CONSEJO SOCIAL

1.- Convocatoria de los Premios Conjuntos Consejo Social -Fundación UNED, a la iniciativa innovadora del Personal de Administración y Servicios

* Consejo Social


Por acuerdos del Pleno del Consejo Social celebrado el día 24 de Abril de 2006 y del Patronato de la Fundación General de la UNED de 26 de junio de 2006, se convocan por primera vez los Premios a la Iniciativa Innovadora del Personal de Administración y Servicios, que se regirán por las normas que se transcriben a continuación.

Madrid, 29 de junio de 2006. Fdo.: Juan A. Gimeno Ullastres. Rector.

REGLAMENTACIÓN Y BASES DE LOS PREMIOS A LA INICIATIVA INNOVADORA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

1.- Justificación y objetivo de los premios.

El objetivo de estos premios es incentivar y premiar proyectos e iniciativas del Personal de Administración y Servicios, PAS, que representen innovaciones en la gestión general, administrativa y de servicios prestados por la Universidad y que impliquen mejoras en el empleo y en el diseño de los recursos materiales y en el aprovechamiento y organización más racional de los recursos humanos existentes, ahorro o abaratamiento de costes y racionalización, transparencia y simplificación de procedimientos.

2.- Posibles candidatos a los premios.

Pueden concurrir a los premios todos los miembros del PAS, tanto de régimen funcionarial como laboral, y tanto los pertenecientes a la Sede Central como a los Centros Asociados.

3.- Convocatoria de los premios.

Los premios se convocarán anualmente, una vez aprobada su dotación en los Presupuestos de la Fundación General de la UNED, mediante acuerdo del pleno del Consejo Social.

La convocatoria se publicará en el Boletín Interno de Coordinación Informativa, firmada por el Presidente del Tribunal calificador.

4.- Modalidades y dotación de los premios.

Se instituyen dos categorías de premios:

­ Premio para iniciativas innovadoras individuales, dotado con 3.000 euros.

­ Premio para iniciativas innovadoras de equipo, dotado con 9.000 euros.

5.- Sugerencias y orientaciones en relación con los contenidos de los proyectos e iniciativas innovadores.

Con el fin de acotar/relacionar los distintos ámbitos de la actividad administrativa y de gestión a los que pueden referirse las iniciativas de innovación, se formulan, con finalidad orientativa y con carácter enunciativo, y en ningún caso exhaustivo, las siguientes sugerencias:

­ En materia de mantenimiento de infraestructuras: planificación de mantenimiento preventivo de infraestructuras; planificación de reparaciones de urgencia; planificación de mantenimiento y reparación de equipos y sistemas de información y comunicación; diseño de útiles y herramientas; diseño de espacios medioambientales y jardinería.

­ En materia de gestión administrativa general: creación de manuales de gestión y procedimiento generales o sectoriales de los servicios y actividades; monografías descriptivas de contenido y significación de puestos de trabajo; protocolos e índices de calidad de actividades (tiempos de respuesta, circuitos de tramitación, formularios, impresos, simplificación de trámites); proyectos de diseño y mejora de los canales de comunicación interna de órdenes, acuerdos y normas; diseño de instrumentos y procedimientos de evaluación externa de la calidad de los servicios administrativos y de gestión de la Universidad (evaluación del grado de satisfacción de los usuarios de las instalaciones y servicios); manuales de atención y gestión de reclamaciones (no académicas) de estudiantes y otros usuarios de los servicios e instalaciones de la Universidad, proveedores y prestadores de servicios; manuales de resolución de emergencias y situaciones inusuales.

­ En materia de fomento y promoción de valores intangibles de la Universidad: Logotipos, mensajes, colores y demás instrumentos de proyección de imagen y proyección social de la Universidad en los ámbitos nacional e internacional.

­ En materia de atención a determinados colectivos de estudiantes y usuarios de los servicios de la UNED: proyectos de mejora y agilización de la prestación de servicios a discapacitados y otros colectivos en situaciones sociales de inferioridad o discriminación; fortalecimiento e impulso de la función social de la UNED; proyectos e iniciativas de fidelización y participación de los estudiantes egresados.

­ En materia de distribución y comercialización de publicaciones: diseño de imagen y publicidad; programas y protocolos de gestión de almacenes; programas y redes de comercialización.

­ En materia de servicios vinculados con la docencia y la investigación: proyectos de mejora e innovación tecnológica y virtualización de los servicios de documentación y/o de los servicios de biblioteca universitaria.

­ En materia de programación y aplicaciones informáticas para la gestión general: diseño de programas y aplicaciones de gestión contable y de gestión de stocks; de programas y métodos de análisis contable y estadístico; proyectos de incorporación de nuevas tecnologías a los distintos ámbitos de la gestión.

­ En materia de relaciones con los Centros Asociados: proyectos relativos a organización de la infraestructura de los Centros y mejora del funcionamiento de los servicios de apoyo y de los servicios de comunicación con los Centros Asociados.

Con el fin de fomentar y facilitar la participación, al tiempo de publicarse la convocatoria se abrirá un período de consultas de un mes de duración, con objeto de que los interesados que lo deseen puedan solicitar aclaraciones y solventar dudas respecto de la significación de cada uno de los ámbitos y materias precedentemente descritos u otros similares. Las consultas deberán dirigirse por correo electrónico a: consejo.social@adm.uned.es <mailto:consejo.social@adm.uned.es> y serán contestadas al consultante por idéntico conducto.

6.- Bases y requisitos de participación.

a) Específicas para el Premio a la iniciativa innovadora individual.

Los candidatos deberán formular solicitud individual, por duplicado, dirigida al Presidente del Consejo Social de la Universidad, con indicación de sus datos personales (nombre, apellidos y DNI) y profesionales (colectivo de trabajadores al que pertenecen y categoría profesional) y del concreto puesto de trabajo que ocupan, con indicación del título que identifique el proyecto o idea que presentan a concurso y su voluntad de participar en el Premio a la Iniciativa Innovadora Individual.

b) Específicas para el Premio a la iniciativa innovadora de equipo.

Los candidatos deberán formular una solicitud colectiva, por duplicado, dirigida al Presidente del Consejo Social de la Universidad, con indicación de los datos personales (nombre, apellidos y DNI) y profesionales (colectivo de trabajadores al que pertenecen y categoría profesional) y de los concretos puestos de trabajo que ocupan todos y cada uno de los integrantes del equipo, incluyendo la declaración de autoría colectiva del proyecto o idea y el título que la identifique, así como su voluntad unánime de participar en el Premio a la Iniciativa Innovadora de Equipo.

En la solicitud deberán designar a uno de los componentes del equipo para que los represente ante el Tribunal calificador del premio e indicar la proporción en que, en caso de obtenerlo, deberá repartirse su dotación económica entre los integrantes del equipo.

c) Comunes para ambos Premios.

A la solicitud individual o colectiva, los concursantes deberán unir, en todo caso:

a) Un primer documento informático directamente legible "sin encriptar" comprensivo de una descripción de la idea o proyecto innovador elaborado, con una extensión máxima equivalente a cuatro páginas DIN-A4 de texto a un solo espacio y con copia en papel.

b) Un segundo documento de las mismas características, conteniendo un informe explicativo de la aplicabilidad inmediata o mediata del proyecto o idea, del coste económico estimado de su implantación operativa y de los beneficios (especialmente en ahorro o abaratamiento de costes económicos) que su aplicación debe reportar a la gestión, prestación o servicio de que se trate, con una extensión máxima equivalente a dos páginas DIN-A4 de texto a un solo espacio y con copia en papel.

Podrán además unir un tercer documento, optativo, de las mismas características que los anteriores, comprensivo del detalle de la iniciativa o proyecto incluyendo su descripción completa y, en su caso, material en soporte informático que comprenda los documentos, anexos, protocolos, etc., integrantes del proyecto de que se trate. No hay indicación sobre la extensión de este último tipo de documentos.

Todas las solicitudes originales y documentos unidos a las mismas habrán de presentarse simultáneamente, y dentro del plazo que se fije en cada convocatoria, en sobre cerrado dirigido a: Sr. Presidente del Consejo Social. Universidad Nacional de Educación a Distancia. MADRID. Indicando en la parte frontal inferior derecha del sobre, en letra bien legible:

"Para participar en los Premios a la Iniciativa Innovadora" y el nombre y apellidos del remitente, que deberá ser el propio concursante (si se trata del premio a iniciativas individuales) o el representante designado por el equipo si se trata del premio a iniciativas de equipo.

La presentación podrá realizarse mediante entrega directa en el Registro General o en cualquier otro Registro de los existentes en la sede central de la Universidad, que expedirán el correspondiente justificante de la misma mediante sellado y fechado del duplicado de la solicitud, que nunca se incluirá dentro del sobre, firmado por el receptor.

Y podrá también realizarse la presentación (siempre en sobre cerrado que cumpla los requisitos arriba indicados) en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.- Criterios de valoración de iniciativas y proyectos.

Las iniciativas y los proyectos presentados deberán ser susceptibles de aplicación práctica en el ámbito de la Universidad al que se refieran. Si alguno de los proyectos o iniciativas presentados no cumpliese esta condición a juicio del Tribunal Calificador, éste no entrará a valorar las circunstancias a que se refiere el párrafo siguiente.

Cumplida la anterior condición, se valorarán por el Tribunal, como mínimo, todas las siguientes circunstancias, que se enumeran sin que el orden de la enumeración implique, necesariamente, prioridad de unas sobre las demás y sin que la enumeración sea excluyente de otras posibles circunstancias que el Tribunal calificador decida tomar en consideración:

­ Grado de inmediatez de la aplicabilidad práctica del proyecto o iniciativa.

­ Contenido innovador y/o creativo.

­ Repercusión de la iniciativa o el proyecto en el ahorro/abaratamiento de costes económicos.

­ Repercusión de la iniciativa o el proyecto en la racionalización, simplificación, transparencia y mejora general de la gestión.

­ Repercusión de la iniciativa o el proyecto en la mejora y transparencia de los procedimientos administrativos de gestión.

­ Repercusión de la iniciativa o el proyecto en la mejora de la calidad de los servicios y productos.

­ Repercusión de la iniciativa o el proyecto en la mejora de la imagen pública y de proyección social de la Universidad.

­ Posibilidades de generalización de la iniciativa o el proyecto a otros ámbitos de la gestión de la Universidad.

8.- Tribunal calificador.

El Tribunal calificador quedará constituido en el plazo que se marque en la convocatoria. Y estará integrado por las siguientes representaciones:

­ El Rector, o un miembro del Consejo de Dirección en quien el Rector delegue, que presidirá el Tribunal.

­ Dos miembros elegidos por el Consejo Social de entre sus vocales, excluidos aquellos vocales que pertenezcan a la Comunidad Universitaria, tanto si se trata de vocales natos como electivos, pero incluido el vocal representante de los estudiantes. Si el Consejo así lo decide, uno de los miembros cuya designación le compete podrá ser ajeno al propio Consejo y a la Universidad, siempre que se trate de un experto en materia de valoración de iniciativas y proyectos de personal de reconocido prestigio.

­ Un miembro designado por el Patronato de la Fundación General de la UNED, de entre sus vocales o ajeno al propio Patronato, siempre que, en este caso, cumpla las mismas exigencias de experiencia y prestigio referidas en el apartado anterior.

­ El Gerente de la Universidad.

­ Un miembro a propuesta de la Junta de Personal funcionario, perteneciente o no la misma.

­ Un miembro a propuesta del Comité de Empresa de personal laboral, perteneciente o no al mismo.

­ El Director de Recursos Humanos de la Universidad, que actuará como secretario.

El Tribunal podrá contar con la colaboración de los asesores técnicos expertos que tenga por conveniente.

Las decisiones del Tribunal calificador, que se constituirá siempre que asistan a sus sesiones la mitad más uno de sus miembros y que tomará sus acuerdos por asentimiento unánime o mayoría de los miembros asistentes a cada sesión, son inapelables, y adoptarán la forma de propuesta de resolución, que requerirá la ratificación por el Pleno del Consejo Social. En caso de votación con empate, será dirimente el voto del Presidente del Tribunal (voto de calidad).

9.- Condiciones de otorgamiento de los Premios y valoración curricular de los mismos.

Los premios podrán ser declarados desiertos si, a juicio del Tribunal calificador, ninguno de los proyectos o de las iniciativas presentados a concurso reuniera las mínimas condiciones exigibles.

Los premios son indivisibles, sin perjuicio de la distribución económica interna del Premio a la iniciativa innovadora de equipo entre sus componentes.

Si hubiese dotación económica suficiente para ello y lo justificase la calidad de las iniciativas y de los proyectos presentados a concurso, el Tribunal calificador podrá proponer, y el Pleno del Consejo Social acordar, la concesión de hasta un máximo de dos accésits, uno para cada modalidad de los premios convocados, con un importe económico máximo equivalente un tercio de la dotación del correspondiente premio.

Todos los premios y accésits se conceden brutos de impuestos personales, de modo que, en la medida en que no estuvieren exentos de tal imposición, se practicará a cada perceptor la retención a cuenta de su IRPF personal que corresponda.

La obtención de cualquier premio o accésit se valorará como mérito, en la forma y en la medida que acuerden con carácter general los órganos de la Universidad competentes a este fin, a todos los efectos que afecten al currículo y a la carrera profesional de los galardonados dentro del ámbito de la Universidad.

10.- Devolución de proyectos e iniciativas no galardonados y galardonados.

Todo concursante no galardonado podrá retirar la documentación presentada, bien personalmente o bien mediante persona delegada al efecto por escrito, una vez transcurridos tres meses desde la publicación de la Resolución de otorgamiento de los galardones, pero el Tribunal calificador podrá denegar la entrega de dicha documentación si se hubiese planteado, contra aquella Resolución, cualquier tipo de recurso admisible y hasta que recaiga, respecto del mismo, Resolución o Sentencia firme.

Todo concursante galardonado, sin perjuicio de lo previsto en el número siguiente, podrá retirar la documentación presentada si, transcurridos cuatro años desde que el premio o accésit le hubiere sido concedido, su proyecto o iniciativa no hubiese sido llevado a la práctica ni en todo ni en parte.

11.- Propiedad de los proyectos y de las iniciativas galardonados.

Todos los proyectos y las iniciativas galardonados con premio o accésit pasarán a ser propiedad de la Universidad. Este derecho decaerá y se extinguirá si, transcurridos cuatro años desde la concesión del galardón, la iniciativa o el proyecto no hubiesen sido llevados a la práctica en todo ni en parte.

La obtención de premio o accésit no obliga a la Universidad a aceptar ni aplicar la totalidad de los contenidos u orientaciones de los proyectos o de las iniciativas galardonados. Por tanto, la Universidad, en función de sus propios objetivos y prioridades, podrá adoptar y aplicar parcialmente aquellos contenidos u orientaciones.

Todos los concursantes galardonados se obligan a colaborar en la implantación práctica de la iniciativa o del proyecto correspondientes. Si, con este fin, hubiesen de prestar alguna colaboración o dedicación fuera de la jornada ordinaria de trabajo, ésta se remunerará en la forma legal o convencionalmente establecida.

Las solicitudes para concursar podrán presentarse, en la forma y condiciones previstas en las normas anteriores, hasta el día 15 de septiembre de 2006, inclusive.

El Tribunal Calificador de los premios quedará constituido antes del día 15 de septiembre, procediéndose a la publicación de los miembros del mismo en el BICI.

Salvo causa de fuerza mayor, el acuerdo de concesión de los premios por el Pleno del Consejo Social se adoptará antes del día 30 de noviembre.