GERENCIA

12.- Resolución de 14 de mayo de 2003, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para acceder a dos puestos de la plantilla de personal laboral

* Servicio de Personal


Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985 de 25 de junio, (BOE de 31 de julio) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades,

Y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar:

- CONCURSO DE TRASLADO para cubrir, en el Servicio de Medios Impresos y Audiovisuales (Sección de Medios Impresos), dos plazas de Técnico Especialista G-III (Corrección).

- En el caso de no cubrirse alguna de las plazas del concurso de traslado, las vacantes que resulten, se ofertarán a PROMOCIÓN INTERNA, quedando convocado, en su caso, en la presente resolución el concurso oposición correspondiente, de acuerdo con lo especificado en la base cuarta.

BASES DE LA CONVOCATORIA

PRIMERA.

1.1.- Podrán participar en el concurso de traslado todo el personal laboral acogido al Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Universidad, que pertenezca al mismo o superior grupo profesional, siempre que ostente la misma categoría y especialidad, y reúna los requisitos establecidos en el punto 1.3 de esta misma base, así como los demás requisitos que establece el citado Convenio.

Para participar en el Concurso será requisito indispensable llevar al menos un año de servicios prestados con carácter de personal laboral fijo en el puesto de trabajo desde el que se concursa. Dicho requisito no se exigirá a los trabajadores excedentes voluntarios con derecho a reingreso.

1.2.- Tendrán acceso al sistema de promoción interna todo el personal con relación jurídica laboral de carácter indefinido, acogido al Convenio Colectivo del personal laboral de esta Universidad, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que se encuentre en posesión de la titulación académica que figura en el punto 1.3 y demás requisitos que establece el citado Convenio. Asimismo, deberán pertenecer a grupo profesional igual o inferior en uno o dos niveles al de la plaza convocada.

1.3.- Los participantes, tanto en el concurso de traslado como en el de promoción interna, deberán estar en posesión del título de formación profesional de 2º grado o equivalente, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19.2 del Convenio Colectivo del personal laboral de esta Universidad.

SEGUNDA.- Solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud dirigida a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora, en el modelo de instancia contenido en el Anexo IV de esta convocatoria, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), en el Registro General de la Universidad.

A la solicitud deberán acompañar el certificado expedido por la Unidad de Personal.

TERCERA.- El Tribunal Calificador:

El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo I de estas bases.

CUARTA.- Procedimiento de selección

CONCURSO DE TRASLADO

4.1. FASE DE CONCURSO

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

4.1.1. Trabajo realizado

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.1.2. Antigüedad

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.1.3. Formación

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente, excepto de los realizados en la UNED que ya figuran en los expedientes administrativos del personal.

4. 2. PROMOCIÓN INTERNA

4.2.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de los tablones de anuncios de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

4.2.2. FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en una prueba teórica tipo test de 70 preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, sobre el contenido del temario que se acompaña como Anexo III. El tiempo máximo para realizarlo será de 60 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en un supuesto práctico. El tiempo máximo para realizarlo será de 60 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos.

Calificación de los ejercicios: El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

4.2.3. FASE DE CONCURSO

En la fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de conformidad con el siguiente baremo:

4.2.3.1. Trabajo realizado:

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.2.3.2. Antigüedad

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.2.3.3. Formación

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente, excepto de los realizados en la UNED que ya figuran en los expedientes administrativos del personal.

QUINTA.- Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso

5.1.- Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

5.2.- Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base cuarta.

La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo II a esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos de "Trabajo realizado" y "Antigüedad", se acreditarán con certificación expedida por la Unidad de Personal correspondiente. El mérito de "Formación" será acreditado mediante la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

5.3.- Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios de la UNED, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

SEXTA.- Relación de aprobados y presentación de documentos.

6.1.- Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad los nombres de los aspirantes que han superado el concurso - oposición.

6.2.- En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 4.2.3.1."Trabajo realizado" de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate en favor del primero, a partir de la letra "X", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del 2 de abril) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 8 de marzo.

6.3.- Con carácter previo a la formalización de los contratos los aspirantes deberán, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación los nombres de los aspirantes aprobados señalado en la base 6.1, aportar la titulación acreditativa correspondiente.

Si dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no se reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin prejuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

SÉPTIMA.- Formalización de contratos e incorporación

7.1.- El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización de los contratos de las plazas convocadas, que se hallen dotadas presupuestariamente.

Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días hábiles, desde que finalice el plazo señalado para presentar documentación (base 6.3). La formalización de los contratos supondrá la toma de posesión de sus puestos por los trabajadores.

Hasta tanto se formalicen los contratos, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

7.2.- En el momento de la formalización de los contratos, los trabajadores darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

OCTAVA.- Norma final

8.1.- Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, a 14 de mayo de 2003 LA RECTORA, Fdo.: María Araceli Macia Antón

ANEXO I

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

PRESIDENTE: Dª. Mª. Paz San Segundo Manuel ­ Jefe de Servicio de Centros Asociados.

VOCALES: Por la Gerencia:

Dª. Paloma de Pablo Montes ­ Administradora de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales.

Por el Comité de Empresa:

D. José Miguel de la Torre Arquillo - Técnico Especialista de Jardinería-

D. Juan Quevedo de la Riva ­ Técnico Especialista C.S.I.

SECRETARIO: D. Luis Antonio Gómez Hernández ­ Jefe de Sección de Nuevas Tecnologías.

SUPLENTES:

PRESIDENTE: Dª. Herminia Calero Egido ­ Jefa de Servicio de Medios Impresos y Audiovisuales.

VOCALES: Por la Gerencia:

Dª. Rosa Mª Tercero Zaragoza ­ Jefe de Negociado de Preparación y Corrección de Textos.

Dª. Gema Fernández García­ Secretaria Jefa de Servicio de Medios Impresos y Audiovisuales

Por el Comité de Empresa:

D. Antonio Rey Vivancos ­ Oficial de Oficios Mantenimiento

D. Carlos Quintana Frías ­ Técnico Especialista C.S.I.

SECRETARIA: Dª. Mª. Dolores Sánchez Ortega ­ Puesto Base C Servicio de Medios Impresos y Audiovisuales.

 

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ANEXO III

TEMARIO DOS PLAZAS GRUPO III- TÉCNICO ESPECIALISTA (CORRECCIÓN) SERVICIO DE MEDIOS IMPRESOS Y AUDIOVISUALES (SECCIÓN MEDIOS IMPRESOS)

Parte General:

1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al título X: Personal de Administración y Servicios.

3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.

5. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.

6. Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.

Parte Específica:

1. Vicerrectorado de Medios Impresos y Audiovisuales.- Cometidos. Servicio de Medios Impresos y Audiovisuales. Departamentos que lo integran. Sección de Medios Impresos: organigrama, cometidos y funciones.

2. Procesos de Edición de la UNED.- Normas de presentación de originales. Características técnicas de las colecciones de la UNED. El corrector en la edición. Tipos de corrección.3. Uso de los signos y marcas.-

4. La corrección ortotipográfica.- Negrita. Cursiva. Combinación de signos y recursos. La diacrisis tipográfica.

5. La corrección gramatical.- Problemas de concordancia. Problemas en el plano léxico. Impropiedades gramaticales.

6. Representación ortográfica de los sonidos en español.- División de palabras. Diptongos, triptongos e hiato.

7. Palabras de doble escritura.- Nombres: Nombres, apellidos, seudónimos y apodos. Nombres geográficos. Nombres de obras y productos. Abreviaturas: Abreviaturas. Acrónimos. Siglas. Otras abreviaturas. Números: Cardinales. Ordinales. Partitivos. Propor. Por. Números Romanos. Horas. Otras normas.

8. El acento.- Acento de intensidad o prosódico. Acento gráfico o tilde. Acentuación ortográfica.

9. Puntuación.- Disposiciones generales del empleo. Los signos de puntuación. La coma. El punto y la coma. El punto. Los dos puntos. Puntos suspensivos. Otros signos de puntuación complementarios

10. Bibliografía.- Normalización bibliográfica. Orden de elementos. Tratamiento de índices.

11. La corrección de estilo.

12. La informática en procesos de corrección.- Códigos ASCII y ANSI. Símbolos y signos en el teclado. Las macros. Reemplazos. Correctores informáticos.

Para ver Anexo IV PULSE AQUÍ

Para ver Anexo V PULSE AQUÍ

 

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13.- Resolución de 23 de mayo, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de traslado y promoción interna para acceder a un puesto en la plantilla de personal laboral

* Servicio de Personal


Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985 de 25 de junio, (BOE de 31 de julio) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar:

- CONCURSO DE TRASLADO para cubrir una plaza de Oficial de Oficios de Laboratorio G-IV en el Departamento de Ingeniería de Construcción y Fabricación de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales.

- En el caso de no cubrirse la plaza del concurso de traslado, la vacante que resulte, se ofertará a PROMOCIÓN INTERNA, quedando convocado, en su caso, en la presente Resolución el concurso oposición correspondiente, de acuerdo con lo especificado en la base cuarta.

BASES DE LA CONVOCATORIA

PRIMERA.

1.1.- Podrán participar en el concurso de traslado todo el personal laboral acogido al Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Universidad, que pertenezca al mismo o superior grupo profesional, siempre que ostente la misma categoría y especialidad, y reúna los requisitos establecidos en el punto 1.3 de esta misma base, así como los demás requisitos que establece el citado Convenio.

Para participar en el Concurso será requisito indispensable llevar al menos un año de servicios prestados con carácter de personal laboral fijo en el puesto de trabajo desde el que se concursa. Dicho requisito no se exigirá a los trabajadores excedentes voluntarios con derecho a reingreso.

1.2.- Tendrán acceso al sistema de promoción interna todo el personal con relación jurídica laboral de carácter indefinido, acogido al Convenio Colectivo del personal laboral de esta Universidad, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que se encuentre en posesión de la titulación académica que figura en el punto 1.3 y demás requisitos que establece el citado Convenio. Asimismo, deberán pertenecer a grupo profesional igual o inferior en uno o dos niveles al de la plaza convocada.

1.3.- Los participantes, tanto en el Concurso de Traslado como en el de Promoción Interna, deberán estar en posesión del título de Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 19.2 del Convenio.

SEGUNDA.- Solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud dirigida a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora, en el modelo de instancia contenido en el Anexo IV de esta convocatoria, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), en el Registro General de la Universidad.

A la solicitud deberán acompañar el certificado expedido por la Unidad de Personal.

TERCERA.- El Tribunal Calificador:

El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo I de estas bases.

CUARTA.- Procedimiento de selección

4.1. CONCURSO DE TRASLADO

4.1.1. FASE DE CONCURSO

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

4.1.1.1. Trabajo realizado

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.1.1.2. Antigüedad

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.1.1.3. Formación

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de las plazas que se convocan, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente, excepto de los realizados en la UNED que ya figuran en los expedientes administrativos del personal.

4.2. PROMOCIÓN INTERNA

4.2.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de los tablones de anuncios de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

4.2.2. FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en una prueba teórica, con preguntas cortas (breves y/o de tipo test) de 60 preguntas tanto teóricas como de cálculo con respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, sobre el contenido del temario que se acompaña como Anexo III. El tiempo máximo para realizarlo será de 2 horas. Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica, en el que se deberán realizar y resolver una serie de casos prácticos de laboratorio. Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos. El tiempo máximo para realizarlo será de 4 horas.

Calificación de los ejercicios: El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios

4.2.3. FASE DE CONCURSO

En la fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de conformidad con el siguiente baremo:

4.2.3.1. Trabajo realizado:

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.2.3.2. Antigüedad:

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.2.3.3. Formación:

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente, excepto de los realizados en la UNED que ya figuran en los expedientes administrativos del personal.

QUINTA.- Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso

5.1.- Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

5.2.- Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base cuarta.

La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo II a esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos de "Trabajo realizado" y "Antigüedad", se acreditarán con certificación expedida por la Unidad de Personal correspondiente. El mérito de "Formación" será acreditado mediante la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

5.3.- Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios de la UNED, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

SEXTA.- Relación de aprobados y presentación de documentos.

6.1.- Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad el nombre del aspirante que ha superado el concurso - oposición.

6.2.- En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 4.2.3.1."Trabajo realizado" de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate en favor del primero, a partir de la letra "X", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado" del 14 de marzo) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 10 de marzo.

6.3.- Con carácter previo a la formalización del contrato el aspirante deberá, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombre del aspirante aprobado señalado en la base 6.1, aportar la titulación acreditativa correspondiente.

Si dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no presentase la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no se reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin prejuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

SÉPTIMA.- Formalización de contratos e incorporación

7.1.- El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización del contrato de la plaza convocada, que se halle dotada presupuestariamente.

Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días hábiles, desde que finalice el plazo señalado para presentar documentación (base 6.3). La formalización del contrato supondrá la toma de posesión de su puesto por el trabajador.

Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

7.2.- En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

OCTAVA.- Norma final

8.1.- Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, a 23 de mayo de 2003 LA RECTORA, Fdo.: María Araceli Macia Antón

ANEXO I

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

PRESIDENTE: Dª María Roca Bernal.-.Jefe del Servicio de Personal

VOCALES: Por la Gerencia:

D. Mariano Rodríguez-Avial Llardent - Catedrático de Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.

D. Segundo Barroso Herrero.-.Profesor Titular de Ciencias de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.

Por el Comité de Empresa:

D.José Miguel de la Torre Arquillo.-.Técnico Especialista G-III de Jardinería.

D. Carlos Quintana Frías.-.Técnico Especialista G-III de C.S.I.

SECRETARIA: Dª Goyi Rey Gutiérrez.-.Jefa de Sección de P.A.S.

SUPLENTES:

PRESIDENTE: D. Aurelio Pascual Cuesta.-.Jefe del Servicio de Ordenación Académica.

VOCALES: Por la Gerencia:

D. Juan José Benito Muñoz.-.Catedrático de Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.

D. Antonio González-Alberto García -Profesor Titular de Escuela Universitaria de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.

Por el Comité de Empresa:

D. Francisco Delgado Carrascosa.-.Técnico Especialista G-III MM Técnicos y Mantenimiento.

Dª. Pilar Izquierdo Jiménez.-.Ordenanza G-IV

SECRETARIA: Dª. Isabel Talaván Palomo.-.Jefe de Sección de Selectividad.

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ANEXO III

TEMARIO PLAZA GRUPO IV - OFICIAL DE OFICIOS DE LABORATORIO EN EL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA DE CONSTRUCCIÓN Y FABRICACIÓN EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES

Parte General:

1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al Título X: Personal de Administración y Servicios.

3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.

5. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.

6. Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.

Parte Específica:

1. Propiedades de los materiales metálicos.

2. Propiedades de los materiales cerámicos.

3. Propiedades de los materiales poliméricos.

4. Propiedades de los materiales compuestos.

5. Propiedades mecánicas de los materiales metálicos y no metálicos. Elasticidad, plasticidad y rotura.

6. Máquinas de ensayo del laboratorio de Resistencia de Materiales.

7. Preparación de probetas.

8. Ejecución y resultados de los ensayos mecánicos.

9. Instrumentación y Medida

10. Fuentes de alimentación y generación de funciones.

 

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14.- Resolución de 27 de mayo del 2003, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de traslado y promoción interna para acceder a dos puestos vacantes en la plantilla de personal laboral

* Servicio de Personal


Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985 de 25 de junio, (BOE de 31 de julio) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar:

- CONCURSO DE TRASLADO para cubrir dos plazas de Ayudante de Oficios G-V (Jardinería).

- En el caso de no cubrirse alguna de las plazas del concurso de traslado, las vacantes que resulten, se ofertarán a PROMOCIÓN INTERNA, quedando convocado, en su caso, en la presente Resolución el Concurso Oposición correspondiente, de acuerdo con lo especificado en la base cuarta.

BASES DE LA CONVOCATORIA

PRIMERA.

1.1.- Podrán participar en el concurso de traslado todo el personal laboral acogido al Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Universidad, que pertenezca al mismo o superior grupo profesional, siempre que ostente la misma categoría y especialidad, y reúna los requisitos establecidos en el punto 1.3 de esta misma base, así como los demás requisitos que establece el citado Convenio.

Para participar en el Concurso será requisito indispensable llevar al menos un año de servicios prestados con carácter de personal laboral fijo en el puesto de trabajo desde el que se concursa. Dicho requisito no se exigirá a los trabajadores excedentes voluntarios con derecho a reingreso.

1.2.- Tendrán acceso al sistema de promoción interna todo el personal con relación jurídica laboral de carácter indefinido, acogido al Convenio Colectivo del personal laboral de esta Universidad, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que se encuentre en posesión de la titulación académica que figura en el punto 1.3 y demás requisitos que establece el citado Convenio. Asimismo, deberán pertenecer a grupo profesional igual al de la plaza convocada.

1.3.- Los participantes, tanto en el concurso de traslado como en el de promoción interna, deberán estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente.

SEGUNDA.- Solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud dirigida a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora, en el modelo de instancia contenido en el Anexo IV de esta convocatoria, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), en el Registro General de la Universidad.

A la solicitud deberán acompañar el certificado expedido por la Unidad de Personal.

TERCERA.- El Tribunal Calificador:

El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo I de estas bases.

CUARTA.- Procedimiento de selección

4.1. CONCURSO DE TRASLADO

4.1.1. FASE DE CONCURSO

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

4.1.1.1. Trabajo realizado

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.1.1.2. Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.1.1.3. Formación

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de las plazas que se convocan, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente, excepto de los realizados en la UNED que ya figuran en los expedientes administrativos del personal.

4.2. PROMOCIÓN INTERNA

4.2.1. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de los tablones de anuncios de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

4.2.2. FASE DE OPOSICIÓN

La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios eliminatorios:

4.2.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en una prueba teórica tipo test de 60 preguntas con respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, sobre el contenido del temario que se acompaña como Anexo III. El tiempo máximo para realizarlo será de 60 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos.

4.2.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba de tipo práctico. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos y el tiempo máximo para realizarlo será de 30 minutos.

Calificación de los ejercicios: El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

4.2.3. FASE DE CONCURSO

En la fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de conformidad con el siguiente baremo:

4.2.3.1. Trabajo realizado:

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área

0,04 puntos por cada mes en distinta área

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.2.3.2. Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas

4.2.3.3. Formación.

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente, excepto de los realizados en la UNED que ya figuran en los expedientes administrativos del personal.

QUINTA.- Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso

5.1.- Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

5.2.- Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base cuarta.

La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo II a esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos de "Trabajo realizado" y "Antigüedad", se acreditarán con certificación expedida por la Unidad de Personal correspondiente. El mérito de "Formación" será acreditado mediante la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos determinará la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

5.3.- Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios de la UNED, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

SEXTA.- Relación de aprobados y presentación de documentos.

6.1.- Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad los nombres de los aspirantes que han superado el concurso - oposición.

6.2.- En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 4.2.3.1."Trabajo realizado" de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate en favor del primero, a partir de la letra "X" prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado" del 14 de marzo) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 10 de marzo.

6.3.- Con carácter previo a la formalización de los contratos los aspirantes deberán, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de los nombres de los aspirantes aprobados señalado en la base 6.1, aportar la titulación acreditativa correspondiente.

Si dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no se reúne los requisitos exigidos en la convocatoria no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin prejuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

SÉPTIMA.- Formalización de contratos e incorporación

7.1.- El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización de los contratos de las plazas convocadas, que se hallen dotadas presupuestariamente.

Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días hábiles, desde que finalice el plazo señalado para presentar documentación (base 6.3). La formalización de los contratos supondrá la toma de posesión de sus puestos por los trabajadores.

Hasta tanto se formalicen los contratos, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

7.2.- En el momento de la formalización de los contratos, los trabajadores darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

OCTAVA.- Norma final

8.1.- Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, a 27 de mayo de 2003 LA RECTORA, Fdo.: María Araceli Macia Antón

ANEXO I

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

PRESIDENTE: Dª. María Roca Bernal.-.Jefe del Servicio de Personal.

VOCALES: Por la Gerencia:

D. Julián Hermoso Ventura.-.Encargado de Infraestructura G-I

D. Vicente Martín del Pliego Rontomé.-.Diplomado Universitario G-II de Servicios.

Por el Comité de Empresa:

D.Roberto Guerra Martín.-.Técnico Especialista G-III de Jardinería.

D. José M. de la Torre Arquillo.-.Técnico Especialista G-III de Jardinería.

SECRETARIA: Dª. Goyi Rey Gutiérrez.-.Jefa de la Sección P.A.S.

SUPLENTES:

PRESIDENTE: D. Indalecio Sánchez Gil.-.Jefe del Servicio de Contabilidad

VOCALES: Por la Gerencia:

D. Javier López Llorens.-.Técnico Especialista G-III de Jardinería.

D. Federico Postigo Mercader.-.Oficial de Oficios G-IV de Jardinería.

Por el Comité de Empresa:

Dª. Pilar Izquierdo Jiménez.-.Ordenanza G-IV.

Dª. Aurora Fernández García.-.Oficial de Oficios G-IV de Biblioteca.

SECRETARIA: Dª. Paloma López Fernández.-.Jefe de Neg. de Personal Laboral.

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ANEXO III

TEMARIO DOS PLAZAS GRUPO V- AYUDANTE DE OFICIOS (JARDINERÍA)

Parte General:

1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al Título X: Personal de Administración y Servicios.

3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.

5. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.

6. Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.

Parte Específica:

1. Nociones Básicas de Botánica. Órganos principales.

2. Tareas más comunes en Jardinería. Riego y labores del suelo.

3. Árboles y arbustos de Jardín. Especies más utilizadas.

4. Plantas de Jardín. Flor de temporada. Especies más utilizadas.

5. Útiles, herramientas y accesorios diversos.

6. Accidentes. ¿Qué hay que hacer?. Primeros auxilios. Quemaduras. Lesiones producidas por sustancias corrosivas. Envenenamiento por una sustancia corrosiva. Por ingestión, por contacto con la piel y por inhalación.

 

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