GERENCIA

15.- Abono de ayudas sociales

* Habilitación de Personal 

Se pone en conocimiento del Personal de esta Universidad, el abono de Ayudas Sociales tramitadas por el Negociado de Asuntos Sociales y que se numeran a continuación se efectuará en la Habilitación de personal desde el día 30 de Noviembre al 20 de Diciembre, de 10 a 14 horas.

* Reintegro matrícula (Complutense, Alcalá, Carlos III) curso 1.998/99 (1ª remesa).
 

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16.- Convocatorias de ayudas incluidas en el calendario del programa de acción social de 1998 en el mes de diciembre

* Asuntos Sociales 
 
BASES GENERALES DE APLICACIÓN A TODO EL PROGRAMA DE AYUDAS SOCIALES 1998

1. PROCEDIMIENTO 


1.1. Las solicitudes que se formularán en los modelos correspondientes, se cumplimentarán en todos sus extremos y se acompañarán obligatoriamente de la documentación que se indica.

1.2. Cuando deban justificar gastos, deberán aportar factura original o fotocopia compulsada en que deberá figurar:

- Nombre o razón social

- NIF o CIF de quien emite la factura

- Concepto por el que se emite

- Fecha

- Nombre y apellidos del posible beneficiario

- Algunas convocatorias necesitarán otros datos específicos en las facturas que se señalarán en la documentación concreta de la ayuda.

1.3. Las solicitudes de ayuda que se presenten fuera del plazo que se establece en cada convocatoria, quedarán automáticamente excluidas.

1.4. En cualquier momento podrá exigirse al solicitante la aportación de otros datos o documentos que amplíen o aclaren los ya aportados y que se consideren necesarios para resolver.

1.5. Quedan exentos de aportar cualquiera de los documentos que se exigen, aquellos solicitantes que los hubieran enviado anteriormente al Negociado de Asuntos Sociales, siempre que se encuentren vigentes en el momento de la convocatoria.

1.6. La ocultación o falseamiento de datos o documentos que viene obligado a aportar el solicitante dará lugar a la denegación de la ayuda o, en su caso, a la devolución de las cantidades percibidas, sin perjuicio de las demás acciones que pudieran derivarse.

1.7. Las solicitudes se presentarán, dentro de los plazos establecidos, en el Registro General de la UNED.
 

2. BENEFICIARIOS 


2.1. A efectos de las presentes convocatorias, se consideran hijos del solicitante los hijos propios y los de su cónyuge, bien sea por naturaleza o adopción, siempre que, en todos los casos, convivan y dependan económicamente del solicitante y figuren en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2.2. Se entenderá por cónyuge del solicitante, tanto el no separado judicialmente como la persona que conviva con él de forma estable durante al menos un año.

2.3. Cuando ambos padres o tutores fueran trabajadores de la UNED sólo uno de ellos podrá solicitar las ayudas para otros miembros de la Unidad Familiar.

Cualquiera de estas situaciones debe ser acreditada documentalmente con la solicitud de ayuda .
 

3. BAREMOS Y CUANTIAS 


Las cantidades utilizadas tanto en baremos como en cuantías, parten de la referencia del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aplicándolo, según el caso, una vez y media, dos veces, dos veces y media., etc. y redondeando las cantidades resultantes.

Las cantidades que indican las cuantías de las distintas ayudas siempre se refieren a cantidades "máximas" y, por tanto, susceptibles de ser reducidas, si las circunstancias concretas de cada convocatoria así lo exigieran.

Este Programa hace distinción entre Unidad Familiar Pluripersonal y Unidad Familiar Unipersonal, estableciendo el límite de la cantidad resultante de dividir los Ingresos Integros Anuales de la Unidad Familiar por el número de miembros de la misma para poder acceder a las ayudas en las que así se especifica en 2.300.000 pts. para las Pluripersonales y 2.800.000 pts. para las Unipersonales.

INCOMPATIBILIDADES:

Las subvenciones de las ayudas para las que se pide justificación del gasto, en ningún caso superarán la cantidad que se justifique.

Cuando se perciba otra ayuda de la misma naturaleza o con la misma finalidad de cualquier ente público o privado, su importe será descontado del de la ayuda que pueda corresponderle en la UNED.

 

Las presentes ayudas estarán también sujetas a las incompatibilidades y/o limitaciones o exclusiones señaladas en las bases específicas.

RESOLUCIÓN:

La Comisión de Asuntos Sociales adjudicará las Ayudas y hará pública mediante el BICI la Resolución indicando nombre de los beneficiarios y cantidad que corresponda a cada uno.

Contra estas Resoluciones cabe interposición de Recurso ordinario en el plazo de un mes ante el Rectorado de esta Universidad, a partir del día siguiente a la publicación de la resolución correspondiente

 
 
 
BASES ESPECÍFICAS DE CADA UNA DE LAS AYUDAS QUE SE CONVOCAN
 

1.- PRESTACIONES NO RECOGIDAS EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 


OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

Subvencionar parcialmente el coste de tratamientos buco?dentales y audiovisuales, incluídas prótesis, recibidos y pagados entre el 17.10.97 y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Todo el personal de la Universidad en situación de servicio activo tanto en el momento de recibir el tratamiento médico como en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, que coticen a la Seguridad Social, cónyuges que no perciban rentas del trabajo personal por cuenta propia o ajena e hijos dependientes de la Unidad Familiar del solicitante que figuren en su Declaración de la Renta, y reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

- Hasta el 12 de diciembre de 1998 en el Registro General de la Universidad

BAREMO Y CUANTÍAS MÁXIMAS DE LA AYUDA:

Tendrán derecho a percibir la ayuda aquéllos cuyos haberes después de dividir los Ingresos Integros Anuales de la Unidad Familiar entre el número de miembros de la misma, no superen 2.300.000 pts. por miembro en caso de Unidades Familiares Pluripersonales y 2.800.000 pts. en caso de Unidades Familiares Unipersonales.

El mismo cociente servirá para adjudicar el tramo que corresponda a cada solicitante.

TRAMOS CUANTIAS MAXIMAS

1º Hasta el cociente de 1.500.000.- pts. 35.000.? pts. / perceptor

2º Entre 1.500.001 y 2.000.000.- pts. 28.000.? pts. / perceptor

3º Entre 2.000.001.? pts.y 2.300.000.- pts 21.000.? pts. / perceptor

ó 2.800.000.- pts.

En ningún caso la subvención superará el gasto efectuado.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑARÁ A LA SOLICITUD:

- Factura original o fotocopia compulsada en la que además de los datos exigidos en el punto 1.2 de las bases generales deberán constar el tipo de tratamiento y fechas en que se ha efectuado el servicio.

- Fotocopia de la/s última/s Declaración/es del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas. En caso de haber optado por declaraciones separadas, las de todos los declarantes de la unidad familiar.

- En caso de solicitar ayuda para el cónyuge, acreditar que no percibe ingresos.

- Fotocopia de la página del libro de familia en la que figure el beneficiario para el que se solicita la ayuda y la del solicitante, o del documento que acredite fehacientemente la situación que corresponda de las contempladas en los puntos 2.1 y 2.2 de las bases generales.

- Declaración del solicitante, bajo su responsabilidad, de que no ha solicitado ayuda para la misma finalidad de otro Organismo o Entidad o, en caso contrario, certificación del Organismo acreditativa de la denegación o de su concesión, con indicación del importe y el concepto por el que le ha sido concedida.

(Esta declaración está incluída en la solicitud)
 

2.- AYUDAS ESPECIALES PARA TRATAMIENTOS DE SALUD NO RECOGIDOS EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 


OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

Contribuir a sufragar, en parte, los gastos originados por tratamientos médicos o quirúrgicos de carácter grave y extraordinario así como de desintoxicación o deshabituación de drogodependientes que apruebe la Comisión de Asuntos Sociales, cuyo gasto se haya producido entre el 1?1?98 y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Todo el personal de la Universidad en situación de servicio activo tanto en el momento de recibir el tratamiento médico como en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, cónyuges e hijos dependientes de la Unidad Familiar del solicitante que figuren en su Declaración de la Renta, y reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

? Hasta el 12 de diciembre de 1998 en el Registro General de la Universidad.

BAREMO Y CUANTIAS MÁXIMAS DE LA AYUDA:

- Los ingresos Integros Anuales de la Unidad Familiar divididos entre el nº de miembros de ésta no deben superar los 2.300.000 pts. en caso de Unidades Familiares Pluripersonales y 2.800.000 pts. en caso de Unidades Familiares Unipersonales.

- La cuantía de la ayuda no superará en ningún caso las 120.000.? pts. ni el gasto efectuado.

- A los beneficiarios de MUFACE se les minorará de la ayuda a conceder, la cuantía de la prestación prevista por esa Mutualidad o cobrada de ella.

- Esta Ayuda es incompatible con la de "Prestaciones no recogidas en el Reg. Gral. de la Seguridad Social".

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑARÁ A LA SOLICITUD:

- Factura original o fotocopia compulsada en la que además de los datos exigidos en el punto l.2 de las bases generales deberán constar el tipo de tratamiento y fechas en que se ha efectuado el servicio.

- Fotocopia de la/s última/s Declaración/es del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas. En caso de haber optado por declaraciones separadas, las de todos los declarantes de la unidad familiar.

- Fotocopia de la página del libro de familia en la que figure el beneficiario para el que se solicita la ayuda y la del solicitante, o del documento que acredite fehacientemente la situación que corresponda de las contempladas en los puntos 2.1 y 2.2 de las bases generales.

- Fotocopia del informe del médico o del psicólogo en el que se indique el perceptor del tratamiento, diagnóstico, tratamiento preciso y duración del mismo.

- Declaración del solicitante, bajo su responsabilidad, de que no ha solicitado ayuda para la misma finalidad de otro Organismo o Entidad o, en caso contrario, certificación del Organismo acreditativa de la denegación o de su concesión, con indicación del importe y el concepto por el que le ha sido concedida.

(Esta declaración está incluída en la solicitud).
 

3.- AYUDAS EXTRAORDINARIAS DE CARÁCTER GENERAL 


OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

Contribuir a paliar parcialmente situaciones producidas por circunstancias imprevisibles y excepcionales, siempre hayan supuesto una carga económica extraordinaria para el solicitante y hayan ocurrido entre el 1?1?98 y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Para tener derecho a esta ayuda será necesario estar en servicio activo tanto en el momento en que se haya producido la situación objeto de la solicitud, como en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, así como reunir los requisitos exigidos en esta convocatoria.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

- Hasta el 12 de diciembre de 1998 en el Registro General de la Universidad.

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:

- Es criterio básico para adjudicar esta ayuda que la Comisión de Asuntos Sociales considere que los ingresos del solicitante o de la Unidad Familiar son manifiestamente insuficientes para afrontar la situación surgida.

- La cuantía máxima de la ayuda será de 120.000 pts. por solicitante.

- Para optar a ella será necesario acreditar los gastos que justifiquen la solicitud.

- No podrá percibirse la ayuda más de una vez para la misma problemática, aun cuando las distintas implicaciones que puedan derivarse de ella la prolonguen durante más de un año.

- En ningún caso la subvención superará el gasto efectuado.

- Cuando se perciba otra ayuda de la misma naturaleza o con la misma finalidad de cualquier ente público o privado, su importe será descontado.

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:

- Solicitud en la que se explique la situación objeto de la ayuda.

- Fotocopia de la/s última/s Declaración/es del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas. En caso de haber optado por declaraciones separadas, las de todos los declarantes de la Unidad Familiar.

- Facturas que justifiquen el gasto.

- Declaración del solicitante, bajo su responsabilidad, de que no ha solicitado ayuda para la misma finalidad de otro Organismo o Entidad o, en caso contrario, certificación del Organismo acreditativa de la denegación o de su concesión, con indicación del importe y el concepto por el que le ha sido concedida

(Esta declaración está incluída en la solicitud).
 

4.- ACTIVIDADES FÍSICAS 


OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

Promocionar la actividad Física de los trabajadores de la Universidad y sufragar parte del gasto que supone.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Todos los trabajadores de la Universidad en situación de servicio activo tanto en el período para el que se solicite la ayuda como en el plazo de presentación de solicitudes, y reúna los requisitos exigidos en esta convocatoria.

PERIODO AL QUE SE REFIERE ESTA CONVOCATORIA:

- Recibos abonados desde el 1 de septiembre de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes será , hasta el día 12 de diciembre de 1998 en el Registro General de la Universidad.

CUANTIAS MÁXIMAS DE LA AYUDA:

- La cantidad máxima será 2.000.? pts. mensuales durante 11 meses al año.

En ningún caso la subvención superará el gasto efectuado por el solicitante.

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:

- Facturas con los requisitos recogidos en el punto 1.2 de las bases generales y además el período al que corresponde el pago.
 

5.- PROMOCIÓN PROFESIONAL 


OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

Subvencionar parcialmente los gastos realizados por el personal de la UNED por la asistencia a clases para preparación de pruebas selectivas convocadas por la Administración, siempre que la preparación de dichas pruebas no sean impartidas por el plan de Formación de la UNED.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Para tener derecho a esta ayuda será necesario estar en servicio activo tanto en el momento en que se haya producido la situación objeto de la solicitud, como en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, así como reunir los requisitos exigidos en esta convocatoria.

PERIODO AL QUE SE REFIERE ESTA CONVOCATORIA:

- Recibos abonados desde el 1 de septiembre de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1998.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

- Hasta el día 12 de diciembre de 1998 en el Registro General de la Universidad.

BAREMO Y CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA:

El período máximo anual por el que se pagará esta ayuda será de 9 meses.

- Hasta 2.500.000.? pts. de Rendimientos Integros Anuales del solicitante 9.000.? pts. mensuales.

- A partir de 2.500.001.? pts. de Rendimientos Integros Anuales del solicitante 6.500.? pts. mensuales.

En ningún caso la subvención superará el gasto efectuado por el beneficiario.

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:

- Certificado de Retribuciones Integras Anuales.

- Facturas con los requisitos recogidos en el punto 1.2 de las bases generales y además el período al que corresponde el pago.
 

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