleccionados en esta convocatoria:
Una vez seleccionados los estudiantes
Erasmus+ de la UNED, también podrán optar a algunas de las 4 becas del Programa
“Becas Santander para Estudios - Erasmus 2024/2025”. Estas becas tienen como
objetivo reconocer la excelencia académica de los estudiantes Erasmus+ y
favorecer la inclusión educativa e igualdad de oportunidades. Durante este
tercer año de apoyo financiero por parte del Banco Santander a los estudiantes
Erasmus+ de la UNED, se concederán las siguientes becas:
a) 1 Beca de 1.000€ destinada a
estudiantes beneficiarios de una ayuda Erasmus+ 2024-2025, de movilidad de
estudios en Europa, que cumpla con los siguientes requisitos:
a. Mejor expediente académico o situación de discapacidad igual o
superior al 33%.
b. Mejor expediente académico durante el curso 2023-2024 y que
haya recibido durante ese curso la Beca general (socioeconómica) del Ministerio
de Educación y Formación Profesional.
b) 3 Becas de 500€, destinadas a
estudiantes beneficiarios de una ayuda Erasmus+ 2024-2025 de movilidad de
estudios, que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Mejores expedientes académicos durante el curso 2023-2024.
Los
estudiantes que resulten beneficiarios recibirán un plan de formación y tendrán
la posibilidad de pasar a formar parte de la bolsa de empleo de Banco
Santander.
En todos los casos los estudiantes
deben cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser beneficiario del programa
Erasmus+ de movilidad de estudios en Europa, por la UNED.
b) Tener un buen expediente académico.
c) Los estudiantes que deseen optar a
estas ayudas deberán inscribirse por su cuenta y obligatoriamente en la
plataforma del banco Santander, apartado “Becas Santander Erasmus 2024-2025”,
antes del día 19 de marzo de 2024 en el siguiente enlace:
https://app.santanderopenacademy.com/es/program/becas-santander-para-erasmus-2024-2025
Si los estudiantes no se inscriben en
dicha plataforma, en el plazo establecido, aunque hayan sido seleccionados como
beneficiarios de la Beca Erasmus+ 2024-2025 por la UNED, no podrán optar a esta
financiación del Santander.
Para poder conceder las 4 becas, desde
el Área de Movilidad Internacional de la UNED, se comprobará si los
beneficiarios de la Beca Erasmus+ 2024-2025 se registraron en el enlace
indicado del Banco Santander.
La Sección de Internacionalización del
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, se pondrá en contacto
con los estudiantes seleccionados, y les informará del procedimiento a seguir
para el ingreso de la financiación concedida. El abono de la ayuda se realizará
exclusivamente mediante transferencia bancaria a libretas de ahorro o cuentas
corrientes situadas en España, cuyo titular o cotitular deberá ser,
necesariamente, el estudiante beneficiario de la misma. Este número de cuenta
se aportará en la documentación que deberán presentar los estudiantes
seleccionados.
No deberán pagarse tasas universitarias
en la universidad extranjera de acogida (en concepto de tutoría, inscripción,
exámenes, uso de laboratorios y bibliotecas, etc.). La universidad receptora,
podrá pedir que se abonen tasas reducidas para cubrir el coste del seguro, la
afiliación a sindicatos de estudiantes y la utilización de materiales diversos
tales como fotocopias, etc. sobre las mismas bases que se aplican a los
estudiantes ordinarios (por ejemplo, Ruhr Universität
Bochum cobra 300 € por tasas sociales).
El programa Erasmus+ permite que un
mismo estudiante pueda participar varias veces en las convocatorias de
movilidad de estudios en Erasmus+, hasta cumplir un máximo de 12 meses de
movilidad en los diferentes ciclos de estudios (Grado / Máster universitario /
Doctorado). Si ha sido alguna vez beneficiario de la ayuda de movilidad Erasmus
para estudios, en algún ciclo de estudios y no ha completado un total de 12
meses puede volver a ser beneficiario hasta completarlos. La movilidad mínima
permitida para obtener financiación es de tres meses.
El beneficiario de la ayuda queda
sujeto a la acreditación de la realización de la actividad objeto de aquélla,
por los medios de comprobación que se establezcan, estando obligado al
reintegro de la cantidad recibida e intereses, en caso de no realización o no
justificación de la actividad subvencionada. Si un estudiante se negase a
cumplir las exigencias de su programa de estudios en el extranjero, o
incumpliera las normas establecidas para la gestión del Programa, el
Vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo, exigirá el reembolso
de la ayuda financiera ingresada por los medios legales establecidos.
9. Procedimiento de concesión de ayudas
Los estudiantes seleccionados serán
informados del procedimiento y requisitos necesarios para el disfrute de las
ayudas, desde la Sección de Internacionalización, al darles de alta en la
plataforma aLF “Comunidad de Estudiantes Erasmus+
2024-2025”, siendo notificados de esta circunstancia en la cuenta de correo
electrónico xxxxxx@alumno.uned.es.
La obtención de la Tarjeta Sanitaria
Europea de la Seguridad Social es responsabilidad del propio estudiante. Dicho
documento, deberá solicitarse antes de la salida al extranjero en www.seg-social.es . Para solicitar este documento, el estudiante presentará la
Credencial Erasmus+ que se entregará a los alumnos seleccionados, la fotocopia
del resguardo de matrícula y la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social del
estudiante o de sus padres.
Más información sobre los costes y
tratamientos cubiertos en cada país con la Tarjeta Sanitaria Europea:
https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=1021&langId=es .
El estudiante seleccionado, tiene la
obligación de obtener la cobertura de un seguro médico complementario privado
que cubra las necesidades no amparadas por la Tarjeta Sanitaria Europea:
accidentes, responsabilidad civil, enfermedades, determinadas intervenciones
médicas y repatriación. Una vez seleccionado el estudiante, es obligatorio
enviar copia de la póliza contratada y la Tarjeta Sanitaria Europea tramitada,
a través de la plataforma aLF “Comunidad de
Estudiantes Erasmus+ 2024-2025”.
La Sección de Internacionalización
envía a las universidades europeas del programa, la nominación de estudiantes
seleccionadas/os en esta Convocatoria. La gestión para ser admitido en la
universidad de destino será responsabilidad del estudiante, que deberá estar
atento a su correo electrónico, ya que la universidad extranjera se pondrá en
contacto con cada interesado/a, con las indicaciones necesarias para finalizar
su admisión.
Los estudiantes seleccionados, serán
responsables de buscar la información necesaria en la web de la universidad de
destino para ser acogido como estudiante Erasmus. Deberá rellenar y enviar los
documentos que les sean requeridos en los plazos fijados por dichas
universidades. El incumplimiento de los requisitos que fijen las universidades
podrá suponer la cancelación de la plaza concedida.
Los gastos de viaje, alojamiento y
manutención en el extranjero correrán a cargo del estudiante, así como su
búsqueda y reserva. También pueden precisar el permiso de residencia en el
organismo correspondiente del país extranjero. Para ello se recomienda que
lleven consigo una Partida de Nacimiento bilingüe expedida por el Registro
Civil español de su lugar de nacimiento.
Todos los estudiantes Erasmus+ están
obligados a inscribirse en el Consulado de España correspondiente en el país de
destino. Más información en:
www.exteriores.gob.es .
10. Normas finales
Los candidatos, por el hecho de
participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en
la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin
perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de
Selección, se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en
todo lo no previsto en estas bases.
La presente resolución agota la vía
administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición
ante el rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación,
de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR, Ricardo Mairal Usón. P.D. (Resolución de 17 de enero de 2023, BOE n.º 25 de 30 de enero de 2023), LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN Y MULTILINGÜISMO, Laura Alba Juez.
8.-
Resolución
de la Universidad Nacional de Educación a Distancia por la que se convocan
pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, dos plazas
de Grupo III, nivel B, de la plantilla de personal laboral de administración y
servicios, en la Biblioteca de la UNED
Sección de PAS Laboral
Por Resolución rectoral de 21 de
septiembre de 2023, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE de
26 de septiembre), se publica la oferta de empleo público correspondiente al
ejercicio 2023 para Personal de Administración y Servicios (en adelante, PAS),
en la que se incluye la autorización de la convocatoria de plazas de nuevo
ingreso de personal laboral, correspondiente a la tasa adicional de reposición
del año 2023, previta en el en el artículo 20.Uno.3.I de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Este Rectorado, en uso de las
competencias conferidas por los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el
artículo 3.2.j) de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad,
aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE de 22 de
septiembre), modificados por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre; y,
conforme al artículo 20 del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar pruebas
selectivas para cubrir por el sistema de promoción interna dos plazas de
personal laboral de adminitración y servicios, Grupo III, nivel B, una de ellas con jornada
de tarde y la otra con jornada especial (4 tardes más sabados),
en la Biblioteca de la UNED.
Bases de la convocatoria
Primera. Requisitos
1.1. Podrá participar en el proceso selectivo, por el sistema de
promoción interna, todo el personal laboral fijo de la UNED, con una antigüedad
de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en
el punto 1.2 de esta misma base y los establecidos en el citado Convenio
Colectivo. Asimismo, deberán encontrarse en situación de servicio activo o de
excedencia con reserva de puesto de trabajo en el plazo de presentación de
instancias.
1.2. Los participantes deberán estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el
título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio
(BOE del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden
EDU/520/2011, de 7 de marzo.
1.3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán estar
referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Segunda. Solicitudes
2.1. La solicitud para formar parte en el proceso se presentará en el
plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el
Boletín Interno de Coordinación Informativa (en adelante BICI), por vía
electrónica, haciendo uso del servicio de inscripción de pruebas selectivas de
la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja en la UNED, Inscripción de pruebas
selectivas).
Para la presentación de la solicititud se deben completar dos pasos:
Primer paso: Registrarse como usuario
UNED. Para ello deberá acceder a la página web de la UNED https://www.uned.es , al campus virtual (Acceso al CAMPUS), registrarse siguiendo los
pasos establecidos. Puede consultar cómo realizarlo en la ayuda online interactiva:
https://casosdeuso.uned.es/publico/identificador/
El usuario en la UNED se identifica con
el número del Documento Nacional de Identidad, por lo que aquellos aspirantes
que, con carácter previo a esta convocatoria, tuvieran asignado ya un usuario
podrán realizar la inscripción directamente. No obstante, en el supuesto de no
recordar el usuario o la clave de acceso, la aplicación informática contempla
la posibilidad de recuperar dichos datos, para lo que se puede necesitar
realizar trámites administrativos.
Segundo paso: Una vez que tiene
asignado usuario y clave deberá salir del Campus UNED y cumplimentar y
presentar su solicitud en el apartado general de la UNED (http://www.uned.es , MENU, La UNED, Trabaja
con nosotros, Inscripción de pruebas selectivas) siguiendo el proceso guiado online.
La presentación por esta vía permite,
siguiendo el proceso guiado online, lo siguiente:
- Inscripción en línea a las pruebas selectivas.
- Anexar documentos a su solicitud. Estos documentos se guardarán
en el sistema únicamente si se finaliza el proceso y se registra la solicitud.
- El pago online de tasas.
- El registro electrónico de la solicitud.
- Finalizado el proceso, obtener justificante en formato pdf de la solicitud.
La
presentación de la solicitud se iniciará pulsando sobre el botón “Solicitar”
correspondiente a la convocatoria “OEP2023. Grupo III.
Biblioteca (LBIB0032 y LBIB0033). P. Interna”, y se compondrá de siete
fases: Datos personales, Datos de contacto, Datos de la solicitud,
Documentación, Pago, Resumen y Final. Se mostrará una pantalla de progreso
donde se dará confirmación de cada uno de estos pasos, dándose por completado
el trámite una vez que se muestre el justificante de registro de la
inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completado.
En los casos en los que las solicitudes
cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación
adicional, ésta deberá adjuntarse escaneada en los lugares previstos en las
bases de esta convocatoria.
En cualquier caso, podrá acordarse por
el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una
incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento
ordinario de los sistemas.
2.2. Los derechos de examen serán de 10 euros y el pago se realizará
dentro del proceso de inscripición online, tal y como se indica en la base 2.3 en la fase
correspondiente al Pago.
El abono de los derechos de examen o,
en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de
exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del
aspirante.
Una vez presentada la solicitud, la
falta del abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la
exención de pago determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de la tasa de
los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las
causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en
el proceso selectivo.
Estarán exentos del pago de los
derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual
o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud justificante que
acredite tal condición.
No será necesario presentar este
certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna
de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID . En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano
gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.
b) Las familias numerosas en los
términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de
protección de la familia numerosa (BOE de 19 de noviembre). De esta forma,
tendrán derecho a una exención del 100 % de la tasa los miembros de familias de
categoría especial y a una bonificación del 50 % los miembros de las familias
de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia
numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las
Comunidades Autónomas que figuran en la dirección:
http://administracion.gob.es/PAG/PID .
En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso
a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Publicas.
c) Las víctimas del terrorismo,
entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos
como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante
sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y
fallecidos.
El aspirante deberá adjuntar la
documentación acreditativa escaneada en el apartado Documentación en aquellos
casos en los que no consienta la verificación de los datos o, habiendo
consentido la misma, ésta no sea posible.
2.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en
la cumplimentación de su solicitud:
FASES:
1.ª.- Datos
personales: En esta pantalla se recogerán los datos personales cumplimentados
en el momento de su inscripción como usuario de la UNED (de los mismos no se
podrá modificar el tipo de documento, el número de documento, así como la fecha
de nacimiento). Deberán rellenar, en su caso, los datos de discapacidad.
2.ª.- Datos de contacto: En esta
pantalla se recogerán los datos de contacto cumplimentados en el momento de su
inscripción como usuario de la UNED. Estos datos se podrán modificar para esta
solicitud. Los datos de contacto necesarios son: dirección postal completa,
dirección de correo electrónico E-mail, y teléfonos de contacto.
3.ª.- Datos de la solicitud: En esta
pantalla el aspirante indicará si cumple con alguna de las condiciones para la
aplicación de exención de tasas establecidas en el apartado 2.2 de la
convocatoria: Personas con discapacidad, Familia numerosa general, Familia
numerosa especial o Víctima de Terrorismo. El check
de Personas con discapacidad aparecerá exclusivamente si, en el apartado 1.
Datos personales, ha indicado el grado de discapacidad mayor o igual al 33%.
4.ª.- Documentación: En esta pantalla
se adjuntará la documentación que acredite la reducción o exención de la tasa,
así como aquella documentación requerida en las bases de la convocatoria.
Deberá presentar la siguiente documentación:
- Personas con discapacidad igual o
superior al 33 por ciento: justificante acreditativo de tal condición.
- Aspirantes que precisen adaptaciones
de tiempo o medios para la realización de los ejercicios: Dictamen técnico
facultativo, emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente, así como informe de la adaptación necesaria para
la realización del examen emitido por el Centro Base correspondiente. En el
supuesto de no presentar la documentación anterior con antelación a la
publicación de la resolución rectoral de admitidos y excluidos a las pruebas
selectivas, no se admitirá la solicitud de adaptación.
El Tribunal podrá recabar informe y, en
su caso, la colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales
de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de
Prevención de Riesgos Laborales, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo
y Agenda 2030.
- Familia numerosa general: el
correspondiente título actualizado.
- Familia numerosa especial: el
correspondiente título actualizado.
- Víctima de terrorismo: sentencia
judicial firme o resolución administrativa por la que se reconozca tal
condición.
5.ª.- Pago, liquidación de admisión a
pruebas selectivas: El pago de las tasas por derechos de examen podrá
realizarse de dos formas:
a- Mediante tarjeta bancaria de crédito
o débito, cumplimentando los datos y siguiendo las instrucciones que se le
ofrecen en pantalla hasta terminar el trámite.
b- Descargando la carta de pago y
realizando el mismo en cualquier oficina del Banco Santander, siguiendo las
indicaciones incorporadas en dicho documento.
Una vez realizado el pago, por tarjeta
o en oficina bancaria, y verificado el mismo por la UNED, el estado del pago
pasará de “pendiente” a “pagado”. Este trámite puede tardar tres días en caso
de no realizarse el pago mediante tarjeta.
6.ª.- Resumen: En este apartado
aparecerán los datos recogidos en los apartados anteriores, así como los
documentos aportados en la solicitud. Debe comprobar la exactitud de los datos
y, de ser correctos los mismos, deben validarlos antes de dar al botón
“Registrar”.
7.ª.- Final: En esta pantalla podrá
descargar el justificante de registro de la solicitud. Hasta este momento no se
considerará que la solicitud ha sido presentada correctamente.
2.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en
cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
2.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación
mediante escrito motivado.
Tercera. Admisión de aspirantes
3.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rectorado
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En
esta resolución, que será publicada en la página web de la Universidad,
constará la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de
exclusión.
Igualmente, se publicará en la página
web de la Universidad la lista provisional completa de aspirantes admitidos.
3.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no
figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicacion en la página web de la resolución aludida en la
base 3.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u
omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Finalizado dicho plazo, se
publicará en la página web de la Universidad la relación definitiva de
admitidos y excluidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en
la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los
aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución
de los derechos de examen.
Cuarta. Tribunal Calificador
4.1. El procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, a las bases
de la convocatoria y demás disposiciones vigentes. De conformidad con lo
previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, este Tribunal tendrá la categoría
segunda.
4.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de
esta convocatoria. El presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en
el artículo 23 de la Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del
personal auxiliar que el Tribunal incorpore a su trabajo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias
previstas en el párrafo anterior.
4.3. Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con
la asistencia de éste y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan
y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su
sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la
realización del primer ejercicio de la fase de oposición. En dicha sesión, el
Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
4.4. El Tribunal calificador, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad
entre ambos sexos y estará formado por los miembros que figuran en el Anexo II
de esta convocatoria.
4.5. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y
apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del
proceso, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes. Así
mismo, durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que
se pudieran plantear en aplicación de estas normas, así como la actuación que
proceda en los casos no previstos.
4.6. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el
Tribunal para que acrediten su identidad.
Asimismo, durante el desarrollo del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los
aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de participación exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, de las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
4.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes,
limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso
selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el desarrollo de las
pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
4.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015
Madrid, correo electrónico:
accesopaslaboral@adm.uned.es ).
4.9. En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de
pleno derecho.
4.10. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán
interponer recurso de alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia en el plazo de un mes.
Quinta. Procedimiento de selección
El procedimiento de selección constará
de las fases de oposición y de concurso.
5.1. Fase de oposición: El valor de esta fase será como máximo 70
puntos y consistirá en la realización de dos ejercicios, de carácter
eliminatorio. El programa que ha de regir la fase de oposición es el que figura
en la base segunda del anexo I de la convocatoria.
Primer ejercicio: Consistirá en la
contestación de un cuestionario de 80 preguntas con cuatro respuestas
alternativas, siendo sólo una de ellas correctas. Las respuestas erróneas se
valorarán negativamente con una penalización equivalente a un quinto del valor
de cada contestación correcta: por 5 respuestas erróneas se descontará
una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Para la realización de este ejercicio,
los aspirantes dispondrán de un tiempo de noventa minutos.
Se calificará con un máximo de 30
puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio 15
puntos.
Segundo ejercicio, de carácter
teórico-práctico: Consistirá en la resolución de dos casos prácticos,
planteados por el Órgano de Selección, relacionados con los temas del programa.
Cada supuesto se desglosará en 15 preguntas y podrán preverse 3 preguntas
adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de
las 15 anteriores.
El tiempo para la realización de este
ejercicio será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0
a 40 puntos, siendo la calificación mínima necesaria para superar el ejercicio
20 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación
directa mínima necesaria que se debe alcanzar para superar los ejercicios. La
calificación resultará de la transformación de las puntuaciones directas que se
deriven de los baremos establecidos por el Tribunal, teniendo en cuenta lo
siguiente:
- Las puntuaciones directas mínimas que fije el Tribunal para
superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlas.
- Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las
calificaciones máximas del ejercicio.
La
calificación global de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios
de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir
el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la
realización de las pruebas, los criterios de corrección, valoración y
superación de estas que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
5.2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un
máximo de 30 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
5.2.1. Trabajo realizado. Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de
permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor
similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la
plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos que
corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad como a
funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED o de otras
Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente
valoración por cada mes trabajado:
• 0,1 por trabajo
realizado en la misma área de actividad.
• 0,04 puntos por trabajos
realizado en distinta área de actividad.
5.2.2. Antigüedad. Se computará
por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10
puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios
prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente
puntuación:
• 0,1 puntos por cada mes
de antigüedad en la UNED.
• 0,04 puntos por cada mes de antigüedad en otras Administraciones
Públicas.
Serán
valorables, como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios
prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED como aquellos otros
prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal
en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED
como trabajador autónomo.
Los contratos a tiempo parcial se
computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior
al 50 por 100 de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma
proporcional al tiempo trabajado.
5.2.3. Formación. Se valorarán los Cursos de formación y
perfeccionamiento, relacionados con el área de actividad de la plaza que se
convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como
gestoras de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser
valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
• De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
• De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
• De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
• De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
• De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
• De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6
puntos.
5.2.4. Igualdad de género. La
puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que
permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo
del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo
6.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios
a través de la página web de la universidad, convocando a los aspirantes para
la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la
fase de oposición quienes no comparezcan.
6.2. Una vez finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,
en la página web de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan
superado por orden de puntuación.
Los aspirantes que no se hallen
incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a
todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.3. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán
de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente
al que se haga pública la relación antes citada, para presentar en el registro
electrónico de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos
referidos en la base quinta, dirigidos a la Sección PAS Laboral, código
U02800251.
La no presentación, en el plazo
señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no
valoración del aspirante en la fase de concurso.
6.4. Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la
relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con
indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos
objeto de la valoración.
6.5. Concluido el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes ordenados por la puntuación total obtenida en el
proceso, en la que figurarán las puntuaciones obtenidas en cada fase. En caso
de empate en la puntuación final, el orden de prelación vendrá determinado por
la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se
resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 5.2.1. “Trabajo
realizado” de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta
los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a
partir de la letra “W” de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública de 27 de julio de 2023 («Boletín
Oficial del Estado» de 29 de julio), por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado el día 27 de julio.
6.6. El Tribunal elevará, finalmente, al Sr. rector magnífico de la
Universidad la correspondiente propuesta a favor de los aspirantes que haya
superado el proceso selectivo.
En esta lista no podrá figurar un
número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo nula de pleno
derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
establecido.
6.7. Los aspirantes que hubieran superado el concurso oposición
dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación del Acuerdo señalado en la base 6.6, para
presentar en el registro electrónico de la Universidad la titulación
acreditativa correspondiente, dirigida a la Sección PAS Laboral, código
U02800251.
Si dentro del plazo indicado, y salvo
casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de
la misma se desprenda que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria
no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su
instancia o documentación.
Séptima. Adjudicación de la plaza convocada e Incorporación
7.1. El Rectorado de la Universidad, aportada la documentación
acreditativa en el plazo establecido en la base 6.7 de esta convocatoria y tras
comprobar que los aspirantes reúnen los requisitos, procederá a la adjudicación
de las plazas convocadas, en el plazo máximo de quince días hábiles.
Hasta tanto se formalice la
incorporación a la plaza, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica
alguna.
7.2. En el momento de la adjudicación de la plaza, el trabajador dará
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real
Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
Octava. Norma final
8.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo
y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones
pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se
presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los
acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
8.2. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,
se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción social correspondiente,
conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de
octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 16 de enero de 2024. EL RECTOR,
Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
Normas específicas de la convocatoria de las pruebas selectivas
para el acceso por promoción interna a dos plazas de Personal Laboral de
Administración y Servicios de la UNED.
Primera. Descripción de las plazas
Código plazas: LBIB0032 - LBIB0033
Grupo profesional III, nivel B.
Adscripción: Dpto. de Investigación y
Relaciones Internacionales. Biblioteca.
Funciones principales del puesto:
Atención y orientación bibliográfica
a los usuarios de la Biblioteca.
Gestión del préstamo, devolución y
reserva de materiales bibliográficos.
Colocación, revisión, ordenación y
búsqueda de fondos bibliográficos.
Tareas de procesamiento físico de
los fondos documentales.
Segunda. Programa
1. Las bibliotecas universitarias en la
actualidad y su contribución a la docencia y la investigación. Tendencias en el
apoyo a la investigación en bibliotecas universitarias.
2. La Biblioteca de la Sede Central de
la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Reglamento. Carta de
servicios. Las Bibliotecas de los Centros Asociados de la UNED.
3. Servicios al usuario en la
biblioteca universitaria (I): servicios de orientación bibliográfica y
referencia, consulta en sala, préstamo, sistemas de reservas y renovaciones de
fondos bibliográficos. Su organización en entornos virtuales y presenciales.
4. Servicios al usuario en la
biblioteca universitaria (II): acceso al documento y servicios de extensión
cultural. La opinión de los usuarios en el diseño y revisión de servicios
bibliotecarios.
5. Servicios al usuario en la
biblioteca universitaria (III): formación en competencias informacionales y
digitales, apoyo a la investigación y apoyo al aprendizaje. Su organización en
entornos virtuales y presenciales. Nuevos servicios bibliotecarios.
6. Instalaciones, organización espacial
y equipamiento de la biblioteca universitaria.
7. Las colecciones en la biblioteca
universitaria (I). Selección, adquisición y tareas de proceso técnico. La
colección física de la Biblioteca UNED.
8. Las colecciones en la biblioteca
universitaria (II). La colección electrónica. Bases de datos académicas.
Revistas científicas. Libros electrónicos. La colección electrónica de la
Biblioteca UNED.
9. Proceso técnico de los fondos
documentales. Normas descriptivas: ISBD y reglas de catalogación. El formato
MARC 21. FRBR y RDA.
10. Sistemas Integrados de Gestión
Bibliotecaria y las nuevas plataformas de servicios bibliotecarios. La
plataforma Alma.
11. Los catálogos y las plataformas de
descubrimiento. Principales catálogos colectivos universitarios.
12. Sistemas de organización,
clasificación y almacenamiento de colecciones. Recuento y expurgo de fondos
bibliográficos.
13. Preservación y conservación del
fondo documental. La preservación de documentos digitales. Recolección web.
14. Análisis documental. Proceso y
tipología. Lenguajes documentales: Encabezamientos de materia y thesaurus. Sistema de clasificación bibliográfica.
15. La normalización de la
identificación bibliográfica. El ISBN, el ISSN y otros números internacionales.
Identificadores permanentes en internet: sistema DOI, URI y Handle.
16. Herramientas y canales para la
difusión y comunicación de la Biblioteca con la comunidad universitaria y la
sociedad. La comunicación de la Biblioteca UNED.
17. El movimiento de acceso abierto:
situación actual y perspectivas de futuro. Políticas de acceso abierto en las
universidades y la política institucional de la UNED. Repositorios
Institucionales. e-Spacio: repositorio institucional
de la UNED.
18. Gestión de calidad y evaluación en
las bibliotecas universitarias. El modelo EFQM.
19. La edición electrónica y su
repercusión en las bibliotecas universitarias. La edición universitaria. La
editorial de la UNED.
20. La cooperación en las bibliotecas universitarias. Redes de bibliotecas universitarias y de investigación, consorcios. El Consorcio Madroño. REBIUN.
ANEXO II
Tribunal Calificador
Titulares
Presidenta:
• Por delegación del Sr. Gerente, Dña. Paloma Centeno Fernández,
Escala Técnicos Gestión U.P.M.
Vocales:
• D. Manuel Lorenzo Orive, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
• Dña. Patricia Rodríguez Sáez. Escala Técnica de la Universidad
Alcalá
• Dña. Gema Fernández García, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
Secretaria:
• Dña. M.ª Belén Sánchez Sánchez, Escala
de Gestión Universitaria de la UNED
Suplentes
Presidenta:
• Dña. M.ª Carmen Sicilia Fernández Shaw, Escala de Técnicos de
Gestión de la UNED.
Vocales:
• Dña. Elena Herrera Díaz, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
• Dña. Rebeca Perdones Moreno, Escala de Gestión Universitaria de
la UNED.
• D. Alfonso del Triunfo López, Escala de Gestión Universitaria de
la UNED.
Secretaria:
• Dña. Pilar Bonilla García, Escala de Gestión Universitaria de la
UNED.
Anexo III:
Documentación
acreditativa de los méritos
9.- Instrucciones
aplicables a la contratación administrativa realizada por la UNED
Gerencia
El objeto de la presente instrucción es
dar directrices a los distintos centros de gasto de la UNED en lo concerniente
a la aplicación uniforme de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, (en adelante LCSP) y definir los procedimientos internos y los
documentos para la contratación en el ámbito de la UNED. La presente
instrucción es de obligado cumplimiento para todos los centros presupuestarios
de la UNED, incluyendo los proyectos de investigación, con independencia de la
fuente de financiación de los mismos.
En su virtud, se dispone:
1.-PROCEDIMIENTO
PARA GASTOS QUE REQUIERAN FORMALIZACIÓN DE CONTRATO
La celebración de contratos por parte
de la UNED requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que
deberá referirse a la totalidad del objeto del contrato y al mismo se
incorporarán los siguientes documentos, que deberán ser remitidos al
Departamento de Contratación Administrativa:
1. Memoria justificativa del gasto y de
la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación
correspondiente.
2. Un documento firmado con la
siguiente información del contrato a licitar:
• Presupuesto base de licitación: Por presupuesto base de
licitación (en adelante PBL) se entenderá el límite máximo de gasto que en
virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el
IVA. El PBL debe de ser adecuado a los precios de mercado y se desglosará
indicando los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados
para su determinación. En los contratos en que el coste de los salarios de las
personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total del contrato,
el PBL indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría
profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de
referencia. Cuando el cálculo se haya realizado en referencia a precios de
mercado se deberá acompañar los documentos que han servido de base para su
cálculo (consultas por la web…); cuando el precio se haya realizado siguiendo
determinadas tarifas o tablas salariales, se acompañarán los documentos que las
soporten.
• Si el contrato no permite la división en lotes, se deberán
justificar las razones.
• Los criterios de solvencia técnica, económica y financiera que se
exijan.
• Los criterios que se tendrán en consideración para seleccionar al
adjudicatario.
• Las condiciones especiales de ejecución del contrato.
• Responsable del contrato y redactor del pliego de prescripciones
técnicas.
• Plazo de ejecución, plazo de garantía y posibles prórrogas o
modificaciones, en su caso.
• Forma de pago del precio y códigos DIR para facturación.
• Protección de datos de carácter personal: indicación de si en el
contrato la empresa adjudicataria puede tener acceso a datos de carácter
personal.
• Régimen de penalizaciones.
• Indicar si hay personal a subrogar y si procede la coordinación
de actividades preventivas.
3. Pliego de
Prescripciones Técnicas para los contratos de servicios y suministros y
proyecto para los de obras.
4. En los contratos de servicios se
incluirá un Informe de insuficiencia de medios.
5. En el caso de gastos aplicables a
partidas financiadas con fondos europeos Next Generation, se incorporará toda la documentación
prevista en la legislación vigente para este tipo de contratos.
2.- PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS Y SUMINISTROS
HOMOLOGADOS MEDIANTE LICITACIONES REALIZADAS POR LA UNED O POR LA CENTRAL DE
CONTRATACIÓN DEL ESTADO
Para las adquisiciones de cualquier
bien o servicio homologado, con independencia de su cuantía, se deberá acudir a
las empresas adjudicatarias de los contratos, de las que existe cumplida
información en la página web de la UNED: petición de servicios-contratación
administrativa.
3.- CONTRATOS MENORES: Son contratos menores aquellos de importe (IVA
excluido) inferior a las cuantías
indicadas a continuación. Los contratos menores no podrán tener una duración
superior a un año ni ser objeto de prórroga.
• 15.000 € para servicios y suministros destinados a servicios
generales y de infraestructura y 40.000 € para obras.
• 50.000 € para los servicios y suministros destinados
específicamente para investigación.
3.1.- TRAMITACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
DEL EXPEDIENTE:
3.1.1. En los contratos menores que se tramiten a través de las
habilitaciones, no se utilizará modelo de contratación menor, debiendo
solicitarse, al menos, tres ofertas que se incorporarán al expediente. De no
ser posible lo anterior, debe incorporarse al expediente la justificación
motivada de tal extremo. Quedan exceptuados de esta obligación de solicitar
tres ofertas, aquellos contratos menores que, en cómputo anual, no superen los
1.000€ (IVA excluido).
3.1.2. En los contratos menores que se tramiten en firme: la tramitación
del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación
motivando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el
propósito de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado
anterior. El citado informe se deberá cumplimentar a través de uno de los dos
formularios existentes, modelos 37 o 38, según el caso, incluyendo los
siguientes datos y documentos:
- El objeto del contrato, la justificación de la necesidad y la
justificación de ser gastos que no se repiten año tras año.
- Se solicitarán, al menos, tres ofertas que se incorporarán al
expediente. De no ser posible lo anterior, debe incorporarse al expediente la
justificación motivada de tal extremo. Quedan exceptuados de esta obligación de
solicitar tres ofertas, aquellos contratos menores que, en cómputo anual, no
superen los 1.000€ (IVA excluido).
- La aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto, así
como el ejercicio presupuestario (o los ejercicios presupuestarios en el caso
de que afecte a 2 ejercicios).
- En el caso del contrato menor de obras, el presupuesto de obras,
o en su caso, el proyecto correspondiente y/o informe de la oficina de
supervisión de proyectos cuando proceda.
- A está documentación habrá que añadir, en el caso de gastos
aplicables a partidas financiadas con fondos europeos Next Generation,
la Declaración de Ausencia de conflicto de intereses (DACI) de todos los
implicados en dicho gasto, tanto por parte de la UNED como por parte de las
posibles empresas adjudicatarias. De esta forma en el momento de solicitar a
las empresas su oferta, se le solicitará también el DACI correspondiente para
su incorporación al expediente.
Así como el
resto de requisitos previstos en la legislación
vigente para este tipo de contratos, como son los logos
3.1.2.1. Contratos menores en los que el presupuesto sea inferior a 5.000€
(IVA excluido) y que se tramiten en firme: el gestor del centro de gasto deberá
cumplimentar el modelo 37 y lo adjuntará al expediente.
3.1.2.2. Contratos menores en los que el presupuesto sea de 5.000€ o
superior (IVA excluido): el gestor del centro de gasto deberá, previamente a
realizar el gasto y a su aprobación, cumplimentar y remitir el modelo 38 al
Departamento de Contratación Administrativa (pisla@pas.uned.es ), debiéndose incorporar el documento de Reserva de Crédito. Estos
contratos requieren informe favorable de Gerencia y Auditoría previo a la
continuación del procedimiento de contratación.
3.2.- PROCEDIMIENTOS DE
TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS MENORES
3.2.1. “EN FIRME”: se tramitarán
en firme, exclusivamente, los siguientes contratos menores:
• Los gastos de los cursos de Formación Permanente, cualquiera que
sea su cuantía, excepto los relativos a Formación del Profesorado y Enseñanza
Abierta.
• Los gastos de material inventariable, cualquiera que sea su
cuantía.
• Los gastos de cuantía superior a 5.000 €, IVA incluido.
Información
que debe de figurar en el texto libre de los expedientes AD, ADO y O de
contratación menor: Comenzar con: “Contrato menor para el
suministro/servicio/obra (indicar el objeto), eliminando lo que aparece por
defecto: factura número…
Si NO es un contrato menor el texto
libre deberá estar redactado de tal manera que permita identificar el tipo de
gasto. Ejemplo: “pago de equipo docente”, “derechos de autor” “viaje”,
“Contratación centralizada” …
3.2.2. Tramitación a través de las habilitaciones: Si el importe de los
pagos es inferior a 5.000 €, IVA incluido, deberán tramitarse necesariamente a
través de las habilitaciones, con las excepciones anteriores.
4.- COMPRAS DE
PRODUCTOS O SERVICIOS TIC “TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN”.
En estos servicios/suministros y con
independencia de su cuantía, se exige el informe técnico favorable de la
Secretaría General de Administración Digital (SGAD). Este informe se tramita en
el Servicio de Contratación, en el siguiente email:
comprasdp@adm.uned.es
El adjudicatario tendrá en cuenta lo
establecido en el RD 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los
sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público y por lo
tanto aplicará la norma “ UNE-EN 301 549. Requisitos de accesibilidad para
productos y servicios TIC “. Esta norma, es la versión oficial española a la EN
301 549 V2.1.2 (2018-08) Accessibility requirements for ICT products and servicies, declarada como estándar armonizado
en la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 de la Comisión, de 20 de diciembre
de 2018, y que es equivalente a cumplir todos los requisitos de nivel A y AA de
las WCAG 2.1.
DISPOSICION DEROGATORIA: Queda
derogada la Resolución de esta Gerencia de 13 de diciembre de 2022:
“Instrucciones aplicables a la contratación realizada por la UNED”
DISPOSICION FINAL: La presente
Resolución entrará en vigor al día 17 de enero de 2024.
Anexo I:
Modelo 37
Anexo II:
Modelo 38
SECCIÓN II. CENTROS, FACULTADES Y ESCUELAS
10.-
Comunicado
para los estudiantes del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones
Públicas
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes del Grado
en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas, asignatura “Trabajo Fin
de Grado” (código 66014021), la incorporación al equipo docente de los
siguientes profesores:
- Aguilar Fernández, Paloma.
- Benítez Amado, Jesús Alberto.
- Bermúdez Torres, Sandra.
- Castro García, Andrés de.
- Colino Cámara, César.
- Coller
Porta, Francesc Xavier.
- Echeverría Jesús, Carlos.
- Gómez-Reino Cachafeiro,
Margarita.
- González Enríquez, María del Carmen.
- Hombrado
Martos, Angustias M.ª.
- Jaime
Castillo, Antonio Manuel.
- Kolling,
Mario.
- Leonisio
Calvo, Rafael.
- Olmeda Gómez, José Antonio.
- Palomares Lerma, Gustavo.
- Parrado Díez, Salvador.
- Ramiro Fernández, Luis José.
- Rubio Lara, M.ª Josefa.
- Ruiz Ramas, Rubén.
- Tome Alonso, Beatriz.
11.-
Comunicado
para los estudiantes del Máster Universitario en Unión Europea
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes del
Máster Universitario en Unión Europea, asignatura “Historia Económica de la
Integración Europea” (Código 26602849), la siguiente modificación en el equipo
docente:
Se comunica a los estudiantes del
Máster Universitario en Unión Europea, asignatura “History of
the European Union” (Código 26600063), la siguiente modificación
en el equipo docente:
Causa baja el profesor D. Mauro Hernández Benítez, y se incorpora en su lugar el profesor D. Héctor García Montero, manteniéndose en el equipo docente los profesores D. Rafael Barquín Gil y D. Ángel Luis González-Esteban.
12.-
Comunicado
para los estudiantes de la asignatura “Derecho Administrativo IV (Cód.
66903011), de la Facultad de Derecho. Modificaciones en la guía de la
asignatura
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura “Derecho Administrativo IV (Cód. 66903011), de la Facultad de
Derecho, la siguiente modificación en la guía de la asignatura.
En el apartado de “Sistemas de
evaluación”:
Con respecto al programa calificable de la materia y exigible en el examen, que el capítulo VII (Dominio público radioeléctrico), queda excluido como materia de evaluación y, por lo tanto, no concurrirá ninguna pregunta optativa u obligatoria sobre el mismo en el examen de las convocatorias ordinaria y extraordinaria del curso 2023/2024. Tal y como se anunció en el curso virtual a comienzo de este curso. El motivo es que los recientes cambios en la Ley General de Telecomunicaciones y su regulación de desarrollo producidos en 2022 y 2023 han modificado sustancialmente el contenido de los manuales aconsejados y, por tanto, su estudio resultaría inadecuado en términos generales y en su contenido concreto.
13.-
Comunicado
para los estudiantes de la asignatura “Trabajo Fin de Máster” (Cód. 24409244),
del Máster Universitario en Tecnologías de la Información y la Comunicación en
la Enseñanza y el Tratamiento de Lenguas
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura “Trabajo Fin de Máster” (Cód. 24409244), del Máster Universitario en
Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Enseñanza y el Tratamiento
de Lenguas, la siguiente modificación en la guía de la asignatura.
En el apartado “Horario de atención al
estudiante”, donde dice:
La coordinación académica de esta
asignatura está a cargo de D.ª María Jordano de la Torre. Sus datos de contacto son los siguientes:
Horario de permanencia: Lunes de 10:15
a 14:15 horas y martes de 10:15 a 14:15 horas.
Dirección: Despacho 5.25 Planta 5.
Departamento de Filologías Extranjeras
y sus Lingüísticas.
Facultad de Filología. Senda del Rey,
7. 28040 Madrid.
Teléfono: (+34) 91 398 85 51.
Correo electrónico:
mjordano@flog.uned.es
Debe decir:
La coordinación académica de esta
asignatura está a cargo de D.ª Iria da Cunha. Sus datos de contacto son los siguientes:
Horario de permanencia: miércoles de
10:00 a 14:00 horas.
Dirección: Despacho 02. Departamento de
Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas.
Facultad de Filología. Senda del Rey,
7. 28040 Madrid.
Teléfono: (+34) 91 398 78 40.
Correo electrónico:
iriad@flog.uned.es
En el apartado “Sistemas de
evaluación”, donde dice:
Requiere presencialidad: Si
Descripción: La prueba presencial
consiste en una presentación oral del trabajo delante de un tribunal compuesto
por dos miembros, presidente y secretario.
Solo en casos excepcionales,
debidamente argumentados y acreditados, la defensa podrá tener lugar a través
de medios telemáticos, debiendose solicitar
autorización a la Comisión Organizadora del Máster.
El siguiente enlace proporciona
información detallada y actualizada sobre las diferentes convocatorias de
defensa y plazos.
http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93%2C46306870&_dad=portal&_schema=PORTAL
Fecha aproximada de entrega:
11/06/2021.
Comentarios y observaciones: En el
siguiente enlace se mostrará la información para el año 2020-21 a su debido
tiempo:
http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93%2C46306870&_dad=portal&_schema=PORTAL
Debe decir:
Requiere presencialidad: No.
La prueba presencial consiste en una
presentación oral del trabajo delante de un tribunal compuesto por dos
miembros, presidente y secretario.
La defensa se llevará a cabo de manera
telemática.
Se recomienda revisar la web de la
Facultad de Filología para obtener más información al respecto:
https://www.uned.es/universidad/facultades/filologia/bienvenida/estudios/informacion-masteres.html
Fecha aproximada de entrega: Se
recomienda revisar la web de la Facultad de Filología para obtener más
información sobre defensas y plazos:
https://www.uned.es/universidad/facultades/filologia/bienvenida/estudios/informacion-masteres.html
Comentarios y observaciones
ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES
14.-
Comunicado
para los estudiantes de la asignatura “Programación Multiobjetivo” (Cód.
28801142), del Máster Universitario en Investigación en Tecnologías
Industriales
E.T.S.I.I.
Se comunica a los estudiantes de la
asignatura “Programación Multiobjetivo” (Cód. 28801142), del Máster
Universitario en Investigación en Tecnologías Industriales, la incorporación del profesor D. Miguel Ángel Sama Meige al equipo docente de la asignatura.
Su horario de atención al estudiante
será el miércoles de 16:00 a 20:00 horas.
Despacho 2.53. E.T.S.I. Industriales.
Teléfono: 91 398 79 27.
Correo electrónico:
msama@ind.uned.es
ESCUELA
INTERNACIONAL DE DOCTORADO
15.-
Depósito
de Tesis Doctorales
Gestión de Doctorado III
En cumplimiento de la normativa vigente
en relación con el procedimiento de tramitación de tesis doctorales, se informa
a la comunidad universitaria de las Tesis Doctorales que han sido depositadas
en la Sección Gestión de Doctorado III de la Escuela Internacional de Doctorado
desde la publicación del último número del BICI. Durante el período indicado,
cualquier doctor/a previamente acreditado/a, podrá solicitar en el correo: admescueladoctorado@adm.uned.es el acceso a la tesis en depósito. Podrá examinar el documento
durante un período de 48 horas, y en su caso,
dirigir escrito a la Escuela Internacional de Doctorado con las consideraciones
y observaciones que estime oportuno formular:
AUTOR: D. JOSE
ANTONIO LÓPEZ PÉREZ.
TESIS: “LOS PATRONATOS LAICOS DE LAS
PARROQUIAS DE LAS VILLAS DE LA BIZKAIA BAJOMEDIEVAL”.
DIRECTOR: D. CARLOS BARQUERO GOÑI.
PROGRAMA: “HISTORIA E HISTORIA DEL ARTE Y TERRITORIO”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 10/enero/2024.
FIN DEPÓSITO: 31/enero/2024.
AUTOR: D. JUAN MARTÍNEZ ROS.
TESIS: “ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS Y CUERPOS
DE SEGURIDAD EN LOS DELITOS DE ODIO”.
DIRECTOR: D. JOSÉ NÚÑEZ FERNÁNDEZ.
PROGRAMA: “SEGURIDAD INTERNACIONAL”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 16/enero/2024.
FIN DEPÓSITO: 06/febrero/2024.
AUTOR: D. ANTONIO SILVA ESQUINAS
TESIS: “DANDO FORMA A LAS SOMBRAS.
COMPRENDIENDO LA CONSTRUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y EL DISPOSITIVO ENCUBIERTO EN
LAS ETNOGRAFÍAS DEL ULTRA REALISMO”.
DIRECTOR: D. ÁNGEL DÍAZ DE RADA BRUN.
PROGRAMA: “DIVERSIDAD, SUBJETIVIDAD Y SOCIALIZACIÓN. ESTUDIOS EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL, HISTORIA DE
LA PSICOLOGÍA Y DE LA EDUCACIÓN”.
ESCUELA INTERNACIONAL DE DOCTORADO.
INICIO DEPÓSITO: 16/enero/2024.
FIN DEPÓSITO: 06/febrero/2024.
La información de las tesis doctorales
que se encuentran en el periodo de depósito pertenecientes a los programas de
doctorado regulados por el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan
las enseñanzas oficiales de doctorado, puede consultarse en la siguiente
dirección electrónica:
https://www.uned.es/universidad/facultades/escueladoctorado/estudiantes/publicacion.html
SECCIÓN III. VARIOS
16.-
Reseñas
del Boletín Oficial del Estado
BICI
UNIVERSIDADES
Personal de administración y servicios.
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la
que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de
acceso libre, en Escalas de los Subgrupos A1 y A2.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/13/pdfs/BOE-A-2024-704.pdf
BOE 13/01/2024
Resolución de 8 de enero de 2024, de la
Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de las
Escalas de los Subgrupos A1, A2 y C1.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/13/pdfs/BOE-A-2024-705.pdf
BOE 13/01/2024
Resolución de 8 de enero de 2024, de la
Universidad de Santiago de Compostela, por la que se publica la convocatoria de
pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal laboral de la
categoría de Técnico de Investigación.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/13/pdfs/BOE-A-2024-706.pdf
BOE 13/01/2024
Anuncio de la
Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Educación a Distancia sobre
extravío de título universitario.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/15/pdfs/BOE-B-2024-1210.pdf
BOE 15/01/2024
UNIVERSIDADES
Personal de
administración y servicios. Resolución de 9 de enero de 2024, de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, por la que se aprueba la relación
provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de
celebración del primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas
selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala
de Ayudantes de Bibliotecas, Archivos y Museos, convocadas por Resolución de 5
de junio de 2023.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/17/pdfs/BOE-A-2024-866.pdf
BOE 17/01/2024
Resolución de 9 de enero de 2024, de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso en la
Escala de Gestión Universitaria.
https://www.boe.es/boe/dias/2024/01/17/pdfs/BOE-A-2024-867.pdf
BOE 17/01/2024
17.-
Boletín
de Programación de UNED MEDIA & INTECCA
Sección de producción de Medios
Audiovisuales
UNED
MEDIA
Para obtener más información, consultar
programas, ver horarios, puede consultar el Boletín en:
https://www.uned.es/universidad/inicio/unidad/unedmedia/Boletin-UNED-Media.html
Para más información sobre la
programación del CEMAV, ponerse en contacto con
el Negociado del Centro de Diseño y Producción de Medios Audiovisuales (CEMAV)
negociado.cemav@adm.uned.es (solo temas audiovisuales).
Para más información sobre la
programación de Cadena Campus (INTECCA), http://comunicacion.intecca.uned.es / o enviar mensaje a
info@intecca.uned.es (solo temas audiovisuales).
Contactar con la UNED para temas
generales: