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Reglamento de la Biblioteca de la UNED
 
 
 

Título VI. Régimen disciplinario para los usuarios

Art. 24. Se establecen tres tipos de infracciones: muy graves, graves y leves.

Art. 25. Son infracciones muy graves:

  • La sustracción de libros, revistas u otro material.
  • La no devolución de los documentos prestados.
  • El uso indebido de las instalaciones y equipamiento de la Biblioteca que ocasionen un perjuicio grave a la misma.
  • La alteración del orden en las instalaciones de la Biblioteca.
  • La reiteración de faltas graves.

Art. 26. Son infracciones graves:

  • El deterioro o pérdida de los fondos bibliográficos, de cualquier tipo y en cualquier soporte.
  • La reiteración de faltas leves.

Art. 27. Son infracciones leves:

  • El incumplimiento de los plazos establecidos para la devolución de los documentos en préstamo.

Art. 28. De acuerdo con la gravedad de las faltas se establecen las siguientes sanciones:

  • Las infracciones muy graves se sancionarán con la suspensión del préstamo y la prohibición de acceso a la Biblioteca de uno a dos cursos académicos.
  • Las infracciones graves se sancionarán con la suspensión del préstamo hasta que los libros perdidos o deteriorados sean repuestos. En el caso de reiteración de faltas leves, la sanción será la supresión del préstamo durante 6 meses.
  • Las infracciones leves se sancionarán con la suspensión del préstamo por un periodo de tiempo igual al de la demora.
  • La alteración grave del orden supondrá la prohibición de la entrada a la misma o la expulsión de sus instalaciones y, en caso de negativa de abandonarla tras ser requerido para ello, podrá darse aviso a los agentes de la autoridad para su identificación y desalojo y, en su caso, formular la correspondiente denuncia por allanamiento.

Art. 29. Corresponde a la Dirección de la Biblioteca la imposición de sanciones por faltas leves y graves. En los casos en que la falta cometida implique otro tipo de responsabilidad, el/la Director/a de la Biblioteca lo pondrá en conocimiento de la autoridad competente.

Vista de la Biblioteca Central de la UNED

Aprobado por el Consejo de Gobierno de la UNED en su sesión de 26 de abril de 2016 y publicado en el BICI nº 29 - Anexo III de 9 de mayo de 2016.

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