VICERRECTORADO DE RELACIONES INTERNACIONALES

9.- Propuesta de resolución de la convocatoria del Programa Propio de Movilidad Internacional (PPMI) - 2003. Segunda evaluación

* Vicerrectorado de Relaciones Internacionales


En cumplimiento de lo previsto en la Resolución Rectoral de 27 de febrero de 2003 por la que se convocan las ayudas del Programa Propio de Movilidad Internacional (aprobado en Consejo de Gobierno el 25 de febrero de 2003), la Comisión de Selección, reunida el 14 de octubre de 2003 y vistas las solicitudes formuladas y de acuerdo con lo establecido en la base 6ª de la citada convocatoria, ACUERDA:

1º.- Proponer la concesión de las ayudas en el marco del Programa Propio de Movilidad Internacional en su Tercera Convocatoria para el año 2003 en su 2ª Evaluación, a los solicitantes que se relacionan a continuación:

SOLICITANTE BENEFICIARIO TIPO DE PROYECTO AYUDA
1. Soledad Ballesteros Jiménez Soledad Ballesteros Jiménez   A 2300 EUROS
2. Aurora Marquina Espinosa Aurora Marquina Espinosa   A 2332 EUROS
3. Jean Henri Bouché Peris Jean Henri Bouché Peris   A 2332 EUROS
4. Jesús de Andrés Sanz Jesús de Andrés Sanz   A 2332 EUROS
5. José Enrique Alvarellos Bermejo Luis Rincón Hernández   A 2332 EUROS
6. Teresa Bardisa Ruiz Magdalena Cruz   B2 3564 EUROS

2º.- Remitir dicha propuesta al Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) para su publicación.

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10.- Documentación recibida en este Vicerrectorado

* UTEDI


* CELEBRACION DEL SEMINARIO ­ TALLER INTERNACIONAL "APORTES DE LA EDUCACION A DISTANCIA AL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE", ORGANIZADO POR EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA).

Fecha y lugar de celebración: del 19 al 21 de noviembre de 2003 en Buenos Aires, Argentina.

Inscripciones: 100 USD.

Información en: PROCADIS Chile 460 1º Piso (C1098AAJ) C. Autónoma de Bs. As. ­ Tel Fax (011) 4339-0575/0554 o 4339-0600 (internos 5131/5160.

* CONVOCATORIA DE LA COMISION EUROPEA, DG EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES. PROGRAMA DE LABORES DE PREPARACION DE ACCIONES TRANSNACIONALES DE CARA AL DESARROLLO DE RESPUESTAS POLITICAS O JURIDICAS A LA DISCRIMINACION POR MOTIVOS DE ORIGEN RACIAL O ÉTNICO, RELIGION O CREENCIAS, DISCAPACIDAD, EDAD Y ORIENTACION SEXUAL.

Bases completas de la convocatoria:

www.europa.eu.int/comm/employment_social/tender_fr.htm

Fecha límite de presentación de propuestas: 28 de noviembre de 2003

* CELEBRACION DEL I SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE PAISAJE, ORGANIZADO POR LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO.

Fecha y lugar de celebración: del 13 al 15 de noviembre de 2003 en Olot, Girona, España.

URL: http://www.cuimpb.es

Coste de la inscripción: 130 Euros

Más información en:

Unidad Técnica de Desarrollo Internacional (UTEDI)

Vicerrectorado de Relaciones Internacionales

Tel. + 34 91 398 6510

Fax. +34 91 398 6587

E-mail: agonzalvez@pas.uned.es

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GERENCIA

11.- Resolución de 10 de junio de 2003, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de traslado y promoción interna para acceder a un puesto vacante en la plantilla de personal laboral

* Servicio de Personal


Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985 de 25 de junio, (BOE de 31 de julio) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades,

Y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar:

- CONCURSO DE TRASLADO para cubrir una plaza de Oficial de Oficios de Jardinería, Grupo-IV, en la Unidad de Infraestructura.

- En el caso de no cubrirse la plaza del concurso de traslado, la vacante que resulte, se ofertará a PROMOCIÓN INTERNA, quedando convocado, en su caso en la presente Resolución, el concurso oposición correspondiente, de acuerdo con lo especificado en la base cuarta.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.

1.1.- Podrán participar en el concurso de traslado todo el personal laboral acogido al Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Universidad, que pertenezca al mismo o superior grupo profesional, siempre que ostente la misma categoría y especialidad, y reúna los requisitos establecidos en el punto 1.3 de esta misma base, así como los demás requisitos que establece el citado Convenio.

Para participar en el Concurso será requisito indispensable llevar al menos un año de servicios prestados con carácter de personal laboral fijo en el puesto de trabajo desde el que se concursa. Dicho requisito no se exigirá a los trabajadores excedentes voluntarios con derecho a reingreso.

1.2.- Tendrán acceso al sistema de promoción interna todo el personal con relación jurídica laboral de carácter indefinido, acogido al Convenio Colectivo del personal laboral de esta Universidad, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que se encuentre en posesión de la titulación académica que figura en el punto 1.3 y demás requisitos que establece el citado Convenio. Asimismo, deberán pertenecer a grupo profesional igual o inferior en uno o dos niveles al de la plaza convocada.

1.3.- Los participantes, tanto en el concurso de traslado como en el de promoción interna, deberán estar en posesión del título de Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 19.2 del Convenio.

SEGUNDA.- Solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud dirigida a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora, en el modelo de instancia contenido en el Anexo IV de esta convocatoria, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), en el Registro General de la Universidad.

A la solicitud deberán acompañar el certificado expedido por la Unidad de Personal.

TERCERA.- El Tribunal Calificador:

El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo I de estas bases.

CUARTA.- Procedimiento de selección

4.1. CONCURSO DE TRASLADO

4.1.1. FASE DE CONCURSO

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

4.1.1.1. Trabajo realizado.

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.1.1.2. Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.1.1.3. Formación

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de las plazas que se convocan, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del P.A.S.

4.2. PROMOCIÓN INTERNA

4.2.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de los tablones de anuncios de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

4.2.2. FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en una prueba teórica tipo test de 60 preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, sobre el contenido del temario que se acompaña como Anexo III, El tiempo máximo para realizarlo será de 60 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos.

Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán en una cuantía igual a un tercio del valor que se otorgue a una pregunta contestada correctamente.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica donde se valorará la destreza y habilidad en el desempeño de las tareas propias del puesto. El tiempo máximo para realizarlo será de 30 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos.

Calificación de los ejercicios: El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios

4.2.3. FASE DE CONCURSO

En la fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de conformidad con el siguiente baremo:

4.2.3.1. Trabajo realizado:

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.2.3.2. Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.2.3.3. Formación.

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del P.A.S.

QUINTA.- Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso

5.1.- Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

5.2.- Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base cuarta.

La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo II a esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos de "Trabajo realizado" y "Antigüedad", se acreditarán con certificación expedida por la Unidad de Personal correspondiente. El mérito de "Formación" será acreditado mediante la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

5.3.- Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios de la UNED, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

SEXTA.- Relación de aprobados y presentación de documentos.

6.1.- Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad el nombre del aspirante que ha superado el concurso-oposición.

6.2.- En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 4.2.3.1."Trabajo realizado" de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate en favor del primero, a partir de la letra "X", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado" del 14 de marzo) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 10 de marzo.

6.3.- Con carácter previo a la formalización del contrato el aspirante deberá, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombre del aspirante aprobado señalado en la base 6.1, aportar la titulación acreditativa correspondiente.

Si dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no se reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin prejuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

SÉPTIMA.- Formalización de contratos e incorporación

7.1.- El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización del contrato de la plaza convocada, que se halle dotada presupuestariamente.

Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días hábiles, desde que finalice el plazo señalado para presentar documentación (base 6.3). La formalización del contrato supondrá la toma de posesión de su puesto por el trabajador.

Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2.- En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

OCTAVA.- Norma final

8.1.- Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, a 10 de junio de 2003 LA RECTORA, Fdo.: María Araceli Macia Antón

ANEXO I

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

* PRESIDENTE: Dª. María Roca Bernal.-.Jefe de Servicio de Personal

* VOCALES: Por la Gerencia:

- D. Julián Hermoso Ventura.-.Encargado G-I Infraestructura.

- D. Javier López Llorens.-.Técnico Especialista G-III Jardinería.

Por el Comité de Empresa:

- D. Roberto Guerra Martín.-.Técnico Especialista G-III Jardinería.

- Dª. Pilar Izquierdo Jiménez.-.Ordenanza G-IV.

* SECRETARIA: Dª. Goyi Rey Gutiérrez.-.Jefa de la Sección P.A.S.

SUPLENTES

* PRESIDENTE: D. Indalecio Sánchez Gil.-.Jefe de Servicio de Contabilidad

* VOCALES: Por la Gerencia:

- D. Francisco Javier Hurtado Velasco.-.Oficial de Oficios G-IV Jardinería.

- D. Juan Miguel Frutos Rosique.-.Oficial de Oficios G-IV Jardinería.

Por el Comité de Empresa:

- D. Juan Quevedo de la Riva.-.Técnico Especialista G-III C.S.I.

- Dª. Macarena Sánchez Pérez.-.Ordenanza G-V

* SECRETARIA: Dª. Paloma López Fernández.-.Jefa de Negociado de Personal Laboral

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ANEXO III

TEMARIO UNA PLAZA GRUPO IV - OFICIAL DE OFICIOS DE JARDINERIA EN EL SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA

Parte general:

1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al Título X: Personal de Administración y Servicios.

3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.

5. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.

6. Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.

Parte específica:

1. Suelos de diferentes tipos.

2. Labores de los suelos. Clases.

3. Morfología de las plantas.

4. Céspedes y Pradera: tipos y labores.

5. Abonos.

6. Métodos reproductivos de las plantas.

7. Plantación de árboles y arbustos.

8. Plantación de subarbustos y plantas de flor.

9. Riegos manuales, automáticos y semiautomáticos.

10. Poda y recorte de árboles.

11. Poda y recorte de arbustos y subarbustos.

12. Recorte y formación de setos.

13. Mantenimiento según temporadas.

14. Maquinaria de jardinería.

15. Medidas de seguridad en los trabajos habituales de jardinería.

16. Medidas de seguridad en trabajos de poda de altura y aplicación de productos fitosanitarios.

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12.- Convocatoria de reintegro de pagos por servicios académicos, curso 2003/2004

* Asuntos Sociales


Normas y Procedimiento

Primero. El personal de la UNED, en situación administrativa de servicio activo o de servicios especiales así como el personal jubilado en la UNED, sus cónyuges o viudos que no hayan contraído nuevas nupcias e hijos menores de 25 años a la fecha de publicación de la presente convocatoria, tendrá derecho al reintegro de pagos por servicios académicos efectuados para el curso 2003/2004.

Segundo. El personal y sus familiares, referidos en el punto anterior, serán reintegrados del importe de las primeras matrículas en estudios superiores de primer y segundo ciclo conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional. No así de las tasas de secretaría ni del seguro escolar.

Tercero. Los estudios en universidades privadas sólo se podrán reintegrar discrecionalmente con cantidades equivalentes a matrículas similares en la UNED y cuando se trate de estudios reglados de licenciaturas, diplomaturas, ingenierías, ingenierías técnicas, arquitectura o arquitectura técnica no impartidas en universidades públicas.

Cuarto. El reintegro de la matrícula correspondiente a asignaturas que hallándose previstas en un plan de estudios de una universidad pública deban ser cursadas en un centro no oficial por no impartir esa materia el centro público, tendrá carácter discrecional y se asimilará a las enseñanzas previstas en el punto tercero de la presente Resolución.

Quinto. Las solicitudes de reintegro de matrícula se ajustarán al modelo publicado como ANEXO I de esta Resolución y se presentarán en el plazo comprendido entre el día siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa y el 31 de mayo de 2004, en las unidades de atención al público de esta Universidad o, en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administraivo Común.

Sexto. Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

- Copia del resguardo de matrícula.

- Original del documento de pago (sin perjuicio de su devolución una vez resuelta la petición).

- Fotocopia del Libro de Familia, si la matrícula corresponde al cónyuge o a hijos menores de 25 años, en caso de no haberlo remitido ya a la Sección de Asuntos Sociales con motivo de una solicitud anterior.

- En el caso de matrícula en una Universidad Privada, documento acreditativo de que los estudios de carácter oficial no se imparten en las Universidades Públicas de la ciudad en la que resida.

- En el caso de "asignaturas externalizadas" (punto cuarto):

1. Acreditación de que las asignaturas de "libre elección" por las que solicita reintegro están incluidas en el plan de estudios del curso de que se trate y no se imparten en el centro público que las convoca.

2. Copia del "certificado para el reconocimiento de créditos de libre elección" en el que conste que es primera matrícula.

Séptimo. Las solicitudes serán resueltas por el Rectorado de la UNED. Dichas resoluciones se harán públicas en el Boletín Interno de Coordinación Informativa.

El abono de las cantidades que procedan se efectuará mediante la nómina.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Madrid, a 20 de octubre de 2003 LA RECTORA, Fdo.: María Araceli Macia Antón

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