RECTORADO

1.- Ceses.

* Secretaría General 
En virtud las atribuciones que me confieren la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, a propuesta de la Ilma Sra. Directora del Departamento, a Dª ESTER JUAN OLIVA como Secretaria del Departamento de Filología Francesa de la Facultad de Filología de esta Universidad, con efectos de 1 de septiembre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confieren la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, por haber cumplido su mandato, a Dª MERCEDES BOIXAREU VILAPLANA como Directora del Departamento de de Filología Francesa de la Facultad de Filología de esta Universidad, con efectos de 1 de septiembre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confieren la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, a propuesta de la Ilma. Sra. Directora del Departamento, a Dª PILAR GONZÁLEZ GONZÁLEZ,como Secretaria del Departamento de Química Orgánica y Biología de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, con efectos de 1 de octubre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, a propuesta del Ilmo. Sr. Director del Departamento, a D. ANTONIO HERNANZ GISMERO como Secretario del Departamento de Ciencias y Técnicas Fisicoquímicas de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, con efectos de 1 de octubre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 30 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, por haber cumplido su mandato, a D. RICARDO PELLÓN SUÁREZ DE PUGA como Director del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, con efectos de 9 de julio de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, por razones del servicio, a D. RICARDO PELLÓN SUÁREZ DE PUGA como Director en funciones del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, con efectos de 30 de septiembre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, a propuesta del Ilmo. Sr. Director del Departamento, a Dª. MARIA ROSA ELOSÚA DE JUAN como Secretaria del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, con efectos de 9 de julio de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y los Estatutos de esta Universidad, vengo en cesar, a propuesta del Ilmo. Sr. Director en funciones del Departamento, a Dª. MARIA ROSA ELOSÚA DE JUAN como Secretaria en funciones del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, con efectos de 30 de septiembre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

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2.- Nombramientos.

* Secretaría General 
En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, a propuesta de la Ilma. Sra Directora del Departamento de Filología Francesa de la Facultad de Filología de esta Universidad, vengo en nombrar a Dª DOINA POPA-LISEANU Secretaria del citado Departamento, con efectos de 1 de septiembre de 1998.

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, vengo en nombrar a Dª ALICIA YLLERA FERNÁNDEZ, Directora del Departamento de Filología Francesa de la Facultad de Filología de esta Universidad, con efectos de 1 de septiembre de 1998.

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, a propuesta del Ilmo. Sr. Director del Departamento de Ciencias y Técnicas Fisicoquímicas de la Facultad de Ciencias de esta Universidad, vengo en nombrar a D. MANUEL CRIADO SANCHO, Secretario del citado Departamento, con efectos de 1 de octubre de 1998.

Madrid, 30 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, a propuesta de la Ilma. Sra. Directora del Departamento de Química Orgánica y Biología de la Facultad de Ciencias, de esta Universidad, vengo en nombrar a Dª PILAR CORNAGO RAMÍREZ Secretaria del citado Departamento, con efectos de 1 de octubre de 1998

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, vengo en nombrar a Dª ROSA MARÍA CLARAMUNT VALLESPÍ, Directora del Departamento de Química Orgánica y Biología de la Facultad de Ciencias de esta Universidad

Madrid, 17 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, vengo en nombrar a D. ENRIQUE LAFUENTE NIÑO Director del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, con efectos de 1 de octubre de 1998, agradeciéndole los servicios prestados.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, a propuesta del Ilmo. Sr. Director del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, vengo en nombrar a Dª. MARIA JOSÉ GONZÁLEZ LABRA Secretaria del citado Departamento, con efectos de 1 de octubre de 1998.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 40 de los Estatutos de esta Universidad, vengo en nombrar a D. RICARDO PELLÓN SUÁREZ DE PUGA Director en funciones del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad,, con efectos de 9 de julio de 1998.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y a propuesta del Ilmo. Sr. Director del Departamento de Psicología Básica I de la Facultad de Psicología de esta Universidad, vengo en nombrar a Dª. MARIA ROSA ELOSÚA DE JUAN Secretaria en funciones del citado Departamento, con efectos de 9 de julio de 1998.

Madrid, 29 de julio de 1998. EL RECTOR, Fdo.: Jenaro Costas Rodríguez.
 

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VICERRECTORADOS

VICERRECTORADO DE ALUMNOS Y RELACIONES INSTITUCIONALES

3.- Información del Centro de Orientación, Infomación y Empleo.

C.O.I.E. 
El C.O.I.E. informa:

Para cualquier solicitud de información y orientación podéis dirigiros, directamente o por carta, a nuestra Sede Central en Bravo Murillo, 38, 3ª planta. 28015 MADRID o bien por teléfonos: (91) 398-78-84 (mañanas y tardes) y (91) 398-75-18 (sólo mañanas), o correo electrónico: coie@bm.uned.es.

* El Centro de Orientación, Información y Empleo del Centro Asociado de Talavera, ha puesto en funcionamiento desde el 1 de septiembre de 1998, los Servicios Integrados para el Empleo (SIPE). El SIPE, financiado por el Fondo Social Europeo, tiene como finalidad mejorar la inserción laboral de universitarios y titulados, tanto para la búsqueda del primer empleo, como para la mejora del mismo. Para ello, y partiendo de una atención personalizada, se llevarán a cabo acciones de tres tipos: informativas, de orientación profesional y de formación en habilidades para la empleabilidad.

Pueden hacer uso del SIPE todas aquellas personas que, estando inscritas en el INEM, residan en Talavera de la Reino y su comarca, o bien sean alumnos/as del Centro Asociado de Talavera:

COIE-UNED del CENTRO ASOCIADO DE TALAVERA 


SERVICIOS INTEGRADOS PARA EL EMPLEO (SIPE)

C/ Santos Mártires, 22

45600 Talavera de la Reina (Toledo)

Tfno. 925-828573

Horario de atención: de 9,30 a 14,30 horas.

* 2 BECAS DE FORMACIÓN EN INGENIERÍA ENERGÉTICA

Requisitos: Titulados universitarios o ingenieros

Dotación: 100.000 pts.

Duración: 1 año

Lugar de disfrute: España, cualquier país extranjero

Convocatoria: 8 de julio de 1998

Plazo de solicitud: 25 de septiembre de 1998

Para más información, dirigirse al organismo convocante: FUNDACIÓN GÓMEZ PARDO. C/ Alenza, 1 ­ 28003 Madrid. Tfno. 91-4417921, fax 91-4429529.

* 20 BECAS PARA CURSOS BREVES DE INGENIERÍA ENERGÉTICA

Requisitos: Titulados universitarios o ingenieros

Dotación: 90% del importe de la matrícula

Duración: Trimestre octubre diciembre 1998

Lugar de disfrute: España

Convocatoria: 8 de julio de 1998

Plazo de solicitud: 25 de septiembre de 1998

Para más información, dirigirse al organismo convocante: FUNDACIÓN GÓMEZ PARDO. C/ Alenza, 1 ­ 28003 Madrid. Tfno. 91-4417921, fax 91-4429529.

* 1 BECA DE INVESTIGACIÓN SOBRE TEMA ENERGÉTICO

Requisitos: Titulados universitarios o ingenieros

Dotación: 120.000 pts. brutas al mes

Lugar de disfrute: España, cualquier país extranjero

Convocatoria: 8 de julio de 1998

Plazo de solicitud: 25 de septiembre de 1998

Para más información, dirigirse al organismo convocante: FUNDACIÓN GÓMEZ PARDO. C/ Alenza, 1 ­ 28003 Madrid. Tfno. 91-4417921, fax 91-4429529.

* CURSO GRATUITO SOBRE "APLICACIÓN DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS AL TRABAJO EN EQUIPO"

Dirigido a: Desempleados que habiendo finalizado sus estudios universitarios y de cara a su incorporación al mercado laboral necesiten capacitarse profesionalmente. Trabajadores de pequeñas y medianas empresas que desarrollen su trabajo en el área de RR.HH. y necesiten una actualización o reciclaje de sus conocimientos acerca de las técnicas de trabajo en equipo, aplicando las nuevas tecnologías de la información.

Duración: 80 horas (del 28 de septiembre al 23 de octubre de 1998, en horario de tarde).

Financiación: Fondo Social Europeo

Lugar de celebración: Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad Carlos III de Madrid. Campus de Getafe.

Plazo límite de presentación de solicitud: 21 de septiembre de 1998.

Para más información, dirigirse al organismo convocante: FUNDACIÓN UNIVERSIDAD CARLOS III. SERVICIO DE ORIENTACIÓN Y PLANIFICACIÓN PROFESIONAL ­ S.O.P.P., Edificio Rectorado, Despacho 8.5, c/ Madrid, 126, 28903 Getafe (Madrid), tfno. 91-6249308 y 91-6249521, fax 916249597, E-mail: sopp@fund.uc3m.es.

* PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA EL AUTOEMPLEO

Requisitos: Dirigido a todos aquellos emprendedores y emprendedoras discapacitados.

Coste: Gratuito.

Duración: 32 horas (30 lectivas y dos de tutorías individuales).

Convocatoria: Abierta a nivel nacional.

Lugar: En Madrid y en las Secciones Regionales de Fundosa Social Consulting. A las personas que tengan que desplazarse se les subvencionará la estancia.

Fechas: Madrid (14 sept.-24 nov. 1998). Barcelona (5 oct.-15 dic.1998).

Para más información, dirigirse al organismo convocante: FUNDOSA SOCIAL CONSULTING. C/ Juan Bravo, 3B-5ª, 28006 Madrid. Tfno. 91-4353696. Fax 91-5767122.

* CONCURSO ANUAL DE ACTUACIONES LIGADAS A LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICAS

Requisitos: Trabajos científico/técnicos cuyo tema esté ligado con la cogeneración. Al mismo pueden concurrir trabajos, cuyo texto sea conexo con el tema objeto del concurso, publicados o no, basados en actividades y logros, realizados o en realización, y en los que el autor o autores participen. Los trabajos tendrán una extensión máxima de 24 páginas, formato DIN A4, mecanografiados a simple espacio, incluidas las figuras, tablas, croquis, fotografías, etc., correspondientes. Incluirán un resumen con una extensión máxima de una página.

Dotación: 1.500.000 pesetas y accésit de 500.000 pesetas.

Convocatoria: 1998.

Plazo de solicitud: 1 de octubre de 1998.

Para más información, dirigirse al organismo convocante: FUNDACIÓN BABCOCK. Barrio de Elguero, 3. 48510 Valle de Tápaga (Vizcaya). Tfno. 94-4720655, fax 94-4955616.

* 2 PREMIOS EXTRAORDINARIOS "INSERSO" 1998.

Requisitos: Entidades públicas o privadas, asociaciones, empresas o personas españolas o iberoamericanas que hayan destacado por un hecho puntual concreto y excepcional, a favor de personas con discapacidad, personas mayores, inmigrantes y desplazados.

Dotación: 1.000.000 pts.

Convocatoria: BOE 29 de abril de 1998.

Plazo de solicitud: 30 de septiembre de 1998.

Para más información, dirigirse al organismo convocante: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INSERSO). Guinzo de Limia, 58 ­ 28029 Madrid. Tfno. 91-3478888.

* PREMIO FUNDACIÓN RIVADENEYRA

Requisitos: Estudios sobre cualquier cuestión lingüística o literatura española, escritos en castellano. Se presentarán por triplicado, escritos a máquina y podrán ir firmados por su autor o bajo lema.

Dotación: 300.000 y 200.000 pts.

Convocatoria: BOE: 22 de noviembre de 1995

Plazo de solicitud: 30 de septiembre de 1998

Para más información, dirigirse al organismo convocante: REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Felipe IV, 4 ­ 28071 Madrid, tfno. 91-4201478.
 

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4.- Convocatoria de becas y ayudas al estudio. Curso 98/99.

* Sección de Becas 
­ Convocatoria General de Becas del M.E.C. 1998/99.

En el B.O.E. del 2 de julio de 1998, se publica mediante Orden Ministerial de 15 de junio de 1998 la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general, para estudios universitarios y medios para el curso académico 1998/99.

Teléfono de información sobre la convocatoria de becas y ayudas al estudio del M.E.C.

Del 1 de septiembre al 5 de octubre, el Ministerio de Educación y Cultura pondrá en funcionamiento el teléfono 900/20.98.99 en horario de 10 a 19 horas de lunes a viernes, de información gratuita y general, sobre la convocatoria general de becas y ayudas al estudio.

­ Convocatoria General Gobierno Vasco 1998/99.

En el B.O.P.V. del 10 de julio de 1998, se publica la Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan becas con carácter general, para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores en el año 1998-99. Esta convocatoria afecta a alumnos de esta UNED con vecindad administrativa en el País Vasco.
 

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5.- Convocatoria para la reducción del precio por Servicios Académicos del CAD para Mayores de 25 años.

* Sección de Becas 
En cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Social en su reunión de 20 de julio de 1994, y prórroga de convocatoria en Junta de Gobierno de 2 de julio de 1998, que aprueba la propuesta de prorrogar para el curso académico 1998/99, la normativa vigente respecto a la concesión de Becas para los alumnos de Acceso para Mayores de 25 Años, se convocan ayudas para la Reducción del Precio por Servicios Académicos para alumnos matriculados en el Curso de Acceso para mayores de 25 Años de la UNED, de acuerdo con las siguientes normas:

- Art. 1.- Podrán solicitar la reducción los alumnos matriculados en el Curso de Acceso para mayores de 25 Años de la UNED durante el curso 1998/99.

- Art. 2.- De estos alumnos podrán solicitar esta Ayuda, los alumnos que habiendo presentado solicitud de beca/ayuda al estudio de la Convocatoria General del M.E.C. ó de la Convocatoria General del Gobierno Vasco, no cumplan los requisitos establecidos para ser beneficiarios de la misma, teniendo por tanto la beca denegada.

- Art. 3 .- Esta ayuda tiene por finalidad, rescatar las solicitudes con beca denegada por superar la renta establecida en la Convocatoria General, estableciéndose para ser beneficiario de la ayuda de Reducción unos umbrales incrementados los de la Convocatoria del M.E.C. en un 20%.

- Art. 4.- Deberán abonar el importe al que asciende el precio público por servicios académicos, una vez que la solicitud de la Convocatoria General resulte denegada, independientemente de que solicite esta Reducción del Precio. A los alumnos beneficiarios de esta ayuda, se les devolverá el 50 por 100 de los precios por servicios académicos, con exclusión de las tasas de Secretaría y Seguro Escolar.

- Art. 5.- La cuantía de la reducción será el 50% del precio por servicios académicos, con exclusión de las tasas de Secretaría y Seguro Escolar.

- Art. 6 .- Una vez publicadas las listas definitivas de becarios del MEC y Gobierno Vasco, se abrirá un plazo de solicitud de esta Ayuda, del 1 al 15 de mayo de 1999, inclusive.

Art. 7 .- Requisitos:

a) Ser Español o ciudadano de un país miembro de la Unión Europea.

b) No superar el umbral de renta familiar establecido por el M.E.C. en la Convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general, para el curso académico 1998/99 (Orden de 15 de junio de 1998), aumentados en el 20% y que son los siguientes:

 
Nº de miembros computables  Umbrales
1 miembro 1.500.000 
2 miembros  2.562.000
3 miembros 3.477.600
4 miembros  4.149.600
5 miembros  4.614.000
6 miembros  4.946.400
7 miembros  5.275.200
8 miembros  5.590.800
 

A partir del 8º miembro, se añadirán 360.000 ptas por cada nuevo miembro computable.

c) No superar los umbrales de patrimonio fijados en la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para el curso académico 1998/99.

- Art. 8 .- Incompatibilidad:

a) Haber disfrutado de alguna ayuda para realizar el Curso de Acceso en convocatorias anteriores.

b) Haberse acogido en el curso 1998/99 a alguna reducción por otros conceptos.

- Art. 9 .- Las solicitudes de reducción del precio por servicios académicos se formalizarán en los impresos oficiales, que se podrán adquirir al precio de 40 ptas en los Centros Asociados de la UNED y en la librería de la UNED, C/ Bravo Murillo, 38. MADRID, a partir del 15 de abril de 1999.

- Art. 10 .- Al haber presentado todos los alumnos solicitantes de esta Reducción, beca del MEC o del Gobierno Vasco, solo deberán aportar dentro del sobre de la ayuda de Reducción, la documentación no aportada en dichas convocatorias.

- Art. 11 .- Incluirán en su solicitud de beca, fotocopia de la matrícula abonada del Curso de Acceso para Mayores de 25 Años.

- Art. 12.- Las solicitudes se presentarán, del 1 al 15 de mayo de 1999 inclusive, en:

UNED
SECCION DE BECAS
C/ BRAVO MURILLO , 38, 3ª PLANTA.
28015- MADRID.
O se enviarán a: UNED. SECCION DE BECAS
APDO. CORREOS 50.487.
28080- MADRID

También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Art. 13 .- Para el estudio de las solicitudes presentadas y selección de posibles beneficiarios se constituirá una comisión, cuya composición se señala:

PRESIDENTE: El Vicerrector de Alumnos y Relaciones Institucionales.

VOCALES: El Director del Curso de Acceso.

La Secretaria del curso de Acceso.

La Jefe de Servicio de Alumnos.

Un representante del Curso de Acceso que sea becario.

SECRETARIA: La Jefa de Sección/ Negociado de Becas

- Art. 14.- El último día para resolver estas solicitudes será 31 de julio de 1999.

- Art. 15.- Tanto la concesión como la denegación de esta ayuda, se notificará al interesado y al Negociado correspondiente, una vez finalizado el plazo de resolución.

- Art. 16.- Se remitirán al Negociado de Alumnos de Acceso, las listas de alumnos a los que se les ha concedido dicha ayuda, para proceder así a la devolución del 50% de los precios por servicios académicos.

La resolución no pondrá fin a la vía administrativa pudiendo interponerse en el plazo de un mes, recurso ordinario ante el Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la UNED.

DISPOSICIONES FINALES

- Primera.- El número máximo de ayudas otorgadas estará en función de los créditos autorizados para dicha finalidad por la Junta de Gobierno de la UNED.

- Segunda.- En todo lo no previsto en esta Convocatoria se aplicará con carácter supletorio la legislación vigente en materia de becas y/o ayudas al estudio de la Convocatoria General del M.E.C. o del Gobierno Vasco en sus respectivos ámbitos.

- Tercera.- La presente Convocatoria entrará en vigor el día siguiente de su publicación.

 
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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

6.­ Defensa de tesis doctorales

* Sección de Investigación 
En cumplimiento del Artículo 13 de la Normativa reguladora del Tercer Ciclo en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, se comunica a los Departamentos o Institutos Universitarios que, en el Departamento correspondiente y en la Sección de Investigación se encuentran depositadas durante 15 días hábiles, dentro del período lectivo del calendario académico, las Tesis Doctorales que se indican a continuación. El depósito comenzará a contar a partir de la fecha de publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI).

Se recuerda que, cualquier Doctor podrá examinar la Tesis y, en su caso, dirigir por escrito a la Comisión de Doctorado e Investigación las consideraciones que estime oportuno formular, dentro del plazo señalado anteriormente.

AUTOR: D. Justo RUIZ CALVO.

TESIS: "ASPECTOS DIDÁCTICOS DEL EQUILIBRADO DE MOTORES ALTERNATIVOS DE COMBUSTIÓN INTERNA. DISPOSICIONES PLURICILÍNDRICA EN LÍNEA".

DIRECTOR: D. Julio FUENTES LOSA.

DEPARTAMENTO: MECÁNICA.

AUTOR: D. José Antonio RUIZ OLIVA.

TESIS: "FORTIFICACIONES MILITARES DE CEUTA: SIGLOS XVI AL XVIII".

DIRECTOR: D. Delfín RODRÍGUEZ RUIZ.

CODIRECTOR/TUTOR: D. José Enrique GARCIA MELERO.

DEPARTAMENTO: HISTORIA DEL ARTE.

AUTOR: D. Isidoro MARTÍN DEGANO.

TESIS: "EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS CONFESIONES RELIGIOSAS Y DE SUS ENTIDADES EN EL DERECHO ESPAÑOL".

DIRECTOR: D. José Manuel TEJERIZO LÓPEZ.

DEPARTAMENTO: DERECHO DE LA EMPRESA.

AUTOR: D. Angel GÓMEZ JIMÉNEZ.

TESIS: "FACTORES FACILITADORES DE LOS EFECTOS POSITIVOS DEL CONTACTO INTERGRUPAL".

DIRECTORA: Dª Carmen HUICI CASAL.

DEPARTAMENTO: PSICOLOGÍA SOCIAL Y DE LAS ORGANIZACIONES.
 
 

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7.- Documentación recibida en el Vicerrectorado de Investigación

* Programas Europeos de Investigación 
* Eurograduate es una base de ofertas de prácticas en empresas en toda la Unión Europea, a través de INTERNET, en la siguiente dirección: http://www.eurograduate.com/data.html

* Se encuentra a disposición de quien quiera consultarlo el Boletín INYEP (International Network of European Young Professionals) en la Oficina de Programas Europeos de Investigación, en la C/ Bravo Murillo, 38 - 4ª.

* La Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) anuncia la convocatoria específica de ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria España-América Latina 1998, para el establecimiento de redes temáticas de docencia entre universidades españolas e iberoamericanas. Estas redes deben estar integradas por 6 universidades y tener un compromiso de continuidad de, como mínimo, tres años. Actividad de las redes:

1.- Elaboración conjunta, por parte de las 3 universidades españolas, de un módulo docente de, al menos, 72 horas lectivas (módulo docente español).

2.- Elaboración conjunta, por parte de las 3 universidades iberoamericanas de un módulo docente de, al menos, 72 horas lectivas (módulo docente iberoamericano).

3.- Impartición, dentro de cada uno de los años académicos de funcionamiento de la red, del módulo docente español en, al menos, una de las universidades iberoamericanas contrapartes, de modo que al término de los tres años el módulo haya sido impartido en todas las universidades iberoamericanas. En esta acción deberá participar, al menos, un docente de cada una de las universidades españolas.

4.- Impartición, dentro de cada uno de los años académicos de funcionamiento de la red, del módulo docente iberoamericano en, al menos, una de las universidades españolas contrapartes, de modo que al término de los tres años el módulo haya sido impartido en todas las universidades españolas. En esta acción deberá participar, al menos, un docente de cada una de las universidades iberoamericanas.

Cada red aprobada recibirá en 1998 una ayuda de hasta un máximo de 2.500.000 pts. par ala realización de las acciones de docencia descritas y la elaboración de una Memoria anual de la actividad realizada y de un balance de conclusiones de la misma, para lo cual disponen de un año de plazo a contar desde la recepción de la ayuda.

Presentación de solicitudes hasta el día 15 de octubre en el Vicerrectorado de Investigación.

* La Fundación Universidad-Empresa de Madrid, convoca los Premios EURAL 1998 en su segunda edición. Con estos premio se pretende distinguir la labor de universidades y empresas de cualquier país de la Unión Europea y América Latina, que hayan destacado en la realización de proyectos de Investigación y Formación con una dimensión Eurolatinoamericana.

* Premio Eural al mejor Proyecto de Investigación Científica y/o tecnológica.

* Premio Eural al mejor Proyecto de Formación.

* Mención Especial a aquellas instituciones o personas cuya trayectoria haya contribuido al desarrollo de las relaciones Universidad-Empresa y a favorecer la competitividad educativa y de investigación en el ámbito Eurolatinoamericano.

Presentación de candidaturas hasta el día 15 de noviembre de 1998.

* BÚSQUEDA DE SOCIOS:

Oliver Strate

Institute for Human and Industrial Engineering

Kaiserstrasse 12

76128 Karlsruhe - Germany

Tel.- 49 721 6086193

Fax.- 49 721 694557

E-mail.- oliver.strate@mach.uni-karlsruhe.de

Programa ESPRIT

Palabras Clave: Human-Machine Interface, Management Techniques, Simulation and Design

* El Consejo Superior de Investigaciones Científicas convoca Becas de Introducción a la Investigación, para estudiantes de último curso de carrera, que estén matriculados (curso 1998-99) de todas las asignaturas de ese curso o de todas las que le queden para finalizar sus estudios, no es válido estar matriculado solamente del proyecto fin de carrera, además es necesario haber superado todas las asignaturas o créditos de los que se ha estado matriculado en cursos anteriores.

Presentación de solicitudes hasta el día 16 de octubre de 1998.

 

* El Consejo Superior de Investigaciones Científicas convoca las Becas pre y postdoctorales CSIC-ROMA, para ampliación de estudios o investigación en la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma. Para Licenciados con posterioridad a junio de 1994 y que estén realizando el doctorado y para doctores con posterioridad a diciembre de 1995. El solicitante deberá proponer una investigación que esté enmarcada en alguna de las líneas que científicamente definen la Escuela Española de Historia y Arqueología de Roma.

Presentación de solicitudes hasta el día 15 de octubre de 1998.

* El CERN (Organización Europea para la Investigación Nuclear), el Laboratorio Europeo para la Física de Partículas, anuncia las siguientes vacantes:

EP-ATT-98-114-FT: para un Físico, con 5 a 10 años de experiencia en el campo de detectores de Silicio, con profundos conocimientos de la tecnología de detectores de Silicio. Con alta creatividad, con habilidades de buen comunicador, toma de decisiones y reponsabilidades. Con buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en la División de Física Experimental, ATLAS Tracker Group.

EP-ATD-98-115-FE: para un Ingeniero Electrónico o un Físico, con conocimientos de circuitos electrónicos numéricos y su aplicación a experimentos de física de altas energías. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Física Experimental, ATLAS TRIGGER/DAQ Group.

EP-CMC-98-116-FE: para un Físico o un Ingeniero Informático, con buenos conocimientos de técnicas de diseño y de análisis de objetos, lenguaje de programación C++ y herramientas CASE. Una cierta experiencia en informática para la física de altas energías etc. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Física Experimental, CMS Computing Group.

EP-AIT-98-118-FE: para un Ingeniero o un Físico, con buenos conocimientos y experiencia en física aplicada, preferiblemente mecánica, ciencias de los materiales, aplicación de altas tensiones u óptica. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Física Experimental, ALICE Detectors Group.

EP-AIT-98-119-FE: para un Ingeniero o un Físico, con buenos conocimientos y experiencia en física experimental. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Física Experimental, ALICE Detectors Group.

EP-LHB-98-120-LD: para un Ingeniero o un Físico, con buenos conocimientos básicos de termodinámica, dinámica de fluidos, etc. Con mas de 5 años de experiencia en el diseño de sistemas de refrigeración, etc. Con buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en la División de Física Experimental, LHCb Detector Group.

EP-ALC-98-121-FT: para un Físico o un Ingeniero Informático con 5 a 10 años de experiencia en Física de Partículas y en análisis de datos de experimentos de Física de Alta Energía, etc.. Buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en la División de Física Experimental, ALEPH Computing Group.

Presentación de solicitudes hasta el día 30 de septiembre de 1998.

ST-MC-SE-98-123-FT: para un Técnico en sistemas de seguridad, con 5 a 10 años de experiencia en informática, electrónica o sistemas de alarma, se valorarán conocimientos específicos de sistemas informáticos de supervisión industrial, etc.. Con buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en la División de Soporte Técnico, Grupo de Monitorización y Comunicaciones, Sección de Seguridad.

ST-MC-IN-98-124-FE: para un Ingeniero, con cierta experiencia en los campos de programación siguientes: C, UNIX, Rtworks, TCP/IP, etc.. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta plaza se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización.

Vacante en la División de Soporte Técnico, Grupo de Monitorización y Comunicaciones, Sección de Seguridad.

ST-CV-98-125-FE: para un Ingeniero en el campo de la refrigeración y ventilación, con buenos conocimientos académicos en Termodinámica, hidráulica y transferencia de calor. Conocimiento de herramientas de CAO etc.. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta plaza se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Soporte Técnico, Grupo de Refrigeración y ventilación.

Presentación de solicitudes hasta el día 5 de octubre de 1998.

IT-ASD-98-126-LD: para un Físico informático, con mas de 5 años de experiencia en diseño de software, desarrollo y soporte preferiblemente en Física de Alta Energía, etc.. Buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en la División de Tecnología de la Información, Grupo de Software de Aplicación y Bases de Datos.

IT-PDP-98-127-FT: para un Físico o un Ingeniero Informático, con 5 a 10 años de experiencia en informática, en un medio científico o tecnológico. Buen conocimiento de la programación C y TCP/IP, etc.. Buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en la División de Tecnología de la Información, Grupo de Proceso de Datos de Física.

LHC-ECR-98-129-FT: para un Ingeniero o un Físico, con conocimientos de ingeniería de procesos criogénicos aplicados a grandes equipos superconductores y con 5 a 10 años de experiencia de trabajo en un medio internacional multidisciplinar. Con buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en the Large Hadron Collider División, Cryogenics for Experiments and Testing Areas Group.

Presentación de solicitudes hasta el día 8 de octubre de 1998.

EST-ESI-98-130-FT: para un Ingeniero Mecánico con 5 a 10 años de experiencia de trabajo en diseño mecánico en un campo industrial (fabricación de coches, centro de investigación, medio aeronáutico o nuclear). Con capacidad para trabajar en un medio internacional multidisciplinar. Con buen conocimiento de inglés o francés. Vacante en the Engineering Support and Technologies División, Engineering Support for Infrastructure Group.

Presentación de solicitudes hasta el día 9 de octubre de 1998.

IT-PDP-98-131-FE: para un Ingeniero o un Físico Informático, con buenos conocimientos de arquitectura y características de diseño de sistemas distribuidos etc.., Experiencia en programación en lenguaje C y C++ o Java. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Tecnologías de la información, Grupo de tratamiento de datos de física.

IT-PDP-98-132-FE: para un Fíaico o un Ingeniero Informático, con una buena comprensión de cerias tecnologías de base utilizadas en el tratamiento de bases de datos de la física de altas energías. Con buen conocimiento del lenguaje C y C++ o Java. Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Tecnologías d ela Información, Grupo de tratamiento de datos de física.

IT-ASD-98-133-FE: para un Ingeniero Informático, con buenos conocimientos en tecnología de la información, o en tecnología de bases de datos, y en gestión de datos. Conocimiento probado en lenguaje C++ y experiencia en Unix y Windows/NT . Buen conocimiento de inglés o francés. Esta vacante se encuadra en Programa de Primer Empleo de la Organización. Vacante en la División de Tecnologías de la Informción, Grupo de Software aplicado y bases de datos.

Presentación de solicitudes hasta el día 13 de octubre de 1998.

* GRANTECAN (GTC = Gran Telescopio de Canarias) S.A. anuncia la oportunidad de participar en la provisión de los Instrumentos Científicos de Día Uno para el GTC. Las respuesta a este anuncio deberán incluir el diseño conceptual de uno de los instrumentos de primera generación para el GTC, así como el plan de gestión para su adquisición.

Los licitadores pueden presentar uno o varios instrumentos que, de acuerdo con sus propios intereses científicos y su capacidad técnica, cumplan los requerimientos científicos del GTC. Se puede encontrar mas información en http://gtc.iac.es

Presentación de propuestas hasta el día 15 de diciembre de 1998 a las 17:00 h.

* La Embajada de México nos comunica que la Convocatoria de Becas que ofrece el Gobierno de México, para 1999, en el marco del Programa de Cooperación Educativa y Cultural vigente entre España y México, ha ampliado la fecha de presentación de solicitudes hasta el día 2 de octubre de 1998. Mas información en http://www.sre.gob.mx

* La Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid (CM) convoca ayudas a empresas de la CM para la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico. Estas ayudas deben servir de incentivo para que las empresas realicen actividades de I+D, por sí mismas o en colaboración con centros de investigación.

Aspectos priorizados: tendrán una consideración preferente las siguientes situaciones:

a) Los proyectos propuestos por empresas que desarrollen su actividad en los ámbitos de la ingeniería, bienes de eequipo y servicios.

b) Los proyectos que cuenten con colaboración efectiva de universidades o centros de investigaicón, tanto nacionales como de otros países de la Unión Europea.

c) Los proyectos integrados en las áreas tecnológicas de medioambiente, de la información y de las comunicaciones, de los materiales y la biotecnología.

d) Los proyectos cuyo cumplimiento de objetivos posibilite la resolución de problemas relevantes para la Comunidad de Madrid.

e) Los proyectos cuya realización comporte la incorporación de nuevo personal a la plantilla de la empresa promotora.

Presentación de solicitudes hasta el día 21 de septiembre de 1998.

Para más información dirigirse a Elisa Estébanez C/ Bravo Murillo, 38 - 4ª planta. Teléfono Ibercom: 398.7589/7437, e-mail: elisaest@bm.uned.es
 

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8.- Convocatoria de Becas SÓCRATES-ERASMUS - ACCIÓN 2 - Curso 98/99

* Programas Europeos de Investigación 
La UNED dispone de 22 Becas de Intercambio ERASMUS para el curso 1998-99.

Estas becas son para alumnos matriculados, durante el curso 1998-99, en segundo o tercer ciclo en la UNED, en ningún caso pueden tener pendientes asignaturas de primer curso de carrera. Con conocimiento del idioma del país de destino.

La estancia mínima en el extranjero es de tres meses y la máxima de nueve.

Las Becas ERASMUS están dotadas, por la Unión Europea, con 300 ECUs para una estancia de tres a seis meses; a dicha cantidad se sumarán ayudas del Ministerio de Educación y Cultura, de la Comunidad de Madrid (para los alumnos de Madrid) y del Vicerrectorado de Investigación de la UNED. En cualquier caso no son becas sueldo y no son incompatibles con ninguna otra percepción económica.

Después de la convocatoria de junio, de estas 22 Becas quedan vacantes las siguientes:

Departamento de Historia de la Educación y Educación Comparada. 
EDUCACIÓN COMPARADA

Coordinador: Prof. J.L. García Garrido.

Becas: 2 de tres meses con la U. de Glasgow y la U. de Londres en Gran Bretaña.

Becas: 1 de tres meses con la U. de Münster en Alemania.

Becas: 1 de tres meses con la, U. Católica de Louvain en Bélgica.

Becas: 1 de tres meses con la U. de Kobenhavn en Dinamarca.

Becas: 2 de tres meses con la U. de Udine y la U. de Florencia en Italia.

HISTORIA DE LA EDUCACIÓN

Coordinador: Prof. O. Negrín Fajardo.

Becas: 1 de tres meses con el ISTCE en Portugal.

Departamento de Historia Contemporánea. 
Coordinador: Prof. V. Morales Lezcano.

Becas: 3 de cuatro meses, 2 con el Instituto Universitario Oriental de Nápoles y 1 con la U. de Florencia en Italia.

Departamento de Filología Clásica. 
Coordinador: Prof. J.A. López Férez.

Becas: 2 de seis meses con la U. de Florencia y el Instituto Universitario Oriental de Nápoles en Italia.

Becas: 1 de seis meses con la U. de Freiburg im Breisgau en Alemania.

por lo que se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Los alumnos interesados pueden dirigir sus solicitudes, acompañadas de su currículum vitae, con expresión de los idiomas que conocen y su nivel, curso y asignaturas en las que están matriculados así como cualquier otra información que consideren oportuna, a la Coordinadora ERASMUS de la UNED, Elisa Estébanez, C/ Bravo Murillo, 38 - 4ª, 28015 - MADRID. Tel.- 91 398.7589, Fax.- 91 398.7496, E-mail: elisaest@bm.uned.es.

Presentación de solicitudes hasta el día 15 de octubre de 1998.
 

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9.- Convocatoria de Ayudas a Empresas de la Comunidad de Madrid para la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico (año 1998)

* Vicerrectorado de Investigación  
Se reproduce la ORDEN 1685/1998, de 30 de julio, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se convocan ayudas a empresas de la Comunidad de Madrid para la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, publicada el BOCM Núm 185 de Jueves 6 de agosto de 1998.

La Consejería de Educación y cultura, de acuerdo con los objetivos prioritarios de la política regional dirigidos al estímulo del sector empresarial con el fin de incrementar tanto su competitividad como las posibilidades de creación de empleo, considera del mayor interés incentivar la capacidad de innovación de las pequeñas y medianas empresas de la región mediante la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de investigación e innovación tecnológica.

La presente Orden contempla que las empresas beneficiarias directas de las ayudas, elaboren sus propuestas sin limitaciones temáticas, si bien se prestará atención especial a los proyectos medioambientales, de la información y de las comunicaciones, de los materiales y biotecnología, por su relevancia actual y su capacidad de penetración en amplios sectores económicos y sociales.

Desde el punto de vista estructural, la presente convocatoria no define modelos de actuación predeterminados. Sin embargo, debido a la carencia de medios adecuados que se observa en gran número de empresas y a la existencia de notables recursos científicos de carácter público, serán objeto de apoyo especial los proyectos en los que se cuente con la colaboración de centros de enseñanza superior o investigación sin prejuicio de la consideración favorable con que se contemplen los proyectos presentados por empresas cuya estructura y activos en I+D les permitan abordar con solvencia su realización en solitario.

Asimismo, para garantizar la adecuación y coherencia de estas ayudas con los objetivos de las políticas nacional y europea en este ámbito, se considerarán también de especial interés los proyectos cuyos objetivos puedan enmarcarse en programas sectoriales de los departamentos ministeriales o en actuaciones del III Plan Nacional de I + D o del IV Programa Marco de la Unión Europea.

La presente convocatoria incorpora unos mecanismos para el seguimiento y valoración de resultados de los proyectos subvencionados; la comisión constituida a estos efectos, será la responsable de calificar la eficiencia y el rigor en la aplicación de los fondos públicos en cada una de las actuaciones.

De conformidad con lo anterior, de acuerdo con los establecido en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y en las demás normas de carácter nacional o autonómicos que sean de aplicación y teniendo en cuenta la normativa de la Unión Europea relativa a la ayudas públicas a empresas en materia de Investigación y Desarrollo,

DISPONGO

Artículo 1

Objetivo de la convocatoria

La presente Orden regula el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, concurrencia competitiva y objetividad, de ayudas a empresas o agrupaciones de éstas para la realización de proyectos de investigación e innovación tecnológica, de acuerdo con loas siguientes fines:

a) Fomentar la realización de proyectos de iniciativa empresarial.

b) Incrementar la colaboración de las universidades y los centros de investigación con la PYMES de la Comunidad de Madrid

c) Estimular a medio plazo la participación de la pequeñas y medianas empresas de la región en los programas nacionales y europeos de investigación y desarrollo tecnológico.

Artículo 2

Beneficiarios

2.1. Podrán acogerse a estas ayudas las pequeñas y Medianas empresas o agrupaciones de éstas, entendiendo por tales la definición que de las mismas recogen las Directrices comunitarias vigentes sobre ayudas estatales a las PYMES (96/C 213/04, Diario Oficial de las Comunidades Europeas de 23 de julio de 1996).

2.2. Las PYMES, o agrupaciones de éstas, receptoras de las ayudas previstas en la presente Orden, habrán de cumplir los siguientes requisitos:

1. Ejercer su actividad y realizar el proyecto objeto de ayudas

en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

2. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria.

3. Tener personalidad jurídica propia v suficiente capacidad de obrar y no hallarse inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado, Comunidades Autónomas u otros entes públicos.

4. Las demás exigibles en virtud de normas de Derecho necesario.

Artículo 3

Ámbito temporal y financiación

3.1. La duración máxima de los proyectos que reciban ayuda al amparo de la presente convocatoria será de dos años contados a partir de la fecha de resolución de concesión.

A efectos de justificación de los gastos realizados con cargo al proyecto se admitirán las facturas cuyas fechas estén comprendidas entre el momento de presentación de la solicitud de ayuda y la fecha de finalización del proyecto.

3.2. La financiación de las referidas ayudas correrá a cargo de los créditos que a tal efecto figuren en la partida 7737 del programa 808 del Presupuesto de gastos de la Consejería de Educación y Cultura para 1998.

Artículo 4

Aspectos priorizados

La presente Orden no limita el contenido ni la estructura de los proyectos con el fin de que las empresas puedan expresar con la máxima libertad sus necesidades e intereses en materia de investigación y desarrollo tecnológico, si bien tendrán una consideración preferente las situaciones siguientes:

a) Los proyectos propuestos por empresas que desarrollen su actividad en los ámbitos de la ingeniería, bienes de equipo y servicios.

b) Los proyectos que cuenten con colaboración efectiva de universidades o centros de investigación, tanto nacionales como de otros paises de la Unión Europea.

c) Los proyectos integrados en las áreas tecnológicas de medioambiente, de la información y de las comunicaciones, de los materiales y la biotecnología.

d) Los proyectos cuyo cumplimiento de objetivos posibilite la resolución de problemas relevantes para la Comunidad de Madrid.

e) Los proyectos cuyo realización comporte la incorporación de nuevo personal a la plantilla de la empresa promotora.

Artículo 5

Naturaleza, cuantía y, compatibilidad de las ayudas

5.1. Las ayudas reguladas en la presente Orden se materializarán en forma de subvenciones.

5.2 La cuantía de las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria vendrá determinada por las normas vigentes en el ámbito de la Unión Europea, sin que pueda exceder como regla general y al tratarse exclusivamente de PYMES, del 60 por 100 del presupuesto total del proyecto.

5.3. Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones o ayudas de Administraciones o entes Públicos, siempre que no superen los límites expresados en el artículo 5.2.

Artículo 6

Conceptos susceptibles de ayuda

6.I. A efectos del cálculo de la cuantía de las ayudas a actividades de I + D concedidas al amparo de la presente convocatoria, podrán tenerse en cuenta los costes que figuran a continuación, siempre que estén directamente relacionados con la realización del proyecto:

a) Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar), debidamente justificados.

b) Los costes de adquisición y utilización de instalaciones, equipos, instrumentos, aparatos y demás material inventariable, en la medida en que tales bienes se destinen con carácter exclusivo a la actividad de investigación propuesta.

c) Otros gastos de funcionamiento (materiales, suministros productos similares) directamente derivados de la actividad de investigación.

d) Costes de los servicios de asesoría y similares utilizados exclusivamente para la realización del proyecto, incluida la investigación, los conocimientos técnicos, las patentes, etcétera, y adquiridos a fuentes externas.

c) Gastos generales suplementarios necesarios para la eficaz realización del proyecto.

6.2. Quedan expresamente excluidos los siguientes gastos:

a) Aquéllos que no vayan acompañados del correspondiente documento.justificativo de pago o excedan el plazo temporal establecido en el punto 3. I.

b) El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general cualquier impuesto pagado por la entidad.

c) Las operaciones de arrendamiento financiero ("leasing"), salvo que la empresa se comprometa por escrito a ejercer la opción de compra al final del contrato, aceptándose en tal caso solamente las cuotas pagadas durante el período subvencionable.

d) Los gastos de adquisición de terrenos o de obra civil.

Artículo 7

Presentación de solicitudes

7.1. Las solicitudes de las ayudas previstas en la presente Orden se presentarán, por triplicado, en el Registro de la Consejería de Educación y Cultura, calle Alcalá, números 30-32, 28014 Madrid, dirigidas a la Dirección General de Investigación, directamente o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2. El expediente se iniciará con la presentación de los siguientes documentos:

a) Impreso de solicitud, cumplimentando todos los datos, ajustados al formato que figura como Anexo 1 a esta Orden, y disponible asimismo en INTERNET en la dirección http\\:www.comadrid.es.

b) Memoria explicativa del proyecto de investigación para el que se solicita la ayuda, que contenga el presupuesto pormenorizado de los costes y cualquier otra información adicional que pueda contribuir a la mejor evaluación científico-técnica y económica de la propuesta, conforme al Anexo 11.

c) Fotocopia compulsada de la tarjeta de personas jurídicas y entidades en general o tarjeta de identificación fiscal

d) Poderes suficientes del solicitante y copia compulsada de la escritura de constitución y modificaciones,en su caso.de la persona jurídica a la que representa, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

c) Declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresa de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Fotocopia compulsada del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al último año.

g) Declaración responsable de otras ayudas solicitadas u obtenidas de cualquier entidad nacional o extranjera, relacionadas con el proyecto, conforme al Anexo III y disponible asimismo en INTERNET en la dirección http\\:www.comadrid.es.

h) Cuando la empresa contemple la colaboración en el proyecto de una universidad o centro de investigación, acompañará el correspondiente convenio regulador de las condiciones en que vaya a desarrollarse tal participación y en el que, en forma de anexo, se especificarán las actividades a realizar por la entidad de investigación con declaración expresa sobre la titularidad de la propiedad intelectual o material de los eventuales resultados. Dicho convenio deberá ser suscrito por quienes ostenten la representación legal de cada una de las partes.

i) Cuando dos o más empresas planteen la realización de un proyecto en cooperación, la empresa que adopte la representación de todos los participantes, deberá hacer constar esta circunstancia, acreditando la adhesión y delegación de las demás empresas y asumiendo todas las funciones de relación con la Administración.

7.3. El plazo de presentación de solicitudes y documentación comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto durante cuarenta y cinco días naturales.

7.4. Si las solicitudes no vinieran cumplimentadas en todos sus términos o no fueran acompañadas de la documentación relacionada se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite el expediente, no estando obligada la Administración a dictar resolución expresa sobre esta solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 8

8.1. Recibidas las solicitudes, la Dirección General de Investigación comprobará el cumplimiento de los requisitos y condiciones de participación en la convocatoria. Se podrán realizar visitas a las instalaciones implicadas en la realización del proyecto y requerir la información complementaría que se considere necesaria para la mejor comprensión y evaluación del mismo.

8.2. En atención a la naturaleza de los proyectos considerados al amparo de la presente Orden, la información aportada en las correspondientes solicitudes y documentos, será objeto de tratamiento confidencial.

No se podrá ejercer por terceros el derecho de acceso a los registros y a los documentos que formen parte de un expediente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37.5.d) de la Ley. 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tras la resolución de la convocatoria, únicamente se hará público el nombre de la empresa beneficiaria, el título del proyecto y la cuantía de la ayuda concedida para su realización, salvo autorización explícita de la empresa para la divulgación de otros aspectos del proyecto.

8.3. En el plazo de dos meses a partir de la fecha de resolución de la convocatoria, los solicitantes cuyo proyecto no haya sido seleccionado podrán retirar la documentación presentada.

Artículo 9

Evaluación científico-técnica de las solicitudes

La evaluación científico-técnica de las solicitudes será realizada por expertos, designados por la Dirección General de Investigación, que informarán motivadamente acerca de la calidad y viabilidad científica y técnica de cada proyecto, de acuerdo con los siguientes criterios fundamentales:

a) Rigor en el planteamiento y planificación del proyecto y capacidad científica y técnica de los equipos de trabajo implicados en su realización.

b) Previsible incidencia de los resultados en los sectores tecnológicos, industriales y económicos correspondientes.

c) Novedad de las ideas planteadas.

d) Posible impacto de las actuaciones y resultados del proyecto sobre el medio ambiente.

Las decisiones adoptadas en el proceso de evaluación científico-técnica de las solicitudes serán inapelables.

Artículo 10

Selección

10.1. La selección de las solicitudes y la determinación, en su caso, de la cuantía de la ayuda se llevará a cabo por una Comisión de Selección que tendrá en cuenta las evaluaciones científico-técnicas realizadas, conforme a los criterios expuestos en el artículo anterior, y aplicará las prioridades establecidas en el artículo 4 de esta Orden.

10.2. Dicha Comisión estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Titular de la Dirección General de Investigación.

Vocales:

Un representante de la Dirección General de Economía y Planificación.

Un representante de la Dirección General de Agricultura y Alimentación.

Un representante de la Dirección General de Educación y Prevención Ambiental.

Dos representantes de la Dirección General de Investigación, designados por su titular, uno de los cuales actuará como Secretario.

El Presidente podrá convocar a especialistas y requerir su asistencia a sesiones concretas en función del contenido de los proyectos.

10.3. Con carácter previo a la elaboración de la propuesta definitiva y su elevación al Consejero de Educación y Cultura, el Presidente de la Comisión comunicará a los solicitantes de los proyectos preseleccionados las condiciones y términos en que se propone la concesión de la ayuda.

La empresa dispondrá de un plazo de diez días, desde la recepción de esta Comunicación, para exponer las alegaciones que considere oportunas. Transcurrido este plazo, y estudiadas las alegaciones recibidas, la Comisión fijará los términos de la concesión y requerirá la aceptación expresa de los mismos por parte de la empresa.

De acuerdo con las respuestas de los solicitantes de los proyectos preseleccionados y previa acreditación por los mismos del cumplimiento de las condiciones legales establecidas en el artículo 2 de la presente Orden y la presentación de cualquier otra documentación que se considere necesaria, la Comisión de Selección elaborará la propuesta motivada, para cada proyecto, de concesión y cuantía de la ayuda o denegación de la misma.

Artículo 11

Resolución

11.1. El Consejero de Educación y Cultura, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección, resolverá la convocatoria mediante Orden.

11.2. Esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se notificará individualmente a los solicitantes de los proyectos seleccionados con expresión de los plazos establecidos para la realización (del proyecto y la cuantía de la ayuda, de la persona jurídica a la que representa, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

c) Declaración responsable suscrita por el representante legal de la empresa de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Fotocopia compulsada del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al último año.

g) Declaración responsable de otras ayudas solicitadas u obtenidas de cualquier entidad nacional o extranjera, relacionadas con el proyecto, conforme al Anexo III y disponible asimismo en INTERNET en la dirección http\\:www.comadrid.es.

h) Cuando la empresa contemple la colaboración en el proyecto de una universidad o centro de investigación, acompañará el correspondiente convenio regulador de las condiciones en que vaya a desarrollarse tal participación y en el que, en forma de anexo, se especificarán las actividades a realizar por la entidad de investigación con declaración expresa sobre la titularidad de la propiedad intelectual o material de los eventuales resultados. Dicho convenio deberá ser suscrito por quienes ostenten la representación legal de cada una de las partes.

i) Cuando dos o más empresas planteen la realización de un proyecto en cooperación, la empresa que adopte la representación de todos los participantes, deberá hacer constar esta circunstancia, acreditando la adhesión y delegación de las demás empresas y asumiendo todas las funciones de relación con la Administración.

7.3. El plazo de presentación de solicitudes y documentación comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá abierto durante cuarenta y cinco días naturales.

7.4. Si las solicitudes no vinieran cumplimentadas en todos sus términos o no fueran acompañadas de la documentación relacionada se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite el expediente, no estando obligada la Administración a dictar resolución expresa sobre esta solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 8

8.1. Recibidas las solicitudes, la Dirección General de Investigación comprobará el cumplimiento de los requisitos y condiciones de participación en la convocatoria. Se podrán realizar visitas a las instalaciones implicadas en la realización del proyecto y requerir la información complementaría que se considere necesaria para la mejor comprensión y evaluación del mismo.

8.2. En atención a la naturaleza de los proyectos considerados al amparo de la presente Orden, la información aportada en las correspondientes solicitudes y documentos, será objeto de tratamiento confidencial.

No se podrá ejercer por terceros el derecho de acceso a los registros y a los documentos que formen parte de un expediente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37.5.d) de la Ley. 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tras la resolución de la convocatoria, únicamente se hará público el nombre de la empresa beneficiaria, el título del proyecto y la cuantía de la ayuda concedida para su realización, salvo autorización explícita de la empresa para la divulgación de otros aspectos del proyecto.

8.3. En el plazo de dos meses a partir de la fecha de resolución de la convocatoria, los solicitantes cuyo proyecto no haya sido seleccionado podrán retirar la documentación presentada.

Artículo 9

Evaluación científico-técnica de las solicitudes

La evaluación científico-técnica de las solicitudes será realizada por expertos, designados por la Dirección General de Investigación, que informarán motivadamente acerca de la calidad y viabilidad científica y técnica de cada proyecto, de acuerdo con los siguientes criterios fundamentales:

a) Rigor en el planteamiento y planificación del proyecto y capacidad científica y técnica de los equipos de trabajo implicados en su realización.

b) Previsible incidencia de los resultados en los sectores tecnológicos, industriales y económicos correspondientes.

c) Novedad de las ideas planteadas.

d) Posible impacto de las actuaciones y resultados del proyecto sobre el medio ambiente.

Las decisiones adoptadas en el proceso de evaluación científico-técnica de las solicitudes serán inapelables.

Artículo 10

Selección

10.1. La selección de las solicitudes y la determinación, en su caso, de la cuantía de la ayuda se llevará a cabo por una Comisión de Selección que tendrá en cuenta las evaluaciones científico-técnicas realizadas, conforme a los criterios expuestos en el artículo anterior, y aplicará las prioridades establecidas en el artículo 4 de esta Orden.

10.2. Dicha Comisión estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Titular de la Dirección General de Investigación.

Vocales:

Un representante de la Dirección General de Economía y Planificación.

Un representante de la Dirección General de Agricultura y Alimentación.

Un representante de la Dirección General de Educación y Prevención Ambiental.

Dos representantes de la Dirección General de Investigación, designados por su titular, uno de los cuales actuará como Secretario.

El Presidente podrá convocar a especialistas y requerir su asistencia a sesiones concretas en función del contenido de los proyectos.

10.3. Con carácter previo a la elaboración de la propuesta definitiva y su elevación al Consejero de Educación y Cultura, el Presidente de la Comisión comunicará a los solicitantes de los proyectos preseleccionados las condiciones y términos en que se propone la concesión de la ayuda.

La empresa dispondrá de un plazo de diez días, desde la recepción de esta Comunicación, para exponer las alegaciones que considere oportunas. Transcurrido este plazo, y estudiadas las alegaciones recibidas, la Comisión fijará los términos de la concesión y requerirá la aceptación expresa de los mismos por parte de la empresa.

De acuerdo con las respuestas de los solicitantes de los proyectos preseleccionados y previa acreditación por los mismos del cumplimiento de las condiciones legales establecidas en el artículo 2 de la presente Orden y la presentación de cualquier otra documentación que se considere necesaria, la Comisión de Selección elaborará la propuesta motivada, para cada proyecto, de concesión y cuantía de la ayuda o denegación de la misma.

Artículo 11

Resolución

11.1.El Consejero de Educación y Cultura, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección, resolverá la convocatoria mediante Orden.

11.2.Esta resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se notificará individualmente a los solicitantes de los proyectos seleccionados con expresión de los plazos establecidos para la realización (del proyecto y la cuantía de la ayuda.

11.3.La resolución se realizará en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha límite de presentación de solicitudes. Aquellas sobre las que no hubiere recaído resolución expresa en el plazo referido, sen entenderán desestimadas.

Artículo 12

Pago de la ayuda

12.1 De acuerdo con lo previsto en el artículo 47 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1998, y en atención a las caraterísticas de los proyectos contemplados en la presente Orden, el pago de las ayudas se realizará por anticipado.

12.2. La tramitación del pago de la ayuda estará condicionada a la presentación de aval bancario, ante la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, que garantice la cuantía correspondiente a la primera anualidad concedida para la realización del proyecto y los intereses de demora, determinados conforme a los establecido en el artículo 32 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. El plazo para la presentación de este aval y los términos de su constitución se comunicarán en la notificación referida en el artículo precedente y su acreditación ante la Dirección General de Investigación será anterior, en todo caso, al 14 de diciembre de 1998.

12.3. La tramitación del pago de la segunda anualidad, en su caso estará condicionada:

a) A la presentación antes del 15 de octubre de 1999, de las justificaciones de actividades y gastos realizados en desarrollo del proyecto y a la valoración positiva de la Comisión Gestora encargada del seguimiento de los proyectos, en los términos previstos en el artículo siguiente.

b) A la constitución de un aval por el importe correspondiente a la segunda anualidad concedida más los intereses de demora.

Artículo 13

Seguimiento de los proyectos

13.1. Para el seguimiento de los proyectos concedidos al amparo de la presente convocatoria, se constituirá una comisión Gestora a la que quedará encomendado el control e inspección del mismo durante su realización y se responsabilizará del grado de cumplimiento de los objetivos del proyecto, las circunstancias de su realización y los efectos reales de las ayudas en la incentivación de actividades de I + D en la empresas beneficiarias, Estas someterán a dicha Comisión informes periódicos que den cuenta de las diferentes etapas del desarrollo de los proyectos.

13.2. Esta Comisión Gestora estará integrada por:

Presidente: El Titular de la Dirección General de Investigación o persona en quien delege.

Vocales: Cuatro expertos nombrados por el Director General de Investigación.

Un representante de la Dirección General de Investigación que actuará como Secretario.

13.3. Dicha Comisión Gestora se reunirá al inicio de cada proyecto y con una periodicidad posterior mínima de dos veces al año, dando audiencia a los representantes de cada una de las empresas beneficiarias y en caso de colaborar con un centro de investigación, a los investigadores responsables de cada proyecto.

13.4. La Consejería de Educación y Cultura se reserva la facultad de resolver y dejar sin efecto la ayuda concedida, total o parcialmente si el solicitante, a juicio de la Comisión Gestora, no realiza la actividad que fundamente la concesión de ésta o falsea datos, hechos o documentos aportados al expediente.

13.5. En el plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización del proyecto, la empresa responsables de la realización del mismo presentará ante la correspondiente Comisión Gestora un informe final en el que se expongan las actividades y resultados obtenidos, se acrediten los gastos que pudieran estar pendientes de justificación, se aporten la totalidad de los justificantes y recibos correspondientes y se exprese una valoración de interés efectivo del proyecto realizado en relación con los objetivos inicialmente planteados por la empresa.

La Comisión Gestora, en el plazo máximo de un mes desde la recepción de este informe final, expresará su dictamen sobre el cumplimiento de las actividades realizadas por la empresa. De acuerdo con los términos de este dictamen, la Consejería de Educación y Cultura ordenará la liberación del aval o, en caso de incumplimiento, la iniciación del procedimiento que corresponda para garantizar el reintegro a la Comunidad de Madrid de las cantidades percibidas por la empresa y no justificadas como debidamente empleadas en la realización del proyectos.

Artículo 14

Será de aplicación en las presentes bases reguladoras, el artículo 25 del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

Artículo 15

Toda alteración de las condiciones tenida en cuenta para la concesión, y en toda caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier Entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada.

Artículo 16

Incumplimiento

16.1. Las entidades beneficiarias estarán sujetas a los establecido en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en la 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y, en especial, se obligar a permitir la inspección y comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de las ayudas concedidas y quedan asimismo, sometidas al control y verificación de la Comisión de la Unión Europea, así como al control económico y financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, y la fiscalización del Tribunal de Cuentas u otros organismos competentes.

16.2. El incumplimiento, por razones imputables al beneficiario, de las obligaciones derivadas de la concesión de la ayuda, el falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados, así como la aplicación, en todo o en parte, de las cantidades recibidas a fines distintos de aquellos para los que la ayuda fue concedida, dará lugar a la pérdida total o parcial de la misma y a la ejecución por para te de la Comunidad de Madrid del aval constituido como garantía ante la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de otras responsabilidades que en derecho procedan.

Igualmente será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en los artículos 11, 14 y 15 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA

Se faculta a la Dirección General de Investigación para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la presente Orden, procedimiento, si es preciso, a dictar y publicar las instrucciones necesarias para su desarrollo y cumplimiento.

SEGUNDA

en todo lo no dispuesto en la presente Orden se aplicará la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la comunidad de Madrid y el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.

Madrid, 30 de julio de 1998.- El Consejero de Educación y Cultura, Gustavo Villapalos. 

Las modelos de solicitud podrán consultarse en el BOCM de 6 de agosto de 1998